Los derechos humanos son garantías jurídicas universales, inalienables e intransferibles que protegen la libertad y dignidad humana contra los actos de gobierno. Se clasifican en derechos civiles y políticos de primera generación, derechos económicos, sociales y culturales de segunda generación, y derechos de los pueblos de tercera generación. Los estados tienen la obligación de respetar, proteger y hacer efectivos los derechos humanos de todas las personas, incluidas aquellas con discapacidad.
1. Los derechos humanos son garantías jurídicas
que protegen a las personas contra los actos de
gobierno, que afecten a la libertad y dignidad
humana.
2.
3. Son Universales: para todos los seres humanos
sin excepción.
Son inalienables: nadie es despojado de ellos.
Intransferibles: no pueden cederse.
Se basan en la dignidad y la igualdad.
Son indivisibles e interdependientes.
No pueden ser suspendidos o retirados.
Imponen obligaciones a los Estados y agentes.
Son garantizados internacionalmente.
Protegidos legalmente.
Amparan individuos y grupos.
4.
5. Los derechos humanos pueden clasificarse en
categorías o generaciones.
La distinción mas corriente es la que se
establece entre los derechos civiles y
políticos (de 1° generación) .
Los derechos económicos, sociales y
culturales (de 2° generación) . Y una 3°
categoría denominada derechos de los
pueblos o de 3° generación.
6.
7. Destinados a la protección del ser humano contra
cualquier agresión o abuso de algún órgano publico.
DERECHOS ECONOMICOS,SOCIALES
Y CULTURALES
Tienen como objetivo fundamental garantizar el
bienestar económico, el acceso al trabajo, a la
educación y a la cultura; que asegure el desarrollo pleno
de los seres humanos.
DERECHOS DE LOS PUEBLOS
Promovidos a partir de los 70 en función de incentivar
el progreso social y elevar el nivel de vida de todos los
pueblos.
8.
9. LAS OBLIGACIONES QUE ESTABLECEN LOS DERECHOS
HUMANOS , HACEN REFERENCIA A TRES VERBOS:
Respetar
Proteger
Hacerlos efectivos
EL ESTADO ES EL ACTOR PRINCIPAL EN CUANTO
OBLIGACIONES RELACIONADAS CON LOS
DERECHOS HUMANOS.
10.
11. Respetar cierto derecho puede exigir, mas
bien, voluntad política que recursos
financieros.
LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD TIENEN
LOS MISMOS DERECHOS QUE CUALQUIER
OTRO SER HUMANO.
No existen derechos especiales, lo que se da
es producto del entorno social, cultural, físico
y de servicios no accesibles que multiplican
las violaciones de los derechos humanos de
las personas con discapacidad.