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EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
(Tema: 13)
Principios Generales
Visión General de los Tributos que conforman el
Sistema Tributario Venezolano
TRIBUTOS DE LA COMPETENCIA DEL PODER NACIONAL
Artículos 156 Ordinal 12 y 307 CRBV (Impuesto Sobre la Renta)
Artículos 156 Ordinales 12 y 14 CRBV (Impuestos a las Nominas: INCE,SSO, LPH)
TRIBUTOS DE LA COMPETENCIA DEL PODER ESTADAL
Artículo 164. Ordinal 4 de la CRBV Poder tributario originario o poder tributario
derivado
FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
TRIBUTOS DE LA COMPETENCIA DEL PODER MUNICIPAL
Artículos 179. Ordinales 1,2,3 y 5 CRBV
FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Principios Generales
Visión General de los Tributos que conforman el
Sistema Tributario Venezolano: - Continuación
Definición y Características Del Impuesto.
• Concepto:
• Características generales:
– Enriquecimiento neto
– Disponible
– Originados de bienes y actividades territoriales
– Es un pago forzoso, definitivo e irreversible
– No preveé una contraprestación inmediata
FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Características Del Impuesto.
FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez
BASE LEGAL
Descripción CRBV ISLR RLISLR
Permite la globalización de los enriquecimientos Art.1
No grava los pequeños enriquecimientos de las PN Art.79
Es un impuesto directo Art.14;196
Permite estimular la iniciativa privada mediante
incentivos fiscales Art.79 Art.9;10
Es eminentemente personal Art.7 Art.9;10
Es progresivo Art.316 Art.50-53
Agrupa los enriquecimientos según el sujeto para su
gravamen Art.7
Es un impuesto nacional y no estatal, ni municipal Ord.12 Art.156
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Principios que la Rigen.
• Legalidad
• Igualdad
• Generalidad
• Progresividad
• Certeza
FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Principios Fundamentales:
•NATURALEZA Directa ( Art. 2 de LISR, Art, 6 ejusdems, Art.4
Reglamento)
•TERRITORIEDAD Art. 2, 6 de Ley de ISLR, y Art. 4 del Reglamento
•ANUALIDAD Art. 79 y 83 de la LISR y 168 del Reglamento
•DISPONIBILIDAD Art. 5 y 32 Ley ISLR, Art. 82 Reglamento. Art, 1 del
Decreto de Retenciones
•TIPOS DE RENTAS:
GLOBAL
PRESUNTA
SUJETA A:
IMPUESTOS PROPORCIONALES
Figura de derecho fiscal, la cual delimita las normas
consagradas en la LISLR ( Art. 4 y 31 de LISLR)
Art. 34 al 48 Ley ISLR
Art. 63 y 66 de la LISR
FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Incorporación del Principio de Renta Mundial:
• Tributación de los residentes por su rentas territoriales y extraterritoriales
• Conservación del Principio de Territoriedad o de la fuente
• Ampliación del Universo de Contribuyentes
• Necesidad de establecimiento de mecanismo de reconocimiento del impuesto
pagado en el Extranjero
FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Estructura de la Ley ISLR:
• Diez títulos, veinte capítulos
• Ciento noventa y nueve (199) artículos
Vigencia de la última Reforma:
• Ejercicios económicos que se inicien a partir del dieciséis de Febrero del
2007
• Intereses pagados por prestamos entre partes vinculadas.(Artículo 188)
• GO N°38.628 del dieciséis de Febrero del 2007
FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Contribuyentes del ISLR. (Art.1)
• Personas naturales o Jurídicas, residentes o domiciliadas en Venezuela. Por ingresos
de carácter territorial o extra Territorial
• Personas naturales o jurídicas, no residentes o no domiciliadas en el país, cuando la
causa del enriquecimiento ocurra en Venezuela
• Personas residentes en el extranjero, con establecimiento permanente en el país.
FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Grava toda ganancia o incremento de patrimonio, producida por una inversión o la
rentabilidad de un capital, por el trabajo bajo relación de dependencia o el ejercicio libre
de la profesión, y en general, los enriquecimientos derivados de la realización de
cualquier actividad económica o de la obtención de un privilegio.
Impuesto Sobre La Renta (ISLR).
FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
PersonasPersonas
NaturalesNaturales
C.A. y sus asimilados,
fundaciones,
asociaciones,
corporaciones y
sociedades irregulares o
de hecho
PersonasPersonas
JurídicasJurídicas
ResponsablesResponsables
Sujetos Pasivos Del (ISLR)
FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Contribuyentes del ISLR (ART.7)
• Personas naturales
• Formas asociativas de derecho privado
• Las SNC, en comanditas simples, sociedad de personas ( incluidas las regulares o
de hecho)
• Asociaciones, fundaciones
• Establecimientos permanentes, centro o bases fijas situados en el país
FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Noción del Establecimiento Permanente. (Art. 7 Parágrafo 3ero)
• Se presume la existencia de establecimiento en el caso de las PN o PJ residentes en
el extranjero que:
– Posean local o lugar fijo de negocios
– Cualquier centro de actividad
– Posean agencias o representaciones autorizadas para actuar por el
contribuyente
– Realice actividades extracción recursos naturales
FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Establecimiento Permanente.
• Realice actividades profesionales o artísticas, por si o representantes
• Posea instalaciones destinadas a la compra de bienes o prestación de servicios
• Preste servicios profesionales independientes, mediante personas residentes en el
extranjero
FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Mecanismo de Acreditación Del Impuesto (Art.2)
• Los contribuyentes podrán acreditar contra el ISLR venezolano, el ISLR pagado en
el extranjero por sus enriquecimientos de fuente extra territorial
• CONDICIONES. El monto del impuesto acreditable no podrá exceder a la cantidad
que resulte de aplicar las tarifas establecidas en la Ley venezolana
FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Hechos Imponibles.
• Los enriquecimientos Anuales, Netos y Disponibles Obtenidos en dinero o en
especie.
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Hechos Imponibles.
Enriquecimientos obtenidos
Dentro o fuera del país
Enriquecimiento cuya fuente o
La causa ocurra dentro del país
( Aunque no tenga base fija en Venezuela)
• Pagaran impuestos
PN-R
PJ-D
PN-NR
PJ-NR
FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Hechos Imponibles:
Tributarán exclusivamente por los ingresos de
fuente nacional o extranjera atribuirle a dicho
establecimiento (Que tenga base fija en
Venezuela)
• PN -NR
• PJ - ND
FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Disponibilidad Del Enriquecimiento.
Cuando es Pagada
- Cesión del Uso o Goce de los Bienes, Muebles o Inmuebles.
- Regalías y demás participaciones análogas.
- Sueldos y Salarios.
- Honorarios Profesionales.
- Venta de Bienes Inmuebles.
- Ganancias Fortuitas.
- Dividendos.
FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Disponibilidad del Enriquecimiento…
• Desde el momento que se realizan las operaciones:
– Los no incluidos anteriormente.
• Beneficio que proporcionalmente corresponda.
– Cesiones de crédito y operaciones de descuento, cuyo producto sea
recuperable en varias anualidades.
FACILITADO: Abogado Julio César Díaz Valdez
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Noción de Consorcios… ( Art.10)
• Agrupaciones empresariales que tienen por objeto realizar una actividad
económica específica en forma mancomunada.
• Deberes formales:
– Designación de un representante a efectos fiscales.
– Determinación del enriquecimiento o pérdida.
– Determinación de utilidades para los integrantes del consorcio.
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Noción de Consorcios. Art(10)
Responsabilidad Y Solidaridad:
• Indicación del domicilio.
• Indicación del RIF.
• Otros deberes formales.
• Los integrantes del consorcio responden solidariamente por el pago del ISLR
causado por la actividad en común.
FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Solidaridad de empresas consorciadas (Art. 20 COT)
“Están solidariamente obligadas aquellas personas respecto de las cuales se verifique
el mismo hecho imponible. En los demás casos la solidaridad debe ser
expresamente establecida en la ley”.
FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Exenciones…
1. Las entidades venezolanas de carácter público, el BCV.FIV. e Institutos
Oficiales Autónomos que determine la Ley.
2. Los agentes y demás funcionarios diplomáticos extranjeros acreditados
en Venezuela, por las remuneraciones que reciban de su gobiernos
( Siempre que exista reciprocidad de exención a favor de funcionarios
venezolanos).
3. Las Instituciones benéficas y de asistencia social (que en ningún caso
distribuyan ganancias y solicitar la calificación de exención al SENIAT).
4. Indemnizaciones de la relación de trabajo; intereses, fideicomisos,
fondos de retiro y pensiones.
5. Indemnizaciones por contratos de seguros.
FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Exenciones …
6. Los pensionados, jubilados (o sus herederos), por las pensiones que reciban.
7. Donaciones, herencias y legados que se reciban.
8. Los afiliados a las cajas, cooperativas de ahorro y a los fondos o planes de retiro,
jubilación o invalidez. (Que corresponda a un plan general).
(Fondos Mutuales, Inversión de Oferta Pública).
FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Exenciones …
9. Las personas naturales, por los enriquecimientos de interés en: depósitos de
ahorro, bonos de ahorro, plazo fijo, cédulas hipotecarias, certificados y otros
instrumentos de ahorro.
10. Las instituciones religiosas, artísticas, científicas, tecnológicas, culturales,
deportivas, asociaciones profesionales o gremiales, universitarias y
educacionales. (Que en ningún caso distribuyan ganancias y solicitar la
calificación de exención al SENIAT)
FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Exenciones…
11. Instituciones de ahorro y previsión social, fondos de ahorro, de pensiones y
de retiro, sociedades cooperativas.
