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RosaRamosRojas
QuímicoFarmacéutico
DASMI.MunicipalidaddeLaGranja
Marco Legal vinculado a manejo de
Residuos Establecimiento de Atención de
Salud
Residuos de Establecimiento de
Atención de Salud (REAS)
¿Qué son los REAS?
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realizar un correcto manejo?
Sustancias, elementos u objetos que un
establecimiento asistencial en los que se
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Porque pueden presentar riesgos para la salud
cuya magnitud dependerá de la presencia y
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Residuos de Establecimiento de
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Código Sanitarios
Decreto por Fuerza de Ley N°1
Decreto Supremo N°6
Decreto Supremo N°148
Decreto Supremo N°594
Marco Legal para Residuos Radioactivos
Código Sanitario, Decreto con Fuerza
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1967, del Ministerio de Salud
• Establece que le corresponde a las SEREMI autorizar:
• La construcción, reparación, modificación y ampliación de
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cualquier clase.
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acumulación, selección, industrialización, comercio o
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desperdicio de cualquier naturaleza.
Decreto por Fuerza de Ley N°1 del 8
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Ministerio de Salud
Determina las Materias que requieren Autorización
Sanitaria Expresa, entre otras:
• Instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección,
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• Respecto de las disposiciones legales, que tocan el tema residuos
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•
• Es sustancia radiactiva: Cualquier sustancia que tenga una actividad
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DS N°148 del 12/06/2003 del
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Manejo de Residuos Peligrosos.
• Determina las condiciones sanitarias y de seguridad a las que
debe someterse la generación, tenencia, almacenamiento,
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• Dispone la obligación de presentar Planes de Manejo de Residuos
Peligrosos por parte de establecimientos que anualmente den
origen a más de 12 kilogramos de residuos tóxicos agudos o a
más de 12 toneladas de residuos peligrosos que presenten
cualquier otra característica de peligrosidad, y establece un
Sistema de Declaración y Seguimiento de Residuos Peligrosos.
DS N° 6 del 23/02/2009 del Minsal,
Reglamento Sobre Manejo de Residuos
de Establecimientos de Atención de
Salud
• Este reglamento se dicta dada la necesidad de prevenir y controlar los
riesgos provenientes de los Residuos que se generan en los
Establecimientos de Atención de Salud respecto de sus usuarios, de
quienes se desempeñan en ellos, de quienes participan directamente
en el manejo de los mismos y de la población en general.
• Regula las condiciones sanitarias y de seguridad a las que debe
someterse el manejo de los residuos generados en Establecimientos de
Atención de Salud, incluyendo segregación, transporte interno,
almacenamiento, transporte externo y eliminación.
DS N° 6 del 23/02/2009 del Minsal,
Reglamento Sobre Manejo de Residuos
de Establecimientos de Atención de
Salud
Además establece entre otras disposiciones lo siguiente:
1.Clasifica y define los REAS
2.Condiciones de los contenedores especiales para REAS
3.Condiciones para las Salas de Almacenamiento de REAS
4. Condiciones para la presentación de Planes de Manejo de REAS
5.Condiciones de trabajadores vinculados al manejo de REAS
6.Elementos de los Planes de Contingencia
En Resumen…
Marco Legal
Cómo se Clasifican…
Que son los REAS
Clasificación de REAS
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ATENCIÓN DE SALUD
RESIDUOS
PELIGROSOS
RESIDUOS
RADIOACTIVOS
RESIDUOS
ESPECIALES
RESIDUOS
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ASIMILABLES
INFLAMABLES
REACTIVOS
CORROSIVOS
TOXICOS
CORTOPUNZANTES
SANGRE Y PRODUCTOS
DERIVADOS
CULTIVOS Y MUESTRAS
ALMACENADAS
PATOLOGICOS
RESIDUOS DE
ANIMALES
Residuos Peligrosos
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INFLAMABLES
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Residuos Peligrosos
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Es la capacidad de un
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TOXICO CRÓNICO
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residuo de CAUSAR
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Residuos Peligrosos
TOXICO EXTRINSECO
Es la capacidad de un
residuo de dar origen, a
través de su eliminación, a
una o más sustancias
tóxicas agudas o tóxicas
crónicas en concentraciones
que pongan en riesgo la
salud de la población. Pinturas que contengas
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TOXICO EXTRINSECO
Es la capacidad de un
residuo de dar origen, a
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tóxicas agudas o tóxicas
crónicas en concentraciones
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salud de la población.
