1. RECURSO DE QUEJA
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
INSTITUTO DE MEJORAMIENTO PROFESIONAL DEL MAGISTERIO
NUCLEO ACADEMICO TACHIRA
Autores
Danny, Pérez
Janaybeth, Zambrano
María, Moreno
Ninfa, Moreno
Ofsneyda, Suarez
Tutora: Profa. Virgilia Salas
San Cristóbal, Julio de 2014.
2. Quienes pueden interponerlo:Quienes pueden interponerlo:
Según la LOPA los recursos administrativos son medios de
impugnación, medios jurídicos, que se intentan ante la
Administración contra actos administrativos de esta.
Según la LOPA los recursos administrativos son medios de
impugnación, medios jurídicos, que se intentan ante la
Administración contra actos administrativos de esta.
Según el art. 85 LOPA : "Los interesados podrán
interponer los recursos a que se refiere este capítulo
contra todo acto administrativo que ponga fin a un
procedimiento, imposibilite su continuación, cause
indefensión o la prejuzgue como definitivo, cuando dicho
acto lesione sus derechos subjetivos o intereses legítimos,
personales y directos".
Según el art. 85 LOPA : "Los interesados podrán
interponer los recursos a que se refiere este capítulo
contra todo acto administrativo que ponga fin a un
procedimiento, imposibilite su continuación, cause
indefensión o la prejuzgue como definitivo, cuando dicho
acto lesione sus derechos subjetivos o intereses legítimos,
personales y directos".
3.
4.
Puede interponer un recurso de
queja o reclamo. Con este recurso se
queja ante el superior jerárquico del
órgano que tomo la decisión, pudiendo
este obligar a su inferior jerárquico a
decidir la cuestión.
Fundamentado en el artículo 51
CRBV., el cual establece que:
“Toda persona tiene el derecho de
representar o dirigir peticiones ante
cualquier autoridad…………..”
5. QUIENES PODRÁN INTERPONER UN RECURSO DE
QUEJA?.
QUIENES PODRÁN INTERPONER UN RECURSO DE
QUEJA?.
Según el Artículo 2 LOPA
Toda persona interesada podrá, por si o
por medio de su representante, dirigir
instancias o peticiones a cualquier organismo
entidad o autoridad administrativa.
Estos deberán resolver las instancias o
peticiones que se les dirijan o bien declarar,
en su caso, los motivos que tuvieren para no
hacerlo.
Según el Artículo 2 LOPA
Toda persona interesada podrá, por si o
por medio de su representante, dirigir
instancias o peticiones a cualquier organismo
entidad o autoridad administrativa.
Estos deberán resolver las instancias o
peticiones que se les dirijan o bien declarar,
en su caso, los motivos que tuvieren para no
hacerlo.
6. ACTOS Y HECHOS IMPUGNABLESACTOS Y HECHOS IMPUGNABLES
Hechos u omisiones que impliquen defecto de
procedimiento.
La omisión de enviar el expediente del recurso a la
autoridad Superior.
Obstrucción del derecho a presentar escritos, o hacer
manifestaciones, o tomar vista de las actuaciones, o
presentarse con asistencia letrada.
Sustracción u ocultamiento de piezas del expediente.
Obstrucción del derecho a controlar la producción de la
prueba.
Aplicación de la queja reside en materia de hechos
Administrativos.
Hechos u omisiones que impliquen defecto de
procedimiento.
La omisión de enviar el expediente del recurso a la
autoridad Superior.
Obstrucción del derecho a presentar escritos, o hacer
manifestaciones, o tomar vista de las actuaciones, o
presentarse con asistencia letrada.
Sustracción u ocultamiento de piezas del expediente.
Obstrucción del derecho a controlar la producción de la
prueba.
Aplicación de la queja reside en materia de hechos
Administrativos.
7. QUE SUCEDE CUANDO EXISTE SILENCIO
ADMINISTRATIVO?.
QUE SUCEDE CUANDO EXISTE SILENCIO
ADMINISTRATIVO?.
Según lo establecido en el
Artículo 4.- “En los casos en que un
órgano de la administración pública no
resolviere un asunto o recurso dentro de
los correspondientes lapsos, se
considerará que ha resuelto
negativamente y el interesado podrá
intentar el recurso inmediato siguiente…”.
8. “Parágrafo Único: La reiterada
negligencia de los responsables de
los asuntos…, les acarreará
amonestaciones escrita a los efectos
de lo dispuesto en la Ley de Carrera
Administrativa, sin perjuicio de las
sanciones previstas en el artículo 100
de la LOPA.”.
“Parágrafo Único: La reiterada
negligencia de los responsables de
los asuntos…, les acarreará
amonestaciones escrita a los efectos
de lo dispuesto en la Ley de Carrera
Administrativa, sin perjuicio de las
sanciones previstas en el artículo 100
de la LOPA.”.
QUE SUCEDE CUANDO EXISTE SILENCIO ADMINISTRATIVO
9. PLAZO PARA RESOLVERPLAZO PARA RESOLVER
Se encuentra normado en el Artículo 5. de la
LOPA
Deberá ser resuelta dentro de los veinte
(20) días siguientes a su presentación o a la
fecha posterior en la que el interesado
hubiere cumplido los requisitos legales
exigidos.
La administración informará al interesado
por escrito, y dentro de los cinco (5) días
siguientes a la fecha de la presentación de la
solicitud, la omisión o incumplimiento por
éste de algún requisito….
10. PLAZO PARA RESOLVERPLAZO PARA RESOLVER
Artículo 6.- Cuando la administración haya
incurrido en mora o retardo en el
cumplimiento de las obligaciones
contraídas con los administrados y ello
acarreare daño patrimonial, el funcionario
o funcionarios a quienes competa la
tramitación del asunto, además de las
sanciones previstas en esta Ley, será
responsable civilmente por el daño
ocasionado a la administración.
11. Referencias
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
(1999). Gaceta Oficial número 36. 860. de fecha 30 de
diciembre.
Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos (1981).
Gaceta Oficial Nº 2.818 Extraordinaria Caracas 1º de
julio de 1981.