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1.1 GENERALIDADES
      El crédito es el motor principal en la vida económica actual.
      Garantiza el pago de un bien entregado y requiere que se documente.
      Ofrece seguridad en el cobro.
      Promueve la circulación de la riqueza.
      Son transmitibles.

Crédito: Plazo concedido para un pago. Cantidad que se puede cobrar como acreedor.

La palabra crédito tiene diferentes definiciones y usos: crédito significa reputación, buen nombre,
digno de ser creído. La palabra tiene su raíz etimológica de creditum que significa creer; cobrando
el significado de dar confianza.

Para efectos de llegar a un concepto general lo definiremos de la siguiente forma:

El derecho de obtener un valor presente (bienes, servicios, efectivo) mediante la promesa futura
de un pago.

Tres condiciones para su otorgamiento:

      Se plaza un tiempo para el pago
      Un interés o ganancia para el vendedor
      Intercambio ( Contraprestación )

Importancia del crédito

La utilización del crédito desde tiempos antiguos ha permitido el desarrollo de la vida económica
en los países, ya que permite y facilita la rápida movilización de capitales y la aceleración de los
medios de producción. Permite que las empresas produzcan más bienes, muevan sus inventarios,
obtengan ganancia, conserven y ofrezcan nuevas fuentes de trabajo.

El crédito en nuestros días, es de tal importancia que internacionalmente facilita las operaciones
de compra - venta entre países lejanos y la modalidad de compra por teléfono o vía internet, no
sería posible sin la existencia de tarjetas de crédito; esto lleva a sustituir el uso de la moneda
físicamente, ayuda a regular el sistema de financiamiento de un país y habla de la prosperidad de
sus habitantes mediante el consumo.
Principales actividades en las que es importante el crédito:

          Programas de vivienda
          Financiamiento a los sectores agropecuarios, comerciales e industriales.
          Promoción especializada del comercio exterior
          En general busca el apoyo a las actividades productivas

Elementos inherentes del crédito

El otorgar crédito tiene dos elementos inherentes: si no hay confianza no hay crédito y si se otorga
el crédito hay riesgo en él. Vale la pena enfatizar que la recuperación del crédito proviene de la
viabilidad en la empresa y de la solvencia moral y económica del solicitante. Las garantías no
constituyen sino un refuerzo adicional para la decisión del crédito pero en ningún momento
sustituye la capacidad de pago del sujeto de crédito. Es preferible declinar una operación que
basarla exclusivamente en garantías.




1.2 IMPORTANCIA DEL CRÉDITO EN LA MERCADOTECNIA

En la actualidad el crédito es de importancia vital para la economía de los países y de todas las
empresas, ya que su utilización, además produce, entre otros beneficios, los siguientes:
aumento de los volúmenes de venta
      Incremento de la producción de bienes y servicios, y, como consecuencia, una disminución
      de los costos unitarios.
      Elevación del consumo, al permitir que determinados sectores socioeconómicos adquieran
      bienes y servicios que no estarían a su alcance si tuvieran que pagarlos de contado
      Creación de más fuentes de trabajo, mediante nuevas empresas y ampliación de las ya
      existentes.

Los gerentes de mercadotecnia deben ponderar cuidadosamente la importancia del crédito con
relación a las necesidades del mercado meta. Por ejemplo, el objeto del crédito que se otorga a
los compradores intermediarios puede ser totalmente distinto al que se concede a los
consumidores finales.

“El crédito mercantil es el que se concede a las empresas de un canal de distribución”

El periodo de crédito neto se refiere al tiempo al que se ha extendido el crédito. Al establecer el
periodo de crédito neto el objeto, es hacer que el tiempo iguale, en lo posible, al tiempo que
necesita el comprador para obtener un ingreso de la venta del producto aludido.

El crédito del consumidor se extiende a los consumidores finales (u hogares). El crédito al
consumidor fue iniciado por el “comercio de transportes” del siglo XIX y en la actualidad se usa por
personas de todas las clases sociales.

Un gerente de mercadotecnia no debe de tomar aisladamente en consideración el crédito, sino en
relación con los demás elementos de la mezcla de las condiciones de venta, como el precio y las
modificaciones de precio.
1.3 CLASIFICACIÓN

Naturaleza:

      Crédito público (gobierno - personas)
      Crédito privado (entre personas)

Según la garantía:

      Crédito directo
      Con garantía real

Según el plazo:

      Corto plazo (30-180 días)
      Largo plazo (mayor a un año)




Según el destino:

      Crédito industrial
      Crédito comercial
      Crédito agrícola
      Crédito pesquero
1.4 Documentos del crédito.

Documentos de Crédito, son los que se basan en la confianza que una persona tiene con otra y en
los cuales se hace constar un compromiso o una obligación contraída entre ambos.

CHEQUE

Es un documento que ha                                                                            de
librarse contra un banco o                                                                       una
entidad   de     crédito   que                                                              tenga
fondos a disposición del
librador y de conformidad                                                                        con
un   acuerdo      expreso    o                                                               tácito
según el cual el librador                                                                   tenga
derecho a disponer por
cheque      de       aquellos
fondos.

1 SUJETO

-Librador. Es la persona que emite el cheque y ordena su pago al banco.

-Librado. Es el banco o entidad de crédito a la que se le ordena pagar el cheque con los fondos
que el librador tiene.

-Tenedor o tomador. Es la persona que posee el cheque( tomador es el primer tenedor).

La ley no define que es un cheque pero especifica cuales son los requisitos que ha de cumplir:

a) La denominación de “páguese por este cheque”, inserta el texto mismo del titulo o documento.

b) El mandato de pagar una determinada cantidad .Este mandato viene implícito en la formula
páguese por este cheque...pesetas.

c) El nombre de quien ha de pagar el cheque a su presentación denominado librado que
necesariamente a de ser un banco o entidad de crédito.
d) Lugar de pago.

e) Fecha y lugar de emisión del cheque.

f) Firma del que expide el cheque denominado librador. La firma ha de ser de puño y letra no
admitiéndose impresa o estampada.

Los cheques de cuenta corriente son facilitados unidos en talonarios por las entidades de crédito a
las personas que han suscrito una cuenta corriente para que puedan disponer de los fondos
depositados en ella.

2 CLASES DE CHEQUES

-Al portador: son los cheques                                                          que llevan
escrita la indicación al portador y                                                             se
caracterizan       por   que    deben                                                     pagarse
solo     a    la   persona     que   lo                                                presente al
cobro.

-Nominativo: son aquellos que van destinados a una persona determinada con o sin la cláusula a
la orden . Estos cheques se han de pagar a la persona física o jurídica que los presente al cobro.
Esta modalidad de cheque es transferible por endoso. El endoso es una cláusula que sirve para
transmitir el cheque y se ha de cumplimentar en el reverso del mismo mediante la
formula”páguese por este cheque a...”debiendo constar la firma del endosante y la fecha en que
se realiza.

-Nominativo no a la orden: en esta clase de cheques el destinatario es una persona determinada
y con la cláusula de no a la orden. Se caracteriza porque a continuación de la expresión páguese
por este cheque debe figurar el nombre de una persona física o jurídica que tiene derecho a
percibir el importe del cheque y la expresión no a la orden.

3 CHEQUES ESPECIALES

-Cheque cruzado general.

-Cheque cruzado especial.
-Cheque cruzado conformado.

Cheque cruzado.

El cruzar un cheque tiene por objetivo reducir el riesgo de perdida o robo y evitar que pueda ser
cobrado por personas distintas a la que se extendió .El cheque cruzado es aquel en el que el
librador lo atraviesa por dos líneas paralelas y diagonales sobre su adverso. Se presenta dos
casos:

-Cheque cruzado general. Entre las dos líneas no hay designación alguna o contiene la mención
banco o ( y compañía).

Este debe pagarse en un banco.

-Cheque cruzado especial. Entre las líneas esta designado un banco en concreto. El cobro se
podrá hacer en dicha entidad.

Cheque conformado.

Es aquel en el que el banco librado ha manifestado que todos los datos reseñados son conformes
y que en ese momento puede ser satisfecho, es decir, garantiza la firma y la existencia de fondos
para su pago. Esta conformidad puede conseguirse en el dorso del cheque por el banco librado en
la conformidad debe aparecer la fecha hasta la cual esta cláusula es valida.

4 CHEQUE EN BLANCO

El cheque en blanco es aquel en el momento de su emisión esta incompleto, por ejemplo, que le
falte el importe o la fecha. Si este                                                  tipo    de
cheque se completase sin tener                                                        en cuenta
los acuerdos entre ambas partes                                                                el
incumplimiento de los mismos no                                                       podrá ser
alegado contra el tomador salvo                                                           cuando
este se haya adquirido de mala fe                                                     o      con
culpa grave.
5 EL PAGO DEL CHEQUE

El cheque debe pagarse en el lugar que figure junto al nombre del librado. El cheque es pagadero
a la vista. Aquellos cheques presentados al cobro antes del día indicado como fecha de emisión
será pagadero el día de su presentación.

El tenedor o beneficiario de un cheque debe presentarlo al cabo de los siguientes plazos contados
a partir de la fecha de emisión:

1º- El cheque emitido y pagadero en España deberá presentarse a su pago en un plazo de quince
días.

2º- El cheque emitido en Europa y pagadero en España deberá presentarse en el plazo de veinte
días.

3º- El cheque emitido en el resto del mundo y pagadero en España deberá presentarse en un
plazo de sesenta días.

La orden de no pagar un cheque no tiene efecto dentro del plazo de presentación salvo por robo o
extravió del mismo.

Cuando la cuenta corriente del librador carezca de fondos para atender a la totalidad del pago el
banco de la persona que expide el cheque estará obligado a pagar el saldo que figura en la cuenta
en el momento de su presentación al cobro.

6 EL IMPAGO DE CHEQUE

Si el librador no paga el tenedor del cheque puede ejercitar una acción denominada de regreso
contra los endosantes el librador y los demás obligados para obtener de estos el importe fijado en
el cheque, para ello habrá de probar que a presentado el cheque al pago dentro del plazo y que no
ha sido abonado por el librado.
Medios de prueba de la falta de pago:

1º Por protesto notarial

2º Por declaración del librado, por una declaración del librado fechada y escrita en el cheque con
indicación del día de la presentación.

7 EL AVAL

El pago de un cheque puede ser garantizado mediante aval ya sea por la totalidad o por parte del
importe. El avalista es la persona que responde del pago del cheque , si no lo hace, el principal
obligado al que avala puede ser cualquier persona menos el librado. El aval ha de ponerse en el
cheque y se indicara con la expresión “por aval”, debiendo firmar el avalista.

8 EL CHEQUE BANCARIO

                                               La persona que tiene depositados fondos en una
                                               cuenta bancaria puede disponer de ellos pidiendo al
                                               banco que extienda un cheque. Este cheque se
                                               denomina cheque bancario y presenta las siguientes
                                               peculiaridades:

1ª Lo expide el banco a petición del titular de una cuenta bancaria.

2ª El banco retira de la cuenta bancaria el importe del cheque.

3ª Un cheque bancario tiene la garantía de que siempre será pagado.

4ª El banco cobrará una comisión por la gestión a la persona que solicite el cheque.

LETRA DE CAMBIO
1 CONCEPTO

La letra de cambio esta regulada en la ley bancaria y el cheque. Es un documento formal que
expide una persona llamada librador a otra persona denominada librado para que en la fecha que
se indica en el mismo pague una cierta cantidad de dinero a quien indique el referido documento
que se llamara tenedor o tomador.

2 SUJETO

 Librador. Persona que gira la letra dando la orden de pago al librado.

 Librado. Persona que ha de hacerse cargo del pago de la letra en su vencimiento.

 Tomador o tenedor. Es la persona a cuya orden se ha de pagar la letra.

 Avalista. Es la persona que se hace cargo del pago de la letra cuando el librado la persona
obligada no lo hace a su vencimiento.

 Avalado. Es la persona obligada en primera instancia al pago de la letra y al que el avalista
garantiza el pago de la misma en caso de no hacerlo en su vencimiento.

 Endosante. Es la persona que tiene la letra para cobrarla y se la transmite a otra.

 Endosatario. Es la persona a quien el endosante realiza la transmisión indicada pudiendo
volver a realizar la transmisión mediante un nuevo endoso.

3 FUNCIÓN ECONÓMICA

Desde el punto de vista económico una letra de cambio cumple dos funciones fundamentales:

      Es una forma de pago. Se utiliza como medio de pago en lugar de pagar en efectivo.

      Es un instrumento de crédito. A través de una operación llamada descuento que se realiza
      en una entidad financiera.
4 REQUISITOS DE LA LETRA DE CAMBIO

La letra de cambio es un documento de carácter formal, la cual significa que debe reunir una serie
de requisitos establecidos por la ley para que nazcan los efectos típicos de la letra a saber:

      La denominación de la letra de cambio.

      Mandato puro y simple de pagar una suma determinada .

      El nombre del librado, que es la persona que ha de pagar la letra.

      El vencimiento de la letra.

      El lugar en que se ha de                                                            efectuar el
      pago.

      El nombre del tomador, es                                                           decir,   el
      nombre de la persona a quien se ha de hacer el pago.

      Fecha y lugar en que la letra se libra.

      La firma del que emite la firma denominado librador.

5 IMPRESO OFICIAL DE LA LETRA DE CAMBIO

A) Anverso de la letra.

      Lugar de expedición. Es el lugar en que se libra la letra. Si falta esta mención se considera
      como emitido en el domicilio del librador.

      Importe. Aparecerá en cifras.

      Fecha de expedición. Día, mes y año en que la letra se libra.

      Vencimiento. Indica la fecha en que se ha de efectuar el pago de la letra.

      El nombre del tomador. Nombre de la persona a cuya orden se ha de pagar la letra.
Importe de la letra. La ley cambiaria no exige que la cantidad figure una vez en cifras y
      otra en letras, por lo que la letra será valida aunque solo se cumplimente una vez. Si figura
      la cantidad en ambas casillas y existe confusión entre las dos cantidades

      Lugar de pago. Deberá hacerse constar el lugar en el que se va a efectuar el pago. Es un
      requisito fundamental pero si faltase se supliría por el lugar que obra junto al domicilio del
      librado.

      Datos de identificación bancaria del librado. Código de control del cliente y digito de
      control. Se reflejaran los códigos numéricos identificativos de la entidad, oficina y digito de
      control del librado.

      Cláusulas. Espacio designado a consignar las cláusulas potestativa de la letra .

      “Cláusula no a la orden”. La letra no se puede transmitir por endoso.

      Nombre y domicilio del librado. Nombre de la persona que ha de pagar. Ha de constar el
      nombre y apellido o razón social si es persona jurídica.

      Firma, nombre y domicilio del librado. La firma es un requisito esencial, en caso de que
      el librado sea una persona jurídica la firma ha de ser de alguno de sus apoderadores.
      Haciéndose constar en la antefirma la anotación por poder.

      Aceptación. Espacio designado a consignar la aceptación del librado mediante su firma.
      No es requisito esencial pero refuerza la confianza de que sea pagada.

B) Reverso de la letra

En el reverso de la letra aparecen a                                                        su vez
los siguientes conceptos:

-Lugar reservado a la inclusión de un                                                       aval.

-Lugar en el documento reservado al
endoso.

-Lugar en blanco destinado a cualquier declaración cambiaria.
6 MODALIDADES DE GIRO

La letra de cambio se puede girar:

 A la orden del propio librador o girada a la propia orden. El tomador y el librador de la letra son
la misma persona. Ordena el pago y a la vez es beneficiario del mismo.

 Giro contra el propio librador o el propio cargo. En este caso librador y librado son la misma
persona. Se ordena pagar así mismo una cantidad de dinero al tenedor legítimo de la letra.

 Por cuenta de un tercero (librador = tenedor = librado = librador ).

7 VENCIMIENTO DE LA LETRA

      El día Vencimiento “en la fecha fija” es decir, en una fecha determinada. Es la modalidad
      más usual y más clara. Por ejemplo 15- 12- 1978.

      Vencimiento “a la vista”. La letra es pagadera el día de su presentación. La letra cuyo
      vencimiento no esté indicado se considerara pagadera a la vista.

      Vencimiento “a un plazo contado desde la vista”. La fecha de pago quedara fijada por el
      cómputo de tal plazo a partir de la fecha de aceptación o falta de ella, de la de protesto. Por
      ejemplo 30 días vista.

de vencimiento de la letra puede indicarse por medio de los siguientes métodos:

8 ITP Y AJD

El impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos. Documentados señala que la letra
de cambio debe ser extendida en papel timbrado correspondiente a su cuantía. Los efectos
timbrados son confeccionados por la Fabrica Nacional de Moneda y Timbre.

9 ACEPTACIÓN

Una letra de cambio puede estar o no aceptada, no todas las letras de cambio deben presentarse
a la aceptación, sin embargo una letra aceptada aumenta la posibilidad de pago de la misma, el
tenedor de una letra podrá presentarla a la aceptación del librado.
Las letras de cambio a un plazo desde la vista, deberán presentarse a la aceptación en el término
de un año, a partir de su fecha de libramiento, aunque el librador puede acortársete plazo. La
aceptación se escribirá en el anverso de la letra de cambio, en el lugar indicado para ello y se
expresara mediante la palabra acepto e ira firmada por el librado. La simple firma de este puesta
en el anverso de la letra equivale a la aceptación.

10 EL DESCUENTO

La letra de cambio no solo es un medio de pago sino también es un instrumento de crédito, la
operación por la que conseguimos con la letra se denomina descuento o negociación.

Cuando una empresa quiere disponer de dinero en efectivo y posee letras de cambio a su favor
puede acudir a una entidad financiera para que le presten o anticipen su importe a cambio de unos
gastos, el banco cobrara la letra el día de su vencimiento, y las empresas pueden disponer de
liquidez   anticipadamente;    sin   el   descuento   muchas   empresas   no   podrían   funcionar
adecuadamente.

En la operación de descuento si el librado al llegar el vencimiento de la letra no hace efectivo su
valor, el banco vuelve a cargar el importe anticipado y además unos gastos de devolución.

       EL ENDOSO

La letra de cambio es un titulo creado para circular y para servir como instrumento de pago, por
esta razón este impreso cuenta en su reverso con una cláusula de endoso, mediante la cual el
tomador puede transmitir la propiedad del documento a otra persona, a su vez esta persona
podría transmitirla a otra y así sucesivamente. Quien transmite la letra se llama endosante y quien
la recibe endosatario.

El primer endoso se realiza en la                                                           casilla
que aparece en el dorso del
documento “páguese a ...”; y los                                                         siguientes
en los espacios vacíos.

La transmisión del efecto se                                                                  debe
realizar por la cantidad total y de forma incondicional.
Para llevar a cabo el endoso, el endosante deberá firmar e indicar los datos del endosatario. Si
esto no figura nos encontramos ante un endoso en banco, que podrá ser cumplimentado en
cualquier momento, con objeto de ceder la propiedad de la letra a la persona que se determine en
ese instante , quien figura como endosatario final, recibe el nombre de ultimo tenedor. Los
anteriores son simplemente tenedores, salvo la persona que recibió la letra del librador que se
conoce como tomador. El ultimo tenedor o el tomador si no hay endosos es quien en el momento
del vencimiento debe presentar la letra al librado para que la haga efectiva

Si el librador escribió en el titulo “no a la orden” la letra no se puede endosar.

12 AVAL

Es una cláusula mediante la cual el avalista garantiza que la letra será pagada a su tenedor
legítimo, pues el avalista responde de la misma forma que el avalado

El aval se crea con la expresión:” por aval...” o cualquier otro equivalente.

