Este manual proporciona pautas y materiales de capacitación para ayudar a los rotarios a prevenir el acoso y abuso en los programas de Rotary International para la juventud. Incluye una declaración de normas de RI sobre la protección de los jóvenes, definiciones de acoso y abuso, indicios de posible abuso, consejos sobre normas distritales y selección de voluntarios, y guías sobre la presentación de informes y las responsabilidades de los líderes rotarios. El objetivo es garantizar un entorno seguro para los jó
1. Manual de
capacitación
y
guía de dirigentes
para la prevención de acoso y abuso
2.
3. Manual de
capacitación
para la prevención de acoso y abuso
4. El Manual de capacitación y guía para dirigentes para la prevención de acoso
y abuso está destinado a ayudar a los rotarios a proporcionar un ambiente
seguro a los participantes en los programas de Rotary International para la
juventud. Deberán consultar estos materiales los gobernadores de distrito,
los funcionarios distritales encargados de la protección de los jóvenes y todos
los dirigentes distritales que participan en Interact, RYLA e Intercambio de
Jóvenes. Los distritos podrán también utilizar estas pautas al trabajar con
otros proyectos relacionados con la gente joven, tales como gestiones de bús-
queda de talentos o en calidad de mentores, y en la labor con todo grupo de
personas en riesgo o especialmente vulnerable, como las personas mayores o
discapacitadas.
El manual de capacitación suministra información y pautas para el desarrollo
y la implementación de un programa eficaz para la prevención del acoso y
abuso contra la gente joven. Entre los temas se incluye la debida selección de
los voluntarios adultos que trabajan con la juventud (y los asuntos referentes
al mantenimiento de registros y la privacidad), la selección de los jóvenes par-
ticipantes y el desarrollo de programas de capacitación eficaces para rotarios,
voluntarios no afiliados a Rotary y estudiantes.
La guía para dirigentes consiste en sesiones de capacitación para la preven-
ción del acoso y abuso, destinadas a todos los rotarios que participan en
programas para la juventud, además de sesiones de capacitación específi-
cas para el Intercambio de Jóvenes, destinadas a integrantes de comités de
Intercambio de Jóvenes, consejeros del club, familias anfitrionas, estudiantes
y padres.
En todo el texto de la presente publicación, el dibujo que figura
a la izquierda señala los temas que se refieren exclusivamente al
programa de Intercambio de Jóvenes.
5. Índice
Toma de conciencia y prevención 1
Declaración de normas de RI respecto a las actividades para la juventud 1
Definiciones de acoso y abuso 2
Indicios de acoso y abuso 3
Normas del distrito para la protección de la juventud 5
Selección e investigación de los antecedentes de los voluntarios 7
Capacitación de los voluntarios 9
Presentación de informes y seguimiento 10
Dar parte de acusaciones 10
Seguimiento 11
Cargos de responsabilidad 13
Gobernador de distrito 13
Funcionario distrital para la protección de los jóvenes 14
Comité Distrital de Revisión 15
Anexos
A. Modelo de normas distritales para la prevención de acoso
y abuso en relación con el Intercambio de Jóvenes 17
B. Normas para notificar alegaciones de acoso o abuso sexual 25
C. Declaración jurada de voluntario de programas para la juventud 30
D. Recursos adicionales 33
6. Rotary International cuenta con un extenso y exitoso historial en el terreno
del servicio a la juventud. Cada año, más de 250.000 jóvenes participan en
programas para la juventud como Interact, Intercambio de Jóvenes y RYLA.
Asimismo, numerosos clubes y distritos organizan programas de mentores,
campañas de vacunación, programas de capacitación laboral, proyectos de
alfabetización y otras iniciativas, específicamente destinadas a ayudar a la
gente joven.
En los últimos años han aumentado las acusaciones de acoso y abuso sexual
en relación con todos los programas en los que participan los jóvenes. Toda
organización que trabaje con la juventud está expuesta a este tipo de riesgo,
dado que los delincuentes sexuales procuran trabajar en calidad de maestros,
entrenadores u ocupaciones similares que les den oportunidades de estar en
contacto con niños y adolescentes. Numerosos adultos consagrados a servir a
la juventud están tan dedicados a tan noble causa que encuentran difícil creer
que haya colegas capaces de abusar de la confianza depositada en ellos.
Lamentablemente, no existe organización a prueba de abuso y las infraccio-
nes pueden ocurrir, y ocurren, incluso en los entornos aparentemente más
positivos. Es más, la oportunidad de trabajar con la gente joven puede ser el
factor que atraiga a posibles depredadores a entidades de buena reputación.
Rotary International toma muy en serio la protección a la juventud. A medi-
da que el tema del abuso sexual se trata con más amplitud, los rotarios que
Un amplio enfoque de la
prevención del acoso y participan en los programas para la gente joven lo han abordado mediante el
abuso en el marco de los desarrollo de procedimientos de prevención de abuso en el ámbito distrital
programas para la juventud y regional. Los rotarios contribuyen a crear un entorno seguro, en el cual se
incluye la concienciación pone coto al abuso antes de que se produzca y se responde adecuadamente
del abuso y maltrato físico en los lamentables casos en los cuales se produce.
y emocional. Dado que es-
Esta publicación toma como base tales esfuerzos, en procura de ofrecer un
tos temas se conocen más
ampliamente y suelen abor- conjunto de materiales para la protección a la juventud que puede modifi-
darse a menudo, la mayor carse de conformidad con las leyes nacionales y locales, y las circunstancias
parte de los materiales del pertinentes. Al preparar estos materiales, Rotary International recurrió a la co-
presente manual se centran laboración de especialistas a fin de determinar la mejor manera de prevenir el
en la prevención del acoso acoso y abuso sexual de la gente joven bajo la responsabilidad de los clubes y
y abuso sexual. distritos rotarios e incorporar las mejores prácticas que actualmente se ponen
en práctica en los distritos rotarios. Los rotarios pueden utilizar estos recur-
sos para proteger a la gente joven y garantizar que los programas de Rotary
International para la juventud continúen ofreciendo con éxito a la gente joven
la capacitación para el liderazgo y las experiencias de intercambio internacio-
nal que merece.
7. Toma de conciencia y prevención
Declaración de normas de RI respecto a las
actividades para la juventud
Rotary International es una entidad consagrada a crear y mantener el en-
torno más seguro posible para todos los participantes en las actividades
de Rotary. Es el deber de todos los rotarios, los cónyuges de los rotarios,
los colaboradores y otros voluntarios, salvaguardar de la mejor manera el
bienestar de los niños y jóvenes con quienes se relacionan, y desplegar el
máximo esfuerzo para evitar todo tipo de abuso físico, sexual o afectivo.
Aprobada por la Junta Directiva de RI en su reunión de noviembre de 2002
Esta declaración de normas constituye el principio básico que deben seguir
los rotarios al trabajar con la gente joven en el desempeño de cualquier
cargo. Un programa de prevención del acoso y abuso con planes y procedi-
mientos específicos contribuirá a asegurar que los rotarios y otros voluntarios
ejemplifiquen tales normas. Asimismo, este enfoque proactivo contribuirá
aun más a demostrar la consagración de Rotary International a la causa de la
juventud, ayudando a evitar casos concretos de abuso y paliar sus consecuen-
cias negativas, proteger la viabilidad a largo plazo de los programas para la
juventud y apuntalar la confianza de los participantes y sus padres.
Son demasiadas las ocasiones en las que se soslayan los casos de acoso y
abuso en contra de víctimas jóvenes porque los adultos no reconocen ni
admiten que se produzcan. La eficacia de la normativa para la protección de
la juventud depende de que los adultos participantes sean conscientes de la
posibilidad de que se produzcan abusos y estén alertas para prevenirlos.
Tenga en cuenta estos factores:
• A menudo, los jóvenes no denuncian los casos de abuso sexual porque
temen que su divulgación les deparará consecuencias aun peores que el
propio abuso.
Manual de capacitación para la prevención de acoso y abuso
8. • El abuso contra niños y adolescentes no suele denunciarse porque los
infractores se las ingenian para convencer a sus víctimas de que ellas son
culpables.
• En numerosos casos, las víctimas infantiles o juveniles no denuncian los
casos de abuso hasta que llegan a adultas.
• Se ha demostrado que sólo entre el 1% y el 4% de las acusaciones de abu-
so sexual son falsas.*
• Los niños tienden a minimizar o negar el abuso en vez de exagerar o enfati-
zar las denuncias de tales incidentes.
• Los delincuentes sexuales buscan oportunidades de contacto con niños y
adolescentes a través de entidades juveniles carentes de procedimientos
sólidos de protección al menor y verificación de antecedentes de los co-
laboradores adultos.
* National Center for Post-Traumatic Stress Disorder, www.ncptsd.org
Definiciones de acoso y abuso
A fin de realzar su toma de conciencia respecto al problema, todos los rota-
rios que trabajen con gente joven deberán comprender cabalmente en qué
consisten el acoso y el abuso.
Abuso emocional o verbal. Incidentes en los cuales el adulto recurre a la
intimidación, la humillación o la agresión verbal para controlar la conducta de
una persona joven a su cargo. Entre los ejemplos de este tipo de abuso se
incluyen el rechazo a la persona joven; evitar que mantenga relaciones socia-
les normales, y efectuar comentarios despectivos respecto a su raza, nacionali-
dad, religión o apariencia personal.
Abuso físico. Maltrato de una persona joven mediante el uso del contacto
fisico, con el fin de ocasionar dolor, lesiones u otros tipos de sufrimiento físico.
Abandono. Abstenerse de proporcionar (sin motivos económicos evidentes)
la alimentación, indumentaria, vivienda o atención médica necesarias para el
bienestar de la persona joven.
Abuso sexual. Incurrir en toda actividad sexual implícita o explícita que se
realice con una persona joven, ya sea mediante el uso de la fuerza o exhor-
tándola a la realización de dichas actividades, implícita o explícitamente, de
forma individual, con otra persona o personas, ya fueren de cualquier edad,
del mismo sexo o del sexo opuesto. Entre los ejemplos de abuso sexual se
incluyen contravenciones sin contacto físico, tales como la exposición inde-
cente o la exhibición de material de contenido sexual o pornográfico ante una
persona joven. Esta definición se aplica a todo participante en los programas
de Rotary International para la juventud.
