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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 
UNIVERSIDAD FERMÍN TORO 
ESCUELA DE DERECHO 
BARQUISIMETO-ESTADO LARA 
ESQUEMA 
LEY SOBRE DELITOS 
d 
INFORMÁTICO 
ESTUDIANTE; OROZCO Luz Dary 
Materia: legislación penal especial 
Abogado, docente: David Valderrama 
SAIA
LEY SOBRE DELITOS INFORMÁTICOS 
Tiene por objeto la protección integral de los 
sistemas que utilicen tecnologías de 
información, así como la prevención y sanción 
de los delitos cometidos contra tales sistemas o 
cualquiera de sus componentes o los cometidos 
mediante el uso de dichas tecnologías, en los 
términos previstos en esta ley. Art. 1 LSDI
Esquema de los diversos tipos penales 
De los Delitos Contra los 
Sistemas que Utilizan 
Tecnologías de 
Información 
Acceso indebido At. 6 
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sistema Art.7 
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culposo del sabotaje o 
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Posesión de equipos o 
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El que acceda , intercepte o use un sistema 
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prisión de 1 a 5 
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El que indebidamente 
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prisión de 4 a 8 años y 
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Esquema de los diversos tipos penales 
De los Delitos 
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Sistemas que 
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Tecnologías de 
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De los Delitos 
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información y haga 
alegaciones falsas 
prisión de 1 a 5 
años y multa de 
100 a 500 UT 
sin perjuicio de la 
comisión de un delito 
más grave.
JURISPRUDENCIA 
CAUSA C1-100043-04 
El acusado había realizado una transacción bancaria, la cual efectuó en el cajero automático del Banco Confederado de 
Porlamar, donde dicho ciudadano le sustrajo de la cuenta bancaria de su compañera, la cantidad de Ciento Cincuenta Mil 
Bolívares (Bs. 150.000.00) en efectivo, y la cual presentaba una banda magnética distinta a la que dan los bancos del país al momento de la detención se le incautó en el interior del koala de color negro, que llevaba a la altura de la cintura, una 
tarjeta magnética del Banco Industrial de Venezuela, de color gris y la cantidad de Ciento Cincuenta Mil bolívares en 
efectivo; hecho ocurrido en la Calle Narváez con Jesús María Patiño y Cedeño, Porlamar, Municipio Mariño, estado Nueva 
Esparta. 
El delito de FRAUDE INFORMATICO, previsto y sancionado en el artículo 14 de la Ley Contra los delitos Informáticos, 
prevé una pena de TRES (03) A SIETE (07) AÑOS DE PRISION, cuyo término medio de conformidad con lo previsto en artículo 37 del Código Penal resulta ser de CINCO (05) AÑOS DE PRISION y en aplicación al artículo 74.4 del Código 
Penal se lleva a su límite inferior, es decir de TRES (03) AÑOS DE PRISION. De igual manera, conlleva la pena de 
TRESCIENTAS (300) A SETECIENTAS (700) UNIDADES TRIBUTARIAS, cuyo término medio de conformidad con previsto en el artículo 37 del Código Penal, resulta ser de TRESCIENTAS (300) UNIDADES TRIBUTARIAS. 