Puede avalarse a cualquier obligado cambiario, pero si no se indica a quien se avala se entenderá
que se avala al aceptante y si la letra no está aceptada se entenderá que se avala al librado.

El aval puede alcanzar a la totalidad o parte del importe de la letra.

13 PAGO DE LA LETRA PROTESTO O DECLARACIÓN EQUIVALENTE

El tomador de la letra o el ultimo tenedor deben presentarla al pago el día de su vencimiento o en
uno de los dos días hábiles siguientes, si el efecto esta girado a la vista la presentación y pagos
simultáneos tendrán lugar en cualquier día dentro del año siguiente a la fecha de su creación, o
dentro del plazo que establezca el librador.

Si la letra de cambio no se presenta al cobro en la fecha que hemos comentado, queda
perjudicada, lo que significa que el tenedor o tomador que dejaron transcurrir el plazo de
presentación no podrán reclamar el importe del titulo a los cedentes anteriores mediante el
ejercicio de las acciones cambiarias derivadas de la letra.
En el supuesto de que la letra de cambio no sea pagada al vencimiento o no sea aceptada cuando
la aceptación es necesaria se debe efectuar un protesto notarial o declaración equivalente. El
protesto tiene por finalidad acreditar frente a todo aquel que tiene relación con la letra de cambio
que el tenedor del documento mencionado a cumplido en tiempo y forma la obligación que se le
impone de presentar la letra al cobro o la aceptación y que la persona que tenia que aceptar a
pagar la letra no lo ha hecho.

14 ACCIONES POR EL IMPAGO DE LA LETRA

Los medios judiciales que tiene una persona para reclamar sus derechos se conoce en derecho
como el ejercicio de acciones.

En los supuestos de impago de una letra el tenedor posee una acción directa mediante la cual
puede reclamar a quien acepto la letra o a su avalista.

El tenedor del efecto también puede emprender una acción en vía de regreso, mediante la que
reclama su pago a los cedentes anteriores ( endosante o tenedor ) o a sus avalistas.

PAGARES

La ley 19/1985 cambiaria y del cheque regula el pagares pero se remite en la mayoría a los
aspectos formales a la regulación establecida en la letra de cambio.

El pagares es definido en esta ley como el compromiso escrito que una persona natural o jurídica
llamada firmante contrae de pagar a un beneficiario un importe determinado en un lugar de pago y
a un vencimiento que en documento se fija.

1 REQUISITOS DEL PAGARES

El pagare para su plena validez legal deberá reunir los siguientes requisitos:

a) La denominación de pagare.

b) La promesa de pagar una cantidad
determinada.
c) La indicación del vencimiento que puede ser:

· A fecha fija.

· A un plazo desde la fecha.

· A la vista.

· A un lazo desde la vista.

Los pagares girados a un plazo desde la vista vencen desde la fecha del visto o desde la fecha del
protesto en caso de negativa a realizar esta declaración. Esta fecha del visto cumple la misma
función que la aceptación en la letra de cambio, y el firmante de un pagare queda obligado de
igual forma que el aceptante de una letra de cambio.

d) El lugar de pago.

e) El nombre de la persona a quien haya de hacerse el pago o a cuya orden se haya de efectuar.

f) La fecha y el lugar en que se firme.

g) La firma de quien emite el titulo denominado firmante.




2 CONTENIDO DEL PAGARE

En general a los pagares les son aplicables las mismas normas que a la letra de cambio en cuanto
sean compatibles con la naturaleza del pagare .No obstante hay que tener en cuenta las
siguientes consideraciones :

 El firmante asume los papeles que en la letra corresponden al librador y al librado.

 Cabe la posibilidad de emitir pagares al portador y a estos no son aplicables las normas de la
ley cambiaria, quedando reducidas a la condición de simples promesas de pago.
3 TRAMITACION DEL PAGARE

Los tramites que puede seguir son:

a) Emisión: el pagare puede ser emitido a favor de una persona física o jurídica .

b) Endoso: se realiza de la misma forma que la letra de cambio

c) A su vencimiento el pagare deberá ser satisfecho por el firmante.

d) Protesto: Se aplica a la misma normativa que la letra de cambio.

e) Aval: Igualmente es válido lo indicado para la letra de cambio.

1.5 Títulos de crédito

                            Los títulos de crédito son una especie dentro del género de
                            documentos, por lo que puede decirse que todo titulo de crédito es un
                            documento, pero no todo documento es titulo de crédito. En los títulos
                            de crédito, el documento es condición necesaria y suficiente para
                            atribuir el derecho. La doctrina conoce con el nombre de
                            incorporación, la relación existente en los títulos de crédito entre el
                            derecho y el documento. El derecho consignado en el titulo es
autónomo, lo que quiere decir que cada uno de los tenedores del documento tiene un derecho
propio, independiente de los anteriores tenedores. Los títulos de crédito están destinados a
circular, por lo que este debe, ser un elemento de suma importancia.

Las operaciones de crédito que esta ley reglamenta son actos de comercio.

Son cosas mercantiles los títulos de crédito. Su emisión, expedición, endoso, aval o aceptación y
las demás operaciones que en ellos se consignen, son actos de comercio. Los derechos y
obligaciones derivados de los actos o contratos que hayan dado lugar a la emisión o trasmisión de
títulos de crédito, o se hayan practicado con estos, se rigen por las normas enumeradas en el
articulo 2o., Cuando no se puedan ejercitar o cumplir separadamente del titulo, y por la ley que
corresponda a la naturaleza civil o mercantil de tales actos o contratos, en los demás casos.
Para que los documentos puedan considerarse títulos de crédito, deberán de tener las
características siguientes:

LITERALIDAD: Esta característica se refiere a que el derecho que el documento representa debe
ejercitarse por el beneficiario tal como está escrito en el titulo, literalmente, y en consecuencia el
obligado     deberá      cumplir    en         los     terminas   escritos   en    el     documento.


AUTONOMÍA: Debe entenderse por autonomía que el derecho se ejercerá independientemente de
cualquier condición que trate de modificarlo o limitarlo, de tal manera, que el obligado deberá
cumplir      su       obligación         sin         presentar    condiciones      para       hacerlo


INCORPORACIÓN: Significa que el derecho que el documento representa esta incorporado a él,
es decir, estrechamente unido al título, sin que pueda existir el derecho separado del documento ,
de tal manera, que para poder ejercer el derecho, es necesario estar en posesión del titulo.


CIRCULACIÓN: Esta característica de los títulos de crédito es la mas fácil de entender, pues
consiste en que esta clase de documentos circulan trasmitiéndose de una persona a otra mediante
el endoso o mediante la entrega material del documento solamente si se trata de documento “al
portador”.

LOS TÍTULOS DE CRÉDITO CONSIDERADOS BAJO 3 ASPECTOS

COMO ACTOS DE COMERCIO: La emisión, expedición, endoso, aval o acepción de títulos de
crédito, y las demás operaciones que en ellas se consignen, son actos de comercio.


Considerando actos de comercio los cheques, letras de cambio, valores y otros títulos a la orden o
al portador. En estos casos, la calificación de mercantil del acto es estrictamente objetiva, con
independencia del carácter de la persona que lo realiza. Así, tan acto de comercio será el
libramiento de un cheque, si es hecho por un comerciante, como si lo realiza quien no tenga ese
carácter.

COMO COSAS MERCANTILES: Son cosas mercantiles los títulos de crédito.
COMO DOCUMENTOS: La ley y la doctrina consideran que los títulos de crédito son documentos,
pero son de naturaleza especial. Hay documentos probatorios, constitutivos (que son
indispensables para el nacimiento del derecho.), documentos necesarios (para ejercitar el derecho
que en ellos consignan).

La representación para otorgar o suscribir títulos de crédito se confiere:

I.-   mediante             poder   inscrito     debidamente      en     el    registro    de   comercio;    y
Ii.- por simple declaración escrita dirigida al tercero con quien habrá de contratar el representante.

En el caso de la fracción I, la representación se entenderá conferida respecto de cualquier
persona y en el de la fracción ii solo respecto de aquella a quien la declaración escrita haya sido
dirigida.

En ambos casos, la representación no tendrá mas limites que los que expresamente le haya fijado
el representado en el instrumento o declaración respectivos.

CLASIFICACIÓN DE LOS TÍTULOS DE CRÉDITO

Clasificación         de     Licenciados      Puente   y    Calvo,    establecen    los   siguientes   grupos:


POR SU CONTENIDO: Los títulos de crédito pueden ser de tres especies atendiendo a su
contenido:

1.          Títulos         que       dan         derecho       a       una        suma        de      dinero.
2.    Títulos         que       dan    derechos        a    cosas      muebles      diversas    del    dinero.
3. Títulos sociales (atribuyen a su tenedor la calidad de socio).

POR LA PERSONA DEL EMITENTE:

Cuando el emisor de un titulo de crédito es una persona moral de Derecho Público, se habla de
títulos de deuda pública. Si el emisor es persona física o moral de Derecho Privado, se llaman
títulos de deuda privada.

POR LA FORMA DE SU EMISIÓN:
Se clasifican en títulos que se emiten en forma singular y títulos que se emiten en serie o en masa.

1.         Singulares:         Pagare,          Letra         de          Cambio,           Cheuque.
2. Serie: Acciones, Obligaciones, Bonos de Deuda Pública.

POR LA FORMA DE SU CIRCULACIÓN:

La ley los clasifica desde este punto de vista en:

1. Títulos al Portador
2. Títulos Nominativos

En realidad las categorías son tres:

1. Títulos al Portador.
2. Títulos Nominativos (No Negociables).
3. Títulos a la orden

TÍTULOS AL PORTADOR

Son títulos al portador los que no están expedidos a favor de persona determinada, contengan o
no la cláusula “al portador”. Los títulos al portador, se ha dicho certeramente, son títulos anónimos.
Los títulos de crédito podrán ser, según su forma de su circulación, nominativos o al portador.

TRANSMISIÓN

El titulo al portador es el más apto para la circulación, que se transmite su propiedad por el solo
hecho de su entrega, estos se transmiten por simple tradición. La simple tenencia del documento
basta para legitimar al tenedor como acreedor del derecho incorporado en el titulo. Se señala
también que los títulos de este tipo son los que tienen más semejanza con el dinero.

La ley dice que los títulos al portador solo pueden ser                                 reivindicados
cuando su posesión se pierda por robo o extravío y                                únicamente están
obligados a retribuirlos o a devolver las sumas                                   percibidas por su
cobro, o transmisión, quienes los hubieren hallado o                              sustraído   y    las
personas que los adquieran, conociendo o debiendo                                 conocer          las
causas viciosas de la posesión de quien se los transfirió.

Los títulos al portador se transmiten por simple tradición.La suscripción de un titulo al portador
obliga a quien la hace o cubrirlo a cualquiera que se presente, aunque el titulo haya entrado en
circulación contra la voluntad del subscriptor, o después de que sobre vengan su muerte o
incapacidad.

Los títulos al portador que contengan la obligación de pagar alguna suma de dinero, no podrá ser
puesto en circulación sino en los casos establecidos en la ley expresamente, y en contravención
en lo dispuesto en la ley.

TÍTULOS NOMINATIVOS

Los títulos nominativos son expedidos a favor de una persona cuyo nombre se consigna en el
texto del mismo documento. Estos títulos también son llamados directos.

Son nominativos si aparece escrito el nombre del beneficiario.

Son títulos nominativos los expedidos a favor de una persona cuyo nombre se consigna en el texto
del mismo documento. En el caso de títulos nominativos que llevan adheridos cupones, se
consideran que son cupones nominativos, cuando los mismos estén identificados y vinculados por
su numero, serie y demás datos con el titulo correspondientes, los derechos patrimoniales que
otorgue el titulo al cual están adheridos.

CLASIFICACIÓN

TÍTULOS NOMINATIVOS A LA ORDEN: También llamados Títulos Negociables. En estos títulos
el derecho puede ejercitarse por la persona a cuyo favor se expide el titulo o por la persona a
quien ella ordene en virtud de un endoso.

TÍTULOS NOMINATIVOS NO A LA ORDEN: También se les nombra Títulos No Negociables.
Estos títulos son aquellos que en su texto llevan insertas las cláusulas “No a la Orden” o “No
Negociables”, y solo la persona designada en el documento puede ejercitar el derecho, si esa
persona quiere transmitir el titulo, solo puede hacerlo en la forma y con los efectos de una cesión
ordinaria. En la cesión, a diferencia del endoso, el cesionario queda sujeto a las excepciones
personales que el obligado pudo oponer al cedente antes de la cesión.
REGISTRÓ O TRANSMISIÓN

1.      Los   títulos    nominativos      a      la    orden     se    transmiten    por     endoso


2. Los no negociables por cesión

Pero en ambos casos necesita entregarse el titulo mismo, ya que para ejercitar el derecho se
necesita estar en posesión del titulo.

FORMAS DE TRANSMISIÓN DE TÍTULOS DE CRÉDITO

ENDOSO

Una de las características de los títulos de crédito es que están destinados a circular. Para que un
titulo nominativo o a la orden circule es necesario endosarlo para que pueda ser transmitido de
una persona a otra.

El endoso es el medio de transmitir los títulos nominativos o a la orden.

Se puede definir como el medio de transmitir los títulos a la orden, quien transmite el titulo se
llama            endosante,              quien            lo           adquiere            endosario.


Los títulos nominativos serán trasmisibles por endoso y entrega el titulo mismo, sin perjuicio de
que puedan trasmitirse por cualquier otro medio legal.

La trasmisión del título nominativo por sesión ordinaria o por cualquier otro medio legal diverso del
endoso, subroga al adquirente en todos los derechos que él titulo confiere; pero lo sujeta a todas
las excepciones personales que el obligado habría podido oponer al autor de la trasmisión antes
de esta. El adquirente tiene derecho a exigir la entrega del título.

                                          Los títulos de crédito pueden trasmitirse por recibo de su
                                          valor extendido en el mismo documento, o en hoja
                                          adherida al, a favor de algún responsable de los mismos,
                                          cuyo nombre debe hacerse constar en el recibo. La
trasmisión por recibo produce los efectos de un endoso sin responsabilidad.

Los endosos y las anotaciones de recibo en un titulo de crédito que se testen o cancelen
legítimamente, no tienen valor alguno. El propietario de un titulo de crédito puede testar los
endosos y recibos posteriores a la adquisición; pero nunca los anteriores a ella

PERSONAS                QUE           INTERVIENEN               EN             EL           ENDOSO


ENDOSANTE:         Es     la   persona     que     transmite     el   titulo   a     otra   persona.


ENDOSATARIO: Es la persona a quien se le transmite el documento.

CLASES DE ENDOSO

ENDOSO EN PROPIEDAD: El endoso en propiedad es el más utilizado y es el que transmite la
propiedad del título y todos los derechos que el documento representa. Como en todas las clases
de endoso es necesaria la entrega material del título o documento para que la operación se
complete.

ENDOSO EN PROCURACIÓN O AL COBRO: El endoso en Procuración o al Cobro contiene las
cláusulas “en procuración” o “al cobro” y otra equivalente. Esta clase de endoso no transfiere la
propiedad del titulo, únicamente da facultades al endosatario para presentar el documento para su
acepción, o bien, para gestionar o tramitar su cobro extrajudicialmente o por la vía judicial si fuera
necesario.

ENDOSO EN GARANTÍA O EN PRENDA: El endoso con las cláusulas “en garantía”, “en prenda”
u otra equivalente, tampoco transmite la propiedad del titulo, solo atribuye al endosatario todos los
derechos y obligaciones de un acreedor prendario respecto del título endosado y de todos los
derechos que represente el mismo documento.

DATOS QUE DEBERÁ CONTENER EL ENDOSO

Los siguientes datos serán los que deberá contener un endoso, cualquiera que sea la clase de
endoso de que se trate:
1. Nombre del endosatario.
2. Clase de endoso.
3. Lugar y fecha del endoso.
4. Nombre y firma del endosante o de la persona que suscriba el endoso a su nombre.

1.6 Funciones y operaciones de crédito.

El crédito, en la teoría monetaria, es la utilización de los fondos de otra persona a cambio de la
                          promesa de devolverlos, casi siempre con intereses, en una fecha
                          posterior. Existen ejemplos como los préstamos a corto plazo de un
                          banco, los créditos extendidos por los proveedores o el papel comercial.

                          Por otra parte, y en lo que respecta a la contabilidad de la balanza de
                          pagos, el crédito es una partida como las exportaciones que genera
                          divisas a un país. Los movimientos de capitales son los créditos
                          concedidos o recibidos por los particulares o los gobiernos de otros
                          particulares u otros gobiernos.

La principal función del crédito es la financiación de la producción con anticipación a la demanda,
es decir, unir la propiedad de los recursos productivos con las demandas de sus productores. El
mecanismo de crédito economiza también el uso del dinero, permite un planteamiento más flexible
de los gastos a lo largo del tiempo y actúa como canal recolector de los pequeños ahorros de la
sociedad.

Las operaciones de crédito son negociaciones financieras que importan recibir o prestar dinero por
parte de las entidades financieras de los clientes o a los clientes, respectivamente.

Las operaciones de crédito pasivas son aquellas en las que los clientes depositan su dinero en la
entidad financiera (Caja de Ahorro o Plazo Fijo) y la entidad debe devolver el dinero al término del
plazo en el primer caso, y en cualquier momento que sea requerido por el cliente, en el segundo,
abonando una tasa de interés por el uso del dinero. El interés es mayor en los plazos fijos ya que
el banco cuenta con ese dinero para disponer sin restricciones en el plazo pactado. De estas
operaciones de crédito, llamadas colocaciones, el Banco captará efectivo para prestarlo a otros
clientes a una tasa de interés mayor al que pagó para recibirlo, tasa que se denomina activa.
Los Bancos otorgan préstamos personales                                           (con garantía
solamente sobre el sueldo o el respaldo de una                                           propiedad
inmueble que no se grava); con garantía                                           hipotecaria, u
otorga   descubiertos    sobre       las    cuentas                               corrientes de
sus clientes.

El   Banco      además   de   ganar        intereses
compensatorios     por   el   dinero       prestado,                                       también
obtiene ganancias cuando el cliente se atrasa en el pago de las cuotas, cobrando en este caso,
intereses punitorios.

Otras operaciones de crédito se efectúan a través de financiamientos con tarjetas de crédito por
las que cobra gastos de emisión y mantenimiento.

También existen operaciones de crédito entre Bancos u entidades financieras, que se prestan y
reciben dinero. Estas operaciones se conocen como call money, y las tasas de interés que se
pagan son mayores.




2.1 CARACTERÍSTICAS BÁSICAS DEL CRÉDITO

Se denominan créditos a aquellas operaciones de tipo financiero mediante las cuáles una persona
o empresa se hace acreedora de una cantidad determinada de dinero que se ha solicitado a un
banco o entidad financiera, de acuerdo a un límite concreto de efectivo y durante un plazo
específico de tiempo.

En el marco de un crédito, es el                                                         solicitante
quien lleva la administración de                                                    la        suma
requerida,      extrayendo       o                                                  devolviendo
parte del mismo en relación a                                                                    su
disponibilidad de dinero en un                                                           momento
determinado. Es así que se                                                                   puede
cancelar en forma completa o                                                        parcial       el
monto de lo adeudado cuando                                                         se      desee,
existiendo por supuesto una                                                         cantidad de
intereses que deberán abonarse.

Teniendo en cuenta esto, los créditos incluyen dos conceptos que son centrales en su
funcionamiento. Por un lado las comisiones, que se pagan al banco o institución financiera por el
servicio de disponibilidad de efectivo y, por otro, los intereses. Éstos últimos son cargos que cobra
la entidad que otorga el crédito por el capital empleado, no así por las sumas que aún no se han
utilizado. El monto a abonar por intereses se fija antes de concretar la operación.

