El documento describe el marco legal de las micro y pequeñas empresas (MYPES) en el Perú. Explica que las MYPES juegan un rol importante en la economía al generar empleo. Detalla las diferentes leyes que han definido y promovido a las MYPES a lo largo de los años, incluyendo beneficios tributarios para este sector empresarial.
Proyección socioeconómica de la industria en México
Marco legal MYPES Perú caracteres
1. 1. M Y P E S
2. MYPES En la actualidad, la Pequeña y Micro Empresa ocupan un lugar
preponderante en la generación de empleo en el país, ello refleja una alta
proporción de las unidades productivas , así como el nivel de ocupación.
3. LA EMPRESA “ La empresa es una organización económica donde se
combinan factores productivos para generar los bienes y servicios que una
sociedad necesita para poder satisfacer sus necesidades, por lo que se convierte
en el eje de la producción. ”
4. NACIMIENTO DE LAS PYMES Eran los años 70`s, donde los modelos
industriales estaban en un gran nivel y la producción en grandes cantidades de
bienes era el más usado, pero el avance de la industria fue tal que ya era
considerado un exceso, lo cual comenzó a restringirse sumado a las crisis
económicas como las del petróleo y la expansión económica de nuevos países Es
así que a fines de los 70`s, las Pymes fueron ganando espacio; estas tenían como
tarea fundamental preservar el equilibrio socioeconómico entre la producción
industrial y la mano de obra individual.
5. Las Mypes en el Perú Las micro y pequeñas empresas – MYPE, actualmente
juegan un rol muy importante en la economía no sólo del Perú, sino en todos los
países del mundo, porque generan más empleos que las empresas grandes o el
propio Estado. Las MYPE empiezan a tomar fuerza en la economía nacional es
el cada vez mas creciente proceso de migración de los campos a las ciudades, el
mismo que se da entre muchos factores, por la mayor concentración de la
actividad industrial en la capital y las ciudades mas grandes (Arequipa, Trujillo
y Chiclayo) y por el crecimiento constante de los movimientos subversivos en
las zonas rurales del país. Gamarra: El principal conglomerado del sector textil y
confecciones del país Un Sector estratégico: Metal Mecánica Cuero y Calzado
en Trujillo
1. M Y P E S
2. MYPES En la actualidad, la Pequeña y Micro Empresa ocupan un lugar
preponderante en la generación de empleo en el país, ello refleja una alta
proporción de las unidades productivas , así como el nivel de ocupación.
3. LA EMPRESA “ La empresa es una organización económica donde se
combinan factores productivos para generar los bienes y servicios que una
sociedad necesita para poder satisfacer sus necesidades, por lo que se convierte
en el eje de la producción. ”
4. NACIMIENTO DE LAS PYMES Eran los años 70`s, donde los modelos
industriales estaban en un gran nivel y la producción en grandes cantidades de
bienes era el más usado, pero el avance de la industria fue tal que ya era
considerado un exceso, lo cual comenzó a restringirse sumado a las crisis
económicas como las del petróleo y la expansión económica de nuevos países Es
así que a fines de los 70`s, las Pymes fueron ganando espacio; estas tenían como
tarea fundamental preservar el equilibrio socioeconómico entre la producción
industrial y la mano de obra individual.
