SlideShare a Scribd company logo
1 of 4
Download to read offline
Jurado Nacional de Elecciones 
Resolución N.° 3000-A-2014-JNE 
1 
Expediente N.° J-2014-3215 PAZOS - TAYACAJA - HUANCAVELICA JEE TAYACAJA (EXPEDIENTE N.° 0117-2014-037) ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2014 RECURSO DE APELACIÓN Lima, tres de octubre de dos mil catorce VISTO el recurso de apelación interpuesto por Willian Salas Félix, personero legal titular de la organización política Movimiento Independiente Regional Ayllu, en contra de la Resolución N.° 004-2014-JEE-TAYACAJA/JNE, de fecha 24 de setiembre de 2014, expedida por el Jurado Electoral Especial de Tayacaja, que resolvió a excluir a Juvencio Quispe Huachos, candidato al cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Pazos, provincia de Tayacaja, departamento de Huancavelica, por la citada organización política, en el marco del proceso de elecciones municipales de 2014. ANTECEDENTES Mediante la resolución venida en grado, el Jurado Electoral Especial de Tayacaja (en adelante JEE) dispuso excluir a Juvencio Quispe Huachos, candidato al cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Pazos, provincia de Tayacaja, departamento de Huancavelica, por considerar que el candidato en mención registró información falsa en el rubro formación académica de su declaración jurada de vida. En su recurso de apelación, la organización política Movimiento Independiente Regional Ayllu manifestó que el JEE no valoró la documentación presentada con su escrito de descargo, que acreditan que el candidato sí llevó el curso capacitación técnica en el Centro Tecnológico de Soldadura SOLDEX. En cuanto a lo declarado por el candidato respecto a sus estudios universitarios en la carrera de Derecho, la organización política señaló que el pedido de exclusión planteado por Amador Sullca Reymundo - del cual el JEE le corriera traslado -, no cuestionó si el candidato los concluyó, tal como se registró en su hoja de vida, por lo que se ha vulnerado el debido proceso, pues los vouchers de pago que se anexaron al escrito de descargo fue únicamente para acreditar que el candidato cursó sus estudios en la Universidad Continental de Ciencias e Ingeniería, hoy Universidad Continental. En autos obra también el Informe N. ° 057-2014-VAPY-CF-JEE-TAYACAJA/JNE-ERM 2014, de fecha 26 de setiembre de 2014, que el coordinador de fiscalización del JEE dirige al presidente del mismo, indicando que por Oficio N.° 069-14-R/UC, del 22 de agosto de 2014, el rector de la Universidad Continental informó que el candidato aún no ha terminado sus estudios universitarios. Con fecha 27 de febrero de 2014, el JEE corrió traslado de dicho informe al personero legal de la organización política Movimiento Independiente Regional Ayllu, y por Resolución N.° 006-2014-JEE-TAYACAJA/JNE, del 29 de setiembre de 2014, el JEE dispuso que se esté a lo resuelto en la resolución venida en grado. CONSIDERANDOS 
1. Los artículos 10, numeral 10.2, y 38, numeral 38.1, del Reglamento de Inscripción de Listas de Candidatos para Elecciones Municipales, aprobado por Resolución N.° 271- 2014-JNE, en concordancia con lo establecido en el artículo 23 de la Ley N.° 28094, Ley de Partidos Políticos, establecen que los Jurados Electorales Especiales dispondrán la exclusión de un candidato cuando se advierta la incorporación de información falsa en su declaración jurada de vida.
Jurado Nacional de Elecciones 
Resolución N.° 3000-A-2014-JNE 
2 
2. Sobre el particular, de la revisión de su declaración jurada de vida, se advierte que el candidato Jorge Alberto Villanueva Aldave consignó la siguiente información 
III. FORMACIÓN ACADÉMICA Estudios técnicos Nombre del centro de estudio : C.T. de Soldadura SOLDEX Lugar : Perú - Lima - Lima - Lima Especialidad : Soldadura metálica Curso : Soldaduras especiales Estado : Concluido Periodo : 2009 - 2010 Educación universitaria Nombre de la Universidad : Universidad Continental de Ciencias e Ingeniería Lugar : Perú - Junín - Huancayo - Huancayo Nombre de la Facultad : Derecho y Ciencias Políticas Carrera : Derecho y Ciencias Políticas Estado : Concluido Grado / Título : Ninguno N.° Registro ANR : Periodo : 2008 a 2013 
3. En la resolución venida en grado, el JEE concluye que lo registrado por el candidato en su hoja de vida, respecto a sus estudios técnicos, carece de veracidad porque la empresa Soldadura Sodexa, que emitió el certificado de capacitación presentado con el escrito de descargo, “no cuenta con la facultad otorgada por el Ministerio de Educación de poder otorgar títulos técnicos”. 
4. Al respecto, de autos se aprecia que la organización política presentó la siguiente documentación: 
 Certificado de participación en la Sétima Jornada de Carpintería Metálica 2008, de 9 horas teórico prácticas, de fecha 28 de marzo de 2008, emitido a nombre del candidato, suscrito por los representantes de las empresas Corporación Aceros Arequipa S.A. y Soldex S.A., y un funcionario del Ministerio de la Producción.  Certificado de participación en el Taller Carpintería Metálica - Electrodo FACILITO 11, de fecha 20 de abril de 2012, emitido a nombre del candidato, suscrito por los representantes de las empresas Soldex S.A. y Oerlikon. 
 Licencia de apertura para funcionamiento de establecimientos comerciales y actividades profesionales y servicios, de fecha 11 de junio de 2008, emitida por la Municipalidad Distrital de Cholca a nombre del candidato, autorizando el inicio de actividades de carpintería metálica. 