¿Cuál es el objetivo de los créditos? ¿Por qué se solicitan? Sencillamente son una herramienta
fantástica para afrontar un gasto o erogación cuando no se posee la totalidad del efectivo
necesario para esto. Sin embargo, la falta de educación financiera puede desvirtuar esta función
básica de los créditos, que terminan empleándose o solicitándose para fines superfluos,
engrosando al mismo tiempo el nivel de endeudamiento de las personas u organizaciones.

Ante esto, vale la pena indicar que los créditos pueden ser un arma de doble filo: si están bien
empleados, si se pide una suma real y que podrá pagarse, si el motivo es valedero y realmente
importante, la utilidad es fantástica y se transforman en herramientas de gran valor. Por el
contrario, usados con poco tino y de manera irresponsable pueden llegar a acarrear graves
problemas.

                                       Otra de las características básicas de los créditos es que
                                       habitualmente van de la mano con otras operaciones o
                                       servicios de tipo bancario, como pueden ser la apertura de
                                       una cuenta corriente o la contratación de determinados
                                       seguros o pólizas. De esta manera, se habilitan los canales
                                       necesarios para disponer del efectivo o para resguardar el
                                       patrimonio de las partes implicadas.

                                       Existen distintas clases de créditos. Pueden mencionarse
                                       las siguientes:

                                       •Según la persona o entidad que otorga, pueden ser
bancarios, de instituciones de crédito o de prestamistas individuales.

•De acuerdo a la persona o entidad beneficiaria, pueden ser públicos (contraídos por el estado) o
particulares.
•Con relación al destino de los fondos, los créditos pueden estar orientados a la producción
(industria, actividades económicas) o al consumo (para adquirir bienes o servicios).

•Si el eje es el tiempo de devolución, pueden ser a corto, mediano o largo plazo.

•Por último, puede establecerse una clasificación en relación a la garantía entregada. Si es
personal, los créditos se otorgan en base al historial crediticio de la persona o empresa solicitante.
Si son reales, se aplica una garantía sobre un bien concreto, el cual quedará en posesión del
acreedor si la deuda no es abonada.

Dicho crédito es de suma importancia, pues el 40 por ciento de las ventas o compras de los
mexicanos        en       el        país    es      realizada       mediante        ese      sistema.
Este tipo de préstamo se puede solicitar hoy en día de una manera muy fácil, de hecho el usuario
puede obtenerlo sin tener un historial crediticio. Es por ello también que se les conoce
popularmente                         como                       "pagos                     chiquitos".
Quienes los ofrecen en primer lugar son las tiendas departamentales, por medio de una tarjeta o
con sus propios programas de crédito.

Hay otras cadenas comerciales que sólo piden los comprobantes de domicilio y la identificación
oficial para otorgar el préstamo.

Por su parte los bancos también se suman a esta oferta de crédito por medio de sus tarjetas.
Siendo de igual manera la cuenta de nómina que poseen ya bastante gente en la actualidad, un
respaldo en caso de pedir un crédito de este tipo. Y en caso de que el ingreso del interesado no
alcance, es posible sumar el de su cónyuge para solicitar el préstamo.

2.2 POLÍTICAS DEL CRÉDITO

Son todos los lineamientos técnicos que utiliza el gerente financiero de una empresa, con la
finalidad de otorgar facilidades de pago a un determinado cliente. La misma que implica la
determinación de la selección de crédito, las normas de crédito y las condiciones de crédito.

La política de crédito de una empresa da la pauta para determinar si debe concederse crédito a un
cliente y el monto de éste. La empresa no debe solo ocuparse de los estándares de crédito que
establece, sino también de la utilización correcta de estos estándares al tomar decisiones de
crédito.
Deben desarrollarse fuentes adecuadas de información y métodos de análisis de crédito. Cada
uno de estos aspectos de la política de crédito es importante para la administración exitosa de las
cuentas por cobrar de la empresa. La ejecución inadecuada de una buena política de créditos o la
ejecución exitosa de una política de créditos deficientes no producen resultados óptimos.




Políticas Generales

Los analistas de crédito usan con frecuencia las cinco C del crédito para centrar su análisis en los
aspectos principales de la solvencia de crédito de un solicitante.

Al respecto el Lawrence J. Gitman, en su libro "Fundamentos de Administración Financiera "; las
describe de la siguiente manera:

  1. Reputación (del inglés character): el registro del cumplimiento de las obligaciones pasadas
      del solicitante (financiero, contractual y moral). El historial de pagos anteriores, así como
      cualquier juicio legal resuelto o pendiente contra el solicitante, se utilizan para evaluar su
      reputación.
2. Capacidad: la posibilidad del solicitante para Reembolsar el crédito requerido. El análisis de
      los Estados Financieros, destacando sobre todo la liquidez y las razones de endeudamiento,
      se lleva acabo para evaluar la capacidad del solicitante.
  3. Capital: la solidez financiera del solicitante, que se refleja por su posición de propietario. A
      menudo, se realizan análisis de la deuda del solicitante, en relación con el capital contable y
      sus razones de rentabilidad, para evaluar su capital.
  4. Garantía Colateral (del inglés collateral): la cantidad de activos que el solicitante tiene
      disponible para asegurar el crédito. Cuanto mayor sea la cantidad de activos disponibles,
      mayor será la oportunidad de que una empresa recupere sus fondos si el solicitante no
      cumple con los pagos. Una revisión del balance general del solicitante, el cálculo del valor
      de sus activos y cualquier demanda legal presentada contra el solicitante ayudan a evaluar
      su garantía colateral.
  5. Condiciones: el ambiente de negocios y económico actual, así como cualquier circunstancia
      peculiar que afecte a alguna de las partes de la transacción de crédito. Por ejemplo si la
      empresa tiene un inventario excedente de los artículos que el solicitante desea comprar a
      crédito, estará dispuesta a vender en condiciones más favorables o a solicitantes menos
      solventes. El análisis de la situación económica y de negocios, así como el de las
      circunstancias especiales que pudieran afectar al solicitante o a la empresa, se lleva a cabo
      para evaluar las condiciones.

El analista de crédito centra su atención, sobre todo, en las dos primeras C (reputación y
capacidad); porque representan los requisitos básicos para la concesión del crédito. Las tres
últimas (capital, garantía colateral y condiciones), son importantes para elaborar el contrato de
crédito y tomas la decisión de crédito final, que depende de la experiencia y el criterio del analista
de crédito.

Toda actividad empresarial se maneja bajo políticas o normas que orientan la diversidad de
actividades comerciales que se dan en el mercado desde el punto de vista mercantil; por lo tanto,
considerando que el crédito es un proceso ordenado de pasos y procedimientos interconectados
al desenvolvimiento económico y financiero necesita de políticas para que dicha actividad se
encausen sobre objetivos específicos.
Estas políticas marcarán las pautas para la consecución de estos objetivos a los cuales se debe
  llagar en virtud a una administración efectiva del crédito. Para identificar la propuesta anterior en
  su verdadera dimensión, los objetivos previamente identificados responden la pregunta ¿Qué
  queremos alcanzar en términos de objetivos? Es decir, aplicamos políticas de crédito con la
  finalidad de alcanzar los objetivos preestablecidos de la Gerencia con respecto a la actividad
  crediticia. Por lo tanto estas políticas indicaran el camino para llegar a esos objetivos y darán la
  pauta              de                 cómo                  actuar             para         lograrlo.


  PAUTAS PARA FIJAR POLÍTICAS DE CRÉDITO

  El comercio es por el solo una actividad cambiante en términos de evolución económica, su
  actividad es dinámica provocando un flujo de operaciones rápidas que permiten la transacción de
  bienes y servicios; por lo tanto para delinear una política de créditos se tendrá en cuenta los
  factores de orden interno y externo.




  DISEÑO DE POLÍTICA DE CREDITOS


  La política de créditos que es expresada en términos de procedimiento sobre como otorgar
  créditos y como realizar las cobranzas es un trabajo ordenado que obedece a la siguiente
  secuencia y que necesariamente debe constar por escrito porque ello favorece a que el personal
  tenga          plena           conciencia             del            trabajo          que    realiza.
  A continuación señalaremos dicha secuencia:

1. Identificación de los objetivos por alcanzar.
2. Lineamientos previos o borradores de lo que será la política de créditos.
3. Discusión y revisión de esos lineamientos con las personas de las áreas involucradas: ventas,
   finanzas, contabilidad, legal etc.
4. Redacción definitiva de las políticas de créditos.
5. Aprobación de la Gerencia.
6. Difusión dentro de la empresa, de la política de créditos entre todos los responsables de su
   ejecución.
7. Implementación o puesta en marcha de la política de créditos aprobada y difundida.
8. Control de los resultados para verificar si las políticas están contribuyendo al logro de los
   objetivos o para aplicarse las medidas correctivas si fueran necesarias.

  Más adelante elaboraremos un Manual de Políticas se Créditos y Cobranzas como una forma de
  que este trabajo cumpla con su propósito. Porque el lector necesitara conocer un conjunto de
  normas que hagan posible entender en forma práctica los procedimientos de créditos y cobranzas.


  CLASIFICACIÓN DE LAS POLÍTICAS DE CRÉDITO


  Estas políticas generalmente se clasifican en liberales y conservadoras:

1. Son liberales cuando las empresas se muestran generosas para otorgar créditos, tanto en el
   monto máximo para aprobar como en el grado de riesgo para sumir obviamente en este saco
   podría hablarse de ausencia total o temporal de garantías.
2. Son conservadoras cuando las empresas se muestran restrictivas para otorgar créditos y para
   determinar el monto máximo por aprobar, así como par definir lo referente al riesgo que
   asumirán. A diferencia de la política liberal, en este caso se exigen garantías sólidas que
   aseguren la recuperación de las cuentas por cobrar.

  La empresa otorgante del crédito requerirá una detallada investigación de todos los clientes
  potenciales antes de tomar la decisión de aprobar o rechazar una política de créditos.


  RAZONES          QUE         DETERMINAN            LA         POLÍTICA       DE          CREDITOS
  Hay varias razones que motivan a los empresarios que venden al crédito, a orientar su política
  como liberadora o conservadora. Algunas de estas razones son:

1. La competencia.
2. Los márgenes de beneficio
3. Volumen de ventas
4. Demanda de los clientes
5. Nivel de inventarios
2.2.1 DETERMINACIÓN DE LOS LÍMITES DE CRÉDITO

Cuando se aprueba crédito a tu nombre, el acreedor asigna un límite de crédito a tu cuenta. Este
es el balance/saldo máximo que puedes tener y ayuda a mantener los cargos de tu tarjeta de
crédito en niveles que puedas pagar.

Cada uno de los emisores de tarjetas tiene sus propias normas para fijar los límites de crédito. Los
siguientes son algunos de los factores que toman en cuenta para tomar su decisión:

                 Tu ingreso mensual
                 Deudas actuales (otras tarjetas de crédito, préstamos para vehículos, préstamos
                 estudiantiles, etc.)
                 El tiempo durante el cual has vivido en tu residencia actual
                 Propiedad de vivienda
                 El número de veces que has solicitado créditos
                 Cuánto crédito necesitas o utilizas

Puedes solicitar a tu empresa de tarjetas de crédito que aumente tu límite de crédito, pero la
respuesta dependerá de tu situación financiera total. Puedes calificar para un límite de crédito más
alto si tus ingresos han aumentado o tu deuda ha disminuido. También puedes calificar si pagas
siempre a tiempo, pagas más que el pago mínimo adeudado o pagas todo el balance/saldo.

LIMITE DEL CRÉDITO AL CLIENTE Y AL COMERCIANTE MAYORISTA Y MINORISTA
El siguiente paso del proceso de crédito es señalar el limite del crédito. Este limite solo es
asignado cuando todo los factores así como la información han sido considerados y analizados.


El límite del crédito es la cifra que representa el monto aproximado que el acreedor supone la
máxima deuda que un solicitante desea adquirir en un determinado tiempo honrando su obligación
y                                       pagando                                      puntualmente.


Consideramos que existe desorientación en cuanto a lo que es realmente el límite del crédito,
como      debe       determinarse        y    su       nivel    crítico,    una      vez     fijado.


En el siguiente punto plantearemos una alternativa a la fijación del límite del crédito.
DETERMINACIÓN DEL LÍMITE DEL CREDITO


Este límite no se considera como absoluto sino como un aviso de alerta en el manejo de la cuenta.
También puede someterse a revisión y cambiarse libremente de acuerdo a las circunstancias y al
criterio del que otorga el crédito y                                                             que
indudablemente         será   el     más                                          provechoso para
la empresa.
Por lo menos se debe estar                                                        seguro de que el
límite asignado a un cliente no                                                   interfiriera    la
continuidad de las ventas y sus                                                   utilidades     que
devengan      de         un        cliente                                        determinado; por
el interés y atención que deba                                                    prestarse en las
cuentas            a           crédito.




Los       métodos         para          la                                        determinación del
límite, aunque sean inexactos y a veces arbitrarios por motivos de expansión o restricciones
difieren en el caso de tratarse de cliente (personas naturales) y comerciantes (personas jurídicas),
por lo tanta se harán consideraciones separadas.


Al Cliente
Una vez aprobada la solicitud, el encargado de créditos deberá preguntarse: ¿Cuánto puede
pagar puntualmente?
Para determinar este límite no hay una formula tomada como patrón, sino es la experiencia y
criterio que sobre montos de obligaciones que algunos clientes han sido capaces de cumplir.


Sin embargo se pueden señalar algunos factores comunes como:

 Ingreso familiar en relación al número de sus componentes.
 Otras deudas que disminuyen el margen del ingreso total.
 Estándar de vida del cliente.
 Monto fijado por el propio cliente.
Otros datos sujetos a revisión.

Esta información se obtienen de la solicitud de crédito que el solicitante proporciono a la empresa
previa verificación.


Al Comerciante Mayorista y Minorista.


A parte de las consideraciones de la personalidad y situación particular del solicitante, se deben
tener en cuenta otros aspectos, para determinar el límite del crédito al comerciante; pues el hecho
de que un cliente mantenga buen comportamiento dentro de un crédito dado, no significa que
pueda mostrar una conducta distinta cuando sus obligaciones sean mayores a las que
normalmente pueda soportar.


De   acuerdo     a     las   circunstancias    se   recomienda   utilizar   los   siguientes   métodos:


a) Tanto como Solicita el Comerciante: Aunque pueda considerarse como un método empírico
consiste en otorgar al comerciante, tanto crédito como desee, siempre y cuando este pague de
acuerdo a lo convenido, y se tenga la seguridad de que las garantías otorgadas cubran
ampliamente                                          lo                                        solicitado.


Mientras que el pago sea oportuno, esta formula es muy conveniente y debe continuarse mientras
el cliente represente un riesgo mínimo y debe atenuarse o en todo caso restringirse cuando
suceda lo contrario.


b) Tanto como la Competencia le Concede: Es prudente comprobar siempre el crédito reciente
mas alto otorgado por otros proveedores de la misma línea, para así establecer el limite inicial que
se               le                concederá               al               nuevo                 cliente.


Pero esto tiene sus inconvenientes ya que las políticas de crédito de una empresa con relación a
otra no pueden coincidir necesariamente con volúmenes de entrega parecidos o iguales.


Por lo tanto es aconsejable hacer una investigación previa de las referencias recibidas si la nueva
cuenta arroja una utilidad sustancial.
c) Por el Valor de las Existencias: La determinación del valor aproximado de las existencias de la
  mercadería, investigada directa o indirectamente, es un elemento de apreciación de la importancia
  y muchas veces de la solidez de la empresa comercial que se investiga, para determinar su límite
  de                                                                                          crédito.


  d) Por las Compras de Temporada: Se puede calcular un promedio mensual para las compras de
  temporada y las de fuera de temporada, para clientes cuyo negocio es estacional.


  Aquí serán útiles los registros propios que la empresa tenga para analizar la información que
  necesita de un determinado cliente cuyos pedidos son estaciónales o exigentes en determinada
  épocas                                              del                                        año.


  e) Monto Gradual Asignado Según Experiencia: Otro procedimiento muy común y práctico es
  empezar por el otorgamiento de una cantidad reducida de crédito, para luego elevarla según la
  experiencia que registre el comerciante a lo largo de un periodo determinado. (Puede ser un año).
  Este procedimiento es muy adecuado para empresas que comienzan otorgando créditos y/o para
  pequeños negocios que tienen capital limitado.


  Se recomienda que los métodos anteriormente citados se complementen unos a otros puesto que
  el comercio en general no tiene patrones de comportamiento estable sino cambiante por
  situaciones de coyuntura económica por la dinámica misma del comercio.


  REVISIÓN DEL LÍMITE DEL CREDITO


  Una decisión de crédito nunca debe ser considerada como absoluta o final ya que la dinámica
  inestable de la actividad comercial permitirá revisar periódicamente los limites de acuerdo a las
  acciones     que      se     tomen      y     las         circunstancias   que    se     presentan.


  Sin embargo se debe de revisar un límite de crédito cuando:

1. El cliente solicita crédito adicional o sobre pasa el límite fijado por la empresa (es recomendable
   revisar las garantías otorgadas)
2. Por medio del intercambio de información se puede saber el cambio de posición financiera del
   cliente.
3. El cliente no hace sus pagos puntuales (verificar el retraso)
4. Las condiciones económicas obligan a que se tomen decisiones respecto a la supresión y/o
   ampliación de las líneas de crédito al comerciante.
5. Cuando esta en juego la credibilidad del cliente.

  En resumen el limite de crédito generalmente se resumen a los siguientes factores:

1. En función del valor de las garantías
2. En función de la capacidad de pago
3. En su responsabilidad al cumplimiento de sus obligaciones
4. Solvencia moral o económica
5. Experiencia del negocio y/o actividad

  2.2.2 Riesgos del Crédito




  Principales factores que determinan el riesgo en Instituciones

  - Factores internos, que dependen directamente de la administración propia y/o capacidad de los
  ejecutivos de cada empresa
- Factores externos, que no dependen de la administración, tales como inflación, depreciaciones
no previstas de la moneda local, desastres climáticos, etc. aquí aparecen como importante el
estado de los equilibrios básicos macroeconómicos que comprometan la capacidad de pago de los
prestatarios

Frecuentemente, este riesgo se mide por las pérdidas netas de créditos entre los factores. Entre
los factores internos están:

- Volumen de crédito: a mayor volumen de créditos, mayores serán las pérdidas por los mismos.

- Políticas de créditos: cuento más agresivo es la política crediticia, mayor es el riesgo crediticio.

- Mezcla de créditos: cuanta más concentración crediticia existe por empresas o sectores, mayor
es el riesgo que se está asumiendo, por ello la SIBEF ha determinado que solamente el 20% del
patrimonio de una institución financiera puede prestarse a un grupo económico o persona natural
o jurídica, con el fin de precautelar la salud de los bancos y entidades financieras.

- Concentración geográfica, económica, por número de deudores, por grupos económicos y por
grupo accionario: por ello no hay duda que cualquier tipo de concentración de cartera aumenta el
riesgo de una institución financiera.

Riesgo individual de un crédito
- Propósito del crédito: muchas veces y                                                       en muchos
bancos es muy utilizado el término "para                                                           financiar
capital de trabajo", es decir no se sabe
exactamente los destino de los fondos,
perdiéndose de esta manera la calidad                                                         de          la
administración crediticia

- Análisis del crédito: objeto del presente                                                   manual      a
verse más en detalle

- Repago del crédito: existen dos fuentes naturales de repago del crédito que son:

a) Primera salida: que se refiere a la generación de caja de la empresa, donde el propósito del
crédito asumen mucha importancia

b) Segunda salida: la cual está compuesta principalmente por garantías. En este punto la
experiencia en muchos países del mundo se han otorgado créditos pensando en garantías, s in
mirar el propósito y mucho menos la primera fuente de papo del crédito (flujo de caja). Por eso es
muy importante direccionar la calidad y el propósito del análisis ya que no es lo mismo el punto de
                                              vista de un banquero que de un inversionista.