5. Las Mypes en el Perú Las micro y pequeñas empresas – MYPE, actualmente
juegan un rol muy importante en la economía no sólo del Perú, sino en todos los
países del mundo, porque generan más empleos que las empresas grandes o el
propio Estado. Las MYPE empiezan a tomar fuerza en la economía nacional es
el cada vez mas creciente proceso de migración de los campos a las ciudades, el
mismo que se da entre muchos factores, por la mayor concentración de la
actividad industrial en la capital y las ciudades mas grandes (Arequipa, Trujillo
2. y Chiclayo) y por el crecimiento constante de los movimientos subversivos en
las zonas rurales del país. Gamarra: El principal conglomerado del sector textil y
confecciones del país Un Sector estratégico: Metal Mecánica Cuero y Calzado
en Trujillo
6. DEFINICIÓN DE MYPES No hay unidad de criterio con respecto a la
definición de la Micro y Pequeña empresa, pues las definiciones que se adoptan
varían según sea el tipo de enfoque. Algunos especialistas destacan la
importancia del volumen de ventas , el capital social, el número de personas
ocupadas, el valor de la producción o el de los activos para definirla . Otros
toman como referencia el criterio económico (Pequeña empresa precaria de
subsistencia, pequeña empresa productiva más consolidada y orientada hacia el
mercado informal o la pequeña unidad productiva con alta tecnología. Es aquella
unidad económica que opera una persona natural o jurídica, bajo cualquier forma
de organización o gestión empresarial, que desarrolla actividades de extracción,
transformación, producción y comercialización de bienes o prestación de
servicios, que se encuentra regulada en el TUO de la Ley de Competitividad,
Formalización y desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa y del Acceso al
Empleo Decente (Dec. Leg. Nº 1086)
7. MARCO LEGAL DE LA PYME El primer régimen especial de promoción a
este sector se promulgó en 1976, con el D.L. N° 21435 "Ley de la Pequeña
Empresa del Sector Privado", la cual define a la Pequeña Empresa en
función de sus montos vendidos anuales, con la finalidad de acogerse a un
Sistema Tributario preferencial y a otros incentivos para su desarrollo,
estableciendo los límites para la Pequeña Empresa en cada actividad económica,
tomando como referencia los ingresos anuales expresados en un determinado
monto de sueldos mínimos vitales (SMV) de la provincia de Lima. • Ese mismo
año, se promulga el D.L. N° 21621 con el fin de agilizar la formación de
Pequeñas Empresas, creando la figura jurídica de Empresa Individual de
Responsabilidad Limitada (EIRL), teniendo como objetivo diferenciar el
patrimonio de la persona natural del de la persona jurídica, y así promocionar la
constitución y operación de Pequeñas Empresas.
8. MARCO LEGAL DE LA PYME En Julio de 1980, se promulga el D.L. N°
23189, el cual establece que la Pequeña Empresa debe desarrollar su actividad
como empresa unipersonal o como EIRL. Asimismo, manifiesta que su
propietario debe participar en el proceso de producción, prestación de servicios ó
comercialización de bienes. Por otro lado, define como cinco (05) el máximo de
trabajadores con que cuenta la Pequeña Empresa dedicada al giro de
comercialización, y en diez (10) las dedicadas a servicios. Además, crea el
Padrón Municipal de Pequeñas Empresas, en el cual deben inscribirse; también,
crea la "Cooperativa de Servicios de Pequeñas Empresas", con la
finalidad de acceder a líneas de crédito y financiamiento; de otro lado, establece
un régimen especial de incentivos, y crea el FOPE (Fondo Especial de la
Pequeña Empresa). • En Mayo de 1982, se promulga la Ley N° 23407
"Ley General de Industrias", la cual determina que las ventas
anuales de una Pequeña Empresa Industrial no deben exceder los 720 Sueldos
Mínimos Vitales de la provincia de Lima.
9. MARCO LEGAL DE LA PYME En Enero de 1985, se promulga la Ley N°
24062 "Ley de la Pequeña Empresa Industrial, expidiéndose en Junio de
ese mismo año su reglamento, con el fin de regular el capítulo de Pequeña
3. Industria establecido en la Ley N° 23407. Además crea el FOPE (Fondo de la
Pequeña Empresa Industrial) con el aporte de las Pequeñas Empresas
Industriales. • En los últimos años de los ochenta, se establecieron otros
dispositivos promocionales para el sector, como el otorgamiento de incentivos
fiscales para la creación de puestos de trabajo permanentes, capacitación laboral
y adquisición de maquinaria y equipo. • El Decreto Legislativo N°. 705
"Ley de Promoción de Micro Empresas y Pequeñas Empresas", se
promulgado el 15 de Noviembre de 1991, establece el marco legal para la Micro
y Pequeña Empresa, definiéndola en función del tamaño (cantidad de
trabajadores y monto anual de ventas). Al respecto, la Micro Empresa está
definida por poseer hasta 10 personas ocupadas y un nivel de ventas de hasta 12
UIT anuales. En tanto que la Pequeña Empresa es la que posee de 11 a 20
personas ocupadas y un nivel de ventas de 13 a 25 UIT anuales.
10. MARCO LEGAL DE LA PYME El 03 de Julio de 2,003 se promulga la Ley
28015, Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa,
norma que incluye un Régimen Laboral Especial pero sólo aplicable a las
microempresas y no a las pequeñas empresas. Entre otras medidas, esta ley
incluye un Régimen Laboral Especial (RLE) para las microempresas (se excluye
a las pequeñas empresas de este beneficio), mediante el cual se reducen una serie
de costos laborales a los empleadores de estas unidades económicas cuando
contraten trabajadores, respecto de los costos que pagan las empresas más
grandes, del régimen general de trabajo. No es el primer régimen laboral
especial que tiene el país, pues también existe un régimen laboral especial para
el sector agrario (Ley Nº 27360) vigente desde el año 2000.2 Sin embargo, la
novedad radica en que este es un régimen aplicable a todas las microempresas
del país, sin tomar en cuenta el sector en donde operan, y por otro lado, la
magnitud de los recortes en los denominados costos laborales es bastante mayor
que en el régimen agrario.