5. En el caso concreto, este Colegiado Electoral considera que lo verdaderamente relevante es determinar si el candidato recibió o no la capacitación técnica declarada bajo juramento en su hoja de vida. Y de la documentación mencionada en el acápite anterior, no cabe sino concluir que el candidato participó en cursos y talleres de carpintería metálica en los años 2008 y 2012, esto es, en un una especialidad y periodos distintos a los registrados en su hoja de vida. Sin embargo, las inexactitudes antes anotadas no enervan el hecho de que el candidato sí cursó estudios técnicos, al
Jurado Nacional de Elecciones 
Resolución N.° 3000-A-2014-JNE 
3 
punto que la Municipalidad Provincial de Chilca le concedió una licencia de funcionamiento para realizar actividades en carpintería metálica. 
6. En cuanto a la conclusión de sus estudios universitarios, se aprecia que, efectivamente, en el pedido de exclusión presentado por Amador Sullca Reymundo - y que el JEE trasladó a la organización política para la presentación de los descargos correspondientes - no se discutió si el candidato los concluyó o no; tan solo se cuestionó el nombre de la universidad que registró en la hoja de vida, la cual, por Resolución N.° 448-2012-CONAFU, del 5 de setiembre de 2012, pasó a denominarse Universidad Continental. Sin embargo, el JEE resolvió que la organización política no presentó “pruebas fehacientes” que demostraran que el candidato haya concluido la carrera de Derecho. 
7. Ahora bien, con posterioridad a la emisión de la resolución venida en grado, y en atención al Informe N. ° 057-2014-VAPY-CF-JEE-TAYACAJA/JNE-ERM 2014, de fecha también posterior, el JEE emitió la Resolución N.° 006-2014-JEE-TAYACAJA/JNE, del 29 de setiembre de 2014, disponiendo que se esté a lo resuelto en la resolución apelada. Sin embargo, esa decisión no puede ser apreciada como un supuesto de integración de resoluciones, pues como se señaló, en primera instancia no fue materia de controversia la conclusión de los estudios universitarios del candidato. 
8. Por otra parte, en autos obra también la constancia emitida por la Oficina de Titulación de la Universidad Continental, de fecha 6 de febrero de 2013, en la que se hace constar que el candidato ha participado en el I Curso de Actualización de Conocimientos de la Escuela Académico Profesional de Derecho para optar el Título Profesional, en el periodo comprendido de noviembre de 2012 a enero de 2013. 
9. Del análisis del Oficio N.° 069-14-R/UC, del 22 de agosto de 2014, anexo al Informe N. ° 057-2014-VAPY-CF-JEE-TAYACAJA/JNE-ERM 2014, y la constancia emitida por la Oficina de Titulación de la Universidad Continental, se concluye que la veracidad de la información consignada en la declaración jurada de vida del candidato no ha sido desvirtuada, pues ambos aportan información contradictoria. En efecto, no se explica cómo el candidato pudo haber seguido un curso de titulación si previamente no concluyó los estudios de la carrera de Derecho. 
10. Ante las circunstancias antes descritas, no resulta legítimo optar por restringir el ejercicio del derecho fundamental de participación política del ciudadano Juvencio Quispe Huachos y disponer la exclusión de su candidatura del presente proceso de elecciones municipales. 
11. Por los fundamentos expuestos, corresponde declarar fundado el recurso de apelación y disponer que el JEE realice la anotación marginal en la hoja de vida del candidato Juvencio Quispe Huachos, a fin de que se registre con precisión la especialidad y cursos seguidos en el rubro estudios técnicos, así como el periodo de los mismos. En cuanto a los estudios universitarios, deberá remitirse copia de los presentes actuados a la Dirección Nacional de Fiscalización y Procesos Electorales del Jurado Nacional de Elecciones, a fin de que realice la respectiva investigación y emita el informe correspondiente.
Jurado Nacional de Elecciones 
Resolución N.° 3000-A-2014-JNE 
4 
Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo primero.- Declarar FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por Willian Salas Félix, personero legal titular de la organización política Movimiento Independiente Regional Ayllu, REVOCAR la Resolución N.° 004-2014-JEE-TAYACAJA/JNE, de fecha 24 de setiembre de 2014, expedida por el Jurado Electoral Especial de Tayacaja, que resolvió a excluir a Juvencio Quispe Huachos, candidato al cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Pazos, provincia de Tayacaja, departamento de Huancavelica, por la citada organización política, y, en consecuencia, DISPONER que dicho Jurado Electoral Especial inscriba su candidatura. Artículo segundo.- DISPONER que el Jurado Electoral Especial de Huaylas realice la anotación marginal en la declaración jurada de vida del candidato Juvencio Quispe Huachos, conforme a lo señalado en los considerandos de la presente resolución. Artículo tercero.- REMITIR copia de los presentes actuados a la Dirección Nacional de Fiscalización y Procesos Electorales del Jurado Nacional de Elecciones, a fin de que ejerza sus competencias conforme a ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TÁVARA CÓRDOVA CHÁVARRY VALLEJOS AYVAR CARRASCO CORNEJO GUERRERO RODRÍGUEZ VÉLEZ Samaniego Monzón Secretario General dpr

