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DE LAS VENTAS Y SERVICIOS EXENTOS DEL IMPUESTO
ARTICULO 7.De las exenciones generales .Estan exentos del
impuesto establecido en esta ley.
1las importancias de bienes muebles efectuadas Por :
a) las Cooperativas , Federaciones y confederaciones de
cooperativas ,Legalmente constituidas y registradas, cuando se
trate de maquinaria , equipo y otros bienes de capital directa e
inclusivamente relacionados con la actividad o servicio de la
cooperativa , federación o confederación .
b) las personas individuales o jurídicas amparadas por régimen de
importancia temporal.
c) los viajeros que ingresen al País , bienes muebles en calidad de
equipaje , sobre los cuales no tienen que pagar derechos de
importación de acuerdo con la legislación aduanera;
d) los funcionarios y empleados guatemaltecos diplomáticos y
consulares que retornen al país al concluir su misión en cuanto al
menaje de Casa , efectos personales y un Vehiculo;
e) las misiones diplomáticas y consulares acreditadas ante el
gobierno de la Republica , y las personas a que se refiere la
convención de Viena sobre relaciones diplomáticas y consulares ,
con la condición de que los países a que pertenezcan dichas
misiones y personas otorguen igual tratamiento como reciprocidad;
f) los organismos internacionales de acuerdo con los respectivos
convenios suscritos entre el gobierno de la Republica de
Guatemala y dichos organismos.
Para los efectos de la literal Anterior , se debe solicitar dicha
Extencion al ministerio de economía .
2) Reformados por el Articulo 38 del decreto Numero 20-2006
del congreso de la Republica. La transferencia de dominio de bienes
muebles e inmuebles en los casos Siguientes .
A ) Funciones de sociedades.
B ) herencias, legados y donaciones causa de muerte.
c) La aportación de bienes muebles a Sociedades .
d) La aportaciones de inmuebles a sociedades.(se relaciona con el
Articulo 8 del reglamento)
3) No estará exente la aportación de inmuebles a sociedades
cuando e inmueble a aportar sea todo de parte de un inmueble
previamente aportado a una sociedad.
4) Los servicios que presenten las instituciones fiscalizadas por la
superintendencia de bancos y las bolsas de valores autorizadas para
operar en el país.
) Las cooperativas no cargaran el impuesto al valor agregado (IVA)
cuando efectúen operaciones de venta y prestaciones de servicios
con sus Asociados , cooperativas , federaciones, centrales de
servicio y confederaciones de cooperativas.
6) La Creación , emisión , circulación y transferencia de títulos de
créditos , títulos valores y acciones de cualquier clase , exceptuados
a la factura cambiaria.
7) Los intereses que devenguen los títulos de créditos y otras
obligaciones emitidas por las sociedades mercantiles y que se
negocien a través de una bolsa de valores .
8) la constitución de fideicomisos y la devolución de los bienes f
Fideicometidos a los actos gravados conforme a esta ley que
Efectue al pago de este impuesto.
9) los aportes y donaciones a asociaciones , fundaciones e
Instituciones , educativas culturales, registradas Comotales .
10) los pagos por el derecho de ser miembro y las cuotas periódicas
a las asociaciones o instituciones sociales científicas , culturales , y
deportivas .
11) la venta al menudeo de Carnes , pescado, mariscos , frutas y
verduras frescas , cereales, legumbres y granos básicos al
consumidores finales en mercados cantonales y municipales ,
siempre que tales ventas no Exedan en cien quetzales (Q100.00)
por cada transacción .
12) (Reformado por el Articulo 78 del decreto 9-2012 del congreso
de la Republica) La venta de vivienda con un máximo de ochenta
(80)Metros cuadrados de construcción cuyo valor no exceda de
doscientos cincuenta mil quetzales y la de lotes urbanizados que
incluya los servicios básicos , cuyo valor no exceda de ciento veinte
mil quetzales (Q120,000.oo)además del Nucleo familiar.
13)los servicios que prestan las asociaciones , fundaciones e Ins
tituciones educativas , de asistencia o de servicio social y las
religiosas , siempre que estén debidamente autorizadas por la ley ,
que no tenga por objeto el lucro y que en ninguna forma entre sus
asociados e integrantes.
14) (adicionado por el Articulo 1 del decreto Numero 88-2002 del
congreso de la Republica ) La venta de activos de bancos o
sociedades financieras a las que la superintendencia de bancos
haya aprobado un plan de regulación o en que exista junta de
Exclusion de Activos y pasivos.
(Adicionado por el Articulo 1 del decreto Numero 16-2003 del
congreso de la Republica ) la compra y venta de medicamentos
denominados genéricos y alternativos de origen Natural , inscritos
como tales en el Registro Sanitario del Ministerio de Salud y su
reglamento.