12. Las empresas estatales nacionales que se dediquen a la explotación de
hidrocarburos y actividades conexas por los enriquecimientos
extraordinarios provenientes del valor comercial de estudios previos,
informaciones, conocimientos e instructivos técnicos, fórmulas, datos,
grabaciones, películas, etc.
FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Exenciones:
13. Enriquecimiento de los bonos de la deuda pública nacional y títulos valores
emitidos por la República.
14. Estudiantes becados, por los montos que reciban para manutención y
estudios.
FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Exoneraciones:
• Ejemplos:
FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Determinación del Enriquecimiento Neto.
• PERSONA JURIDICA
– Ingresos Brutos (Ordinarios y Extraordinarios)
– (Menos) Costos
– (Igual) Renta Bruta
– (Menos) Deducciones
– (Igual) RENTA NETA
FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Determinación Del Enriquecimiento Neto.
• PERSONA NATURALPERSONA NATURAL
– DEPENDIENTEDEPENDIENTE - INDEPENDIENTE- INDEPENDIENTE
Ingresos Brutos Ingresos Brutos ( O. Y EO)
(Menos) Desgravámenes
Costos
(Igual ) RENTA NETA GRAVABLE
FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Ingresos Brutos.
Venta de Bienes y servicios ( Incluyendo exportaciones)
Arrendamientos Sueldos y Salarios
Honorarios Profesionales Regalías y
Participaciones
Análogas
IB. FUENTE EXTRANJERA= TCPIB. FUENTE EXTRANJERA= TCP
FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Ingresos Brutos
SE EXCLUYEN DE LOS INGRESOS BRUTOS:
1. Gastos de Representación (Obtenidos por Gerentes, Directores,
Administradores).
2. Cuentas por cobrar, por venta de Inmuebles.
3. Los dividendos y demás Enriquecimientos sujetos a impuestos proporcionales
4. Los Viáticos (Bajo relación de dependencia y soportados)
5. Ingresos Brutos de las P.N. por la venta de su vivienda principal. ( Inscrita en la
A.H. y que sea invertido en un plazo no mayor de dos años , salvo los mayores
de 60)
FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Costos Y Renta Bruta ( Art. 21 Al 26)
• Elementos para la determinación del enriquecimiento neto.
• Para la determinación del la Renta de fuente extranjera, se restarán de los ingresos
brutos de fuente extranjera, los costos imputables a dichos ingresos
• Distribución proporcional de costos y deducciones de origen nacional y extranjero
FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Deducciones…
REQUISITOS:
• Egresos causados.
• No imputables al costo.
• Normales y necesarios.
• Territoriales.
• Facturas con el N° de RIF.
FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Deducciones …
1. Sueldos, Salarios, emolumentos, dietas, pensiones, obvenciones ,
comisiones y demás remuneraciones similares, y los pagos por honorarios
profesionales.
2. Intereses de capitales tomados en préstamos e invertidos en la producción
de la renta.
3. Tributos Pagados, con excepción del ISLR.
FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Deducciones…
4. Indemnizaciones a trabajadores de acuerdo con L.O.T. o Contratos de
Trabajo.
5. Depreciaciones y amortizaciones de activos situados en el país.
6. Pérdidas sufridas en los bienes productores de renta y no compensados por
seguro u otras indemnizaciones.
FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Deducciones …
7. Gastos de traslado de nuevos empleados, incluidos los de su cónyuge e hijos
menores, desde el último puerto de embarque hasta Venezuela, y los de
regreso, salvo cuando sean transferidos a empresas matriz, filial o conexa.
FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Deducciones …
8. Pérdidas por cuentas incobrables, siempre y cuando:
 Que las deudas provengan de operaciones propias del negocio.
 Que su monto se haya tomado en cuenta para computar la renta bruta
declarada.
 Que se haya descargado en el año gravable en razón de insolvencia del
deudor y de sus fiadores o porque su monto no justifique los gastos de
cobranza.
FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Deducciones:
9. Las reservas que la ley impone a empresas de seguros y de Capitalización.
10. El costo de las construcciones, en acatamiento a la LOT. o disposiciones
sanitarias.
11. Gastos de administración y conservación realmente pagados de los
inmuebles dados en arrendamiento.
FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Deducciones:
12. Arrendamientos de bienes destinados a la producción de la renta.
13. Gastos de Transporte.
14. Comisiones a intermediarios en la venta de bienes inmuebles.
15. Derechos de exhibición de películas para el cine o TV.
16. Regalías, asistencia técnica y servicios tecnológicos utilizados en el país.
FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Deducciones …
17. Gastos de reparaciones ordinarias de bienes.
18. Primas de seguros, que cubran riesgos de bienes y personas.
19. Publicidad y Propaganda.
20. Gastos de investigación y desarrollo efectivamente pagados.
21. Gastos de representación.
22. Todos los demás gastos, causados o pagados según sea el caso, normales y
necesarios, hechos en el país con el objeto de producir renta.
FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Deducciones:Deducciones:
LIMITACIONES…
•En las C.A
Hasta 10% del total de empleados y obreros. Remuneraciones
pagadas hasta 20% del total de sueldos pagados por la
empresa.
Sueldos como a sus cónyuges y descendientes menores
pagados a los directores, gerentes y administradores, así :
hasta el 15% del INGRESO BRUTO GLOBAL
Comparados con los que normalmente pagan empresas
similares.
•Nómina de
Personal Extranjero
•Pagos a Sueldos
y Salarios
FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Deducciones…
Limitaciones
•Inmuebles dados en
arrendamientos
Gastos de Administración, hasta el 10%
de los ingresos brutos percibidos.
•Regalia's
•Depreciaciones
Gastos de Administración realmente
pagados, hasta un 5% de los ingresos
percibidos
Hasta un 50% cuando el uso no
constituya el objeto principal del negocio.
FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Deducciones…
Limitaciones
Liberalidades y
Donaciones
• 10% cuando la renta neta no exceda de 10.000
UT Y 8% por la porción de renta neta que
exceda de 10.000 UT
•1% de la renta neta, para las actividades de
hidrocarburos y conexas.
•Procede sólo cuando el Beneficiario está
domiciliado en el País.
FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Deducciones…
NO SE ADMITEN COMO DEDUCCIONESNO SE ADMITEN COMO DEDUCCIONES……
• Remuneraciones por servicios personales prestados por el contribuyente, su
cónyuge o sus descendientes menores (comuneros, S.N.C., comanditantes,
sociedades civiles e irregulares o de hecho y aquellos otros que tengan
participación en las utilidades).
• Los tributos de la Ley de I.S.L.R.
FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Deducciones…
NO SE ADMITEN COMO DEDUCIONES…
 Las provisiones para depreciaciones de los inmuebles, si no están
invertidos en la producción de la renta, o dados en arrendamientos a
trabajadores de la empresa.
 Liberalidades y donaciones, cuando el contribuyente haya sufrido
pérdidas en el ejercicio anterior.
FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Deducciones:
NO SE ADMITEN COMO DEDUCCIONESNO SE ADMITEN COMO DEDUCCIONES
• Cuotas de depreciación o amortización de bienes revalorizados por el
contribuyente (Salvo los del ajuste por inflación de acuerdo a la ley de
I.S.L.R)
• Asistencia técnica o servicios tecnológicos pagados a empresas del exterior,
cuando tales servicios se presten en el país.
FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez
Principios Generales Del I.S.L.R
TIPO DE CONTRIBUYENTE
TARIFA DE IMPUESTO Y/O
ALICUOTA IMPOSITIVA
APLICABLE
Personas Naturales Están gravadas por el Art.1 de la
Ley de I.S.L.R
Sociedades en nombre colectivo y en comandita simple, las comunidades, asi como
cuales quiera otras sociedades de personas incluidas las irregulares o de hecho
Tarifa Nº1
* Herencias Yacentes
* Fundaciones y Asociaciones sin fines de lucros
Tarifa Nº1
Compañías anónimas y sociedades de responsabilidad limitada Están gravadas por la Tarifa Nº2
del Art.52 de la Ley de I.S.L.R
Sociedades civiles, irregulares o de hecho que revistan forma de compañía anonima,
sociedades de responsabilidad limitada o en comandita o por acciones
Tarifa Nº2
Personas juridicas y asimiladas que realicen actividades de hidrocarburo y actividades
conexas, tales como la refinacion el transporte, sus regalitas y quienes obtengan
enrriquecimientos derivados de la explotacion de minerales, de hidrocarburos y sus
derivados con ciertas excepciones
Están gravados con el impuesto
señalado en los literales a) y b) del
Art.53 de la Ley. (60% y 50%
respectivamente)
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
51
Principios Generales Del I.S.L.R
TIPO DE CONTRIBUYENTE
TARIFA DE IMPUESTO Y/O
ALICUOTA IMPOSITIVA
APLICABLE
Establecimientos permanentes, centros o bases fijas situados en el territorio nacional.
Personas jurídicas
Tarifa Nº2
Establecimientos permanentes, centros o bases fijas situados en el territorio nacional.