Acoso sexual. Avances sexuales, solicitación de favores sexuales o conducta
verbal o física de índole sexual. En algunos casos, el acoso sexual es la ante-
sala del abuso sexual y una técnica empleada por este tipo de agresores para
neutralizar o “preparar” a sus víctimas. Algunos ejemplos de acoso sexual:
Manual de capacitación para la prevención de acoso y abuso
9. • Adjetivos o epítetos sexuales, bromas y chistes, referencias a conductas
sexuales escritas o verbales, comentarios o chismes relativos a conductas
sexuales individuales, o relativos a conductas sexuales de otras personas,
deficiencias o proezas de la misma índole.
• Abuso verbal de contenido sexual.
• Exhibición de objetos, fotografías o dibujos que sugieran o sean de conte-
nido sexual.
• Miradas lascivas o silbidos con esta intención, cualquier contacto no apro-
piado como roces o toqueteos, lenguaje o gestos obscenos y comentarios
sugerentes u ofensivos
Los siguientes conceptos erróneos constituyen obstáculos para la implemen-
tación de un programa eficaz para prevenir el acoso y abuso.
• El abuso está relacionado con la sexualidad. No siempre. La mayoría de los
casos de acoso y abuso tienen como móvil el poder y el control sobre otras
personas.
• Sólo las niñas corren peligro de sufrir abusos. Aunque la mayor parte de
las víctimas son niñas o muchachas, los varones corren riesgos también.
Algunos estudios demuestran que uno de cada seis niños o muchachos
menores de 16 años de edad ha sido objeto de contacto sexual directo no
deseado con una persona de más edad.
• Los abusadores son todos hombres.
• Las chicas sólo corren riesgos con hombres y los chicos sólo corren riesgos
con mujeres.
• El abuso sexual siempre es notorio.
• La mayoría de los abusadores no conocen a sus víctimas. Suele ser lo con-
trario. La mayor parte de los abusadores conocen a las víctimas y gozan de
su confianza.
Indicios de acoso y abuso
Los rotarios, sus familias, los voluntarios no afiliados a Rotary y los padres de
los jóvenes que participan en los programas de Rotary para la juventud de-
berán ser conscientes de los siguientes cambios físicos y de comportamiento
que podrían ser indicios de abuso:*
• Todo indicio físico de abuso, como cierto tipo de lesión o accidente repe-
tido respecto al cual las explicaciones proporcionadas no guardan relación
con tales indicios.
• Cambios de comportamiento, variaciones de estados de ánimo exagera-
das, retraimiento, temor o llanto excesivo.
• Temor de ciertos lugares, personas o actividades; renuencia a quedarse
solo/a con determinada persona.
• Elevados niveles de ansiedad.
* Basado en materiales publicados por Bollinger Inc., Short Hills, New Jersey, EE.UU.
Manual de capacitación para la prevención de acoso y abuso
10. • Imagen corporal distorsionada que afecta los hábitos alimentarios y suele
conducir a la automutilación o conductas similares.
• Disminución de la autoestima.
• Comportamiento excesivamente agresivo.
• Reluctancia a participar en actividades extracurriculares; problemas con los
estudios.
• Represión (mecanismo de defensa inconsciente).
• Malas o escasas relaciones con gente de su edad; aislamiento.
• Pesadillas o temores nocturnos.
• Conocimientos explícitos o demasiado precoces respecto a la sexualidad o
la conducta sexual.
• Intentos de suicidio o conductas similares.
• Comportamiento obsesivo.
• Automedicación a base de alcohol o drogas.
• Problemas con la autoridad y las normas.
Estos tipos de conducta deberán considerarse indicadores de que puede
haberse producido acoso o abuso y los voluntarios adultos deberán dedicar
tiempo a la persona joven afectada a fin de averiguar qué sucede. La atención
directa a los jóvenes a su cargo le permitirá observar cualquier modificación
de su comportamiento que pudiera constituir un indicador de abuso más pre-
ciso que los de la lista anterior, muchos de los cuales son parte de lo que se
considera habitual entre los adolescentes. Es posible que una persona joven
sociable y segura de sí misma que cae en el retraimiento haya sido víctima de
abuso, y los adultos que estén en contacto con dicho joven deberán investigar
por qué ha cambiado su conducta. Considere la posibilidad de concertarle
una entrevista con un profesional de la salud mental especializado en adoles-
centes.
Puede que de los estudiantes de intercambio abocados a su
adaptación cultural al país anfitrión o sucumban a la nostalgia o
tengan algunos de los problemas indicados más arriba. Muchos de
los síntomas que suelen caracterizar a las víctimas de abuso son los
mismos que ocasionan problemas a los estudiantes de intercambio
y se sancionan con un regreso anticipado al país de origen.
Es posible que un estudiante catalogado de “difícil”o “incapaz de
llevarse bien con la familia anfitriona” haya sido víctima de abuso,
ya sea por parte de un adulto de la familia anfitriona, un compa-
ñero de estudios o una persona de su país de origen antes de su
partida.
Manual de capacitación para la prevención de acoso y abuso
11. Normas del distrito para la protección de la juventud
Todo distrito rotario deberá preparar normas adecuadas para la protección
y prevención del acoso y abuso sexual de los participantes en los programas
para la juventud. Estas normas registrarán diferencias entre los distritos, según
la magnitud y el tipo de los proyectos y programas en los que participan los
jóvenes, el número de clubes participantes y las leyes locales o nacionales
pertinentes. Como primer paso esencial, los rotarios participantes en los
programas para la juventud deberán recabar amplia información sobre las
leyes locales o nacionales relacionadas con el acoso y abuso e incorporar tal
información en las normas distritales.
Para que RI les otorgue la certificación pertinente, los distritos que
participan en el Intercambio de Jóvenes deberán preparar y desa-
rrollar un conjunto de normas que reúnan los requisitos mínimos. El
Modelo de normas distritales para la prevención de acoso y abuso
(anexo A) puede ayudar a los distritos a preparar la normativa para
el Intercambio de Jóvenes. Asimismo, este modelo puede ampliar-
se o adaptarse para su uso en otros programas y proyectos relacio-
nados con la gente joven. Si desea consultar ejemplos de normas
implementadas por los distritos de RI u otras organizaciones, envíe
un correo electrónico a: programs@rotary.org.
Al elaborar la normativa distrital para la protección de los jóvenes, pregúntese
qué podría fallar. Analice los riesgos inherentes al entorno en el que tenga
lugar la actividad y considere qué medidas se podrían tomar para evitar acci-
dentes u otros percances. Si algo sale mal, planifique de antemano su res-
puesta y disponga en todo momento de un plan para situaciones de urgencia.
Al preparar la normativa distrital para la protección de los jóvenes, tenga en
cuenta estos factores:
• Seguridad física (edificios de propiedad o alquiler del distrito en los cuales
tengan lugar los programas para la juventud; actividades que impliquen
riesgos o peligro).
• Privacidad para los participantes jóvenes (especialmente la protección de
datos personales y el hospedaje en campamentos y hogares anfitriones).
• Certificación adecuada de los médicos voluntarios que prestan servicio en
clínicas donde se atiende a pacientes jóvenes.
• Grado de supervision de cualquier actividad para la juventud.
• Interacción con los jóvenes que no participan en las actividades del programa.
• Definición de contacto físico normal en el país anfitrión (abrazos u otras
modalidades de contacto).
• Enfermedades, lesiones y accidentes, incluidos los planes de primeros auxi-
lios y pólizas de seguros.
• Pautas para la conducción de vehículos automotores, como licencias y requisi-
tos en materia de seguros para los adultos participantes en el programa.
Manual de capacitación para la prevención de acoso y abuso
12. Elementos clave de la normativa
Toda normativa distrital eficaz para la prevención del acoso y abuso debe
incluir la siguiente información:
• Declaración normativa que incluya el texto de la Declaración de normas de
RI respecto a las actividades para la juventud.
• Declaración de acatamiento en la que se afirme que todos los clubes del
distrito que participan en programas para la juventud se comprometen a
cumplir la normativa distrital para la prevención del acoso y abuso.
• Reseña de las responsabilidades del club en cuanto a su cumplimiento de
las normas distritales.
• Amplia lista de tareas de los voluntarios que tengan contacto con la gente
joven y el nivel de verificación de antecedentes para cada uno de ellos.
• Procedemientos de selección y verificación de antecedentes (solicitudes
por escrito, chequeo de antecedentes, entrevistas personales, visitas domi-
ciliarias) y criterios para la selección de voluntarios.
• Procedimientos para la capacitación de voluntarios que trabajen con gente
joven.
• Recomendaciones respecto a la protección a la juventud que proporcionen
pautas para la supervisión y de comportamiento para prevenir el acoso y
abuso.
• Pautas para los sitios web en las que se defina la privacidad y la protección
de los datos, imágenes e información personal de los jóvenes, y se esta-
blezcan secciones concretas en las que sólo se pueda ingresar mediante
contraseña.
• Plan para el mantenimiento y la conservación de registros confidenciales de
todas las acusaciones de acoso y abuso.
• Un sistema para garantizar que (1) todo adulto al que se le hubiera prohibi-
do la participación en los programas de Rotary para la juventud sea exclui-
do del programa y que (2) tal información se mantenga confidencial.
• Descripción de las tareas del funcionario encargado de la protección de los
jóvenes, con explicación detallada respecto a sus responsabilidades (véase
la descripción de tareas, página 14).
• Pautas para denunciar y efectuar el seguimiento de los casos de acoso y
abuso sexual recientes y anteriores, para quienes participan en los progra-
mas de Rotary para la juventud (véase el anexo B).
• Plan para la evaluación periódica del programa.
• Procedimientos para la revision periódica de la normativa distrital.
Otras normas para la protección de la juventud
El modelo de normas del anexo A sólo se relaciona con la prevención del
acoso y abuso sexual y se recomienda a los distritos que amplíen sus normas
para abordar otros problemas que afectan la seguridad de la gente joven. Por
ejemplo, el distrito podrá elaborar pautas para el uso de automóviles perso-
nales como medio de transporte para los participantes en programas para
la juventud. Otros programas, además del Intercambio de Jóvenes, podrán
Manual de capacitación para la prevención de acoso y abuso
13. optar por una normativa que prohiba el contacto individual entre un volunta-
rio adulto y un participante joven. Por ejemplo, la organización Boy Scouts of
America recomienda el criterio “two-deep”, el cual requiere la presencia de
dos adultos con antecedentes verificados en todos los viajes y excursiones y
que toda entrevista individual entre un adulto y un niño o adolescente se efec-
túe en presencia de otras personas. Consulte con otras entidades que prestan
servicio a la juventud en su comunidad a efectos de averiguar qué tipo de
normas siguen.
