Presentación animada en Power Point para la exposición del libro XII del Espíritu de las Leyes del autor Charles Louis de Secondat, Señor de la Brède y mejor conocido como el Barón de Montesquieu
1. Libro XII
De las leyes que
forman la libertad
política en su
relación con el
ciudadano
2. Capitulo XVI
Calumnia en el crimen de lesa majestad
• lèse-majesté . 1 attentat à la
majesté du souverain | 2 par
extension et familièrement
atteinte grave à l'honneur d'une
personne.
• (Del lat. laesus, part. pas. de
laedĕre, dañar, ofender)
• 1. adj. Agraviado, lastimado,
ofendido. Se dice principalmente
de la cosa que ha recibido el
daño o la ofensa. Lesa
humanidad. Leso derecho
natural | 2. adj. Dicho del juicio,
del entendimiento o de la
imaginación: Pervertido, turbado,
trastornado.
• ~ de lesa majestad. En derecho
antiguo, delito que se cometía
contra la vida del soberano o sus
familiares.
Es necesario hacer justicia a
los Césares: no imaginaban
ellos las tristes leyes que
hacían. Fue Sila el primero en
enseñarles que no se debía
penar a los calumniadores; no
se tardó en hacer más: en
recompensarlos.
El espíritu de las leyes - Aida D.
Ramírez
3. Capitulo XVII
De la revelación de las conspiraciones
• La organización de los
conspiradores preveía en el
mando a Ignacio Allende como
general, Aldama como segundo
e Hidalgo al frente del
movimiento popular con un
levantamiento que se llevaría a
cabo el 1 de octubre. Pero la
conspiración de Querétaro fue
denunciada, el 9 de septiembre,
por el empleado de correos José
Mariano Galván. Al día siguiente,
el propio capitán Joaquín Arias,
al creer que todo estaba perdido,
se autodenunció.
La ley que ordena en varios
Estados, so pena de la vida,
revelar todas las
conspiraciones, aun aquellas
en que no se haya tomado
parte, no es menos dura.
Si la adopta un Estado
monárquico, es muy
conveniente restringirla.
Solamente debe aplicarse con
severidad cuando se trata del
crimen de lesa majestad bien
definido, bien calificado. Es
muy importante no confundir
los diferentes grados de
culpabilidad.
México
El espíritu de las leyes - Aida D.
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4. Capitulo XVIII
De lo peligroso que es, en las repúblicas, el castigar con
exceso el crimen de lesa majestad
• Los griegos no pusieron límites
a las venganzas que tomaron
contra los tiranos o contra los
que sospechaban que lo eran.
Mataban a sus hijos y a sus
parientes más próximos y
expulsaron infinidad de
familias.
• Puede leerse en Apiano la
fórmula de las proscripciones:
esas ventajas de la misma
proscripción, de la seguridad
que se promete a los ricos, de
la tranquilidad que van a tener
los pobres, del interés que
merecen la vida y sosiego de
todos los ciudadanos, de que
se quiere apaciguar a la tropa,
en una palabra, de que todos
van a ser felices.
Cuando una república ha
logrado destruir a los que
intentaban derribarla, es
menester apresurarse a
poner término a las
venganzas, a los castigos y
aún a las recompensas.
No es posible imponer
grandes castigos y hacer
grandes cambios, más vale
perdonar mucho que castigar
mucho; pues con pretexto de
la venganza pública, se
extendería demasiado la
tiranía de los vengadores.
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5. Capitulo XIX
Como se suspende el uso de la libertad en la república
En los Estados en que más se cuida
de la libertad, hay leyes que la violan
contra uno solo por conservar la de
todos: Privilegios .
Confieso que los usos de los pueblos
más libres que han existido en la
Tierra, me inclinaban a creer que hay
casos en que es preciso echar un
velo, por un momento sobre la
libertad, como se hacía con las
estatuas de los dioses.
México
En nuestra Constitución se
encuentra tipificado sobre la
cuestión de derechos de juicio
los siguientes:
Artículo 13. Nadie puede ser
juzgado por leyes privativas ni
por tribunales especiales.
Artículo 14. A ninguna ley se
dará efecto retroactivo en
perjuicio de persona alguna.
Artículo 15. No se autoriza la
celebración de tratados para la
extradición de reos políticos.