More Related Content

What's hot

sentencia de incapacidad permanente
sentencia de incapacidad permanentesentencia de incapacidad permanente
sentencia de incapacidad permanente
iuranga007
 
Carpeta de postulante a la asimilacion complementaria pnp 2014
Carpeta de postulante a la asimilacion complementaria pnp 2014Carpeta de postulante a la asimilacion complementaria pnp 2014
Carpeta de postulante a la asimilacion complementaria pnp 2014
aguila6pnp
 
Iemo gf, fse2020.02 - 05 invitacion publica proceso contractual (v20200812) p...
Iemo gf, fse2020.02 - 05 invitacion publica proceso contractual (v20200812) p...Iemo gf, fse2020.02 - 05 invitacion publica proceso contractual (v20200812) p...
Iemo gf, fse2020.02 - 05 invitacion publica proceso contractual (v20200812) p...
linajimenez30
 
Sentencia Corte CT 1066-12 (prima de servicios docentes)
Sentencia Corte CT 1066-12 (prima de servicios docentes)Sentencia Corte CT 1066-12 (prima de servicios docentes)
Sentencia Corte CT 1066-12 (prima de servicios docentes)
Over Dorado Cardona
 
T 1066-12 prima servicios-docentes
T 1066-12 prima servicios-docentesT 1066-12 prima servicios-docentes
T 1066-12 prima servicios-docentes
Miguel Angel
 
T 1066-12 (prima de servicios docentes)
T 1066-12 (prima de servicios docentes)T 1066-12 (prima de servicios docentes)
T 1066-12 (prima de servicios docentes)
Over Dorado Cardona
 
Carpeta de postulante a la ets pnp 2013-i......
Carpeta de postulante a la ets pnp 2013-i......Carpeta de postulante a la ets pnp 2013-i......
Carpeta de postulante a la ets pnp 2013-i......
Alfredo Alcalde Huamán
 
Elementos a tener en cuenta Prima Servicios ODC Enero-29-2013-
Elementos a tener en cuenta Prima Servicios ODC Enero-29-2013-Elementos a tener en cuenta Prima Servicios ODC Enero-29-2013-
Elementos a tener en cuenta Prima Servicios ODC Enero-29-2013-
Over Dorado Cardona
 
EXAMEN DE CORREOS 20/11/20 CGT Segundo desarrollo bases ingreso 2019
EXAMEN DE CORREOS 20/11/20 CGT  Segundo desarrollo bases ingreso 2019EXAMEN DE CORREOS 20/11/20 CGT  Segundo desarrollo bases ingreso 2019
EXAMEN DE CORREOS 20/11/20 CGT Segundo desarrollo bases ingreso 2019
Cgt Sevilla
 

What's hot (18)

sentencia de incapacidad permanente
sentencia de incapacidad permanentesentencia de incapacidad permanente
sentencia de incapacidad permanente
 
Carpeta de postulante a la asimilacion complementaria pnp 2014
Carpeta de postulante a la asimilacion complementaria pnp 2014Carpeta de postulante a la asimilacion complementaria pnp 2014
Carpeta de postulante a la asimilacion complementaria pnp 2014
 
CONSOLIDACION DE EMPLEO Presentado por correos borrador bases consolidación ...
CONSOLIDACION DE EMPLEO  Presentado por correos borrador bases consolidación ...CONSOLIDACION DE EMPLEO  Presentado por correos borrador bases consolidación ...
CONSOLIDACION DE EMPLEO Presentado por correos borrador bases consolidación ...
 
Borrador bases consolidación de empleo 29 de diciembre
Borrador bases consolidación de empleo 29 de diciembreBorrador bases consolidación de empleo 29 de diciembre
Borrador bases consolidación de empleo 29 de diciembre
 
Iemo gf, fse2020.02 - 05 invitacion publica proceso contractual (v20200812) p...
Iemo gf, fse2020.02 - 05 invitacion publica proceso contractual (v20200812) p...Iemo gf, fse2020.02 - 05 invitacion publica proceso contractual (v20200812) p...
Iemo gf, fse2020.02 - 05 invitacion publica proceso contractual (v20200812) p...
 
Sentencia Corte CT 1066-12 (prima de servicios docentes)
Sentencia Corte CT 1066-12 (prima de servicios docentes)Sentencia Corte CT 1066-12 (prima de servicios docentes)
Sentencia Corte CT 1066-12 (prima de servicios docentes)
 
Bases consolidación empleo 2015
Bases consolidación empleo 2015Bases consolidación empleo 2015
Bases consolidación empleo 2015
 
Demanda alimentos
Demanda alimentosDemanda alimentos
Demanda alimentos
 
2014 2
2014  22014  2
2014 2
 
Absolucion de demanda de alimentos wilfredo contreras vilchez
Absolucion de demanda de alimentos   wilfredo contreras vilchezAbsolucion de demanda de alimentos   wilfredo contreras vilchez
Absolucion de demanda de alimentos wilfredo contreras vilchez
 
T 1066-12 prima servicios-docentes
T 1066-12 prima servicios-docentesT 1066-12 prima servicios-docentes
T 1066-12 prima servicios-docentes
 
T 1066-12 (prima de servicios docentes)
T 1066-12 (prima de servicios docentes)T 1066-12 (prima de servicios docentes)
T 1066-12 (prima de servicios docentes)
 
Anexos cas 2018
Anexos cas 2018Anexos cas 2018
Anexos cas 2018
 
Convocatoria jefe de equipo para correos cgt es tu sindicato (1)
Convocatoria jefe de equipo para correos  cgt es tu sindicato  (1)Convocatoria jefe de equipo para correos  cgt es tu sindicato  (1)
Convocatoria jefe de equipo para correos cgt es tu sindicato (1)
 
Carpeta de postulante a la ets pnp 2013-i......
Carpeta de postulante a la ets pnp 2013-i......Carpeta de postulante a la ets pnp 2013-i......
Carpeta de postulante a la ets pnp 2013-i......
 