                                              2.3 Apertura del crédito

                                              La apertura de crédito, es el contrato por medio del cual
                                              una persona llamada acreditante se obliga con otro
                                              llamado acreditado a poner a su disposición una
                                              cantidad de dinero determinada o a contraer por cuenta
de éste una obligación, quedando obligado el acreditado a restituir a aquél las sumas de que
disponga o a cubrirlo oportunamente por el importe de la operación más intereses, prestaciones,
gastos y comisiones que estipulen (Artículo 291 LGTOC).

Caracteres

La apertura de crédito es un contrato consensual. Se perfecciona por el mero acuerdo de
voluntades. No requiere formalidad alguna para su validez.
La apertura de crédito es un contrato bilateral. Se generan obligaciones tanto respecto del banco
como del tomador del crédito.

La obligación del banco consiste en poner a disposición del cliente la cantidad de dinero
estipulada en el contrato y respetar el plazo convenido en el mismo. La obligación del cliente se
resume en el pago de la comisión convenida más los intereses derivados de la utilización del
crédito y, fundamentalmente, la restitución de las sumas que le fueron adelantadas.

En este contrato cobra especial relevancia el elemento “disponibilidad”. En efecto, que el cliente
tenga a su disposición el dinero que necesita, significa que tiene la posibilidad de emplear la caja
del banco, como si fuera propia, hasta el monto acordado y por el período de tiempo señalado en
el contrato. Podrá entonces efectuar los retiros que necesite, sea en una sola vez o
fraccionadamente. Esta disponibilidad no es consecuencia de una previa entrega de dinero por
parte del cliente como en el contrato de depósito. El dinero está disponible para el cliente porque
el banco le ha concedido un crédito.

Es un contrato marco para regular futuros contratos de préstamo o de descuento de documentos.
Es un contrato de ejecución sucesiva que se cumple ante los requerimientos del cliente.

Es un contrato convenido institución-persona, en razón a que el banco acreditante se obliga en
consideración a la solvencia y demás condiciones personales del cliente acreditado. Este carácter
trae consigo tres consecuencias esenciales: A. que el banco se reserva la facultad de cancelar el
crédito y cerrar la cuenta en cualquier momento; B. que el cliente no puede transferir los derechos
nacidos del contrato sustituyendo a otra persona en su lugar y C. que el contrato termina con la
muerte o extinción del acreditado.

Modalidades de apertura de crédito

La apertura de crédito asume modalidades diversas, según cuál sea la forma en que se utilice el
crédito por el cliente del banco.

A. Apertura de crédito en cuenta corriente

En la práctica bancaria, la apertura de crédito suele vincularse con la cuenta corriente. El banco
debita en la cuenta del cliente las sumas de que éste vaya disponiendo y le acredita las entregas
que efectúe para ir reintegrando los fondos dispuestos, resultando así un saldo diario, sobre el que
se liquida el interés pactado.
B. Apertura de crédito con garantía

La apertura del crédito puede ser con garantía o sin ella. La primera es más frecuente que la
segunda; lo normal es que la apertura venga acompañada de una garantía de carácter personal o
real.

C. Apertura de crédito impropia o a favor de terceros

La apertura de crédito impropia es aquella en la que el crédito abierto por el banco no es utilizado
por el cliente que da la orden sino por un tercero (beneficiario) designado por éste.

En cualquier caso, la operación tiene siempre una finalidad solutoria, normalmente nacida de un
contrato de compraventa realizado entre el cliente y el beneficiario. El fin típico de la apertura de
crédito impropia es, en efecto, el pago del precio en el contrato de compraventa y, especialmente,
en las ventas de plaza a plaza.
2.3.1 Funciones Básicas



  -Aplica capitales. El capital puede
  emplearse en una forma mas productiva
  para que no esté ocioso.



        -Ayuda a la producción y el comercio. El
        Crédito ayuda para que tanto
        comerciantes como industriales tengan
        la posibilidad de disponer en el mejor
        momento una suma de dinero.


                -Influye en la fijación del precio en el
                mercado. Al existir mas inversiones en el
                mercado se modifica la oferta y la
                demanda de los bienes y, por
                consiguiente, el precio de los mismos.

2.3.2 Solicitud

La solicitud del crédito viene a constituir uno de los documentos más importantes en la
administración del crédito, en base a este documento se inicia el proceso de crédito. Nos aporta
los datos y elementos que, una vez comprobados por la investigación, permiten conocer al
solicitante de crédito, al proporcionarnos los elementos de juicio para autorizar, negar o modificar
las condiciones del crédito solicitado. La información varía de acuerdo con el tip de crédito y
políticas del ejecutivo de crédito. Los datos más importantes que solicitan las empresas, de
acuerdo a sus propias necesidades y requerimientos. Son los siguientes:

   -   Residencia
   -   Empleo
   -   Otras cuentas corrientes

2.3.3 Investigación
Una vez que el cliente hizo el llenado de la solicitud de crédito, el ejecutivo procede a la
investigación de los datos plasmados y se corroboran los siguientes aspectos:

   -   Ambiente
   -   Entrevista
   -   Visita doméstica
   -   Empleo
   -   Cuentas bancarias
   -   Bienes muebles e inmuebles
   -   Fiadores y avales
   -   Ingresos
   -   Experiencia crediticia
   -   Enganche
   -   Abonos

Es importante estudiar los porcentajes que se gastan en la región como promedio. En forma muy
general se pueden tomar los siguientes:

Concepto                                  Porcentaje
Alimentación                              50.26%
Alojamiento                               14.36%
Vestuario                                 09.36%
Diversiones                               02.50%
Servidumbre                               01.23%
Impuestos                                 12.02%
Bienes duraderos                          01.15%
Pago de deudas                            00.19%
Inversiones                               00.55%
Diversos                                  08.21%
2.3.4 Fuentes externas

Durante los últimos 15 años, las fuentes de información han estado en un continuo crecimiento
basado en la relación de confianza y respeto mutuo entre los directivos y ejecutivos de crédito,
algunas agencias de información crediticia y los clientes. El desarrollo de estas relaciones han
sido de vital importancia por el concepto de naturaleza confidencial de la información del crédito.

Las acertadas decisiones de crédito en cuenta nueva podrán determinarse fundamentalmente con
base en una información de crédito y financiera suficiente para el cliente. Las fuentes más
importantes son: agencia de crédito, información por los clientes, información telefónica, grupos
de intercambio, informe bancario e información de los vendedores. Otras fuentes de información
de crédito son: boletín judicial y las cámaras de la industria y el comercio.

3.1 GENERALIDADES


En nuestro país las actividades de créditos y cobranzas, siempre fueron actividades alternas a la
gestión comercial y/o financiera de la empresa, y por esa razón el estudio de este libro constituye
un aporte al conocimiento general de lo que ya se conoce sobre el tema. El empresario toma
conciencia sobre la importancia del crédito sólo cuando considera que es una alternativa
adecuada al incremento de sus ventas, y considera oportuno además conocer las técnicas de la
cobranza en sus pormenores, sólo como única respuesta a asegurar la recuperación de su
inversión.




Sin embargo el desconocimiento sobre la materia por parte del empresario hace muy complicado
trabajar con esta modalidad por que dichas limitaciones son a la vista razonables. Ubicar, evaluar,
escoger y seleccionar una decisión de crédito ante una información dispersa e incompleta para
muchos es una acción temeraria. Ello implica un proceso lento de transmisión de conocimiento en
teoría y práctica pocas veces difundido en las aulas Universitarias. Por todo ello, trataremos de dar
una información útil y concreta sobre esta alternativa muy adecuada para promocionar e introducir
en el mercado los nuevos productos. Por otro lado, la efectividad de los procesos de cobranza
dejan mucho que desear en las actuales circunstancias ya que el mercado no responde a dicho
efecto. Hoy se vende pero no se cobra.
Pero más objetivamente, la razón fundamental por la cual debe de tomarse empeño a las
funciones de crédito y cobros es saber respondernos a la pregunta, ¿tanto el crédito como la
cobranza en sus distintas etapas debe asegurar al empresario el incremento de sus ventas? Y por
otra parte ¿es factible reducir al mínimo el riesgo por pérdidas originadas por deudas incobrables?




Pero aún existe otra connotación que debe tenerse en cuenta cuando se habla de crédito y es
influencia creciente de que en las reglas del juego comerciales el término creer es parte de la
sustitución de una inclinación a que él mismo se generalice. Con el proceso de liberación de la
economía, y con la aplicación de políticas neo liberales del cual el sector financiero y comercial no
han sido una excepción en nuestro país, se ha consolidado de manera espontánea gracias al
mercado la asignación del crédito bajo el criterio de especialización.




En esta línea previa de análisis, si bien el concepto del crédito es uno, las diversas necesidades
comerciales han creado distintos mecanismos de colocación de recursos, de tal manera que el
financiamiento a la empresa funciona como una lógica operativa radicalmente distinta del crédito
del pequeño empresario o del consumidor. Obviamente los clientes consideran el crédito como
una alternativa rentable, y los vendedores inteligentes también. Después de todo estamos juntos
en este negocio.

3.1.1 CONDUCTOS DE LA COBRANZA


La cobranza puede llevarse a cabo por medio de los siguientes conductos:

      A través de cobradores.
      Por medio de abogados.
      A través de los vendedores.
      Utilizando los servicios bancarios.
      A través de las agencias de cobro.
A TRAVES DE COBRADORES

La cobranza a través de los cobradores es, por asi decirlo, la más perfecta pues quien la realiza
está o debiera estar capacitando para llevar a cabo esta tarea.

El cobrador es una persona clave dentro de las empresas ya que por sus manos pasan casi todos
sus recursos financieros. Sin embargo, no suele apreciarse debidamente su trabajo.

En nuestro medio el cobrador suele ser un recogedor de cheques y de abonos, no llevando a cabo
una adecuada labor de cobro. Simplemente se presenta con el cliente, pregunta si hay pago, si lo
hay, firma de recibido o bien recibe el abono; pero en caso negativo, se retira y va a visitar a otro
deudor. Esta actividad no es de un cobrador profesional.

Si en las empresas hubiera el interés de tener cobradores profesionales, el trabajo del
Departamento de Crédito y Cobranzas se haría más llevadero y habría tiempo para desarrollar
otras labores que permitieran un mejor control de las cuentas y documentos por cobrar. Al no ser
así, cuando hay alguna carencia de capital de trabajo todo el mundo es movilizado para conseguir
el que hace falta alterando las labores del personal.

Esto sucede porque, al no haber una labor de cobro por parte de quien debe hacerlo, que es el
cobrador, las cuentas y documentos por cobrar se atrasan dando origen a que este Departamento
nunca llegue a satisfacer los requerimientos financieros de la empresa porque siempre está con el
trabajo acumulado debido a la carencia de personal; principalmente de buenos cobradores.

Es preciso tener presente que solamente considerando el costo del dinero y la inflación,
reconoceremos en el trabajo del cobrador una tarea de primer orden.

POR MEDIO DE ABOGADOS

Excepto que la cuenta o el documento por su cobrar sea de elevado monto o que la empresa
cuente con su propio departamento legal, la cobranza a través de los abogados es, en general, un
fracaso ya que resulta sumamente lenta, prestándose algunos de ellos a servir no a su cliente sino
al deudor.

De ahí que son muchas las empresas que optan mejor por llegar a arreglos amistosos con los
clientes o bien perder el dinero antes de poner un asunto en manos de un abogado.
Para que la cobranza por medio de este profesionista sea efectiva, es recomendable que antes de
amenazar al cliente con poner la cuenta en sus manos, se elabore la demanda y de esta manera,
al decirle al cliente que se le dan 48 horas para que pague o se seguirá un trámite de cobro por la
vía legal, cumplido este término, si el cliente no paga se deberá presentar la demanda y proceder
al embargo si esto fuere posible.

Amenazar por amenazar sin cumplir con lo dicho sólo provoca que el cliente se burle de la
empresa y particularmente del cobrador. Por ello, el formular anticipadamente la demanda, tiene la
ventaja de que evita que el cliente se prepare ocultando la mercancía, procediera a un auto
embargo, etc.




En cuentas que no son de elevada cuantía, la cobranza puede hacerse siguiendo el camino de
que a alguna persona de la empresa, que no fuere conocida por los clientes y con la presencia
adecuada, se hiciere pasar como del departamento legal. Para llevar a cabo esta tarea habría que
proveerle de tarjetas de presentación pulcramente elaboradas. Desde luego que no se deberá
indicar en ella “Abogado” o “Lic.” Porque podría ser acusado de usurpación de funciones, lo cual
está penado por la Ley. Pero del departamento legal sí, porque podría tratarse de un ayudante el
cual no tiene necesariamente que ser un abogado.



A TRAVES DE LOS VENDEDORES

La cobranza a través de los vendedores tiene sus ventajas y desventajas.

Ventajas. Se puede enunciar las siguientes:

      Cuando el vendedor es el que lleva a cabo la labor de vender y además efectúa la cobranza
      de la cuenta, al entrevistarse con el cliente tendrá el cuidado de levantar los pedidos en la
      manera más adecuada a las condiciones y necesidades de éste, pues de otro modo tendrá
      problemas para recuperar la cartera. Frecuentemente se da el caso de que, con tal de
      alcanzar su cuota, los vendedores vender sin tener presente las implicaciones que pudieran
      haber en la cobranza. Si él mismo vende y cobra a la vez, habrá de ser más cuidadoso en
      sus tratos con los clientes.
Se reducen los pedidos que habrán de ser detenidos por el Departamento de Crédito y
      Cobranzas ya que pocos serán los que no reúnan los requisitos estipulados para ser
      aprobados.
      Se reducen los gastos de operación de las empresas pues no tendrá cobradores a su
      servicio, ya que esta labor la realizan los propios vendedores.
Desventajas. Dentro de las desventajas que tiene el hecho de que los vendedores lleven a cabo
también la labor de la cobranza están las siguientes:

      La imagen del vendedor es diferente a la del cobrador y no es fácil encontrar reunidas en
      una misma persona las cualidades de ambos, de tal manera que, o vende bien y cobra mal
      o viceversa.
      El vendedor que también cobra, suele caer en la situación de dedicar tanto tiempo a una
      labor que termina descuidando la otra. Para evitar esto último, cuando el vendedor lleva a
      cabo la labor de cobranza, lo adecuado, en su caso es dividir su comisión en dos partes,
      una de ellas por la venta, la otra por la cobranza, de esta manera habrá de interesarse en
      una como en otra labor.



UTILIZANDO LOS SERVICIOS BANCARIOS

Los bancos no realizan, en realidad, una labor de cobranza, únicamente se limitan a avisar al
deudor que pase a la institución a pagar un documento, dándole un tiempo para ello.

Si el deudor para, se le abona en cuenta lo recuperado al cuentahabiente; si no es así, el banco
devuelve el documento al cliente.

Este conducto para cobrar, ayuda en el caso de clientes que están en lugares fuera del territorio
normal de trabajo del proveedor. Sin embargo, si el documento no es pagado, los bancos suelen
tardar algunos días, primero para notificar que el cobro no fue cubierto, y segundo, tardan tiempo
en la devolución, lo cual aprovecha el deudor para ganar indebidamente unos días más de crédito.

Para evitar que el deudor argumente que desconocía que el documento había sido entregado al
cobro por conducto de un banco y que no recibió el aviso de éste, lo más indicado es que el
proveedor le envíe una carta, preferentemente certificada con acuse de recibo, o bien un
telegrama poniendo tal hecho de su conocimiento.
De esta manera, al no ser pagado el documento, es posible cobrarle al deudor los intereses
normales, los moratorios, así como los gastos que hubiere originado la cobranza

A TRAVES DE LAS AGENCIAS DE COBRO

A las agencias de cobro suelen remitírseles cuentas de muy difícil cobro después de que las
empresas han agotado todos los recursos persuasivos para lograr recuperarlas. Generalmente
son cuentas de clientes que las empresas están dispuestas a perder.

Algunas de estas cuentas que se cobran por este conducto, no se hacen pensando tanto en
recuperar su importe, cuanto por cuestión de imagen ya que, deducidos los gastos de la agencia,
el saldo suele resultar notoriamente disminuido.

El trabajo de estas agencias a veces es lento, debido a las gestiones que tienen que llevar a cabo,
ya que con frecuencia tienen que iniciarlas con la localización de los deudores.

Algunas agencias compran los contrarecibos, los cheques sin fondos, los pagarés y las letras de
cambio a un precio castigado y ellas se encargan de cobrar de acuerdo con sus políticas internas.

3.1.2 CLASES DE POLÍTICAS


Las políticas de cobranza deberán tomar en consideración lo siguiente:

      Deberán fijarse las bases para el otorgamiento de los descuentos, rebajas y bonificaciones,
      así como el nivel de puesto autorizado para ello.
      Si los clientes deberán o no pagar sus abonos en las oficinas de la empresa, o si la
      recuperación de la cartera se hará a través de cobradores. Se deberán precisar en ellas
      qué beneficios recibirán los clientes cumplidos en el primer caso, y a que sanción se verán
      sujetos si se atrasan en sus pagos.
      Deberá establecerse el horario para recibir los pagos de los clientes en la caja.
      Deberán establecer si la cobranza y el resultado de la misma tendrá que ser rendida por los
      cobradores diariamente o bien con qué periodicidad se hará.
      Deberán fijar la tasa nominal y la moratoria de los intereses.
      Si se aceptarán pagos parciales, “para abono en cuenta”, o bien sólo se recibirán pagos
      completos de facturas por parte de los clientes.
Deberán establecer, si se remitirán a todos ellos o bien, lo serán selectivamente y con qué
periodicidad. Asimismo, si se presentarán indicando la antigüedad de saldos.
Deberán fijar si se aceptarán o no cheques posfechados y en su caso la fecha que deberá
indicarse como aquélla en que fue expedido.
Si se aceptarán pagos de los clientes con cheques endosados de terceras personas y
cuáles serían las excepciones del caso. Además, señalarán quién o quiénes estarán
facultados para autorizarlos.
Para efectos del cobro por la vía legal, deberán establecerse las bases que servirán para
determinar bajo qué condiciones se turnará una cuenta o documento por cobrar al abogado
o al departamento legal.
Si se aceptará o no cheques por mayor cantidad al adeudo y si la diferencia podrá o no
cubrirse en efectivo.
Deberán establecer si se cobrará o no el costo de la investigación de crédito a quien lo
solicite.
Deberán precisar qué tipo de comprobante se entregará a los clientes al terminar de pagar
su adeudo, pudiendo ser un recibo provisional canjeable por el original de la factura y sus
copias, el pagaré o la letra de cambio.
En relación con los cheques sin fondos recibidos de los clientes deberá indicarse si se
cobrará el 20%, así como el o los cargos que hiciere el banco por este motivo.
En el caso de clientes foráneos se deberá indicar el conducto por el cual se les hará llegar
la factura correspondiente al momento de liquidar todo su adeudo; los cheques que
resultaren sin fondos, así como los pagarés, las letras de cambio y cualquier otra clase de
comprobantes.
Se deberá precisar si los contrarecibos los elaborará la empresa y, en su caso, en original y
cuántas copias, o bien si los elaborarán los clientes.
Deberá indicarse que los cheques, letras de cambio y pagarés, bajo ninguna circunstancia
serán canjeables por contrarecibos.
Deberán fijar la periodicidad con que se depositará la cobranza en el banco, el número de
copias con que se elaborará la ficha de depósito y si habrá o no rotación de los bancos y
cómo será ésta.
Para efectos de considerar una cuenta o documento por cobrar como incobrable, deberán
fijarse las condiciones y requisitos para ello, además de lo señalado en las leyes fiscales.
Deberán fijar el grado de intervención del departamento de ventas y los vendedores, en la
       gestión de cobranza.
       Deberán precisar si los cobradores estarán facultados o no para depositar los cheques y el
       efectivo cobrados en cuentas bancarias de la empresa y de qué manera habrán de hacerlo.
       Si al documentarse una operación, ya fuere con letras de cambio o bien con pagarés, se
       habrá de conservar la factura como garantía colateral hasta el pago total del adeudo.
       En qué circunstancias, con qué requisitos y a qué plazo máximo y condiciones se
       documentarán las operaciones, vista la incapacidad de los deudores de cubrir en breve
       tiempo el monto total de su adeudo.
       Si al presentar la documentación a revisión se entregará el original de la factura o bien, una
       copia de la misma con la leyenda de “copia sin valor comercial” y sólo hasta su pago total
       se entregará la misma.
       Se deberá señalar el proceder en el caso de bienes recogidos o embargados a los clientes.