Personas jurídicas o naturales dedicadas a minas o hidrocarburos
Tarifa Nº3 (Art.15, Ley de I.S.L.R)
Establecimientos permanentes o de bases fijas en el pais a traves de los cuales se
presten servicios personales independientes de personas naturales residentes en el
extranjero
Tarifa Nº1 (Art.15 Reglamento Ley
I.S.L.R)
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez
Art ,5, ley de ISLR
Conciliacion Fiscal De Rentas
Principios que sustenta el procedimiento de conciliación fiscal de rentas
Art ,15 al 20, ley de ISLR
Principio De Disponibilidad De La Renta
Principio De Territoriedad
Principio De Anualidad
Principio De Disponibilidad
Art. 21-26 Ley de I.S.L.R DE LOS
COSTOS Y DE LA RENTA
Principio De Territoriedad
Principio De Anualidad
Art. 27-33 Ley de I.S.L.R
DE LAS DEDUCCIONES Y EL
ENRIQUESIMIENTO NETO
Art. 32 Ley de I.S.L.R
DISPONIBILIDAD DE LA RENTA Y
CAUSALIDAD DEL GASTO
Principio de Causalidad
Principio de Normalidad
Principio de Necesidad
Principio de no imputabilidad al costo
Principio de Territoriedad
Principio de Finalidad (producir renta)
Principio de Disponibilidad de la renta
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Admisión De Gastos En El Extranjero (Art. 27,16)
• Condiciones de procedencia. Normalidad y necesidad. No imputables al costo y
extra territoriedad
• Relación con las ventas, servicios y gastos de igual o similar naturaleza de
empresas en el país.
• Comprobación con soportes emitidos en el exterior y con las formalidades de ese
país.
• Traducción al castellano de tales documentos, indicando domicilio y naturaleza de
la operación.
FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Problemas Con La Admisión De Gastos En El Extranjero
• Empresas que no presten en Venezuela el mismo servicio o la calidad del servicio
es diferente.
• Conocer las formalidades del régimen de facturación en el extranjero, tanto para el
contribuyente como para la administración
• Carga administrativa y económica para el contribuyente, por la traducción.
FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Admisión. Gastos Establecimiento Permanente (Art.27, 17)
• Admisión de gastos para fines de las transacciones del E.P., incluyendo gastos de
dirección y administración, territoriales o no
• No serán deducibles los pagos a la casa matriz o subsidiarias, filiales que impliquen
regalías, honorarios, asistencia técnica o pagos por derechos a utilizar patentes.
FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Tarifas: (Art.50)
• TARIFA N°1 U.TTARIFA N°1 U.T %%
1.1. HastaHasta 1.0001.000 66
2.2. De 1.000 hastaDe 1.000 hasta 1.5001.500 99
3.3. De 1.500 hastaDe 1.500 hasta 2.0002.000 1212
4.4. De 2.000 hastaDe 2.000 hasta 2.5002.500 1616
5.5. De 2.500 hastaDe 2.500 hasta 3.0003.000 2020
6.6. De 3.000 hastaDe 3.000 hasta 4.0004.000 2424
7.7. De 4.000 hastaDe 4.000 hasta 6.0006.000 2929
8.8. De 6.000 en adelanteDe 6.000 en adelante 3434
Se aplica a: PNR, Herencias Yacente, Fundaciones y Asoc. sin fines de lucro, S.P.
( en cabeza de los socios). PN-NR= 34%
Sustraendo
0
30 UT
75 UT
155 UT
255 UT
375 UT
575 UT
875 UT
FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Tarifas: (Art. 52)
• TARIFA N°2 U.TTARIFA N°2 U.T %%
1.1. HastaHasta 2.0002.000 1515
2.2. De 2.000 hastaDe 2.000 hasta 3.0003.000 2222
3.3. De 3.000 En adelanteDe 3.000 En adelante 3434
Sustraendo
0
140 UT
500 UT
Se aplica a: Sociedades Anónimas, S.R.L, Asociaciones, Fundaciones,
Corporaciones y demás entidades jurídicas o económicas ( Con
excepción de las sin fines de lucro)Sociedades Civiles, irregulares o de
Hecho ( si tienen la forma de Sociedades Mercantiles). Sociedades de
personas o corporaciones extranjeras.
FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Tarifas: (Art.53)
• TARIFA N° 3 Personas naturales y jurídicas
60 %
Contribuyentes ( PN o PJ) que obtengan enriquecimientos
por las regalías y demás participaciones análogas
provenientes de la explotación de minas o por los derivados
de la cesión.
Para contribuyentes distintos de las personas naturales y sus
asimilados, que se dediquen a la explotación de
hidrocarburos y de actividades conexas (refinación y
transporte o la compra de hidrocarburos y sus derivados para
la explotación).
67,7%
FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Desgravámenes. (Art.60)
• Gastos hechos en el País.
ILIMITADOS:
• Pagos a institutos docentes
– Por la educación del trabajador.
– Por la educación de sus hijos menores de 25 años (educación
especial sin límite de edad)
 Prima de Seguros de H.C.M.
 Servicios médicos, odontológicos y de hospitalización.
FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Desgravámenes.
LIMITADOS
• Cuotas de interés de préstamos para la adquisición de su vivienda principal
(hasta 1.000 UT anual).
• Alquiler de la vivienda que le sirve de hogar. ( hasta 800 U.T. Anual)
Nota: Los comprobantes deben tener N° de RIF y ser anexados a la declaración
anual.
( Puede optar por desgravamen único de 774 UT.)
FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Rebajas.
• PERSONAS NATURALES RESIDENTES
Rebajas Personal ...................................... 10 UT
Carga Familiar
• Cónyuge no separado de bienes.
( No procede cuando el cónyuge declare por
separado)................................................ 10 UT
• Ascendientes o descendientes directo residente.
(Descendientes menores de edad, a menos que estén incapacitados para el
trabajo o estén estudiando y sean menores de 25 años)..10 UT
FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Rebajas.
Empresas:
• Hidrocarburos y conexos
8% -Del monto de las nuevas inversiones en activos fijos,
destinadas a la producción del enriquecimiento. (Art.56)
- Del costo total de nuevas inversiones en: Exploración,
perforación e instalaciones, transporte y almacenamiento.
Recuperación secundaria de hidrocarburos y los egresos
por investigación.
Limitante: Hasta el 2% del enriquecimiento global neto.
(parágrafo único)
4%
FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Rebajas. (Art.57)
• 10% Del monto de nuevas
inversiones en activos fijos,
excepto terrenos (en los cinco
años siguientes de la ley , y
deberán mantenerse por 4 años o
más.
Empresas:
•Industriales, Agroindustriales,
Construcción, Electricidad,
Telecomunicaciones, Ciencia y Tecnología
FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Rebajas. (Art.57)
• 75% Del monto de nuevas inversiones
destinadas a : construcción, ampliación,
mejoras o reequipamiento de las
edificaciones o de servicios existentes: o
a la formación y capacitación de sus
trabajadores.
Empresas:
•Servicios Turísticos
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EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
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DEBERES FORMALES EN MATERIA DE ISLR
Abogado: Julio César Díaz Valdez
Consultor Gerencial de la firma Merino & Asociado
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Tenencia De Libros:
Artículo 91 (LISR): “Los contribuyentes están obligados a llevar en forma ordenada y
ajustados a principios de contabilidad generalmente aceptados en la República
Bolivariana de Venezuela, los libros y registros que esta ley, su Reglamento y las demás
leyes especiales determinen, de manera que constituyan medios integrados de control y
comprobación de todos sus bienes activos y pasivos, muebles e inmuebles, corporales
incorporales, relacionados o no con el enriquecimiento que se declara, a exhibirlos a los
funcionarios fiscales competentes y adoptar normas expresas de contabilidad…”
FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Libros Legales:
 Mayor
 Diario
 Inventario: Anual o a cada cambio patrimonial con el RIF
y firma el director que presencio el llenado
 Accionista: Con el RIF, nombre completo y dirección de los
accionistas, llevado en forma adecuada
 Actas y Junta Directiva: Con sus respectivas firmas
Solo un mes de atraso – con su respectivo RIF
FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Libros Auxiliares:
Requeridos por el COT, la Ley de ISLR y el Reglamento de LISR:
- Libros de control Fiscal:
- Conciliación de la renta
- Soportes de la declaración definitiva de rentas
- Comprobantes de retenciones
- Libro de Reajustes por inflación:
- Balance General Ajustado Fiscal
FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
¿Qué Personas Naturales están obligadas a
presentar la declaración definitiva de
I.S.L.R.?
FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Residentes comerciantes oResidentes comerciantes o
profesionales en libre ejercicioprofesionales en libre ejercicio
con ingresos iguales ocon ingresos iguales o
superiores a 1.500 U.Tsuperiores a 1.500 U.T..
Residentes en el país queResidentes en el país que
devenguen sueldos y salariosdevenguen sueldos y salarios
anuales iguales o superiores aanuales iguales o superiores a
1.000 U.T.1.000 U.T.
No residentes en el país cualquiera sea el monto de sus enriquecimientosNo residentes en el país cualquiera sea el monto de sus enriquecimientos
o pérdidas obtenidas en Venezuela.o pérdidas obtenidas en Venezuela.
FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Ejercicio gravable y oportunidad declarar y pagar:
“Dentro de los tres (3) meses siguientes a la culminación de su ejercicio
fiscal” (Art. 172 del Reglamento de la LISR)
Contribuyente puede solicitar cambio de ejercicio fiscal (Art. 170
Reglamento LISR)
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EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
A través de la páginaA través de la página
web del SENIATweb del SENIAT
A través de laA través de la
forma DPN-25forma DPN-25
Correo
Electrónico
Registrarse
Portal
IPOSTEL
Expendios
Autorizados
PLAZO
HASTA EL 31 DE MARZO
LOS CONTRIBUYENTES
CON EJERCICIO REGULAR
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EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
““Todos los funcionarios públicos que percibanTodos los funcionarios públicos que perciban
enriquecimientos gravables por el I.S.L.R., deberánenriquecimientos gravables por el I.S.L.R., deberán
presentar la declaración definitiva de dicho impuesto,presentar la declaración definitiva de dicho impuesto,
únicamente a través de la página web del SENIAT”únicamente a través de la página web del SENIAT”
(www.seniat.gov.ve)(www.seniat.gov.ve)
Fuente: Gaceta Oficial N° 38.114, del 25-01-05Fuente: Gaceta Oficial N° 38.114, del 25-01-05
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EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Pago únicoPago único
Con la declaraciónCon la declaración
Dos porcionesDos porciones
Primera:Primera:
Con la declaraciónCon la declaración
Segunda:Segunda:
Hasta el 20/04/XXHasta el 20/04/XX
Tres porcionesTres porciones
Primera:Primera:
Con la declaraciónCon la declaración Segunda:Segunda:
Hasta el 20/04/XXHasta el 20/04/XX
Tercera:Tercera:
Hasta el 10/05/XXHasta el 10/05/XX
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Modalidades de Pago
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Mediante presentación
de la
declaración en las
oficinas receptoras
de fondos nacionales
Mediante pago electrónico
en las siguientes entidades:
Industrial de
Venezuela, Banesco,
Venezuela,
Occidental de Descuento,
Provincial
y Mercantil.
