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SISTEMA FINANCIERO EN CHILE
Finanzas III – G. Hormazábal P.
       Miércoles 14 de Abril de 2010
INTRODUCCIÓN

Robinson(1952) y Merton
(1998) argumentan que el
desarrollo financiero de los
países    es   causante    del
desarrollo económico de los
mismos. Levin (1997) enuncia
el rol de los mercados
financieros como impulsores
del desarrollo, mientras que
Lucas (1988) lo desestima.

Los activos del sistema financiero incluyen los pasivos líquidos del sistema bancario, la
capitalización del mercado accionario, los bonos privados domésticos y los bonos públicos
domésticos.
                                                     Fuente: Beck, Demirguç-Kunt y Levine (2003)
INTRODUCCIÓN

Los sistemas financieros surgen con el propósito de
reducir los costos y minimizar las fricciones y asimetrías
que existen en los mercados.

El modo en que estos problemas se resuelven influye en
las decisiones de ahorro e inversión, y afectan a la
asignación de recursos de las economías y al crecimiento
económico.
DESARROLLO FINANCIERO
                                           EN CHILE
   ’60s : Economía cerrada al comercio mundial y alta
          intervención estatal.

   ’74s : Liberación de tasas de interés, eliminación de
          controles crediticios, alta privatización.

   ’85s : Revisión de las instituciones, nueva Ley de
          Bancos, Ley de Quiebras, Reforma de
          Pensiones.
DESARROLLO FINANCIERO
                    EN CHILE
  ’90s :   Liberalización y profundización,
           internacionalización de la banca.



  2001:    Ley de OPAS, Ley de Mercado de Capitales, I,
           II y III, desregulación de la industria de
           Fondos Mutuos y de Seguros, Multifondos.
SISTEMA FINANCIERO
                     HOY
ESTRUCTURA DEL MERCADO
                    CHILENO




               Fuente: Superintendencia de Valores y Seguros, 2010
ESTRUCTURA DEL MERCADO
  Principales emisores de valores


  Sociedades anónimas abiertas,
  Bancos e instituciones financieras,
  Fondos institucionales,
  Banco Central,
  Tesorería General de la República
  Instituto de Normalización Previsional (INP),
  Sociedades securitizadoras,
  Emisores extranjeros.
ESTRUCTURA DEL MERCADO
       Principales emisores de valores


 Sociedades Anónimas:
   Pueden emitir títulos de renta variable (acciones) y
   títulos de renta fija (principalmente bonos y efectos de
   comercio).

 Bancos e Instituciones Financieras:
   Participan en el mercado a través de la emisión de
   depósitos, letras hipotecarias y bonos bancarios, entre
   otros.
ESTRUCTURA DEL MERCADO
       Principales emisores de valores

 Fondos Patrimoniales o Institucionales:
   Fondos mutuos, Fondos de inversión, Fondos de
   inversión de capital extranjero y Fondos para la
   vivienda.

 Instituciones Públicas:
   Banco Central de Chile: bonos y pagarés con diferentes
   denominaciones.
   Tesorería General de la República: bonos.
   Instituto de Normalización Previsional: bonos de
   reconocimiento.
   Empresas públicas.
ESTRUCTURA DEL MERCADO
        Principales emisores de valores

 Sociedades Securitizadoras:
   Adquieren activos o derechos sobre flujos futuros con los
   cuales constituyen un patrimonio separado que respalda
   la emisión de un bono securitizado que se ofrece
   públicamente en el mercado.

 Emisores Extranjeros:
  Cuotas de fondos, Acciones y Certificados de Depósitos
  de Valores (CDV). Deben inscribirse en un registro
  público especial denominado “Registro de Valores
  Extranjeros”.
ESTRUCTURA DEL MERCADO
          Intermediarios Financieros


Intermediarios      Operaciones de     Sociedades de
  Corredores de     intermediación     apoyo a la
  bolsa.               Bolsas de       intermediación
  Agentes de           valores.           Cámaras de
  valores.             Extra              compensación.
  Bancos e             bursátil.          Depósito
  instituciones                           central de
  financieras.                            valores.
ESTRUCTURA DEL MERCADO
           Intermediarios Financieros

• Los intermediarios tienen por objeto exclusivo el corretaje de
  valores.

