1. Jubilación ejercicio 9 Un trabajador, soltero, nacido el 15-9-1943, afiliado y en alta en el Régimen especial de trabajadores por cuenta propia, pretende cesar en su trabajo y solicitar la pensión de jubilación el 15-9-2008 , fecha esta en la que espera cumplir los 65 años de edad. Llegada la referida fecha el trabajador acredita una cotización ininterrumpida al referido Régimen especial de autónomos desde el 1-1-1978 . La suma de las bases de cotización de los 180 meses inmediatamente anteriores al hecho causante (una vez actualizadas, de acuerdo con el IPC, las bases correspondientes al período actualizable) asciende a 138.000 euros. ¿Tiene derecho el trabajador autónomo a la pensión de jubilación? En caso afirmativo, ¿cuál sería su cuantía? ¿Desde cuándo se considera efectiva?
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6. B.R.: 138.000 = 657,14 € 210 Prestación : 92% de 657,14 = 604,57 € (está entre el mínimo y el máximo). 92% 31 Porcentaje sobre Base Reguladora Años cotizados