(Se relaciona con el Articulo 10 del reglamento)
Articulo 8 De las Exenciones Especificas . No deben cargar el
impuesto en sus operaciones de Venta , como tampoco en la
presentación de servicios , las siguientes personas .(se relaciona
con los artículos 14 y 1 del Reglamento )
“1. (Reformado por el Articulo 11 del decreto Numero 10-2012 del
congreso de la Republica ) Los centros educativos públicos y
privados , en lo que respecta a la Matricula de inscripción ,
colegiaturas y derecho de exámenes .
“2.las universidades autorizadas para funcionar en los países (se
relaciona con el Articulo 12 del Reglamento).
3. La Confederación Deportiva Autonoma de Guatemala y el comité
olímpico Guatemalteco. (Se relaciona con el Articulo 61 del
Reglamento)
4. El Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (se relaciona con el
Articulo 61 del Reglamento)
Las misiones diplomáticas y consulares acreditadas ante el
Gobierno de Republica. Asi y los agentes Diplomáticos , los
funcionarios y empleados diplomáticos y consulares , con la
condición de que los países a que pertenezcan dichas misiones y
personas de igual tratamiento como reciprocidad. (se relaciona
con el Articulo 61 del Reglamento )
6. los organismos internacionales a los que de acuerdo con los
respectivos convenios suscritos entre el Gobierno de la Republica
de Guatemala y dichos organismos se ha otorgado la Exencion de
impuestos.(se Relaciona con el Articulo 61 del Reglamento )
Articulo 9 (Reforma por el Articulo 6 del Derecho Numero 4-2012
del congreso de la Republica ) Regimen de las exenciones
especificas . Las personas enumeradas en el Articulo 8 anterior
están exentas de soportar el impuesto que se genera por los actos
gravados por esta ley y deberán recibir de quien les venda o les
preste un Servicio .
Respectos a las importancias que realicen estas Personas , deberán
solicitar previamente y cada vez , ala administración tributaria ,
resuelva si procede la Exencion .
Para el control de las Exenciones , la Administracion Tributaria
autorizara y notificara el uso de documentos que beneficie de las
exenciones establecidas en el Articulo.
ESTE TRABAJO QUE HACABO DE
PRESENTAR SE TRATA SOBRE UNOS
TEMAS MUY INTERESANTES SOBRE EL
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
ACTUALIZADO 2,014 (IVA).
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Instituto mixto de diversificado de enseñanza tecnologico del suroriente

  • 1.
  • 2.
  • 3.
  • 4. DE LAS VENTAS Y SERVICIOS EXENTOS DEL IMPUESTO ARTICULO 7.De las exenciones generales .Estan exentos del impuesto establecido en esta ley. 1las importancias de bienes muebles efectuadas Por : a) las Cooperativas , Federaciones y confederaciones de cooperativas ,Legalmente constituidas y registradas, cuando se trate de maquinaria , equipo y otros bienes de capital directa e inclusivamente relacionados con la actividad o servicio de la cooperativa , federación o confederación . b) las personas individuales o jurídicas amparadas por régimen de importancia temporal. c) los viajeros que ingresen al País , bienes muebles en calidad de equipaje , sobre los cuales no tienen que pagar derechos de importación de acuerdo con la legislación aduanera; d) los funcionarios y empleados guatemaltecos diplomáticos y consulares que retornen al país al concluir su misión en cuanto al menaje de Casa , efectos personales y un Vehiculo; e) las misiones diplomáticas y consulares acreditadas ante el gobierno de la Republica , y las personas a que se refiere la
  • 5. convención de Viena sobre relaciones diplomáticas y consulares , con la condición de que los países a que pertenezcan dichas misiones y personas otorguen igual tratamiento como reciprocidad; f) los organismos internacionales de acuerdo con los respectivos convenios suscritos entre el gobierno de la Republica de Guatemala y dichos organismos. Para los efectos de la literal Anterior , se debe solicitar dicha Extencion al ministerio de economía . 2) Reformados por el Articulo 38 del decreto Numero 20-2006 del congreso de la Republica. La transferencia de dominio de bienes muebles e inmuebles en los casos Siguientes . A ) Funciones de sociedades. B ) herencias, legados y donaciones causa de muerte. c) La aportación de bienes muebles a Sociedades . d) La aportaciones de inmuebles a sociedades.(se relaciona con el Articulo 8 del reglamento) 3) No estará exente la aportación de inmuebles a sociedades cuando e inmueble a aportar sea todo de parte de un inmueble previamente aportado a una sociedad. 4) Los servicios que presenten las instituciones fiscalizadas por la superintendencia de bancos y las bolsas de valores autorizadas para operar en el país.
