ÍNDICE
Págs.
PROPUESTA DE GESTIÓN 1
INTRODUCCIÓN ¡Error! Marcador no definido.
1. PROPUESTA DE GESTIÓN. 6
1.1. CAS0 DE ESTUDIO: PLAN DE DESARROLLO URBANO LOCAL
DE MARACAIBO. 6
1.2. OBJETIVOS GENERALES Y SU INSTRUMENTACIÓN. 6
1.3. CONSIDERACIONES GENERALES. 7
1.4. SELECCIÓN DE LOS ACTORES DE GESTIÓN URBANÍSTICA. 11
2. LA ESTRATEGIA OPERATIVA DE LA PROPUESTA DE GESTIÓN.
2.1. MOMENTOS DEL PLAN. 13
2.1.1. Momento 1. 14
2.1.2. Momento 1: Estrategia Operativa. 15
2.1.3. Momento 2. 17
2.1.4. Momento 3. 17
2.1.5. Momento 4. 20
3. EJECUCIÓN Y EVALUACIÓN DEL PROCESO DE VIABILIDAD. 22
3.1. MOMENTO 1. 22
3.1.1. Momento 1.1. 22
3.2. MOMENTO 1.2 Y MOMENTO 2. 22
3.3. MOMENTO 3. 23
3.4. RESULTADO DE LAS REUNIONES REALIZADAS. 23
4. MODALIDADES DE EJECUCIÓN Y SISTEMAS DE ACTUACIÓN DEL
PLAN DE DESARROLLO URBANO LOCAL DE MARACAIBO (P.D.U.L.). 24
4.1. CONSIDERACIONES GENERALES. 24
4.2. SUJETOS DE LA GESTIÓN URBANÍSTICA. 24
4.3. MODALIDADES DE GESTIÓN. 25
5. REQUISITOS GENERALES PARA LA EJECUCIÓN DE LA
PLANIFICACIÓN. 26
5.l. FUNCIÓN LEGITIMADORA DE LOS PLANES. 27
5.2. ORDEN DE PRIORIDADES. 27
5.2.1. Delimitación de las unidades de actuación. 28
5.2.2. Las figuras especiales dentro de las unidades de actuación. 33
6. SISTEMAS DE ACTUACIÓN. 34
6.1. SISTEMA DE COMPENSACIÓN. 34
6.2. SISTEMA DE COOPERACIÓN. 35
6.3. SISTEMA DE EXPROPIACIÓN. 36
7. GESTIÓN DEL PLAN DE DESARROLLO URBANO LOCAL DE
MARACAIBO. 37
7.1. GESTIÓN DE LOS POLÍGONOS DE ACTUACIÓN: DE ESPACIO
PUBLICO Y DE TEJIDO, SERVICIOS METROPOLITANOS (PS)
Y USOS ESPECIALES (PE). 38
7.1.1. Polígonos de Espacio Público. 38
7.1.2. Polígonos de Tejido: Características y Tipos. 39
7.1.3. Gestión de los polígonos de espacio público. 42
7.1.4. Gestión de los Polígonos de Tejido. 42
7.2. GESTIÓN DE LAS FRANJAS DE ACTUACIÓN. 42
7.3. GESTIÓN DE LAS ZONAS. 42
7.3.1. Ejecución de las Zonas (Zonificación). 44
7.4. GESTIÓN DEL PLAN VIAL. 44
7.5. GESTIÓN DEL PROGRAMA DE INVERSIONES URBANÍSTICAS. 45
7.5.1. Estrategia para la Viabilización Económico-Financiera. 46
7.5.2. Ejecución de los programas de Inversiones Urbanísticas. 47
7.6. LA CAPACIDAD DE GESTIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN:
REPARTO DE BENEFICIOS Y CARGAS. 47
BIBLIOGRAFÍA 46
LISTA DE CUADROS
LISTA DE GRÁFICOS
LISTA DE CUADROS
Cuadro No. 1 Síntesis de Leyes, Planes, Normas y Ordenanzas. 9
Cuadro No. 2 Estrategia Operativa. 13
Cuadro No. 3 Proceso de Viabilidad. Identificación de Actores. 16
Cuadro No. 4 Objetivos y actores de la Gestión. 21
Cuadro No. 5 Síntesis de las reuniones de trabajo. Momento 1.1. 22
Cuadro No. 6 Síntesis de Las Reuniones de Trabajo. Momento 1.2 - Momento 2 - 22
Momento 3. 23
Cuadro No. 7 Correspondencia entre modalidades gestoras sistemas de actuación. 37
Cuadro No. 8 Polígonos de tejido y zonificación correspondiente. 39
Cuadro No. 9 Las densidades existentes y propuestas. 40
LISTA DE GRÁFICOS
Gráfico No. 1 Propuesta de Gestión. 8
Gráfico No. 2 Viabilización del Plan - Estrategia Operativa. 13
Gráfico No. 3 Gestión del Plan. 28
PROPUESTA DE GESTIÓN
4
INTRODUCCIÓN
Los planes desarrollados durante los últimos veinte años resultado del planeamiento
heredado de los años 70 y 80, han propiciado una opinión generalizada que cuestiona su
validez para imprimir racionalidad a los procesos de transformación urbana o para ordenar
las ciudades.
Sobre la utilidad de los planes urbanísticos como instrumento para ordenar las ciudades, ha
surgido una desconfianza generalizada. El origen de esta desconfianza se explica por la
constatación de la paradoja: el desorden y caos urbanístico, percibidos como expresión
sintética de los males que aquejan a las ciudades, no parece ser menor en aquellas que han
contado con un Plan de Ordenación.
Dentro de la constatación de la inutilidad de los planes, se atribuye su naufragio a las
carencias de la gestión urbanística. \"Los Planes propugnan una transformación de la
realidad que sólo es posible a través de la ejecución del planeamiento\". (MOPU,1990). La
ejecución o gestión del planeamiento está implícita en el plan mismo, el \"Plan concebido
desde y para la Gestión\" (MOPU,1990).
Como consecuencia de la inoperancia de los planes se hace necesario un replanteamiento
de los mismos que centre su interés en resolver cuestiones de gestión, incluyendo entre
estas, mecanismos y medios que garanticen, por una parte, la ejecución del planeamiento,
es decir, que aseguren las dotaciones de equipamiento e infraestructuras, la obtención del
suelo para poder construir los sistemas generales y por la otra, planes en los que la
ejecución-gestión aparezca como objetivo prioritario.
Los aspectos que caracterizan los nuevos planes pueden resumirse en dos, que determinan
su contenido:
− Se conciben como instrumento político sobre los que se vuelcan no sólo expectativas sino
gran diversidad de exigencias, al constituir de hecho la expresión más global y
comprensiva de la futura Actuación Municipal, base y referencia de toda actuación
pública.
− Responden a una preocupación prioritaria por la gestión y por procedimientos que
intentan contrarrestar el urbanismo heredado. En esta línea se han desarrollado una
variedad de modalidades de ejecución del planeamiento que intentan llevar a cabo los
objetivos de la legislación urbanística vigente, la LOOU, en la que se plantean unos
insuficientes mecanismos de gestión, los cuales han sido concebidos fundamentalmente
para responder y aplicarse en situaciones de crecimiento urbano y apenas para hacer
frente a las transformaciones internas de las ciudades.
La preocupación por la gestión y en último término por la aplicabilidad posterior de las
decisiones del planeamiento, se relaciona con el debate urbanístico de los últimos años, que
considera que \"no hay plan bueno sin adecuada gestión posterior\" (MOPU, 1990 ).
5
Con los antecedentes descritos y el papel otorgado a los planes desde los Municipios, se
comprende que la participación pública en la elaboración de estos cobrase también una
singular importancia. La obligación de desarrollar un proceso de participación pública
como parte de la gestión se ha introducido expresamente como exigencia metodológica en
la realización de los planes a través de la LOOU y de los Manuales de MINDUR para la
elaboración de los POU, PDUL y Planes Especiales.
Sin embargo, esta participación no va más allá de la participación canalizada con actores
seleccionados, en reuniones de trabajo. La introducción en los ochenta de la planificación
estratégica permite incorporar nuevos e importantes elementos en la construcción de la
viabilidad de los planes y como consecuencia \"ir más allá de la participación y
presentación pública de los planes\" (MOPU 1990).
La propuesta de gestión del PDUL, está dirigida a la construcción y transformación de la
ciudad, y se instrumenta a partir del desarrollo metodológico de dos procesos de gestión
que posibilitan la ejecución del planeamiento.
El primer proceso está referido a la construcción de la viabilidad del plan, y el segundo a la
ejecución del planeamiento o gestión del plan, instrumento básico en la construcción de la
ciudad.
La propuesta de gestión considera que el planeamiento y su gestión constituye aspectos que
no pueden ser considerados separadamente de las formas de construcción del espacio. La
gestión y el planeamiento del cual se deriva, deben mantener una relación dialéctica con el
modelo de construcción de la ciudad de la cual forman parte.
Estos dos procesos de gestión, que actualmente se conciben y desarrollan por separados, se
articulan e integran para conformar la gestión urbana del PDUL, que se impone como
nuevo modelo para la construcción de la ciudad.
1. PROPUESTA DE GESTIÓN.
1.1. CASO DE ESTUDIO: PLAN DE DESARROLLO URBANO LOCAL DE
MARACAIBO.
Para garantizar que las propuestas del P.D.U.L., sean llevadas a la práctica, se establece
como objetivo del estudio de Gestión Urbana, desarrollar una \"Propuesta de Gestión\" que
permita la viabilidad del Plan bajo estas premisas. Esta Propuesta de Gestión delimitará y
programará el desarrollo urbano en función de las necesidades urbanas, de los recursos
disponibles, de la capacidad de gestión de los organismos responsables, así como las
condiciones para su ejecución.
1.2. OBJETIVOS GENERALES Y SU INSTRUMENTACIÓN.
El objetivo general de la Propuesta de Gestión es garantizar la viabilidad del Plan, es decir
su ejecución y coherencia.
6
El logro de este objetivo se instrumenta a partir de las estrategias siguientes:
− La consulta permanente con la comunidad y con los diversos entes gubernamentales que
tienen competencia en el medio.
− La difusión de las propuestas de Planificación Urbana entre los ciudadanos, así como el
fomento de su participación , con independencia y salvaguarda de los derechos y deberes
de los afectados por el Planteamiento Urbanístico .
− La coordinación inter-institucional.
− La coordinación administrativa y consulta pública.
− Y la definición del régimen jurídico del suelo mediante su clasificación y su relación con
la estructura urbana.
1.3. CONSIDERACIONES GENERALES.
Para lograr los objetivos señalados anteriormente, la Propuesta de Gestión se estructura a
partir de dos (2) consideraciones generales.
a) La construcción de la viabilidad del Plan a partir de la coordinación inter-institucional
que la garantiza.
En el proceso de viabilidad del P.D.U.L. se parte del principio siguiente: el Estado no es el
único actor que planifica y ejecuta acciones, sino que existen otros actores, empresarios,
gremios, asociaciones de vecinos que poseen dicha capacidad en mayor o menor grado,
pero con objetivos distintos y contrapuestos que ofrecen resistencia activa y creativa .
Tomando en cuenta este principio la metodología a ser utilizada, se desarrollo
paralelamente a las fases del plan, una vez realizado el diagnóstico, se procederá a una
identificación preliminar de los distintos actores, públicos y privados, que intervienen en el
ámbito espacial del P.D.U.L.
El objetivo de este proceso es construirle viabilidad al Plan, es decir, diseñar e implementar
un proceso mediante el cual se logrará la realización y concreción efectiva de las acciones
y proyectos que el Plan proponga. En este caso se entiende por viabilidad \"la relación de las
fuerzas iniciales y del crecimiento de distintas fuerzas en el proceso de cambio situacional,
así como, las relaciones económicas y de acumulación que se producen en cada situación\"
(Metas 1983).
En este sentido, \"la construcción de la viabilidad es protagonizada por un actor o fuerza
social que pretende abrirle camino a un programa direccional. Ese camino no existe como
obra ya hecha, por el contrario tiene que ser construido a cada paso por el mismo actor en
conflicto con los otros actores que tienen otro programa direccional y buscan abrirle
camino a sus objetivos\" (MARNR - MARAVEN 1988).
7
El modelo socio-político que permite viabilizar el PDUL se fundamenta en dos procesos: la
descentralización político-administrativo y la participación democrática.
b) La ejecución del Plan y la construcción de la ciudad a través de la implementación de los
sistemas de actuación establecidos en la legislación urbanística vigente (Gráfico No.1).
La ejecución del Plan es la puesta en práctica de las determinaciones del mismo; la gestión
del planeamiento es la segunda gran vertiente de la planificación urbana, ya que no sólo es
necesario planificar, sino también ejecutar ese planeamiento.
