Reglamento interno Centro de Salud Familiar Cumpeo (2014)
1.
2.
3.
4. REGLAMENTO INTERNO CENTRO DE SALUD FAMILIAR CUMPEO:
El Centro de Salud Familiar (Cesfam) Cumpeo es un establecimiento
de atención primaria de salud que tiene como propósito brindar una atención
integral a todos los beneficiarios del sistema público de salud de la comuna
de Rio Claro, atendidos en sus necesidades Biopsicosocial, a través de un
trabajo en equipo, empleando todos los recursos y avances tecnológicos
necesarios y contribuyendo al mejoramiento continuo del nivel de salud de la
comuna de Rio Claro, formando parte de la red asistencial, promoviendo
estilos de vida saludables, garantizando prestaciones de calidad oportunas e
integrales de acuerdo a las necesidades de la población , prioridades sanitarias
y recursos disponibles.
ÁMBITO DE APLICACACIÓN
El presente reglamento es obligatorio para todas las personas que soliciten o
reciban atención de salud. Asimismo, es obligatorio para sus familiares,
representantes legales y apoderados. Llamados estos usuarios del centro de
salud familiar Cumpeo.
5. DEBERES DE LOS USUARIOS
Sin perjuicio de los derechos que la ley otorga a las personas en relación con
acciones vinculadas a su atención de salud, son deberes de los usuarios:
1-. Conocer el presente reglamento
2-.Informarce en Oficinas de Informaciones, reclamos y sugerencias (OIRS)
acerca del funcionamiento del establecimiento, especialmente en lo relativo a
horarios de atención, modalidades de atención, mecanismo de
funcionamiento(organigrama, áreas clínicas, áreas administrativas, etc.) y el
procedimiento para realizar solicitudes ciudadanas tales como: consultas,
reclamos, denuncias, sugerencias y felicitaciones.
3-.Cuidar las instalaciones y equipamiento del establecimiento. En no
cumplimiento dará lugar a las sanciones definidas en la ley (reposición o
responder por el daño)
6. 4-. Tratar respetuosamente al equipo de salud, entendiendo por tal a todo
funcionario o persona que se relacione con la atención o prestación de salud
sea profesional, administrativo o auxiliar.
El incumplimiento de los deberes señalados en los números 3 y 4, cuando la
situación lo amerite, da derecho a la autoridad del establecimiento para
ordenar el alta del paciente, si no existe peligro para su vida o salud o en su
caso para requerir la presencia de la fuerza pública con el objeto de impedir
el acceso de las personas que afecten el normal funcionamiento de las
actividades del Cesfam.
HORARIOS DE ATENCIÓN DEL ESTABLECIMIENTO.
El establecimiento dispone del siguiente horario de atención:
Horario diurno: Lunes a viernes: 9:00 a 17:48 horas.
Horario diurno con público: Lunes a Viernes de 9:00 a 17:00 horas.
Extensión horaria o vespertina: Lunes a viernes 17:48 a 20:00 horas
Sábados 09:00 a 14:00 horas.
7. En cuanto a esta prestación. Esta responde a programas específicos. Por
consiguiente se dispone de parte del equipo de profesionales.
Atención primaria de salud: Lunes a domingo las 24 horas del día.
La agenda de horas con profesionales de la salud se realiza en la oficina de
SOME, de acuerdo al procedimiento establecido en el ´´Manual de agenda
profesionales´´ disponible para consulta en la oficina de OIRS del
establecimiento.
RONDAS DE PROFESIONALES A POSTA RURALES DE LA COMUNA DE
RIO CLARO
Existe una ronda estadística mensual de profesionales la cual indica las
5 postas rurales de la comuna de Rio Claro, donde los profesionales deben
asistir para entregar una atención de salud pertinente a los
usuarios de dichos sectores tales como:
Posta de Camarico
Posta Los Robles
Posta Peñaflor
Posta de Bolsico
Posta de Porvenir
8. A su vez existen cuatro estaciones médico rurales. Correspondiente a los
sectores de : Paso Ancho, Santa Águeda. Los Maitenes y Los Treiles.
Los profesionales que deben concurrir son:
Médicos
Matrona
Enfermero
Nutricionista
Psicólogo
Asistente social
Educadora de párvulos
Kinesiólogo
Técnico en enfermería
Cabe mencionar que durante los cinco días de la semana se debe frecuentar
una posta diferente. Respondiendo de esta forma a la calendarización
profesional
INGRESO DEL PACIENTE AL ESTABLECIMIENTO
Los pacientes que ingresan al establecimiento para recibir una atención
de salud, tiene que encontrarse inscrito en el sistema inscrito III en nuestra
9. comuna (PER- CAPITA). Al momento de solicitar la prestación debe hacerlo
exclusivamente a través de la oficina de SOME/ Admisión.