3.1.3 SISTEMAS DE COBRANZA


Un Sistema de Gestión de Cobranzas es una herramienta informática que permite
administrar lo que su nombre indica… la gestión de cobranzas. Su solidez,
dinamismo y versatilidad garantizan el cumplimiento de los objetivos y la
satisfacción de las necesidades de cualquier organización que necesite administrar
su cartera de deudas en mora. Un Sistema de Gestión de Cobranzas está orientado
a mejorar la performance incrementando la rentabilidad, reduciendo costos,
aumentando la productividad y por ende mejorando los servicios y la relación con
los clientes.
Componentes de un Sistema de Gestión de Cobranzas


Reportes de Gestión
de Cobranzas
                                          Caja        Sistema     de
                                          Gestión de Cobranzas
Informes de gestión,
resultados, etc.
                                          Administración, manejo
                                          y aplicación de fondos.
Estadística              de
Recupero de Deudas
                                          Liquidación     de
                                          deuda
Tendencias         en    la
gestión de recupero
                                          Cálculo         de
                                          intereses           y
Auditoría de Gestión
                                          punitorios
de Cobranzas

                                          Convenios de pago
Detección                y
corrección de desvíos
                                          Acuerdos.
                                          Reconocimientos
Grabación de conversaciones
                                          de deuda.
telefónicas

                                          Administración
Grabación de llamadas tanto
                                          de fondos
entrantes como salientes

                                          Remesa          y
IVR       (Interactive
                                          rendición      de
Voice Response)
                                          fondos

Respuesta de voz
                                          Sistema de Gestión de
interactiva
                                          Cobranzas Cash-pot
Nuestra misión


                                                    Funciones     de     un
                                                    Sistema de Gestión
                                                    de Cobranzas

                                                    Principales funciones
                                                    de   un   Sistema   de
                                                    Gestión de Cobranzas




Gestión de Cobranzas

Un Sistema de Gestión de Cobranzas es una herramienta informática que
permite administrar lo que su nombre indica… la gestión de cobranzas. Su
solidez, dinamismo y versatilidad garantizan el cumplimiento de los objetivos y la
satisfacción de las necesidades de cualquier organización que necesite
administrar su cartera de deudas en mora. Un Sistema de Gestión de Cobranzas
está orientado a mejorar la performance incrementando la rentabilidad,
reduciendo costos, aumentando la productividad y por ende mejorando los
servicios y la relación con los clientes.
3.2 MÉTODOS DE COBRANZA
TÉCNICAS DE COBRANZA DE ALTO IMPACTO

TÉCNICA DEL SERVICIO DISFRAZADO. Consiste en efectuar una labor de pre-cobranza, es
decir anticiparnos al vencimiento de la cuenta para realizar una autentica gestoría de cobro que
parezca una atención al cliente.

LA TÉCNICA DEL CANSANCIO. Consiste básicamente en iniciar la gestoría de cobro a partir del
primer día de vencimiento utilizando bitácoras que nos permitan registrar con exactitud las
gestiones realizadas así como las promesas de pago de nuestros clientes.




TÉCNICAS DE COBRANZA PARA CUENTAS DIFÍCILES

COBRANZA FRENTE A FRENTE (Visita personal)

       -Imprima solemnidad a su gestión de cobro.
   -   Realícela entre las 9:00 y las 13:00 horas.
   -   Diríjase al cliente siempre por su nombre y evite el tuteo.
   -   Deje hablar primero al cliente
   -   No hable más de lo necesario (evite comentarios personales)
   -   No se enoje
   -   Lleve varias alternativas de solución preparadas.
   -   Elabore un convenio en original y copia.
   -   Nunca mencione la palabra abogado (no se exponga a que el cliente diga: no te pago y
       hazle como quieras.

· COBRANZA POR ESCRITO

Nunca utilizar formas pre-impresas o fotocopias (únicamente originales)

Espaciar adecuadamente los tiempos de cada notificación o aviso. Subir el tono de cada
comunicado conforme avance el atraso. (Ejemplo: Invitación, Recordatorio, Notificación, etc.)

Utilizar empresas de mensajería para obtener acuse de recibo (cobranza local)

En cobranza foránea utilizar telegramas o fax.
Evitar el uso del correo (da la impresión de que no urge el pago).

El documento debe ser:

Ante todo legible. Si no es legible, los clientes no la leerán; y si no la leen, no conseguirán su
objetivo. Las cartas legibles cumplen además con los otros criterios de esta lista.

Clara ¿Podría el lector de su carta comunicar el contenido a otra persona?

Concisa. Una página siempre es suficiente

Interesante ¿Le dice al lector lo que realmente quiere comunicar?

Personal ¿Lee Usted los formatos de carta que otra persona le envía?

Precisa ¿El cliente realmente debe lo que Usted le indica?

Fácil de visualizar. Palabras y párrafos cortos, bastantes espacios blancos, etc.

Firme y autoritaria. Pero entienda que firme no es sinónimo de amenazante

Razonable. Por ejemplo ¿Explica por qué razón va a turnar el asunto a su abogado?

Instructiva. Solicita al cliente enviar una remesa de dinero ahora

Definitiva. Le deberá indicar al cliente, de una manera objetiva, exactamente qué sucederá y/o qué
medidas tomará si su solicitud de pago no es cumplida.

COBRANZA TELEFÓNICA

Hablar precisamente con el cliente (no triangular dejando recados; porque nada se logrará).

Usted sabe cuándo y con quién debe hablar. No deje mensajes. El dejar un recado con la persona
equivocada, implica que la persona que le debe pueda levantar una demanda.

Negociación predeterminada (dejar que el cliente hable primero ¿qué ofrece?, tener preparadas
dos opciones posibles en monto y fecha).

Antes de llamar asegúrese de que tiene toda la información pertinente. Reúna todos los datos
importantes, por ejemplo:

   -   Nombre, dirección y teléfono del vendedor (para su verificación)
-   Cantidad total adecuada
   -   Cantidad total vencida
   -   Acciones de cobranza realizadas con anterioridad
   -   Promesas previas de pago realizadas por el deudor y no cumplidas
   -   Medidas que se tomarán en caso de que
   -   En caso de evasivas o pretextos, también deberá tener a la mano la información sobre el
       pedido:
   -   Número de pedido y nombre del comprador (quien lo hizo)
   -   Artículos comprados
   -   Precios
   -   Cargos adicionales (embarque, mensajería, seguro, etc.)
   -   Fecha de embarque de la mercancía
   -   Fecha de entrega
   -   Seguimiento por escrito de los acuerdo tomados (anotar en bitácoras las promesas de
       pago)
   -   Independientemente de las promesas que haga el cliente, manténgase al tanto de sus
       acciones. Recuerde, una promesa no es lo mismo que un pago.
   -   Tratando se cobranza difícil o de alto riesgo (elaborar un resumen escrito de los acuerdos
       para que el cliente firme de aceptación y así darle más formalidad a lo convenido. Recuerde
       que las palabras se las lleva el viento).

3.3 CONTROLES DE COBRANZA


Es indispensable manejar bajo control el archivo permanente de los clientes que permitan
identificarlos con facilidad, además de clasificarlos de acuerdo a un procedimiento mecanizado
para tal efecto.

Para ello es necesario mantener una información clasificada en:

Solicitud de crédito
Informe de verificación
Hoja record del cliente
Copia de las cartas de cobranza
Documentos de tramite comercial
Crédito: Definición, Importancia y Clasificación
Crédito: Definición, Importancia y Clasificación
Crédito: Definición, Importancia y Clasificación
Crédito: Definición, Importancia y Clasificación
Crédito: Definición, Importancia y Clasificación
Crédito: Definición, Importancia y Clasificación
Crédito: Definición, Importancia y Clasificación
Crédito: Definición, Importancia y Clasificación
Crédito: Definición, Importancia y Clasificación
Crédito: Definición, Importancia y Clasificación
Crédito: Definición, Importancia y Clasificación
Crédito: Definición, Importancia y Clasificación
Crédito: Definición, Importancia y Clasificación
Crédito: Definición, Importancia y Clasificación
Crédito: Definición, Importancia y Clasificación
Crédito: Definición, Importancia y Clasificación
Crédito: Definición, Importancia y Clasificación
Crédito: Definición, Importancia y Clasificación

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Crédito: Definición, Importancia y Clasificación