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plomo, cromo, cadmio.
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Cadmio
Residuos Radioactivos de
baja intensidad
• Son aquellos residuos consistentes o contaminados por
radionucleidos en concentraciones o actividades superiores a
los niveles de exención establecidos por la autoridad
competente, y que luego de haber sido almacenados
adecuadamente durante un período relativamente pequeño,
suficiente para que su actividad radiactiva disminuya hasta
dichos niveles de exención, pueden ser dispuestos a través de
los sistemas de alcantarillado o de la recolección municipal,
según su naturaleza.
Residuos Especiales
• Son aquellos que contienen o pueden contener agentes
patógenos en concentraciones o cantidades suficientes para
causar enfermedad a un huésped susceptible.
CORTOPUNZANTES
SANGRE Y PRODUCTOS
DERIVADOS
CULTIVOS Y MUESTRAS
ALMACENADAS
PATOLOGICOS
RESIDUOS DE
ANIMALES
CORTOPUNZANTE
Residuos resultantes del
diagnóstico, tratamiento,
investigación o
producción, capaces de
provocar cortes o
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residuos tales como
agujas, pipetas Pasteur,
bisturís, placas de cultivos
y demás cristalería
Residuos Especiales
CORTOPUNZANTES
SANGRE Y PRODUCTOS
DERIVADOS
CULTIVOS Y MUESTRAS
ALMACENADAS
PATOLOGICOS
RESIDUOS DE
ANIMALES
PATOLOGICOS
Restos biológicos,
incluyendo tejidos,
órganos, partes del
cuerpo que hayan sido
removidos de seres o
restos humanos, incluidos
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corporales que presenten
riesgo sanitario.
Residuos Especiales
CORTOPUNZANTES
SANGRE Y PRODUCTOS
DERIVADOS
CULTIVOS Y MUESTRAS
ALMACENADAS
PATOLOGICOS
RESIDUOS DE
ANIMALES
CULTIVOS Y MUESTRAS
ALMACENADAS
Residuos de la producción de
material biológico; vacunas de
virus vivo, placas de cultivo y
mecanismos para transferir,
inocular o mezclar cultivos;
residuos de cultivos; muestras
almacenadas de agentes
infecciosos y productos
biológicos asociados,
incluyendo cultivos de
laboratorios médicos y
patológicos; y cultivos y cepas
de agentes infecciosos de
laboratorios.
Residuos Especiales
CORTOPUNZANTES
SANGRE Y PRODUCTOS
DERIVADOS
CULTIVOS Y MUESTRAS
ALMACENADAS
PATOLOGICOS
RESIDUOS DE
ANIMALES
SANGRE Y PRODUCTOS
DERIVADOS
Incluyendo el plasma, el suero
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Residuos Especiales
CORTOPUNZANTES
SANGRE Y PRODUCTOS
DERIVADOS
CULTIVOS Y MUESTRAS
ALMACENADAS
PATOLOGICOS
RESIDUOS DE
ANIMALES
RESIDUOS DE ANIMALES
Cadáveres o partes animales,
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proceso de investigación,
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• Son aquellos residuos que por sus características físicas,
químicas y microbiológicas, pueden ser entregados a la
recolección municipal y pueden ser dispuestos en un relleno
sanitario cuyo funcionamiento haya sido autorizado de
acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo N°189, del 18
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• La OMS señala
Residuos de Establecimiento de
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¿ DUDAS ?