Elementos a tener en cuenta Prima Servicios ODC Enero-29-2013-
Elementos a tener en cuenta Prima Servicios ODC Enero-29-2013-Elementos a tener en cuenta Prima Servicios ODC Enero-29-2013-
Elementos a tener en cuenta Prima Servicios ODC Enero-29-2013-
 
EXAMEN DE CORREOS 20/11/20 CGT Segundo desarrollo bases ingreso 2019
EXAMEN DE CORREOS 20/11/20 CGT  Segundo desarrollo bases ingreso 2019EXAMEN DE CORREOS 20/11/20 CGT  Segundo desarrollo bases ingreso 2019
EXAMEN DE CORREOS 20/11/20 CGT Segundo desarrollo bases ingreso 2019
 
Definitivos bolsas-de-empleo-2021-
Definitivos bolsas-de-empleo-2021-Definitivos bolsas-de-empleo-2021-
Definitivos bolsas-de-empleo-2021-
 

Similar to Resolucion n3000 a-2014-jne-pr- CON HORRORES y ERRORES EN SU REDACCION

Declarar inadmisible ayllu region
Declarar inadmisible  ayllu regionDeclarar inadmisible  ayllu region
Declarar inadmisible ayllu region
Huancavelica Peru
 
BasesCAS01-2023-UNAJ.pdf
BasesCAS01-2023-UNAJ.pdfBasesCAS01-2023-UNAJ.pdf
BasesCAS01-2023-UNAJ.pdf
F&HR
 
Res._GG_0322023_Nulidad_LP0262022HDNA1_20230418_143528_705.pdf
Res._GG_0322023_Nulidad_LP0262022HDNA1_20230418_143528_705.pdfRes._GG_0322023_Nulidad_LP0262022HDNA1_20230418_143528_705.pdf
Res._GG_0322023_Nulidad_LP0262022HDNA1_20230418_143528_705.pdf
JoseRey32
 

Similar to Resolucion n3000 a-2014-jne-pr- CON HORRORES y ERRORES EN SU REDACCION (20)

Exp86 resol4noexcluyeanotacin
Exp86 resol4noexcluyeanotacinExp86 resol4noexcluyeanotacin
Exp86 resol4noexcluyeanotacin
 
JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA CENTRO RESOLUCIÓN N° 014-2014-JEE-LIMACE...
JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA CENTRO    RESOLUCIÓN N° 014-2014-JEE-LIMACE...JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA CENTRO    RESOLUCIÓN N° 014-2014-JEE-LIMACE...
JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA CENTRO RESOLUCIÓN N° 014-2014-JEE-LIMACE...
 
BASES CAS JEC- PERSONAL DE VIGILANCIA (CONTINGENCIA)
BASES CAS JEC- PERSONAL DE VIGILANCIA (CONTINGENCIA)BASES CAS JEC- PERSONAL DE VIGILANCIA (CONTINGENCIA)
BASES CAS JEC- PERSONAL DE VIGILANCIA (CONTINGENCIA)
 
R.a. no.199 apelacion ads nº 06 2012-mpm-a(1)
R.a. no.199 apelacion ads nº 06 2012-mpm-a(1)R.a. no.199 apelacion ads nº 06 2012-mpm-a(1)
R.a. no.199 apelacion ads nº 06 2012-mpm-a(1)
 
Proceso nro 002 2016 - administrativo especialista i
Proceso nro 002 2016 - administrativo especialista iProceso nro 002 2016 - administrativo especialista i
Proceso nro 002 2016 - administrativo especialista i
 
Proceso CAS 002-JEC-Etapa-excepcional
Proceso CAS 002-JEC-Etapa-excepcionalProceso CAS 002-JEC-Etapa-excepcional
Proceso CAS 002-JEC-Etapa-excepcional
 
Cas n° 011 2016-ugel 01 ep
Cas n° 011 2016-ugel 01 epCas n° 011 2016-ugel 01 ep
Cas n° 011 2016-ugel 01 ep
 
Ba 005-cas-scent-2015
Ba 005-cas-scent-2015Ba 005-cas-scent-2015
Ba 005-cas-scent-2015
 
Expediente Tutela Empleados
Expediente Tutela Empleados Expediente Tutela Empleados
Expediente Tutela Empleados
 
BASES CONVOCATORIA 004- 2023 FINAL.docx
BASES CONVOCATORIA 004- 2023 FINAL.docxBASES CONVOCATORIA 004- 2023 FINAL.docx
BASES CONVOCATORIA 004- 2023 FINAL.docx
 
Conflicto Polideportivo Ayacucho 2015 GS/EP/UNSCH
Conflicto Polideportivo Ayacucho 2015 GS/EP/UNSCHConflicto Polideportivo Ayacucho 2015 GS/EP/UNSCH
Conflicto Polideportivo Ayacucho 2015 GS/EP/UNSCH
 
