Decreto nro 096 de octubre 31 de 201420141031 18371082 2649
1. MUNICIPIO DE L1BORINA
Alcaldía Municipal
DECRETO NRO. 096
(Octubre 31 de 2014)
POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICA EL HORARIO DE TRABAJO Y
ATENCIÓN EN EL MUNICIPIO DE LIBORINA ANTIOQUIA POR
MOTIVO DE LAS FIESTAS DECEMBRINAS Y DE FIN DE AÑO
LA ALCALDESA MUNICIPAL DE LIBORINA ANTIOQUIA, EN USO
DE SUS FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES, EN
ESPECIAL LAS CONFERIDAS POR LA LEY 136 DE 1994, Y
CONSIDERANDO:
A) Que se acercan las festividades decembrinas de Natalicio de Jesús y las
festividades de fin de año.
B) Que esas fechas se hacen propicias para el esparcimiento, la unión familiar y
la vivencia de las creencias culturales y religiosas.
C) Que el Ente Territorial Municipio de Liborina, desea generar espacios para
que sus empleados, trabajadores y contratistas que prestan sus servicios a
ella, puedan disfrutar de las festividades en unión de sus familias.
D) Que no obstante el querer de la administración municipal, se hace menester
recuperar los días de descanso que se concederá para tal fin.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Modificar la jornada laboral de la entidad territorial
Municipio de Liborina, para los meses de Noviembre y Diciembre de 2014, la cual
quedará de la siguiente manera:
A partir del día 1 de Noviembre y hasta el día 20 del mes de Diciembre, la
jornada laboral de la entidad será de la siguiente manera:
De Lunes a Viernes: De 8:00 AM a 12:30 M. y de 2:00 PM a 6:30 PM
- Sábados de 8:00 A.M. a 1:00 P.M.
DMurallo cbn F^uúlad
""ÍNÍt 89Ü.983r.672Q-6
2. MUNICIPIO DE LIBORINA
Alcaldía Municipal
Los dias 22,23 Y 26 de Diciembre de 2014, se laborará en jornada
continua de 8:00 A.M. a 4:00 P.M.
El día 24 de Diciembre de 2014, se laborará hasta las 12:00 M.
PARÁGRAFO: Con la finalidad de controlar el cumplimiento del nuevo horario por
parte de empleados, trabajadores y contratistas, serán los secretarios de
Despacho los encargados de verificar que el personal a su cargo cumpla
íntegramente el horario.
ARTICULO SEGUNDO: El Municipio de Liborina no laborará los dias 29,30,31 de
Diciembre de 2014; 2 y 3 de Enero de 2015, como un incentivo laboral a sus
empleados, trabajadores y contratistas que de manera denodada laboran en pro
del desarrollo del Municipio y sus comunidades, a fin de que compartan sus
creencias y costumbres de las festividades decembrinas y de fin de año en
compañía de sus familias.
ARTÍCULO TERCERO: Publicar el presente Decreto por los medios de
comunicación locales, la gaceta municipal y la página web del Municipio a fin de
que nuestros ciudadanos conozcan de primera mano esta modificación en el
horario.
ARTICULO CUARTO: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su
expedición.
Dado en la Alcaldía Municipal de Liborina Antioquia el día treinta y uno (31) del
mes de Octubre del año Dos Mil Catorce (2014).
NOTIFIQUESE, COMUNIQÚESE Y CÚMPLASE
ADRIANA MARÍA MAYA GALLEGOl"
Alcaldesa Popular de Liborina
reí 1Q U 7-71 - lalctcix: flStil IH (ií
Nit. 890.983.672-6