De esta forma el planeamiento se constituye en base indispensable y legitimadora de la
gestión urbanística.
En el Cuadro No. 1 se sintetizan las Leyes, Planes Normas y Ordenanzas que sirven de
marco legal a la gestión urbana.
Gráfico No. 1 Propuesta de Gestión.
(A) OBJETIVOS: CONSTRUIR LA VIABILIDAD AL PLAN
MOMENTO 1
PROCESO DE MOMENTO 2
VIABILIZACION MOMENTO 3
DEL PLAN MOMENTO 4
PROPUESTA
DE GESTION
(B) OBJETIVO: CONSTRUIR LA CIUDAD
EJECUCION DEL PLAN SISTEMA
GESTION URBANA DE ACTUACION
8
Cuadro No. 1 Síntesis de Leyes, Planes, Normas y Ordenanzas.
SUBPROGRAMAS
NORMATIVA USO DEL SUELO TRANSPORTE Y VIALIDAD SOCIO-ECONOMICO
CONSTITUCIÓN Art. 30 Asigna competencia Art. 30 Asigna competencia
NACIONAL expresa al Municipio en Urba- expresa sobre circulación
nismo (materias propias del (materias propias de la vida
urbanismo local) local)
LEY ORGÁNICA Arts. 1, 2, 3, 4, 5, 9, 11, 18, 19 Art. 3 Ord. 8 definición de los Art. 3 Propone la esti-
PARA LA en ellas se establecen o definen corredores viales y las grandes mulación de la parti-
ORDENACIÓN los lineamientos generales para redes de transporte, específica cipación ciudadana en el
DEL TERRITORIO el logro de la ordenación del Art. 14 Ord. 5 sistema de problema de la orde-
(L.O.O.T.) territorio de manera equilibra- vialidad urbana y el sistema de nación del territorio y la
da, así mismo establecen las transporte colectivo y princi- regionalización.
actuaciones de los diferentes pales rutas del mismo.
organismos públicos y se jerar-
quizan y definen los diferentes
instrumentos legales de ordena-
ción del territorio: Plan de
Ordenación del Territorio, Plan
de Ordenación Urbanística.
LEY ORGÁNICA DE Recoge en los Arts. 1, 2, 3, 4 y Faculta al Municipio para Art. 49. Son planes espe-
ORDENACIÓN 5, los lineamientos especifi- elaborar planes de Desarrollo ciales aquuellos cuyo ob-
URBANÍSTICA cados en la Ley Orgánica de la Urbano y sus correspondientes jetivo fundamental es la
(L.O.O.U.) Ordenación del Territorio, la ordenanzas. Art. 86 establece ordenación, creación, de-
posibilidad de desarrollar los como una de las variables fun- fensa o mejoramiento de
planes urbanísticos y urbanos damentales el espacio reque- la ciudad, en especial las
locales de acuerdo a las normas rido para la red vial principal áreas de conservación
y procedimientos previstos por (Arteria I y colectora) especifi- histórica, monumental ar-
el Ejecutivo Nacional (Art. 18). cado en el Art. 34 definir la quitectónica ambiental,
establece el contenido tanto del red Arterial y Colectora y sus las zonas de interés
Plan de Ordenación Urbanística características y del sistema de turístico o paisajístico,los
como de los Planes Urbano Transporte Urbano y organi- asentamientos no con-
Locales Art. 24 y 34. Puntua- zación de las rutas del mismo. trolados, las áreas de ur-
liza cuales son las variables banización progresiva o
urbanas fundamentales (Art. 86) cualquier otra área cuyas
y la zonificación (Art. 87). condiciones específicas
ameriten un tratamiento
por separado dentro del
plan de desarrollo local.
La autoridad urbanística
municipal dispondrá lo
concerniente a la elabo-
ración, aprobación y eje-
cución de estos planes.
Art. 52. La propiedad
urbana tiene una función
social y en tal virtud está
sometida a las contribu-
ciones, restricciones y
obligaciones establecidas
en esta Ley y en cualquier
otra que se refieran a la
materia urbanística y en
los reglamentos, planes y
normas complementarias
que dicten las autoridades
urbanísticas competentes.
9
Continuación. Cuadro No. 1 Síntesis de Leyes, Planes, Normas y Ordenanzas.
SUBPROGRAMAS
NORMATIVA USO DEL SUELO TRANSPORTE Y VIALIDAD SOCIO-ECONÓMICO
LEY ORGÁNICA Art. 147 al 166. Posibilita
DE RÉGIMEN la participación de la co-
MUNICIPAL munidad en procesos de la
(L.O.R.M.) vida urbana a través del
establecimiento de las
asociaciones de vecinos
cabildo abiertos, regla-
menta su constitución y a
través de ella faculta a la
comunidad para participar
en los procesos de elabo-
ración de ordenanzas y su
sometimiento a conside-
ración.
LEY DE TRANSITO Ratifica el Art. 30 de la
TERRESTRE Constitución Nacional sobre
las competencias del Munici-
pio en las materias propias de
la vida local y refiere al
reglamento de la Ley en lo que
concierne a organización y
distribución del Transito Te-
rrestre
PLAN REGIONAL Define el rol de Maracaibo
DE ORDENACIÓN como Centro Regional de pri-
TERRITORIAL mer orden y propone su control
(P.R.O.T.) a través de la actualización de
la zonificación de la ciudad y
frena la expansión
estableciendo la zona pro-
tectora.
PLAN RECTOR DE Cap. I Delimitación del área Cap. III Está dedicado físico-
LA CIUDAD DE urbana. espacial del sistema expreso,
MARACAIBO Cap. II Usos del suelo y sus arterial y colector.
(P.R.) densidades. Cap. V Ordena la elaboración
Cap. III Definición de aspectos del estudio integral de trans-
ambientales. porte y transito a nivel urbano
Cap. IV Red vial y metropolitano
Cap. V Acciones a realizar por
los organismos públicos del
ámbito del plan.
PLAN DE Este plan estructura la ciudad
DESARROLLO en 34 unidades de agrupación
URBANO LOCAL de acuerdo a lo establecido en
(P.D.U.L.) Plan Rector, 1969. Gaceta
Municipal. Dtto. Maracaibo.
ORDENANZA DE Contiene la normativa para el Establece en el Cap. 3 la
LA REFORMA control del uso urbano por parte reglamentación de la vialidad
PARCIAL A LA de la municipalidad y otros de Maracaibo.
ORDENANZA DE organismos que tengan que ver
ZONIFICACIÓN con la permisología.
PARA
MARACAIBO
10
Continuación. Cuadro No. 1 Síntesis de Leyes, Planes, Normas y Ordenanzas.
SUBPROGRAMAS
NORMATIVA USO DEL SUELO TRANSPORTE Y VIALIDAD SOCIO-ECONÓMICO
ORDENANZAS Da las directrices gene-
SOBRE rales y específicas de las
URBANISMO vías y sus reservas de
ARQUITECTURA Y espacio público.
CONSTRUCCIÓN
ORDENANZAS El municipio crea el
SOBRE LA IMTCUMA con el objeto de
CREACIÓN DE coordinar con el Ejecutivo
IMTCUMA Nacional todo lo relacionado
con el programa de desarrollo
del transporte colectivo para el
Dtto. Maracaibo
REGLAMENTO El Estado regula y
PARCIAL No. 1 DE establece requisitos y
LA LEY procedimientos para la
ORGÁNICA DE constitución, funciona-
RÉGIMEN miento de las asocia-
MUNICIPAL ciones de vecinos.
NORMAS PARA EL Establece la proposición de los
EQUIPAMIENTO usos comunales que se requie-
URBANO ren en las ciudades consonas
con los requerimientos de la
población. Indica los factores
que deben conjugar todo
desarrollo urbano para lograr la
calidad de vida urbana
PROPUESTA DE Contiene la normativa, caracte-
ORDENACIÓN DE rísticas físicas que regulará todo
REDES VIALES DE lo concerniente a la redes viales
MARACAIBO de Maracaibo.
Fuente: PLANURBIS. Marco de referencia. Volumen I. 1989.
1.4. SELECCIÓN DE LOS ACTORES DE GESTIÓN URBANÍSTICA.
La Ley Orgánica de Ordenación Urbanística (LOOU) en su Artículo 38 señala que la
elaboración y ejecución del PDUL corresponde a la Autoridad Urbanística Municipal y
establece además que, \"la ejecución del desarrollo urbanístico se llevará a cabo por los
órganos de la administración pública y por los particulares en los términos establecidos en
esta Ley\" (Artículo 60).
La administración urbanística nacional estará integrada por MINDUR quien ejercerá la
autoridad urbanística nacional y por los demás organismos de la administración pública
nacional que tengan atribuciones en la ordenación y desarrollo urbanístico (Artículo 12).
Serán las autoridades urbanísticas, el Ejecutivo Nacional y los Municipios, cada uno dentro
de las esferas de su competencia.
11
Los actores de la Gestión Urbanística se seleccionaron a partir de la consideración de estos
artículos de la LOOU y de los criterios siguientes (MARNR-MARAVEN, 1988):
− Competencia en el área de estudio.
− Responsabilidades políticas.
− Responsabilidades Gremiales.
− Representación de sectores económicos.
− De las Juntas parroquiales y de Vecinos.
− Nivel técnico .
De acuerdo con estos criterios los actores públicos seleccionados son los siguientes:
MINDUR, Alcaldía del Municipio Maracaibo (Comisión de Urbanismo, OMPU, Instituto
Municipal de Transporte Urbano de la Ciudad de Maracaibo (IMTCUMA), M.T.C.,
Comisión Presidencial de Transporte para la ciudad de Maracaibo (C.P.T.M.), Centro
Rafael Urdaneta (C.R.U.), Juntas Parroquiales, IVIMA, IDES, INAVI, FEDE, MSAS,
FIME, ENELVEN, Hidrolago, CANTV, IPOSTEL, IMAU.
Los actores privados seleccionados son: Representantes de las Asociaciones de Vecinos,
Propietarios y Comerciantes, Cámara de Industriales, Cámara de Comerciantes, Cámara de
la construcción Corpoindustria, FONCREI, BID, BM, etc.
2. LA ESTRATEGIA OPERATIVA DE LA PROPUESTA DE GES-
TIÓN.
Luego de establecer la fundamentación teórica del proceso de viabilidad del Plan, se
plantea a continuación la estrategia operativa a través de la cual se construirá la viabilidad
del mismo.
El proceso de viabilidad se analizará y construirá en base a tres tipos de viabilidad:
viabilidad político-cultural, la viabilidad institucional-organizativa y la viabilidad econó-
mica-financiera.
El logro de estos tres tipos de viabilidad se vincula a las etapas de elaboración del Plan, y
se traducen en Momentos de información a los actores seleccionados.
En base a esto se considera la situación inicial descrita en el diagnóstico, la situación
objetivo o imagen objetivo, las propuestas y acciones (de consenso, negociables o
contradictorias) en relación a los intereses de los actores o fuerzas sociales que intervienen
y a los tres tipos de viabilidad antes descritos.
Están previstos cuatro momentos o períodos de información pública: el primero, cuando los
trabajos adquieren suficiente grado de desarrollo que permita formular la Síntesis del
Diagnóstico: en el caso del PDUL el día 06/07/93 se presentó a la Alcaldía de Maracaibo
en el Auditorio del Banco Central de Venezuela, el diagnóstico y posteriormente, el
29/07/93 en el Hotel del Lago a toda la fuerzas vivas de ciudad y la región. Segundo,
cuando las soluciones generales sean propuestas, este momento se cumplió con la
12
presentación de la \"Imagen Objetivo de la Ciudad\" en la Cámara de Comercio de
Maracaibo el día 23/09/93. El tercero, cuando el Plan haya sido entregado a la Alcaldía,
actividad que se realizó el 17/03/94. El cuarto momento está referido al control y
seguimiento del Plan (ver cuadro No.2 y gráfico No.2). En el Cuadro No. 2 se relacionan
los momentos con los tres tipos de viabilidad previamente descritos.
Cuadro No. 2 Estrategia Operativa.
Viabilidad Viabilidad Viabilidad
Momentos Político-Cultural Inst-Organizativa Económica
Momento 1 X X
Momento 2 X X
Momento 3 X X X
Momento 4 X X X
Fuente: MARNR - MARAVEN 1988.
2.1. MOMENTOS DEL PLAN.
Los cuatro momentos previstos están referidos a los periodos de información pública y
están estrechamente vinculados al avance del Plan que se viabiliza.
Gráfico No. 2 Viabilización del Plan - Estrategia Operativa.