El paciente deberá conocer el sector al que corresponde, designados
como sector verde correspondiente a las cinco postas rurales y sector
amarillo correspondiente a Cumpeo y sus alrededores.
El usuario debe exhibir al momento de ingresar al Centro de Salud la
cédula de identidad y carnet de control en la oficina SOME, para acceder a
cualquier prestación de CESFAM.
ESTADIA DE LOS PACIENTES EN EL ESTABLECIMIENTO
Durante la permanencia en el establecimiento, los pacientes deberán
seguir las indicaciones del personal de salud.
La negativa del paciente a cumplir las prescripciones médicas da
derecho a la dirección del CESFAM, a propuesta del profesional tratante y
previa consulta al comité de ética a decretar el alta forzosa, sin perjuicio del
paciente.
HORARIOS DE ACOMPAÑAMIENTO DE PACIENTES
10. No puede restringirse el derecho a compañía mas allá de lo que requiera el
beneficio clínico del paciente, definido por el profesional tratante.
RESTRICCIONES PARA ACOMPAÑAMIENTO DE PACIENTES
Como requisito fundamental para la atención de cualquier profesional,
los usuarios menores de edad y con una discapacidad mental deben venir
acompañados de un adulto responsable, de no ser así no se debe atender al
paciente con esta condición, se debe transcribir información en ficha clínica y
entregar orientación para una posterior atención.
11. La restricción del acompañamiento sin perjuicio de que circunstancias
extraordinarias permitan modificarlas por el equipo de salud son las
siguientes:
1-. El acompañante del paciente requiere la autorización del usuario
representante legal o persona encargada.
2-. No se pueden tomar fotografías, grabaciones o filmaciones sin
autorización del paciente o de su representante legal.
3-.Los teléfonos celulares deben permanecer apagados o en modo silencio al
momento de la atención.
4-. El o la acompañante debe mantener la debida compostura y silencio para
no perturbar la atención del paciente.
5-. El o la acompañante deben acatar las instrucciones del personal de salud
y las indicaciones especiales para cada paciente.
6-. Sin autorización del afectado, en lugares restringidos o que no sea de
libre acceso público, se prohíbe tomar y difundir fotografías, filmaciones,
grabaciones o bien fotocopias o reproducir documentos, hechos o
conversaciones de carácter privado. Su infracción constituye delito conforme
al artículo 161-A del Código Penal.
CONSEJERÍA Y ASISTENCIA RELIGIOSA O ESPIRITUAL
12. En cualquier momento el paciente puede solicitar la asistencia religiosa
o espiritual de quien corresponda de acuerdo a su creencia y cultura.
ALTA DE LOS PACIENTES DEL ESTABLECIMIENTO
El paciente solo puede obtener la alta médica correspondiente, suscrita por
el profesional tratante, sin perjuicio de poder acceder al alta voluntaria,
forzosa o disciplinaria.
IDENTIFICACIÓN DEL PACIENTE Y DEL EQUIPO DE SALUD
El equipo de salud: Debe portar en forma permanente y en lugar visible una
identificación con fotografía que indique nombre, cargo y función.
El paciente: Debe portar su carnet de identidad y carnet de control para
solicitar una hora medica profesional.
SERVICIOS DE APOYO DIAGNÓSTICO Y TERAPÉUTICO
El establecimiento cuenta con los siguientes servicios de apoyo diagnóstico y
terapéutico:
13. Monitor de latidos cardíacos fetales.
Radiografías dentales.
Electrocardiogramas.
Espirometrías.
Toma de examen de laboratorio.
Medidas antropométricas.
Terapias con flores de Bach.
Reiki.
GESTIÓN DE CUIDADOS
La gestión de los cuidados del paciente es permanente y se encuentra
a cargo de un equipo multidisciplinario de profesionales, técnicos y auxiliares.
14. Todas las prestaciones de salud entregadas al paciente deben quedar
registradas en la ficha clínica para tener un historial y secuencia de su estado
de salud, siendo este un documento legal donde su información trascrita debe
ser confidencial.
CALIDAD Y SEGURIDAD DE LA ATENCIÓN DE SALUD
El establecimiento ha implementado los siguientes mecanismos para
asegura el cumplimiento de las normas sobre calidad y seguridad de la
atención de salud.
Elaboración y monitoreo de protocolos y guías clínicas; control de las
infecciones asociadas a la atención de salud (IAAS); identificación y
monitoreo de eventos adversos y centinelas; y entrega de prestaciones con
requisitos de calidad.
15. INFORMACIÓN DE SALUD
Los pacientes, representantes o acompañantes serán informados sobre
la situación de salud del paciente por el profesional tratante durante la
atención.
