Art. 12 - 09 De lo económico a lo jurídico

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    Art. 12 - 09 De lo económico a lo jurídico - Presentation Transcript

    1. Art. 12-09 De lo económico a lo jurídico Por: Dr. José Enrique Argumedo Superintendente de Competencia El Derecho de Competencia es una disciplina cuyo contenido jurídico está muy relacionado con lo económico. Derecho y Economía se enlazan para dar vida a esta nueva rama jurídica. La vinculación de dos disciplinas científicas no es nada extraño en el mundo jurídico en otros niveles, así puede mezclarse Derecho y Filosofía, lo que ha llevado a sostenerse que la Teoría General del Derecho es una filosofía realizada por juristas, mientras que la Filosofía del Derecho es una Teoría General del Derecho realizada por filósofos. Volviendo al tema que Derecho y Economía se interrelacionan en el Derecho de Competencia, esta vinculación de la Ciencia Económica con la Jurídica no es nueva, puesto que ya se tenía antes en el Derecho Financiero, al estudiar integralmente el Ingreso Público, el Gasto Público, la Deuda Pública y el Presupuesto Fiscal. También se ve en el Derecho Tributario, cuyo prerrequisito necesario, son las Finanzas Públicas, si se quiere bien entender el fenómeno de los ingresos obligatorios establecidos unilateralmente por el Estado en uso de su poder de imperio, con el objeto de cumplir los fines estatales. Así por ejemplo el legislador de una ley tributaria, tendrá que tomar en cuenta los análisis de los financistas en cuanto a las tarifas proporcionales y progresivas, aplicando la Ley de la Utilidad Marginal Decreciente. O también a la hora de determinar los sujetos de la relación jurídica tributaria, debe conocerse la realidad determinada por los efectos económicos de los impuestos en cuanto a la traslación, la absorción y la difusión. En el Derecho de Competencia cuando la ley trata del mercado relevante, de agentes económicos, de competencia en el mercado, si bien ello concierne en sí a la Economía, al ser incorporados esos conceptos en un cuerpo legal y recibir la sanción constitucional por el Presidente de la República, el concepto económico es potenciado porque ya se convierte también en concepto jurídico. La vinculación derecho y economía en el Derecho de Competencia, no se agota con la entrada en vigencia de la ley, sino que continua nutriéndose en su aplicación al realizarse estudios o emitirse resoluciones, al emplearse términos como cadena de valor, licitaciones colusorias, monopsonio, concentración de mercado, conductas restrictivas de la libre competencia y otros términos de contenido económico. 1

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