Este documento presenta el reglamento interno del Grupo Joven "Eterna Piedad" de una hermandad religiosa. Establece que el grupo está formado por hermanos entre 14 y 32 años y dispone de una casa para reuniones. Su objetivo es integrar a los jóvenes en los actos de la hermandad siguiendo valores cristianos. El grupo será gobernado por una junta que incluye un presidente, vicepresidente, secretario y tesorero.
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Reglamento Eterna Piedad
1. Reglamento interno del Grupo Joven “ETERNA PIEDAD”
1. INTRODUCCIÓN
ARTÍCULO 1°
El Grupo Joven de la Hdad. Del Stmo. Cristo de la Piedad es una
organización que está formada por hermanos de la misma con edades
comprendidas entre 14 y 32 años y con autonomía de funcionamiento y de
organización dentro de sus objetivos y fines, según lo establecido en este
Reglamento.
ARTÍCULO 2º
El Grupo Joven dispondrá para sus reuniones y actos de la Casa Hermandad
situada en la c/Azucena 1, bajo B de nuestra localidad.
ARTÍCULO 3°
El Grupo Joven tiene como objetivo la integración de jóvenes en la
participación y actos de la hermandad, siempre siguiendo los valores
cristianos que rigen dicha hermandad.
ARTÍCULO 4°
Los fines de Grupo Joven son:
a) Desarrollar y promocionar actividades dentro de la hermandad.
b) Facilitar la integración activa de los jóvenes en la vida de la Hermandad.
c) Participar en los actos del Grupo Joven, así como en los Cultos y Actos de
la Hermandad.
ARTÍCULO 5°
El Grupo Joven utilizará como medios para realizar sus fines toda clase de
actividades y servicios que se crean necesarios y oportunos. Pueden
desarrollarlos individualmente o conjuntamente con la Hermandad, con otros
grupos jóvenes cristianos.
2. 2. FUNCIONAMIENTO
ARTÍCULO 6°
El Grupo Joven dispondrá de una junta interna que regirá en todo momento
el funcionamiento del grupo, que será acordado por los mismos miembros de
la Junta del Grupo Joven, por la junta de gobierno de la hermandad y los
miembros activos del grupo joven.
ARTÍCULO 7°
La Junta de Gobierno del grupo joven es el máximo responsable del Grupo
Joven, teniendo como funciones:
-Representación ante la Hermandad y ante otras entidades físicas.
-Hacer cumplir este reglamento.
-Desarrollar y coordinar los fines.
-Mantener el espíritu cristiano de la organización.
ARTÍCULO 8°
La Junta de Gobierno del grupo joven está formada por:
-PRESIDENTE
-VICEPRESIDENTE
-SECRETARIO
-TESORERO
ARTÍCULO 9°
-El Presidente/a tiene la función de dirigir y presidir la mesa en las Juntas.
Así como velar por el funcionamiento del Grupo Joven.
-El Vicepresidente/a tiene la función de sustituir al Presidente cuando el
mismo no esté presente y la colaboración conjunta..
-El Secretario/a es el encargado de velar por la realización y custodia de las
actas de las reuniones, la lectura de éstas al inicio de las Juntas, de la memoria
semanal y mantener actualizado el libro de registro de los miembros del
Grupo Joven y aspirantes. Asimismo cuidará del protocolo del Grupo Joven.
-El Tesorero/a es el encargado de la recaudación y administración económica
del Grupo Joven. Rendirá cuenta en cada reunión ante lo miembros del
Grupo Joven (y ante la junta de gobierno de la hermandad si esta lo considera
oportuno), informando de la situación económica. Así como también velara
por la caja única donde se efectuarán los ingresos de toda clase de
actividades.
3. ARTÍCULO 10°
La Junta podrá ser ampliada bajo el criterio de los miembros de la junta del
Grupo Joven recibiendo el cargo que esta considere oportuno.
ARTÍCULO 11°
Las reuniones serán convocadas por el Presidente, con una
periodicidad mínima de (15 días - 1 mes). El Presidente comenzará la sesión
realizando una oración para posteriormente leer los puntos del día,
continuado por ruegos y preguntas.
ARTÍCULO 12°
Los acuerdos son aprobados por mayoría simple; en caso de empate de votos
el Presidente podrá hacer valer el suyo como voto de calidad. Los acuerdos
debidamente tomados en las reuniones deben ser respetados y acatados por
todos los miembros del Grupo Joven.