Los eventuales eventos adversos serán informados junto con la
situación de salud del paciente, sin perjuicio de su comunicación inmediata en
caso de ser necesario.
La información de salud a acompañantes requerirá autorización del
paciente o de su representante legal.
El hecho de haberse entregado la información de salud a personas
determinadas constará por escrito en la ficha clínica o documento
correspondiente.
CONSENTIMIENTO INFORMADO.
Toda persona puede otorgar o denegar su consentimiento para
someterse a un tratamiento médico. La decisión debe ser informada, para lo
16. cual el profesional tratante debe entregar información adecuada, suficiente y
comprensible del diagnóstico, alternativas de tratamiento y riesgos
involucrados.
Se entregara al paciente o a su representante un documento
explicativo del procedimiento o tratamiento al cual debe someterse. El cual
debe estar con la firma o huella dactilar del paciente o de su representante
legal, lo que hará presumir que se ha recibido la información, el cual quedara
representado en el consentimiento informado adjunto en ficha clínica
(aceptación o rechazo)
No será necesario el consentimiento en caso de:
1-. Peligro para la salud pública.
17. 2-.Urgencia con riesgo vital o secuela funcional grave, si el paciente,
representante, apoderado o persona a cargo no puede manifestar su
voluntad.
3-.Cuando no existen o no se encuentran sus representantes legales.
LA FICHA CLÍNICA
La ficha clínica es el instrumento único y obligatorio en el que se
registra el conjunto de antecedentes relativo a las diferentes áreas
relacionadas con la salud de las personas, que tiene como finalidad la
integración de la información necesaria para el proceso de atención de cada
paciente.
La información contenida en la historia clínica es información personal
amparada por la Ley de protección de datos.
En relación al trabajo que realizan los profesionales del área de salud
estos pueden acceder a la información de dicha ficha clínica sin el
consentimiento del usuario para fines de análisis de casos clínicos entre otros.
En el caso de estudios de familia se debe solicitar la información tras
el documento de consentimiento para dicho estudio.
18. Solo pueden acceder a la información contenida en la historia clínica:
1-.Su titular, su representante legal o herederos, en su caso.
2-.El personal de salud vinculado a la atención del paciente.
3-.Un tercero debidamente autorizado mediante poder simple autorizado
ante notario.
4-.Los tribunales de justicia, fiscales del Ministerio Publico y abogados
debidamente autorizados por tribunal competente y en causas vinculadas
directamente con la información de salud. Asimismo, podrán acceder a la
información de salud contenida en la historia clínica las instituciones
especialmente autorizadas entre estas: Ministerio de Salud,
Superintendencia de Salud, Fonasa, Seremi de Salud y compañías de seguro.
5-. Para efectos de someterse al Sistema de Acreditación de Prestadores
Institucionales de Salud, tendrán acceso a las fichas clínicas de los pacientes
atendidos en este establecimiento funcionarios de la Superintendencia
respectiva, así como empleados de la entidad acreditadora autorizada con
este fin.
19. El procedimiento de revisión de fichas clínicas se realizara con el debido
resguardo de la confidencialidad de los datos contendidos en ellas impidiendo
su copia o divulgación, así como la vinculación que pueda realizarse entre el
estado actual físico o psíquico u otro antecedente clínico y la identidad de
los pacientes.
6-. Tratándose de hechos eventualmente constitutivos de delito, deberá
entregarse directamente al Ministerio Publico o a la policía que lo requiera,
sin autorización del juzgado correspondiente, la información contenida en el
dato de atención de urgencia (DAU), informe ginecológico o informe de
lesiones, lo que constituirá denuncia para todos los efectos legales.
Las personas y entidades señaladas deben guardar reserva de la
identidad del titular de la información de salud y de la información misma.
En relación a las atenciones en postas rurales de la comuna, el
profesional que atiende en dichos lugares debe transcribir la atención en la
ficha del paciente en el mismo lugar de atención y por ningún motivo debe
20. trasladar la ficha al lugar de trabajo, se debe quedar en la posta respectiva
donde se realizo la ronda correspondiente.
REFERENCIA Y CONTRA REFERENCIA
El procedimiento de referencia y contra referencia es el siguiente:
Procede previa decisión del médico tratante.
Debe registrarse en la ficha clínica del paciente y en registro especial
creado para tal efecto.
Debe llenarse el formato de referencia o contra referencia, el cual
indicara la causa y justificación de la derivación, diagnóstico, resguardo,
y todos otros antecedentes necesarios para la adecuada atención de
salud.
El paciente, representaste legal o acompañante debe ser informado de
la derivación, el establecimiento al cual se deriva, la dirección de este y
el procedimiento a seguir.