Proceso nro 039 2016 - secretaria ejecutiva
Proceso nro 039 2016 - secretaria ejecutivaProceso nro 039 2016 - secretaria ejecutiva
Proceso nro 039 2016 - secretaria ejecutiva
 
Declarar inadmisible ayllu region
Declarar inadmisible  ayllu regionDeclarar inadmisible  ayllu region
Declarar inadmisible ayllu region
 
BasesCAS01-2023-UNAJ.pdf
BasesCAS01-2023-UNAJ.pdfBasesCAS01-2023-UNAJ.pdf
BasesCAS01-2023-UNAJ.pdf
 
Prospecto 2020
Prospecto 2020Prospecto 2020
Prospecto 2020
 
Cas N° 388 Reniec
Cas N° 388 ReniecCas N° 388 Reniec
Cas N° 388 Reniec
 
Proceso CAS JEC-Etapa-excepcional - 07-11-17
Proceso CAS JEC-Etapa-excepcional - 07-11-17Proceso CAS JEC-Etapa-excepcional - 07-11-17
Proceso CAS JEC-Etapa-excepcional - 07-11-17
 
Convocatoria cas 2016 esp.super_. ii ee
Convocatoria cas 2016 esp.super_. ii eeConvocatoria cas 2016 esp.super_. ii ee
Convocatoria cas 2016 esp.super_. ii ee
 
Res._GG_0322023_Nulidad_LP0262022HDNA1_20230418_143528_705.pdf
Res._GG_0322023_Nulidad_LP0262022HDNA1_20230418_143528_705.pdfRes._GG_0322023_Nulidad_LP0262022HDNA1_20230418_143528_705.pdf
Res._GG_0322023_Nulidad_LP0262022HDNA1_20230418_143528_705.pdf
 
Reniec empleos458 2011
Reniec empleos458 2011Reniec empleos458 2011
Reniec empleos458 2011
 

More from Pazos Cuna De Las Papas Nativas (7)

Protocolos mejorado
Protocolos mejoradoProtocolos mejorado
Protocolos mejorado
 
Recurso de apelacion 20871 1mse_escrito
Recurso de apelacion 20871 1mse_escritoRecurso de apelacion 20871 1mse_escrito
Recurso de apelacion 20871 1mse_escrito
 
Resolucion n3000 a-2014-jne-pr
Resolucion n3000 a-2014-jne-prResolucion n3000 a-2014-jne-pr
Resolucion n3000 a-2014-jne-pr
 
Hoja vida 72114-07072014
Hoja vida 72114-07072014Hoja vida 72114-07072014
Hoja vida 72114-07072014
 
Hermenegildo perez
Hermenegildo perezHermenegildo perez
Hermenegildo perez
 
Elver soto
Elver sotoElver soto
Elver soto
 
Augusto quilca
Augusto quilcaAugusto quilca
Augusto quilca
 

Recently uploaded

NUEVAS DIAPOSITIVAS POSGRADO Gestion Publica.pdf
NUEVAS DIAPOSITIVAS POSGRADO Gestion Publica.pdfNUEVAS DIAPOSITIVAS POSGRADO Gestion Publica.pdf
NUEVAS DIAPOSITIVAS POSGRADO Gestion Publica.pdf
UPTAIDELTACHIRA
 
2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx
2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx
2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx
RigoTito
 
Concepto y definición de tipos de Datos Abstractos en c++.pptx
Concepto y definición de tipos de Datos Abstractos en c++.pptxConcepto y definición de tipos de Datos Abstractos en c++.pptx
Concepto y definición de tipos de Datos Abstractos en c++.pptx
Fernando Solis
 
5.- Doerr-Mide-lo-que-importa-DESARROLLO PERSONAL
5.- Doerr-Mide-lo-que-importa-DESARROLLO PERSONAL5.- Doerr-Mide-lo-que-importa-DESARROLLO PERSONAL
5.- Doerr-Mide-lo-que-importa-DESARROLLO PERSONAL
MiNeyi1
 
Proyecto de aprendizaje dia de la madre MINT.pdf
Proyecto de aprendizaje dia de la madre MINT.pdfProyecto de aprendizaje dia de la madre MINT.pdf
Proyecto de aprendizaje dia de la madre MINT.pdf
patriciaines1993
 
PLAN DE REFUERZO ESCOLAR primaria (1).docx
PLAN DE REFUERZO ESCOLAR primaria (1).docxPLAN DE REFUERZO ESCOLAR primaria (1).docx
PLAN DE REFUERZO ESCOLAR primaria (1).docx
lupitavic
 
Curso = Metodos Tecnicas y Modelos de Enseñanza.pdf
Curso = Metodos Tecnicas y Modelos de Enseñanza.pdfCurso = Metodos Tecnicas y Modelos de Enseñanza.pdf
Curso = Metodos Tecnicas y Modelos de Enseñanza.pdf
Francisco158360
 

Recently uploaded (20)

NUEVAS DIAPOSITIVAS POSGRADO Gestion Publica.pdf
NUEVAS DIAPOSITIVAS POSGRADO Gestion Publica.pdfNUEVAS DIAPOSITIVAS POSGRADO Gestion Publica.pdf
NUEVAS DIAPOSITIVAS POSGRADO Gestion Publica.pdf
 