Selección e investigación de los antecedentes
de los voluntarios
Uno de los elementos clave de toda normativa para la protección de la ju-
ventud es el examen y selección de los voluntarios adultos. A medida que los
distritos procuran seleccionar voluntarios que demuestren interés en el pro-
grama y aptitud para trabajar con la gente joven deberán, asimismo, elaborar
un procedimiento para la verificación de antecedentes de los candidatos a fin
de asegurar que no constituyan un riesgo para los participantes jóvenes. El
nivel de verificación podrá variar según el cargo que interese al voluntario y el
grado de repetición de los contactos (ocasional/infrecuente o frecuente) y el
tipo de contacto (individual o colectivo) con los participantes. Por ejemplo, las
familias anfitrionas de los estudiantes de Intercambio de Jóvenes deberán so-
meterse a un procedimiento de verificación de antecedentes más amplio que
los tutores voluntarios de una escuela primaria, dado que éstos seguramente
estarán supervisados durante su labor con los chicos.
La gestión responsable de los programas para la juventud requiere una
significativa aportación de tiempo para seleccionar, verificar antecedentes e
impartir capacitación a los voluntarios adultos, y los clubes y distritos deberán
aceptar la carga administrativa adicional requerida para garantizar protección
adecuada de los participantes jóvenes, lo cual significa mantener los criterios
de selección, incluso cuando resulte difícil conseguir suficientes voluntarios
para que siga funcionando el programa. Los voluntarios adultos que no estén
dispuestos a someterse a la verificación de antecedentes deberán ser exclui-
dos de cualquiera de los programas de Rotary International para la juventud.
Solicitudes
Se deberá exigir que todos los voluntarios adultos que mantengan contacto
no supervisado con los jóvenes, cumplimenten una solicitud que incluya refe-
rencias (se adjunta un modelo de solicitud para el programa de Intercambio
de Jóvenes; véase el anexo C). En las solicitudes se deberá requerir, como
mínimo, que el aspirante no haya sido sentenciado por motivos relacionados
con acoso o abuso de una persona joven. En las solicitudes se podrá incluir
como requisito experiencia concreta relacionada con las tareas encomenda-
das y experiencia en el trato con gente joven.
Entrevistas
Todos los voluntarios que solicitan cargos que impliquen contacto no super-
visado con los jóvenes deberán ser entrevistados en persona por integrantes
Manual de capacitación para la prevención de acoso y abuso
14. experimentados de los comités pertinentes. En cuanto a posibles familias
anfitrionas, se deberá efectuar una entrevista en el propio hogar de cada
familia y proporcionar a los entrevistadores pautas sobre el tipo de preguntas
que deben formularse y el tipo de respuestas que suelen buscarse al efectuar
entrevistas domiciliarias.
Verificación de referencias
No basta con pedir referencias en la solicitud. Se requiere contactar con cada
referencia por teléfono o personalmente, y plantear un conjunto de preguntas
estándar, como las siguientes:
• ¿Desde hace cuánto tiempo conoce a esta persona? ¿De dónde lo conoce?
• ¿Cree que esta persona posee las cualificaciones necesarias para trabajar
con gente joven?
• ¿Podría recomendar a esta persona sin reservas para prestar servicio en
Deberá restringirse el calidad de ?
acceso a la información
confidencial recabada en • ¿Podría verificar las fechas de empleo de la siguiente persona?
el proceso de verificación Anote la fecha de la entrevista y la respuesta a cada pregunta y conserve estos
de antecedentes de los datos junto con la solicitud del voluntario.
voluntarios, dado que las
entrevistas y verificacio-
Verificación de antecedentes generales y penales
nes pueden revelar datos
que no deben divulgarse La verificación de antecedentes es fundamental en toda normativa de pro-
(aunque no descalifiquen tección a la juventud, porque aleja a los posibles infractores y les impide el
al candidato en cuestión). acceso al programa. Aunque numerosos contraventores no tienen anteceden-
Establezca las pautas en las tes penales y actúan con suma diligencia para no caer en manos de la justicia,
que se establezca quiénes la verificación de antecedentes podría disuadirlos de prestar servicio en su
necesitan consultar tales programa. Muchas organizaciones que sirven a la juventud requieren que
datos. Si el distrito contrata todos los voluntarios adultos que trabajan con gente joven se sometan a un
a una entidad externa para chequeo de antecedentes penales, incluso para aquellos programas que no
efectuar las verificaciones
requieren contacto sin supervisión con los jóvenes.
de antecedentes penales,
averigüe si pueden recoger El distrito deberá determinar cuáles de las actividades relacionadas con la ju-
y mantener tal información ventud requieren que los voluntarios adultos se sometan a una verificación de
a disposición del distrito. antecedentes penales. Por ejemplo, en un campamento de RYLA distrital para
estudiantes de 14 a 18 años de edad, es posible que a los consejeros se les
pida que se sometan a la verificación de sus antecedentes penales pero no a
los voluntarios encargados de la inscripción en el evento. De todos modos, la
verificación de antecedentes es obligatoria para todos los cargos voluntarios
que permitan el contacto no supervisado con gente joven.
El programa de Intercambio de Jóvenes requiere que todos los
adultos (rotarios y personas no afiliadas a Rotary) que participan en
el programa (miembros de comité, familias anfitrionas, consejeros
del club y otras personas) acuerden someterse a la verificación de
antecedentes penales y referencias y firmar la Declaración jurada
de voluntario de programas para la juventud.
Manual de capacitación para la prevención de acoso y abuso
15. Mantenimiento de registros
Cada distrito deberá determinar de qué manera deben mantenerse y conser-
varse los registros y establecer los debidos procedimientos para garantizar la
confidencialidad y el acceso limitado. Investigue las leyes nacionales y locales
para determinar el plazo durante el cual deben conservarse los registros (en
algunos casos, es posible que sea necesario conservarlos a perpetuidad).
Capacitación de los voluntarios
La capacitación de voluntarios es esencial para contar con un programa de
prevención de acoso y abuso que sea eficaz. Planifique la capacitación es-
pecífica para cada cargo voluntario e incluya en dicha capacitación los datos
referentes a la prevención de acoso y abuso. Establezca las pautas respecto
a la frecuencia de las sesiones de capacitación para los voluntarios y lleve el
control de cuántos voluntarios han concluido sesiones de capacitación especí-
ficas.
Por ejemplo, la capacitación para los voluntarios de un programa del club de-
nominado “A leer con un rotario”, además de los métodos de enseñanza de
lectura a los alumnos, deberá centrarse en las pautas para relacionarse con los
chicos, las restricciones de contacto físico y los requisitos de supervisión rela-
tivos al programa. Es posible que la capacitación para voluntarios que presten
servicio en un campamento de RYLA sea más extensa e incluya un cursillo de
certificación en resucitación cardiopulmonar, y datos sobre la manera de plan-
tear una acusación de acoso o abuso.
La guía para dirigentes que acompaña al presente manual contiene sesiones
de capacitación especializadas para los voluntarios adultos que trabajan en
los programas de para la juventud. Los distritos pueden adaptar tales conteni-
dos a fin de incluir consideraciones culturales, normas específicas del distrito y
otros temas relacionados concretamente con el programa pertinente.
Se requiere que a todos los adultos voluntarios y a los estudiantes
de Intercambio de Jóvenes que salen del país y los que llegan del
exterior se les imparta capacitación para la prevención del acoso y
abuso.
Manual de capacitación para la prevención de acoso y abuso
16. Presentación de informes y
seguimiento
En aras de la seguridad y el bienestar de la gente joven que toma parte en
los programas y actividades de Rotary International, se requiere que todas las
acusaciones de acoso y abuso se consideren con toda seriedad y de conformi-
dad con las siguientes pautas.
Dar parte de acusaciones
A efectos de garantizar que todas las denuncias se tramiten debidamente, los
distritos deberán seguir los siguientes procedimientos:
• Establecer una normativa para dar parte de acusaciones en la cual se es-
pecifique a qué rotarios deberá contactar cuando se planteen alegaciones
de acoso y abuso. (Consulte el anexo B, donde figura el modelo de nor-
mas para plantear alegaciones que los clubes y distritos deberán adaptar
e implementar a tenor de las leyes nacionales y locales.) Proporcione los
nombres y datos de contacto pertinentes a todos los voluntarios adultos a
los participantes en los programas y a los padres.
• Tome las medidas necesarias para salvaguardar la seguridad del estudiante.
El primer adulto a quien se notifique una acusación de acoso o abuso de ín-
dole penal deberá transmitir inmediatamente la denuncia a las autoridades.
• Toda acusación de acoso o abuso delictivos deberá reportarse a las au-
toridades pertinentes (entidades de protección al menor, servicios socia-
les o dependencias policiales o judiciales) para su debida investigación.
Notifique sobre el particular al funcionario del distrito encargado de la
protección de los jóvenes.
Se deberá notificar a RI todo incidente grave (accidente, deli-
to, regreso anticipado, muerte) relacionado con estudiantes de
Intercambio de Jóvenes en un plazo de 72 horas.
Manual de capacitación para la prevención de acoso y abuso
10
17. En Estados Unidos, la ley federal establece que todo incidente o
alegación relacionado con casos presuntos o reales de explota-
ción o abuso sexual de participantes en programas de intercambio
de estudiantes de enseñanza secundaria, deberán denunciarse al
Departamento de Estado y a las demás entidades que requieran
las leyes estatales o locales.
Seguimiento
Después de que se efectúe una alegación y que una entidad policial, judicial
o de protección al menor comience la investigación pertinente, los rotarios
involucrados deberán tomar las siguientes medidas:
• Mantener alejado de contacto con personas jóvenes a todo adulto contra
quien se interponga una denuncia de acoso o abuso sexual hasta que se
aclare la situación.
• Colaborar con todas las entidades policiales o judiciales y los servicios de
protección al menor y no interferir con la investigación.
La mayoría de los rotarios y demás adultos que participan en los programas
para la juventud no son profesionales con la formación necesaria para deter-
minar la gravedad o las implicaciones legales de ninguna acusación, motivo
por el cual deberán abstenerse de decidir si una acusación constituye o no
acoso o abuso hasta consultar con las debidas entidades de protección al
menor, agentes policiales o judiciales o un funcionario distrital capacitado en
la gestión de acusaciones de acoso o abuso en contra de personas jóvenes.