Sucede a menudo en los Estados
populares, que sean públicas las
acusaciones, pudiendo cualquiera
acusar a otro. Por lo mismo se han
hecho leyes a propósito para
defender la inocencia de los
ciudadanos para que no pudiera
corromper a los jueces ni a los
testigos.
Capitulo XX
De las leyes favorables a la libertad del ciudadano en la república
6. Capitulo XXI
De la crueldad de las leyes respecto a los deudores en la república
Ya es bastante superioridad la
que tiene un ciudadano sobre
otro, si le ha prestado dinero,
que el segundo tomó por
deshacerse de él y por
consiguiente no lo tiene ya.
En Atenas y en Roma se
permitía en los primeros
tiempos que los acusados
tomaran por esclavos a sus
deudores, o como tales
esclavos, los vendieran, si no
podían pagar.
Estas leyes, tan duras contra
los deudores, pusieron en
peligro muchas veces la
república romana.
Se salió de la anarquía para
caer en la tiranía. E inicia la
era de la esclavitud por
deudas; pero el mal persistía.
Leyes
particulares dieron facilidad de
pago a los deudores.
Tal fue el destino de la ciudad,
a la que crímenes nuevos le
confirmaron la libertad que le
habían dado crímenes
antiguos. Desde aquel tiempo,
más perseguidos fueron los
acreedores por quebrantar las
leyes contra la usura, que los
deudores por no pagar sus
deudas.
El espíritu de las leyes - Aida D.
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7. Capitulo XXII
De las cosas que merman la libertad en la monarquía
La cosa más inútil para el príncipe
ha mermado muchas veces la
libertad en las monarquías: los
delegados o comisarios que se
nombran a menudo para juzgar a
alguien.
Tan poca utilidad saca el príncipe
de los comisarios, que no vale la
pena de que cambie el orden
establecido para tan poca cosa.
Es moralmente seguro que el
príncipe tiene más espíritu de
probidad y de justicia que sus
comisarios, los cuales se creen
siempre bastante justificados por
las órdenes del príncipe o bien por
interés del Estado, o por la
elección que ha recaído en ellos o
por sus temores mismos.
El servirse de ellos no es
práctica ordinaria de los
buenos príncipes. Un príncipe
debe conducirse con sus
súbditos. Si ve que las leyes,
en general, conservan su vigor
y son respetadas, puede
creerse bien seguro. Prueba
de que se le ama es la
confianza que se pone en él; si
un ministro nos niega lo que
solicitamos, creemos que el
monarca nos lo hubiera
concedido y es testimonio de
la confianza que inspira.
Capitulo XXIII
De los espías en las monarquías
8. Capitulo XXIV
De las cartas anónimas
Los que no quieren dejar las leyes
entre ellos y el acusado, prueban
tener alguna razón para temerlas;
y la menor pena que se les puede
infligir, es no hacerles caso.
Emulando las palabras del
emperador Constantino: "No
sospechemos del que no ha
tenido un acusador, que no le
faltaba un enemigo”.
La autoridad real es un gran
resorte que debe moverse con
regularidad y sin estrépito,
dando ejemplo. Hay casos en
que el poder debe actuar en
toda su extensión; otros en
que debe limitarse.
Lo importante es conocer cuál
sea la parte del poder, grande
o pequeña, que deba
emplearse en cada una de las
diversas circunstancias; eso
facilita el mando es que el
príncipe halague; que las leyes
amenacen, y no el príncipe.
Capitulo XXV
De la manera de gobernar en la monarquía
9. Capitulo XXVI
En la monarquía, el príncipe debe ser accesible
"El zar Pedro I, ha dicho Perry, ha
hecho una nueva ordenanza que
prohíbe presentarle ninguna solicitud
sino después de haberla presentado
dos veces a sus oficiales. Si el
solicitante es desatendido las dos
veces, la tercera solicitud puede
presentarse al zar; pero el que pida
o reclame sin justificación, debe
perder la vida. Y nadie desde
entonces ha dirigido súplicas al zar".
Las costumbres del príncipe
contribuyen tanto a la libertad
como las leyes; puede hacer
con ellas, de los hombres,
animales; de los animales,
hombres. Si ama las almas
libres, tendrá súbditos; si
prefiere las almas serviles,
tendrá siervos.