• Custodia de valores; administración de cartera de terceros;
  asesoría y comisión específica para la compra y venta de
  valores en mercados de valores extranjeros; prestación de
  asesorías o realización de determinados estudios;
  representación de personas naturales o jurídicas, nacionales o
  extranjeras en algunas materias, y realización de "contratos
  forwards", entre otras.
ESTRUCTURA DEL MERCADO
            Intermediarios Financieros

• Bolsas de Valores:
  Tienen por objeto proveer a sus miembros (corredores) la
  implementación necesaria para que puedan realizar eficazmente, las
  transacciones de valores mediante mecanismos continuos de
  subasta pública y para que puedan efectuar las demás actividades de
  intermediación de valores que procedan en conformidad a la ley, de
  manera de asegurar la existencia de un mercado competitivo,
  ordenado y transparente.

• Cámaras de Compensación:
  Tienen por objeto ser la contraparte de todas las compras y ventas
  de contratos a futuro, de opciones sobre valores y otros de similar
  naturaleza que autorice la SVS. Estas entidades sólo pueden estar
  constituidas por bolsas de valores y sus respectivos corredores.
ESTRUCTURA DEL MERCADO
           Intermediarios Financieros

• Depósitos Centralizados de Valores:
  Son instituciones especializadas en la inmovilización, custodia
  y transferencia de valores. La inmovilización es un aspecto
  fundamental, ya que al lograr reunir los instrumentos que se
  transan se evita que las transferencias de propiedad
  impliquen el traspaso físico de los valores desde el vendedor al
  comprador, disminuyendo los riesgos asociados y creando
  una oportunidad para la disminución de los costos de
  transacción. Asimismo, el sistema de registro en cuenta hace
  posible la emisión de valores en forma desmaterializada.
DEMANDA DE VALORES
           Inversionistas

• La Ley de Mercado de Valores señala que los inversionistas
  institucionales son bancos, sociedades financieras, compañías
  de seguros, entidades nacionales de reaseguro y
  administradoras de fondos autorizados por ley.

• Otra figura definida por la regulación del mercado de valores
  es el inversionista calificado. La normativa considera que se
  puede clasificar en dicha categoría a todos los inversionistas
  institucionales, a los intermediarios de valores y a las
  personas naturales o jurídicas que declaren y acrediten contar
  con inversiones financieras no inferiores a 2.000 UF.
DEMANDA DE VALORES
           Inversionistas Institucionales

• Fondos de Pensiones:
  Son los inversionistas institucionales más importantes en
  términos de volúmenes de inversión. Su administración es
  ejercida por sociedades anónimas especiales, de objeto
  exclusivo y deben contar con un patrimonio mínimo.

• Compañías de Seguros:
  Las compañías de seguros se dividen en de vida o generales:
  las primeras, además de comercializar seguros de vida,
  también ofrecen rentas vitalicias, giro por el cual captan
  abundantes recursos, los cuales son prioritariamente
  invertidos en instrumentos de deuda de largo plazo.
DEMANDA DE VALORES
           Inversionistas Institucionales

• Fondos Mutuos:
  Patrimonio integrado por aportes de personas naturales y
  jurídicas para su inversión en valores de oferta pública. El
  patrimonio de cada fondo mutuo se divide en cuotas
  rescatables, todas ellas de igual valor y características.

• Fondos de Inversión:
  Patrimonio integrado por aportes de personas naturales y
  jurídicas para su inversión en valores y bienes que autorice la
  Ley de Fondos de Inversión.
DEMANDA DE VALORES
           Inversionistas Institucionales

• Fondos de Inversión de Capital Extranjero (FICE) y
  Fondos de Inversión de Capital Extranjero de Riesgo
  (FICER):
  Los fondos de inversión de capital extranjero están regulados
  por la Ley 18.657 y son fondos cuyo patrimonio está formado
  por aportes realizados fuera del territorio nacional por
  personas naturales o jurídicas.