(A)
INFORMACIÓN - PARTICIPACIÓN
• ETAPAS DEL PLAN MOMENTOS ACTORES
• MOMENTO 1
• DIAGNOSTICO 1.1 MINDUR
• SÍNTESIS DEL DIAGNOSTICO 1.2
• IMAGEN OBJETIVO • MOMENTO 2
• PLAN, ORDENANZAS, COSTOS • MOMENTO 3 C.T.G.
• CONSULTA PÚBLICA 3.1
• 3.2 COMUNIDAD
• CONTROL Y SEGUIMIENTO
DEL PLAN • MOMENTO 4 C.L.G.
EJECUCIÓN DEL PLAN:
CONSTRUCCIÓN DE
LA CIUDAD
13
2.1.1. Momento 1.
El Momento 1 se divide en dos, el Momento 1.1 y el Momento 1.2.
Momento 1.1.
Los objetivos del Momento 1.1 son los siguientes:
− Dar a conocer los alcances del P.D.U.L. de Maracaibo..
− Conocer los proyectos de los Organismos públicos y/o privados con competencia en el
ámbito general del P.D.U.L. y las relaciones entre dichos Organismos.
− Informar sobre el proceso de coordinación inter-institucional propuesto como Propuesta
Gestión.
− Seleccionar los entes públicos y privados para el seguimiento de la Gestión del Plan y
proponer la creación de la Comisión de Seguimiento del Plan o Comité Técnico de
Gestión, como parte del Consejo Local de Gestión propuesto por la Alcaldía en reunión
del 21/01/94.
Se propone la creación de un Comité Técnico o Unidad Ejecutora del Plan, como pieza
clave en el proceso de Gestión, por las razones siguientes:
− Facilitar la coordinación inter-institucional (organismos públicos y privados) con
competencia en el Municipio Maracaibo.
− Permitir la compatibilización de los distintos planes y proyectos propuestos para el área
urbana de Maracaibo.
− Promover acuerdos con los propietarios afectados por el desarrollo del Plan.
Se propone darle carácter permanente a este Comité ya que a través de este proceso los
integrantes del mismo adquirirán la experiencia necesaria para controlar el proceso de
ejecución del Plan.
La labor de este Comité será de máxima importancia, \"no sólo por la coordinación de
interpretaciones siempre subjetivas, sobre las características de la actuación urbanística,
sino también en el establecimiento consensual de una normativa de actuación, que pueda
dar lugar a la difusión de algunas reglas básicas, que faciliten la actuación profesional en el
desarrollo del P.D.U.L.\" (Ayuntamiento de Madrid,1986).
14
Momento 1.2.
Los objetivos del Momento 1.2. son los siguientes:
− Constitución e instalación del Comité Técnico de Gestión, el cual estará constituído por
seis miembros con carácter permanente: 03 representantes de la Alcaldía (OMPU,
Ingeniería Municipal, Presupuesto). Uno del MINDUR, uno de CONZUPLAN y un
representante de la sociedad civil organizada que podría ser el coordinador de las Juntas
Parroquiales.
Adicionalmente podrán incorporarse a las reuniones \"miembros eventuales, representantes
de los diferentes organismos (Hidrolago, INAVI, MTC, etc.) en función de la temática a
tratar.
− Viabilizar la Síntesis del Diagnóstico.
El conocimiento y la evaluación de los proyectos existentes para el Municipio Maracaibo
permitirá relacionar el P.D.U.L. con dichos proyectos y viabilizar la Síntesis del Diag-
nóstico con los organismos públicos involucrados.
2.1.2. Momento 1: Estrategia Operativa.
La estrategia operativa de este Momento se ha desarrollado en dos etapas correspondientes
a los Momentos 1.1 y 1.2.
Para el Momento 1.1 la estrategia operativa contempla el proceso siguiente:
a) Reunión con los representantes de la Alcaldía, MINDUR, CONZUPLAN, CORPO-
ZULIA, etc., para la presentación del Diagnóstico.
b) Reuniones con los actores públicos seleccionados para:
− Dar a conocer los alcances del P.D.U.L.
− Conocer los planes y proyectos existentes para el Municipio Maracaibo.
− Proponer la creación del Comité Técnico de Gestión.
− Solicitar el nombramiento de los representantes a dicho Comité.
Para el Momento 1.2 la estrategia operativa contempla el proceso siguiente:
a) Reunión inicial con los representantes de la Alcaldía y MINDUR para presentar la
Síntesis del Diagnóstico y explicar el proceso de viabilidad.
b) Reunión, con los demás organismos del Comité Técnico de Gestión para viabilizar la
Síntesis del Diagnóstico, a realizarse en la Alcaldía de Maracaibo.
15
En dicha reunión el Equipo Técnico del P.D.U.L., expondrá la Síntesis del Diagnóstico,
indicando que es la versión preliminar y el inicio de una serie de consultas que se realizaron
para obtener el consenso sobre esta Etapa del Plan.
Se establecerá un plazo para la entrega de observaciones y recomendaciones, que en
ningún caso deberá ser mayor de diez días hábiles.
c) Reunión para discutir las observaciones al Plan, que se realizará al término del plazo
acordado.
Al finalizar este momento, la Síntesis del Diagnóstico presentada al Comité Técnico de
Gestión, tendrá un primer nivel de consenso y se habrá logrado la viabilidad política e
institucional del Plan. En el Cuadro No. 3 se identifican los actores en los distintos
momentos de la Propuesta de Gestión.
Cuadro No. 3 Proceso de Viabilidad. Identificación de Actores.
Etapas Actores
PDUL Públicos Privados
Momento 1
1.1. Actualización CONZUPLAN Hidrolago
Información MINDUR ENELVEN
Básica y reuniones MARNR FIME
de coordinación. Planicie Mcbo. Alcaldía
OMPU IMAU
CANTV
Comité Técnico de Gestión.
1.2. Síntesis del MINDUR Asoc. Propietarios
Diagnóstico Alcaldía Asoc. Comerciantes
M.T.C. Asoc. de Vecinos
C.R.U. C.P.T.M.
J. Parroquial Comunidad
Momento 2
Comité Técnico de Gestión
2.1. Imagen Objetivo MINDUR-Caracas-Maracaibo
Económico-Social y OMPU L.U.Z.
Físico-Espacial del Plan. Alcaldía Asociación de Transportistas
2.2. Programas de Acciones C.P.T. Asoc. de Vecinos
Viales. C.R.U.
2.3. Avance de Ordenanzas. U.R.U.
Momento 3
Comité Técnico de Gestión.
3.1. Plan, MINDUR IMTCUMA
Ordenanzas, Alcaldía C.P.T.M.
Costos. Catastro OMPU
Presupuesto. Ing. Municipal
IMAU IMCEC
3.2 Consulta Comité Técnico de Gestión.
Pública Comunidad
Momento 4
16
4.1. Control y Segui- Comité Técnico de Gestión.
miento del Plan
Fuente: ISA, LUZ Facultad de Arquitectura. Proyecto PDUL 1994
2.1.3. Momento 2.
Los objetivos de este Momento son:
− Viabilizar la Imagen Objetivo Económico - Social y Físico - Espacial.
La estrategia operativa a seguir en este Momento consiste en realizar reuniones de trabajo
con los representantes del Comité Técnico de Gestión del Plan (C.T.G.P.), con el siguien-
te objetivo:
− Dar a conocer la Imagen Objetivo y el avance de las Ordenanzas de Urbanismo y Diseño
Urbano.
Al finalizar este momento, se habrá viabilizado la Imagen Objetivo y el avance de las
ordenanzas (viabilidad Institucional-Organizativa).
2.1.4. Momento 3.
El objetivo fundamental de este momento es proporcionarle la viabilidad político-
institucional y socio-económica al P.D.U.L.
Los objetivos específicos son:
− Viabilizar las Ordenanzas y los programas de inversiones urbanísticas la distribución de
costos según las competencias de los actores (vialidad y transporte).
− Coordinación programada de la actuación urbanística .
− Realizar consulta pública.
El logro de este último objetivo reviste especial importancia en el caso del PDUL, ya que
es la primera vez en su historia que Maracaibo tiene la oportunidad de enfrentarse
colectivamente a su futuro, y optar, es decir, comprometerse por un tipo de ciudad, y
trabajar a largo plazo para lograrla. El futuro de Maracaibo nunca será una simple
realidad espacial, será además un modelo de convivencia y la expresión de una cultura
urbana que es la base de la civilización.
Consulta Pública
El objetivo de la consulta pública es la \"creación de una plataforma cívica\" a partir de la
aceptación de la visión o proyecto de ciudad (propuesta en el PDUL) que es participada
por la fuerza sociales y que son capaces de llevarla adelante
17
Para dar a conocer el PDUL y viabilizarlo durante la etapa de consulta pública se propone
realizar las acciones siguientes:
a) Constituir el Consejo Local de Gestión, propuesto por la Alcaldía, para lo cual se
propone:
− Estructurar organizativamente el Consejo Local de Gestión con dos unidades operativas
que responderán a niveles de decisión diferentes; el Nivel de Dirección, conformando una
Junta o Comité Directivo y, el nivel técnico, conformando el Comité Técnico de gestión
o Unidad Ejecutora.
− Seleccionar los actores que participaran en el Comité Local de Gestión.
La conformación del Comité Técnico de Gestión, se propuso en el Momento 1.2.,
dejando abierta a la consideración de la Alcaldía lo correspondiente al Comité Directivo:
Para la selección de los actores del Comité Técnico se consideraron, además de la
Comunidad Organizada, los diferentes Organismos que tienen la responsabilidad de
planificar, financiar, ejecutar y mantener, es decir, todas aquellas, instituciones públicas o
privadas, vinculadas a la Gestión Urbana Municipal.
b) Adiestrar y capacitar al Comité Técnico de Gestión proponiéndose las acciones
siguientes:
− El equipo técnico del PDUL preparará un programa de adiestramiento y capacitación que
incluirá tres aspectos:
− Teórico-Conceptual del PDUL (Fase teórica).
− Práctico-Instrumental (Fase operativa).
− De contenido.
Dicho programa capacitará al Comité Técnico de Gestión, y a personal de la OMPU e
Ingeniería Municipal tanto para la fase de sometimiento a Consulta Pública del Plan, como
para la fase de ejecución y control del mismo.
c) Planificar la Consulta Pública.
El Equipo Técnico del PDUL con el Comité Técnico de Gestión preparará un Plan para
realizar la Consulta Pública, \"Participar para mejorar la Calidad de Vida\".
d) Elaborar un audiovisual y un documento o revista resumen del PDUL, cuyo objetivo es
la divulgación del mismo a toda la comunidad (científica, académica y civil) en general,
que incluirá entre otras, las siguientes cuestiones básicas:
18
− Qué es un Plan de Desarrollo Urbano Local ?
− Los problemas de hoy las bases de la ciudad del siglo XXI.
− Quién paga la ejecución de un Plan ?. De dónde sale el dinero ?
− La ejecución del Plan, depende sólo de la Alcaldía de Maracaibo?
− Maracaibo, debe crecer ?
− Maracaibo, recibe por lo que paga ?
− Cómo se ha elaborado el nuevo Plan ?
− Cómo expresar su opinión o aportar sugerencias ?
El procedimiento a seguir será el siguiente, realizar reuniones para:
a) Presentar el Plan y las Ordenanzas a la Alcaldía y posteriormente a MINDUR para su
aprobación.
b) Compatibilizar las acciones del P.D.U.L. con los proyectos y acciones propuestas para el
Municipio Maracaibo por los Organismos consultados, a corto y mediano plazo, e incluir
las acciones compatibilizadas en el P.D.U.L. de Maracaibo.
c) Lograr la incorporación de las inversiones urbanísticas del P.D.U.L. en los planes
operativos de corto y mediano plazo de los organismos competentes.
d) Realizar la distribución de costos por organismos según su competencia, tomando en
consideración los plazos de ejecución (corto y mediano plazo).
e) Someter el Plan a consideración de la comunidad y de otros organismos públicos y
privados (Comunidad Organizada).
El proceso de información y participación de la comunidad debe ofrecer a la ciudadanía la
oportunidad de formular una opinión informada y responsable. Al efecto se propone la
organización de una exposición central en el Museo de la Alcaldía y otras resumidas en las
Juntas Parroquiales que permitan, un primer contacto del ciudadano con los propósitos y
propuestas del Plan.
Durante los dos meses de consulta pública se organizarán debates, reuniones de grupos, y
encuestas que permitan obtener la imagen de las preferencias y prioridades de la
ciudadanía.
19
Este período servirá, también, para sentar las bases de los convenios entre las
administraciones que tienen incidencia en el desarrollo de las acciones
estructurantes.
Como resultado de estas reuniones se podrán obtener algunas observaciones al Plan.