Después de que las autoridades policiales o judiciales concluyan su inves-
tigación, el gobernador de distrito, el funcionario distrital encargado de la
protección de los jóvenes o el Comité Distrital de Revisión deberán analizar
la situación a fin de verificar que se siguieron todas las normas distritales y
recomendar la toma de futuras medidas para corregir cualquier posible defi-
ciencia.
• Los clubes deberán dar de baja de forma inmediata a todo socio que haya
admitido la comisión de un delito de este tipo, haya sido condenado por
tal motivo o haya participado en cualquier actividad relacionada con un
caso de acoso o abuso sexual. A toda persona no afiliada a Rotary com-
prendida en esta categoría se le deberá prohibir la participación en progra-
mas o actividades de Rotary relacionados con la juventud.
• Si se dictaminase que una acusación de acoso o abuso sexual es poco
concluyente, a fin de salvaguardar la seguridad de los participantes y del
presunto autor, se deberán adoptar, de todos modos, las precauciones ne-
cesarias para vigilar el contacto que el presunto autor de los hechos pueda
tener con jóvenes, teniéndose en cuenta, además, que si posteriormente se
planteasen acusaciones de acoso o abuso, se prohibirá permanentemente
la participación de dicho adulto en actividades para la juventud en el ám-
bito de Rotary. Un adulto que hubiera sido absuelto de alegaciones de ese
tipo podrá solicitar que se le restituya su participación en programas para la
juventud, entendiéndose que la restitución no constituye un derecho y que
Manual de capacitación para la prevención de acoso y abuso
11
18. no se garantiza que el adulto en cuestión pueda desempeñar el cargo que
ejercía anteriormente.
Cuando no intervienen las autoridades policiales o judiciales
En ciertas ocasiones, el estudiante podrá denunciar actos que le sean des-
agradables aunque no constituyan conducta delictiva según las leyes na-
cionales o locales. Tenga en cuenta que se considera inapropiado todo
comportamiento de índole sexual que un voluntario imponga o pretenda
imponer a un estudiante, aunque éste sea mayor de edad.
Todo distrito deberá documentar los procedimientos específicos para la ges-
tión de alegaciones que no constituyan acoso delictivo a tenor de las leyes na-
cionales y locales. En primer lugar, los rotarios deberán poner fin a la conducta
impropia denunciada y tomar las medidas necesarias para evitar que se repita.
Asimismo, documente todas las acusaciones y las medidas tomadas para acla-
rarlas, de manera que pueda llevarse un control de los esquemas de conducta
y las versiones de todas las partes involucradas en el incidente. Sobre la base
de tal información, establezca las normas necesarias para abordar los compor-
tamientos problemáticos que puedan surgir en el futuro.
Se exhorta a cada distrito a consultar con un abogado de la localidad todo lo
referente a las obligaciones y procedimientos para la gestión de toda acusa-
ción de acoso o abuso.
Incidentes pasados
Si un ex participante en un programa para la juventud se pone en contacto
con el distrito a efectos de denunciar un incidente de acoso o abuso ocurrido
hace mucho tiempo, comuníquese con RI a efectos de recabar información
o recomendaciones adicionales y determinar la mejor manera de proceder.
Tales alegaciones deberán reportarse a RI dentro de las 72 horas siguientes al
momento en que se hubiera notificado al distrito.
Manual de capacitación para la prevención de acoso y abuso
12
19. Cargos de responsabilidad
Los funcionarios de Intercambio de Jóvenes de los clubes y distri-
tos son también responsables de la protección de los jóvenes que
participan en dicho programa. En la hoja de trabajo 12 se incluye
una reseña de tales responsabilidades.
Aunque la protección a los jóvenes recae bajo la responsabilidad de todos los
adultos que toman parte en los programas para la juventud, el acatamiento
de las normas para la prevención del acoso y abuso establecidas por Rotary
International y el distrito depende de la vigilancia del gobernador de distrito,
el funcionario distrital encargado de la protección de los jóvenes y el Comité
Distrital de Revisión.
Gobernador de distrito
El gobernador eleva la toma de conciencia respecto a la prevención del
acoso y abuso y estimula la prevención eficaz en el contexto de los programas
distritales para la juventud y las normas pertinentes para la formulación de
denuncias.
Responsabilidades
• Garantizar que todas las acusaciones se formulen ante las debidas autori-
dades y RI.
• Confirmar que las denuncias de abuso se efectúen de conformidad con las
normas y procedimientos vigentes en el distrito.
• Cerciorarse de que los clubes rotarios acaten la normativa distrital.
• Asegurarse de que todas las actividades de los programas para la juven-
tud se efectúen de manera responsable, incluso en aquellos casos en los
que tales responsabilidades hubieran sido delegadas en otros funcionarios
distritales.
• Intervenir en la administración de las actividades de los programas para la
juventud cuando fuera necesario.
Manual de capacitación para la prevención de acoso y abuso
13
20. • Establecer los debidos procedimientos de gestión de riesgo, incluidos los
procedimientos y normas para la prevención de acoso y abuso.
El gobernador deberá recurrir a la participación de tantos miembros del equi-
po de liderazgo distrital como sea posible en todo lo referente a la protección
a la juventud. En dicho equipo se incluye a los asistentes del gobernador,
quienes pueden desempeñar un papel fundamental al respecto, debiendo
familiarizarse con las normas distritales relacionadas con la toma de concien-
cia, la prevención y las denuncias de acoso y abuso. Asimismo, el instructor
distrital puede brindar asesoramiento durante las sesiones de capacitación
para la protección de la juventud.
Funcionario distrital para la protección de los jóvenes
Este funcionario promueve la toma de conciencia respecto a los asuntos de
gestión de riesgo relacionados con los programas para la juventud y garantiza
que los voluntarios de los clubes, distritos y otros niveles acaten las normas
distritales y de RI para la prevención de acoso y abuso. Esta persona es el pri-
mer contacto en el ámbito del distrito, para aquellos casos en que a cualquier
rotario se le notifique una alegación de acoso o abuso. Se trata de un funcio-
nario que podrá impartir capacitación a otros colegas de los clubes o distritos,
respecto a los procedimientos y pautas relacionadas con acoso, abuso y otros
problemas que requieren gestión de riesgos. La instauración de este cargo no
es obligatoria pero se recomienda encarecidamente.
Responsabilidades
• Mantener registros de todas las alegaciones efectuadas.
• Garantizar la tramitación debida de las alegaciones, de conformidad con
las leyes nacionales o locales y la normativa distrital, y la protección de los
intereses de todos los involucrados.
• Colaborar con los clubes a efectos de informar a los rotarios respecto a sus
obligaciones bajo la normativa distrital y las leyes nacionales y locales.
• Examinar y mantener un archivo de todos los voluntarios con antecedentes
verificados, incluidos la solicitud y los resultados de las verificaciones de
antecedentes penales y de referencias, y cumplir funciones de enlace con
una entidad externa contratada para tales propósitos.
• Recolectar y remitir todos los formularios requeridos por la policía o las
correspondientes autoridades regionales o locales, a fin de verificar los
antecedentes de los voluntarios del programa que mantengan contacto no
supervisado con menores de edad.
• Cerciorarse de que se imparta la debida capacitación a los rotarios, los
voluntarios del programa (familias anfitrionas, consejeros de RYLA, etc.), y
los participantes jóvenes y sus padres.
• Transmitir a los comités distritales de los programas para la juventud, la
información necesaria respecto a los programas de capacitación.
Cualificaciones
• Experiencia profesional en la gestión de asuntos relacionados con acoso y
abuso.
Manual de capacitación para la prevención de acoso y abuso
14
21. • Experiencia en asesoramiento a personas jóvenes.
• Conocimiento cabal de la normativa de RI y las leyes nacionales y locales
relevantes.
Consideraciones adicionales
• Disposición de ejercer el cargo durante un mínimo de tres años.
• Experiencia profesional en los campos de salud, salud mental o educación,
especialmente en lo que se refiere al trabajo con adolescentes en calidad
de trabajador social, administrador educativo o profesional de la protec-
ción a la juventud.
Comité Distrital de Revisión
Este comité efectúa el seguimiento de las acusaciones de acoso y abuso que no
pueden investigarse por parte de las autoridades policiales o judiciales, o cuan-
do tales investigaciones no logran resultados concluyentes. Aunque la instaura-
ción de este comité no es obligatoria, se recomienda encarecidamente.
Responsabilidades
• Determinar si el distrito cuenta con normas de gestión de riesgo adecuadas.
• Efectuar una revision anual de toda la documentación y de las alegaciones
de acoso y abuso en el marco de los programas para la juventud, a efectos
de garantizar que el distrito está tomando las medidas necesarias para
limitar los riesgos de acoso y abuso.
• Reunirse entre tres o cinco días hábiles después de que se presente una
alegación de acoso o abuso.
• Efectuar una evaluación, tras las investigaciones policiales y judiciales perti-
nentes, a efectos analizar las circunstancias relacionadas con la alegación y
recomendar la toma de medidas al gobernador de distrito y al funcionario
distrital para la protección de los jóvenes.
• Determinar si la participación continua en los programas para la juventud
por parte de la persona acusada significa demasiado riesgo, en aquellos
casos en los que los resultados de las investigaciones policiales o judiciales
sean poco concluyentes.
• Efectuar el seguimiento correspondiente cuando las autoridades policiales
y judiciales no investiguen una alegación dada.
Miembros del comité
El gobernador deberá designar a los integrantes de este comité, debiendo li-
mitarse la participación predominante de cualquiera de los clubes. La nómina
de miembros del comité deberá incluir, como mínimo, a los siguientes:
• El presidente del Comité Distrital de Intercambio de Jóvenes
• Una persona no rotaria, con experiencia profesional relacionada con casos
de abuso (trabajador social, psicólogo o psiquiatra)
• Voluntario con experiencia en gestión de riesgo
Manual de capacitación para la prevención de acoso y abuso
15
22. • Funcionario distrital para la protección de los jóvenes (si hubiera sido de-
signado)
Consideraciones adicionales
• Si fuera posible, al menos un ex gobernador de distrito debería integrar el
comité.
• Los miembros del comité deberán ejercer el cargo durante un período
mínimo de tres años.
• A fin de evitar conflictos de intereses, los integrantes del comité deberán
abstenerse de evaluar acusaciones en contra de socios de su propio club
rotario, amigos, colegas, cónyuges o familiares.