  Los FICE sólo invierten en valores de oferta pública y los
  FICER invierten en valores de emisores no registrados en la
  SVS.
DEMANDA DE VALORES
           Inversionistas Institucionales

• Fondos para la Vivienda:
  El fondo para la vivienda es un patrimonio constituido con los
  recursos depositados en las cuentas de ahorro para
  arrendamiento de viviendas con promesa de compraventa. La
  forma en que se pueden invertir estos recursos está
  determinada por la Ley de Leasing Habitacional N° 19.281. La
  administración de estos fondos es ejercida por sociedades
  anónimas especiales, de objeto exclusivo cuya existencia
  requiere de una autorización previa de la Superintendencia
DEMANDA DE VALORES
           Inversionistas Institucionales

• Inversionistas Extranjeros:
  Participan activamente en nuestro mercado a través de
  diferentes mecanismos para ingresar sus capitales. Entre ellos
  se encuentran: el Decreto Ley 600, a través de un contrato de
  inversión; la Ley Nº 18.657, que crea los Fondos de Inversión
  de Capital Extranjero; el Capítulo XIV del Compendio de
  Normas de Cambios Internacionales del Banco Central, a
  través de aportes de capital o créditos externos, y el Título
  XXIV de la Ley de Mercado de Valores, que regula la oferta
  pública de valores extranjeros en el país, en la cual pueden
  participar como oferentes y demandantes inversionistas
  extranjeros.
LEYES Y REGULACIONES
                        DEL MERCADO CHILENO
• Ley N°20.382,
  ▫ Introduce Perfeccionamientos a la Normativa que Regula los
    Gobiernos Corporativos de las Empresas.
• Ley N°20.345,
  ▫ sobre Sistema de Compensación y Liquidación de Instrumentos
    Financieros.
• Ley N°20.190 (MK2)
  ▫ Introduce adecuaciones tributarias e institucionales para el
    fomento de la industria de capital de riesgo y continúa el proceso
    de modernización del Mercado de Capitales
• Ley N° 20.019,
  ▫ regula a las Sociedades Anónimas Deportivas Profesionales.
LEYES Y REGULACIONES
                        DEL MERCADO CHILENO
• Ley N° 20.108,
  ▫ prorroga plazos de la Ley N° 20.019.

• D.S N° 75, de 2006,
  ▫ aprueba Reglamento sobre Organizaciones Deportivas.

• Ley Nº19.769.
  ▫ Flexibiliza las inversiones de los Fondos Mutuos y Compañías de
    Seguro, crea Administradora General de Fondos, facilita la
    internacionalización de la Banca, y perfecciona leyes de
    Sociedades Anónimas y de Fondos de Inversiones.
LEYES Y REGULACIONES
                        DEL MERCADO CHILENO
• Ley Nº19.768.
  ▫ Introduce adecuaciones de índole tributaria al mercado de
    capitales y flexibiliza el mecanismo de ahorro voluntario.

• Ley Nº 19.705.
  ▫ Regula las Ofertas Públicas de Adquisición de Acciones (OPAS) y
    establece régimen de Gobiernos Corporativos.
• Ley Nº 18.045
  ▫ de Mercado de Valores "incluye última modificación
    introducida por la ley N° 20.382, publicada en el Diario
    Oficial de 20 de octubre de 2009.
LEYES Y REGULACIONES
                    DEL MERCADO CHILENO
• D.S. de Hda. Nº 587de 1982,
 ▫ Reglamento de Sociedades Anónimas.
• D.L. Nº 1.328 de 1976,
 ▫ sobre Administración de Fondos Mutuos.
• D.S. de Hda. Nº 249 de 1982,
 ▫ Reglamento de Fondos Mutuos,
• Ley Nº 18.657
 ▫ de Fondos de Inversión de Capital Extranjero
• Ley Nº 18.815
 ▫ sobre Fondos de Inversión.
LEYES Y REGULACIONES
                      DEL MERCADO CHILENO
• Ley Nº 19.281,
  ▫ Arrendamiento de Viviendas con Promesa de Compraventa.