En este caso el equipo del Plan analizará las observaciones con el Consejo Local de
Gestión y las incorporará al Plan. Posteriormente el Plan seguirá los pasos establecidos en
la Ley Orgánica de Ordenación Urbanística hasta lograr su aprobación definitiva.
2.1.5. Momento 4.
El objetivo fundamental de este momento es controlar y hacer seguimiento a la ejecución
del Plan, una vez que haya sido aprobado por la autoridad urbanística Municipal. Para ello
se diseñarán mecanismos de control y evaluación de la ejecución de las acciones propuestas
en el Plan, a corto y mediano plazo.
Para lograr este objetivo se propone la conformación del Consejo Local de Gestión adscrito
a la Alcaldía, según lo propuesto en el Artículo 49 de la Ley Orgánica de Ordenación
Urbanística.
Este Artículo establece que \"la autoridad urbanística local dispondrá lo concerniente a la
elaboración, aprobación y ejecución de estos planes\".
De esta forma se garantiza la efectiva realización de las acciones previstas en el Plan,
dentro del ámbito temporal del mismo.
El Consejo Local de Gestión a través del Comité Técnico coordinará su ejecución y la
acción del Estado que se derive de la misma, a través de la supervisión de las obras a
realizar por los Organismos competentes en el Municipio, las cuales deberán incluirse en
los presupuestos ordinarios de dichos organismos.
Otra función a realizar por esta Oficina será la compatibilización de las acciones del
P.D.U.L. con las propuestas de los planes provenientes de los contextos superiores de
planificación, que se encuentran actualmente en ejecución y/o actualización .
Se recomienda que la oficina trabaje en estrecha relación con la OMPU de la Alcaldía de
Maracaibo y con los organismos prestatarios de servicios, representados en el Consejo
Local de Gestión (CLG), a efecto de lograr el control y seguimiento del Plan.
En este momento, se logrará la viabilidad política-institucional y económica del Plan.
En el Cuadro No. 4 se identifican los objetivos y los actores de los cuatro momentos.
20
Cuadro No. 4 Objetivos y Actores de la Gestión.
MOMENTO OBJETIVOS ACTORES
M1 1.1.1. Conocer proyectos de Or- OMPU, IMTCUMA, CRU,
ganismos con competencia MINDUR, CORPOZULIA, INAVI
en el Municipio Maracaibo IVIMA, IDES, MTC, FONCREI
sus relaciones entre sí. CONZUPLAN, PROMOZULIA,
CORPOINDUSTRIA.
M1.1 1.1.2. Dar a conocer los alcan-
ces del P.D.U.L. de Mara- Juntas Parroquiales
caibo.
1.1.3. Seleccionar los entes Pú - Asoc. Vecinos
blicos y/o Privados para Asoc. Comerciantes
la integración del Consejo Asoc. Propietarios
Local de Gestión del PDUL Asoc. Industriales
de Maracaibo. Cámaras, Corpozulia
Conzuplan.
1.2.1. Crear el Consejo Local de Consejo Local de Gestión
Gestión del PDUL de Mara- Comité Directivo
caibo. Comité Técnico
M1.2 1.2.2. Viabilizar Síntesis del Diag-
nóstico.
2.1. Viabilizar Imagen Objetivo, Consejo Local de Gestión
M2 Económico - Social y Físi- MINDUR, Conzuplan,
co - EspaciaL. Corpozulia, etc.
3.1. Definir alcances de las actua- Consejo Local de Gestión
ciones de los organismos pú- Alcaldía de Maracaibo
blicos y/o privados en el Mu-
nicipio Urbano de Maracaibo.
3.2. Coordinación Programada de la Consejo Local de Gestión
actuación urbanística e inversio-
nes en el Municipio.
M3
3.3. Viabilizar la aplicación de las Or- Consejo Local de Gestión
denanzas y la asignación de re- Alcaldía de Maracaibo
cursos y distribución de costo se-
gún competencias.
3.4. Realizar presentación pública a Representantes políticos
los representantes políticos. del municipio
3.5. Realizar Consulta Pública. Consejo Local de Gestión y
Comunidad organizada
M4 4.1. Controlar y hacerle seguimiento Consejo Local de Gestión, OMPU
al Plan. Presupuesto, Planificación
Fuente: ISA, LUZ Facultad de Arquitectura. Proyecto PDUL.
21
3. EJECUCIÓN Y EVALUACIÓN DEL PROCESO DE VIABILIDAD.
3.1. MOMENTO 1.
3.1.1. Momento 1.1.
Para lograr los objetivos planteados y rescatar las propuestas de participación de los
Organismos Públicos y Privados, en la realización del P.D.U.L. de Maracaibo en el
Momento 1.1, se programaron reuniones informativas y de trabajo (Cuadro No. 5), con los
siguientes organismos: Comisión Presidencial de Transporte, Alcaldía, MINDUR Regional,
IMTCUMA, Juntas Parroquiales, OMPU Maracaibo, Centro Rafael Urdaneta (C.R.U.),
CONZUPLAN, ENELVEN, FIME, IMAU, CANTV, CORPOZULIA, IPOSTEL, IDES,
INAVI, CORPOINDUSTRIA, FONCREI, Mercado Mayorista, Planimara, etc. En estas
reuniones se dieron a conocer los alcances del P.D.U.L. y se compatibilizaron los diferentes
planes y proyectos de los distintos organismos, con los estudios del Plan.
3.2. MOMENTO 1.2 Y MOMENTO 2.
Las reuniones realizadas en estos Momento incluyeron a los actores públicos y privados,
con el objeto de viabilizar y lograr consenso sobre la síntesis del diagnóstico, de acuerdo a
los lineamientos metodológicos y la estrategia operativa establecida anteriormente (Cuadro
No.6).
Cuadro No. 5 Síntesis de las reuniones de trabajo. Momento 1.1.
Actor y rol que desempeña Objeto de la reunión Resultados obtenidos
Jefe MINDUR Zulia 1.1.1 Designación
Directora OMPU 1.1.2 Representante
1.1.3
IDES, INAVI, FONCREI 1.1.1 conocimiento de
CORPOINDUSTRIA, 1.1.2 proyectos
MERCAMARA, PLANIMARA 1.1.3
IMTCUMA 1.1.1 Compatibilización
Director 1.1.2 Proyectos
Gerente 1.1.3
(C.R.U.) 1.1.1 Area de estudio
Gerente 1.1.2 Compatibilización P. Esp.
Arquitecto 1.1.3
ENELVEN, FIME, IMAU 1.1.1 Compatibilización
CANTV, IPOSTEL, HIDROLAGO 1.1.2 Proyectos
1.1.3
Comisión Presidencial de 1.1.1 Designación de represen-
Transporte para la ciudad 1.1.2 tantes y compatibilización
de Maracaibo(C.P.T.M.) 1.1.3 proyecto.
Juntas Parroquiales 1.1.1 Acuerdo de próxima
1.1.2 reunión
1.1.3
Fuente: ISA, LUZ Facultad de Arquitectura. Proyecto PDUL.
Cuadro No. 6 Síntesis de las Reuniones de Trabajo. Momento 1.2 - Momento 2 -
22
Momento 3.
Reunión Actores Objetivo de la reunión Resultados obtenidos
Primera presentación Alcaldía, MINDUR 1.2.1 Información
del Diagnóstico Conzuplan, Cámara de 1.2.2 Avance del Plan
la Construcción, Juntas 1.2.3
Parroquiales
Segunda presentación Toda la comunidad 1.2.2 Diagnóstico
del Diagnóstico científica, académica, 2.1
(Hotel del Lago) civil y Organismos
públicos
Presentación de avance MINDUR Caracas 1.2.2 Aprobación Síntesis,
general del Plan (Diag- MINDUR Maracaibo 2.1 Diagnóstico e Imagen
nóstico, Imagen Objeti- C.R.U. y Equipo Téc- Objetivo. Acuerdo pre-
vo y Avance de Orde- nico P.D.U.L. sentación Anteproyecto
nanzas). Ordenanzas
Presentación de la Ima- MINDUR, Alcaldía, Discusión sobre
gen Objetivo del Plan en CRU, URU, LUZ, Imagen Objetivo
Cámara de Comercio. CPTM, Asoc. de Vecinos,
Transportistas
Presentación en la Al- Alcalde y su Equipo 3.1 Aprobación avance del
caldía de las Propuestas Técnico 3.2 Plan. Acuerdo sobre Pro-
del Plan. 3.3 gramas de Inversiones
ubanísticas.
Presentación de la Al- 3.4 Viabilización política del
caldía a los represen- Plan
tes políticos. Enero 1994
Fuente: ISA, LUZ Facultad de Arquitectura. Proyecto PDUL 1994.
Como resultado de estas reuniones se logró la aprobación de las etapas elaboradas del
Plan.
3.3. MOMENTO 3.
Concluida la primera fase del proceso de viabilidad del Plan se procedió a la concertación
del Plan y las Ordenanzas.
Una vez realizadas las presentaciones de las etapas 3 y 4 el Alcalde presentó el Plan a los
representantes políticos regionales y locales al Congreso, Asamblea Legislativa y Consejo
Municipal para lograr la viabilidad política y económica del Plan.
3.4. RESULTADO DE LAS REUNIONES REALIZADAS.
− Se logró consenso básico a nivel institucional (viabilidad institucional) en las reuniones
realizadas, ya que los Organismos asistentes a las mismas, no hicieron observaciones.
− Se compatibilizaron las propuestas del P.D.U.L., con los Planes y Proyectos de los
organismos de Planificación Regional y Municipal.
23
− Se viabilizaron las acciones propuestas con la Alcaldía, Organismo ejecutor del Plan, a
través de la participación de la OMPU.
− Se logró igualmente consenso básico con MINDUR-Oficina Regional y de Caracas,
quienes participaron en reuniones de coordinación, en la presentación del diagnóstico,
Imagen Objetivo y Avance de las Ordenanzas.
En resumen, hubo una participación activa de los Organismos involucrados, dado el interés
por el desarrollo y organización de la ciudad, y por las características novedosas del
proceso de participación en las decisiones urbanas.
En relación al Momento 4, cuyo objetivo es el control y seguimiento del Plan, se propone
mantener el Comité Técnico de Gestión para concretar este objetivo, el cual debería estar
adscrito al Comité Local de Gestión propuesto por el Alcalde en reunión del 21/01/94.
4. MODALIDADES DE EJECUCIÓN Y SISTEMAS DE ACTUACIÓN
DEL PLAN DE DESARROLLO URBANO LOCAL DE MARACAIBO
(P.D.U.L.).
4.1. CONSIDERACIONES GENERALES.
En esta segunda parte de la Propuesta de Gestión se definen las modalidades gestoras y los
sistemas de actuación del P.D.U.L., a partir de los cuales se ejecuta el planeamiento y se
construye la ciudad (Momento 4).
El concepto de Gestión Urbanística es más amplio que el de ejecución de los planes. La
vinculación entre gestión y ejecución esta implícita en el Artículo 63 de la LOOU, donde se
establecen las Modalidades de Ejecución del Desarrollo Urbanístico.
Desde el punto de vista funcional, \"la Gestión Urbanística se refiere a aspectos tales como
el desarrollo del planeamiento instrumental, la delimitación de unidades de actuación, y
gestión económica\" (Martínez C, Ibáñez A. Vergara, 1985).
Para definir las modalidades gestoras se consideraron los aspectos siguientes:
4.2. SUJETOS DE LA GESTIÓN URBANÍSTICA.
La definición de los sujetos de la Gestión Urbanística es necesaria para establecer el
protagonismo de los actores, públicos y privados, en la ejecución del Plan y el sistema de
actuación correspondiente.
La LOOU en el Artículo 6 establece que las Autoridades Urbanísticas serán el Ejecutivo
Nacional y los Municipios, cada una dentro de las esferas de su competencia. La
competencia urbanística del Ejecutivo Nacional y los Municipios se ejercerá
coordinadamente para el logro de los objetivos de la Ley (Art. 7).
24
Los Organismos Regionales y los Estados cooperan con el Ejecutivo y los Municipios en
los Planes de Ordenación Urbanística (Art. 9).
Así pues, la ejecución de los \"Planes Urbanísticos es una auténtica función pública que
corresponde a las diversas esferas de la Administración, sin embargo los particulares
pueden desarrollar una actividad colaboradora importante\" (Martínez. C. Ibáñez A. Vergara
A., 1985), (Art. LOOU).
En relación a este aspecto la Propuesta de Gestión plantea como criterio básico que las
administraciones urbanísticas deben suscitar y estimular en la medida más amplia posible,
la iniciativa privada.
