Presentación reglamento de evaluacion a directores1
1. . Reglamento de Evaluación de los aprendizajes Acuerdo Ministerial No. 1171-2010 Guatemala,15 de julio de 2010
2. Es un proceso Pedagógico Sistemático Instrumental Participativo Flexible Analítico Y Reflexivo Que permite interpretar la información obtenida acerca del nivel de logro que han alcanzado las y los estudiantes en las competencias esperadas Definición de la evaluación de los aprendizajes
3. Motivar y orientar el aprendizaje Estimular en forma equitativa las potenciabilidades de los estudiantes Determinar el nivel de logro de los aprendizaje en forma cualitativa y cuantitativa y el desarrollo integral de la persona Mejorar el proceso de la enseñanza y aprendizaje en función de los resultados obtenidos FINALIDAD
4. Diagnostica: Explora y establece el nivel de preparación, los intereses y las expectativas. Formativa: informa y reorienta a los actores educativos Sumativa: Determina la Promocion Funciones de la Evaluación de los Aprendizaje
5. Holistica Participativa Flexible Sistematica Interpretativa Tecnica Cientifica Características generales de la Evaluación de los aprendizajes
6. Indicadores de logro: es referente de la Evaluacion Interna. Estándares de contenido: La evaluación externa que se realiza por instancias especializadas designadas por el Ministerio de Educación ( Digeduca- Digemoca) Tiene de referente los estándares de contenidos , incluidos en las competencias establecidas en el Currículo de cada nivel Educativo. Referentes de la Evaluacion
7. Se integra al finalizar el ciclo escolar y asume funciones el primer día hábil del ciclo escolar siguiente. Se conforma integrada por el director y un mínimo de dos miembros del personal docente. Organización de Evaluación( Comisión de Evaluación Art. 6-8)
8. Asegurar el cumplimiento del Reglamento Oficial de Evaluacion. Coordinar la organización y el desarrollo del proceso de evaluacion Analizar los resultados obtenidos los procesos de Evaluacion, internos y externos. Asegurar la correcta aplicación del proceso de mejoramiento de los aprendizajes. Resolver los casos que ameriten revision y que sean de su competencia. Si fuera necesario, solicitar la asesoria de la Supervision Educativa Jurisdiccional Resolver y justificar los casos relacionados con la evaluacion de estudiantes con necesidades educativas especiales Asegurar la entrega de los informes de avances y resultados del proceso de evaluacion Asesorar y orientar al personal docente en el campo de la evaluacion Dejar constancia de lo tratado en el libro de actas especifico del centro educativo (autorizado por la Supervision) Funciones de la comisión de Evaluación
9. Esta constituido por las actividades de aprendizaje y evaluación que el docente aplica o desarrolla tendientes a mejorar el nivel de logro de los aprendizaje Debe realizarse después de cada actividad de evaluación, con base a las actividades en cada una de las actividades de evaluación realizadas Los estudiantes por causas justificadas (migración, enfermedad u otras) no hayan podido seguir el proceso de evaluación, tendrán derecho a las actividades de evaluación y a las mejoramiento. Proceso de Mejoramiento de los Aprendizaje
10. Los docentes registran el avance de los aprendizajes de sus estudiantes de la manera siguientes en el nivel medio Los resultados de las actividades de evaluación de cada unidad y su respectivo proceso de mejoramiento se registraran en un documento que permita demostrar el avance alcanzado por los estudiantes. Al finalizar cada unidad se registraran los resultados obtenidos en las actividades de evaluación realizadas Al finalizar el periodo lectivo se registrara la nota final que debe representar los logros alcanzados en cada área y subarea del currículo vigente de los diferentes niveles y modalidades del sistema Educativo Nacional Registro de los resultados de la Evaluación de los Aprendizajes
11. Tienen carácter oficial y publico cinco dias después de concluido el proceso de evaluacion Oficialización de los registros
12. Es responsabilidad de cada centro educativo, por medio de las y los docentes, informar a los padres sobre el avance de los aprendizajes El aprendizaje se anotara en la tarjeta de calificaciones y serán entregado a los padres al final de cada unidad En caso de inconformidad el interesado tiene derecho a solicitar revisión efectuar en un máximo de cinco dias después de oficializados los resultados Informe del avance de los aprendizajes