• D.S.Nº 120 de 1995,
  ▫ Reglamento sobre arrendamiento de viviendas con promesa
    de compraventa.

• Ley Nº 19.220,
  ▫ Regula Establecimiento de Bolsas de Productos
    Agropecuarios (incluye modificaciones introducidas por la
    ley N°19.826, actualizada al 24 de enero de 2003.
REGULADORES Y FISCALIZADORES
          DEL MERCADO CHILENO
• El Banco Central de Chile también cumple una función
  reguladora a través de la normativa que emite en
  relación con el mercado monetario y cambiario.

• Además, el Banco Central regula las transacciones de los
  denominados American Depositary Receipts (ADRs), los
  límites en las inversiones de instrumentos en el
  extranjero que posean los inversionistas institucionales y
  el ingreso y salida de divisas para esos fondos, dentro de
  otras funciones.
REGULADORES Y FISCALIZADORES
          DEL MERCADO CHILENO
• Los participantes del mercado, y sus operaciones, son
  regulados y fiscalizados por:
  ▫ Superintendencia de Valores y Seguros (SVS), que
    supervisa los mercados de valores y de seguros;

  ▫ Superintendencia de Administradoras de Fondos de
    Pensiones (SAFP), que regula y fiscaliza el sistema de
    pensiones y el Seguro de Cesantía

  ▫ Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras
    (SBIF), que regula y fiscaliza el sistema bancario.
REGULADOS
                          DEL MERCADO CHILENO

• Emisores de valores (Ley N° 18.045)

• Sociedades anónimas abiertas (Ley Nº 18.045 y Ley N° 18.046)

• Sociedades en comandita por acciones (Ley Nº 18.045)

• Agentes de valores (Título VI, Ley Nº 18.045)

• Corredores de bolsas (Título VI, Ley Nº 18.045)

• Bolsas de valores (Título VII, Ley Nº 18.045)

• Administradoras de fondos mutuos y los fondos que administran (DL
  Nº 1.328, de 1976)
REGULADOS
                       DEL MERCADO CHILENO


• Administradoras de fondos de inversión y los fondos que
  administran (Ley Nº 18.815).

• Administradoras de fondos de inversión de capital extranjero
  y los fondos que administran (Ley Nº 18.657).

• Clasificadoras de riesgo (Título XIV de la Ley Nº 18.045).

• Empresas de valores y custodia de valores (Ley Nº 18.876).
REGULADOS
                      DEL MERCADO CHILENO
• Auditores externos independientes (Art. 52, Ley Nº 18.046)

• Arrendamiento de vivienda con promesa de compraventa:
  administradoras de fondos para la vivienda, los fondos que
  estas sociedades administran y las sociedades inmobiliarias
  (Ley Nº 19.281).

• Sociedades securitizadoras (Título XVIII, Ley Nº 18.045)

• Cámaras de compensación (Título XIX, Ley Nº 18.045)

• Emisores de valores extranjeros (Certificados de Depósito de
  Valor, CDV) (Título XXIV, Ley N° 18.045)
ENTIDADES DE APOYO A LA
                                      INTERMEDIACIÓN

• Son organismos privados que contribuyen a la labor de
  fiscalización de los órganos reguladores, mediante el análisis y
  validación de la información financiera de las sociedades. Este
  es el caso de las clasificadoras de riesgo y de los auditores
  externos.
  ▫ Clasificadoras:
      Feller, Humpreys, Fitch, ICR.

  ▫ Auditores:
      PriceWaterHouseCoopers, Delloite, KPMG, Ernst &Young, Surlatina.
ENTIDADES DE APOYO A LA
                                   INTERMEDIACIÓN
• Clasificadoras de Riesgo:
  ▫ Clasifican valores de oferta pública y otros que autorice la SVS. La
    clasificación de riesgo es obligatoria para los bonos y efectos de
    comercio y voluntaria para las acciones y las cuotas de fondos
    mutuos.