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  • 1. RosaRamosRojas QuímicoFarmacéutico DASMI.MunicipalidaddeLaGranja Marco Legal vinculado a manejo de Residuos Establecimiento de Atención de Salud
  • 2. Residuos de Establecimiento de Atención de Salud (REAS) ¿Qué son los REAS? ¿Cómo se Manejan? ¿Por qué es necesario realizar un correcto manejo? Sustancias, elementos u objetos que un establecimiento asistencial en los que se diagnostica, trata, rehabilita o inmuniza a seres humanos, elimina, se propone eliminar o está obligado a eliminar. Porque pueden presentar riesgos para la salud cuya magnitud dependerá de la presencia y concentración de sustancias peligrosas y microorganismos patógenos viables
  • 3. Residuos de Establecimiento de Atención de Salud (REAS) Código Sanitarios Decreto por Fuerza de Ley N°1 Decreto Supremo N°6 Decreto Supremo N°148 Decreto Supremo N°594 Marco Legal para Residuos Radioactivos
  • 4. Código Sanitario, Decreto con Fuerza de Ley N°725 de 11 de diciembre de 1967, del Ministerio de Salud • Establece que le corresponde a las SEREMI autorizar: • La construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier PLANTA DE TRATAMIENTO de basuras y desperdicios de cualquier clase. • La instalación y funcionamiento de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o DISPOSICIÓN FINAL de basuras y desperdicios de cualquier naturaleza. • Los vehículos y sistemas de TRANSPORTE de basuras y desperdicio de cualquier naturaleza.
  • 5. Decreto por Fuerza de Ley N°1 del 8 de noviembre de 1989, del Ministerio de Salud Determina las Materias que requieren Autorización Sanitaria Expresa, entre otras: • Instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase. • Instalación y funcionamiento de incineradores de desechos biológicos • Almacenamiento y abandono o desecho de sustancias radiactivas • Acumulación y disposición final de residuos dentro del predio industrial, local o lugar de trabajo cuando los residuos sean inflamables, explosivos o considerados peligrosos
  • 6. DS N°594 del 15/09/1999 Minsal, Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo: • Regula las condiciones sanitarias y ambientales básicas que deberá cumplir todo lugar de trabajo, incluyendo los límites permisibles de exposición ambiental a agentes químicos y agentes físicos, y aquellos límites de tolerancia biológica para trabajadores expuestos a riesgos ocupacionales.
  • 7. Marco legal para residuos radioactivos • Respecto de las disposiciones legales, que tocan el tema residuos radiactivos, existe la Ley N° 18.302 del 02/05/1984 de Seguridad Nuclear, el Decreto N° 3 del 25/04/1985 y el Decreto N° 133 del 22/05/1984, estos cuerpos legales establecen en síntesis que: • • Es sustancia radiactiva: Cualquier sustancia que tenga una actividad específica mayor de dos milésimas de microcurio por gramo o su equivalente en otras unidades. • Es desecho radiactivo: Cualquier sustancia radiactiva o material contaminado por dicha sustancia que, habiendo sido utilizado con fines científicos, médicos, agrícolas, comerciales, industriales u otros, sean desechados. • Los lugares destinados al almacenamiento de sustancias o desechos radiactivos, deberán contar con autorización del Servicio de Salud competente. • Todo abandono o desecho de sustancias radiactivas, requerirá de autorización del Servicio de Salud respectivo.
  • 8. DS N°148 del 12/06/2003 del Minsal, Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos. • Determina las condiciones sanitarias y de seguridad a las que debe someterse la generación, tenencia, almacenamiento, transporte, tratamiento, reuso, reciclaje, disposición final y otras formas de eliminación de los residuos peligrosos. • Dispone la obligación de presentar Planes de Manejo de Residuos Peligrosos por parte de establecimientos que anualmente den origen a más de 12 kilogramos de residuos tóxicos agudos o a más de 12 toneladas de residuos peligrosos que presenten cualquier otra característica de peligrosidad, y establece un Sistema de Declaración y Seguimiento de Residuos Peligrosos.
  • 9. DS N° 6 del 23/02/2009 del Minsal, Reglamento Sobre Manejo de Residuos de Establecimientos de Atención de Salud • Este reglamento se dicta dada la necesidad de prevenir y controlar los riesgos provenientes de los Residuos que se generan en los Establecimientos de Atención de Salud respecto de sus usuarios, de quienes se desempeñan en ellos, de quienes participan directamente en el manejo de los mismos y de la población en general. • Regula las condiciones sanitarias y de seguridad a las que debe someterse el manejo de los residuos generados en Establecimientos de Atención de Salud, incluyendo segregación, transporte interno, almacenamiento, transporte externo y eliminación.
