La Superintendencia de Competencia (SC) al analizar una solicitud de concentración que
pueda afectar significativamente la competencia asegura que la misma represente además
de ahorro en costos para los agentes económicos, beneficios directos al consumidor.
SC analiza impacto de las concentraciones económicas en el bienestar de los consumidores
1. Comunicado de Prensa C.04-08
Antiguo Cuscatlán, 11 de febrero de 2008
Cooperación y Coordinación
SC analiza impacto de las concentraciones económicas
en el bienestar de los consumidores
La Superintendencia de Competencia (SC) al analizar una solicitud de concentración que
pueda afectar significativamente la competencia asegura que la misma represente además
de ahorro en costos para los agentes económicos, beneficios directos al consumidor.
La Superintendencia de Competencia (SC) realiza un análisis sobre
la procedencia de las concentraciones económicas a fin de conocer
La Ley de Competencia, los impactos que estas pueden tener en los consumidores. El
establece que no se objetivo de la SC es asegurarse que las concentraciones
económicas que puedan afectar significativamente la competencia
puede denegar una
representen además de ahorro en costos, beneficios directos al
concentración consumidor.
económica, entre otros, si
En El Salvador, los agentes económicos deben solicitar
los agentes económicos
autorización de la Superintendencia de Competencia antes de
interesados demuestran llevar a cabo una concentración económica, con el fin de
que puede haber determinar si la misma provocará una limitación significativa de la
ganancias significativas competencia. La Superintendencia de Competencia puede
autorizar, condicionar o denegar una concentración económica
en eficiencia de manera
antes que esta sea ejecutada.
que resulte en beneficios
directos al consumidor La Superintendencia de Competencia realiza un análisis técnico,
además de ahorros en económico y legal y se toman en cuenta, entre otros criterios, los
los costos, según declaró índices de concentración, rivalidad y las ganancias en eficiencia
económica que resulten en beneficios directos al consumidor. Las
la Superintendenta de
operaciones de concentración pueden plantear aspectos complejos
Competencia, licenciada tanto de naturaleza económica como jurídica. En estos casos, las
Celina Escolán Suay. autoridades de competencia necesitarán de un período suficiente
para llevar a cabo una investigación y un análisis adecuado que le
permita adoptar una decisión fundamentada.
En el caso de El Salvador, la Superintendencia cuenta con un plazo de 90 días después de
presentada la solicitud para resolver ya que de acuerdo con el Art. 35 de la Ley de Competencia a
falta de una resolución dentro del plazo establecido, se entenderá que la concentración puede
llevarse a cabo.
La co mpetenci a ben eficia a los consumidores
Edificio Madreselva, Primer Nivel, Calzada El Almendro y 1ª Avenida El Espino, Urbanización Madreselva.
Antiguo Cuscatlán, El Salvador.
Conmutador (503) 2523-6600, Fax (503) 2523-6625 Comunicaciones (503) 2523-6616
2. La Superintendencia de Competencia, en 2 años de operaciones ha recibido 8 solicitudes de
autorización de concentraciones económicas de distintos sectores como el financiero, comercio y
servicios; de estas solicitudes, 7 han sido autorizadas y 1 se encuentra en proceso de análisis.
(detalles en www.sc.gob.sv). En promedio, la autorización de concentración económica ha tomado a
la Superintendencia de Competencia 30 días contados a partir del día siguiente de admitida la
solicitud para emitir resolución final.
La Ley de Competencia establece que no se puede denegar una concentración económica, entre
otros, si los agentes económicos interesados demuestran que puede haber ganancias significativas
en eficiencia de manera que resulte en beneficios directos al consumidor además de ahorro en
costos, según declaró la Superintendenta de Competencia, licenciada Celina Escolán Suay.
Según las recomendaciones de las mejores prácticas de la red Internacional de Competencia
Económica (ICN por sus siglas en inglés), la transparencia es importante para lograr consistencia,
previsibilidad y, finalmente, imparcialidad en la aplicación de la legislación, mejorando así la
credibilidad y efectividad del sistema de control de concentraciones.
Otro punto importante según Celina Escolán Suay, es la cooperación y comunicación fluida entre la
Superintendencia de Competencia con las demás instituciones del Estado ya que es de gran utilidad
para la efectividad y buen término de los procesos de autorización de concentraciones económicas.
El convenio de la SC con USAID, comprende la capacitación al personal de la SC y a diferentes
sectores sobre temas específicos de competencia, el primero de ellos fue sobre identificación de
elementos en contra de carteles y para darle continuidad a las temáticas, en esta ocasión se
abordarán diferentes casos ejemplarizantes sobre concentraciones económicas. El seminario será
desarrollado por el abogado Antonio Guerra, ex jefe de Gabinete del Tribunal de Competencia de
España y actualmente miembro del Bufette Uría Menéndez en Madrid, España, en un Hotel
capitalino del 11 al 13 de febrero del corriente año.
La co mpetenci a ben eficia a los consumidores
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