Declaración y pago del I.S.L.R. por parteDeclaración y pago del I.S.L.R. por parte
de las personas jurídicasde las personas jurídicas
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EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Compañías Anónimas.
Sociedades de Responsabilidad Limitada.
Sociedades en Nombre Colectivo o en comandita.
Comunidades.
Titulares de Enriquecimientos por actividades de hidrocarburos y conexas.
Asociaciones, Fundaciones y Corporaciones.
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¿Quienes Estan Obligadas?
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Establecimientos permanentes.
Empresas propiedad de la Nación.
Asociaciones, Fundaciones y Corporaciones.
Establecimientos permanentes.
Empresas propiedad de la Nación.
FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez
¿Quienes Están Obligados?
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
A través de la página web delA través de la página web del
SENIATSENIAT
Correo
Electrónico
Registrarse
Portal
IPOSTEL
Expendios
Autorizados
PLAZO
HASTA EL 31 DE MARZO
LOS CONTRIBUYENTES
CON EJERCICIO REGULAR
A través de laA través de la
forma DPJ-26forma DPJ-26
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Declaración y Pago
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Deberán presentarla dentro deDeberán presentarla dentro de
los tres meses siguienteslos tres meses siguientes
al cierre del ejercicio económico,al cierre del ejercicio económico,
con excepción de aquellos que hayancon excepción de aquellos que hayan
sido calificados comosido calificados como
contribuyente especialcontribuyente especial
El pago debe realizarseEl pago debe realizarse
en una sola porción junto aen una sola porción junto a
la declaración.la declaración.
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Declaración y Pago
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
IMPORTANTEIMPORTANTE
El valor de la Unidad Tributaria (U.T.) que debe emplearse para elEl valor de la Unidad Tributaria (U.T.) que debe emplearse para el
cálculo de la Auto Liquidación del I.S.L.R. para el ejercicio fiscalcálculo de la Auto Liquidación del I.S.L.R. para el ejercicio fiscal
2013 es de:2013 es de:
Bs.107,00
Bs.107,00
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EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
DECLARACION ESTIMADA ( Art. 83)
Los contribuyentes que hayan obtenido enriquecimientos netos superiores a
mil quinientas unidades tributarias (1.500 U.T.) deberán presentar la
declaración estimada de sus enriquecimientos correspondiente al año gravable
en curso, a los fines de la determinación y pago de anticipos de impuesto.
FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
DECLARACION ESTIMADA ( Art. 83)
Personas Jurídicas:
En la segunda quincena del sexto mes
del ejercicio fiscal, excepto que sean
calificados como Contribuyentes
Especiales.
OPORTUNIDAD PARA PRESENTAR LA
DECLARACION ESTIMADA.
Personas Naturales:
En la segunda quincena del noveno mes, es decir
en septiembre de cada año, excepto que sean
calificados como Contribuyentes Especiales.
FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez
LEY DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
VERIFICACIÓN EN MATERIA DE RETENCIONES
Decreto 1.808 Gaceta oficial No. 36.203 de fecha 12/05/1997
• Artículo 21: “Los Impuestos Retenidos de acuerdo a las reglas establecidas en la
Ley y en el Reglamento, deberán ser enterados en las Oficinas Receptoras de
Fondos Nacionales dentro de los tres (3) primeros días hábiles del mes siguiente a
aquél en que se efectuó el pago o abono en cuenta…”
• Artículo 24: Parágrafo Único: “Los agentes de retención estarán obligados a
suministrar a la Administración Tributaria, la información relativa a los
contribuyentes a quienes estén obligados a retener el impuesto…”
FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
REGISTRO DE
INFORMACION
FISCAL
FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
RIF: Registro De Información Fiscal
Es aquel destinado al control tributario de todos los impuestos, tasas y
contribuciones administrados por el SENIAT.
FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Inscribirse en el Registro de Información Fiscal (R.I.F.)
Presentar en el plazo establecido las Declaraciones de Impuestos:
Definitiva de Rentas
Estimada de Rentas
FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez
Deberes Formales del ISLR
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
El COT, en el capítulo II, del Título IV, establece los deberes formales de los
contribuyentes, responsables y terceros, indicando en el numeral 1, literal “c”, que
cuando lo requieran las Leyes y Reglamentos, deberán colocar el Número de
Inscripción en los documentos, declaraciones y en las actuaciones ante la
Administración Tributaria, o en los demás casos en que se exija hacerlo.
FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Providencia N° 0073 de fecha 06-02-2006
Gaceta Oficial N° 38.389
de fecha 02-03-2006
FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
• Artículo 2. Las personas naturales o jurídicas, las comunidades y entidades
con o sin personalidad jurídica que, conforme a las leyes vigentes, resulten sujetos
pasivos de tributos administrados por el Servicio Nacional Integrado de
Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) o que deban efectuar trámites
ante el mismo, deberán inscribirse en el Registro Único de Información Fiscal
(RIF), suministrando la información y siguiendo el procedimiento establecido en
esta Providencia. Igualmente deberán inscribirse en el referido Registro, los
sujetos o entidades no residentes o no domiciliadas en la República Bolivariana de
Venezuela, que no posean establecimiento permanente o base fija cuando realicen
actividades económicas en el país o posean bienes susceptibles de ser gravados en
el mismo.
Sujetos Obligados
FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
IncumplimientoIncumplimiento: No inscribirse en los Registros de la Administración Tributaria,
estando obligado a ello. (Art. 100.1 COT)
Sanción AplicableSanción Aplicable: Multa de 50 U.T., incrementada en 50 U.T. por cada nueva
infracción, hasta 200 U.T.
Ilícitos Tributarios
FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Artículo 3. No están obligados a solicitar su inscripción en el Registro Único de
Información Fiscal, los sujetos que se indican a continuación:
a) Los extranjeros que ingresen temporalmente al país con visa de turista o transeúnte
y no adquieran la condición de residente, de conformidad con lo previsto en el
Código Orgánico Tributario, salvo que realicen actividades económicas en el país,
posean bienes en el mismo, realicen alguna operación o actividad que así lo
requieran.
b) Los menores de edad que no posean bienes ni realicen actividades económicas. Si se
trata de un menor de edad que posea bienes o realice actividades económicas y aún
no tenga cédula de identidad, se expedirá un certificado provisional hasta tanto se
emita la misma, momento en el cual deberá gestionarse ante la Administración
Tributaria el certificado definitivo.
No Sujetos Obligados
FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Artículo 6. Los sujetos pasivos deberán realizar la inscripción en el Registro Único
de Información Fiscal (RIF), dentro del término de los treinta días (30) hábiles
siguientes, contados a partir de la constitución o del inicio de actividades, lo que
ocurra primero.
El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT)
de oficio podrá registrar a los sujetos mencionados en el artículo 2 de esta
Providencia o proceder a actualizar los datos respectivos.
FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Artículo 7. Los sujetos o entidades inscritos en el Registro Único de Información
Fiscal (RIF), a los fines de la actualización de los datos contenidos en el mismo,
deberán comunicar al Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y
Tributaria (SENIAT), dentro del plazo de treinta (30) hábiles siguientes de haberse
producido, los hechos allí especificados.
FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
IncumplimientoIncumplimiento: No proporciona la información que sea requerida por la
Administración Tributaria sobre sus actividades o de terceros con los que guarda
relación, dentro de los plazos establecidos. (art. 100.3 COT)
Sanción AplicableSanción Aplicable: Multa de 25 U.T., incrementada en 25 U.T. por cada nueva
infracción, hasta 100 U.T.
Ilícitos Tributarios
FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Artículo 10. Sin perjuicio de lo dispuesto en las leyes, reglamentos y demás formas de
carácter tributario, los sujetos pasivos inscritos en el Registro Único de Información
Fiscal (RIF), tendrán la obligación de:
a) Exhibir el Certificado de Registro cuando le fuere requerido por un funcionario de la
Administración Tributaria, debidamente acreditado y facultado. ( SA: Art. 104
Numeral 1 COT)
b) b) Exhibir copia fotostática del Certificado de Registro en lugar
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EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
visible de sus oficinas, sucursales o establecimientos. ( SA: Art. 107 COT
c) Dejar constancia de su número de RIF en las facturas y demás documentos o
contratos que expidan o suscriban. (SA: Art. 101 Numeral 3 COT)
d) Dejar constancia del número de RIF en las solicitudes o documentos que dirijan a
los organismos oficiales de la República Bolivariana de Venezuela. No aplica para
procedimientos de verificación
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EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
e) Dejar constancia del número de RIF en los libros de contabilidad y demás libros
auxiliares exigidos por las normas tributarias. (SA: Art. 102 COT Numeral 2)
f) Dejar constancia en las etiquetas y empaques, del número de RIF del fabricante o
importador. (SA: Art. 107 COT)
g) Dejar constancia del número de RIF en los anuncios de publicidad en cine,
televisión, periódicos, revistas, folletos, volantes, vallas e Internet. (SA: Art. 107
COT)
• h) Dejar constancia del número de RIF y otros datos del Registro en todos
los demás casos que determine el Servicio Nacional Integrado de
Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) o cualquier instrumento
normativo. No aplica para procedimientos de verificación.
FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
106
Julio César Díaz Valdez
Consultor Gerencial de la firma Merino & Asociado
Correo: juliodiaztributos@gmail.com
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Impuesto sobre la Renta: Principios Generales

  • 1. 1 EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA (Tema: 13)
  • 2. Principios Generales Visión General de los Tributos que conforman el Sistema Tributario Venezolano TRIBUTOS DE LA COMPETENCIA DEL PODER NACIONAL Artículos 156 Ordinal 12 y 307 CRBV (Impuesto Sobre la Renta) Artículos 156 Ordinales 12 y 14 CRBV (Impuestos a las Nominas: INCE,SSO, LPH) TRIBUTOS DE LA COMPETENCIA DEL PODER ESTADAL Artículo 164. Ordinal 4 de la CRBV Poder tributario originario o poder tributario derivado FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 3. TRIBUTOS DE LA COMPETENCIA DEL PODER MUNICIPAL Artículos 179. Ordinales 1,2,3 y 5 CRBV FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Principios Generales Visión General de los Tributos que conforman el Sistema Tributario Venezolano: - Continuación
  • 4. Definición y Características Del Impuesto. • Concepto: • Características generales: – Enriquecimiento neto – Disponible – Originados de bienes y actividades territoriales – Es un pago forzoso, definitivo e irreversible – No preveé una contraprestación inmediata FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 5. Características Del Impuesto. FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez BASE LEGAL Descripción CRBV ISLR RLISLR Permite la globalización de los enriquecimientos Art.1 No grava los pequeños enriquecimientos de las PN Art.79 Es un impuesto directo Art.14;196 Permite estimular la iniciativa privada mediante incentivos fiscales Art.79 Art.9;10 Es eminentemente personal Art.7 Art.9;10 Es progresivo Art.316 Art.50-53 Agrupa los enriquecimientos según el sujeto para su gravamen Art.7 Es un impuesto nacional y no estatal, ni municipal Ord.12 Art.156 EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 6. Principios que la Rigen. • Legalidad • Igualdad • Generalidad • Progresividad • Certeza FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 7. Principios Fundamentales: •NATURALEZA Directa ( Art. 2 de LISR, Art, 6 ejusdems, Art.4 Reglamento) •TERRITORIEDAD Art. 2, 6 de Ley de ISLR, y Art. 4 del Reglamento •ANUALIDAD Art. 79 y 83 de la LISR y 168 del Reglamento •DISPONIBILIDAD Art. 5 y 32 Ley ISLR, Art. 82 Reglamento. Art, 1 del Decreto de Retenciones •TIPOS DE RENTAS: GLOBAL PRESUNTA SUJETA A: IMPUESTOS PROPORCIONALES Figura de derecho fiscal, la cual delimita las normas consagradas en la LISLR ( Art. 4 y 31 de LISLR) Art. 34 al 48 Ley ISLR Art. 63 y 66 de la LISR FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 8. Incorporación del Principio de Renta Mundial: • Tributación de los residentes por su rentas territoriales y extraterritoriales • Conservación del Principio de Territoriedad o de la fuente • Ampliación del Universo de Contribuyentes • Necesidad de establecimiento de mecanismo de reconocimiento del impuesto pagado en el Extranjero FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 9. Estructura de la Ley ISLR: • Diez títulos, veinte capítulos • Ciento noventa y nueve (199) artículos Vigencia de la última Reforma: • Ejercicios económicos que se inicien a partir del dieciséis de Febrero del 2007 • Intereses pagados por prestamos entre partes vinculadas.(Artículo 188) • GO N°38.628 del dieciséis de Febrero del 2007 FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 10. Contribuyentes del ISLR. (Art.1) • Personas naturales o Jurídicas, residentes o domiciliadas en Venezuela. Por ingresos de carácter territorial o extra Territorial • Personas naturales o jurídicas, no residentes o no domiciliadas en el país, cuando la causa del enriquecimiento ocurra en Venezuela • Personas residentes en el extranjero, con establecimiento permanente en el país. FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 11. Grava toda ganancia o incremento de patrimonio, producida por una inversión o la rentabilidad de un capital, por el trabajo bajo relación de dependencia o el ejercicio libre de la profesión, y en general, los enriquecimientos derivados de la realización de cualquier actividad económica o de la obtención de un privilegio. Impuesto Sobre La Renta (ISLR). FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 12. PersonasPersonas NaturalesNaturales C.A. y sus asimilados, fundaciones, asociaciones, corporaciones y sociedades irregulares o de hecho PersonasPersonas JurídicasJurídicas ResponsablesResponsables Sujetos Pasivos Del (ISLR) FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 13. Contribuyentes del ISLR (ART.7) • Personas naturales • Formas asociativas de derecho privado • Las SNC, en comanditas simples, sociedad de personas ( incluidas las regulares o de hecho) • Asociaciones, fundaciones • Establecimientos permanentes, centro o bases fijas situados en el país FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 14. Noción del Establecimiento Permanente. (Art. 7 Parágrafo 3ero) • Se presume la existencia de establecimiento en el caso de las PN o PJ residentes en el extranjero que: – Posean local o lugar fijo de negocios – Cualquier centro de actividad – Posean agencias o representaciones autorizadas para actuar por el contribuyente – Realice actividades extracción recursos naturales FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 15. Establecimiento Permanente. • Realice actividades profesionales o artísticas, por si o representantes • Posea instalaciones destinadas a la compra de bienes o prestación de servicios • Preste servicios profesionales independientes, mediante personas residentes en el extranjero FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 16. Mecanismo de Acreditación Del Impuesto (Art.2) • Los contribuyentes podrán acreditar contra el ISLR venezolano, el ISLR pagado en el extranjero por sus enriquecimientos de fuente extra territorial • CONDICIONES. El monto del impuesto acreditable no podrá exceder a la cantidad que resulte de aplicar las tarifas establecidas en la Ley venezolana FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 17. Hechos Imponibles. • Los enriquecimientos Anuales, Netos y Disponibles Obtenidos en dinero o en especie. EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 18. Hechos Imponibles. Enriquecimientos obtenidos Dentro o fuera del país Enriquecimiento cuya fuente o La causa ocurra dentro del país ( Aunque no tenga base fija en Venezuela) • Pagaran impuestos PN-R PJ-D PN-NR PJ-NR FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 19. Hechos Imponibles: Tributarán exclusivamente por los ingresos de fuente nacional o extranjera atribuirle a dicho establecimiento (Que tenga base fija en Venezuela) • PN -NR • PJ - ND FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 20. Disponibilidad Del Enriquecimiento. Cuando es Pagada - Cesión del Uso o Goce de los Bienes, Muebles o Inmuebles. - Regalías y demás participaciones análogas. - Sueldos y Salarios. - Honorarios Profesionales. - Venta de Bienes Inmuebles. - Ganancias Fortuitas. - Dividendos. FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 21. Disponibilidad del Enriquecimiento… • Desde el momento que se realizan las operaciones: – Los no incluidos anteriormente. • Beneficio que proporcionalmente corresponda. – Cesiones de crédito y operaciones de descuento, cuyo producto sea recuperable en varias anualidades. FACILITADO: Abogado Julio César Díaz Valdez EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 22. Noción de Consorcios… ( Art.10) • Agrupaciones empresariales que tienen por objeto realizar una actividad económica específica en forma mancomunada. • Deberes formales: – Designación de un representante a efectos fiscales. – Determinación del enriquecimiento o pérdida. – Determinación de utilidades para los integrantes del consorcio. EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 23. Noción de Consorcios. Art(10) Responsabilidad Y Solidaridad: • Indicación del domicilio. • Indicación del RIF. • Otros deberes formales. • Los integrantes del consorcio responden solidariamente por el pago del ISLR causado por la actividad en común. FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 24. Solidaridad de empresas consorciadas (Art. 20 COT) “Están solidariamente obligadas aquellas personas respecto de las cuales se verifique el mismo hecho imponible. En los demás casos la solidaridad debe ser expresamente establecida en la ley”. FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 25. Exenciones… 1. Las entidades venezolanas de carácter público, el BCV.FIV. e Institutos Oficiales Autónomos que determine la Ley. 2. Los agentes y demás funcionarios diplomáticos extranjeros acreditados en Venezuela, por las remuneraciones que reciban de su gobiernos ( Siempre que exista reciprocidad de exención a favor de funcionarios venezolanos). 3. Las Instituciones benéficas y de asistencia social (que en ningún caso distribuyan ganancias y solicitar la calificación de exención al SENIAT). 4. Indemnizaciones de la relación de trabajo; intereses, fideicomisos, fondos de retiro y pensiones. 5. Indemnizaciones por contratos de seguros. FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 26. Exenciones … 6. Los pensionados, jubilados (o sus herederos), por las pensiones que reciban. 7. Donaciones, herencias y legados que se reciban. 8. Los afiliados a las cajas, cooperativas de ahorro y a los fondos o planes de retiro, jubilación o invalidez. (Que corresponda a un plan general). (Fondos Mutuales, Inversión de Oferta Pública). FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 27. Exenciones … 9. Las personas naturales, por los enriquecimientos de interés en: depósitos de ahorro, bonos de ahorro, plazo fijo, cédulas hipotecarias, certificados y otros instrumentos de ahorro. 10. Las instituciones religiosas, artísticas, científicas, tecnológicas, culturales, deportivas, asociaciones profesionales o gremiales, universitarias y educacionales. (Que en ningún caso distribuyan ganancias y solicitar la calificación de exención al SENIAT) FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 28. Exenciones… 11. Instituciones de ahorro y previsión social, fondos de ahorro, de pensiones y de retiro, sociedades cooperativas. 