1. Los residuos peligrosos son materiales o productos que, una
vez desechados, pueden liberar al medio sustancias tóxicas.
La manipulación y vertido incorrecto de los residuos peligrosos
puede liberar al medio sustancias que resultan peligrosas para
los organismos vivos (flora, fauna, personas). Por ello la
normativa básica sobre residuos establece la obligación de
gestionarlos adecuadamente: identificación, segregación,
almacenamiento correcto y entrega a una empresa autorizada
para su gestión.
2. Según el anexo III de la mencionada ley 22/2011 de residuos y
suelos contaminados, se considerará que un residuo es peligroso
cuando presente al menos una de las siguientes características:
1.H1 Explosivo: se aplica a las sustancias y preparados que
pueden explosionar bajo el efecto de la llama o que son más
sensibles a los choques o las fricciones que el dinitrobenceno.
2.H2 Oxidante: se aplica a las sustancias y preparados que
presentan reacciones altamente exotérmicas al entrar en
contacto con otras sustancias, en particular sustancias
inflamables.
3. 3. H3-B Inflamable: se aplica a las sustancias y los
preparados líquidos que tienen un punto de inflamación
superior o igual a 21 ºC e inferior o igual a 55 ºC.
4. H4 Irritante: se aplica a las sustancias y los preparados no
corrosivos que pueden causar una reacción inflamatoria por
contacto inmediato, prolongado o repetido con la piel o las
mucosas.
5. H5 Nocivo: se aplica a las sustancias y los preparados que
por inhalación, ingestión o penetración cutánea pueden
entrañar riesgos de gravedad limitada para la salud.
6. H6 Tóxico: se aplica a las sustancias y los preparados
(incluidos las sustancias y los preparados muy tóxicos) que
por inhalación, ingestión o penetración cutánea pueden
entrañar riesgos graves, agudos o crónicos e incluso la
muerte.
4. 7. H7 Corrosivo: se aplica a las sustancias y los
preparados que pueden destruir tejidos vivos al entrar en
contacto con ellos.
8. H 8 Residuos que emiten gases tóxicos al entrar en
contacto con el aire, con el agua o con un ácido.
9. H 9 Ecotóxico: se aplica a los residuos que presentan o
pueden presentar riesgos inmediatos o diferidos para uno
o más compartimentos del medio ambiente.
10. H 10 Tóxico para la reproducción: se aplica a las
sustancias y los preparados que por inhalación, ingestión
o penetración cutánea pueden producir malformaciones
congénitas no hereditarias o aumentar su frecuencia.
5. Se denomina Residuo a "cualquier sustancia u objeto del que
su poseedor se desprenda o del que tenga la intención de
desprenderse". (Ley 10/98). Se clasifican en:
Residuos asimilables a urbanos (Ley 10/98).
Aquellos que no tengan la calificación de peligrosos y que por
su naturaleza o composición pueden asimilarse a los
producidos en los domicilios particulares, comercios oficinas y
servicios.
6. Residuos no peligrosos (RD 1481/2001)
Aquellos que no sean peligrosos, que no puedan asimilarse a
los generados en los domicilios y que tampoco puedan ser
englobados dentro de los inertes porque generan
cantidades significativas de lixiviado, por ejemplo unos
lodos de depuradora no peligrosos.
Residuos peligrosos. Los listados en el Anexo 2 de la Orden
MAM/304/2002, Lista Europea de Residuos identificados
con el símbolo asterisco (*).Según el RD 952/97, son
materias que en cualquier estado físico o químico,
contienen elementos o sustancias que pueden representar
un peligro para el medio ambiente, la salud humana o los
recursos naturales
7. Los primeros procesos parten de los generadores de
residuos peligrosos, estos deben clasificar en forma
primaria sus residuos para efectos de transporte y
suministrar una Hoja de Datos de Seguridad. Los
receptores deben verificar que la carga puede ser
clasificada o no como peligrosa, si no es peligrosa el
tratamiento consiste en el vertido directo al contenedor
señalado para tal efecto. El vertido en contenedores de
residuos No peligrosos debe estar plenamente respaldado
ante la auditoría de cualquier autoridad de salud y
ambiente.