21. En caso de pacientes ambulatorios es su responsabilidad presentarse en
el establecimiento al que se deriva, a la hora y en el lugar indicado o
en su caso comunicar oportunamente su imposibilidad.
OFERTAS DE PRESTACIONES DE SALUD
El establecimiento de salud de Rio Claro otorga diferentes prestaciones de
salud entre estas son:
I) CICLO VITAL DE 0 A 9 AÑOS
Actividades de vigilancia Epidemiológicas.
Atención a domicilio en el caso de que lo amerite.
Atención odontológica (examen de salud, educación grupal,
urgencias, exodoncias, obturaciones, aplicación sellantes, barniz de
flúor, rayos x dental)
Consejería familiar.
Consulta de morbilidad.
Consulta de salud mental
Consulta déficit desarrollo psicomotor.
Consulta quinésica.
Consulta nutricional.
Consulta por IRA.
Consulta social.
Control lactancia materna.
Control de malnutrición por exceso y/o déficit.
Programa vida sana destinada a menores de 6 a 9 años.
22. Control de enfermedades crónicas.
Control de salud.
Diagnóstico y control de TBC.
Educación grupal ambiental.
Educación integral.
Entrega de leche y productos de ´programas de alimentación
complementaria.
Examen de medicina preventiva.
Extensión horaria.
Inmunizaciones.
Intervención familiar psicosocial.
Tratamiento y curaciones.
Visita domiciliaria integral.
II) CICLO VITAL DE 10 A 19 AÑOS.
Atención a domicilio.
Atención odontológica ( examen de salud, educación grupal,
urgencias, exodoncias, destartrajes y pulidos coronaria,
obturaciones, aplicación sellantes, pulpotomías, barniz de flúor,
endodoncia, rayos x dental)
Atención oftalmológica.
23. Consejería en salud sexual y reproductiva.
Consejería en VIH.
Consejería familiar.
Consulta de morbilidad.
Consulta de morbilidad obstétrica.
Consulta de salud mental.
Consulta ETS.
Consulta IRA.
Consulta quinésica
Consulta de morbilidad ginecológica.
Consulta nutricional.
Programa vida sana entre 10 y 19 años
Consulta social.
Consulta VIH y SIDA
Consulta consejería en salud mental.
Control cardiovascular.
Control de enfermedades crónicas
Control de puerperio.
Control de salud sexual y reproductiva.
Control ginecológico preventivo
Control preconcepcional.
24. Control prenatal.
Control regulación de fecundidad.
Control de salud.
Diagnostico y control de TBC.
Ecografía obstétrica del primer trimestre
Educación grupal.
Educación grupal ambiental.
Encuesta Diab- Care Qualidiab.
Entrega de leche a embarazadas y puérperas, según programa
Nacional de Alimentación Complementaria.
Evaluación Pié Diabético.
Examen de medicina preventiva.
Extensión horaria.
Inmunizaciones.
Intervención familiar psicosocial.
Tratamiento y curaciones.
Vigilancia epidemiológica.
Visita domiciliaria integral.
III)CICLO VITAL DE 20 A 64 AÑOS
Atención a domicilio.
Atención odontológica.( examen de salud, educación grupal,
urgencias, exodoncias, destartrajes y pulidos coronaria,
obturaciones, aplicación sellantes, pulpotomías, barniz de flúor,
endodoncia, rayos x dental)
Atención oftalmológica.
Atención podología a pacientes con Pie Diabético.
Consejería en salud sexual y reproductiva.
Consejería en VIH.
25. Consejería Familiar.
Consulta ERA.
Consulta morbilidad.
Consulta morbilidad obstétrica.
Consulta de salud mental.
Consulta ETS
Consulta quinésica.
Consulta nutricional.
Programa Vida Sana entre 20 y 45 años.
Consulta social.
Consulta social y psicológica a pacientes con Beber problema.
Consulta VIH y SIDA.
Consulta y consejería de salud mental.
Consulta y control de enfermedades crónicas.
Control cardiovascular.
Control climaterio.
Control de salud.
Control ginecológico preventivo.
Control preconcepcional.
Control prenatal.
Control puerperio.
Control regulación de fecundidad.
26. Curación de Pie Diabético.
Diagnóstico y control de TBC.
Ecografía obstétrica del primer trimestre.
Educación grupal.
Educación grupal ambiental.
Encuesta Diab- Care Qualidiab.
Entrega de leche a embarazadas y puérperas, según Programa
Nacional de Alimentación Complementaria.
Evaluación Pie Diabetico.
Examen de medicina preventiva.
Extensión horaria.
Inmunizaciones.
Intervención familiar Psicosocial.
Intervención grupal de actividad física.
Intervención psicosocial.
Tratamiento y curaciones.
Vigilancia epidemiológica.
Visita domiciliaria integral.