A título personal El delito de fraude, está previsto en el artículo 14 de la Ley Sobre delitos Informáticos por lo que 
estaríamos en presencia de la manipulación de los sistemas para insertar instrucciones falsas o fraudulentas que ocasiona un 
beneficio económico en perjuicio ajeno; como se advierte de la tipificación de la ley, concurre con los elementos de la estafa 
pero mucho más generales. El tipo penal consiste, entonces, en crear, introducir, enviar instrucciones erróneas de modo que 
el sistema el cuál fue programado para producir un determinado resultado- arroje uno totalmente imprevisible que no estaba 
en el programa y que además consolida el hecho ilícito realizado por este ciudadano en cuestión
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Esquema LEY SOBRE DELITOS INFORMÁTICOS

  • 1. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD FERMÍN TORO ESCUELA DE DERECHO BARQUISIMETO-ESTADO LARA ESQUEMA LEY SOBRE DELITOS d INFORMÁTICO ESTUDIANTE; OROZCO Luz Dary Materia: legislación penal especial Abogado, docente: David Valderrama SAIA
  • 2. LEY SOBRE DELITOS INFORMÁTICOS Tiene por objeto la protección integral de los sistemas que utilicen tecnologías de información, así como la prevención y sanción de los delitos cometidos contra tales sistemas o cualquiera de sus componentes o los cometidos mediante el uso de dichas tecnologías, en los términos previstos en esta ley. Art. 1 LSDI
  • 3. Esquema de los diversos tipos penales De los Delitos Contra los Sistemas que Utilizan Tecnologías de Información Acceso indebido At. 6 Sabotaje o daño al sistema Art.7 Favorecimiento culposo del sabotaje o daño art. 8. -Acceso indebido o sabotaje a sistemas protegidos Art.9 Posesión de equipos o prestación de servicio de sabotaje Art.10 Espionaje Informáticos Art.11 El que acceda , intercepte o use un sistema que utilice tecnologías de información El que realice cualquier acto que altere el funcionamiento o inutilice un sistema prisión de 1 a 5 años y multa de 10 a 50 U.T Prisión de 4 a 8 años y de 400 a 800 UT Las penas previstas en los art. anteriores se aumentarán entre una tercera parte y la mitad Prisión de 3 a 6 Años, multa de 300 a 600 UT se aumentarán entre una 3era parte y la mitad con respecto a art. anteriores vulnerar o eliminar la seguridad de cualquier sistema que utilice tecnologías de información, importe o fabrique prisión de tres a seis años y multa de trescientas a seiscientas UT. El que indebidamente obtenga, revele o difunda la data o información contenidas en un sistema de tecnologías prisión de 4 a 8 años y multa de 400 a 800 UT aumenta de un tercio a la mitad, si es por beneficio propio
  • 4. Esquema de los diversos tipos penales De los Delitos Contra los Sistemas que Utilizan Tecnologías de Información El que a través de cualquier medio, cree, modifique o elimine un documento que se encuentre incorporado a un sistema que utilice tecnologías de información; o cree, modifique o elimine datos del mismo Prisión de 3 a 6 años Y multa de 400 a 800 UT De los Delitos Contra la Propiedad . El que a través del uso de tecnologías de información, acceda, intercepte, o use de cualquier forma un sistema o medio de comunicación para apoderarse de bienes o valores tangibles o intangibles de carácter patrimonial sustrayéndolos a su tenedor, con el fin de procurarse un provecho económico prisión de 2 a 6 multa de 200 a 600 UT. HURTO Art. 13 Fraude Art. 14 uso indebido de tecnologías de información, valiéndose de cualquier manipulación en sistemas o cualquiera de sus componentes o en la data o información en ellos contenida Prisión de 3 a 7 años y multa de 300 a 700 U.T Falsificación de documentos ART 12 LSDI
  • 5. De los Delitos Contra la Propiedad Obtención indebida de bienes o servicios Art. 16 LSDI Manejo fraudulento de tarjetas inteligentes o instrumentos análogos Art. 17 LSDI Apropiación de tarjetas inteligentes o instrumentos análogos Art18 LSDI Provisión indebida de bienes o servicios Art. 19 LSDI El que, sin autorización para portarlos, utilice una tarjeta inteligente ajena o instrumento destinado a los mismos fines, o el que utilice indebidamente tecnologías de información para requerir la obtención de cualquier efecto prisión De 2 a 6 años y multa de 200 a 600 UT cree, capture, grabe, copie, altere, duplique o elimine la data o información contenidas en una tarjeta inteligente o en cualquier instrumento destinado a los mismos fines; o el que, mediante cualquier uso indebido de tecnologías de información Apropiación de una tarjeta inteligente o instrumento destinado a los mismos fines, que se hayan perdido, extraviado o hayan sido entregado por equivocación, con el fin de retenerlos, usarlos, venderlos o transferirlos a persona distinta del usuario autorizado penado con prisión de 5 a 10 años y multa de 500 a 1000 UT Prisión de 1 a 5 años y multa de 10 a 50 UT El que sabiendo que una tarjeta inteligente o instrumento destinado a los mismos fines, se encuentra vencido, revocado, se haya indebidamente obtenido, retenido, falsificado, alterado Prisión de 2 a 6 años y multa de 200 a 600 UT
  • 6. De los Delitos Contra la Propiedad Posesión de equipo para falsificaciones Art. 19 LSDI De los delitos contra la privacidad de las personas y de las comunicaciones Violación de la privacidad de la data o información de carácter personal. Art 20 LSDI Revelación indebida de data o información de carácter persona Art.21 LSDI El que sin estar debidamente autorizado para emitir, fabricar o distribuir tarjetas inteligentes o instrumentos análogos, reciba, adquiera, posea, transfiera, comercialice cualquier equipo de fabricación de tarjetas inteligentes o de instrumentos destinados a los mismos fines o cualquier equipo con prisión de 3 a 6 años multa de 300 a 600UT Violación de la privacidad de la data o información de carácter personal. Prisión de 2 a 6 años Multa de 200 a 600 UT Violación de la privacidad de las comunicaciones Prisión de 2 a 6 años y multa de 200 a 600 U.T.