  • 1. 1.1 GENERALIDADES El crédito es el motor principal en la vida económica actual. Garantiza el pago de un bien entregado y requiere que se documente. Ofrece seguridad en el cobro. Promueve la circulación de la riqueza. Son transmitibles. Crédito: Plazo concedido para un pago. Cantidad que se puede cobrar como acreedor. La palabra crédito tiene diferentes definiciones y usos: crédito significa reputación, buen nombre, digno de ser creído. La palabra tiene su raíz etimológica de creditum que significa creer; cobrando el significado de dar confianza. Para efectos de llegar a un concepto general lo definiremos de la siguiente forma: El derecho de obtener un valor presente (bienes, servicios, efectivo) mediante la promesa futura de un pago. Tres condiciones para su otorgamiento: Se plaza un tiempo para el pago Un interés o ganancia para el vendedor Intercambio ( Contraprestación ) Importancia del crédito La utilización del crédito desde tiempos antiguos ha permitido el desarrollo de la vida económica en los países, ya que permite y facilita la rápida movilización de capitales y la aceleración de los medios de producción. Permite que las empresas produzcan más bienes, muevan sus inventarios, obtengan ganancia, conserven y ofrezcan nuevas fuentes de trabajo. El crédito en nuestros días, es de tal importancia que internacionalmente facilita las operaciones de compra - venta entre países lejanos y la modalidad de compra por teléfono o vía internet, no sería posible sin la existencia de tarjetas de crédito; esto lleva a sustituir el uso de la moneda físicamente, ayuda a regular el sistema de financiamiento de un país y habla de la prosperidad de sus habitantes mediante el consumo.
  • 2. Principales actividades en las que es importante el crédito: Programas de vivienda Financiamiento a los sectores agropecuarios, comerciales e industriales. Promoción especializada del comercio exterior En general busca el apoyo a las actividades productivas Elementos inherentes del crédito El otorgar crédito tiene dos elementos inherentes: si no hay confianza no hay crédito y si se otorga el crédito hay riesgo en él. Vale la pena enfatizar que la recuperación del crédito proviene de la viabilidad en la empresa y de la solvencia moral y económica del solicitante. Las garantías no constituyen sino un refuerzo adicional para la decisión del crédito pero en ningún momento sustituye la capacidad de pago del sujeto de crédito. Es preferible declinar una operación que basarla exclusivamente en garantías. 1.2 IMPORTANCIA DEL CRÉDITO EN LA MERCADOTECNIA En la actualidad el crédito es de importancia vital para la economía de los países y de todas las empresas, ya que su utilización, además produce, entre otros beneficios, los siguientes:
  • 3. aumento de los volúmenes de venta Incremento de la producción de bienes y servicios, y, como consecuencia, una disminución de los costos unitarios. Elevación del consumo, al permitir que determinados sectores socioeconómicos adquieran bienes y servicios que no estarían a su alcance si tuvieran que pagarlos de contado Creación de más fuentes de trabajo, mediante nuevas empresas y ampliación de las ya existentes. Los gerentes de mercadotecnia deben ponderar cuidadosamente la importancia del crédito con relación a las necesidades del mercado meta. Por ejemplo, el objeto del crédito que se otorga a los compradores intermediarios puede ser totalmente distinto al que se concede a los consumidores finales. “El crédito mercantil es el que se concede a las empresas de un canal de distribución” El periodo de crédito neto se refiere al tiempo al que se ha extendido el crédito. Al establecer el periodo de crédito neto el objeto, es hacer que el tiempo iguale, en lo posible, al tiempo que necesita el comprador para obtener un ingreso de la venta del producto aludido. El crédito del consumidor se extiende a los consumidores finales (u hogares). El crédito al consumidor fue iniciado por el “comercio de transportes” del siglo XIX y en la actualidad se usa por personas de todas las clases sociales. Un gerente de mercadotecnia no debe de tomar aisladamente en consideración el crédito, sino en relación con los demás elementos de la mezcla de las condiciones de venta, como el precio y las modificaciones de precio.
  • 4. 1.3 CLASIFICACIÓN Naturaleza: Crédito público (gobierno - personas) Crédito privado (entre personas) Según la garantía: Crédito directo Con garantía real Según el plazo: Corto plazo (30-180 días) Largo plazo (mayor a un año) Según el destino: Crédito industrial Crédito comercial Crédito agrícola Crédito pesquero
  • 5. 1.4 Documentos del crédito. Documentos de Crédito, son los que se basan en la confianza que una persona tiene con otra y en los cuales se hace constar un compromiso o una obligación contraída entre ambos. CHEQUE Es un documento que ha de librarse contra un banco o una entidad de crédito que tenga fondos a disposición del librador y de conformidad con un acuerdo expreso o tácito según el cual el librador tenga derecho a disponer por cheque de aquellos fondos. 1 SUJETO -Librador. Es la persona que emite el cheque y ordena su pago al banco. -Librado. Es el banco o entidad de crédito a la que se le ordena pagar el cheque con los fondos que el librador tiene. -Tenedor o tomador. Es la persona que posee el cheque( tomador es el primer tenedor). La ley no define que es un cheque pero especifica cuales son los requisitos que ha de cumplir: a) La denominación de “páguese por este cheque”, inserta el texto mismo del titulo o documento. b) El mandato de pagar una determinada cantidad .Este mandato viene implícito en la formula páguese por este cheque...pesetas. c) El nombre de quien ha de pagar el cheque a su presentación denominado librado que necesariamente a de ser un banco o entidad de crédito.
  • 6. d) Lugar de pago. e) Fecha y lugar de emisión del cheque. f) Firma del que expide el cheque denominado librador. La firma ha de ser de puño y letra no admitiéndose impresa o estampada. Los cheques de cuenta corriente son facilitados unidos en talonarios por las entidades de crédito a las personas que han suscrito una cuenta corriente para que puedan disponer de los fondos depositados en ella. 2 CLASES DE CHEQUES -Al portador: son los cheques que llevan escrita la indicación al portador y se caracterizan por que deben pagarse solo a la persona que lo presente al cobro. -Nominativo: son aquellos que van destinados a una persona determinada con o sin la cláusula a la orden . Estos cheques se han de pagar a la persona física o jurídica que los presente al cobro. Esta modalidad de cheque es transferible por endoso. El endoso es una cláusula que sirve para transmitir el cheque y se ha de cumplimentar en el reverso del mismo mediante la formula”páguese por este cheque a...”debiendo constar la firma del endosante y la fecha en que se realiza. -Nominativo no a la orden: en esta clase de cheques el destinatario es una persona determinada y con la cláusula de no a la orden. Se caracteriza porque a continuación de la expresión páguese por este cheque debe figurar el nombre de una persona física o jurídica que tiene derecho a percibir el importe del cheque y la expresión no a la orden. 3 CHEQUES ESPECIALES -Cheque cruzado general. -Cheque cruzado especial.
  • 7. -Cheque cruzado conformado. Cheque cruzado. El cruzar un cheque tiene por objetivo reducir el riesgo de perdida o robo y evitar que pueda ser cobrado por personas distintas a la que se extendió .El cheque cruzado es aquel en el que el librador lo atraviesa por dos líneas paralelas y diagonales sobre su adverso. Se presenta dos casos: -Cheque cruzado general. Entre las dos líneas no hay designación alguna o contiene la mención banco o ( y compañía). Este debe pagarse en un banco. -Cheque cruzado especial. Entre las líneas esta designado un banco en concreto. El cobro se podrá hacer en dicha entidad. Cheque conformado. Es aquel en el que el banco librado ha manifestado que todos los datos reseñados son conformes y que en ese momento puede ser satisfecho, es decir, garantiza la firma y la existencia de fondos para su pago. Esta conformidad puede conseguirse en el dorso del cheque por el banco librado en la conformidad debe aparecer la fecha hasta la cual esta cláusula es valida. 4 CHEQUE EN BLANCO El cheque en blanco es aquel en el momento de su emisión esta incompleto, por ejemplo, que le falte el importe o la fecha. Si este tipo de cheque se completase sin tener en cuenta los acuerdos entre ambas partes el incumplimiento de los mismos no podrá ser alegado contra el tomador salvo cuando este se haya adquirido de mala fe o con culpa grave.
  • 8. 5 EL PAGO DEL CHEQUE El cheque debe pagarse en el lugar que figure junto al nombre del librado. El cheque es pagadero a la vista. Aquellos cheques presentados al cobro antes del día indicado como fecha de emisión será pagadero el día de su presentación. El tenedor o beneficiario de un cheque debe presentarlo al cabo de los siguientes plazos contados a partir de la fecha de emisión: 1º- El cheque emitido y pagadero en España deberá presentarse a su pago en un plazo de quince días. 2º- El cheque emitido en Europa y pagadero en España deberá presentarse en el plazo de veinte días. 3º- El cheque emitido en el resto del mundo y pagadero en España deberá presentarse en un plazo de sesenta días. La orden de no pagar un cheque no tiene efecto dentro del plazo de presentación salvo por robo o extravió del mismo. Cuando la cuenta corriente del librador carezca de fondos para atender a la totalidad del pago el banco de la persona que expide el cheque estará obligado a pagar el saldo que figura en la cuenta en el momento de su presentación al cobro. 6 EL IMPAGO DE CHEQUE Si el librador no paga el tenedor del cheque puede ejercitar una acción denominada de regreso contra los endosantes el librador y los demás obligados para obtener de estos el importe fijado en el cheque, para ello habrá de probar que a presentado el cheque al pago dentro del plazo y que no ha sido abonado por el librado.
  • 9. Medios de prueba de la falta de pago: 1º Por protesto notarial 2º Por declaración del librado, por una declaración del librado fechada y escrita en el cheque con indicación del día de la presentación. 7 EL AVAL El pago de un cheque puede ser garantizado mediante aval ya sea por la totalidad o por parte del importe. El avalista es la persona que responde del pago del cheque , si no lo hace, el principal obligado al que avala puede ser cualquier persona menos el librado. El aval ha de ponerse en el cheque y se indicara con la expresión “por aval”, debiendo firmar el avalista. 8 EL CHEQUE BANCARIO La persona que tiene depositados fondos en una cuenta bancaria puede disponer de ellos pidiendo al banco que extienda un cheque. Este cheque se denomina cheque bancario y presenta las siguientes peculiaridades: 1ª Lo expide el banco a petición del titular de una cuenta bancaria. 2ª El banco retira de la cuenta bancaria el importe del cheque. 3ª Un cheque bancario tiene la garantía de que siempre será pagado. 4ª El banco cobrará una comisión por la gestión a la persona que solicite el cheque. LETRA DE CAMBIO
  • 10. 1 CONCEPTO La letra de cambio esta regulada en la ley bancaria y el cheque. Es un documento formal que expide una persona llamada librador a otra persona denominada librado para que en la fecha que se indica en el mismo pague una cierta cantidad de dinero a quien indique el referido documento que se llamara tenedor o tomador. 2 SUJETO  Librador. Persona que gira la letra dando la orden de pago al librado.  Librado. Persona que ha de hacerse cargo del pago de la letra en su vencimiento.  Tomador o tenedor. Es la persona a cuya orden se ha de pagar la letra.  Avalista. Es la persona que se hace cargo del pago de la letra cuando el librado la persona obligada no lo hace a su vencimiento.  Avalado. Es la persona obligada en primera instancia al pago de la letra y al que el avalista garantiza el pago de la misma en caso de no hacerlo en su vencimiento.  Endosante. Es la persona que tiene la letra para cobrarla y se la transmite a otra.  Endosatario. Es la persona a quien el endosante realiza la transmisión indicada pudiendo volver a realizar la transmisión mediante un nuevo endoso. 3 FUNCIÓN ECONÓMICA Desde el punto de vista económico una letra de cambio cumple dos funciones fundamentales: Es una forma de pago. Se utiliza como medio de pago en lugar de pagar en efectivo. Es un instrumento de crédito. A través de una operación llamada descuento que se realiza en una entidad financiera.
  • 11. 4 REQUISITOS DE LA LETRA DE CAMBIO La letra de cambio es un documento de carácter formal, la cual significa que debe reunir una serie de requisitos establecidos por la ley para que nazcan los efectos típicos de la letra a saber: La denominación de la letra de cambio. Mandato puro y simple de pagar una suma determinada . El nombre del librado, que es la persona que ha de pagar la letra. El vencimiento de la letra. El lugar en que se ha de efectuar el pago. El nombre del tomador, es decir, el nombre de la persona a quien se ha de hacer el pago. Fecha y lugar en que la letra se libra. La firma del que emite la firma denominado librador. 5 IMPRESO OFICIAL DE LA LETRA DE CAMBIO A) Anverso de la letra. Lugar de expedición. Es el lugar en que se libra la letra. Si falta esta mención se considera como emitido en el domicilio del librador. Importe. Aparecerá en cifras. Fecha de expedición. Día, mes y año en que la letra se libra. Vencimiento. Indica la fecha en que se ha de efectuar el pago de la letra. El nombre del tomador. Nombre de la persona a cuya orden se ha de pagar la letra.
  • 12. Importe de la letra. La ley cambiaria no exige que la cantidad figure una vez en cifras y otra en letras, por lo que la letra será valida aunque solo se cumplimente una vez. Si figura la cantidad en ambas casillas y existe confusión entre las dos cantidades Lugar de pago. Deberá hacerse constar el lugar en el que se va a efectuar el pago. Es un requisito fundamental pero si faltase se supliría por el lugar que obra junto al domicilio del librado. Datos de identificación bancaria del librado. Código de control del cliente y digito de control. Se reflejaran los códigos numéricos identificativos de la entidad, oficina y digito de control del librado. Cláusulas. Espacio designado a consignar las cláusulas potestativa de la letra . “Cláusula no a la orden”. La letra no se puede transmitir por endoso. Nombre y domicilio del librado. Nombre de la persona que ha de pagar. Ha de constar el nombre y apellido o razón social si es persona jurídica. Firma, nombre y domicilio del librado. La firma es un requisito esencial, en caso de que el librado sea una persona jurídica la firma ha de ser de alguno de sus apoderadores. Haciéndose constar en la antefirma la anotación por poder. Aceptación. Espacio designado a consignar la aceptación del librado mediante su firma. No es requisito esencial pero refuerza la confianza de que sea pagada. B) Reverso de la letra En el reverso de la letra aparecen a su vez los siguientes conceptos: -Lugar reservado a la inclusión de un aval. -Lugar en el documento reservado al endoso. -Lugar en blanco destinado a cualquier declaración cambiaria.
  • 13. 6 MODALIDADES DE GIRO La letra de cambio se puede girar:  A la orden del propio librador o girada a la propia orden. El tomador y el librador de la letra son la misma persona. Ordena el pago y a la vez es beneficiario del mismo.  Giro contra el propio librador o el propio cargo. En este caso librador y librado son la misma persona. Se ordena pagar así mismo una cantidad de dinero al tenedor legítimo de la letra.  Por cuenta de un tercero (librador = tenedor = librado = librador ). 7 VENCIMIENTO DE LA LETRA El día Vencimiento “en la fecha fija” es decir, en una fecha determinada. Es la modalidad más usual y más clara. Por ejemplo 15- 12- 1978. Vencimiento “a la vista”. La letra es pagadera el día de su presentación. La letra cuyo vencimiento no esté indicado se considerara pagadera a la vista. Vencimiento “a un plazo contado desde la vista”. La fecha de pago quedara fijada por el cómputo de tal plazo a partir de la fecha de aceptación o falta de ella, de la de protesto. Por ejemplo 30 días vista. de vencimiento de la letra puede indicarse por medio de los siguientes métodos: 8 ITP Y AJD El impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos. Documentados señala que la letra de cambio debe ser extendida en papel timbrado correspondiente a su cuantía. Los efectos timbrados son confeccionados por la Fabrica Nacional de Moneda y Timbre. 9 ACEPTACIÓN Una letra de cambio puede estar o no aceptada, no todas las letras de cambio deben presentarse a la aceptación, sin embargo una letra aceptada aumenta la posibilidad de pago de la misma, el tenedor de una letra podrá presentarla a la aceptación del librado.
  • 14. Las letras de cambio a un plazo desde la vista, deberán presentarse a la aceptación en el término de un año, a partir de su fecha de libramiento, aunque el librador puede acortársete plazo. La aceptación se escribirá en el anverso de la letra de cambio, en el lugar indicado para ello y se expresara mediante la palabra acepto e ira firmada por el librado. La simple firma de este puesta en el anverso de la letra equivale a la aceptación. 10 EL DESCUENTO La letra de cambio no solo es un medio de pago sino también es un instrumento de crédito, la operación por la que conseguimos con la letra se denomina descuento o negociación. Cuando una empresa quiere disponer de dinero en efectivo y posee letras de cambio a su favor puede acudir a una entidad financiera para que le presten o anticipen su importe a cambio de unos gastos, el banco cobrara la letra el día de su vencimiento, y las empresas pueden disponer de liquidez anticipadamente; sin el descuento muchas empresas no podrían funcionar adecuadamente. En la operación de descuento si el librado al llegar el vencimiento de la letra no hace efectivo su valor, el banco vuelve a cargar el importe anticipado y además unos gastos de devolución. EL ENDOSO La letra de cambio es un titulo creado para circular y para servir como instrumento de pago, por esta razón este impreso cuenta en su reverso con una cláusula de endoso, mediante la cual el tomador puede transmitir la propiedad del documento a otra persona, a su vez esta persona podría transmitirla a otra y así sucesivamente. Quien transmite la letra se llama endosante y quien la recibe endosatario. El primer endoso se realiza en la casilla que aparece en el dorso del documento “páguese a ...”; y los siguientes en los espacios vacíos. La transmisión del efecto se debe realizar por la cantidad total y de forma incondicional.
  • 15. Para llevar a cabo el endoso, el endosante deberá firmar e indicar los datos del endosatario. Si esto no figura nos encontramos ante un endoso en banco, que podrá ser cumplimentado en cualquier momento, con objeto de ceder la propiedad de la letra a la persona que se determine en ese instante , quien figura como endosatario final, recibe el nombre de ultimo tenedor. Los anteriores son simplemente tenedores, salvo la persona que recibió la letra del librador que se conoce como tomador. El ultimo tenedor o el tomador si no hay endosos es quien en el momento del vencimiento debe presentar la letra al librado para que la haga efectiva Si el librador escribió en el titulo “no a la orden” la letra no se puede endosar. 12 AVAL Es una cláusula mediante la cual el avalista garantiza que la letra será pagada a su tenedor legítimo, pues el avalista responde de la misma forma que el avalado El aval se crea con la expresión:” por aval...” o cualquier otro equivalente. Puede avalarse a cualquier obligado cambiario, pero si no se indica a quien se avala se entenderá que se avala al aceptante y si la letra no está aceptada se entenderá que se avala al librado. El aval puede alcanzar a la totalidad o parte del importe de la letra. 13 PAGO DE LA LETRA PROTESTO O DECLARACIÓN EQUIVALENTE El tomador de la letra o el ultimo tenedor deben presentarla al pago el día de su vencimiento o en uno de los dos días hábiles siguientes, si el efecto esta girado a la vista la presentación y pagos simultáneos tendrán lugar en cualquier día dentro del año siguiente a la fecha de su creación, o dentro del plazo que establezca el librador. Si la letra de cambio no se presenta al cobro en la fecha que hemos comentado, queda perjudicada, lo que significa que el tenedor o tomador que dejaron transcurrir el plazo de presentación no podrán reclamar el importe del titulo a los cedentes anteriores mediante el ejercicio de las acciones cambiarias derivadas de la letra.
  • 16. En el supuesto de que la letra de cambio no sea pagada al vencimiento o no sea aceptada cuando la aceptación es necesaria se debe efectuar un protesto notarial o declaración equivalente. El protesto tiene por finalidad acreditar frente a todo aquel que tiene relación con la letra de cambio que el tenedor del documento mencionado a cumplido en tiempo y forma la obligación que se le impone de presentar la letra al cobro o la aceptación y que la persona que tenia que aceptar a pagar la letra no lo ha hecho. 14 ACCIONES POR EL IMPAGO DE LA LETRA Los medios judiciales que tiene una persona para reclamar sus derechos se conoce en derecho como el ejercicio de acciones. En los supuestos de impago de una letra el tenedor posee una acción directa mediante la cual puede reclamar a quien acepto la letra o a su avalista. El tenedor del efecto también puede emprender una acción en vía de regreso, mediante la que reclama su pago a los cedentes anteriores ( endosante o tenedor ) o a sus avalistas. PAGARES La ley 19/1985 cambiaria y del cheque regula el pagares pero se remite en la mayoría a los aspectos formales a la regulación establecida en la letra de cambio. El pagares es definido en esta ley como el compromiso escrito que una persona natural o jurídica llamada firmante contrae de pagar a un beneficiario un importe determinado en un lugar de pago y a un vencimiento que en documento se fija. 1 REQUISITOS DEL PAGARES El pagare para su plena validez legal deberá reunir los siguientes requisitos: a) La denominación de pagare. b) La promesa de pagar una cantidad determinada.
  • 17. c) La indicación del vencimiento que puede ser: · A fecha fija. · A un plazo desde la fecha. · A la vista. · A un lazo desde la vista. Los pagares girados a un plazo desde la vista vencen desde la fecha del visto o desde la fecha del protesto en caso de negativa a realizar esta declaración. Esta fecha del visto cumple la misma función que la aceptación en la letra de cambio, y el firmante de un pagare queda obligado de igual forma que el aceptante de una letra de cambio. d) El lugar de pago. e) El nombre de la persona a quien haya de hacerse el pago o a cuya orden se haya de efectuar. f) La fecha y el lugar en que se firme. g) La firma de quien emite el titulo denominado firmante. 2 CONTENIDO DEL PAGARE En general a los pagares les son aplicables las mismas normas que a la letra de cambio en cuanto sean compatibles con la naturaleza del pagare .No obstante hay que tener en cuenta las siguientes consideraciones :  El firmante asume los papeles que en la letra corresponden al librador y al librado.  Cabe la posibilidad de emitir pagares al portador y a estos no son aplicables las normas de la ley cambiaria, quedando reducidas a la condición de simples promesas de pago.
  • 18. 3 TRAMITACION DEL PAGARE Los tramites que puede seguir son: a) Emisión: el pagare puede ser emitido a favor de una persona física o jurídica . b) Endoso: se realiza de la misma forma que la letra de cambio c) A su vencimiento el pagare deberá ser satisfecho por el firmante. d) Protesto: Se aplica a la misma normativa que la letra de cambio. e) Aval: Igualmente es válido lo indicado para la letra de cambio. 1.5 Títulos de crédito Los títulos de crédito son una especie dentro del género de documentos, por lo que puede decirse que todo titulo de crédito es un documento, pero no todo documento es titulo de crédito. En los títulos de crédito, el documento es condición necesaria y suficiente para atribuir el derecho. La doctrina conoce con el nombre de incorporación, la relación existente en los títulos de crédito entre el derecho y el documento. El derecho consignado en el titulo es autónomo, lo que quiere decir que cada uno de los tenedores del documento tiene un derecho propio, independiente de los anteriores tenedores. Los títulos de crédito están destinados a circular, por lo que este debe, ser un elemento de suma importancia. Las operaciones de crédito que esta ley reglamenta son actos de comercio. Son cosas mercantiles los títulos de crédito. Su emisión, expedición, endoso, aval o aceptación y las demás operaciones que en ellos se consignen, son actos de comercio. Los derechos y obligaciones derivados de los actos o contratos que hayan dado lugar a la emisión o trasmisión de títulos de crédito, o se hayan practicado con estos, se rigen por las normas enumeradas en el articulo 2o., Cuando no se puedan ejercitar o cumplir separadamente del titulo, y por la ley que corresponda a la naturaleza civil o mercantil de tales actos o contratos, en los demás casos.