IV) CICLO VITAL DE 65 Y MÁS AÑOS
Atención a domicilio.
Atención domiciliaria a postrados.
Atención odontológica .( examen de salud, educación grupal,
urgencias, exodoncias, destartrajes y pulidos coronaria,
27. obturaciones, aplicación sellantes, pulpotomías, barniz de flúor,
endodoncia, rayos x dental)
Atención oftalmológica.
Atención podología a pacientes con Pie Diabético.
Consejería en VIH.
Consejería familiar.
Consulta ERA.
Consulta de Morbilidad.
Consulta de salud mental.
Consulta ETS.
Consulta quinésica.
Consulta nutricional.
Consulta social.
Consulta social y psicológica de pacientes con Beber problema.
Consulta VIH y SIDA.
Consulta y control de enfermedades crónicos.
Control cardiovascular.
Control salud
Control ginecológico.
Curación de Pie diabético.
Diagnostico y control de TBC.
Educación grupal.
28. Educación grupal ambiental.
Encuesta Diab- Care Qualidiab.
Entrega de alimentos de Programa del Adulto Mayor. (PACAM)
Evaluación Pie diabético.
Examen de salud del adulto mayor.
Extensión horaria.
Inmunizaciones.
Intervención familiar psicosocial.
Intervención quinésica.
Intervención psicosocial.
Tratamiento y curaciones.
Vigilancia Epidemiológica.
Visita domiciliaria integral.
ACTTIVIDADES CON GARANTIAS EXPLÍCITAS EN SALUD ASOCIADAS A
PROGRAMAS.
Le corresponde la atención primaria de salud en los siguientes casos. Ya sean
estos por sospechas, diagnóstico y tratamiento.
Hipertensión arterial esencial.
Diabetes Mellitus tipo 2.
Depresión leve, moderada y grave.
Presbicia.
29. Entrega de ortesis.
Artrosis de cadera o rodilla leve y moderada.
IRA.
Neumonía.
Epilepsia no refractaria en niños/as y adultos.
Salud oral integral de 6 a 60 años y embarazadas.
EPOC.
Asma bronquial en niños/as y adultos.
Urgencia odontológica.
Plan ambulatorio básico consumo perjudicial de alcohol y drogas.
Prevención enfermedad renal crónica.
Enfermedad de Parkinson.
Diagnóstico de displasia luxante de caderas.
Screening de cáncer de mamas.
Hipotiroidismo en personas de 15 años y más.
Trastorno bipolar en persona de 15 años y mas (sospecha)
TIPO DE PRESTACIÓN DE SALUD.
30. En este establecimiento de atención primaria, tienen derecho a atención
gratuita todos los beneficiarios de FONASA (grupos A – B – C y D) y del
Programa de Atención y Reparación Integral en Salud (PRAIS)
Por consiguiente exámenes, medicamentos, atención de urgencias no se
cancelan.
MEDICAMENTOS E INSUMOS.
Los medicamentos e insumos utilizados en el establecimiento se
encuentran disponibles en farmacia, los cuales la mayoría de estos son
licitados o entregados por el Ministerio de Salud.
El equipo de salud en conjunto con la químico farmacéutico evalúan el
stock de los medicamentos llevando un registro y monitoreo de los insumos
recibidos y despachados.
31. PROCESO DE ACREDITACION: Se entenderá por acreditación el proceso
periódico de evaluación respecto del cumplimiento de los estándares mínimos
señalados en el numeral detallado a continuación.
En conformidad al Art 121 DFL. Nº1/2005 Se puede señalar como
estándares a cumplir como CESFAM.
Respeto a la dignidad del trato al paciente
Gestión de la calidad
Gestión clínica, o gestión de procesos, según sea el caso
Acceso, oportunidad y continuidad de la atención
Competencias del recurso humano
Registros
Seguridad del equipamiento
Seguridad de las instalaciones
Servicios de apoyo
En conformidad a lo anterior y con el objeto de dar cumplimiento a lo
establecido en la Ley Nº 20.157 de fecha 05 de Enero de 2007 que
“Concede beneficios al personal de la Atención Primaria y Modifica las Leyes
19.378 y 19.813”; y considerando la importancia que posee la estructura
técnico administrativa de los centros de salud que facilitan el funcionamiento
tanto del modelo como de la política comunal de salud.
32. La Dirección de Salud Municipal de Río Claro convocó un equipo de
funcionarios con perfiles afines para definir una nueva concepción de dicha
organización configurando la COMISION DE REESTRUCTURACION DEL
CESFAM Y POSTAS RURALES de la comuna.
Como Misión de esta comisión se estableció lo siguiente: Definir la estructura
organizacional de los establecimientos señalados anteriormente en el marco de
la política comunal de salud y el modelo de salud familiar, con el objeto de
dar respuesta a las necesidades legales, técnicas y presupuestarias de la
Dirección de Administración de Salud Municipal.
