3. 1. El comercio de embriones
humanos
El comercio de embriones humanos vivos,
muertos
y
con
cualquier
finalidad
(Trasplantes, industria cosmética, etc. es
ilícito).
LO QUE ES LÍCITO O ILÍCITO HACER
RESPECTO A LOS DEMÁS HOMBRES LO
ES TAMBIÉN RESPECTO AL EMBRIÓN.
4. 2. Investigación con embriones
humanos
Para que la investigación, entendida como
procedimiento de observación de un
fenómeno o verificación de una hipótesis sea
lícita, se deben verificar las siguientes
condiciones:
5. - Certeza de no dañar ni la vida ni la integridad del
embrión.
- Consentimiento informado y libre de los padres.
- Finalidad realmente científica no alcanzable de
otro modo y no simple curiosidad.
6. 3. Experimentación con
embriones humanos
Intervención en la cual el ser humano es el objeto
en el cual se pretende verificar el efecto.
7. 3. Experimentación con embriones
humanos
Experimentación terapéutica: Dirigida a prevenir o curar
enfermedades en el embrión. Se debe hacer con el
consentimiento de los padres y guardar las siguientes
condiciones:
- Respeten la vida y la integridad.
- Se dirijan a restablecer la salud o aliviar el sufrimiento.
- No comporten riesgos desproporcionados.
8. 3. Experimentación con embriones
humanos
Experimentación pura: Es la dirigida solamente al progreso
técnico-científico. El embrión con su condición humana no
puede ser tratado como una cosa u objeto, por tal motivo no es
lícita la experimentación pura.
Es una ofensa a la dignidad de la persona usar un embrión
humano como medio “terapéutico” para salvar a otra persona.
Un fin bueno no puede ser alcanzado por un medio malo.
9. 4. Destino de los embriones
crioconservados
El callejón sin salida
10. 4. Destino de los embriones
crioconservados
Es dramático el caso de los embriones sobrantes
crioconservados, es decir, aquellos embriones
conseguidos a través de FIVET no implantados en
el útero de la madre o creados a propósito para
experimentación.
¿Qué hacer con ellos? Se ha cometido una grave
injusticia, entonces ¿Cómo repararla?
11. 4. Destino de los embriones
crioconservados
Propuestas inaceptables:
- Utilizar tales embriones para la investigación o
para usos terapéuticos,
Es ilícito, porque implica tratarlos como simple
“material biológico” y comportan su destrucción.
- Descongelar estos embriones y, sin reactivarlos,
utilizarlos para la investigación como si fueran
simples cadáveres.
12. 4. Destino de los embriones
crioconservados
Otras propuestas:
- Ponerlos a disposición de esposos estériles como “terapia”
de infertilidad”
No es éticamente aceptable por las mismas razones que
hacen ilícita la procreación artificial heteróloga. Esta
práctica implicaría además otros problemas de tipo médico,
psicológico y jurídico.
- “Adopción prenatal”
Es una loable intención de respetar y defender la vida
humana pero presenta problemas éticos no diferentes a los
ya mencionados.
13. En definitiva, es necesario constatar que los millares de
embriones que se encuentran en estado de abandono
determinan una situación de injusticia que es de hecho
irreparable. Por ello Juan Pablo II dirigió «una llamada a la
conciencia de los responsables del mundo científico, y de
modo particular a los médicos para que se detenga la
producción de embriones humanos, teniendo en cuenta que
no se vislumbra una salida moralmente lícita para el destino
humano de los miles y miles de embriones “congelados”, que
son y siguen siendo siempre titulares de los derechos
esenciales y que, por tanto, hay que tutelar jurídicamente
como personas humanas.
Dignitas Personae (19)