4.3. MODALIDADES DE GESTIÓN.
Para el cumplimiento de las competencia que en materia de gestión tienen las entidades pú-
blicas y los particulares, la LOOU, en su Artículo 63 prevé la posibilidad de adoptar cinco
(5) modalidades de ejecución, siendo éstas:
1. La ejecución directa e indirecta por los Organismos de la Administración Pública.
2. La ejecución mediante la constitución de Empresas Mixtas.
3. La ejecución mediante la constitución de Asociación de Propietarios.
4. La ejecución por parte del sector privado en cooperación con las Autoridades
Urbanísticas.
5. La ejecución por personas o entes particulares.
La Autoridad Urbanística podría promover la utilización de la modalidad de ejecución del
desarrollo urbanístico que sea más conveniente según la necesidad y la situación planteada.
En las áreas urbanas, los propietarios pueden constituirse en asociaciones, con el objeto de
urbanizar a sus expensas los terrenos de su propiedad (Artículo 64).
Los Organismos de la Administración Urbanística podrán constituirse, con participación
mayoritaria o minoritaria de los particulares, empresas para la ejecución de planes y progra-
mas de desarrollo urbano. (Artículo 65 de la LOOU).
Los Organismos de la Administración Urbanística podrán encomendar a personas naturales
o jurídicas constituidas para ese único fin, la ejecución de los programas de desarrollo
urbano. (Artículo 66).
Por otro lado el Reglamento de Gestión Español (Boletín Oficial, 1992), prevé en los
artículos 9 al 11 las modalidades gestoras siguientes:
25
− Mancomunidades Urbanísticas: Los ayuntamientos pueden mancomunarse para el
cumplimiento de los fines urbanísticos. En el caso del P.D.U.L. las Juntas Parroquiales
podrán mancomunarse, o los municipios del Area Metropolitana para la dotación de
servicios metropolitanos (cementerios, universidad, parques).
− Consorcios Urbanísticos: las Administraciones Públicas podrán consorciarse para el
desarrollo de actividades urbanísticas.
En este caso el consorcio se establece entre entes públicos de distinta naturaleza. Los
particulares podrán incorporarse a los consorcios siempre y cuando se hayan convenido las
bases de su actuación.
Los consorcios a diferencia de las mancomunidades no tiene competencia para la ejecución
de planes, (se corresponden con el Artículo 62 de la LOOU).
− Gerencias Urbanísticas: Pueden constituirlas la Administración Estadal, Local e
Institucional. Las Mancomunidades Municipales y los Municipios. (Art.61 LOOU ).
− Sociedades Urbanísticas: Las Administraciones Urbanísticas podrán conjunta o
separadamente, crear sociedades anónimas cuando así convenga, para la promoción,
gestión o ejecución de la actividad urbanística; así mismo podrán participar en cualquier
otra sociedad constituida con limitación de responsabilidad por particulares para el
desarrollo con fines urbanísticos. (Art. 61 y 65 LOOU ).
− Entidades Urbanísticas Colaboradoras: Los interesados podrán participar en la gestión
urbanística mediante la creación de Entidades Urbanísticas Colaboradoras como, Juntas
de Compensación, Cooperación, Entidades de Conservación, y Asociaciones de
Propietarios.
Comparando las modalidades de ejecución planteadas en la LOOU, con las modalidades
gestoras del Reglamento de Gestión Español se puede concluir que ambas son compatibles
y en todo caso el Reglamento de Gestión Español establece la denominación de las
modalidades gestoras, tanto en las que tienen protagonistas públicos como privados
(Gráfico No.3)
5. REQUISITOS GENERALES PARA LA EJECUCIÓN DE LA
PLANIFICACIÓN.
La ejecución del planteamiento exige el cumplimiento de tres (3) requisitos generales:
− La previa existencia de un instrumento de planeamiento que legitime la intervención, en
este caso el P.D.U.L. de Maracaibo, que define el Régimen Jurídico del Suelo.
− La delimitación de la unidad territorial a la que corresponde exactamente la actividad de
ejecución: Unidades de Actuación del P.D.U.L.
26
− El cumplimiento del orden de prioridades o etapas de desarrollo que el propio Plan
establece.
5.l. FUNCIÓN LEGITIMADORA DE LOS PLANES.
Para proceder a la ejecución del planeamiento es necesaria la existencia de un Plan que la
legitime, ya que los planes delimitan y configuran la propiedad.
En suelo urbano los instrumentos legitimadores son : el Plan de Desarrollo Urbano Local,
el Plan de Ordenación Urbanística y los Planes Especiales. (Art.16 de la LOOU). La califi-
cación de suelo urbano que puede afectar directamente la propiedad privada es la
establecida en los Planes de Desarrollo Urbano que son aprobados por Ordenanzas, y las
zonificaciones aprobadas también por Ordenanzas, como es el caso del P.D.U.L. \"Sólo se
pueden establecer contribuciones, restricciones y obligaciones a la propiedad\" (Artículo
162 de la Constitución y/o Artículo 42 de la Ley Orgánica de Régimen Municipal), por vía
de ordenanzas. (Brewer-Carias A, 1988).
5.2. ORDEN DE PRIORIDADES.
Es fundamental que la ejecución del planteamiento se realice según el orden previamente
establecido, y no según la libre iniciativa de los protagonistas de la gestión estimulados por
la rentabilidad económica.
La coherencia del proceso de ejecución de las determinaciones del Plan está en el respeto
al orden de prioridades por él establecido.
La Administración como responsable del proceso debe hacer respetar las etapas fijadas en
el Plan a través de los Programas de Actuación e Inversiones Urbanísticas. Sin embargo la
disponibilidad financiera de los actores actuantes, públicos y/o privados podría ser una
causa a tomar en cuenta para modificar las etapas de ejecución del Plan.
27
Gráfico No. 3 Gestión del Plan.
(B)
• MODALIDADES DE • MODALIDADES SISTEMAS DE
EJECUCIÓN DEL PLAN GESTORAS: ACTUACIÓN
ART. 63 L.O.O.U. • Compensación
REGLAMENTO DE • Cooperación
1. EJECUCIÓN DIRECTA GESTIÓN ESPAÑOL • Expropiación
E INDIRECTA DE LA
ADMINISTRACIÓN PUBLICA
2. EMPRESAS MIXTAS
GESTIÓN DEL PLAN
3. ASOCIACIONES DE • Gestión de las Unidades de Actuación
PROPIETARIOS
• Gestión de la Zonificación
4. SECTOR PRIVADO Y
AUTORIDADES URBANÍSTICAS • Gestión de Plan Vial
5. EJECUCION POR PERSONAS O • Gestión del programa de Investigación
ENTES PARTICULARES. Urbanística
5.2.1. Delimitación de las unidades de actuación.
La unidad de actuación es la unidad de ejecución del planeamiento.
Las áreas urbanas se delimitan como unidades espaciales, y como unidades de uso o zonas.
Las unidades espaciales pueden incluir una o varias zonas.
Las unidades de Actuación constituyen las unidades espaciales (morfológicas) de ejecución
del planeamiento y se identifican a través de la delimitación poligonal, lineal o de área.
A los efectos del PDUL se establecen las siguientes unidades de actuación:
a) Franjas de Actuación.
b) Polígonos de Actuación.
Los Polígonos y las Franjas de Actuación son las unidades de ejecución del P.D.U.L.
(Segura, 1993). Estas Unidades de Actuación cumplen dos objetivos básicos, la de ser
unidades de ejecución del planeamiento y la de ser unidades de distribución de cargas y
beneficios entre los propietarios de cada polígono (Art.36 Reglamento de Gestión Español).
28
Las Unidades de Actuación se corresponden en el caso puntual y de área con Polígonos de
Actuación, y en el caso de corredores con Franjas de Actuación.
Los polígonos de actuación regulan el desarrollo de áreas y puntos urbanos. Si la
regulación es de área, se habla de polígonos de tejido, y si es puntual de polígonos de
espacio público.
Las franjas de actuación regulan el desarrollo de los corredores urbanos.
Las especificaciones de desarrollo, para todos los casos se incluyen en un Catálogo de
Desarrollo Urbano para la ciudad. Este catalogo incluye las propuestas de áreas,
propuestas puntuales, etc.
Sistemas de Ordenación.
Para los polígonos y las franjas de actuación se establece la siguiente correspondencia:
Las franjas de actuación incluyen vías o calles de cierta importancia, y se corresponden con
la ordenación mediante alineación vial.
Los polígonos de actuación que incluyen áreas o puntos, se corresponden respectivamente
con la ordenación de parcela o edificación aislada o de plan de conjunto.
Traducción Reglamentaria de las regulaciones de Diseño para Franjas y Polígonos.
Para traducir reglamentariamente las regulaciones de diseño, se han utilizado dos maneras,
a través de una ordenanza gráfica para las Franjas y Polígonos de Tejido y a través de
mapas combinados con gráficos en los Polígonos de Espacio Público.
Características de la Traducción Reglamentaria.
En el caso de los polígonos de espacio público, la traducción reglamentaria sólo se grafica
para aquellos con grados de precisión de segundo nivel, que corresponden en todos los
casos a espacios públicos relevantes. En el caso de las Franjas y los Polígonos de Tejido, la
traducción reglamentaria es la Ordenanza expresada gráficamente.
En las regulaciones de diseño se incluyen en el caso de la ciudad de Maracaibo un aspecto
de definición que se denomina Grado de Precisión.
En el caso de las Franjas, los aspectos se han reducido sólo a la traducción reglamentaria,
expresada a través de gráficos. Esta traducción reglamentaria en este caso corresponde a la
ordenanza y se acompaña con gráficos de imágenes volumétricas de conjunto.
Los grados de precisión se establecen tanto a nivel de la implantación sobre el terreno
como a nivel del contenido y su tratamiento cualitativo.
29
Para ambos niveles se establecen tres grados de precisión: el primer nivel es de tipo
indicativo, y en él sólo se señalan los puntos más lógicos para la implantación, el segundo
nivel fija una implantación de principio, cuyo trazado definitivo puede precisarse más
adelante, y el tercer nivel establece una definición precisa de la implantación.
En general para la ciudad de Maracaibo, los grados de precisión corresponden en su
mayoría al primer nivel y en algunos casos especiales al segundo nivel. Dentro del diseño
de la ordenanza no se incluyen regulaciones de nivel tres, sin embargo se identifican áreas
que requieren de este nivel de precisión, pero cuya regulación requiere de un proyecto
especial.
Características de Diseño de Franjas y Polígonos.
Las regulaciones de diseño de las franjas y de los polígonos de tejido son de tipo general,
mientras que las de los polígonos de espacio público son específicas.
Las regulaciones generales se refieren al tejido y se apoyan fundamentalmente en el
análisis de las Formas Genéricas. Las regulaciones específicas se refieren a los espacios
públicos más importantes y se apoyan principalmente en las Formas Particulares.
Regulaciones de diseño para franjas.
Estas regulaciones combinan dos sistemas de ordenación, según alineación vial y de
edificación aislada, y definen las \"Franjas de Actuación\".
Comprenden un área de desarrollo lineal o \"Franja\", que se extiende a lo largo de los
corredores de circulación más importantes de la ciudad, a nivel de ámbito intermedio y
primario. En general la franja comprende la calle o avenida, y sus espacios laterales cuya
profundidad varía según el caso entre 50 y 75 metros (medidos a partir de la acera).
El sistema de ordenación según alineación vial regula la edificación por su disposición a lo
largo de la vía, por lo cual son parámetros fundamentales: la alineación, el ancho de la
calle, la altura máxima y numero de plantas, los retiros, y la ocupación. Otros aspectos
regulables clásicos de este tipo de ordenación son los que se refieren a tratamientos en
esquina.
El sistema de Ordenación de Edificación Aislada, no hace referencia a la calle como
regulación de la edificación, aunque su presencia la condicione de alguna manera. En
cambio pasan a tener mayor peso las relaciones entre la parcela y la edificación. Los
parámetros característicos de esta regulación son: la forma y dimensiones de la parcela, la
edificabilidad (porcentaje de construcción) sobre la misma, la ocupación máxima, la altura,
el número de pisos y los retiros.
30
Franjas, características y tipos.
Los tipos de franjas se definen considerando las características de dimensión del grano
(fino, intermedio, grueso y muy grueso), y con dos situaciones morfológicas diferentes, la
que propicia la continuidad de la fachada pública y la que propicia al edificio aislado.
De acuerdo con estas consideraciones se definen 5 tipos de Franja, F1, F2 y F3, que
corresponden a situaciones en las cuales interesa propiciar la continuidad de la fachada
pública y en consecuencia definir el recinto del espacio publico, F4 y F5, que corresponden
a situaciones donde la definición del espacio publico es secundaria, y en consecuencia la
morfología es de edificación aislada.