AFICHE EL MANIERISMO HISTORIA DE LA ARQUITECTURA II
AFICHE EL MANIERISMO HISTORIA DE LA ARQUITECTURA IIAFICHE EL MANIERISMO HISTORIA DE LA ARQUITECTURA II
AFICHE EL MANIERISMO HISTORIA DE LA ARQUITECTURA II
 
Infografía EE con pie del 2023 (3)-1.pdf
Infografía EE con pie del 2023 (3)-1.pdfInfografía EE con pie del 2023 (3)-1.pdf
Infografía EE con pie del 2023 (3)-1.pdf
 
Power Point: Fe contra todo pronóstico.pptx
Power Point: Fe contra todo pronóstico.pptxPower Point: Fe contra todo pronóstico.pptx
Power Point: Fe contra todo pronóstico.pptx
 
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdfSELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
 
2024 KIT DE HABILIDADES SOCIOEMOCIONALES.pdf
2024 KIT DE HABILIDADES SOCIOEMOCIONALES.pdf2024 KIT DE HABILIDADES SOCIOEMOCIONALES.pdf
2024 KIT DE HABILIDADES SOCIOEMOCIONALES.pdf
 
Tema 17. Biología de los microorganismos 2024
Tema 17. Biología de los microorganismos 2024Tema 17. Biología de los microorganismos 2024
Tema 17. Biología de los microorganismos 2024
 
BIOMETANO SÍ, PERO NO ASÍ. LA NUEVA BURBUJA ENERGÉTICA
BIOMETANO SÍ, PERO NO ASÍ. LA NUEVA BURBUJA ENERGÉTICABIOMETANO SÍ, PERO NO ASÍ. LA NUEVA BURBUJA ENERGÉTICA
BIOMETANO SÍ, PERO NO ASÍ. LA NUEVA BURBUJA ENERGÉTICA
 
2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx
2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx
2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx
 
Concepto y definición de tipos de Datos Abstractos en c++.pptx
Concepto y definición de tipos de Datos Abstractos en c++.pptxConcepto y definición de tipos de Datos Abstractos en c++.pptx
Concepto y definición de tipos de Datos Abstractos en c++.pptx
 
Medición del Movimiento Online 2024.pptx
Medición del Movimiento Online 2024.pptxMedición del Movimiento Online 2024.pptx
Medición del Movimiento Online 2024.pptx
 
SEXTO SEGUNDO PERIODO EMPRENDIMIENTO.pptx
SEXTO SEGUNDO PERIODO EMPRENDIMIENTO.pptxSEXTO SEGUNDO PERIODO EMPRENDIMIENTO.pptx
SEXTO SEGUNDO PERIODO EMPRENDIMIENTO.pptx
 
5.- Doerr-Mide-lo-que-importa-DESARROLLO PERSONAL
5.- Doerr-Mide-lo-que-importa-DESARROLLO PERSONAL5.- Doerr-Mide-lo-que-importa-DESARROLLO PERSONAL
5.- Doerr-Mide-lo-que-importa-DESARROLLO PERSONAL
 
ACTIVIDAD DIA DE LA MADRE FICHA DE TRABAJO
ACTIVIDAD DIA DE LA MADRE FICHA DE TRABAJOACTIVIDAD DIA DE LA MADRE FICHA DE TRABAJO
ACTIVIDAD DIA DE LA MADRE FICHA DE TRABAJO
 
Proyecto de aprendizaje dia de la madre MINT.pdf
Proyecto de aprendizaje dia de la madre MINT.pdfProyecto de aprendizaje dia de la madre MINT.pdf
Proyecto de aprendizaje dia de la madre MINT.pdf
 
PLAN DE REFUERZO ESCOLAR primaria (1).docx
PLAN DE REFUERZO ESCOLAR primaria (1).docxPLAN DE REFUERZO ESCOLAR primaria (1).docx
PLAN DE REFUERZO ESCOLAR primaria (1).docx
 
Tema 10. Dinámica y funciones de la Atmosfera 2024
Tema 10. Dinámica y funciones de la Atmosfera 2024Tema 10. Dinámica y funciones de la Atmosfera 2024
Tema 10. Dinámica y funciones de la Atmosfera 2024
 
SEPTIMO SEGUNDO PERIODO EMPRENDIMIENTO VS
SEPTIMO SEGUNDO PERIODO EMPRENDIMIENTO VSSEPTIMO SEGUNDO PERIODO EMPRENDIMIENTO VS
SEPTIMO SEGUNDO PERIODO EMPRENDIMIENTO VS
 
SESION DE PERSONAL SOCIAL. La convivencia en familia 22-04-24 -.doc
SESION DE PERSONAL SOCIAL.  La convivencia en familia 22-04-24  -.docSESION DE PERSONAL SOCIAL.  La convivencia en familia 22-04-24  -.doc
SESION DE PERSONAL SOCIAL. La convivencia en familia 22-04-24 -.doc
 
Curso = Metodos Tecnicas y Modelos de Enseñanza.pdf
Curso = Metodos Tecnicas y Modelos de Enseñanza.pdfCurso = Metodos Tecnicas y Modelos de Enseñanza.pdf
Curso = Metodos Tecnicas y Modelos de Enseñanza.pdf
 