13. Es el logro de los aprendizajes esperados por cada área Cada área o subarea se considera aprobada cuando el estudiante obtiene como mínimo sesenta (60) puntos en las actividades de evaluación realizadas Para efectos de la nota final del ciclo escolar, cada área considera aprobada cuando el estudiante obtienen como mínimo sesenta (60) de promedio de las notas obtenidas en la unidad de las evaluaciones realizadas Aprobación
14. Es el paso de las y los estudiantes de un grado al inmediato superior. Los estudiantes de todos los grados del nivel de Educación Media serán promovidos al grado inmediato superior. Cuando obtengan un mínimo de sesenta (60) puntos en cada una de las áreas en el plan de estudios respectivo. Promocion
15. Los estudiantes del nivel de Educación Media que cumplan el 80% de asistencia tendrán derecho de recuperación de área o subarea que reprobaron en una sola oportunidades, siempre que hayan reprobado (3) tres cuando el total de aéreas o subareas es menor o igual a nueve (9) o reprobado (4) cuando el total de ellas sea mayor a nueve(9) Esta recuperación deberá ser realizada en el centro educativa en donde curso estudios. La comisión de evaluación de cada centro educativo establecerá el calendario de recuperaciones dentro de las fechas establecidas por el ministerio de Educación. Los cuadros de recuperación deberán entregarse en un máximo de treinta días después de realizada la misma Recuperación de áreas subareas
16. Es la que se concede para aprobar una área o subarea fuera de la fecha establecida en la evaluación ordinaria en los casos siguientes: Enfermedad Migración Por suficiencia: Cuando el estudiante no ha sido inscrito y no ha cursado un área o subarea y se consideran apto para sustentar la evaluación de la misma. En única ocasión. Se exceptúan Seminario, laboratorio, practica docente o supervisada Por equivalencia: Cuando necesita cambiar de plan de estudios Por perdida de escolaridad: Cuando el estudiante reprobó una área o subarea y no sustento la recuperación en las oportunidades establecidas e interrumpió su estudio por mas de un ñaño Casos especiales Evaluación Extraordinaria
17. Comisión de Evaluación del Establecimiento autoriza con el Visto bueno de la supervisión Educativa: Enfermedad Debidamente Coprobada Migración. Suficiencia Perdida de Escolaridad Se remite a La DIDEDUC para que emita la resolución que amerite el caso Por Equivalencia Casos especiales Evaluación Extraordinaria
18. Las evaluaciones por enfermedad, Migración, equivalencia y perdida de escolaridad se pueden realizar en donde el estudiante curso o cursara estudios. Las evaluaciones extraordinarios por suficiencia se realizaran durante el periodo lectivo, en un centro educativo publico designado por la DIDEDUC. Los casos especiales serán resueltos por la comisión de evaluación del establecimiento y con la autorización de la supervisión educativa o DIDEDUC según será el caso Realización de las evaluaciones extraordinarias
19. Presente solicitud en el formato correspondiente. Presente la documentación requerida en el formato de a evaluación extraordinaria a la comisión de evaluación del establecimiento, Supervisión Educativa o DIDEDUC quien resolverá el caso en un plazo no mayor de diez días hábiles previo a la evaluación La comisión de evaluación con la supervisión Educativa definirán el lugar y los periodos que se realizaran La Dirección del Centro educativo presentara resultados en el certificado especifico y en el cuadro oficial respectivo a la supervisión Procedimiento para realizar una evalaucion extraordinaria
20. Constituyen las demandas de una atención diferenciada y de variedad de estrategias de enseñanza y aprendizaje que se dan a estudiantes a lo largo de escolarización para acceder a los aprendizajes para determinar el currículo que les corresponde a su edad. Se entiende por adecuación curricular al conjunto de modificaciones que se realizan en los contenidos, indicadores de logro, actividades, metodología y evaluación de las aéreas de currículo. A la promoción de las personas con necesidades Educativas Especiales se agrega al resultado de promovido las letras “AC” Promovido con adecuación Curricular Necesidades Educativas Especiales
21. Se realiza por el Ministerio de Educación (digeduca – Digemoca) Permite establecer el nivel de calidad del Sistema Educativo Nacional Permite detectar aéreas débiles del Sistema Educativo Nacional EVALUACION EXTERNA
22. Regirá para todos los centro Educativos en todos los niveles y modalidades Disposiciones generales