Franja Tipo 1: se denomina franja tipo 1, aquella en la cual existe un predominio de grano
fino y muy fino.
Las Franjas F1 corresponden a subdivisiones parcelarias con un predominio de frentes
menores de 24.9 metros, y en consecuencia incluyen granos fino y muy fino.
Franja Tipo 2: se denomina franja tipo 2, aquella en la cual existe un predominio de grano
intermedio. Esta es la situación dominante e incluye subdivisiones parcelarias cuyos frente
están comprendidos entre 25 y 39.9 metros.
Franja Tipo 3: se denomina franja tipo 3, aquella en la cual existe un predominio de grano
grueso. Esta es la situación dominante e incluye subdivisiones parcelarias cuyos frentes
varían entre 40 y 55 metros.
Franja Tipo 4: se denomina franja tipo 4, aquella en la cual existe un predominio de grano
muy grueso, con aparición de edificaciones altas, es decir predomina una tipología de torre
y lámina. El grano grueso es dominante e incluye subdivisiones parcelarias cuyos frentes
son mayores de 55 metros.
Franja Tipo 5: se denomina franja tipo 5, aquella en la cual existe un predominio de grano
muy grueso, pero con alturas bajas, es decir predomina una tipología de bloque. Al igual
que en F4, el grano grueso es dominante incluyendo subdivisiones parcelarias cuyos frentes
son mayores de 55 metros.
Variantes de las Franjas Tipo: la variación en las franjas surge de consideraciones
morfológicas que se relacionan con alturas y concentración de la forma (medida en la
mayor o menor ocupación) y con la sección vial (contemplada en el Plan).
Las Densidades en las Franjas: las densidades serán variables en las franjas, sin embargo
las franjas tipo 1, serán de densidad media, y las franjas tipo 2, 3, 4 y 5 tendrán densidades
altas y medias altas.
Zonificación de las Franjas.
31
A cada tipo de franjas de Actuación, corresponden uno o varios tipos de zonificación.
Franja F1: Se corresponde con zonas R5E, y puede incluir CVo CC.
Franja F2: Se corresponde con zonas R7 y R8, y puede incluir CVo CC.
Franja F3: Se corresponde con zonas R6E y R7 y puede incluir CV y/o CC.
Franja F4: Se corresponde con zonas R5E, R6 y R6E, y puede incluir CV o CC.
Franja F5: Se corresponde con zonas R5E, y puede incluir Servicios Metropolitanos,
Industriales y Turísticos.
Polígonos, características y tipos.
Los polígonos se dividen en polígonos de espacio público o polígonos de tejido, de acuerdo
con el área reglamentada. Sí la regulación es de área se habla de polígonos de tejido, y si es
puntual de polígonos de espacio público.
Los polígonos de espacio público se identifican como P1 y P2, y los polígonos de tejido, se
identifican como P3, P4, P5, P6 y P7, de acuerdo con el tipo de zonificación: R3, R4, R5,
R6, R7 y R8.
A cada tipo de Polígono de Actuación, corresponde uno o varios tipos de zonificación.
En las Ordenanzas se establecen los siguientes polígonos:
P1: corresponde a un polígono de espacio público, localizados sobre franjas, que ameritan
una regulación especial de tipo general.
P2: corresponde a un polígono de espacio público localizados sobre franjas, que ameritan
una regulación especial de tipo particular.
P3: se corresponde con zonas residenciales R3.
P4: se corresponde con zonas residenciales R4.
P5: se corresponde con zonas residenciales R5.
P5E: se corresponde con zonas residenciales R5E.
P5T: se corresponde con zonas residenciales R5T
P6: se corresponde con zonas residenciales R6.
P6E: se corresponde con zonas residenciales R6E.
32
P7: corresponde a un polígono de tejido con zonificación R7.
P8: corresponde a un polígono de tejido con zonificación R8.
PI: se corresponde con zonas residenciales ZI.
PS: se corresponde con zonas de Servicio en General
PE: se corresponde con zonas de Usos Especiales.
AR: se corresponde con el Área Rural.
5.2.2. Las figuras especiales dentro de las unidades de actuación.
Dentro de las Unidades de Actuación, sean éstas Polígonos o Franjas, se incluyen figuras
especiales a través de las cuales se obtienen compensaciones de desarrollo, que la Alcaldía
podrá negociar con los propietarios afectados para obtener suelo urbano para equipamiento
o para sistemas generales.
Las compensaciones de desarrollo se establecen para parcelas y/o áreas que pertenecen a
Franjas, o parcelas de Polígonos de Espacio Público (P1 y P2) en las cuales existe una
localización o condición urbana especial. Entre estas condiciones especiales se incluyen:
las parcelas de las Franjas, las esquinas, las parcelas localizadas en intersecciones viales en
\"T\" y las áreas que participan en la conformación de un espacio público especial y por
consiguiente pertenecen a alguno de los Polígonos de espacio Público.
− Compensaciones de Ocupación: las compensaciones de ocupación que se asignan a
determinadas áreas (correspondientes a la parcela o parte de ella, o a un conjunto de
parcelas) se regulan de la manera siguiente:
− Ocupación mayor en el área frontal de la Parcela: es una condición que se asigna a las
parcelas de las franjas, permitiéndoles una ocupación mayor en el área frontal de la
parcela, que conforma la fachada publica del Corredor. Esta ocupación mayor puede
alcanzar entre el 80 y 100% en las Franjas y significar un aumento de hasta el 10% en los
Polígonos.
− \"Cero Ocupación\": es una condición que se asigna dentro de los Polígonos de espacio
Público, a sectores o áreas cuya ocupación no es computable, dentro del desarrollo total.
El objetivo de esta opción es promover la construcción en el área especifica delimitada
con \"0\" ocupación, por consideraciones relacionadas con la volumetría y definición del
espacio público.
− Aumento porcentual de la ocupación: es una condición que se asigna a las parcelas en
esquina o intersecciones en \"T\", permitiéndoles aumentar la ocupación, a cambio de
desarrollar plazas o definir volumétricamente la esquina a través de un desarrollo en \"L\".
33
− Ocupación parcial del retiro de frente: es una condición que se asigna a algunas
parcelas, y que permite ocupar parte del retiro con edificación.
− Compensaciones de altura: las compensaciones de altura se asignan a las áreas
(Polígonos de Espacio Público) que se quieren destacar, o corresponden a tolerancias en
parcelas de geometría irregular. La regulación permite obtener pisos adicionales en los
siguientes casos:
− Pisos adicionales en áreas dentro de Polígonos de Espacio Público: es una condición
que se asigna a un área, para promover su construcción, y lograr así objetivos de
volumetría y referencia urbana.
− Número máximo de pisos con frente menores de lo requerido: es una condición que
aparece como tolerancia en parcelas en esquina o en parcelas de geometría irregular cuyo
frente no permite alcanzar las alturas máximas estipuladas para la zona.
\"Es importante destacar con relación a las compensaciones, que existen áreas o puntos, en
los cuales pueden aparecer conjuntamente compensaciones de ocupación y de pisos
adicionales\" (Giusti, Rosario 1994).
6. SISTEMAS DE ACTUACIÓN.
Los sistemas de actuación son las formas de ejecución de las Unidades de Actuación.
Los Sistemas de Actuación son las distintas modalidades propuestas para ejecutar el Plan
en cada unidad de actuación, Polígono o Franja. Cada Sistema de Actuación es un conjunto
de reglas urbanísticas que establecen las modalidades por las que se debe regir la ejecución
del planeamiento.
Se plantean tres sistemas de actuación para la ejecución de los Programas de Diseño
Generales y Específicos: Compensación, Cooperación y Expropiación (Art. 152 R.G).
Los tres sistemas pretenden por procedimientos distintos, un objetivo común, la eficaz
ejecución del planeamiento, el reparto equitativo de beneficios y cargas derivadas del
mismo y el retorno a la comunidad de una parte de las plusvalías derivadas de la ejecución
del PDUL. Los tres Sistemas contemplan distintos grados de participación de los
particulares y de la administración en el proceso.
La Gestión caracteriza el Sistema de Actuación; el protagonismo en la ejecución de las
obras determina la Gestión Pública en los Sistemas de Cooperación y Expropiación o la
Gestión Privada en el Sistema de Compensación.
6.1. Sistema de Compensación.
En el Sistema de Compensación son los propietarios los que asumen por sí mismos y a su
34
costa la ejecución de las actividad urbanizadora. Esta actividad urbanizadora significa, en
algunos casos, ventajas a los propietarios porque tienen posibilidades de desarrollo, de
ubicación y altura adicional, por encima de las estipuladas en las Ordenanzas, caso de los
Polígonos de Espacio Público y situaciones especiales de localización urbana, parcelas en
esquina y parcelas con frente a intersecciones en T.
El Sistema de Compensación tiene por objeto la Gestión y ejecución de la actividad
urbanizadora, en los términos y condiciones que determina el Plan, de un Polígono, Franja
de Actuación o Zonas, por los mismos propietarios del suelo comprendido en su perímetro
con solidaridad de beneficios y cargas (Art. 157 RG).
Teniendo en cuenta que este Sistema de Actuación hace viable el principio de participación
de la iniciativa privada en la Gestión del Plan, se constituye en el Sistema básico de la
Propuesta de Gestión.
Adoptado el Sistema de Compensación, por estar propuesto en el Plan o por iniciativa de
los propietarios, se constituirá una Junta de Compensación la cual acometerá la ejecución
del Plan, es decir de los Programas de Diseño Específicos y Generales, referidos a
Polígonos y Franjas de Actuación respectivamente.
La Junta de Compensación estará conformada por una mayoría cualificada de propietarios
(60%) que establecerán los Estatutos y las Bases de Actuación y funcionará como Entidad
Urbanística Colaboradora.
Este Sistema de Actuación se propone para la Gestión de las Ordenanzas de Urbanismo y
Diseño Urbano (Polígonos, Franjas y Zonas).
6.2. SISTEMA DE COOPERACIÓN.
En el Sistema de Cooperación (Art. 186 R.G), la Administración ejecuta el Planeamiento y
asume la dirección y control del proceso de ejecución del Plan, los propietarios ceden parte
de su parcela para equipamiento o Sistemas Generales de Comunicación, para lograr una
distribución equitativa de los costos y beneficios entre los dos actores (Art. 34, numeral 12
de la LOOU).
En este Sistema los propietarios aportan el suelo de cesión obligatoria y la Administración
ejecuta las obras de urbanización, distribuyéndose así las cargas y beneficios de la
Actuación Urbanística. se trata de un Sistema de Ejecución del Plan de naturaleza pública.
En el Sistema de Cooperación la Administración realiza la operación técnica de ejecutar la
urbanización y la jurídica a través de la reparcelación de la unidad de Actuación afectada.
Los propietarios podrán constituirse en Asociaciones Administrativas de Cooperación para
colaborar en la ejecución de las obra de urbanización y funcionarán como Entidad Urbanís-
tica Colaboradora. Las funciones de las Asociaciones de Cooperación serían básicamente
las siguientes:
35
− Apoyar a la Administración en la ejecución del Plan, en el Polígono o Franja de
Actuación correspondiente.
− Auxiliar a la Administración en la supervisión y vigilancia de la ejecución de las obras.
− Promover con la Administración la creación de Empresas Mixtas para la ejecución de las
obras de urbanización en el Polígono o Franja de Actuación correspondiente.
Este Sistema de Actuación se propone principalmente para la ejecución de las
intervenciones viales, ya que las afectaciones que éstas implican están legitimadas por el
Plan de Desarrollo Urbano Local de 1968, el Plan Rector de 1983 y el Plan Vial de
Maracaibo, con sus respectivas Ordenanzas (Art.52, 53, y 55). Esto es válido cuando la
dimensión de estas afectaciones no impiden el desarrollo de las parcelas afectadas.
6.3. SISTEMA DE EXPROPIACIÓN.
Este Sistema supone la actuación directa de la administración actuante la cual es
protagonista exclusiva del proceso (Art. 194 R.G).
La expropiación puede ser:
− Lineal, es la expropiación de los Sistemas Generales (Sistema Vial Principal y Redes de
Infraestructura) y actuaciones aisladas en suelo urbano que afectan a las Franjas de
Actuación.
− Poligonal, es la expropiación aplicada a Polígonos, es decir a Unidades de Actuación
completas.
La expropiación además de suponer un Sistema de Ejecución del planeamiento, puede
utilizarse para la adquisición de suelo urbano destinado a la ejecución de Sistemas
Generales de Ordenación Urbanística (infraestructura básica), para equipamientos aislados
y para constituir reservas de suelo para vivienda (Art.55 y 56). Sirve también para
garantizar, bajo forma de sanción, el cumplimiento exacto y puntual de los deberes que la
ley impone a los propietarios del suelo.