  • 6. ) Las cooperativas no cargaran el impuesto al valor agregado (IVA) cuando efectúen operaciones de venta y prestaciones de servicios con sus Asociados , cooperativas , federaciones, centrales de servicio y confederaciones de cooperativas. 6) La Creación , emisión , circulación y transferencia de títulos de créditos , títulos valores y acciones de cualquier clase , exceptuados a la factura cambiaria. 7) Los intereses que devenguen los títulos de créditos y otras obligaciones emitidas por las sociedades mercantiles y que se negocien a través de una bolsa de valores . 8) la constitución de fideicomisos y la devolución de los bienes f Fideicometidos a los actos gravados conforme a esta ley que Efectue al pago de este impuesto. 9) los aportes y donaciones a asociaciones , fundaciones e Instituciones , educativas culturales, registradas Comotales . 10) los pagos por el derecho de ser miembro y las cuotas periódicas a las asociaciones o instituciones sociales científicas , culturales , y deportivas . 11) la venta al menudeo de Carnes , pescado, mariscos , frutas y verduras frescas , cereales, legumbres y granos básicos al consumidores finales en mercados cantonales y municipales , siempre que tales ventas no Exedan en cien quetzales (Q100.00) por cada transacción . 12) (Reformado por el Articulo 78 del decreto 9-2012 del congreso de la Republica) La venta de vivienda con un máximo de ochenta
  • 7. (80)Metros cuadrados de construcción cuyo valor no exceda de doscientos cincuenta mil quetzales y la de lotes urbanizados que incluya los servicios básicos , cuyo valor no exceda de ciento veinte mil quetzales (Q120,000.oo)además del Nucleo familiar. 13)los servicios que prestan las asociaciones , fundaciones e Ins tituciones educativas , de asistencia o de servicio social y las religiosas , siempre que estén debidamente autorizadas por la ley , que no tenga por objeto el lucro y que en ninguna forma entre sus asociados e integrantes. 14) (adicionado por el Articulo 1 del decreto Numero 88-2002 del congreso de la Republica ) La venta de activos de bancos o sociedades financieras a las que la superintendencia de bancos haya aprobado un plan de regulación o en que exista junta de Exclusion de Activos y pasivos. (Adicionado por el Articulo 1 del decreto Numero 16-2003 del congreso de la Republica ) la compra y venta de medicamentos denominados genéricos y alternativos de origen Natural , inscritos como tales en el Registro Sanitario del Ministerio de Salud y su reglamento. (Se relaciona con el Articulo 10 del reglamento) Articulo 8 De las Exenciones Especificas . No deben cargar el impuesto en sus operaciones de Venta , como tampoco en la presentación de servicios , las siguientes personas .(se relaciona con los artículos 14 y 1 del Reglamento ) “1. (Reformado por el Articulo 11 del decreto Numero 10-2012 del congreso de la Republica ) Los centros educativos públicos y
  • 8. privados , en lo que respecta a la Matricula de inscripción , colegiaturas y derecho de exámenes . “2.las universidades autorizadas para funcionar en los países (se relaciona con el Articulo 12 del Reglamento). 3. La Confederación Deportiva Autonoma de Guatemala y el comité olímpico Guatemalteco. (Se relaciona con el Articulo 61 del Reglamento) 4. El Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (se relaciona con el Articulo 61 del Reglamento) Las misiones diplomáticas y consulares acreditadas ante el Gobierno de Republica. Asi y los agentes Diplomáticos , los funcionarios y empleados diplomáticos y consulares , con la condición de que los países a que pertenezcan dichas misiones y personas de igual tratamiento como reciprocidad. (se relaciona con el Articulo 61 del Reglamento ) 6. los organismos internacionales a los que de acuerdo con los respectivos convenios suscritos entre el Gobierno de la Republica de Guatemala y dichos organismos se ha otorgado la Exencion de impuestos.(se Relaciona con el Articulo 61 del Reglamento ) Articulo 9 (Reforma por el Articulo 6 del Derecho Numero 4-2012 del congreso de la Republica ) Regimen de las exenciones especificas . Las personas enumeradas en el Articulo 8 anterior están exentas de soportar el impuesto que se genera por los actos gravados por esta ley y deberán recibir de quien les venda o les preste un Servicio .
  • 9. Respectos a las importancias que realicen estas Personas , deberán solicitar previamente y cada vez , ala administración tributaria , resuelva si procede la Exencion . Para el control de las Exenciones , la Administracion Tributaria autorizara y notificara el uso de documentos que beneficie de las exenciones establecidas en el Articulo.
  • 10. ESTE TRABAJO QUE HACABO DE PRESENTAR SE TRATA SOBRE UNOS TEMAS MUY INTERESANTES SOBRE EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO ACTUALIZADO 2,014 (IVA).