12. Las empresas estatales nacionales que se dediquen a la explotación de hidrocarburos y actividades conexas por los enriquecimientos extraordinarios provenientes del valor comercial de estudios previos, informaciones, conocimientos e instructivos técnicos, fórmulas, datos, grabaciones, películas, etc. FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 29. Exenciones: 13. Enriquecimiento de los bonos de la deuda pública nacional y títulos valores emitidos por la República. 14. Estudiantes becados, por los montos que reciban para manutención y estudios. FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 30. Exoneraciones: • Ejemplos: FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 31. Determinación del Enriquecimiento Neto. • PERSONA JURIDICA – Ingresos Brutos (Ordinarios y Extraordinarios) – (Menos) Costos – (Igual) Renta Bruta – (Menos) Deducciones – (Igual) RENTA NETA FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 32. Determinación Del Enriquecimiento Neto. • PERSONA NATURALPERSONA NATURAL – DEPENDIENTEDEPENDIENTE - INDEPENDIENTE- INDEPENDIENTE Ingresos Brutos Ingresos Brutos ( O. Y EO) (Menos) Desgravámenes Costos (Igual ) RENTA NETA GRAVABLE FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 33. Ingresos Brutos. Venta de Bienes y servicios ( Incluyendo exportaciones) Arrendamientos Sueldos y Salarios Honorarios Profesionales Regalías y Participaciones Análogas IB. FUENTE EXTRANJERA= TCPIB. FUENTE EXTRANJERA= TCP FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 34. Ingresos Brutos SE EXCLUYEN DE LOS INGRESOS BRUTOS: 1. Gastos de Representación (Obtenidos por Gerentes, Directores, Administradores). 2. Cuentas por cobrar, por venta de Inmuebles. 3. Los dividendos y demás Enriquecimientos sujetos a impuestos proporcionales 4. Los Viáticos (Bajo relación de dependencia y soportados) 5. Ingresos Brutos de las P.N. por la venta de su vivienda principal. ( Inscrita en la A.H. y que sea invertido en un plazo no mayor de dos años , salvo los mayores de 60) FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 35. Costos Y Renta Bruta ( Art. 21 Al 26) • Elementos para la determinación del enriquecimiento neto. • Para la determinación del la Renta de fuente extranjera, se restarán de los ingresos brutos de fuente extranjera, los costos imputables a dichos ingresos • Distribución proporcional de costos y deducciones de origen nacional y extranjero FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 36. Deducciones… REQUISITOS: • Egresos causados. • No imputables al costo. • Normales y necesarios. • Territoriales. • Facturas con el N° de RIF. FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 37. Deducciones … 1. Sueldos, Salarios, emolumentos, dietas, pensiones, obvenciones , comisiones y demás remuneraciones similares, y los pagos por honorarios profesionales. 2. Intereses de capitales tomados en préstamos e invertidos en la producción de la renta. 3. Tributos Pagados, con excepción del ISLR. FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 38. Deducciones… 4. Indemnizaciones a trabajadores de acuerdo con L.O.T. o Contratos de Trabajo. 5. Depreciaciones y amortizaciones de activos situados en el país. 6. Pérdidas sufridas en los bienes productores de renta y no compensados por seguro u otras indemnizaciones. FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 39. Deducciones … 7. Gastos de traslado de nuevos empleados, incluidos los de su cónyuge e hijos menores, desde el último puerto de embarque hasta Venezuela, y los de regreso, salvo cuando sean transferidos a empresas matriz, filial o conexa. FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 40. Deducciones … 8. Pérdidas por cuentas incobrables, siempre y cuando:  Que las deudas provengan de operaciones propias del negocio.  Que su monto se haya tomado en cuenta para computar la renta bruta declarada.  Que se haya descargado en el año gravable en razón de insolvencia del deudor y de sus fiadores o porque su monto no justifique los gastos de cobranza. FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 41. Deducciones: 9. Las reservas que la ley impone a empresas de seguros y de Capitalización. 10. El costo de las construcciones, en acatamiento a la LOT. o disposiciones sanitarias. 11. Gastos de administración y conservación realmente pagados de los inmuebles dados en arrendamiento. FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 42. Deducciones: 12. Arrendamientos de bienes destinados a la producción de la renta. 13. Gastos de Transporte. 14. Comisiones a intermediarios en la venta de bienes inmuebles. 15. Derechos de exhibición de películas para el cine o TV. 16. Regalías, asistencia técnica y servicios tecnológicos utilizados en el país. FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 43. Deducciones … 17. Gastos de reparaciones ordinarias de bienes. 18. Primas de seguros, que cubran riesgos de bienes y personas. 19. Publicidad y Propaganda. 20. Gastos de investigación y desarrollo efectivamente pagados. 21. Gastos de representación. 22. Todos los demás gastos, causados o pagados según sea el caso, normales y necesarios, hechos en el país con el objeto de producir renta. FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 44. Deducciones:Deducciones: LIMITACIONES… •En las C.A Hasta 10% del total de empleados y obreros. Remuneraciones pagadas hasta 20% del total de sueldos pagados por la empresa. Sueldos como a sus cónyuges y descendientes menores pagados a los directores, gerentes y administradores, así : hasta el 15% del INGRESO BRUTO GLOBAL Comparados con los que normalmente pagan empresas similares. •Nómina de Personal Extranjero •Pagos a Sueldos y Salarios FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 45. Deducciones… Limitaciones •Inmuebles dados en arrendamientos Gastos de Administración, hasta el 10% de los ingresos brutos percibidos. •Regalia's •Depreciaciones Gastos de Administración realmente pagados, hasta un 5% de los ingresos percibidos Hasta un 50% cuando el uso no constituya el objeto principal del negocio. FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 46. Deducciones… Limitaciones Liberalidades y Donaciones • 10% cuando la renta neta no exceda de 10.000 UT Y 8% por la porción de renta neta que exceda de 10.000 UT •1% de la renta neta, para las actividades de hidrocarburos y conexas. •Procede sólo cuando el Beneficiario está domiciliado en el País. FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 47. Deducciones… NO SE ADMITEN COMO DEDUCCIONESNO SE ADMITEN COMO DEDUCCIONES…… • Remuneraciones por servicios personales prestados por el contribuyente, su cónyuge o sus descendientes menores (comuneros, S.N.C., comanditantes, sociedades civiles e irregulares o de hecho y aquellos otros que tengan participación en las utilidades). • Los tributos de la Ley de I.S.L.R. FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 48. Deducciones… NO SE ADMITEN COMO DEDUCIONES…  Las provisiones para depreciaciones de los inmuebles, si no están invertidos en la producción de la renta, o dados en arrendamientos a trabajadores de la empresa.  Liberalidades y donaciones, cuando el contribuyente haya sufrido pérdidas en el ejercicio anterior. FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 49. Deducciones: NO SE ADMITEN COMO DEDUCCIONESNO SE ADMITEN COMO DEDUCCIONES • Cuotas de depreciación o amortización de bienes revalorizados por el contribuyente (Salvo los del ajuste por inflación de acuerdo a la ley de I.S.L.R) • Asistencia técnica o servicios tecnológicos pagados a empresas del exterior, cuando tales servicios se presten en el país. FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 50. FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez Principios Generales Del I.S.L.R TIPO DE CONTRIBUYENTE TARIFA DE IMPUESTO Y/O ALICUOTA IMPOSITIVA APLICABLE Personas Naturales Están gravadas por el Art.1 de la Ley de I.S.L.R Sociedades en nombre colectivo y en comandita simple, las comunidades, asi como cuales quiera otras sociedades de personas incluidas las irregulares o de hecho Tarifa Nº1 * Herencias Yacentes * Fundaciones y Asociaciones sin fines de lucros Tarifa Nº1 Compañías anónimas y sociedades de responsabilidad limitada Están gravadas por la Tarifa Nº2 del Art.52 de la Ley de I.S.L.R Sociedades civiles, irregulares o de hecho que revistan forma de compañía anonima, sociedades de responsabilidad limitada o en comandita o por acciones Tarifa Nº2 Personas juridicas y asimiladas que realicen actividades de hidrocarburo y actividades conexas, tales como la refinacion el transporte, sus regalitas y quienes obtengan enrriquecimientos derivados de la explotacion de minerales, de hidrocarburos y sus derivados con ciertas excepciones Están gravados con el impuesto señalado en los literales a) y b) del Art.53 de la Ley. (60% y 50% respectivamente) EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 51. 