• Auditores Externos:
  ▫ Constatan que la información proporcionada a la SVS y al público
    en general, es una expresión verdadera de la situación financiera
    de las sociedades fiscalizadas. Examina la contabilidad,
    inventario, balance y otros estados financieros y expresar su
    opinión profesional e independiente sobre dichos documentos.
SISTEMA FINANCIERO EN CHILE
Finanzas III – G. Hormazábal P.
       Miércoles 14 de Abril de 2010

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Sistema financiero chileno: estructura, regulaciones e inversionistas

  • 1. SISTEMA FINANCIERO EN CHILE Finanzas III – G. Hormazábal P. Miércoles 14 de Abril de 2010
  • 2. INTRODUCCIÓN Robinson(1952) y Merton (1998) argumentan que el desarrollo financiero de los países es causante del desarrollo económico de los mismos. Levin (1997) enuncia el rol de los mercados financieros como impulsores del desarrollo, mientras que Lucas (1988) lo desestima. Los activos del sistema financiero incluyen los pasivos líquidos del sistema bancario, la capitalización del mercado accionario, los bonos privados domésticos y los bonos públicos domésticos. Fuente: Beck, Demirguç-Kunt y Levine (2003)
  • 3. INTRODUCCIÓN Los sistemas financieros surgen con el propósito de reducir los costos y minimizar las fricciones y asimetrías que existen en los mercados. El modo en que estos problemas se resuelven influye en las decisiones de ahorro e inversión, y afectan a la asignación de recursos de las economías y al crecimiento económico.
  • 4. DESARROLLO FINANCIERO EN CHILE ’60s : Economía cerrada al comercio mundial y alta intervención estatal. ’74s : Liberación de tasas de interés, eliminación de controles crediticios, alta privatización. ’85s : Revisión de las instituciones, nueva Ley de Bancos, Ley de Quiebras, Reforma de Pensiones.
  • 5. DESARROLLO FINANCIERO EN CHILE ’90s : Liberalización y profundización, internacionalización de la banca. 2001: Ley de OPAS, Ley de Mercado de Capitales, I, II y III, desregulación de la industria de Fondos Mutuos y de Seguros, Multifondos.
  • 7. ESTRUCTURA DEL MERCADO CHILENO Fuente: Superintendencia de Valores y Seguros, 2010
  • 8. ESTRUCTURA DEL MERCADO Principales emisores de valores Sociedades anónimas abiertas, Bancos e instituciones financieras, Fondos institucionales, Banco Central, Tesorería General de la República Instituto de Normalización Previsional (INP), Sociedades securitizadoras, Emisores extranjeros.
  • 9. ESTRUCTURA DEL MERCADO Principales emisores de valores Sociedades Anónimas: Pueden emitir títulos de renta variable (acciones) y títulos de renta fija (principalmente bonos y efectos de comercio). Bancos e Instituciones Financieras: Participan en el mercado a través de la emisión de depósitos, letras hipotecarias y bonos bancarios, entre otros.
  • 10. ESTRUCTURA DEL MERCADO Principales emisores de valores Fondos Patrimoniales o Institucionales: Fondos mutuos, Fondos de inversión, Fondos de inversión de capital extranjero y Fondos para la vivienda. Instituciones Públicas: Banco Central de Chile: bonos y pagarés con diferentes denominaciones. Tesorería General de la República: bonos. Instituto de Normalización Previsional: bonos de reconocimiento. Empresas públicas.
  • 11. ESTRUCTURA DEL MERCADO Principales emisores de valores Sociedades Securitizadoras: Adquieren activos o derechos sobre flujos futuros con los cuales constituyen un patrimonio separado que respalda la emisión de un bono securitizado que se ofrece públicamente en el mercado. Emisores Extranjeros: Cuotas de fondos, Acciones y Certificados de Depósitos de Valores (CDV). Deben inscribirse en un registro público especial denominado “Registro de Valores Extranjeros”.
