Impuesto sobre la renta y complementarios: declaración y plazos
1.
2. El impuesto sobre la renta y complementarios
es un solo tributo y comprende el impuesto
de renta, ganancias ocasionales. Aplica a las
personas jurídicas, naturales y las asimiladas
a unas y otras. Grava todos los ingresos
realizados en el año, que puedan producir un
incremento (neto) en el patrimonio.
Contribuyentes
Declarantes
3. Una vez determinada la obligación de
declarar de un contribuyente, debe
precisamente proceder a realizar la
respectiva declaración para lo cual la
dirección de impuestos y las aduanas
Nacionales, a dispuesto dos formularios:
110 para los obligados a llevar contabilidad
210 para los no obligados a llevar la
contabilidad
4.
5.
Los últimos plazos para declarar renta se vencen
desde el viernes 9 de agosto hasta el próximo 6 de
septiembre del 2013
Los asalariados, trabajadores independientes y
pequeños comerciantes tendrán que tener en cuenta
los dos últimos dígitos de su cédula para saber hasta
qué fecha máxima les corresponde declarar.
6. Una vez usted ha identificado que pertenece al grupo que debe
declarar renta, tenga en cuenta los siguientes consejos al momento de
diligenciar el formulario de declaración de renta que lo puede adquirir
así:
1. Bajar gratis el formulario de la página www.dian.gov.co e inscribirse
como usuario.
También lo puede adquirir por $6.000 en las oficinas de la Dian o en las
sucursales de Servientrega a nivel nacional.
2. Debe tener su RUT actualizado, de lo contrario no podrá presentar
su declaración a tiempo y tendrá que pagar una sanción por
extemporaneidad mínima de $268.000 pesos. Diligencie su RUT en
cualquier oficina de DIAN o en los Supercades, le demora máximo seis
horas.
3. Si usted es comerciante y está obligado
a llevar contabilidad debe diligenciar
el formulario 110, de lo contrario debe
diligenciar el formulario 210.