51 Principios Generales Del I.S.L.R TIPO DE CONTRIBUYENTE TARIFA DE IMPUESTO Y/O ALICUOTA IMPOSITIVA APLICABLE Establecimientos permanentes, centros o bases fijas situados en el territorio nacional. Personas jurídicas Tarifa Nº2 Establecimientos permanentes, centros o bases fijas situados en el territorio nacional. Personas jurídicas o naturales dedicadas a minas o hidrocarburos Tarifa Nº3 (Art.15, Ley de I.S.L.R) Establecimientos permanentes o de bases fijas en el pais a traves de los cuales se presten servicios personales independientes de personas naturales residentes en el extranjero Tarifa Nº1 (Art.15 Reglamento Ley I.S.L.R) EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 52. FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez Art ,5, ley de ISLR Conciliacion Fiscal De Rentas Principios que sustenta el procedimiento de conciliación fiscal de rentas Art ,15 al 20, ley de ISLR Principio De Disponibilidad De La Renta Principio De Territoriedad Principio De Anualidad Principio De Disponibilidad Art. 21-26 Ley de I.S.L.R DE LOS COSTOS Y DE LA RENTA Principio De Territoriedad Principio De Anualidad Art. 27-33 Ley de I.S.L.R DE LAS DEDUCCIONES Y EL ENRIQUESIMIENTO NETO Art. 32 Ley de I.S.L.R DISPONIBILIDAD DE LA RENTA Y CAUSALIDAD DEL GASTO Principio de Causalidad Principio de Normalidad Principio de Necesidad Principio de no imputabilidad al costo Principio de Territoriedad Principio de Finalidad (producir renta) Principio de Disponibilidad de la renta EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 53. Admisión De Gastos En El Extranjero (Art. 27,16) • Condiciones de procedencia. Normalidad y necesidad. No imputables al costo y extra territoriedad • Relación con las ventas, servicios y gastos de igual o similar naturaleza de empresas en el país. • Comprobación con soportes emitidos en el exterior y con las formalidades de ese país. • Traducción al castellano de tales documentos, indicando domicilio y naturaleza de la operación. FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 54. Problemas Con La Admisión De Gastos En El Extranjero • Empresas que no presten en Venezuela el mismo servicio o la calidad del servicio es diferente. • Conocer las formalidades del régimen de facturación en el extranjero, tanto para el contribuyente como para la administración • Carga administrativa y económica para el contribuyente, por la traducción. FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 55. Admisión. Gastos Establecimiento Permanente (Art.27, 17) • Admisión de gastos para fines de las transacciones del E.P., incluyendo gastos de dirección y administración, territoriales o no • No serán deducibles los pagos a la casa matriz o subsidiarias, filiales que impliquen regalías, honorarios, asistencia técnica o pagos por derechos a utilizar patentes. FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 56. Tarifas: (Art.50) • TARIFA N°1 U.TTARIFA N°1 U.T %% 1.1. HastaHasta 1.0001.000 66 2.2. De 1.000 hastaDe 1.000 hasta 1.5001.500 99 3.3. De 1.500 hastaDe 1.500 hasta 2.0002.000 1212 4.4. De 2.000 hastaDe 2.000 hasta 2.5002.500 1616 5.5. De 2.500 hastaDe 2.500 hasta 3.0003.000 2020 6.6. De 3.000 hastaDe 3.000 hasta 4.0004.000 2424 7.7. De 4.000 hastaDe 4.000 hasta 6.0006.000 2929 8.8. De 6.000 en adelanteDe 6.000 en adelante 3434 Se aplica a: PNR, Herencias Yacente, Fundaciones y Asoc. sin fines de lucro, S.P. ( en cabeza de los socios). PN-NR= 34% Sustraendo 0 30 UT 75 UT 155 UT 255 UT 375 UT 575 UT 875 UT FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 57. Tarifas: (Art. 52) • TARIFA N°2 U.TTARIFA N°2 U.T %% 1.1. HastaHasta 2.0002.000 1515 2.2. De 2.000 hastaDe 2.000 hasta 3.0003.000 2222 3.3. De 3.000 En adelanteDe 3.000 En adelante 3434 Sustraendo 0 140 UT 500 UT Se aplica a: Sociedades Anónimas, S.R.L, Asociaciones, Fundaciones, Corporaciones y demás entidades jurídicas o económicas ( Con excepción de las sin fines de lucro)Sociedades Civiles, irregulares o de Hecho ( si tienen la forma de Sociedades Mercantiles). Sociedades de personas o corporaciones extranjeras. FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 58. Tarifas: (Art.53) • TARIFA N° 3 Personas naturales y jurídicas 60 % Contribuyentes ( PN o PJ) que obtengan enriquecimientos por las regalías y demás participaciones análogas provenientes de la explotación de minas o por los derivados de la cesión. Para contribuyentes distintos de las personas naturales y sus asimilados, que se dediquen a la explotación de hidrocarburos y de actividades conexas (refinación y transporte o la compra de hidrocarburos y sus derivados para la explotación). 67,7% FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 59. Desgravámenes. (Art.60) • Gastos hechos en el País. ILIMITADOS: • Pagos a institutos docentes – Por la educación del trabajador. – Por la educación de sus hijos menores de 25 años (educación especial sin límite de edad)  Prima de Seguros de H.C.M.  Servicios médicos, odontológicos y de hospitalización. FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 60. Desgravámenes. LIMITADOS • Cuotas de interés de préstamos para la adquisición de su vivienda principal (hasta 1.000 UT anual). • Alquiler de la vivienda que le sirve de hogar. ( hasta 800 U.T. Anual) Nota: Los comprobantes deben tener N° de RIF y ser anexados a la declaración anual. ( Puede optar por desgravamen único de 774 UT.) FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 61. Rebajas. • PERSONAS NATURALES RESIDENTES Rebajas Personal ...................................... 10 UT Carga Familiar • Cónyuge no separado de bienes. ( No procede cuando el cónyuge declare por separado)................................................ 10 UT • Ascendientes o descendientes directo residente. (Descendientes menores de edad, a menos que estén incapacitados para el trabajo o estén estudiando y sean menores de 25 años)..10 UT FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 62. Rebajas. Empresas: • Hidrocarburos y conexos 8% -Del monto de las nuevas inversiones en activos fijos, destinadas a la producción del enriquecimiento. (Art.56) - Del costo total de nuevas inversiones en: Exploración, perforación e instalaciones, transporte y almacenamiento. Recuperación secundaria de hidrocarburos y los egresos por investigación. Limitante: Hasta el 2% del enriquecimiento global neto. (parágrafo único) 4% FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 63. Rebajas. (Art.57) • 10% Del monto de nuevas inversiones en activos fijos, excepto terrenos (en los cinco años siguientes de la ley , y deberán mantenerse por 4 años o más. Empresas: •Industriales, Agroindustriales, Construcción, Electricidad, Telecomunicaciones, Ciencia y Tecnología FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 64. Rebajas. (Art.57) • 75% Del monto de nuevas inversiones destinadas a : construcción, ampliación, mejoras o reequipamiento de las edificaciones o de servicios existentes: o a la formación y capacitación de sus trabajadores. Empresas: •Servicios Turísticos FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 65. 65
  • 66. 66
  • 67. 67
  • 68. 68
  • 69. 69
  • 70. 70
  • 71. 71
  • 72. 72
  • 73. DEBERES FORMALES EN MATERIA DE ISLR Abogado: Julio César Díaz Valdez Consultor Gerencial de la firma Merino & Asociado EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 74. Tenencia De Libros: Artículo 91 (LISR): “Los contribuyentes están obligados a llevar en forma ordenada y ajustados a principios de contabilidad generalmente aceptados en la República Bolivariana de Venezuela, los libros y registros que esta ley, su Reglamento y las demás leyes especiales determinen, de manera que constituyan medios integrados de control y comprobación de todos sus bienes activos y pasivos, muebles e inmuebles, corporales incorporales, relacionados o no con el enriquecimiento que se declara, a exhibirlos a los funcionarios fiscales competentes y adoptar normas expresas de contabilidad…” FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 75. Libros Legales:  Mayor  Diario  Inventario: Anual o a cada cambio patrimonial con el RIF y firma el director que presencio el llenado  Accionista: Con el RIF, nombre completo y dirección de los accionistas, llevado en forma adecuada  Actas y Junta Directiva: Con sus respectivas firmas Solo un mes de atraso – con su respectivo RIF FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 76. Libros Auxiliares: Requeridos por el COT, la Ley de ISLR y el Reglamento de LISR: - Libros de control Fiscal: - Conciliación de la renta - Soportes de la declaración definitiva de rentas - Comprobantes de retenciones - Libro de Reajustes por inflación: - Balance General Ajustado Fiscal FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 77. ¿Qué Personas Naturales están obligadas a presentar la declaración definitiva de I.S.L.R.? FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 78. Residentes comerciantes oResidentes comerciantes o profesionales en libre ejercicioprofesionales en libre ejercicio con ingresos iguales ocon ingresos iguales o superiores a 1.500 U.Tsuperiores a 1.500 U.T.. Residentes en el país queResidentes en el país que devenguen sueldos y salariosdevenguen sueldos y salarios anuales iguales o superiores aanuales iguales o superiores a 1.000 U.T.1.000 U.T. No residentes en el país cualquiera sea el monto de sus enriquecimientosNo residentes en el país cualquiera sea el monto de sus enriquecimientos o pérdidas obtenidas en Venezuela.o pérdidas obtenidas en Venezuela. FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 79. Ejercicio gravable y oportunidad declarar y pagar: “Dentro de los tres (3) meses siguientes a la culminación de su ejercicio fiscal” (Art. 172 del Reglamento de la LISR) Contribuyente puede solicitar cambio de ejercicio fiscal (Art. 170 Reglamento LISR) FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 80. A través de la páginaA través de la página web del SENIATweb del SENIAT A través de laA través de la forma DPN-25forma DPN-25 Correo Electrónico Registrarse Portal IPOSTEL Expendios Autorizados PLAZO HASTA EL 31 DE MARZO LOS CONTRIBUYENTES CON EJERCICIO REGULAR FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 81. ““Todos los funcionarios públicos que percibanTodos los funcionarios públicos que perciban enriquecimientos gravables por el I.S.L.R., deberánenriquecimientos gravables por el I.S.L.R., deberán presentar la declaración definitiva de dicho impuesto,presentar la declaración definitiva de dicho impuesto, únicamente a través de la página web del SENIAT”únicamente a través de la página web del SENIAT” (www.seniat.gov.ve)(www.seniat.gov.ve) Fuente: Gaceta Oficial N° 38.114, del 25-01-05Fuente: Gaceta Oficial N° 38.114, del 25-01-05 FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 82. Pago únicoPago único Con la declaraciónCon la declaración Dos porcionesDos porciones Primera:Primera: Con la declaraciónCon la declaración Segunda:Segunda: Hasta el 20/04/XXHasta el 20/04/XX Tres porcionesTres porciones Primera:Primera: Con la declaraciónCon la declaración Segunda:Segunda: Hasta el 20/04/XXHasta el 20/04/XX Tercera:Tercera: Hasta el 10/05/XXHasta el 10/05/XX FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez Modalidades de Pago EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Mediante presentación de la declaración en las oficinas receptoras de fondos nacionales Mediante pago electrónico en las siguientes entidades: Industrial de Venezuela, Banesco, Venezuela, Occidental de Descuento, Provincial y Mercantil.