  • 12. ESTRUCTURA DEL MERCADO Intermediarios Financieros Intermediarios Operaciones de Sociedades de Corredores de intermediación apoyo a la bolsa. Bolsas de intermediación Agentes de valores. Cámaras de valores. Extra compensación. Bancos e bursátil. Depósito instituciones central de financieras. valores.
  • 13. ESTRUCTURA DEL MERCADO Intermediarios Financieros • Los intermediarios tienen por objeto exclusivo el corretaje de valores. • Custodia de valores; administración de cartera de terceros; asesoría y comisión específica para la compra y venta de valores en mercados de valores extranjeros; prestación de asesorías o realización de determinados estudios; representación de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras en algunas materias, y realización de "contratos forwards", entre otras.
  • 14. ESTRUCTURA DEL MERCADO Intermediarios Financieros • Bolsas de Valores: Tienen por objeto proveer a sus miembros (corredores) la implementación necesaria para que puedan realizar eficazmente, las transacciones de valores mediante mecanismos continuos de subasta pública y para que puedan efectuar las demás actividades de intermediación de valores que procedan en conformidad a la ley, de manera de asegurar la existencia de un mercado competitivo, ordenado y transparente. • Cámaras de Compensación: Tienen por objeto ser la contraparte de todas las compras y ventas de contratos a futuro, de opciones sobre valores y otros de similar naturaleza que autorice la SVS. Estas entidades sólo pueden estar constituidas por bolsas de valores y sus respectivos corredores.
  • 15. ESTRUCTURA DEL MERCADO Intermediarios Financieros • Depósitos Centralizados de Valores: Son instituciones especializadas en la inmovilización, custodia y transferencia de valores. La inmovilización es un aspecto fundamental, ya que al lograr reunir los instrumentos que se transan se evita que las transferencias de propiedad impliquen el traspaso físico de los valores desde el vendedor al comprador, disminuyendo los riesgos asociados y creando una oportunidad para la disminución de los costos de transacción. Asimismo, el sistema de registro en cuenta hace posible la emisión de valores en forma desmaterializada.
  • 16. DEMANDA DE VALORES Inversionistas • La Ley de Mercado de Valores señala que los inversionistas institucionales son bancos, sociedades financieras, compañías de seguros, entidades nacionales de reaseguro y administradoras de fondos autorizados por ley. • Otra figura definida por la regulación del mercado de valores es el inversionista calificado. La normativa considera que se puede clasificar en dicha categoría a todos los inversionistas institucionales, a los intermediarios de valores y a las personas naturales o jurídicas que declaren y acrediten contar con inversiones financieras no inferiores a 2.000 UF.
  • 17. DEMANDA DE VALORES Inversionistas Institucionales • Fondos de Pensiones: Son los inversionistas institucionales más importantes en términos de volúmenes de inversión. Su administración es ejercida por sociedades anónimas especiales, de objeto exclusivo y deben contar con un patrimonio mínimo. • Compañías de Seguros: Las compañías de seguros se dividen en de vida o generales: las primeras, además de comercializar seguros de vida, también ofrecen rentas vitalicias, giro por el cual captan abundantes recursos, los cuales son prioritariamente invertidos en instrumentos de deuda de largo plazo.
  • 18. DEMANDA DE VALORES Inversionistas Institucionales • Fondos Mutuos: Patrimonio integrado por aportes de personas naturales y jurídicas para su inversión en valores de oferta pública. El patrimonio de cada fondo mutuo se divide en cuotas rescatables, todas ellas de igual valor y características. • Fondos de Inversión: Patrimonio integrado por aportes de personas naturales y jurídicas para su inversión en valores y bienes que autorice la Ley de Fondos de Inversión.