  • 10. DS N° 6 del 23/02/2009 del Minsal, Reglamento Sobre Manejo de Residuos de Establecimientos de Atención de Salud Además establece entre otras disposiciones lo siguiente: 1.Clasifica y define los REAS 2.Condiciones de los contenedores especiales para REAS 3.Condiciones para las Salas de Almacenamiento de REAS 4. Condiciones para la presentación de Planes de Manejo de REAS 5.Condiciones de trabajadores vinculados al manejo de REAS 6.Elementos de los Planes de Contingencia
  • 11. En Resumen… Marco Legal Cómo se Clasifican… Que son los REAS
  • 12. Clasificación de REAS RESIDUOS ESTABLECIMIENTOS DE ATENCIÓN DE SALUD RESIDUOS PELIGROSOS RESIDUOS RADIOACTIVOS RESIDUOS ESPECIALES RESIDUOS SOLIDOS ASIMILABLES INFLAMABLES REACTIVOS CORROSIVOS TOXICOS CORTOPUNZANTES SANGRE Y PRODUCTOS DERIVADOS CULTIVOS Y MUESTRAS ALMACENADAS PATOLOGICOS RESIDUOS DE ANIMALES
  • 13. Residuos Peligrosos Todos aquellos que presentan riesgo para la salud pública y/o efectos adversos al medio ambiente INFLAMABLES Capacidad para INICIAR LA COMBUSTIÓN PROVOCADA POR LA ELEVACIÓN LOCAL DE LA TEMPERATURA; este fenómeno se transforma en combustión propiamente tal cuando se alcanza la temperatura de inflamación. Alcohol, nitrato de plata, agua oxigenada, acetona, aerosoles con propelentes inflamables REACTIVOS Es el POTENCIAL DE LOS RESIDUOS PARA REACCIONAR QUÍMICAMENTE LIBERANDO EN FORMA VIOLENTA ENERGÍA Y/O COMPUESTOS NOCIVOS ya sea por descomposición o por combinación con otras sustancias. Sustancias que generan gases tóxicos en contacto con agua, Cianuro o Sulfuros
  • 14. Residuos Peligrosos CORROSIVOS Es la capacidad de un residuo de PRODUCIR LESIONES MÁS O MENOS GRAVES A LOS TEJIDOS VIVOS O DESGASTAR A LOS SÓLIDOS, mediante procesos de carácter químico. ácidos sulfúrico, clorhídrico, nítrico y crómico, hidróxido de sodio o amoníaco
  • 15. Residuos Peligrosos TOXICO AGUDO Es la capacidad de un residuo de causar daño a seres humanos como resultado de una exposición breve o única; se expresa como la dosis letal media o DL50. epinefrina, fentermina y warfarina
  • 16. Residuos Peligrosos TOXICO CRÓNICO Es la capacidad de un residuo de CAUSAR EFECTOS ADVERSOS A LARGO PLAZO EN SERES HUMANOS. Los efectos crónicos pueden ser mutagénicos, cancerígenos, teratogénicos o tóxicos acumulativos. Mercurio, formaldehido, tubos fluorescentes, pilas
  • 17. Limpieza de pequeños derrames de mercurio Elementos necesarios: • 4 o 5 bolsas herméticas, tipo ziplock. • bolsas de basura (2 mm o más de espesor) • Contenedor plástico con tapa que cierre bien, como por ejemplo, los de los rollos de • fotos de 35 mm. • guantes de látex (o nitrilo, si estuvieran disponibles). • toallas de papel. • tiras de cartón. • gotero o jeringa (sin aguja). • cinta adhesiva (alrededor de 30 cm.). • linterna. • azufre o zinc en polvo.