11. MARCO LEGAL DE LA PYME El 28 de Junio de 2,008 se publica el
Decreto Legislativo N° 1086 Ley de Promoción de la Competitividad,
Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa y del Acceso al
empleo decente, norma que contempla un Régimen Laboral Especial, el cual es
de aplicación tanto al sector de la micro y pequeña empresa pero con distintos
matices. Mediante Decreto Supremo N° 007-2008, del 30 de septiembre de
2,008, se promulgó el Texto Único Ordenado de la Ley de Promoción de la
Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa y
del Acceso al Empleo Decente, Ley MYPE, norma que fuera reglamentada por
el DS N° 008-2008. Este Texto unifica las normas de la Ley 28015 y las
modificaciones a esta efectuada por el Decreto Legislativo N° 1086.
12. TIPOS DE SOCIEDADES - MYPES
13.
14. DIFERENCIA ENTRE LA MYPE DE LA LEY 28015 Y EL D.L. 1086
15. ETAPAS PARA FORMALIZAR UNA MYPE
16.
17. CONTINUACIÓN . . .
18. BENEFICIOS TRIBUTARIOS MYPES
19. IMPUESTO A LA RENTA SE APLICA A LAS RENTAS OBTENIDAS
POR PERSONAS NATURALES Y/O POR PERSONAS JURÍDICAS.
PERSONAS NATURALES A.- Régimen Único Simplificado (RUS) B.-
Régimen Especial del impuesto a la renta (RER). C.- Régimen General del
4. impuesto a la Renta. PERSONAS JURÍDICAS A.- Régimen Especial del
Impuesto a la Renta (RER). B.- Régimen General del impuesto a la Renta.
20. RÉGIMEN ÚNICO SIMPLICADO (RUS) Es el régimen tributario que
corresponde: Solo para la personas naturales. Cuando sus ingresos anuales no
excedan a s/ 360 000 nuevos soles (Ventas netas sin descuento o resta alguno).
Tiene que dedicarse a un solo oficio. Ejm: Mecánico, pintor. Activos fijos
(Herramientas o maquinarias para desarrollar su actividad)- No debe exceder a
S/ 70 000 Nuevos Soles.
21. RÉGIMEN ÚNICO SIMPLICADO (RUS) BENEFICIOS: No están
obligados a llevar libros contables. No deben declarar ni pagar impuesto a la
renta, IGV, impuesto a la promoción municipal. Se pagan cuotas dependiendo a
los ingresos brutos o las adquisiciones que hace de manera mensual. Esos pagos
se realiza en formularios del Sistema Pago fácil.
22. RÉGIMEN ESPECIAL DEL IMPUESTO A LA RENTA Es el régimen
dirigido a los medianos y pequeños contribuyentes; facilitando la determinación
y el pago del impuesto a la renta. Se pueden acoger tanto personas naturales
como jurídicas domiciliadas en el país que obtengan ingresos por la realización
de actividades de comercialización y producción o manufactura de bienes. La
renta neta no debe superar el monto de S/ 360 000 NS durante cada año
gravable. Sus activos fijos no deben superar S/ 87 500 NS. Las adquisiciones
que haga no debe superar S/ 360 000 NS acumuladas anualmente.
23. RÉGIMEN ESPECIAL DEL IMPUESTO A LA RENTA
OBLIGACIONES: Obtener un RUC. Autorización para los comprobantes de
pago. Emite todos los comprobantes de pago (Boleta, factura, notas de crédito,
notas de débito,etc). Llevar los libros correspondientes ( Libro de ventas e
ingresos, Libro de compras, Inventario, Planillas de pago, etc). Declarar y pagar
AFP u ONP y Essalud.
24. RÉGIMEN ESPECIAL DEL IMPUESTO A LA RENTA Los pagos se
realizan mensualmente y son definitivos y cancelatorios. Para cancelarlos se
usan los PDT-IGV.
25. IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS Grava las actividades
comerciales, industriales, mineras, agropecuarias, forestales, pesqueras u otras
realizadas por las empresas dedicadas habitualmente a negocios. Impuesto por
pagar ante Sunat: • Impuesto a la Renta. • Impuesto General a las Ventas. La
tasa del Impuesto a la Renta es de 30 por ciento a la utilidad generada al final del
ejercicio económico, es decir, al 31 de diciembre de cada año. Se paga en los
tres primeros meses del año siguiente, teniendo en consideración que el plazo
máximo se encuentra determinado por norma expresa de la Sunat, de acuerdo
con el último dígito del número de RUC que le corresponde a cada
contribuyente.