  • 19. DEMANDA DE VALORES Inversionistas Institucionales • Fondos de Inversión de Capital Extranjero (FICE) y Fondos de Inversión de Capital Extranjero de Riesgo (FICER): Los fondos de inversión de capital extranjero están regulados por la Ley 18.657 y son fondos cuyo patrimonio está formado por aportes realizados fuera del territorio nacional por personas naturales o jurídicas. Los FICE sólo invierten en valores de oferta pública y los FICER invierten en valores de emisores no registrados en la SVS.
  • 20. DEMANDA DE VALORES Inversionistas Institucionales • Fondos para la Vivienda: El fondo para la vivienda es un patrimonio constituido con los recursos depositados en las cuentas de ahorro para arrendamiento de viviendas con promesa de compraventa. La forma en que se pueden invertir estos recursos está determinada por la Ley de Leasing Habitacional N° 19.281. La administración de estos fondos es ejercida por sociedades anónimas especiales, de objeto exclusivo cuya existencia requiere de una autorización previa de la Superintendencia
  • 21. DEMANDA DE VALORES Inversionistas Institucionales • Inversionistas Extranjeros: Participan activamente en nuestro mercado a través de diferentes mecanismos para ingresar sus capitales. Entre ellos se encuentran: el Decreto Ley 600, a través de un contrato de inversión; la Ley Nº 18.657, que crea los Fondos de Inversión de Capital Extranjero; el Capítulo XIV del Compendio de Normas de Cambios Internacionales del Banco Central, a través de aportes de capital o créditos externos, y el Título XXIV de la Ley de Mercado de Valores, que regula la oferta pública de valores extranjeros en el país, en la cual pueden participar como oferentes y demandantes inversionistas extranjeros.
  • 22. LEYES Y REGULACIONES DEL MERCADO CHILENO • Ley N°20.382, ▫ Introduce Perfeccionamientos a la Normativa que Regula los Gobiernos Corporativos de las Empresas. • Ley N°20.345, ▫ sobre Sistema de Compensación y Liquidación de Instrumentos Financieros. • Ley N°20.190 (MK2) ▫ Introduce adecuaciones tributarias e institucionales para el fomento de la industria de capital de riesgo y continúa el proceso de modernización del Mercado de Capitales • Ley N° 20.019, ▫ regula a las Sociedades Anónimas Deportivas Profesionales.
  • 23. LEYES Y REGULACIONES DEL MERCADO CHILENO • Ley N° 20.108, ▫ prorroga plazos de la Ley N° 20.019. • D.S N° 75, de 2006, ▫ aprueba Reglamento sobre Organizaciones Deportivas. • Ley Nº19.769. ▫ Flexibiliza las inversiones de los Fondos Mutuos y Compañías de Seguro, crea Administradora General de Fondos, facilita la internacionalización de la Banca, y perfecciona leyes de Sociedades Anónimas y de Fondos de Inversiones.
  • 24. LEYES Y REGULACIONES DEL MERCADO CHILENO • Ley Nº19.768. ▫ Introduce adecuaciones de índole tributaria al mercado de capitales y flexibiliza el mecanismo de ahorro voluntario. • Ley Nº 19.705. ▫ Regula las Ofertas Públicas de Adquisición de Acciones (OPAS) y establece régimen de Gobiernos Corporativos. • Ley Nº 18.045 ▫ de Mercado de Valores "incluye última modificación introducida por la ley N° 20.382, publicada en el Diario Oficial de 20 de octubre de 2009.
  • 25. LEYES Y REGULACIONES DEL MERCADO CHILENO • D.S. de Hda. Nº 587de 1982, ▫ Reglamento de Sociedades Anónimas. • D.L. Nº 1.328 de 1976, ▫ sobre Administración de Fondos Mutuos. • D.S. de Hda. Nº 249 de 1982, ▫ Reglamento de Fondos Mutuos, • Ley Nº 18.657 ▫ de Fondos de Inversión de Capital Extranjero • Ley Nº 18.815 ▫ sobre Fondos de Inversión.