Resolucion n3000 a-2014-jne-pr- CON HORRORES y ERRORES EN SU REDACCION

  • 1. Jurado Nacional de Elecciones Resolución N.° 3000-A-2014-JNE 1 Expediente N.° J-2014-3215 PAZOS - TAYACAJA - HUANCAVELICA JEE TAYACAJA (EXPEDIENTE N.° 0117-2014-037) ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2014 RECURSO DE APELACIÓN Lima, tres de octubre de dos mil catorce VISTO el recurso de apelación interpuesto por Willian Salas Félix, personero legal titular de la organización política Movimiento Independiente Regional Ayllu, en contra de la Resolución N.° 004-2014-JEE-TAYACAJA/JNE, de fecha 24 de setiembre de 2014, expedida por el Jurado Electoral Especial de Tayacaja, que resolvió a excluir a Juvencio Quispe Huachos, candidato al cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Pazos, provincia de Tayacaja, departamento de Huancavelica, por la citada organización política, en el marco del proceso de elecciones municipales de 2014. ANTECEDENTES Mediante la resolución venida en grado, el Jurado Electoral Especial de Tayacaja (en adelante JEE) dispuso excluir a Juvencio Quispe Huachos, candidato al cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Pazos, provincia de Tayacaja, departamento de Huancavelica, por considerar que el candidato en mención registró información falsa en el rubro formación académica de su declaración jurada de vida. En su recurso de apelación, la organización política Movimiento Independiente Regional Ayllu manifestó que el JEE no valoró la documentación presentada con su escrito de descargo, que acreditan que el candidato sí llevó el curso capacitación técnica en el Centro Tecnológico de Soldadura SOLDEX. En cuanto a lo declarado por el candidato respecto a sus estudios universitarios en la carrera de Derecho, la organización política señaló que el pedido de exclusión planteado por Amador Sullca Reymundo - del cual el JEE le corriera traslado -, no cuestionó si el candidato los concluyó, tal como se registró en su hoja de vida, por lo que se ha vulnerado el debido proceso, pues los vouchers de pago que se anexaron al escrito de descargo fue únicamente para acreditar que el candidato cursó sus estudios en la Universidad Continental de Ciencias e Ingeniería, hoy Universidad Continental. En autos obra también el Informe N. ° 057-2014-VAPY-CF-JEE-TAYACAJA/JNE-ERM 2014, de fecha 26 de setiembre de 2014, que el coordinador de fiscalización del JEE dirige al presidente del mismo, indicando que por Oficio N.° 069-14-R/UC, del 22 de agosto de 2014, el rector de la Universidad Continental informó que el candidato aún no ha terminado sus estudios universitarios. Con fecha 27 de febrero de 2014, el JEE corrió traslado de dicho informe al personero legal de la organización política Movimiento Independiente Regional Ayllu, y por Resolución N.° 006-2014-JEE-TAYACAJA/JNE, del 29 de setiembre de 2014, el JEE dispuso que se esté a lo resuelto en la resolución venida en grado. CONSIDERANDOS 1. Los artículos 10, numeral 10.2, y 38, numeral 38.1, del Reglamento de Inscripción de Listas de Candidatos para Elecciones Municipales, aprobado por Resolución N.° 271- 2014-JNE, en concordancia con lo establecido en el artículo 23 de la Ley N.° 28094, Ley de Partidos Políticos, establecen que los Jurados Electorales Especiales dispondrán la exclusión de un candidato cuando se advierta la incorporación de información falsa en su declaración jurada de vida.
  • 2. Jurado Nacional de Elecciones Resolución N.° 3000-A-2014-JNE 2 2. Sobre el particular, de la revisión de su declaración jurada de vida, se advierte que el candidato Jorge Alberto Villanueva Aldave consignó la siguiente información III. FORMACIÓN ACADÉMICA Estudios técnicos Nombre del centro de estudio : C.T. de Soldadura SOLDEX Lugar : Perú - Lima - Lima - Lima Especialidad : Soldadura metálica Curso : Soldaduras especiales Estado : Concluido Periodo : 2009 - 2010 Educación universitaria Nombre de la Universidad : Universidad Continental de Ciencias e Ingeniería Lugar : Perú - Junín - Huancayo - Huancayo Nombre de la Facultad : Derecho y Ciencias Políticas Carrera : Derecho y Ciencias Políticas Estado : Concluido Grado / Título : Ninguno N.° Registro ANR : Periodo : 2008 a 2013 3. En la resolución venida en grado, el JEE concluye que lo registrado por el candidato en su hoja de vida, respecto a sus estudios técnicos, carece de veracidad porque la empresa Soldadura Sodexa, que emitió el certificado de capacitación presentado con el escrito de descargo, “no cuenta con la facultad otorgada por el Ministerio de Educación de poder otorgar títulos técnicos”. 4. Al respecto, de autos se aprecia que la organización política presentó la siguiente documentación:  Certificado de participación en la Sétima Jornada de Carpintería Metálica 2008, de 9 horas teórico prácticas, de fecha 28 de marzo de 2008, emitido a nombre del candidato, suscrito por los representantes de las empresas Corporación Aceros Arequipa S.A. y Soldex S.A., y un funcionario del Ministerio de la Producción.  Certificado de participación en el Taller Carpintería Metálica - Electrodo FACILITO 11, de fecha 20 de abril de 2012, emitido a nombre del candidato, suscrito por los representantes de las empresas Soldex S.A. y Oerlikon.  Licencia de apertura para funcionamiento de establecimientos comerciales y actividades profesionales y servicios, de fecha 11 de junio de 2008, emitida por la Municipalidad Distrital de Cholca a nombre del candidato, autorizando el inicio de actividades de carpintería metálica. 5. En el caso concreto, este Colegiado Electoral considera que lo verdaderamente relevante es determinar si el candidato recibió o no la capacitación técnica declarada bajo juramento en su hoja de vida. Y de la documentación mencionada en el acápite anterior, no cabe sino concluir que el candidato participó en cursos y talleres de carpintería metálica en los años 2008 y 2012, esto es, en un una especialidad y periodos distintos a los registrados en su hoja de vida. Sin embargo, las inexactitudes antes anotadas no enervan el hecho de que el candidato sí cursó estudios técnicos, al