• Si el distrito no designara este comité, el gobernador deberá nombrar un
comité ad hoc para efectuar el seguimiento de toda acusación de aco-
so o abuso, integrado bajo las mismas pautas que el Comité Distrital de
Revisión.
Manual de capacitación para la prevención de acoso y abuso
16
23. Intercambio de Jóvenes
ANEXO A
Modelo de normas distritales para la
prevención de acoso y abuso
El establecimiento y la implementación de una normativa distrital eficaz
para la prevención de acoso y abuso demuestra claramente la consagración
del distrito a proteger a los estudiantes que participan en el programa de
Intercambio de Jóvenes. El presente documento ofrece un marco de referen-
cias básico para el cumplimiento de las disposiciones que la Directiva de RI
establece que sigan los distritos para la puesta en práctica o mejoramiento
de sus normas para la prevención de acoso y abuso. A menos que se indique
lo contrario, las normas para la prevención de acoso y abuso de cada distri-
to deberán incluir cada uno de los siguientes elementos a fin de obtener la
certificación.
Normas para la prevención de acoso y abuso
para el programa de Intercambio de Jóvenes
del Distrito
1. eclaración de normas de RI respecto a las actividades para la
D
juventud
El Distrito es una entidad consagrada a crear y mantener el en-
torno más seguro posible para todos los participantes en las actividades de
Rotary. Es el deber de todos los rotarios, los cónyuges de los rotarios, los co-
laboradores y otros voluntarios, salvaguardar el bienestar de los niños y jóve-
nes con los que entran en contacto y desplegar el máximo esfuerzo posible
para evitar todo tipo de abuso psíquico, físico, sexual o emocional.
2. Definiciones (información optativa)
Voluntario: Todo adulto que participe en las actividades de Intercambio
de Jóvenes y entre en contacto directo supervisado o no supervisado con
estudiantes. En esta categoría se incluyen, entre otros, los funcionarios de
Intercambio de Jóvenes en el ámbito del club y del distrito; los integrantes de
Comités de Intercambio de Jóvenes de los clubes y distritales; los consejeros
rotarios; los rotarios y personas no afiliadas a Rotary, sus cónyuges y colabo-
radores que organizan actividades o recorridos para los estudiantes o que
pudieran llevar a los estudiantes a eventos o funciones; los padres anfitriones
y demás adultos que residan en el hogar anfitrión (incluidos los hermanos y
otros familiares).
Estudiante: Todo joven que participa en el Intercambio de Jóvenes, ya sea
menor o mayor de edad.
Manual de capacitación para la prevención de acoso y abuso
17
24. Abuso sexual: Incurrir en toda actividad sexual implícita o explícita que se
realice con una persona joven, ya sea mediante el uso de la fuerza o exhor-
tándola a la realización de dichas actividades, implícita o explícitamente, de
forma individual, con otra persona o personas, ya fueren de cualquier edad,
del mismo sexo o del sexo opuesto. En este concepto se incluyen ofensas sin
contacto físico, como exhibicionismo o muestra de materiales de contenido
sexual o pornográfico.
Acoso sexual: Avances sexuales, solicitación de favores sexuales o conducta
verbal o física de índole sexual. En algunos casos, el acoso sexual es la ante-
sala del abuso sexual, y una técnica empleada por este tipo de agresores para
neutralizar o “preparar” a sus víctimas.
Algunos ejemplos de acoso sexual:
• Adjetivos o epítetos sexuales, bromas y chistes, referencias a conductas
sexuales escritas o verbales, comentarios o chismes relativos a conductas
sexuales individuales, o relativos a conductas sexuales de otras personas,
deficiencias o proezas de la misma índole.
• Abuso verbal de contenido sexual.
• Exhibición de objetos, fotografías o dibujos que sugieran o sean de conte-
nido sexual.
• Miradas lascivas o silbidos con esta intención, cualquier contacto no apro-
piado como roces o toqueteos, lenguaje o gestos obscenos y comentarios
sugerentes u ofensivos.
3. ersonería jurídica y seguro de responsabilidad civil para el
P
programa de Intercambio de Jóvenes en el ámbito distrital
Se requiere que todo programa de Intercambio de Jóvenes de ámbito distrital
adquiera personería jurídica o se constituya formalmente como entidad legal
similar (sociedad anónima o limitada, etc.). Considere la posibilidad de añadir
una sección en la cual se incluya información básica al respecto. Por ejemplo:
El programa de Intercambio de Jóvenes del Distrito de RI se
constituye en persona jurídica como Programa de Intercambio de Jóvenes
del Distrito Rotario , Sociedad Anónima, y se constituye de tal
manera, con sujeción a las disposiciones legales del/de la estado/pcia./
depto/nación de . .
Asimismo, se requiere que todo programa distrital adquiera un seguro de
responsabilidad civil general con la cobertura y los límites adecuados para el
entorno local.
4. Selección e investigación de los antecedentes de los voluntarios
El Distrito conservará permanentemente todos los registros de
verificación de antecedentes penales, dispensas y selección de adultos que
trabajen con menores de edad.
Todos los voluntarios interesados en participar en el programa de
Intercambio de Jóvenes del Distrito deberán:
Manual de capacitación para la prevención de acoso y abuso
18
25. • Cumplimentar el formulario de la Declaración jurada de voluntario de progra-
mas para la juventud y autorizar al distrito a efectuar una verificación de sus
antecedentes penales (con sujeción a las leyes y usos locales establecidos).
• Someterse a entrevistas personales.
• Proporcionar al distrito una lista de referencias que puedan verificarse.
• Cumplir los requisitos establecidos para la participación en actividades con
los estudiantes. RI requiere que a todo voluntario que hubiera admitido
la comisión de un delito de acoso o abuso sexual, haya sido condenado
por tal motivo o de alguna forma haya participado en cualquier activi-
dad relacionada con este tipo de delitos, se le prohíba la participación
en programas o actividades de Rotary relacionadas con la juventud. A
fin de salvaguardar la seguridad de los participantes en el programa de
Intercambio de Jóvenes, así como la seguridad del presunto autor, si tras
la investigación de alegaciones de acoso o abuso sexual no se lograsen
resultados concluyentes, se deberán tomar las medidas necesarias para
vigilar el contacto que el presunto autor de los hechos pueda tener con los
jóvenes. Un adulto que hubiera sido absuelto de alegaciones de ese tipo
podrá solicitar que se le restituya su participación en programas para la
juventud, entendiéndose que la restitución no constituye un derecho y que
no se garantiza que el adulto en cuestión pueda desempeñar el cargo que
ejercía anteriormente.
• Entender y acatar las normas distritales y de RI respecto al programa de
Intercambio de Jóvenes.
Las familias anfitrionas deberán reunir los siguientes requisitos, además de
los indicados más arriba:
• Las familias anfitrionas deberán someterse a una entrevista exhaustiva en la
cual se determine su idoneidad para recibir estudiantes de intercambio en
su hogar y, a tales efectos, se deberá verificar que cumplan, entre otras, las
siguientes condiciones:
– Compromiso demostrado para con la seguridad y salvaguardia de los
estudiantes
– Motivación para recibir en su hogar a un estudiante, en consonancia con
los ideales rotarios de promover la comprensión internacional y el inter-
cambio cultural
– Medios económicos suficientes para proporcionar hospedaje adecuado
(alojamiento y comidas) al estudiante
– Aptitud para brindar supervisión adecuada y responsabilidad como pa-
dres anfitriones, a fin de garantizar el bienestar del estudiante
• Las familias anfitrionas deberán cumplimentar una solicitud por escrito.
• Se deberán efectuar visitas al hogar de cada familia anfitriona (anunciadas
y no anunciadas), antes y durante la estadía del estudiante. Tales visitas se
deberán efectuar anualmente, incluso en el caso de las familias anfitrionas
que ya hubieran participado en el programa anteriormente.
• Todos los residentes adultos del hogar anfitrión deberán satisfacer los
requisitos respecto a la selección. En este concepto se incluyen los hijos
Manual de capacitación para la prevención de acoso y abuso
19
26. adultos de la familia anfitriona, y otros integrantes de la familia extensa que
residan en dicho hogar en forma permanente o provisional.
Los consejeros rotarios deberán cumplir los criterios para todos los volunta-
rios, además de los siguientes:
• Los consejeros no podrán ser integrantes de la familia anfitriona del estu-
diante.
• A los consejeros se les deberá haber impartido formación en cuanto a
la respuesta a todo problema o inquietud que pudiera surgir durante el
intercambio, incluidos los posibles casos de acoso o abuso físico, sexual o
emocional.
Recomendaciones adicionales: Aunque no es obligatorio, se sugiere que los
distritos se abstengan de seleccionar consejeros que sean parientes o amigos
de otros voluntarios que estén en relación con determinado estudiante (por
ejemplo: el director de una escuela que sea también socio del club rotario o
forme parte de la familia anfitriona del estudiante).
5. Selección e investigación de los antecedentes de los estudiantes
Todos los estudiantes interesados en participar en el programa de
Intercambio de Jóvenes del Distrito deberán:
• Cumplimentar una solicitud por escrito y someterse a una entrevista, a fin
de establecer su idoneidad para la participación en el programa.
• Participar en todas las sesiones de orientación y capacitación distritales.
Todos los padres o tutores legales de los estudiantes interesados en
participar en el programa de Intercambio de Jóvenes del Distrito
deberán ser entrevistados a efectos de determinar su idoneidad para partici-
par en el programa.
6. Capacitación
El Distrito impartirá capacitación para la prevención de acoso
y abuso a todos los participantes en el programa de Intercambio de
Jóvenes. estará a cargo de conducir las sesiones de
capacitación.
Específicamente, el Distrito deberá:
• Adaptar el Manual de capacitación y guía de dirigentes para la prevención
de acoso y abuso a fin de incluir información relevante y específica respecto
a normas distritales, usos locales, pautas culturales y requisitos legales.
• Preparar un calendario para la capacitación y establecer la frecuencias de
las sesiones de capacitación requeridas para cada voluntario, incluida una
relación de quienes participarán, fechas de las sesiones y los métodos de
capacitación que se utilizarán.