  • 26. LEYES Y REGULACIONES DEL MERCADO CHILENO • Ley Nº 19.281, ▫ Arrendamiento de Viviendas con Promesa de Compraventa. • D.S.Nº 120 de 1995, ▫ Reglamento sobre arrendamiento de viviendas con promesa de compraventa. • Ley Nº 19.220, ▫ Regula Establecimiento de Bolsas de Productos Agropecuarios (incluye modificaciones introducidas por la ley N°19.826, actualizada al 24 de enero de 2003.
  • 27. REGULADORES Y FISCALIZADORES DEL MERCADO CHILENO • El Banco Central de Chile también cumple una función reguladora a través de la normativa que emite en relación con el mercado monetario y cambiario. • Además, el Banco Central regula las transacciones de los denominados American Depositary Receipts (ADRs), los límites en las inversiones de instrumentos en el extranjero que posean los inversionistas institucionales y el ingreso y salida de divisas para esos fondos, dentro de otras funciones.
  • 28. REGULADORES Y FISCALIZADORES DEL MERCADO CHILENO • Los participantes del mercado, y sus operaciones, son regulados y fiscalizados por: ▫ Superintendencia de Valores y Seguros (SVS), que supervisa los mercados de valores y de seguros; ▫ Superintendencia de Administradoras de Fondos de Pensiones (SAFP), que regula y fiscaliza el sistema de pensiones y el Seguro de Cesantía ▫ Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF), que regula y fiscaliza el sistema bancario.
  • 29. REGULADOS DEL MERCADO CHILENO • Emisores de valores (Ley N° 18.045) • Sociedades anónimas abiertas (Ley Nº 18.045 y Ley N° 18.046) • Sociedades en comandita por acciones (Ley Nº 18.045) • Agentes de valores (Título VI, Ley Nº 18.045) • Corredores de bolsas (Título VI, Ley Nº 18.045) • Bolsas de valores (Título VII, Ley Nº 18.045) • Administradoras de fondos mutuos y los fondos que administran (DL Nº 1.328, de 1976)
  • 30. REGULADOS DEL MERCADO CHILENO • Administradoras de fondos de inversión y los fondos que administran (Ley Nº 18.815). • Administradoras de fondos de inversión de capital extranjero y los fondos que administran (Ley Nº 18.657). • Clasificadoras de riesgo (Título XIV de la Ley Nº 18.045). • Empresas de valores y custodia de valores (Ley Nº 18.876).
  • 31. REGULADOS DEL MERCADO CHILENO • Auditores externos independientes (Art. 52, Ley Nº 18.046) • Arrendamiento de vivienda con promesa de compraventa: administradoras de fondos para la vivienda, los fondos que estas sociedades administran y las sociedades inmobiliarias (Ley Nº 19.281). • Sociedades securitizadoras (Título XVIII, Ley Nº 18.045) • Cámaras de compensación (Título XIX, Ley Nº 18.045) • Emisores de valores extranjeros (Certificados de Depósito de Valor, CDV) (Título XXIV, Ley N° 18.045)
  • 32. ENTIDADES DE APOYO A LA INTERMEDIACIÓN • Son organismos privados que contribuyen a la labor de fiscalización de los órganos reguladores, mediante el análisis y validación de la información financiera de las sociedades. Este es el caso de las clasificadoras de riesgo y de los auditores externos. ▫ Clasificadoras: Feller, Humpreys, Fitch, ICR. ▫ Auditores: PriceWaterHouseCoopers, Delloite, KPMG, Ernst &Young, Surlatina.
  • 33. ENTIDADES DE APOYO A LA INTERMEDIACIÓN • Clasificadoras de Riesgo: ▫ Clasifican valores de oferta pública y otros que autorice la SVS. La clasificación de riesgo es obligatoria para los bonos y efectos de comercio y voluntaria para las acciones y las cuotas de fondos mutuos. • Auditores Externos: ▫ Constatan que la información proporcionada a la SVS y al público en general, es una expresión verdadera de la situación financiera de las sociedades fiscalizadas. Examina la contabilidad, inventario, balance y otros estados financieros y expresar su opinión profesional e independiente sobre dichos documentos.
  • 34. SISTEMA FINANCIERO EN CHILE Finanzas III – G. Hormazábal P. Miércoles 14 de Abril de 2010