Para ello deberá tener presente el análisis de la actual organización, su
organigrama, financiamiento, fortalezas y debilidades del mismos considerando
que para la definición de la nueva estructura deberá tenerse presente las
modificaciones que establece la Ley Nº 20157 en lo relativo a Art. Nº 2 ,
párrafo 11 Intercálese en el art. 56 el siguiente inciso segundo nuevo ,
pasando el actual inciso segundo a ser inciso tercero “LAS ENTIDADES
ADMINISTRADORAS DEFINIRAN LA ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL DE
SUS ESTABLECIMIENTOS DE ATENCION PRIMARIA DE SALUD Y DE LA
UNIDAD ENCARGADA EN LA ENTIDAD ADMINISTRADORA , SOBRE LA
33. BASE DEL PLAN DE SALUD COMUNAL Y DEL MODELO DE ATENCIÓN
DEFINIDO POR EL MINISTERIO DE SALUD”.
En lo que respecta a la Metodología de Trabajo: Esta comisión desarrolla el
siguiente esquema metodológico de acción:
Reuniones mensuales.
Día, horario y Tablas preestablecidas.
Definición de temas por reunión, análisis participativo de las
presentaciones y sus conclusiones finales.
Convocatoria de Asesores de acuerdo a tema de análisis.
Sistematización del trabajo
POLITICA COMUNAL DE SALUD
La Política Comunal de Salud se sustenta en el marco de la Reforma
de Salud, que en su propuesta legislativa indica “La Reforma define el Nuevo
34. Modelo Integral de Salud, como el conjunto de acciones que promueven y
facilitan la atención eficiente, eficaz y oportuna , que se dirige más que a la
enfermedad a
las personas , consideradas en su integridad física y mental , como seres
sociales pertenecientes a diferentes tipo de familias, que están en
permanente proceso de integración y adaptación a su medio ambiente físico,
social y cultural”.
En relación a lo anterior, la Ilustre Municipalidad de Río Claro inicia el
proceso de acreditación permitiendo implementar un modelo único para sus
usuarios que compromete estrategias para el bienestar de las personas y sus
Familias, considerando factores psicosociales, emotivos, físicos y ambientales
en los cuales se desarrolla el proceso de salud y que responde al perfil
epidemiológico y demográfico de la comuna.
Los desafíos planteados, en el corto, mediano y largo plazo serán
entonces:
Avanzar en el camino de la Reforma de Salud, consolidando un
sistema de salud comunal dando una respuesta adecuada a las
necesidades sanitarias expresadas por la población ,mediante ofertas
de acciones de calidad ,que permitan asegurar resultados de salud
(Objetivos sanitarios, - Régimen de Garantías en Salud ) y
satisfacción usuaria..
Trabajar en Red, siendo una organización activa de la Red Asistencial
de Salud y facilitadora de procesos que beneficien a los usuarios.
35. Elevar la calidad de la Atención Primaria con el propósito de lograr el
equilibrio entre la necesidad de acercar la atención a la población
beneficiaria, aumentar la satisfacción usuaria, mejorar la capacidad
resolutiva, adecuar el presupuesto al nuevo modelo de atención, con
control permanente de los costos de operación.
Alcanzar un aumento porcentual de las acciones de promoción y
prevención, sin producir deterioro en la resolución oportuna y eficiente
de la demanda.
Favorecer, mediante sistemas eficientes y efectivos de participación,
que el usuario y la comunidad asuman su rol activo como agentes de
cambio de su propia situación de salud; propiciando y priorizando
instancias de organización y de participación con una comunidad
conocedora de sus deberes y derechos (Fortalecimiento de las OIRS –
Oficinas de Informaciones, Reclamos y Sugerencias y Consejos de
Desarrollos).
Mantener el equilibrio entre la atención de morbilidad y controles,
que permitan dar satisfacción a la demanda emergente.
36. Para el logro de lo propuesto a nivel de política estatal de salud. Como
CESFAM nos hemos propuestos desafíos en tres niveles:
CORTO PLAZO:
Facilitar el proceso de la Reforma de la Salud.
Mantener y/o mejorar los logros sanitarios.
Existencia de un Plan de Salud como instrumento para ejecutar las
políticas de salud.
Adecuación de la oferta programática a las necesidades reales de la
población, ofreciendo un sistema más moderno y humano.
Participar activamente de la Red Asistencial de Salud.
Fortalecer los programas de promoción de Salud.
Puesta en marcha y apoyo a todos los Programas y Proyectos
Ministeriales de Mejoramiento de la Atención en el Nivel Primario de
Atención.