• Conducir sesiones de capacitación especializadas para los siguientes parti-
cipantes en el programa de Intercambio de Jóvenes:
– Gobernador de distrito
– Miembros del Comité Distrital de Intercambio de Jóvenes
Manual de capacitación para la prevención de acoso y abuso
20
27. – Miembros de los Comités de Intercambio de Jóvenes de los clubes
– Consejeros rotarios
– Otros rotarios y personas no afiliadas a Rotary que participen en las
actividades de Intercambio de Jóvenes, tales como excursiones locales o
eventos distritales
– Familias anfitrionas
– Estudiantes (que salen del distrito o visitan el mismo)
– Padres y tutores legales de los estudiantes
• Establecer las pautas necesarias para garantizar que a todos los participan-
tes se les imparta la capacitación requerida.
• Llevar registros de la participación a fin de garantizar que se cumpla este
requisito.
Recomendaciones adicionales: Aunque no se establezca con carácter obliga-
torio, se sugiere a los distritos:
• Disponer que el funcionario distrital para la protección de los jóvenes (si ha
sido nombrado) asuma responsabilidades en el terreno de la capacitación.
• Los distritos copatrocinadores deberán compartir el contenido del progra-
ma de capacitación.
7. Normas para notificar alegaciones
El Distrito se compromete a proteger la seguridad y el bienestar
de los estudiantes de Intercambio de Jóvenes y no tolerará que sean someti-
dos a acoso o abuso alguno. Todas las alegaciones de acoso o abuso que se
efectúen se considerarán muy seriamente y deberán seguirse las disposicio-
nes establecidas en las Normas para notificar alegaciones de acoso o abuso
sexual.
8. Pautas para el seguimiento y la revisión
El Distrito considera muy seriamente todas las alegaciones de aco-
so o abuso sexual e investigará exhaustivamente cada una de ellas. El distrito
colaborará con todas las entidades policiales, servicios de protección al menor
e investigaciones legales pertinentes, y sólo efectuará aquellas investigacio-
nes independientes que no interfieran con las investigaciones oficiales.
9. Otras responsabilidades del Distrito
• Establecer procedimientos para notificar, investigar y manejar las infraccio-
nes no penales o casos antiguos que no puedan ser objeto de investiga-
ción policial.
• Recomendar que todos los estudiantes de Intercambio de Jóvenes que visi-
tan el distrito cuenten con cobertura de seguro que abarque los siguientes
niveles:
• Proporcionar a cada estudiante una lista de los servicios locales disponibles
en el distrito (línea abierta para víctimas de violaciones y prevención del
suicidio; programas contra el alcoholismo y la drogadicción para adoles-
centes; autoridades policiales y agencias de la ley; servicios municipales,
servicios privados, etc.)
Manual de capacitación para la prevención de acoso y abuso
21
28. • Cumplimentar un formulario de datos por cada uno de los estudiantes que
participan en el Intercambio de Jóvenes y remitirlo a RI un mes antes del
comienzo del intercambio.
• Proporcionar a los estudiantes de Intercambio de Jóvenes un número tele-
fónico para casos de urgencia al cual puedan llamar las 24 horas del día.
• Acatar las normas de RI respecto a los sitios web del Intercambio de
Jóvenes.
• Designar un abogado, terapeuta o asesor independiente, para representar
a las presuntas víctimas de casos de acoso o abuso sexual.
• Notificar a RI toda alegación de infracciones penales en un plazo de 72
horas.
• Notificar a RI todo incidente grave (accidente, delito, regreso anticipado,
muerte) relacionado con estudiantes de Intercambio de Jóvenes en un
plazo de 72 horas.
• Evaluar y examinar periódicamente estas normas y los procedimientos con-
comitantes.
Recomendaciones adicionales: Aunque no se establezca con carácter obliga-
torio, se sugiere a los distritos:
• Nombrar un Comité de Revisión (para la investigación de conductas inde-
bidas), encargado de evaluar y examinar anualmente los archivos, normas y
alegaciones.
• Designar un funcionario distrital para la protección de los jóvenes.
• Requerir la presentación de un informe mensual de cada estudiante que
visita el distrito y cada estudiante que sale del mismo, en el que se incluya
información sobre los anfitriones, sus opiniones, inquietudes, ideas y suge-
rencias. De tal manera, el presidente del Comité Distrital de Intercambio de
Jóvenes podrá examinar los informes y brindar la asistencia necesaria a los
estudiantes.
• Considerar la posibilidad de utilizar un teléfono móvil como “línea abierta
distrital” permanente, para lo cual se deberá asignar a un rotario del distri-
to la responsabilidad de estar “de guardia” y llevar consigo el teléfono las
24 horas del día durante determinado plazo.
10. Cumplimiento de las normas por parte de los clubes
El Distrito llevará un control y se asegurará de que todos los clubes
del distrito que participen en el programa cumplan las normas de RI para la
prevención de acoso y abuso. Todos los clubes que deseen solicitar la certifi-
cación distrital deberán proporcionarle al distrito una copia de los siguientes
documentos para su examen y aprobación:
• Ejemplares de todos los materiales que produce el club para promover y
apoyar el programa de Intercambio de Jóvenes, incluidos materiales y folle-
tos promocionales, solicitudes, normas, enlaces con sitios web, etc.
• Lista de servicios disponibles en el área (línea abierta para víctimas de
violaciones y prevención del suicidio; programas contra el alcoholismo y la
drogadicción para adolescentes; autoridades policiales y agencias de la ley;
entidades de servicio social; servicios municipales, servicios privados, etc.).
Manual de capacitación para la prevención de acoso y abuso
22
29. • Materiales para programas de capacitación para la prevención del acoso y
abuso.
Los clubes participantes deberán acordar lo siguiente:
• Cumplimentar y remitir una declaración de acatamiento en la cual se ase-
gure que el club gestiona su programa de conformidad con las normas del
Distrito y de RI.
• Si no se encarga el distrito, efectuar verificaciones de antecedentes pena-
les y controles de referencias de todos los voluntarios que participan en el
programa, incluidos los adultos residentes de tiempo completo en el hogar
anfitrión, el consejero rotario, el presidente del comité del club y todos los
rotarios, sus cónyuges o colaboradores que mantengan contacto con los
estudiantes sin ser supervisados. Todos los voluntarios deberán cumpli-
mentar y firmar la Declaración jurada de voluntario de programas para la
juventud.
• Organizar un sistema general para la selección e investigación de los ante-
cedentes de las familias anfitrionas, incluida la práctica de visitas anuncia-
das y no anunciadas a los hogares anfitriones y entrevistas antes y durante
la estadía de los estudiantes.
• Efectuar evaluaciones para el seguimiento de los estudiantes y las familias
anfitrionas.
• Acatar las Normas para notificar alegaciones de acoso o abuso sexual.
• Prohibir la asignación directa de los estudiantes fuera del andamiaje organi-
zativo del programa de Intercambio de Jóvenes del Distrito (por
ejemplo: “intercambios bajo cuerda”).
• Establecer los procedimientos para el retiro de un estudiante del hogar de
la familia anfitriona (se deberán establecer de antemano los criterios para la
mudanza del estudiante y la provisión de alojamiento temporal).
• Establecer planes alternativos para la sustitución de familias anfitrionas,
incluida la preselección de familias anfitrionas sustitutivas disponibles.
• Garantizar que las familias anfitrionas se ofrezcan voluntariamente. No se
deberá requerir que los padres de estudiantes que salen del distrito y
los socios del club rotario patrocinador oficien en calidad de familias
anfitrionas.
• Cerciorarse de que los estudiantes de intercambio de largo plazo cuenten
con varias familias anfitrionas.
• Proporcionar a cada estudiante una lista de los servicios locales disponibles
en el distrito, incluida la información sobre médicos, dentistas, servicios re-
ligiosos, consejeros, línea abierta para víctimas de violaciones y prevención
del suicidio, etc.
• Asegurarse de que el consejero anfitrión de cada estudiante no tenga pa-
rentesco con la familia anfitriona del estudiante.
• Garantizar que al consejero anfitrión se le imparta formación en cuando a
abordar todo problema o inquietud que pueda surgir durante el intercam-
bio, incluida la prevención de acoso o abuso físico, sexual y emocional.
Manual de capacitación para la prevención de acoso y abuso
23
30. • Impartir capacitación obligatoria en materia de prevención de acoso y
abuso sexual, a las familias anfitrionas, estudiantes que salen del distrito,
estudiantes que visitan el distrito, y sus padres o tutores legales.
• Proporcionar los nombres y datos de contacto de un mínimo de tres perso-
nas —hombre y mujeres sin parentesco entre sí y sin vínculos estrechos con
las familias anfitrionas ni el consejero del club— con las cuales comunicarse
para obtener asistencia respecto a cualquier inquietud o problema.
• Acatar las normas de RI respecto a los sitios web del Intercambio de
Jóvenes.
• Notificar de inmediato al distrito todo incidente grave (accidente, delito,
regreso anticipado, muerte) relacionado con estudiantes de Intercambio de
Jóvenes.
• Efectuar entrevistas a todos los solicitantes y a sus padres o tutores legales.
Sin carácter obligatorio, se sugiere que los distritos tomen las siguientes
medidas:
• Designar un funcionario distrital para la protección de los jóvenes.
• En los intercambios de largo plazo, el estudiante deberá alojarse con tres
familias anfitrionas sucesivas.
• Establecer un sistema para la recertificación de clubes, en cuyo caso se re-
querirá que todo club proporcione fotocopias de toda la información, para
su posterior revisión y aprobación.
• Prohibir que los voluntarios mantengan contacto con los estudiantes mien-
tras no se efectúe la verificación de sus antecedentes y se les declare aptos
para mantener contacto sin supervisión con los estudiantes.
Declaración de normas de RI respecto a las actividades para la
juventud
Rotary International es una entidad consagrada a crear y mantener
el entorno más seguro posible para todos los participantes en las
actividades de Rotary. Es el deber de todos los rotarios, los cónyuges
de los rotarios, los colaboradores y otros voluntarios, salvaguardar de
la mejor manera el bienestar de los niños y jóvenes con quienes se
relacionan, y desplegar el máximo esfuerzo para evitar todo tipo de
abuso físico, sexual o afectivo.