Si quiere saber el difícil arte de
reinar, que tenga a su lado el
honor, la virtud, que llame junto
a sí al mérito personal. Es tan
poco lo que pide el pueblo, que
no debe rehusársele; se
contenta con tan escasas
consideraciones, que es justo
concedérselas. Tan infinita es
la distancia que media entre el
monarca y el pueblo, que
aquel no puede estorbar a
éste.
Capitulo XXVII
De las costumbres del monarca
10. Capitulo XXVIII
De las consideraciones que los monarcas deben a sus
súbditos
Es menester que sean muy
comedidos en las bromas. Estas
lisonjean cuando son discretas y
moderadas, porque de un medio de
entrar en la familiaridad; pero
cuando son picantes o rayan en la
burla no están bien ni en el último de
los vasallos, mucho menos en el
príncipe, que tales chanzas hieren
moralmente. Y menos debe
hacérsele un insulto a ningún
súbdito; la misión del monarca es
perdonar o castigar, nunca insultar.
Cuando un monarca ofende
con la palabra o el ademán a
cualquiera de sus súbditos, le
trata peor que a los suyos el
déspota de los turcos o el de
los moscovitas. Si éstos
insultan a sus vasallos, no los
deshonran aunque los
humillen; en tanto que aquéllos
los humillan y los deshonran.
Por nuestra manera de pensar,
añadimos al dolor de la afrenta
la desesperación de no poder
lavarla. Los monarcas deben
alegrarse de tener por súbditos
a hombres más amantes del
honor que de la vida,
sentimiento que es un motivo
más de fidelidad y de valor.
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11. Capitulo XXIX
De las leyes civiles adecuadas para poner un poco de
liberalismo en el gobierno despótico
Aunque por su propia índole, el
gobierno despótico es lo mismo en
todas partes, puede haber
circunstancias, costumbres, ejemplos,
opiniones que en algo lo modifiquen,
introduciendo en él diferencias muy
considerables.
Conviene que haya algún libro
sagrado que sirva de regla para todos,
que preste su autoridad al régimen
político
El código religioso, que suple al civil,
da cierta fijeza a la arbitrariedad, le
impone reglas al propio despotismo.
Si el caso merece pena capital, puede
ser conveniente que el juez o el
gobernador oigan el parecer del
sacerdote, aunque resuelva la
autoridad política.
México
Leyes civiles. Orden en el
lugar
Artículo 24. El Congreso
no puede dictar leyes que
establezcan o prohíban
religión alguna.
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12. Capitulo XXX
Continuación del mismo asunto
Cuando uno pierde el favor del
príncipe, bueno es que entre éste y
el que ha caído en desgracia queden
suplicantes que suavicen el enfado
del primero, o aplaquen su justicia
con sus explicaciones.
Parece que ciertos príncipes hacen
todo lo posible por privarse de una
gran virtud: de la clemencia.
La costumbre de Persia, que permite
salir del reino a quien lo tenga a
bien, es una buena costumbre;
aunque la contraria se deriva del
régimen despótico, en el cual se
tiene por esclavos a los súbditos y
por esclavos fugitivos a los que se
ausentan, así que el temor a que se
fuguen o se alejen los
contribuyentes modera las
persecuciones de los recaudadores.
Leyes civiles. Orden en el
lugar
Artículo 11. Toda persona tiene
derecho para entrar en la
República, salir de ella, viajar
por su territorio y mudar de
residencia, sin necesidad de
carta de seguridad, pasaporte,
salvoconducto u otros
requisitos semejantes. El
ejercicio de este derecho
estará subordinado a las
facultades de la autoridad
judicial.
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13. Comparativos con la cuestión mexicana
Capítulo I
De los Derechos Humanos y sus Garantías
La Constitución Mexicana promulgada por Carranza en 1917 se
convirtió en la primera a nivel mundial que contenía las mayores
aportaciones a nivel jurídico de los derechos sociales.
En ella se establece la forma de Gobierno, las garantías individuales
y sociales, el sistema económico que adoptaría la nación y sobre el
que se gobernaría.
Esta Constitución, que con reformas, es la que nos rige en la
actualidad, está compuesta por 136 artículos y 19 artículos
transitorios, contenidos en nueve títulos.
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