  • 19. Para que los documentos puedan considerarse títulos de crédito, deberán de tener las características siguientes: LITERALIDAD: Esta característica se refiere a que el derecho que el documento representa debe ejercitarse por el beneficiario tal como está escrito en el titulo, literalmente, y en consecuencia el obligado deberá cumplir en los terminas escritos en el documento. AUTONOMÍA: Debe entenderse por autonomía que el derecho se ejercerá independientemente de cualquier condición que trate de modificarlo o limitarlo, de tal manera, que el obligado deberá cumplir su obligación sin presentar condiciones para hacerlo INCORPORACIÓN: Significa que el derecho que el documento representa esta incorporado a él, es decir, estrechamente unido al título, sin que pueda existir el derecho separado del documento , de tal manera, que para poder ejercer el derecho, es necesario estar en posesión del titulo. CIRCULACIÓN: Esta característica de los títulos de crédito es la mas fácil de entender, pues consiste en que esta clase de documentos circulan trasmitiéndose de una persona a otra mediante el endoso o mediante la entrega material del documento solamente si se trata de documento “al portador”. LOS TÍTULOS DE CRÉDITO CONSIDERADOS BAJO 3 ASPECTOS COMO ACTOS DE COMERCIO: La emisión, expedición, endoso, aval o acepción de títulos de crédito, y las demás operaciones que en ellas se consignen, son actos de comercio. Considerando actos de comercio los cheques, letras de cambio, valores y otros títulos a la orden o al portador. En estos casos, la calificación de mercantil del acto es estrictamente objetiva, con independencia del carácter de la persona que lo realiza. Así, tan acto de comercio será el libramiento de un cheque, si es hecho por un comerciante, como si lo realiza quien no tenga ese carácter. COMO COSAS MERCANTILES: Son cosas mercantiles los títulos de crédito.
  • 20. COMO DOCUMENTOS: La ley y la doctrina consideran que los títulos de crédito son documentos, pero son de naturaleza especial. Hay documentos probatorios, constitutivos (que son indispensables para el nacimiento del derecho.), documentos necesarios (para ejercitar el derecho que en ellos consignan). La representación para otorgar o suscribir títulos de crédito se confiere: I.- mediante poder inscrito debidamente en el registro de comercio; y Ii.- por simple declaración escrita dirigida al tercero con quien habrá de contratar el representante. En el caso de la fracción I, la representación se entenderá conferida respecto de cualquier persona y en el de la fracción ii solo respecto de aquella a quien la declaración escrita haya sido dirigida. En ambos casos, la representación no tendrá mas limites que los que expresamente le haya fijado el representado en el instrumento o declaración respectivos. CLASIFICACIÓN DE LOS TÍTULOS DE CRÉDITO Clasificación de Licenciados Puente y Calvo, establecen los siguientes grupos: POR SU CONTENIDO: Los títulos de crédito pueden ser de tres especies atendiendo a su contenido: 1. Títulos que dan derecho a una suma de dinero. 2. Títulos que dan derechos a cosas muebles diversas del dinero. 3. Títulos sociales (atribuyen a su tenedor la calidad de socio). POR LA PERSONA DEL EMITENTE: Cuando el emisor de un titulo de crédito es una persona moral de Derecho Público, se habla de títulos de deuda pública. Si el emisor es persona física o moral de Derecho Privado, se llaman títulos de deuda privada. POR LA FORMA DE SU EMISIÓN:
  • 21. Se clasifican en títulos que se emiten en forma singular y títulos que se emiten en serie o en masa. 1. Singulares: Pagare, Letra de Cambio, Cheuque. 2. Serie: Acciones, Obligaciones, Bonos de Deuda Pública. POR LA FORMA DE SU CIRCULACIÓN: La ley los clasifica desde este punto de vista en: 1. Títulos al Portador 2. Títulos Nominativos En realidad las categorías son tres: 1. Títulos al Portador. 2. Títulos Nominativos (No Negociables). 3. Títulos a la orden TÍTULOS AL PORTADOR Son títulos al portador los que no están expedidos a favor de persona determinada, contengan o no la cláusula “al portador”. Los títulos al portador, se ha dicho certeramente, son títulos anónimos. Los títulos de crédito podrán ser, según su forma de su circulación, nominativos o al portador. TRANSMISIÓN El titulo al portador es el más apto para la circulación, que se transmite su propiedad por el solo hecho de su entrega, estos se transmiten por simple tradición. La simple tenencia del documento basta para legitimar al tenedor como acreedor del derecho incorporado en el titulo. Se señala también que los títulos de este tipo son los que tienen más semejanza con el dinero. La ley dice que los títulos al portador solo pueden ser reivindicados cuando su posesión se pierda por robo o extravío y únicamente están obligados a retribuirlos o a devolver las sumas percibidas por su cobro, o transmisión, quienes los hubieren hallado o sustraído y las personas que los adquieran, conociendo o debiendo conocer las
  • 22. causas viciosas de la posesión de quien se los transfirió. Los títulos al portador se transmiten por simple tradición.La suscripción de un titulo al portador obliga a quien la hace o cubrirlo a cualquiera que se presente, aunque el titulo haya entrado en circulación contra la voluntad del subscriptor, o después de que sobre vengan su muerte o incapacidad. Los títulos al portador que contengan la obligación de pagar alguna suma de dinero, no podrá ser puesto en circulación sino en los casos establecidos en la ley expresamente, y en contravención en lo dispuesto en la ley. TÍTULOS NOMINATIVOS Los títulos nominativos son expedidos a favor de una persona cuyo nombre se consigna en el texto del mismo documento. Estos títulos también son llamados directos. Son nominativos si aparece escrito el nombre del beneficiario. Son títulos nominativos los expedidos a favor de una persona cuyo nombre se consigna en el texto del mismo documento. En el caso de títulos nominativos que llevan adheridos cupones, se consideran que son cupones nominativos, cuando los mismos estén identificados y vinculados por su numero, serie y demás datos con el titulo correspondientes, los derechos patrimoniales que otorgue el titulo al cual están adheridos. CLASIFICACIÓN TÍTULOS NOMINATIVOS A LA ORDEN: También llamados Títulos Negociables. En estos títulos el derecho puede ejercitarse por la persona a cuyo favor se expide el titulo o por la persona a quien ella ordene en virtud de un endoso. TÍTULOS NOMINATIVOS NO A LA ORDEN: También se les nombra Títulos No Negociables. Estos títulos son aquellos que en su texto llevan insertas las cláusulas “No a la Orden” o “No Negociables”, y solo la persona designada en el documento puede ejercitar el derecho, si esa persona quiere transmitir el titulo, solo puede hacerlo en la forma y con los efectos de una cesión ordinaria. En la cesión, a diferencia del endoso, el cesionario queda sujeto a las excepciones personales que el obligado pudo oponer al cedente antes de la cesión.
  • 23. REGISTRÓ O TRANSMISIÓN 1. Los títulos nominativos a la orden se transmiten por endoso 2. Los no negociables por cesión Pero en ambos casos necesita entregarse el titulo mismo, ya que para ejercitar el derecho se necesita estar en posesión del titulo. FORMAS DE TRANSMISIÓN DE TÍTULOS DE CRÉDITO ENDOSO Una de las características de los títulos de crédito es que están destinados a circular. Para que un titulo nominativo o a la orden circule es necesario endosarlo para que pueda ser transmitido de una persona a otra. El endoso es el medio de transmitir los títulos nominativos o a la orden. Se puede definir como el medio de transmitir los títulos a la orden, quien transmite el titulo se llama endosante, quien lo adquiere endosario. Los títulos nominativos serán trasmisibles por endoso y entrega el titulo mismo, sin perjuicio de que puedan trasmitirse por cualquier otro medio legal. La trasmisión del título nominativo por sesión ordinaria o por cualquier otro medio legal diverso del endoso, subroga al adquirente en todos los derechos que él titulo confiere; pero lo sujeta a todas las excepciones personales que el obligado habría podido oponer al autor de la trasmisión antes de esta. El adquirente tiene derecho a exigir la entrega del título. Los títulos de crédito pueden trasmitirse por recibo de su valor extendido en el mismo documento, o en hoja adherida al, a favor de algún responsable de los mismos, cuyo nombre debe hacerse constar en el recibo. La
  • 24. trasmisión por recibo produce los efectos de un endoso sin responsabilidad. Los endosos y las anotaciones de recibo en un titulo de crédito que se testen o cancelen legítimamente, no tienen valor alguno. El propietario de un titulo de crédito puede testar los endosos y recibos posteriores a la adquisición; pero nunca los anteriores a ella PERSONAS QUE INTERVIENEN EN EL ENDOSO ENDOSANTE: Es la persona que transmite el titulo a otra persona. ENDOSATARIO: Es la persona a quien se le transmite el documento. CLASES DE ENDOSO ENDOSO EN PROPIEDAD: El endoso en propiedad es el más utilizado y es el que transmite la propiedad del título y todos los derechos que el documento representa. Como en todas las clases de endoso es necesaria la entrega material del título o documento para que la operación se complete. ENDOSO EN PROCURACIÓN O AL COBRO: El endoso en Procuración o al Cobro contiene las cláusulas “en procuración” o “al cobro” y otra equivalente. Esta clase de endoso no transfiere la propiedad del titulo, únicamente da facultades al endosatario para presentar el documento para su acepción, o bien, para gestionar o tramitar su cobro extrajudicialmente o por la vía judicial si fuera necesario. ENDOSO EN GARANTÍA O EN PRENDA: El endoso con las cláusulas “en garantía”, “en prenda” u otra equivalente, tampoco transmite la propiedad del titulo, solo atribuye al endosatario todos los derechos y obligaciones de un acreedor prendario respecto del título endosado y de todos los derechos que represente el mismo documento. DATOS QUE DEBERÁ CONTENER EL ENDOSO Los siguientes datos serán los que deberá contener un endoso, cualquiera que sea la clase de endoso de que se trate:
  • 25. 1. Nombre del endosatario. 2. Clase de endoso. 3. Lugar y fecha del endoso. 4. Nombre y firma del endosante o de la persona que suscriba el endoso a su nombre. 1.6 Funciones y operaciones de crédito. El crédito, en la teoría monetaria, es la utilización de los fondos de otra persona a cambio de la promesa de devolverlos, casi siempre con intereses, en una fecha posterior. Existen ejemplos como los préstamos a corto plazo de un banco, los créditos extendidos por los proveedores o el papel comercial. Por otra parte, y en lo que respecta a la contabilidad de la balanza de pagos, el crédito es una partida como las exportaciones que genera divisas a un país. Los movimientos de capitales son los créditos concedidos o recibidos por los particulares o los gobiernos de otros particulares u otros gobiernos. La principal función del crédito es la financiación de la producción con anticipación a la demanda, es decir, unir la propiedad de los recursos productivos con las demandas de sus productores. El mecanismo de crédito economiza también el uso del dinero, permite un planteamiento más flexible de los gastos a lo largo del tiempo y actúa como canal recolector de los pequeños ahorros de la sociedad. Las operaciones de crédito son negociaciones financieras que importan recibir o prestar dinero por parte de las entidades financieras de los clientes o a los clientes, respectivamente. Las operaciones de crédito pasivas son aquellas en las que los clientes depositan su dinero en la entidad financiera (Caja de Ahorro o Plazo Fijo) y la entidad debe devolver el dinero al término del plazo en el primer caso, y en cualquier momento que sea requerido por el cliente, en el segundo, abonando una tasa de interés por el uso del dinero. El interés es mayor en los plazos fijos ya que el banco cuenta con ese dinero para disponer sin restricciones en el plazo pactado. De estas operaciones de crédito, llamadas colocaciones, el Banco captará efectivo para prestarlo a otros clientes a una tasa de interés mayor al que pagó para recibirlo, tasa que se denomina activa.
  • 26. Los Bancos otorgan préstamos personales (con garantía solamente sobre el sueldo o el respaldo de una propiedad inmueble que no se grava); con garantía hipotecaria, u otorga descubiertos sobre las cuentas corrientes de sus clientes. El Banco además de ganar intereses compensatorios por el dinero prestado, también obtiene ganancias cuando el cliente se atrasa en el pago de las cuotas, cobrando en este caso, intereses punitorios. Otras operaciones de crédito se efectúan a través de financiamientos con tarjetas de crédito por las que cobra gastos de emisión y mantenimiento. También existen operaciones de crédito entre Bancos u entidades financieras, que se prestan y reciben dinero. Estas operaciones se conocen como call money, y las tasas de interés que se pagan son mayores. 2.1 CARACTERÍSTICAS BÁSICAS DEL CRÉDITO Se denominan créditos a aquellas operaciones de tipo financiero mediante las cuáles una persona o empresa se hace acreedora de una cantidad determinada de dinero que se ha solicitado a un banco o entidad financiera, de acuerdo a un límite concreto de efectivo y durante un plazo específico de tiempo. En el marco de un crédito, es el solicitante quien lleva la administración de la suma requerida, extrayendo o devolviendo parte del mismo en relación a su disponibilidad de dinero en un momento determinado. Es así que se puede cancelar en forma completa o parcial el monto de lo adeudado cuando se desee, existiendo por supuesto una cantidad de
  • 27. intereses que deberán abonarse. Teniendo en cuenta esto, los créditos incluyen dos conceptos que son centrales en su funcionamiento. Por un lado las comisiones, que se pagan al banco o institución financiera por el servicio de disponibilidad de efectivo y, por otro, los intereses. Éstos últimos son cargos que cobra la entidad que otorga el crédito por el capital empleado, no así por las sumas que aún no se han utilizado. El monto a abonar por intereses se fija antes de concretar la operación. ¿Cuál es el objetivo de los créditos? ¿Por qué se solicitan? Sencillamente son una herramienta fantástica para afrontar un gasto o erogación cuando no se posee la totalidad del efectivo necesario para esto. Sin embargo, la falta de educación financiera puede desvirtuar esta función básica de los créditos, que terminan empleándose o solicitándose para fines superfluos, engrosando al mismo tiempo el nivel de endeudamiento de las personas u organizaciones. Ante esto, vale la pena indicar que los créditos pueden ser un arma de doble filo: si están bien empleados, si se pide una suma real y que podrá pagarse, si el motivo es valedero y realmente importante, la utilidad es fantástica y se transforman en herramientas de gran valor. Por el contrario, usados con poco tino y de manera irresponsable pueden llegar a acarrear graves problemas. Otra de las características básicas de los créditos es que habitualmente van de la mano con otras operaciones o servicios de tipo bancario, como pueden ser la apertura de una cuenta corriente o la contratación de determinados seguros o pólizas. De esta manera, se habilitan los canales necesarios para disponer del efectivo o para resguardar el patrimonio de las partes implicadas. Existen distintas clases de créditos. Pueden mencionarse las siguientes: •Según la persona o entidad que otorga, pueden ser bancarios, de instituciones de crédito o de prestamistas individuales. •De acuerdo a la persona o entidad beneficiaria, pueden ser públicos (contraídos por el estado) o particulares.
  • 28. •Con relación al destino de los fondos, los créditos pueden estar orientados a la producción (industria, actividades económicas) o al consumo (para adquirir bienes o servicios). •Si el eje es el tiempo de devolución, pueden ser a corto, mediano o largo plazo. •Por último, puede establecerse una clasificación en relación a la garantía entregada. Si es personal, los créditos se otorgan en base al historial crediticio de la persona o empresa solicitante. Si son reales, se aplica una garantía sobre un bien concreto, el cual quedará en posesión del acreedor si la deuda no es abonada. Dicho crédito es de suma importancia, pues el 40 por ciento de las ventas o compras de los mexicanos en el país es realizada mediante ese sistema. Este tipo de préstamo se puede solicitar hoy en día de una manera muy fácil, de hecho el usuario puede obtenerlo sin tener un historial crediticio. Es por ello también que se les conoce popularmente como "pagos chiquitos". Quienes los ofrecen en primer lugar son las tiendas departamentales, por medio de una tarjeta o con sus propios programas de crédito. Hay otras cadenas comerciales que sólo piden los comprobantes de domicilio y la identificación oficial para otorgar el préstamo. Por su parte los bancos también se suman a esta oferta de crédito por medio de sus tarjetas. Siendo de igual manera la cuenta de nómina que poseen ya bastante gente en la actualidad, un respaldo en caso de pedir un crédito de este tipo. Y en caso de que el ingreso del interesado no alcance, es posible sumar el de su cónyuge para solicitar el préstamo. 2.2 POLÍTICAS DEL CRÉDITO Son todos los lineamientos técnicos que utiliza el gerente financiero de una empresa, con la finalidad de otorgar facilidades de pago a un determinado cliente. La misma que implica la determinación de la selección de crédito, las normas de crédito y las condiciones de crédito. La política de crédito de una empresa da la pauta para determinar si debe concederse crédito a un cliente y el monto de éste. La empresa no debe solo ocuparse de los estándares de crédito que establece, sino también de la utilización correcta de estos estándares al tomar decisiones de crédito.
  • 29. Deben desarrollarse fuentes adecuadas de información y métodos de análisis de crédito. Cada uno de estos aspectos de la política de crédito es importante para la administración exitosa de las cuentas por cobrar de la empresa. La ejecución inadecuada de una buena política de créditos o la ejecución exitosa de una política de créditos deficientes no producen resultados óptimos. Políticas Generales Los analistas de crédito usan con frecuencia las cinco C del crédito para centrar su análisis en los aspectos principales de la solvencia de crédito de un solicitante. Al respecto el Lawrence J. Gitman, en su libro "Fundamentos de Administración Financiera "; las describe de la siguiente manera: 1. Reputación (del inglés character): el registro del cumplimiento de las obligaciones pasadas del solicitante (financiero, contractual y moral). El historial de pagos anteriores, así como cualquier juicio legal resuelto o pendiente contra el solicitante, se utilizan para evaluar su reputación.
  • 30. 2. Capacidad: la posibilidad del solicitante para Reembolsar el crédito requerido. El análisis de los Estados Financieros, destacando sobre todo la liquidez y las razones de endeudamiento, se lleva acabo para evaluar la capacidad del solicitante. 3. Capital: la solidez financiera del solicitante, que se refleja por su posición de propietario. A menudo, se realizan análisis de la deuda del solicitante, en relación con el capital contable y sus razones de rentabilidad, para evaluar su capital. 4. Garantía Colateral (del inglés collateral): la cantidad de activos que el solicitante tiene disponible para asegurar el crédito. Cuanto mayor sea la cantidad de activos disponibles, mayor será la oportunidad de que una empresa recupere sus fondos si el solicitante no cumple con los pagos. Una revisión del balance general del solicitante, el cálculo del valor de sus activos y cualquier demanda legal presentada contra el solicitante ayudan a evaluar su garantía colateral. 5. Condiciones: el ambiente de negocios y económico actual, así como cualquier circunstancia peculiar que afecte a alguna de las partes de la transacción de crédito. Por ejemplo si la empresa tiene un inventario excedente de los artículos que el solicitante desea comprar a crédito, estará dispuesta a vender en condiciones más favorables o a solicitantes menos solventes. El análisis de la situación económica y de negocios, así como el de las circunstancias especiales que pudieran afectar al solicitante o a la empresa, se lleva a cabo para evaluar las condiciones. El analista de crédito centra su atención, sobre todo, en las dos primeras C (reputación y capacidad); porque representan los requisitos básicos para la concesión del crédito. Las tres últimas (capital, garantía colateral y condiciones), son importantes para elaborar el contrato de crédito y tomas la decisión de crédito final, que depende de la experiencia y el criterio del analista de crédito. Toda actividad empresarial se maneja bajo políticas o normas que orientan la diversidad de actividades comerciales que se dan en el mercado desde el punto de vista mercantil; por lo tanto, considerando que el crédito es un proceso ordenado de pasos y procedimientos interconectados al desenvolvimiento económico y financiero necesita de políticas para que dicha actividad se encausen sobre objetivos específicos.
  • 31. Estas políticas marcarán las pautas para la consecución de estos objetivos a los cuales se debe llagar en virtud a una administración efectiva del crédito. Para identificar la propuesta anterior en su verdadera dimensión, los objetivos previamente identificados responden la pregunta ¿Qué queremos alcanzar en términos de objetivos? Es decir, aplicamos políticas de crédito con la finalidad de alcanzar los objetivos preestablecidos de la Gerencia con respecto a la actividad crediticia. Por lo tanto estas políticas indicaran el camino para llegar a esos objetivos y darán la pauta de cómo actuar para lograrlo. PAUTAS PARA FIJAR POLÍTICAS DE CRÉDITO El comercio es por el solo una actividad cambiante en términos de evolución económica, su actividad es dinámica provocando un flujo de operaciones rápidas que permiten la transacción de bienes y servicios; por lo tanto para delinear una política de créditos se tendrá en cuenta los factores de orden interno y externo. DISEÑO DE POLÍTICA DE CREDITOS La política de créditos que es expresada en términos de procedimiento sobre como otorgar créditos y como realizar las cobranzas es un trabajo ordenado que obedece a la siguiente secuencia y que necesariamente debe constar por escrito porque ello favorece a que el personal tenga plena conciencia del trabajo que realiza. A continuación señalaremos dicha secuencia: 1. Identificación de los objetivos por alcanzar. 2. Lineamientos previos o borradores de lo que será la política de créditos. 3. Discusión y revisión de esos lineamientos con las personas de las áreas involucradas: ventas, finanzas, contabilidad, legal etc. 4. Redacción definitiva de las políticas de créditos. 5. Aprobación de la Gerencia. 6. Difusión dentro de la empresa, de la política de créditos entre todos los responsables de su ejecución. 7. Implementación o puesta en marcha de la política de créditos aprobada y difundida.