Aprobada por la Junta Directiva de RI en su reunión de noviembre de
2002
Sección de Intercambio de Jóvenes — PD110
Rotary International
One Rotary Center
1560 Sherman Avenue
Evanston, IL 60201-3698, EE.UU.
youthexchange@rotary.org
(Junio de 2006)
Manual de capacitación para la prevención de acoso y abuso
24
31. Normas para notificar alegaciones de
ANEXO B
acoso o abuso sexual
Rotary International se compromete a proteger la seguridad y el bienestar
de los estudiantes de Intercambio de Jóvenes y no tolerará que sean someti-
dos a acoso o abuso alguno. Todas las alegaciones de acoso o abuso que se
efectúen se considerarán muy seriamente y deberán seguirse las disposicio-
nes establecidas en las presentes normas. Siempre otorgaremos prioridad
absoluta a la seguridad y el bienestar de los jóvenes.
Definiciones
Abuso sexual: Incurrir en toda actividad sexual implícita o explícita que se
realice con una persona joven, ya sea mediante el uso de la fuerza o exhor-
tándola a la realización de dichas actividades, implícita o explícitamente, de
forma individual, con otra persona o personas, ya fueren de cualquier edad,
del mismo sexo o del sexo opuesto. En este concepto se incluyen ofensas sin
contacto físico, como exhibicionismo o muestra de materiales de contenido
sexual o pornográfico.
Acoso sexual: Avances sexuales, solicitación de favores sexuales o conducta
verbal o física de índole sexual. En algunos casos, el acoso sexual es la an-
tesala del abuso sexual, y constituye una técnica empleada por este tipo de
agresores para neutralizar o “preparar” a sus víctimas.
Algunos ejemplos de acoso sexual:
• Adjetivos o epítetos sexuales, bromas y chistes, referencias a conductas
sexuales escritas o verbales, comentarios o chismes relativos a conductas
sexuales individuales, o relativos a conductas sexuales de otras personas,
deficiencias o proezas de la misma índole.
• Abuso verbal de contenido sexual.
• Exhibición de objetos, fotografías o dibujos de contenido sexual explícito o
sugerido.
• Miradas lascivas o silbidos con esta intención, cualquier contacto no apro-
piado como roces o toqueteos, lenguaje o gestos obscenos y comentarios
sugerentes u ofensivos.
¿Es abuso sexual o acoso sexual?
Los adultos, tras enterarse de toda alegación al respecto, se abstendrán de
determinar si la presunta conducta alegada constituye acoso o abuso sexual.
Al contrario, una vez que se cerciore de que el/la estudiante se encuentra a
salvo, el adulto deberá notificar de inmediato toda denuncia formulada a las
autoridades competentes de protección al menor o las autoridades policiales
o judiciales. En algunos países, la ley exige la presentación de un informe en
estos casos.
Manual de capacitación para la prevención de acoso y abuso
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32. Normas para notificar alegaciones
Todo adulto a quien un estudiante haya notificado la existencia de un inci-
dente de acoso o abuso sexual, será responsable de cumplir las siguientes
Normas para notificar alegaciones de acoso o abuso sexual.
1. Recibir la denuncia
a. Escuche atentamente y mantenga la calma. Tenga en cuenta que
hablar sobre un caso de acoso o abuso requiere mucha valentía y es co-
rrecto escuchar y mostrar apoyo al estudiante, sin expresar sentimientos
de conmoción, horror o incredulidad.
b. Asegure la privacidad pero no la confidencialidad. Explique al estu-
diante que usted tiene la obligación de informar a alguien cuando se
presenta un caso de abuso o acoso, a fin de poner freno a tales situacio-
nes y evitar que otros estudiantes se conviertan en víctimas.
c. Averigüe los hechos pero no interrogue. Formule preguntas al estu-
diante que determinen los hechos (qué ha sucedido, cuándo, dónde,
cómo, y quién es el presunto autor). Tranquilice y asegure al estudiante
que ha hecho lo correcto al comunicarle lo ocurrido. Absténgase de
formular preguntas que se refieran al “porqué” de la situación. Recuerde
que su responsabilidad consiste en transmitir la denuncia del estudiante
a las autoridades pertinentes.
d. No emita juicios y tranquilice al estudiante. No emita juicios críticos
sobre lo sucedido ni respecto a nadie que estuviera implicado en el
incidente. Es fundamental no culpar ni criticar al estudiante. Asegúrele
que lo ocurrido no es culpa suya y que demuestra valentía y madurez al
presentar la denuncia.
e. Redacte un informe. Prepare cuanto antes un informe por escrito de la
conversación mantenida con el estudiante, incluidas la fecha y hora. Deje
constancia en el informe de las palabras utilizadas por el estudiante y
escriba únicamente lo que éste le ha comunicado.
2. Proteja al estudiante.
Garantice la seguridad y el bienestar del estudiante, alejándolo inmediata-
mente de la situación y todo contacto con el presunto agresor. Tranquilice y
asegure al estudiante que lo hace por su seguridad y no como castigo.
3. Informe a las autoridades pertinentes (organizaciones de protección al
menor o entidades policiales o judiciales).
Informe, en primer lugar y de inmediato, a las autoridades pertinen-
tes de todos los casos de acoso o abuso sexual y, a continuación,
informe a los dirigentes del club y del distrito para que se efectúe
una investigación. En el Distrito , la autoridad compe-
tente es . En la mayor parte de los ca-
sos, el primer rotario con el que se debe poner en contacto es el
, quien será responsable de pedir asesora-
miento y mantener las comunicaciones con las autoridades apropiadas.
Si las alegaciones implican a un consejero rotario, se requiere ponerse en
contacto con el presidente del Comité Distrital de Intercambio de Jóvenes
Manual de capacitación para la prevención de acoso y abuso
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33. (u otro comité distrital a cargo de actividades para la juventud, cuando
corresponda) o el gobernador de distrito.
El Distrito colaborará plenamente con las investigaciones poli-
ciales o judiciales.
El Distrito ha investigado las leyes locales, regionales (pro-
vinciales, estatales o departamentales) y nacionales relacionadas con la
prevención del acoso y abuso sexual y destaca la importancia de que todo
voluntario adulto que participe en el programa tenga siempre presentes los
requisitos legales que se citan a continuación: (el distrito deberá insertar
aquí el texto pertinente).
4. Absténgase de efectuar comentarios y acusaciones.
En el curso de la investigación, hable del informe solamente con aquellas
personas mencionadas en estas normas. Tome todas las precauciones
posibles para proteger tanto los derechos de la presunta víctima como del
presunto agresor.
El Distrito se compromete a salvaguardar la privacidad (a dife-
rencia de la confidencialidad) de toda parte acusada mediante el cumpli-
miento de los siguientes procedimientos: (El distrito deberá insertar aquí la
descripción de los procedimientos pertinentes.)
5. No amenace al presunto infractor.
El adulto al que el estudiante informa sobre los hechos no ha de ponerse
en contacto con el presunto agresor. En casos de abuso, las autoridades
pertinentes serán las encargadas de realizar el interrogatorio que corres-
ponda. En caso de alegaciones de acoso no constitutivo de delito o falta,
el gobernador de distrito tiene la responsabilidad de investigar la situación
y ponerse en contacto con el presunto ofensor, no antes de asegurar el
bienestar y la seguridad del estudiante. El gobernador podrá asignar esta
tarea al funcionario distrital de protección a los jóvenes o al Comité Distrital
de Revisión.
Procedimiento que debe seguirse después del informe
El presidente del Comité Distrital de Programas para la Juventud o el funcio-
nario distrital de protección a los jóvenes son los responsables de asegurarse
de que, tras haber sido informados de una alegación de abuso, se tomen de
inmediato las medidas que se indican a continuación.
1. Confirmar que se ha alejado de la situación al joven afectado inmediata-
mente y que no tiene ningún contacto con el presunto agresor.
2. Si las autoridades policiales o judiciales deciden no investigar, el funcio-
nario distrital de protección a los jóvenes o el Comité Distrital de Revisión
deberán coordinar la investigación de las alegaciones.
3. Asegurarse de que el estudiante reciba los servicios de asesoría y apoyo
adecuados.
Manual de capacitación para la prevención de acoso y abuso
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34. 4. Ofrecer al joven un consejero independiente, no rotario, para representar
sus intereses. Pregunte a las autoridades pertinentes o los servicios socia-
les si le pueden recomendar a una persona que no esté afiliada a Rotary ni
tenga relación alguna con el programa para la juventud en cuestión.
5. Contactar con los padres o tutores legales del estudiante.
Si el estudiante no está en su domicilio permanente, el estudiante
o sus padres deberán decidir si se queda o regresa. Si el estudiante
se queda en el país anfitrión, se requerirá la autorización por escrito
de sus padres o tutores legales. Si el estudiante y sus padres optan
por el regreso al país de origen, consulte con la policía antes de
efectuar los arreglos de viaje. En algunos países, si hay una investi-
gación pendiente, es posible que las autoridades no aprueben que
el estudiante salga del país.
6. Mantener alejado al presunto agresor de todo contacto con los jóvenes
que participan en programas y actividades de Rotary, mientras estén en cur-
so las investigaciones.
7. Cooperar con la policía o con la investigación llevada a cabo por un juez
instructor.
8. Notificar la alegación al gobernador de distrito. El gobernador de distrito,
el funcionario distrital de protección a los jóvenes o el presidente del comi-
té distrital de un programa para la juventud, deberá reportar la alegación
a RI en un plazo de 72 horas, y suministrar los informes posteriores a estos
trámites y comunicar el resultado de todas las investigaciones y las medidas
tomadas.
9. Después de que las autoridades hayan concluido su investigación, el distri-
to deberá efectuar el seguimiento para garantizar que se está abordando
debidamente el caso. Concretamente, el Distrito efectuará una
investigación independiente y a fondo respecto a toda alegación de acoso
o abuso sexual.
Consideraciones posteriores al informe sobre la alegación
Respuesta a las necesidades del participante en el programa para
la juventud
El Distrito dispondrá que un equipo coherente y bien dirigido
brinde asistencia al joven después del informe de las alegaciones. Es posible
que el joven se sienta avergonzado o confuso, y reaccione comportándose de
manera retraída.
Tras la presentación de una denuncia de acoso o abuso, el estu-
diante puede manifestar cierta ambivalencia respecto a la continua-
ción de su intercambio. Si decide permanecer en el país anfitrión,
es posible que no desee proseguir su relación con el club rotario.
En algunos casos, es posible que el estudiante desee permanecer
en el país, pero cambiando de club anfitrión.
Manual de capacitación para la prevención de acoso y abuso
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35. Aunque a los socios del club y las familias anfitrionas les resulte
difícil comprender cómo se siente el estudiante, a éste le ayuda-
rá saber que el club continúa apoyándolo. Asimismo, puede que
exista cierta ambivalencia entre los socios del club y las familias
anfitrionas respecto al papel que cumplen y no les queden claras
sus atribuciones. Sin embargo, tienen que tomar las medidas que
estén a su alcance para asegurarle al estudiante que le brindan su
apoyo en todo momento.
