Orden que regula el programa de calidad y mejora de los rendimientos escolares en los centros docentes públicos.
Julia Fernández Simón
Mª Del Mar Lucas Arenga
Marta Martín Pineda
Cristina Martínez Martín
Orden que regula el programa de calidad y mejora de los rendimientos escolares en los centros docentes publicos
1. Orden que regula el Programa de
Calidad
y
mejora
de
los
rendimientos escolares en los
centros
docentes
públicos
2. finalidad
Alcanzar distintos objetivos para mejorar el
rendimiento y obtener mayor éxito en el ámbito
escolar:
- Fomentando las buenas prácticas docentes
- Cuenta en todo momento con el compromiso de los
docentes
- Se tiene en cuenta otros factores como el nivel socio
económico y cultural de las familias.
3. objetivo
Regular el programa de calidad y rendimiento de
los centros públicos y las actuaciones que se
llevaran a cabo junto con la evaluación.
Además los centros que deseen podrán acordar
con la administración educativa la consecución de
objetivos fijados por estos en su plan de centro.
4.
Los objetivos tendrán en cuenta la situación de
partida de cada centro, determinada por:
- Los resultados obtenidos en las pruebas de evaluación de
diagnostico
- Las tasas de rendimiento, promoción y titulación del
alumnado
- El nivel de satisfacción del alumno y de la familia.
Se deben alcanzar en un plazo de tres cursos a partir
de que se empiece el programa y serán elaborados
por el equipo directivo, junto con la participación
en el programa tienen que ser aprobados por el
claustros de profesores.
5. Los centros que participen en
el programa deberán de
incorporar en el proyecto
educativo determinados
objetivos relacionados con los
siguientes aspectos:
6.
Mejora de los rendimientos educativos de sus
alumnados, teniendo en cuenta la situación de
partida de cada centro.
Contribuir al éxito escolar del alumnado, en
función de sus capacidades, intereses y
expectativas.
Mejora del funcionamiento del centro y del grado
de satisfacción de la familia con el mismo.
Fomento de procesos y proyecto de innovación e
investigación educativa.
Fomento del trabajo cooperativo del profesorado
y de las buenas prácticas docentes.
7. Los centros y profesores que
participan en el programa:
Compromiso con los indicadores de evaluación
que hacen referencia al rendimiento educativo del
centro, las actuaciones, el clima, la convivencia y
el nivel de implicación de las familias.
Cada indicador tendrá asignado un rango en el
grado de ponderación y el propio centro otorgara
el valor que desee.
Compromiso de participación que se guardaran en
la secretaria del centro. Una vez que los objetivos
y la solicitud de participación en el programa sea
aprobado debe incluirse en el plan de centro.
El profesor que participe en el programa podrá
recibir un incentivo económico siempre que su
labor sea positiva.
8. La comisión técnica de
evaluación:
Estudiará la solicitudes presentadas y podrá
modificar o eliminar algunos de los indicadores.
Posteriormente se publicará la relación
provisional de aquellos centros calificados
favorables o desfavorables para participar en el
programa.
9. Los directores incluidos en el
programa:
Se comunicaran de forma electrónica con el titular de la delegación
provincial de la conserjería de educación. Los centros no aceptados
en el programa podrán formular las alegaciones en un plazo de diez
días.
El equipo directivo llevara el seguimiento del programa en el
centro. Finalizado el curso, los directores de cada centro enviaran el
listado de aquellos profesores implicados en el programa a la
Delegación Provincial de la Conserjería de Educación.
Pasado tres años desde que se desarrollo el programa, el equipo
directivo emitirá un informe donde se valorara el desarrollo del
mismo y las dificultades que se han encontrado. Antes del mes de
Octubre se elaborará un informe sobre la situación final del centro,
la comisión técnica de evaluación formulará un único informe
donde exprese el porcentaje en el que se han alcanzado los objetivos
previstos.
10.
Una vez pasado tres años desde que se
desarrollo el programa, el equipo directivo
emitirá un informe donde se valorara el
desarrollo del mismo, las dificultades que se
han encontrado, entre otros. Antes del mes de
Octubre se elaborará un informe sobre la
situación final del centro, mientras que la
comisión técnica de evaluación formulará un
único informe donde exprese el porcentaje
en el que se han alcanzado los objetivos
previstos.