Este Sistema puede dar lugar a indemnización, la cual se establecerá a través del
\"Proyecto de Expropiación\". El Proyecto de Expropiación fija la Unidad de Actuación
sobre la que se actúa, la relación de propietarios y una descripción de los bienes afectados.
Este proyecto se debe exponer al público por un mes para que los interesados se
pronuncien. Una vez aprobado se procede al pago del justiprecio y a la toma de posesión
por parte de la Administración de la Unidad de Actuación expropiada.
Esta operación o pago puede hacerse en especies, mediante compensaciones de ocupación o
altura, entrega de alguna parcela resultante de la acción urbanizadora y a través de la
plusvalía que genera la ejecución del Plan.
36
La expropiación está legitimada por las calificaciones y precisiones que establece el
P.D.U.L. de Maracaibo, y las ordenanzas (Art. 56 y 59 de la LOOU).
7. GESTIÓN DEL PLAN DE DESARROLLO URBANO LOCAL DE
MARACAIBO.
La gestión del P.D.U.L. se corresponde con la ejecución del Momento 4 (gráfico No. 3) y
considera los aspectos analizados anteriormente. En el cuadro No. 7 se relacionan las
Modalidades de Ejecución de la LOOU (Art. 63), las Modalidades Gestoras y los Sistemas
de Actuación del Reglamento de Gestión Español.
Cuadro No. 7 Correspondencia entre Modalidades Gestoras Sistemas de Actuación.
Modalidades de ejecución Modalidades gestoras Sistema de actuación
Art. 63 L.O.O.U. (reglamento Gestión)
1.1. Ejecución directa. Adm. pública. - Mancomunidades y agrupaciones urbanísticas Expropiación
1.2. Ejecución indirecta Adm. pública - Gerencia urbanísticas Cooperación
(Asociaciones-Sociedades).
2. Empresas mixtas. - Consorcios Cooperación
(convenios de concertación) (Art. 65 L.O.O.U.)
3. Asociaciones de propietarios. - Entidades urbanísticas colaboradoras Compensación
- Junta de compensación de propietarios (Art. 65 L.O.O.U.)
4. Sector privado en cooperación con - Sociedades urbanísticas Cooperación
autoridades urbanísticas. (Art. 65 L.O.O.U.)
5. Ejecución por personas o entes - Entidades urbanísticas colaboradoras
particulares.
El esfuerzo para garantizar la viabilidad del Plan (Momento 4), se ha concentrado en una
gran atención a la instrumentación normativa, a las propuestas de intervención directa de la
Municipalidad, y a la ejecución del Programa de Inversiones Urbanísticas.
La gestión del Plan compete, exclusivamente, a la Alcaldía de Maracaibo, pero otras
administraciones tienen competencias que inciden en el desarrollo del Planeamiento
Urbano Local.
Especialmente las acciones más estructurantes (vías de transporte e infraestructuras)
dependen de convenios y programas entre las Administraciones Central, Regional y Local
para asegurar la coherencia de las actuaciones y la financiación de las mismas.
Otras entidades públicas de servicios son titulares de suelos de carácter público cuya
rentabilización y puesta en servicio para cubrir las necesidades del Plan requiere de
convenios y conciertos de actuación.
También se requiere el desarrollo de acuerdos y convenios con las empresas
suministradoras de servicios básicos (energías, agua, comunicaciones), para que el
37
desarrollo armónico sea equilibrado, sin problemas de calidad en los niveles de servicios, ni
en la ciudad existente ni en la ciudad futura.
EL PLAN DEPENDE DE TODOS
La iniciativa privada ayuda a la construcción de la ciudad. Los promotores, con el
cumplimiento de las obligaciones que les impone la legislación vigente, y a cambio del
aprovechamiento urbanístico que les concede el planeamiento, ejecutan la urbanización,
cediendo para la colectividad los terrenos destinados a los espacios libres y los
equipamientos.
Esta gran variedad de actores que actúan a distintos niveles de la administración
venezolana, no es sólo fruto de la complejidad existente en el planeamiento urbano. En
Maracaibo como en otras ciudades de Venezuela , la superposición de roles es una práctica
frecuente. No existe sinergia Institucional.
A partir del análisis realizado se proponen a continuación los Sistemas de Actuación para la
gestión del P.D.U.L. de Maracaibo: Polígonos y Franjas de Actuación, Plan Vial y la
estrategia para viabilizar los Programas de Inversiones Urbanísticas.
7.1. GESTIÓN DE LOS POLÍGONOS DE ACTUACIÓN: DE ESPACIO PUBLICO
Y DE TEJIDO, SERVICIOS METROPOLITANOS (PS) Y USOS ESPECIALES
(PE).
7.1.1. Polígonos de Espacio Público.
\"Los polígonos de espacio público\" se identifican como P1 y P2.
P1: corresponde a un polígono de espacio público con un grado de precisión 1. Representa
la mayoría de los polígonos de espacio público identificados en la propuesta. La densidad
que corresponde a este polígono varía de acuerdo con su ubicación.
P2: corresponde a un polígono de espacio público con un grado de precisión 2. La
densidad que corresponde a este polígono varía de acuerdo con su ubicación.
38
Polígonos de Tipo 1: Características Generales.
Corresponden a espacios públicos, para los cuales se establece una regulación con grado de
precisión 1, es decir los controles de desarrollo son de tipo indicativo, señalándose los
puntos lógicos para la implantación de las edificaciones.
Dentro de los polígonos Tipo 1, se diferencian dos clases A y B con alturas máximas de 4
y 6 pisos. En ambos casos, la figura de altura es alineada.
Polígonos Tipo 2: Características Generales.
Corresponden a espacios públicos, para los cuales se establece una regulación con grado de
precisión 2, es decir los controles de desarrollo fijan una implantación de principio, cuyo
trazado definitivo puede precisarse más adelante.
La particularidad de estas regulaciones no permite generalizarlas en la ordenanza.
7.1.2. Polígonos de Tejido: Características y Tipos.
Los polígonos de tejido se identifican como P3, P4, P5, P6, P7 y P8, de acuerdo con el tipo
de zonificación: R3, R4, R5, R6, R7 y R8 (ver cuadro No. 8).
Cuadro No. 8 Polígonos de Tejido y Zonificación correspondiente.
Polígono de Tejido Zonificación
P3 Zonificación R3
P4 Zonificación R4
P5 Zonificación R5
P6 Zonificación R6
P7 Zonificación R7
P8 Zonificación R8
Fuente: ISA, LUZ Facultad de Arquitectura. Proyecto PDUL.
Polígonos Tipo 3 Características Generales.
Estos polígonos se caracterizan por tener como tipología edificatoria, la vivienda
unifamiliar. Incluye zonas clasificadas como R-3.
Las zonas R-3, y por consiguiente los P3, incluyen la siguiente tipología de vivienda:
− Vivienda Unifamiliar con una densidad neta aproximada de 125 hab./ha. y de 175
hab./ha., respectivamente, calculada en base a un promedio familiar de 6 y 5 personas
respectivamente.
39
Polígonos Tipo 4: Características Generales.
Estos polígonos se caracterizan por tener como tipología edificatoria, vivienda bifamiliar
pareada y continua. Por defecto puede incluir vivienda unifamiliar. Incluye zonas
clasificadas como R4.
Las Zonas R4 y por consiguientes los P4, incluyen las siguientes tipología de vivienda:
− Vivienda Bifamiliar Aislada, pareada con una densidad neta aproximada de 250 hab./ha.,
calculada en base a un promedio familiar de 4 personas.
Cuadro No. 9 Las Densidades Existentes y Propuestas.
\"R\" Uso Densidad (hab./Ha.) Den.Prop. (hab./Ha.)
R3 Unifamiliar 100 125 - 150
Bifamiliar 125 Vivienda Unifamiliar
R4 Unifamiliar 150 175 - 250
Bifamiliar 200
R5 Unifamiliar 200 250-300 Unif. Aisl. pareada
y continua.
Bifamiliar 270 300-400 Bifamiliar pareada
y continua.
R6 Multifamiliar 440 R5E hasta 480
R7 Multifamiliar 555 520 RG
580 RGE = 580
680 R7 = 680
R8 Multifamiliar 750 750
Fuente: ISA, LUZ Facultad de Arquitectura. Proyecto PDUL 1994.
Polígonos Tipo 5: Características Generales.
Estos polígonos se caracterizan por tener como tipología edificatoria, la vivienda continua
bifamiliar y la vivienda multifamiliar de 4 pisos. Por defecto incluye las tipología de
vivienda unifamiliar y vivienda pareada. Incluye zonas clasificadas como R5.
Las Zonas R5 y por consiguiente los P5, incluyen las siguientes tipología:
− Vivienda Unifamiliar Aislada, pareada y continua con una densidad neta aproximada de
250 y 300 hab./ha., respectivamente, calculada en base a un promedio familiar de 5 y 6
personas.
− Vivienda Bifamiliar aislada, pareada y continua con una densidad neta aproximada de
300 y 400 hab./ha., calculada en base a un promedio familiar de 4 personas.
Las Zonas R5E y por consiguiente los P5, incluyen la siguiente tipología de vivienda:
40
− Vivienda Multifamiliar con una densidad neta aproximada de 480 hab./ha., calculada en
base a un promedio familiar de 5 personas.
− R5T Vivienda Multifamiliar para uso turístico, polígono costero.
Polígonos Tipo 6: Características Generales.
Estos polígonos se caracterizan por tener como tipología edificatoria, la vivienda
multifamiliar. Incluye zonas clasificadas como R6 y R6E. Los polígonos P6 tienen una
altura máxima de 8 pisos y los P6E, de 10 pisos.
Las Zonas R6E y por consiguiente los P6, incluyen las siguientes tipología:
− Vivienda Multifamiliar, con una densidad neta máxima aproximada de 520 hab./ha.,
calculada en base a un promedio familiar de 4 personas, con una altura máxima de 8
pisos.
Las Zonas R6E y por consiguiente los P6E, incluyen las siguientes tipología:
− Vivienda Multifamiliar, con una densidad neta máxima aproximada de 580 hab/ha.,
calculada en base a un promedio familiar de 4 personas, con una altura máxima de 10
pisos.
Polígonos Tipo 7: Características Generales.
Estos polígonos se caracterizan por tener como tipología edificatoria, la vivienda
multifamiliar. Incluye zonas clasificadas como R7.
Las zonas R7 y por consiguiente P7, incluyen la siguiente tipología de vivienda:
− Vivienda Multifamiliar con una densidad neta máxima aproximada de 680 hab/ha.,
calculada en base a un promedio familiar de 4 personas, con una altura máxima de 14
pisos.
Polígonos Tipo 8: Características Generales.
Estos polígonos se caracterizan por tener como tipología edificatoria, la vivienda
multifamiliar. Incluye zonas clasificadas como R-8.
Las Zonas R-8 y por consiguiente los P8, incluyen la siguiente tipología de vivienda:
− Vivienda Multifamiliar con una densidad neta máxima aproximada de 750 hab/ha.,
calculada en base a un promedio familiar de 4 personas, con una altura máxima de 18
pisos (Giusti, Rosario.1994).
41
7.1.3. Gestión de los polígonos de espacio público.
Para la ejecución de los Polígonos de Espacio Público; se proponen principalmente dos
Sistemas de Actuación: Compensación y Cooperación, de acuerdo a los criterios siguientes:
− Compensación: cuando la ejecución está referida a la aplicación de regulaciones
(Ordenanza de Urbanismo y Diseño Urbano) o cuando por las características del actor
privado se asume que éste podría protagonizar la ejecución.
− Cooperación: cuando la ejecución de la Ordenanza Gráfica o Mapas, implica la
afectación de parte de la (s) parcela(s) requiriéndose su cesión. En este caso las parcelas
que participan en la conformación del espacio público, Polígonos, tienen compensaciones
de ocupación y/o altura adicionales a las estipuladas para el Sector (reparto de beneficios
y cargas).
La Alcaldía podrá negociar con los propietarios afectados , las compensaciones planteadas
en el punto No. 5.2.2. Figuras Especiales.
7.1.4. Gestión de los Polígonos de Tejido.
La ejecución de los Polígonos de Tejido se realizará totalmente a través del Sistema de
Compensación, al igual que las Franjas de Actuación, ya que se ejecutan a través de
regulaciones dirigidas a los propietarios de las parcelas (Ordenanzas). El rol protagónico
recae en los particulares que actuarán de acuerdo con lo establecido en la LOOU (Artículos
81 al 85).
7.2. GESTIÓN DE LAS FRANJAS DE ACTUACIÓN.
La ejecución de las Franjas de Actuación se realizará, en su totalidad, a través del Sistema
de Compensación. El criterio utilizado en este caso es que la ejecución de las Ordenanzas
Gráficas está regulada por normas dirigidas a los particulares propietarios de las parcelas
afectadas.