  • 7. Revelación indebida de data o información de carácter personal Art.22 LSDI De los delitos contra niños, niñas o adolescentes Difusión o exhibición de material pornográfico Art. 23 LSDI Exhibición pornográfica de niños o adolescentes. Art. 24 LSDI El que por cualquier medio que involucre el uso de tecnologías de información, exhiba, difunda, transmita material pornográfico o reservado a personas adultas, sin realizar previamente las debidas advertencias para que el usuario restrinja el acceso a niños, niñas y adolescentes Prisión de 2 a 6 años Multa de 200 a 600 UT El que involucre el uso de tecnologías de información, utilice a la persona o imagen de un niño, niña o adolescente con fines exhibicionistas o pornográficos Prisión de 4 a 8 años y multa de 400 a 800 U.T. De los delitos contra la privacidad de las personas y de las comunicaciones El que revele, difunda o ceda, en todo o en parte, los hechos descubiertos, las imágenes, el audio o, en general, la data o información obtenidos por alguno de los medios indicados prisión de 2 a 6 años y multa de 200 a 600 UT.
  • 8. De los delitos contra el orden económico Apropiación de propiedad intelectual. Art.- 25 LSDI El que sin autorización de su propietario y con el fin de obtener algún provecho económico, reproduzca, modifique, distribuya un software u otra obra del intelecto que haya obtenido mediante el acceso a cualquier sistema que utilice tecnologías de información prisión de 1 a 5 años y multa de 100 a 500 UT Oferta engañosa Art. 26 LSDI. ofrezca, comercialice o provea de bienes o servicios mediante el uso de tecnologías de información y haga alegaciones falsas prisión de 1 a 5 años y multa de 100 a 500 UT sin perjuicio de la comisión de un delito más grave.
  • 9. JURISPRUDENCIA CAUSA C1-100043-04 El acusado había realizado una transacción bancaria, la cual efectuó en el cajero automático del Banco Confederado de Porlamar, donde dicho ciudadano le sustrajo de la cuenta bancaria de su compañera, la cantidad de Ciento Cincuenta Mil Bolívares (Bs. 150.000.00) en efectivo, y la cual presentaba una banda magnética distinta a la que dan los bancos del país al momento de la detención se le incautó en el interior del koala de color negro, que llevaba a la altura de la cintura, una tarjeta magnética del Banco Industrial de Venezuela, de color gris y la cantidad de Ciento Cincuenta Mil bolívares en efectivo; hecho ocurrido en la Calle Narváez con Jesús María Patiño y Cedeño, Porlamar, Municipio Mariño, estado Nueva Esparta. El delito de FRAUDE INFORMATICO, previsto y sancionado en el artículo 14 de la Ley Contra los delitos Informáticos, prevé una pena de TRES (03) A SIETE (07) AÑOS DE PRISION, cuyo término medio de conformidad con lo previsto en artículo 37 del Código Penal resulta ser de CINCO (05) AÑOS DE PRISION y en aplicación al artículo 74.4 del Código Penal se lleva a su límite inferior, es decir de TRES (03) AÑOS DE PRISION. De igual manera, conlleva la pena de TRESCIENTAS (300) A SETECIENTAS (700) UNIDADES TRIBUTARIAS, cuyo término medio de conformidad con previsto en el artículo 37 del Código Penal, resulta ser de TRESCIENTAS (300) UNIDADES TRIBUTARIAS. A título personal El delito de fraude, está previsto en el artículo 14 de la Ley Sobre delitos Informáticos por lo que estaríamos en presencia de la manipulación de los sistemas para insertar instrucciones falsas o fraudulentas que ocasiona un beneficio económico en perjuicio ajeno; como se advierte de la tipificación de la ley, concurre con los elementos de la estafa pero mucho más generales. El tipo penal consiste, entonces, en crear, introducir, enviar instrucciones erróneas de modo que el sistema el cuál fue programado para producir un determinado resultado- arroje uno totalmente imprevisible que no estaba en el programa y que además consolida el hecho ilícito realizado por este ciudadano en cuestión