  • 3. Jurado Nacional de Elecciones Resolución N.° 3000-A-2014-JNE 3 punto que la Municipalidad Provincial de Chilca le concedió una licencia de funcionamiento para realizar actividades en carpintería metálica. 6. En cuanto a la conclusión de sus estudios universitarios, se aprecia que, efectivamente, en el pedido de exclusión presentado por Amador Sullca Reymundo - y que el JEE trasladó a la organización política para la presentación de los descargos correspondientes - no se discutió si el candidato los concluyó o no; tan solo se cuestionó el nombre de la universidad que registró en la hoja de vida, la cual, por Resolución N.° 448-2012-CONAFU, del 5 de setiembre de 2012, pasó a denominarse Universidad Continental. Sin embargo, el JEE resolvió que la organización política no presentó “pruebas fehacientes” que demostraran que el candidato haya concluido la carrera de Derecho. 7. Ahora bien, con posterioridad a la emisión de la resolución venida en grado, y en atención al Informe N. ° 057-2014-VAPY-CF-JEE-TAYACAJA/JNE-ERM 2014, de fecha también posterior, el JEE emitió la Resolución N.° 006-2014-JEE-TAYACAJA/JNE, del 29 de setiembre de 2014, disponiendo que se esté a lo resuelto en la resolución apelada. Sin embargo, esa decisión no puede ser apreciada como un supuesto de integración de resoluciones, pues como se señaló, en primera instancia no fue materia de controversia la conclusión de los estudios universitarios del candidato. 8. Por otra parte, en autos obra también la constancia emitida por la Oficina de Titulación de la Universidad Continental, de fecha 6 de febrero de 2013, en la que se hace constar que el candidato ha participado en el I Curso de Actualización de Conocimientos de la Escuela Académico Profesional de Derecho para optar el Título Profesional, en el periodo comprendido de noviembre de 2012 a enero de 2013. 9. Del análisis del Oficio N.° 069-14-R/UC, del 22 de agosto de 2014, anexo al Informe N. ° 057-2014-VAPY-CF-JEE-TAYACAJA/JNE-ERM 2014, y la constancia emitida por la Oficina de Titulación de la Universidad Continental, se concluye que la veracidad de la información consignada en la declaración jurada de vida del candidato no ha sido desvirtuada, pues ambos aportan información contradictoria. En efecto, no se explica cómo el candidato pudo haber seguido un curso de titulación si previamente no concluyó los estudios de la carrera de Derecho. 10. Ante las circunstancias antes descritas, no resulta legítimo optar por restringir el ejercicio del derecho fundamental de participación política del ciudadano Juvencio Quispe Huachos y disponer la exclusión de su candidatura del presente proceso de elecciones municipales. 11. Por los fundamentos expuestos, corresponde declarar fundado el recurso de apelación y disponer que el JEE realice la anotación marginal en la hoja de vida del candidato Juvencio Quispe Huachos, a fin de que se registre con precisión la especialidad y cursos seguidos en el rubro estudios técnicos, así como el periodo de los mismos. En cuanto a los estudios universitarios, deberá remitirse copia de los presentes actuados a la Dirección Nacional de Fiscalización y Procesos Electorales del Jurado Nacional de Elecciones, a fin de que realice la respectiva investigación y emita el informe correspondiente.
  • 4. Jurado Nacional de Elecciones Resolución N.° 3000-A-2014-JNE 4 Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo primero.- Declarar FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por Willian Salas Félix, personero legal titular de la organización política Movimiento Independiente Regional Ayllu, REVOCAR la Resolución N.° 004-2014-JEE-TAYACAJA/JNE, de fecha 24 de setiembre de 2014, expedida por el Jurado Electoral Especial de Tayacaja, que resolvió a excluir a Juvencio Quispe Huachos, candidato al cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Pazos, provincia de Tayacaja, departamento de Huancavelica, por la citada organización política, y, en consecuencia, DISPONER que dicho Jurado Electoral Especial inscriba su candidatura. Artículo segundo.- DISPONER que el Jurado Electoral Especial de Huaylas realice la anotación marginal en la declaración jurada de vida del candidato Juvencio Quispe Huachos, conforme a lo señalado en los considerandos de la presente resolución. Artículo tercero.- REMITIR copia de los presentes actuados a la Dirección Nacional de Fiscalización y Procesos Electorales del Jurado Nacional de Elecciones, a fin de que ejerza sus competencias conforme a ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TÁVARA CÓRDOVA CHÁVARRY VALLEJOS AYVAR CARRASCO CORNEJO GUERRERO RODRÍGUEZ VÉLEZ Samaniego Monzón Secretario General dpr