El protagonismo recae entonces en los particulares, propietarios de parcelas, y la
administración actúa a través de la OMPU tramitando la permisología correspondiente de
acuerdo al artículo 80 de la LOOU.
7.3. GESTIÓN DE LAS ZONAS.
Las zonas constituyen áreas, de Franjas o de Polígonos con usos e intensidades específicas.
En las Ordenanzas se establecen las siguientes Zonas:
Zona R-3: Vivienda Unifamiliar y Bifamiliar Aislada, con una densidad neta aproximada
de 125 hab/ha y de 150 hab/ha, respectivamente, calculada en base a un promedio familiar
de 5 y 6 personas respectivamente.
42
Zona R-4: Vivienda Unifamiliar Aislada, pareada con una densidad neta aproximada de
175 hab/ha, calculada en base a un promedio familiar de 5 personas.
Vivienda Bifamiliar Aislada, pareada con una densidad neta aproximada de 250 hab/ha,
calculada en base a un promedio familiar de 4 personas.
Zona R-5: vivienda Unifamiliar Aislada, pareada y continua con una densidad neta
aproximada de 250 y 300 hab/ha, respectivamente, calculada en base a un promedio
familiar de 5 y 6 personas.
Vivienda Bifamiliar Aislada, pareada y continua con una densidad neta aproximada de 300
y 400 hab/ha, calculada en base a un promedio familiar de 4 personas.
Zona R-5E: Vivienda Multifamiliar, con una densidad neta aproximada de 480 hab/ha,
calculada en base a un promedio familiar de 5 personas.
Zona R-5T: Vivienda Multifamiliar combinada con uso turístico, con una densidad neta
aproximada de 480 hab/ha, calculada en base a un promedio familiar de 5 personas.
Zona R-6: Vivienda Multifamiliar, con una densidad neta máxima aproximada de 520
hab/ha, calculada en base a un promedio familiar de 4 personas.
Zona R-6E: Vivienda Multifamiliar, con una densidad neta máxima aproximada de 580
hab/ha, calculada en base a un promedio familiar de 4 personas.
Zona R-7: Vivienda Multifamiliar con una densidad neta máxima aproximada de 680
hab/ha, calculada en base a un promedio familiar de 4 personas.
Zona R-8: Vivienda Multifamiliar con una densidad neta máxima aproximada de 750
hab/ha, calculada en base a un promedio familiar de 4 personas.
Zona C-L: Comercio Local.
Zona C-V: Comercio Vecinal.
Zona C-C: Comercio Comunal.
Zona C-M: Comercio Metropolitano
Zona Z-I: Zona Industrial.
Zona Z-P: Zona Portuaria.
Zona S-M-E: Zona de Servicios Metropolitanos Educacionales.
Zona S-M-A: Zona de Servicios Metropolitanos Asistenciales.
43
Zona S-M-I: Zona de Servicios Metropolitanos e Industriales.
Zona T: Zona Turística.
Zona S-I: Servicios Industriales.
Zona Z-D: Zona Deportiva.
Zona C: Zona a Conservar.
Zona A-P: Áreas de Protección.
Zona A-R: Area Rural.
Zona P-U: Parque urbano.
Zona R-T: Zona Recreacional-Turística.
Zona Z-V: Zona Verde. (Giusti, Rosario 1994).
7.3.1. Ejecución de las Zonas (Zonificación).
La ejecución de las Zonas se realizará totalmente, a través del Sistema de Compensación,
ya que se ejecutan por medio de las Ordenanzas; regulaciones dirigidas a los propietarios
de parcelas. El rol protagónico recae por lo tanto en los particulares.
7.4. GESTIÓN DEL PLAN VIAL.
Los Sistemas de Actuación para ejecutar el Plan Vial toman en cuenta: las Intervenciones
Viales requeridas para adecuar la vialidad actual de Maracaibo al sistema vial propuesto y
sus respectivas Ordenanzas.
La ejecución de estas intervenciones se realizará principalmente a través de los Sistemas de
Cooperación y Expropiación.
En el caso de las Intervenciones Viales dirigidas a adecuar la vialidad principal de
Maracaibo a las propuestas del Plan Vial, se propone el Sistema de Cooperación cuando se
dan las condiciones siguientes:
− Las afectaciones resultantes de las intervenciones viales no imposibilitan el desarrollo de
las parcelas, a las cuales además, se le dan compensaciones de desarrollo adicionales
planteadas en el punto 5.2.2
44
− Están legitimadas por el Plan de Desarrollo Urbano Local y el Plan Vial, y sus respecti-
vas Ordenanzas.
− La afectación resulta de la construcción de Sistemas Generales, es decir la vialidad princi-
pal de Maracaibo y por lo tanto tiene por causa la utilidad pública y el interés general
(Art. 99 de la Constitución).
− Sirve para repartir equitativamente las cargas y beneficios del desarrollo urbano, entre la
Administración y los particulares, la plusvalía generada se reparte equitativamente a
través de impuesto, cesiones y otros.
Se propone el Sistema de Expropiación cuando se afecta la totalidad de la (s) parcela(s),
vivienda (s) o local (es) comercial (es), cuando se requiere la construcción de continuidades
viales (expropiación poligonal).
Se define como Sistema General los espacios que albergan los elementos públicos en los
que se fundamenta la estructura global de la ciudad: viario principal, grandes
equipamientos pertenecientes al ámbito urbano general: universidad, hospitales,
cementerios, grandes parques, terminales de transporte, etc.
La obtención de estos suelos se realiza por el sistema de expropiación en los casos en el
que se requiera una disponibilidad de forma inmediata, y de forma gratuita en el resto.
7.5.GESTIÓN DEL PROGRAMA DE INVERSIONES URBANÍSTICAS.
El PDUL de Maracaibo, además de definir las condiciones de la construcción de la ciudad,
es al mismo tiempo una norma reguladora de uso de suelo y una propuesta de inversiones
públicas y privadas. La calidad de la ciudad objetivo definida por el Plan (Imagen
Objetivo), depende en gran medida de sus posibilidades de financiamiento.
Viabilidad Económico-Financiera del P.D.U.L.
La viabilidad económica del PDUL no es otra cosa que la determinación del período de
tiempo previsible y necesario para que las actuaciones del Plan se realicen, por lo que la
limitación de recursos públicos y privados, condiciona el contenido del planeamiento
urbanístico y su viabilidad.
El objetivo último del planeamiento y la gestión urbana es asegurar la construcción de la
ciudad de acuerdo con los objetivos y previsiones definidas por el Plan.
El Programa de Inversiones se propone para el primer quinquenio del Plan, y está dirigido a
generar empleo, superar los déficits y requerimientos de servicios de equipamiento e
infraestructura, vivienda , vialidad y transporte, aspectos considerados como
fundamentales.
45
El Programa de Inversiones Urbanísticas incorpora una valoración de las inversiones
públicas requeridas por las actuaciones del Plan y la adscripción de las mismas a las
administraciones públicas competentes en cada caso.
Los principales problemas que confronta la viabilidad económica del Plan son las
siguientes:
− La nueva situación económica del país que requiere de un esfuerzo financiero de la
administración pública, en actuaciones urbanas de difícil realización en plazos cortos, sin
un aumento sustancial de la inversión pública.
− La construcción de la ciudad por parte de todos los niveles de la administración pública
(nacional, regional y local), sin consideración expresa de los Programas de Actuación e
Inversión Urbanística, debido al tipo de toma de decisión en un sistema multi-
administrativo.
− La inexistencia de coordinación inter-administrativa, por lo que las decisiones a corto
plazo sustituyen las programaciones realizadas en los planes.
Para solucionar estos problemas se recomiendan las acciones siguientes:
a) Agilizar los procesos de formulación y gestión del planeamiento introduciendo modifi-
caciones normativas que aseguren transparencia, garantías jurídicas y el papel de la
información pública.
b) Mejorar la gestión y disciplina urbanísticas mediante la informatización y coordinación
del planeamiento con el catrasto.
c) Mantener actuaciones sostenidas en el tiempo estudiando su viabilidad urbanística y
financiera
Las sinergías que se deriven de las acciones propuestas deben desarrollarse en un marco de
\"concertación entre las tres administraciones\".
7.5.1. Estrategia para la Viabilización Económico-Financiera.
Para viabilizar la incidencia de la dimensión económica y financiera en el ejercicio de
ordenación urbanística del Plan se propone la consideración de los siguientes aspectos:
1. Una función informativa pedagógica sobre la propuesta de ordenación y la dimensión de
los déficits urbanos.
2. El redimensionamiento de ordenación \"hacia la baja\" sinceración de estándares y
optimización (uso más eficiente) de las instalaciones públicas existentes: educacionales,
asistenciales, recreacionales, y la utilización multiuso de las edificaciones de valor
patrimonial.
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3. La identificación de los principales cuellos de botella de la gestión urbanística de la
Alcaldía a futuro, que exige de la Alcaldía una definición de competencia clara en cuanto a
la reclamación a otras instancias administrativas de recursos económicos.
4. Diseño de esquemas de financiación específicos para operaciones concretas y
preparación de \"Convenios de Inversión\" entre la Alcaldía, otras administraciones públicas
y los propietarios del suelo.
5. La estimación del efecto que las cargas y beneficios urbanísticos a los particulares pueda
tener sobre los precios actuales del mercado del suelo y vivienda.
6. La necesidad de que aumenten los recursos de inversión en la ciudad por parte de todas
las administraciones públicas.
7. La búsqueda de alternativas de inversión Municipal y financiación privada: política
fiscal, con aplicación de impuestos específicos adicionales a los existentes y el saneamiento
de la responsabilidad Municipal. (propuesta de vialidad y transporte que debe igualmente
realizarse para los servicios de equipamiento e infraestructura).
8. El diseño de mecanismos Institucionales y normativos, \"Programas Coordinados de
Actuación e Inversión\", para que las administraciones no Municipales comprometan sus
inversiones futuras en el Municipio.
La Alcaldía gestionará y coordinará la realización de convenios para la ejecución y
financiación del Plan, los Programas de Actuación Coordinados, entre la Alcaldía, la
Administración Central y Regional a través del Consejo Local de Gestión.
7.5.2. Ejecución de los programas de Inversiones Urbanísticas.
La ejecución de los programas de inversiones urbanísticas se realizará a través de los tres
sistemas de actuación: Compensación, Cooperación, Expropiación.
La construcción y dotación de servicios de infraestructura, equipamiento y vialidad, se
realizará principalmente a través de los dos últimos.
7.6. LA CAPACIDAD DE GESTIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN:
REPARTO DE BENEFICIOS Y CARGAS.
Para llevar a cabo la Propuesta de Gestión descrita anteriormente, hace falta que la
Administración tenga capacidad de gestión. Esta capacidad nace de la existencia de una
organización técnica y de una organización jurídico-administrativa suficiente para hacer
frente a todas las obligaciones que se derivan de la ejecución del PDUL (Colegio Oficial de
Arquitectos Madrid, 1991), a través del Consejo Local de Gestión y sus dos niveles
operativos.
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Junto a esta organización técnica y jurídica la Alcaldía necesita tener también una
capacidad económica o posibilidades financieras para dar frente a la gestión del Plan, que
por actuar sobre Sistemas Generales Urbanos (vialidad, infraestructura, equipamientos
generales, etc.), que estructuran la ciudad, es prioritaria.
Se considera que la Administración debe privilegiar el Sistema de Cooperación, después
del Sistema de Compensación, para estimular la participación de particulares (Asociaciones
de Vecinos) en la gestión urbana, a través de la creación de empresas mixtas, entidades o
sociedades colaboradoras, en las cuales se repartan los beneficios y/o cargas que resultan de
la ejecución del Plan.
En este sistema de actuación la administración ejecuta la actividad urbanizadora y los
propietarios participan a través de la cesión de parte de su parcela obteniendo beneficios en
la ocupación y la plusvalía que resulta de la ejecución del Plan.
La utilización del Sistema de Cooperación ejecutado tal como se ha descrito, permite lograr
un equilibrio entre el interés público y los intereses particulares de los propietarios, en la
ejecución del Plan.
La adquisición de compromisos compartidos, y la existencia de recursos técnico-
económicos garantizan a la Alcaldía la viabilidad del proceso.
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Memoria Descriptiva del Plan de Desarrollo Urbano L more
Memoria Descriptiva del Plan de Desarrollo Urbano Local de la Ciudad de Maracaibo, elaborado en 1995 por el Instituto de Investigaciones de la Facultad de Arquitectura y Diseño de la Universidad del Zulia, en Maracaibo, Venezuela. less
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