  • 83. Declaración y pago del I.S.L.R. por parteDeclaración y pago del I.S.L.R. por parte de las personas jurídicasde las personas jurídicas FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 84. Compañías Anónimas. Sociedades de Responsabilidad Limitada. Sociedades en Nombre Colectivo o en comandita. Comunidades. Titulares de Enriquecimientos por actividades de hidrocarburos y conexas. Asociaciones, Fundaciones y Corporaciones. FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez ¿Quienes Estan Obligadas? EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 85. Establecimientos permanentes. Empresas propiedad de la Nación. Asociaciones, Fundaciones y Corporaciones. Establecimientos permanentes. Empresas propiedad de la Nación. FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez ¿Quienes Están Obligados? EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 86. A través de la página web delA través de la página web del SENIATSENIAT Correo Electrónico Registrarse Portal IPOSTEL Expendios Autorizados PLAZO HASTA EL 31 DE MARZO LOS CONTRIBUYENTES CON EJERCICIO REGULAR A través de laA través de la forma DPJ-26forma DPJ-26 FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez Declaración y Pago EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 87. Deberán presentarla dentro deDeberán presentarla dentro de los tres meses siguienteslos tres meses siguientes al cierre del ejercicio económico,al cierre del ejercicio económico, con excepción de aquellos que hayancon excepción de aquellos que hayan sido calificados comosido calificados como contribuyente especialcontribuyente especial El pago debe realizarseEl pago debe realizarse en una sola porción junto aen una sola porción junto a la declaración.la declaración. FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez Declaración y Pago EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 88. IMPORTANTEIMPORTANTE El valor de la Unidad Tributaria (U.T.) que debe emplearse para elEl valor de la Unidad Tributaria (U.T.) que debe emplearse para el cálculo de la Auto Liquidación del I.S.L.R. para el ejercicio fiscalcálculo de la Auto Liquidación del I.S.L.R. para el ejercicio fiscal 2013 es de:2013 es de: Bs.107,00 Bs.107,00 FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 89. DECLARACION ESTIMADA ( Art. 83) Los contribuyentes que hayan obtenido enriquecimientos netos superiores a mil quinientas unidades tributarias (1.500 U.T.) deberán presentar la declaración estimada de sus enriquecimientos correspondiente al año gravable en curso, a los fines de la determinación y pago de anticipos de impuesto. FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 90. DECLARACION ESTIMADA ( Art. 83) Personas Jurídicas: En la segunda quincena del sexto mes del ejercicio fiscal, excepto que sean calificados como Contribuyentes Especiales. OPORTUNIDAD PARA PRESENTAR LA DECLARACION ESTIMADA. Personas Naturales: En la segunda quincena del noveno mes, es decir en septiembre de cada año, excepto que sean calificados como Contribuyentes Especiales. FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez LEY DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 91. VERIFICACIÓN EN MATERIA DE RETENCIONES Decreto 1.808 Gaceta oficial No. 36.203 de fecha 12/05/1997 • Artículo 21: “Los Impuestos Retenidos de acuerdo a las reglas establecidas en la Ley y en el Reglamento, deberán ser enterados en las Oficinas Receptoras de Fondos Nacionales dentro de los tres (3) primeros días hábiles del mes siguiente a aquél en que se efectuó el pago o abono en cuenta…” • Artículo 24: Parágrafo Único: “Los agentes de retención estarán obligados a suministrar a la Administración Tributaria, la información relativa a los contribuyentes a quienes estén obligados a retener el impuesto…” FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 92. REGISTRO DE INFORMACION FISCAL FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 93. RIF: Registro De Información Fiscal Es aquel destinado al control tributario de todos los impuestos, tasas y contribuciones administrados por el SENIAT. FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 94. Inscribirse en el Registro de Información Fiscal (R.I.F.) Presentar en el plazo establecido las Declaraciones de Impuestos: Definitiva de Rentas Estimada de Rentas FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez Deberes Formales del ISLR EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 95. El COT, en el capítulo II, del Título IV, establece los deberes formales de los contribuyentes, responsables y terceros, indicando en el numeral 1, literal “c”, que cuando lo requieran las Leyes y Reglamentos, deberán colocar el Número de Inscripción en los documentos, declaraciones y en las actuaciones ante la Administración Tributaria, o en los demás casos en que se exija hacerlo. FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 96. Providencia N° 0073 de fecha 06-02-2006 Gaceta Oficial N° 38.389 de fecha 02-03-2006 FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 97. • Artículo 2. Las personas naturales o jurídicas, las comunidades y entidades con o sin personalidad jurídica que, conforme a las leyes vigentes, resulten sujetos pasivos de tributos administrados por el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) o que deban efectuar trámites ante el mismo, deberán inscribirse en el Registro Único de Información Fiscal (RIF), suministrando la información y siguiendo el procedimiento establecido en esta Providencia. Igualmente deberán inscribirse en el referido Registro, los sujetos o entidades no residentes o no domiciliadas en la República Bolivariana de Venezuela, que no posean establecimiento permanente o base fija cuando realicen actividades económicas en el país o posean bienes susceptibles de ser gravados en el mismo. Sujetos Obligados FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 98. IncumplimientoIncumplimiento: No inscribirse en los Registros de la Administración Tributaria, estando obligado a ello. (Art. 100.1 COT) Sanción AplicableSanción Aplicable: Multa de 50 U.T., incrementada en 50 U.T. por cada nueva infracción, hasta 200 U.T. Ilícitos Tributarios FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 99. Artículo 3. No están obligados a solicitar su inscripción en el Registro Único de Información Fiscal, los sujetos que se indican a continuación: a) Los extranjeros que ingresen temporalmente al país con visa de turista o transeúnte y no adquieran la condición de residente, de conformidad con lo previsto en el Código Orgánico Tributario, salvo que realicen actividades económicas en el país, posean bienes en el mismo, realicen alguna operación o actividad que así lo requieran. b) Los menores de edad que no posean bienes ni realicen actividades económicas. Si se trata de un menor de edad que posea bienes o realice actividades económicas y aún no tenga cédula de identidad, se expedirá un certificado provisional hasta tanto se emita la misma, momento en el cual deberá gestionarse ante la Administración Tributaria el certificado definitivo. No Sujetos Obligados FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 100. Artículo 6. Los sujetos pasivos deberán realizar la inscripción en el Registro Único de Información Fiscal (RIF), dentro del término de los treinta días (30) hábiles siguientes, contados a partir de la constitución o del inicio de actividades, lo que ocurra primero. El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) de oficio podrá registrar a los sujetos mencionados en el artículo 2 de esta Providencia o proceder a actualizar los datos respectivos. FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 101. Artículo 7. Los sujetos o entidades inscritos en el Registro Único de Información Fiscal (RIF), a los fines de la actualización de los datos contenidos en el mismo, deberán comunicar al Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), dentro del plazo de treinta (30) hábiles siguientes de haberse producido, los hechos allí especificados. FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 102. IncumplimientoIncumplimiento: No proporciona la información que sea requerida por la Administración Tributaria sobre sus actividades o de terceros con los que guarda relación, dentro de los plazos establecidos. (art. 100.3 COT) Sanción AplicableSanción Aplicable: Multa de 25 U.T., incrementada en 25 U.T. por cada nueva infracción, hasta 100 U.T. Ilícitos Tributarios FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 103. Artículo 10. Sin perjuicio de lo dispuesto en las leyes, reglamentos y demás formas de carácter tributario, los sujetos pasivos inscritos en el Registro Único de Información Fiscal (RIF), tendrán la obligación de: a) Exhibir el Certificado de Registro cuando le fuere requerido por un funcionario de la Administración Tributaria, debidamente acreditado y facultado. ( SA: Art. 104 Numeral 1 COT) b) b) Exhibir copia fotostática del Certificado de Registro en lugar FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 104. visible de sus oficinas, sucursales o establecimientos. ( SA: Art. 107 COT c) Dejar constancia de su número de RIF en las facturas y demás documentos o contratos que expidan o suscriban. (SA: Art. 101 Numeral 3 COT) d) Dejar constancia del número de RIF en las solicitudes o documentos que dirijan a los organismos oficiales de la República Bolivariana de Venezuela. No aplica para procedimientos de verificación FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 105. e) Dejar constancia del número de RIF en los libros de contabilidad y demás libros auxiliares exigidos por las normas tributarias. (SA: Art. 102 COT Numeral 2) f) Dejar constancia en las etiquetas y empaques, del número de RIF del fabricante o importador. (SA: Art. 107 COT) g) Dejar constancia del número de RIF en los anuncios de publicidad en cine, televisión, periódicos, revistas, folletos, volantes, vallas e Internet. (SA: Art. 107 COT) • h) Dejar constancia del número de RIF y otros datos del Registro en todos los demás casos que determine el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) o cualquier instrumento normativo. No aplica para procedimientos de verificación. FACILITADOR: Abogado Julio César Díaz Valdez EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
  • 106. 106 Julio César Díaz Valdez Consultor Gerencial de la firma Merino & Asociado Correo: juliodiaztributos@gmail.com http://apuntesdetributo.blogspot.com