26. Todos los cálculos se harán de la UTILIDAD: VENTAS – COMPRAS =
UTILIDAD x % = Impuesto a la Renta
27. Impuesto General a las Ventas El Impuesto General a las Ventas (IGV) se
aplica sobre el valor de: venta de los bienes, el valor del servicio brindado y la
importación de bienes. Pagan IGV las personas naturales o jurídicas acogidas al
RER y aquellas afectas al Régimen General. Tasa: La tasa es de 19 por ciento y
está compuesta por: - La tasa del IGV de 17 por ciento más la tasa del Impuesto
de Promoción Municipal de 2 por ciento. Se puede deducir el crédito fiscal. El
IGV se determina y paga mensualmente. Para obtener el impuesto que se debe
5. pagar se realiza el siguiente cálculo: IMPUESTO BRUTO - CRÉDITO FISCAL
= IMPUESTO A PAGAR IGV Ventas - IGV Compras
28. BENEFICIOS LABORALES - MYPES
29. REMUNERACIÓN MÍNIMA VITAL 600 600
30. JORNADA DE LABORES
31. DESCANSO SEMANAL
32. VACACIONES
33. DESPIDO INJUSTIFICADO
34. COMPENSACION POR TIEMPO DE SERVICIOS
35. GRATIFICACIONES
36. UTILIDADES
37. SEGURO SOCIAL
38. PENSIONES
39. OTROS BENEFICIOS
40. El Estado promueve, a través de la CODEMYPE y de sus Programas y
Proyectos, la oferta y demanda de servicios y acciones de capacitación y
asistencia técnica en las materias de prioridad establecidas en el Plan y
Programas Estratégicos de promoción y formalización para la competitividad y
desarrollo de las MYPE . Las MYPE participan en las contrataciones y
adquisiciones del Estado, de acuerdo a la normatividad correspondiente. El
Estado promueve el crecimiento, diversificación y consolidación de las
exportaciones directas e indirectas de la MYPE, con énfasis en las regiones,
implementando estrategias de desarrollo de mercados y de oferta exportable . El
Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ejecuta planes estratégicos por
sectores, mercados y regiones, priorizando el desarrollo de cadenas exportadoras
con participación de las MYPE . El Estado promueve la oferta de servicios
tecnológicos orientada a la demanda de las MYPE, como soporte a las empresas,
facilitando el acceso a fondos específicos de financiamiento o cofinanciamiento,
a Centros de Innovación Tecnológica o de Desarrollo Empresarial, a Centros de
Información u otros mecanismos o instrumentos, que incluye la investigación, el
diseño, la información, la capacitación, la asistencia técnica, la asesoría y la
consultoría empresarial, los servicios de laboratorio necesarios y las pruebas
piloto. (COFIDE).
41. 5. El Estado promueve el acceso de las MYPE al mercado financiero y al
mercado de capitales, fomentando la expansión, solidez y descentralización de
dichos mercados. 6. El Estado, a través de la Superintendencia de Banca y
Seguros, crea y mantiene un servicio de información de riesgos especializado en
MYPE
42. CONCLUSIONES Las Mypes son actualmente empresas de gran
trascendencia dentro de nuestro mercado empresarial, puesto que son las que
más producen y las que más empleos genera, a razón de que los empleadores
obtienen mayores y mejores beneficios por acogerse a este sistema especial, y a
los trabajadores les permite acceder a dichos centros sin contar con grandes
carreras o preparaciones profesionales, puesto que la mano de obra en su
mayoría es artesanal. 2.- El estado como ente encargado de la impulsar la
inversión privada y el propiciar el nacimiento de la empresa privada, debe de
proponer mecanismos más eficientes para que los múltiples negocios o centros
de trabajos informales, se FORMALICEN, logrando con ello que ya no se
encuentren al margen de la ley y mayor ingreso para la administración tributaria.
3.- Brindar mayores beneficios tributarios a las entidades, puesto que en la
6. realidad se conoce que la mayoría de evasores tributarios son estas Mypes,
puesto que en algunos casos no les conviene declarar todos sus ingresos, para no
perder el beneficio; o no les conviene ingresar a todos sus trabajadores a planilla,
puesto que la tributación aumentaría; estos son algunos de los casos que
deberían ser tomados en cuenta para lograr la formalización integral a nivel
micro y pequeña empresa.
http://www.slideshare.net/xxdanilo87xx/mypes-peru-2011#btnNext