El documento presenta información sobre la reforma fiscal de 2008 en México, incluyendo estímulos fiscales como permitir el acreditamiento del impuesto especial sobre producción y servicios pagado por combustibles como el diesel utilizado para transporte público y privado de personas o carga. También se discuten las cajas de ahorro y su exclusión del pago del impuesto a los depósitos en efectivo debido a su naturaleza sin fines de lucro.
29. EXPOSICION DE MOTIVOS: “ En ese sentido, es de resaltar que en México la evasión fiscal se realiza en diversas formas, entre ellas la de un amplio mercado informal, la prestación de servicios y la venta de bienes sin expedición de facturas, así como la creación de esquemas sofisticados para evadir el pago de contribuciones, entre otros.” “ La finalidad primordial de esta nueva contribución es la de crear un mecanismo que impulse el cumplimiento de las obligaciones fiscales en materia del impuesto sobre la renta y desaliente las medidas evasivas a su pago, por lo que se excluye de la causación del nuevo gravamen a los depósitos efectuados a través de medios distintos al efectivo, como son cheques o transferencias electrónicas.” “ Para evitar el impacto de esta contribución a los sujetos que aun realizando operaciones en efectivo cumplan con sus obligaciones fiscales, específicamente en materia del impuesto sobre la renta, se propone que éstos puedan acreditar contra dicha contribución el monto del impuesto contra la informalidad que hubieren pagado, con lo que no se verá afectada su economía.”
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51. EXPOSICION DE MOTIVOS “ Se estima que la tasa de evasión en el pago del impuesto al valor agregado y del impuesto sobre la renta es de 27% de la recaudación potencial , lo que equivale a una menor captación cercana al 3% del PIB, de acuerdo a un estudio que el Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM) preparó para el SAT” “ Tales esfuerzos no están exentos de diversos riesgos como son: aumentar la presión sobre los contribuyentes cautivos, reforzando con ello la RECAUDACION e incrementar los costos administrativos para el contribuyente y para el gobierno, percepción de que son objeto de un tratamiento inicuo; de la fiscalización, generando, además, oportunidades de corrupción y de discrecionalidad indeseable en la aplicación de leyes y reglamentos por parte de los servidores públicos responsables de la recaudación y la fiscalización.”
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58. Como aplicaría el CETU ISR CETU Con o sin inversión Con inversión Sin inversión Ventas (Ingreso en crédito) 100,000 Ingresos (Cobrados) 100,000 100,000 ( - ) Gastos y costos de venta 60,000 ( - ) Adquisición de materia prima 60,000 60,000 40,000 40,000 40,000 ( - ) Depreciación de activos fijos 20,000 ( - ) Adquisición de activos fijos 30,000 0 20,000 10,000 40,000 ( - ) Gastos deducibles como de administración y sueldos 9,000 ( = ) Total 11,000 ( = ) Total 10,000 40,000 ( - ) Amortización de pérdidas 1,000 ( - ) Amortización de pérdidas 0 0 ( = ) Base del impuesto 10,000 ( = ) Base del impuesto 10,000 40,000 ( x ) Tasa de ISR 28% ( x ) Tasa de CETU 19% 19% ( = ) ISR a cargo 2,800 ( = ) CETU a cargo 1,900 7,600 1. Se hacen los dos cálculos y se paga el mayor
147. DECRETO QUE DA ESTIMULOS AL IETU DOF 5 DE NOVIEMBRE DE 2007
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174. Tarifa Límite inferior Límite superior Cuota fija Por ciento para aplicarse sobre el excedente del límite inferior $ $ $ % 0.01 496.07 0.00 1.92 496.08 4,210.41 9.52 6.40 4,210.42 7,399.42 247.23 10.88 7,399.43 8,601.50 594.24 16.00 8,601.51 10,298.35 786.55 17.92 10,298.36 20,770.29 1,090.62 19.94 20,770.30 32,736.83 3,178.30 21.95 32,736.84 En adelante 5,805.20 28.00
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177. TABLA Monto de ingresos que sirven de base para calcular el impuesto Para ingresos de $ Hasta ingresos de $ Cantidad de subsidio para el empleo mensual $ 0.01 1,768.96 407.02 1,768.97 2,653.38 406.83 2,653.39 3,472.84 406.62 3,472.85 3,537.87 392.77 3,537.88 4,446.15 382.46 4,446.16 4,717.18 354.23 4,717.19 5,335.42 324.87 5,335.43 6,224.67 294.63 6,224.68 7,113.90 253.54 7,113.91 7,382.33 217.61 7,382.34 En adelante 0.00
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179. TARIFA 177 Límite inferior Límite superior Cuota fija Por ciento para aplicarse sobre el excedente del límite inferior $ $ $ % 0.01 5,952.84 0.00 1.92 5,952.85 50,524.92 114.24 6.40 50,524.93 88,793.04 2,966.76 10.88 88,793.05 103,218.00 7,130.88 16.00 103,218.01 123,580.20 9,438.60 17.92 123,580.21 249,243.48 13,087.44 19.94 249,243.49 392,841.96 38,139.60 21.95 392,841.97 En adelante 69,662.40 28.00
180. IMPACTO DE LA REFORMA EN LA ECONOMIA DE LOS TRABAJADORES SUELDO 3,000 5,000 7,000 8,000 ISR 2008 -237 8 297 690 ISR 2007 -274 -65 213 539 DIFERENCIA 37 73 85 151 PORCENTAJE 1.23 1.46 1.20 1.88
182. IMPACTO DE LA REFORMA EN LOS DEMAS CAPITULOS DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA INGRESO 3,000 5,000 8,000 15,000 25,000 ISR 2008 ISR 2007 170 333 690 2,028 4,107 133 260 539 1,642 3,440 DIFERENCIA PORCENTAJE 37 73 151 386 666 1.24% 1.46% 1.89% 2.57% 2.67%
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194. NO HAY QUE CONFUNDIR NUNCA EL CONOCIMIENTO CON LA SABIDURIA. EL PRIMERO NOS SIRVE PARA GANARNOS LA VIDA; EL SEGUNDO NOS AYUDA A VIVIR. PROVERVIO INGLÉS