Respuestas adecuadas en el ámbito del club
Al responder a una alegación de acoso o abuso, el factor primordial es garan-
tizar la seguridad de los jóvenes. Los socios de los clubes deberán abstenerse
de especular o efectuar comentarios personales que puedan interferir con las
investigaciones policiales o judiciales. Los rotarios no deben inmiscuirse en ta-
les investigaciones. Todo comentario sobre las presuntas víctimas para apoyar
a los presuntos agresores infringe la Declaración de normas de RI respecto a
las actividades para la juventud y atenta contra los ideales de Rotary. Por otra
parte, los comentarios en contra del presunto agresor podrían derivar en una
denuncia por calumnias e injurias interpuesta por el presunto agresor contra
los clubes rotarios o los socios de los clubes.
Declaración de normas de RI respecto a las actividades para la
juventud
Rotary International es una entidad consagrada a crear y mantener
el entorno más seguro posible para todos los participantes en las
actividades de Rotary. Es el deber de todos los rotarios, los cónyuges
de los rotarios, los colaboradores y otros voluntarios, salvaguardar de
la mejor manera el bienestar de los niños y jóvenes con quienes se
relacionan, y desplegar el máximo esfuerzo para evitar todo tipo de
abuso físico, sexual o afectivo.
Aprobada por la Junta Directiva de RI en su reunión de noviembre de
2002
Sección de Intercambio de Jóvenes — PD110
Rotary International
One Rotary Center
1560 Sherman Avenue
Evanston, IL 60201-3698, EE.UU.
youthexchange@rotary.org
(Junio de 2006)
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36. Nota: Este formulario deberá ser examinado por un abogado local a fin de
garantizar que el contenido no infrinja las leyes locales y nacionales.
Declaración jurada de voluntario de
Anexo C
programas para la juventud
El Distrito es una entidad consagrada a crear y mantener el entorno más seguro posible para todos los
participantes en las actividades de Rotary. Es el deber de todos los rotarios, los cónyuges de los rotarios, los colabo-
radores y otros voluntarios, salvaguardar de la mejor manera el bienestar de los niños y jóvenes con quienes se rela-
cionan, y desplegar el máximo esfuerzo para evitar todo tipo de abuso físico, sexual o afectivo.
Estos datos podrán proporcionarse a una entidad externa contratada por este distrito para efectuar verifica-
ciones de antecedentes.
INFORMACIÓN PERSONAL
Nombre: Dirección:
Localidad: Estado/pcia/depto: Código postal:
¿Cuánto tiempo lleva en este domicilio? (Si reside desde hace menos de cinco años, indique el(los)
domicilio(s) anterior(es) en el reverso de esta hoja.)
Identificación gubernamental (carnet de identidad, DNI, etc.):
Fecha de nacimiento (día/mes/año):
AUT0RIZACIÓN
Por la presente certifico que, a mi leal saber y entender, todo lo que se afirma en esta declaración jurada y en todo
material que se adjunte a la misma es verdadero y correcto y que no he ocultado ninguna información que, de divul-
garse, pudiera resultar desfavorable respecto a esta declaración. Entiendo, asimismo, que la administración de los
programas para la juventud del Distrito denegará el ejercicio de cargos a toda persona que hubiera sido
condenada por delitos de violencia.
Por la presente otorgo mi autorización al Distrito para investigar, verificar y obtener la información
pertinente respecto a esta declaración jurada, incluida la facultad de investigar en los registros policiales y públicos
(incluidos los expedientes de licencias de conducir y antecedentes penales), contactar con mis ex patronos y entre-
vistar a las personas citadas como referencias. Entiendo que esta información se utilizará, en parte, para determinar
mi derecho a desempeñar un cargo voluntario. También entiendo que, mientras siga siendo voluntario al servicio de
estos programas, las verificaciones de antecedentes penales podrán repetirse en cualquier momento, y que se me
concederá la oportunidad de examinar mi expediente penal y que, en caso de que yo estuviese en desacuerdo con
los datos de dicho expediente, se me concederá la oportunidad de efectuar una revisión, haciendo la salvedad de
que se cuenta con un procedimiento disponible para plantear objeciones al respecto.
EXENCIÓN DE RESPONSABILIDADES
EN CONSIDERACIÓN de mi aceptación de las condiciones antedichas y de mi participación en los programas
para la juventud, declaro, con todo el alcance que permite la ley, que eximo y me comprometo a defender, indem-
nizar y eximir de toda responsabilidad a los clubes y distritos rotarios participantes y a Rotary International (“Los
Indemnizados”) de y contra todo tipo de pérdida, daños contra la propiedad, muerte o lesiones personales, incluso
las responsabilidades que pudieran derivar de la negligencia de “Los Indemnizados”, que pudieran afectarme o
respecto a las cuales pudiera argumentar que me afectaran como consecuencia de una investigación de mis antece-
dentes en relación con la presente declaración jurada.
Estoy de acuerdo, además, en proceder de conformidad con las normas, regulaciones y directrices de Rotary
International, los programas para la juventud del Distrito y sus entidades afiliadas.
Declaro haber leído y comprendido la presente declaración jurada, renuncia, autorización y exención, y firmo
este formulario voluntariamente.
Firma del solicitante:
Nombre (con letra de imprenta): Fecha:
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37. INFORMACIÓN ADICIONAL
Teléfono particular: Correo electrónico:
Teléfono (oficina): Fax:
¿Es usted socio de un club rotario? Sí No
En caso afirmativo, indique nombre del club y año de afiliación:
Cargo solicitado:
¿Ha ejercido anteriormente un cargo relacionado con los programas de Rotary para la juventud? Sí No
Si la respuesta es afirmativa, ¿qué cargo y cuándo?
HISTORIAL DE EMPLEO (últimos 5 años — si es necesario, añada hojas adicionales)
Empresa actual:
Dirección:
Ciudad: Estado, departamento o provincia: Código postal:
Teléfono: Cargo:
Fechas de empleo: Nombre del supervisor:
Empresa anterior:
Dirección:
Ciudad: Estado, departamento o provincia: Código postal:
Teléfono: Cargo:
Fechas de empleo: Nombre del supervisor:
HISTORIAL DE SERVICIO VOLUNTARIO EN PROGRAMAS PARA LA JUVENTUD (últimos 5 años — si
es necesario, añada hojas adicionales)
Organización:
Dirección:
Ciudad: Estado, departamento o provincia: Código postal:
Teléfono: Cargo:
Fechas: Nombre del director del programa:
Organización:
Dirección:
Ciudad: Estado, departamento o provincia: Código postal:
Teléfono: Cargo:
Fechas: Nombre del director del programa:
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38. REFERENCIAS PERSONALES (no pueden ser familiares; no incluya más de un rotario o ex rotario)
1. Nombre:
Dirección:
Ciudad: Estado, departamento o provincia: Código postal:
Teléfono: Vínculo:
2. Nombre:
Dirección:
Ciudad: Estado, departamento o provincia: Código postal:
Teléfono: Vínculo:
3. Nombre:
Dirección:
Ciudad: Estado, departamento o provincia: Código postal:
Teléfono: Vínculo:
CUALIFICACIONES Y CAPACITACIÓN
¿Qué cualificaciones y capacitación relevante posee para ejercer este cargo? Sírvase describir detalladamente.
ANTECEDENTES PENALES
1. ¿Alguna vez ha sido condenado o se ha declarado culpable de la comisión de un delito? Sí No
2. ¿Alguna vez ha sido procesado por un tribunal por cualquier tipo de abuso sexual, físico o verbal, o en casos de
violencia doméstica o se han emitido en su contra medidas cautelares u órdenes de protección por acoso civil?
Sí No
Si marcó “sí”, explique. Asimismo, indique la(s) fecha(s) del(de los) delito(s) y en qué país, estado/provincia/departa-
mento tuvo(tuvieron) lugar. (Si es necesario, adjunte una hoja adicional.)
Para uso exclusive del distrito
Referencias verificadas por
Fecha Iniciales
Referencias verificadas por
Fecha Iniciales
Referencias verificadas por
Fecha Iniciales
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39. Recursos adicionales
Anexo D
Organización Mundial de la Salud, www.who.int
Investigación sobre el abuso sexual y su prevención en el ámbito mundial,
incluido el documento “World Report on Violence and Health” en www.who
.int/violence_injury_prevention/violence/world_report/en e información
sobre violencia sexual en determinados países en www.svri.org/countries.htm
UNICEF, www.unicef.org
Información sobre la protección de los derechos de la gente joven, incluida
una hoja informative sobre los derechos de la juventud en www.unicef.org
/voy/explore/rights/explore_148.html y la Convención de la ONU sobre los
derechos del niño en www.unicef.org/crc/crc.htm
International Society for Prevention of Child Abuse and Neglect,
www.ispcan.org
Recursos para la prevención del abuso, incluida información de contacto con
colaboradores nacionales en 17 países y una lista de publicaciones mundiales
con funciones de búsqueda en www.ispcan.org/resources.htm
Child-Safe, www.child-safe.org.uk/index.aspx
Información respecto a la prevención del abuso contra niños y jóvenes, que
incluye materiales específicamente destinados a la seguridad en material de
viajes en www.child-safe.org.uk/products/books/
Australian Institute of Family Studies, www.aifs.gov.au/nch/index.html
Enlaces con recursos para la prevención del abuso: www.aifs.gov.au/nch
/nchlinkspro.html
World Organization of the Scout Movement (Organización Mundial del
Movimiento Scout), www.scout.org
Boy Scouts of America, www.scouting.org
National Center for Missing and Exploited Children, www.missingkids.com
Nonprofit Risk Management Center, www.nonprofitrisk.org
American Medical Association, www.ama-assn.org
Lea la publicación “Strategies for the Treatment and Prevention of Sexual
Assault” en: www.ama-assn.org/ama1/pub/upload/mm/386/sexualassault.pdf
National Center for Post-Traumatic Stress Disorder, www.ncptsd.org
WINGS Foundation, www.wingsfound.org
Consulte la publicación “Facts about Childhood Sexual Abuse” en
www.wingsfound.org/statsChildhood.html
Bollinger Inc., Short Hills, New Jersey, EE.UU.
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