ARTÍCULO 13º
La Junta de Gobierno podrá constituir todos los grupos que considere
necesario para el desarrollo del Grupo Joven (basándose en edades si fuera
necesario). Cada grupo tendrá un responsable que será un miembro de la
Junta de Gobierno.
ARTÍCULO 14°
La Asamblea General es el máximo órgano del Grupo Joven y está formada
por todos sus miembros. Tiene la función de aprobar la gestión de la Junta de
Gobierno, quien tendrá que presentar un informe de gestión y otro de
proyectos. La Asamblea tiene la competencia de la elección de la Junta de
Gobierno, que será renovada cada 4 años. Si se produjera la dimisión del
Presidente/a se convocaría un Asamblea General donde quedaría elegido el
nuevo presidente y si junta de gobierno.
4. 3. MIEMBROS
ARTÍCULO 15°
Todos lo miembros del Grupo Joven deberán ser hermanos de la misma y
tendrán edades comprendidas entre 14 y 32 años.
ARTÍCULO 16°
Los miembros tienen el deber de:
-Acatar y respetar los acuerdo de la Junta de Gobierno.
-No mostrar públicamente críticas sobre el Grupo Joven y la Hermandad.
-Conducirse adecuadamente en la vida social del Grupo Joven y de la
Hermandad según los principios cristianos.
-Participar según sus posibilidades en la consecución de los objetivos.
ARTÍCULO 17°
Los miembros tienen el derecho de:
-Ser informados de todo lo referente al Grupo Joven.
-Mostrar su opinión debidamente en el ámbito que le corresponda.
-Presentar proyectos e ideas.
-Participar en todas las actividades, según las decisiones que se establezcan
por la Junta de Gobierno.
ARTÍCULO 18°
Los miembros podrán ser expulsados por la Junta de Gobierno, por acuerdo
por mayoría absoluta de sus miembros, por falta grave en los deberes
señalados en el artículo 16º. El Presidente informará al miembro implicado
con un plazo mínimo de siete días antes de la propuesta de expulsión, el
motivo y la fecha de la reunión de la Junta de Gobierno que tratará sobre el
expediente de expulsión, para que éste pueda presentar un escrito de
descargo antes de la reunión y que será leído en la misma.
Así mismo podrá solicitar que haya un miembro de la Junta de Gobierno de
la Hermandad, nombrado expresamente por ésta, para que vele por la
corrección del acuerdo. Tendrá derecho de presentar, una vez informado por
la Junta de Gobierno del Grupo Joven de la resolución, recursos en el plazo
de siete días ante la Junta de Gobierno de la Hermandad, la cual, actuará
según los estatutos y su reglamento, siendo inapelable su decisión.
5. 4. REFORMA DEL REGLAMENTO
ARTÍCULO 19°
La reforma del reglamento será realizada por la Asamblea, con ese único
punto del día, habiéndose comunicado el motivo de la reforma a todos sus
integrantes.
ARTÍCULO 20°
La Junta de Gobierno propondrá en un informe la reforma del texto, que será
votado artículo por artículo, pudiéndose presentar enmiendas escritas por los
miembros.
5. DISOLUCIÓN
ARTÍCULO 21°
El Grupo Joven podrá ser disuelto por acuerdo de la Junta de
Gobierno de la Hermandad.
ARTÍCULO 22°
Disuelto el Grupo Joven, en el plazo de 15 días se presentará un informe
patrimonial y económico a la Hermandad. Y los bienes pasarán a la
Hermandad.
6. 6.DISPOSICIONES FINALES.
1. Este Reglamento será aprobado por la Junta de Gobierno actual, entrando
en dicho momento en vigor.
2. En el plazo máximo de un mes se celebrará una junta, donde figurará en el
orden del día como primer punto la aprobación de este Reglamento y en el
segundo la elección del Presidente del Grupo Joven (al que se le comunicara
con anterioridad) estando este presente y exponiendo los primeros proyectos
del Grupo Joven, así como la elección de su junta de Gobierno.
3. La Junta de Gobierno del Grupo Joven en el plazo de un mes, desde la
entrada en vigor de este Reglamento, realizará el censo de miembros
constitutivos del Grupo Joven, con los hermanos que ya hayan participado
en la formación del Grupo Joven. A partir de ese momento se seguirá el
procedimiento indicado en el Reglamento.