  • 18. Residuos Peligrosos TOXICO EXTRINSECO Es la capacidad de un residuo de dar origen, a través de su eliminación, a una o más sustancias tóxicas agudas o tóxicas crónicas en concentraciones que pongan en riesgo la salud de la población. Pinturas que contengas plomo, cromo, cadmio. Baterias de Niquel- Cadmio, soluciones usadas de fijador y revelador generadas en Radiología
  • 19. Residuos Peligrosos TOXICO EXTRINSECO Es la capacidad de un residuo de dar origen, a través de su eliminación, a una o más sustancias tóxicas agudas o tóxicas crónicas en concentraciones que pongan en riesgo la salud de la población. Pinturas que contengas plomo, cromo, cadmio. Baterias de Niquel- Cadmio
  • 20. Residuos Radioactivos de baja intensidad • Son aquellos residuos consistentes o contaminados por radionucleidos en concentraciones o actividades superiores a los niveles de exención establecidos por la autoridad competente, y que luego de haber sido almacenados adecuadamente durante un período relativamente pequeño, suficiente para que su actividad radiactiva disminuya hasta dichos niveles de exención, pueden ser dispuestos a través de los sistemas de alcantarillado o de la recolección municipal, según su naturaleza.
  • 21. Residuos Especiales • Son aquellos que contienen o pueden contener agentes patógenos en concentraciones o cantidades suficientes para causar enfermedad a un huésped susceptible. CORTOPUNZANTES SANGRE Y PRODUCTOS DERIVADOS CULTIVOS Y MUESTRAS ALMACENADAS PATOLOGICOS RESIDUOS DE ANIMALES CORTOPUNZANTE Residuos resultantes del diagnóstico, tratamiento, investigación o producción, capaces de provocar cortes o punciones. Se incluyen residuos tales como agujas, pipetas Pasteur, bisturís, placas de cultivos y demás cristalería
  • 22. Residuos Especiales CORTOPUNZANTES SANGRE Y PRODUCTOS DERIVADOS CULTIVOS Y MUESTRAS ALMACENADAS PATOLOGICOS RESIDUOS DE ANIMALES PATOLOGICOS Restos biológicos, incluyendo tejidos, órganos, partes del cuerpo que hayan sido removidos de seres o restos humanos, incluidos aquellos fluidos corporales que presenten riesgo sanitario.
  • 23. Residuos Especiales CORTOPUNZANTES SANGRE Y PRODUCTOS DERIVADOS CULTIVOS Y MUESTRAS ALMACENADAS PATOLOGICOS RESIDUOS DE ANIMALES CULTIVOS Y MUESTRAS ALMACENADAS Residuos de la producción de material biológico; vacunas de virus vivo, placas de cultivo y mecanismos para transferir, inocular o mezclar cultivos; residuos de cultivos; muestras almacenadas de agentes infecciosos y productos biológicos asociados, incluyendo cultivos de laboratorios médicos y patológicos; y cultivos y cepas de agentes infecciosos de laboratorios.
  • 24. Residuos Especiales CORTOPUNZANTES SANGRE Y PRODUCTOS DERIVADOS CULTIVOS Y MUESTRAS ALMACENADAS PATOLOGICOS RESIDUOS DE ANIMALES SANGRE Y PRODUCTOS DERIVADOS Incluyendo el plasma, el suero y demás componentes sanguíneos, y elementos tales como gasas y algodones, saturados con estos.
  • 25. Residuos Especiales CORTOPUNZANTES SANGRE Y PRODUCTOS DERIVADOS CULTIVOS Y MUESTRAS ALMACENADAS PATOLOGICOS RESIDUOS DE ANIMALES RESIDUOS DE ANIMALES Cadáveres o partes animales, así como sus camas, que estuvieron expuestos a agentes infecciosos durante un proceso de investigación, producción de material biológico o en la evaluación de fármacos.
  • 26. Residuos Solidos Asimilables • Son aquellos residuos que por sus características físicas, químicas y microbiológicas, pueden ser entregados a la recolección municipal y pueden ser dispuestos en un relleno sanitario cuyo funcionamiento haya sido autorizado de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo N°189, del 18 de agosto de 2005, del Ministerio de Salud*.
  • 27. • La OMS señala Residuos de Establecimiento de Atención de Salud (REAS)