Incorporación de programas innovadores que beneficien a grupos
específicos y que generen impacto en la comuna, como por ejemplo el
Programa de Atención Domiciliaria a Postrados, Tratamiento y
Rehabilitación de niños y adolescentes con problemática en situación de
Vulnerabilidad, etc.
Aumentar la resolutividad.
Colaborar con las diferentes instituciones públicas y privadas en
acciones relacionadas con el mejoramiento de la calidad de vida de las
personas y su entorno.
37. Automatizar el sistema de registros a través de la implementación de
la Agenda médica (modernización informática)
MEDIANO PLAZO:
Consolidar una política de Recursos Humanos basada en las
necesidades del modelo integral de prestaciones de salud..
Concretar la construcción implementación de nuevas dependencias
Kinesica.
Equipamiento Centro de Salud Y Postas Rurales.
LARGO PLAZO:
Llevar a cabo todas las propuestas, considerando las modificaciones de
la Ley Nº 20157 de fecha 05 de enero de 2007,
COMITES ASESORES
LOS INTEGRANTES DE LOS COMITES SERAN NOMINADOS MEDIANTE
asamblea ampliada de funcionarios del CESFAM. Con posterior resolución
administrativa.
38. COMITÉ DE CALIDAD
OBJETIVO GENERAL:
Aumentar la satisfacción de usuarios, mediante la entrega de prestaciones de
salud de calidad, optimizando los recursos disponibles.
FUNCIONES:
Analizar e implementar todas aquellas medidas tendientes a mejorar la
calidad de la atención usuaria, elaborando propuestas de mejora y
normando aspectos técnico administrativo del quehacer del
Establecimiento.
-Revisión, adecuación y elaboración de protocolos y normas de
procedimientos internos e indicadores epidemiológicos.
-Establecer un programa de capacitación y orientación a todos los
funcionarios
-Realizar informe periódico de los resultados a los equipos.
-Evaluar cumplimiento del programa de prevención y control y su
impacto en los indicadores epidemiológicos.
-Asesorar la compra de insumos, uniformes, instalaciones, adecuación
de infraestructura y equipos, de acuerdo a normas pre establecidas.
39. COMITÉ PARITARIO DE HIGIENE Y SEGURIDAD
OBJETIVO GENERAL:
Vigilar el cumplimiento tanto por parte del empleador y de los trabajadores
del CESFAM de las medidas de prevención, higiene y seguridad.
FUNCIONES:
Instruir sobre la correcta utilización de equipos de protección personal
Vigilar el cumplimiento de medidas de prevención de higiene y
seguridad
Investigar causas de accidentes y enfermedades `profesionales en la
empresa.
Decidir negligencia inexcusable
Adoptar medidas de higiene y seguridad para la prevención de riesgos
profesionales.
Cumplir funciones encomendadas por el organismo administrador
Promover la capacitación.
40. COMITÉ DE ETICA
OBJETIVO
Velar por la entrega de atención en salud con equidad y a un nivel
profesional óptimo de acuerdo a los recursos disponibles, en un marco de
respeto y cooperación mutua.
FUNCIONES:
41. El comité de ética presentara su asesoría y colaboración a la Dirección y al
estamento que lo solicite para el resguardo de la observancia de los valores
éticos en la resolución de conflictos que deriven de la atención de salud.
El respeto a la dignidad y el derecho a la vida del paciente
Aspectos concernientes a la relación funcionario de salud y paciente
Conflictos que se susciten en las relaciones interpersonales entre
profesionales de la salud, en la atención de los pacientes.
Cautelar por la confidencialidad de la información contenida en la ficha
clínica y documentos afines.
Recibir y estudiar la denuncia de los casos que puedan comprometer la
responsabilidad y dignidad de los funcionarios del CESFAM.
El comité deberá promover la capacitación de sus miembros en
materias relacionadas con la conducta humana.
42. El comité de ética deberá realizar evaluaciones periódicas de su
quehacer con cuenta pública a los funcionarios del CESFAM y a la
comunidad organizada
CONSEJO DE DESARROLLO
OBJETIVO
Ser un espacio de participación que permite el dialogo e intercambio de
información entre usuarios, directivos y funcionarios de salud
FUNCIONES
Desarrollar un Plan de Actividades con calendarización de reuniones y
registro de avances en actas documentadas.
Informar a los usuarios y comunidad sobre el funcionamiento de los
establecimientos de salud
Colaborar en el diagnóstico de salud de la población priorizando las
necesidades de salud de acuerdo a la realidad local.
Participar en la formulación, implementación y evaluación de los planes
de mejora del CESFAM.
43. Participar a través de un representante de la comunidad, en reuniones
de revisión o análisis de reclamos de los usuarios externos, buscar
soluciones y gestionar información sobre las opiniones de los usuarios
registradas en oficina OIRS, contribuir en la implementación de mejoras
en la calidad de atención de salud derivadas de esta función.
Recoger opiniones e iniciativas de la comunidad y del personal de salud
para mejorar la calidad de la atención.
Impulsar acciones de trabajo conjunto entre equipos de salud, usuarios
y la comunidad, en relación a temas relevantes como atención usuaria
y calidad de atención.
CONSEJO TECNICO
44. OBJETIVO:
Ser una instancia técnica, que reúne a la Dirección con los encargados
de programas, a los jefes de sectores y jefaturas de servicios o
unidades, con la finalidad de analizar temas técnicos de funcionamiento
del CESFAM, evaluar los indicadores y compromisos del establecimiento
y acordar medidas para mejorar la gestión.
FUNCIONES:
Analizar temas técnicos de funcionamiento del CESFAM, tomar
acuerdos para mejorar la gestión.
45. Evaluar los distintos compromisos adquiridos por el establecimiento,
metas, indicadores y convenios, en forma mensual y `de acuerdo a
cada sector.
Revisar correspondencia técnica, analizando e implementando las
medidas necesarias y estando al día con los lineamientos Ministeriales.
Difundir las evaluaciones y medidas implementadas a los equipos a
través de sus jefaturas, reuniones ampliadas y documentos
EQUIPO GESTOR /CAPACITACION
OBJETIVO:
Conducir al equipo e institución, en el fortalecimiento y avance de la
implementación del modelo de salud Familiar, al interior de los equipos de
cabecera.
FUNCIONES:
Conducción, planificación, gerencia, coordinación, monitoreo y evaluación
de las diferentes estrategias que se definan para implementar el
modelo de salud familiar permitiendo con ello la Acreditación como
Centro de Salud Familiar.
46. Impulsar la capacitación permanente a los equipos de trabajo que
permitan mejorar la gestión en atención primaria de salud.
Diseñar estrategias permanentes que permitan acompañar y motivar al
equipo de salud en el desarrollo del modelo
Generar iniciativas que permitan mejorar la calidad de la atención al
usuario
Velar porque los equipos sectoriales realicen prestaciones de salud de
acuerdo a las necesidades de su propia población a través de un plan
de trabajo anual, definido en base a un diagnostico participativo y las
prioridades sanitarias.
Impulsar un programa anual de Promoción y Prevención desde la
comunidad y con el equipo de salud que fomente la habilitación de los
usuarios en tanto recurso potencial para el auto cuidado de su salud,
de su familia y el entorno.
Definir y practicar una política permanente de auto cuidado para el
equipo de salud orientado a obtener un entorno laboral saludable, de
acuerdo a las directrices Ministeriales.
47. CONVENIOS DOCENTES ASISTENCIALES
El Centro de Salud Familiar Cumpeo mantiene convenios asistenciales
docentes con las siguientes entidades de educación:
Universidad Autónoma de Chile sede Talca.
Instituto Profesional Valle Central.
Instituto Profesional Aiep.
Practicas de Colegios para acceder a titulo técnico de nivel medio.
48. En consecuencia, el establecimiento tiene carácter de asistencial docente
por lo que en el proceso de atención podrían participar estudiantes bajo la
supervisión directa de un profesional del Cesfam y propio centro formador.
INFORMACIÓN, RECLAMOS Y SUGERENCIAS.
Los usuarios podrán pedir información o manifestar sus reclamos o
sugerencias en el formulario de solicitudes ciudadanas, el que se encuentra
disponible en la oficina OIRS del establecimiento y lugares establecidos como;
posta rural y servicio de salud de Urgencias. El profesional que se encuentre
de turno no podrá negar dicha atención y formulario al usuario.
El plazo máximo de respuesta del reclamo o solicitud será de 48 hrs
GES, 15 días ley 20584 y 20 días la ley 19880 / Ley 20.285 hábiles.
49. VÍAS DE EVACUACIÓN
En una situación de emergencia, en la cual sea necesario evacuar el
establecimiento, el usuario debe abandonar el recinto siguiendo las
instrucciones del funcionario que se encuentra guiando la evacuación, debiendo
procurar mantener silencio y con precaución.
Las zonas de encuentro se detallan a continuación:
Frontis o entrada principal.
Farmacia, OIRS, SOME, sala de espera Servicio de Urgencias.
Vacunatorio bodega de abastecimiento de alimentos.
Estacionamiento Nor-oriente 1: Todo segundo piso.
Estacionamiento Nor-oriente 2: Control de Niño Sano, Sala Materno
Infantil, 2 box médicos y esterilización.
Sur-oeste 1: Salas dentales, Sala ERA, IRA.
Sur-oeste 2: Departamento Social, Sala de estimulación.