  • 32. 8. Control de los resultados para verificar si las políticas están contribuyendo al logro de los objetivos o para aplicarse las medidas correctivas si fueran necesarias. Más adelante elaboraremos un Manual de Políticas se Créditos y Cobranzas como una forma de que este trabajo cumpla con su propósito. Porque el lector necesitara conocer un conjunto de normas que hagan posible entender en forma práctica los procedimientos de créditos y cobranzas. CLASIFICACIÓN DE LAS POLÍTICAS DE CRÉDITO Estas políticas generalmente se clasifican en liberales y conservadoras: 1. Son liberales cuando las empresas se muestran generosas para otorgar créditos, tanto en el monto máximo para aprobar como en el grado de riesgo para sumir obviamente en este saco podría hablarse de ausencia total o temporal de garantías. 2. Son conservadoras cuando las empresas se muestran restrictivas para otorgar créditos y para determinar el monto máximo por aprobar, así como par definir lo referente al riesgo que asumirán. A diferencia de la política liberal, en este caso se exigen garantías sólidas que aseguren la recuperación de las cuentas por cobrar. La empresa otorgante del crédito requerirá una detallada investigación de todos los clientes potenciales antes de tomar la decisión de aprobar o rechazar una política de créditos. RAZONES QUE DETERMINAN LA POLÍTICA DE CREDITOS Hay varias razones que motivan a los empresarios que venden al crédito, a orientar su política como liberadora o conservadora. Algunas de estas razones son: 1. La competencia. 2. Los márgenes de beneficio 3. Volumen de ventas 4. Demanda de los clientes 5. Nivel de inventarios
  • 33. 2.2.1 DETERMINACIÓN DE LOS LÍMITES DE CRÉDITO Cuando se aprueba crédito a tu nombre, el acreedor asigna un límite de crédito a tu cuenta. Este es el balance/saldo máximo que puedes tener y ayuda a mantener los cargos de tu tarjeta de crédito en niveles que puedas pagar. Cada uno de los emisores de tarjetas tiene sus propias normas para fijar los límites de crédito. Los siguientes son algunos de los factores que toman en cuenta para tomar su decisión: Tu ingreso mensual Deudas actuales (otras tarjetas de crédito, préstamos para vehículos, préstamos estudiantiles, etc.) El tiempo durante el cual has vivido en tu residencia actual Propiedad de vivienda El número de veces que has solicitado créditos Cuánto crédito necesitas o utilizas Puedes solicitar a tu empresa de tarjetas de crédito que aumente tu límite de crédito, pero la respuesta dependerá de tu situación financiera total. Puedes calificar para un límite de crédito más alto si tus ingresos han aumentado o tu deuda ha disminuido. También puedes calificar si pagas siempre a tiempo, pagas más que el pago mínimo adeudado o pagas todo el balance/saldo. LIMITE DEL CRÉDITO AL CLIENTE Y AL COMERCIANTE MAYORISTA Y MINORISTA El siguiente paso del proceso de crédito es señalar el limite del crédito. Este limite solo es asignado cuando todo los factores así como la información han sido considerados y analizados. El límite del crédito es la cifra que representa el monto aproximado que el acreedor supone la máxima deuda que un solicitante desea adquirir en un determinado tiempo honrando su obligación y pagando puntualmente. Consideramos que existe desorientación en cuanto a lo que es realmente el límite del crédito, como debe determinarse y su nivel crítico, una vez fijado. En el siguiente punto plantearemos una alternativa a la fijación del límite del crédito.
  • 34. DETERMINACIÓN DEL LÍMITE DEL CREDITO Este límite no se considera como absoluto sino como un aviso de alerta en el manejo de la cuenta. También puede someterse a revisión y cambiarse libremente de acuerdo a las circunstancias y al criterio del que otorga el crédito y que indudablemente será el más provechoso para la empresa. Por lo menos se debe estar seguro de que el límite asignado a un cliente no interfiriera la continuidad de las ventas y sus utilidades que devengan de un cliente determinado; por el interés y atención que deba prestarse en las cuentas a crédito. Los métodos para la determinación del límite, aunque sean inexactos y a veces arbitrarios por motivos de expansión o restricciones difieren en el caso de tratarse de cliente (personas naturales) y comerciantes (personas jurídicas), por lo tanta se harán consideraciones separadas. Al Cliente Una vez aprobada la solicitud, el encargado de créditos deberá preguntarse: ¿Cuánto puede pagar puntualmente? Para determinar este límite no hay una formula tomada como patrón, sino es la experiencia y criterio que sobre montos de obligaciones que algunos clientes han sido capaces de cumplir. Sin embargo se pueden señalar algunos factores comunes como: Ingreso familiar en relación al número de sus componentes. Otras deudas que disminuyen el margen del ingreso total. Estándar de vida del cliente. Monto fijado por el propio cliente.
  • 35. Otros datos sujetos a revisión. Esta información se obtienen de la solicitud de crédito que el solicitante proporciono a la empresa previa verificación. Al Comerciante Mayorista y Minorista. A parte de las consideraciones de la personalidad y situación particular del solicitante, se deben tener en cuenta otros aspectos, para determinar el límite del crédito al comerciante; pues el hecho de que un cliente mantenga buen comportamiento dentro de un crédito dado, no significa que pueda mostrar una conducta distinta cuando sus obligaciones sean mayores a las que normalmente pueda soportar. De acuerdo a las circunstancias se recomienda utilizar los siguientes métodos: a) Tanto como Solicita el Comerciante: Aunque pueda considerarse como un método empírico consiste en otorgar al comerciante, tanto crédito como desee, siempre y cuando este pague de acuerdo a lo convenido, y se tenga la seguridad de que las garantías otorgadas cubran ampliamente lo solicitado. Mientras que el pago sea oportuno, esta formula es muy conveniente y debe continuarse mientras el cliente represente un riesgo mínimo y debe atenuarse o en todo caso restringirse cuando suceda lo contrario. b) Tanto como la Competencia le Concede: Es prudente comprobar siempre el crédito reciente mas alto otorgado por otros proveedores de la misma línea, para así establecer el limite inicial que se le concederá al nuevo cliente. Pero esto tiene sus inconvenientes ya que las políticas de crédito de una empresa con relación a otra no pueden coincidir necesariamente con volúmenes de entrega parecidos o iguales. Por lo tanto es aconsejable hacer una investigación previa de las referencias recibidas si la nueva cuenta arroja una utilidad sustancial.
  • 36. c) Por el Valor de las Existencias: La determinación del valor aproximado de las existencias de la mercadería, investigada directa o indirectamente, es un elemento de apreciación de la importancia y muchas veces de la solidez de la empresa comercial que se investiga, para determinar su límite de crédito. d) Por las Compras de Temporada: Se puede calcular un promedio mensual para las compras de temporada y las de fuera de temporada, para clientes cuyo negocio es estacional. Aquí serán útiles los registros propios que la empresa tenga para analizar la información que necesita de un determinado cliente cuyos pedidos son estaciónales o exigentes en determinada épocas del año. e) Monto Gradual Asignado Según Experiencia: Otro procedimiento muy común y práctico es empezar por el otorgamiento de una cantidad reducida de crédito, para luego elevarla según la experiencia que registre el comerciante a lo largo de un periodo determinado. (Puede ser un año). Este procedimiento es muy adecuado para empresas que comienzan otorgando créditos y/o para pequeños negocios que tienen capital limitado. Se recomienda que los métodos anteriormente citados se complementen unos a otros puesto que el comercio en general no tiene patrones de comportamiento estable sino cambiante por situaciones de coyuntura económica por la dinámica misma del comercio. REVISIÓN DEL LÍMITE DEL CREDITO Una decisión de crédito nunca debe ser considerada como absoluta o final ya que la dinámica inestable de la actividad comercial permitirá revisar periódicamente los limites de acuerdo a las acciones que se tomen y las circunstancias que se presentan. Sin embargo se debe de revisar un límite de crédito cuando: 1. El cliente solicita crédito adicional o sobre pasa el límite fijado por la empresa (es recomendable revisar las garantías otorgadas)
  • 37. 2. Por medio del intercambio de información se puede saber el cambio de posición financiera del cliente. 3. El cliente no hace sus pagos puntuales (verificar el retraso) 4. Las condiciones económicas obligan a que se tomen decisiones respecto a la supresión y/o ampliación de las líneas de crédito al comerciante. 5. Cuando esta en juego la credibilidad del cliente. En resumen el limite de crédito generalmente se resumen a los siguientes factores: 1. En función del valor de las garantías 2. En función de la capacidad de pago 3. En su responsabilidad al cumplimiento de sus obligaciones 4. Solvencia moral o económica 5. Experiencia del negocio y/o actividad 2.2.2 Riesgos del Crédito Principales factores que determinan el riesgo en Instituciones - Factores internos, que dependen directamente de la administración propia y/o capacidad de los ejecutivos de cada empresa
  • 38. - Factores externos, que no dependen de la administración, tales como inflación, depreciaciones no previstas de la moneda local, desastres climáticos, etc. aquí aparecen como importante el estado de los equilibrios básicos macroeconómicos que comprometan la capacidad de pago de los prestatarios Frecuentemente, este riesgo se mide por las pérdidas netas de créditos entre los factores. Entre los factores internos están: - Volumen de crédito: a mayor volumen de créditos, mayores serán las pérdidas por los mismos. - Políticas de créditos: cuento más agresivo es la política crediticia, mayor es el riesgo crediticio. - Mezcla de créditos: cuanta más concentración crediticia existe por empresas o sectores, mayor es el riesgo que se está asumiendo, por ello la SIBEF ha determinado que solamente el 20% del patrimonio de una institución financiera puede prestarse a un grupo económico o persona natural o jurídica, con el fin de precautelar la salud de los bancos y entidades financieras. - Concentración geográfica, económica, por número de deudores, por grupos económicos y por grupo accionario: por ello no hay duda que cualquier tipo de concentración de cartera aumenta el riesgo de una institución financiera. Riesgo individual de un crédito
  • 39. - Propósito del crédito: muchas veces y en muchos bancos es muy utilizado el término "para financiar capital de trabajo", es decir no se sabe exactamente los destino de los fondos, perdiéndose de esta manera la calidad de la administración crediticia - Análisis del crédito: objeto del presente manual a verse más en detalle - Repago del crédito: existen dos fuentes naturales de repago del crédito que son: a) Primera salida: que se refiere a la generación de caja de la empresa, donde el propósito del crédito asumen mucha importancia b) Segunda salida: la cual está compuesta principalmente por garantías. En este punto la experiencia en muchos países del mundo se han otorgado créditos pensando en garantías, s in mirar el propósito y mucho menos la primera fuente de papo del crédito (flujo de caja). Por eso es muy importante direccionar la calidad y el propósito del análisis ya que no es lo mismo el punto de vista de un banquero que de un inversionista. 2.3 Apertura del crédito La apertura de crédito, es el contrato por medio del cual una persona llamada acreditante se obliga con otro llamado acreditado a poner a su disposición una cantidad de dinero determinada o a contraer por cuenta de éste una obligación, quedando obligado el acreditado a restituir a aquél las sumas de que disponga o a cubrirlo oportunamente por el importe de la operación más intereses, prestaciones, gastos y comisiones que estipulen (Artículo 291 LGTOC). Caracteres La apertura de crédito es un contrato consensual. Se perfecciona por el mero acuerdo de voluntades. No requiere formalidad alguna para su validez.
  • 40. La apertura de crédito es un contrato bilateral. Se generan obligaciones tanto respecto del banco como del tomador del crédito. La obligación del banco consiste en poner a disposición del cliente la cantidad de dinero estipulada en el contrato y respetar el plazo convenido en el mismo. La obligación del cliente se resume en el pago de la comisión convenida más los intereses derivados de la utilización del crédito y, fundamentalmente, la restitución de las sumas que le fueron adelantadas. En este contrato cobra especial relevancia el elemento “disponibilidad”. En efecto, que el cliente tenga a su disposición el dinero que necesita, significa que tiene la posibilidad de emplear la caja del banco, como si fuera propia, hasta el monto acordado y por el período de tiempo señalado en el contrato. Podrá entonces efectuar los retiros que necesite, sea en una sola vez o fraccionadamente. Esta disponibilidad no es consecuencia de una previa entrega de dinero por parte del cliente como en el contrato de depósito. El dinero está disponible para el cliente porque el banco le ha concedido un crédito. Es un contrato marco para regular futuros contratos de préstamo o de descuento de documentos. Es un contrato de ejecución sucesiva que se cumple ante los requerimientos del cliente. Es un contrato convenido institución-persona, en razón a que el banco acreditante se obliga en consideración a la solvencia y demás condiciones personales del cliente acreditado. Este carácter trae consigo tres consecuencias esenciales: A. que el banco se reserva la facultad de cancelar el crédito y cerrar la cuenta en cualquier momento; B. que el cliente no puede transferir los derechos nacidos del contrato sustituyendo a otra persona en su lugar y C. que el contrato termina con la muerte o extinción del acreditado. Modalidades de apertura de crédito La apertura de crédito asume modalidades diversas, según cuál sea la forma en que se utilice el crédito por el cliente del banco. A. Apertura de crédito en cuenta corriente En la práctica bancaria, la apertura de crédito suele vincularse con la cuenta corriente. El banco debita en la cuenta del cliente las sumas de que éste vaya disponiendo y le acredita las entregas que efectúe para ir reintegrando los fondos dispuestos, resultando así un saldo diario, sobre el que se liquida el interés pactado.
  • 41. B. Apertura de crédito con garantía La apertura del crédito puede ser con garantía o sin ella. La primera es más frecuente que la segunda; lo normal es que la apertura venga acompañada de una garantía de carácter personal o real. C. Apertura de crédito impropia o a favor de terceros La apertura de crédito impropia es aquella en la que el crédito abierto por el banco no es utilizado por el cliente que da la orden sino por un tercero (beneficiario) designado por éste. En cualquier caso, la operación tiene siempre una finalidad solutoria, normalmente nacida de un contrato de compraventa realizado entre el cliente y el beneficiario. El fin típico de la apertura de crédito impropia es, en efecto, el pago del precio en el contrato de compraventa y, especialmente, en las ventas de plaza a plaza.
  • 42. 2.3.1 Funciones Básicas -Aplica capitales. El capital puede emplearse en una forma mas productiva para que no esté ocioso. -Ayuda a la producción y el comercio. El Crédito ayuda para que tanto comerciantes como industriales tengan la posibilidad de disponer en el mejor momento una suma de dinero. -Influye en la fijación del precio en el mercado. Al existir mas inversiones en el mercado se modifica la oferta y la demanda de los bienes y, por consiguiente, el precio de los mismos. 2.3.2 Solicitud La solicitud del crédito viene a constituir uno de los documentos más importantes en la administración del crédito, en base a este documento se inicia el proceso de crédito. Nos aporta los datos y elementos que, una vez comprobados por la investigación, permiten conocer al solicitante de crédito, al proporcionarnos los elementos de juicio para autorizar, negar o modificar las condiciones del crédito solicitado. La información varía de acuerdo con el tip de crédito y políticas del ejecutivo de crédito. Los datos más importantes que solicitan las empresas, de acuerdo a sus propias necesidades y requerimientos. Son los siguientes: - Residencia - Empleo - Otras cuentas corrientes 2.3.3 Investigación
  • 43. Una vez que el cliente hizo el llenado de la solicitud de crédito, el ejecutivo procede a la investigación de los datos plasmados y se corroboran los siguientes aspectos: - Ambiente - Entrevista - Visita doméstica - Empleo - Cuentas bancarias - Bienes muebles e inmuebles - Fiadores y avales - Ingresos - Experiencia crediticia - Enganche - Abonos Es importante estudiar los porcentajes que se gastan en la región como promedio. En forma muy general se pueden tomar los siguientes: Concepto Porcentaje Alimentación 50.26% Alojamiento 14.36% Vestuario 09.36% Diversiones 02.50% Servidumbre 01.23% Impuestos 12.02% Bienes duraderos 01.15% Pago de deudas 00.19% Inversiones 00.55% Diversos 08.21%
  • 44. 2.3.4 Fuentes externas Durante los últimos 15 años, las fuentes de información han estado en un continuo crecimiento basado en la relación de confianza y respeto mutuo entre los directivos y ejecutivos de crédito, algunas agencias de información crediticia y los clientes. El desarrollo de estas relaciones han sido de vital importancia por el concepto de naturaleza confidencial de la información del crédito. Las acertadas decisiones de crédito en cuenta nueva podrán determinarse fundamentalmente con base en una información de crédito y financiera suficiente para el cliente. Las fuentes más importantes son: agencia de crédito, información por los clientes, información telefónica, grupos de intercambio, informe bancario e información de los vendedores. Otras fuentes de información de crédito son: boletín judicial y las cámaras de la industria y el comercio. 3.1 GENERALIDADES En nuestro país las actividades de créditos y cobranzas, siempre fueron actividades alternas a la gestión comercial y/o financiera de la empresa, y por esa razón el estudio de este libro constituye un aporte al conocimiento general de lo que ya se conoce sobre el tema. El empresario toma conciencia sobre la importancia del crédito sólo cuando considera que es una alternativa adecuada al incremento de sus ventas, y considera oportuno además conocer las técnicas de la cobranza en sus pormenores, sólo como única respuesta a asegurar la recuperación de su inversión. Sin embargo el desconocimiento sobre la materia por parte del empresario hace muy complicado trabajar con esta modalidad por que dichas limitaciones son a la vista razonables. Ubicar, evaluar, escoger y seleccionar una decisión de crédito ante una información dispersa e incompleta para muchos es una acción temeraria. Ello implica un proceso lento de transmisión de conocimiento en teoría y práctica pocas veces difundido en las aulas Universitarias. Por todo ello, trataremos de dar una información útil y concreta sobre esta alternativa muy adecuada para promocionar e introducir en el mercado los nuevos productos. Por otro lado, la efectividad de los procesos de cobranza dejan mucho que desear en las actuales circunstancias ya que el mercado no responde a dicho efecto. Hoy se vende pero no se cobra.
  • 45. Pero más objetivamente, la razón fundamental por la cual debe de tomarse empeño a las funciones de crédito y cobros es saber respondernos a la pregunta, ¿tanto el crédito como la cobranza en sus distintas etapas debe asegurar al empresario el incremento de sus ventas? Y por otra parte ¿es factible reducir al mínimo el riesgo por pérdidas originadas por deudas incobrables? Pero aún existe otra connotación que debe tenerse en cuenta cuando se habla de crédito y es influencia creciente de que en las reglas del juego comerciales el término creer es parte de la sustitución de una inclinación a que él mismo se generalice. Con el proceso de liberación de la economía, y con la aplicación de políticas neo liberales del cual el sector financiero y comercial no han sido una excepción en nuestro país, se ha consolidado de manera espontánea gracias al mercado la asignación del crédito bajo el criterio de especialización. En esta línea previa de análisis, si bien el concepto del crédito es uno, las diversas necesidades comerciales han creado distintos mecanismos de colocación de recursos, de tal manera que el financiamiento a la empresa funciona como una lógica operativa radicalmente distinta del crédito del pequeño empresario o del consumidor. Obviamente los clientes consideran el crédito como una alternativa rentable, y los vendedores inteligentes también. Después de todo estamos juntos en este negocio. 3.1.1 CONDUCTOS DE LA COBRANZA La cobranza puede llevarse a cabo por medio de los siguientes conductos: A través de cobradores. Por medio de abogados. A través de los vendedores. Utilizando los servicios bancarios. A través de las agencias de cobro.
  • 46. A TRAVES DE COBRADORES La cobranza a través de los cobradores es, por asi decirlo, la más perfecta pues quien la realiza está o debiera estar capacitando para llevar a cabo esta tarea. El cobrador es una persona clave dentro de las empresas ya que por sus manos pasan casi todos sus recursos financieros. Sin embargo, no suele apreciarse debidamente su trabajo. En nuestro medio el cobrador suele ser un recogedor de cheques y de abonos, no llevando a cabo una adecuada labor de cobro. Simplemente se presenta con el cliente, pregunta si hay pago, si lo hay, firma de recibido o bien recibe el abono; pero en caso negativo, se retira y va a visitar a otro deudor. Esta actividad no es de un cobrador profesional. Si en las empresas hubiera el interés de tener cobradores profesionales, el trabajo del Departamento de Crédito y Cobranzas se haría más llevadero y habría tiempo para desarrollar otras labores que permitieran un mejor control de las cuentas y documentos por cobrar. Al no ser así, cuando hay alguna carencia de capital de trabajo todo el mundo es movilizado para conseguir el que hace falta alterando las labores del personal. Esto sucede porque, al no haber una labor de cobro por parte de quien debe hacerlo, que es el cobrador, las cuentas y documentos por cobrar se atrasan dando origen a que este Departamento nunca llegue a satisfacer los requerimientos financieros de la empresa porque siempre está con el trabajo acumulado debido a la carencia de personal; principalmente de buenos cobradores. Es preciso tener presente que solamente considerando el costo del dinero y la inflación, reconoceremos en el trabajo del cobrador una tarea de primer orden. POR MEDIO DE ABOGADOS Excepto que la cuenta o el documento por su cobrar sea de elevado monto o que la empresa cuente con su propio departamento legal, la cobranza a través de los abogados es, en general, un fracaso ya que resulta sumamente lenta, prestándose algunos de ellos a servir no a su cliente sino al deudor. De ahí que son muchas las empresas que optan mejor por llegar a arreglos amistosos con los clientes o bien perder el dinero antes de poner un asunto en manos de un abogado.
  • 47. Para que la cobranza por medio de este profesionista sea efectiva, es recomendable que antes de amenazar al cliente con poner la cuenta en sus manos, se elabore la demanda y de esta manera, al decirle al cliente que se le dan 48 horas para que pague o se seguirá un trámite de cobro por la vía legal, cumplido este término, si el cliente no paga se deberá presentar la demanda y proceder al embargo si esto fuere posible. Amenazar por amenazar sin cumplir con lo dicho sólo provoca que el cliente se burle de la empresa y particularmente del cobrador. Por ello, el formular anticipadamente la demanda, tiene la ventaja de que evita que el cliente se prepare ocultando la mercancía, procediera a un auto embargo, etc. En cuentas que no son de elevada cuantía, la cobranza puede hacerse siguiendo el camino de que a alguna persona de la empresa, que no fuere conocida por los clientes y con la presencia adecuada, se hiciere pasar como del departamento legal. Para llevar a cabo esta tarea habría que proveerle de tarjetas de presentación pulcramente elaboradas. Desde luego que no se deberá indicar en ella “Abogado” o “Lic.” Porque podría ser acusado de usurpación de funciones, lo cual está penado por la Ley. Pero del departamento legal sí, porque podría tratarse de un ayudante el cual no tiene necesariamente que ser un abogado. A TRAVES DE LOS VENDEDORES La cobranza a través de los vendedores tiene sus ventajas y desventajas. Ventajas. Se puede enunciar las siguientes: Cuando el vendedor es el que lleva a cabo la labor de vender y además efectúa la cobranza de la cuenta, al entrevistarse con el cliente tendrá el cuidado de levantar los pedidos en la manera más adecuada a las condiciones y necesidades de éste, pues de otro modo tendrá problemas para recuperar la cartera. Frecuentemente se da el caso de que, con tal de alcanzar su cuota, los vendedores vender sin tener presente las implicaciones que pudieran haber en la cobranza. Si él mismo vende y cobra a la vez, habrá de ser más cuidadoso en sus tratos con los clientes.
  • 48. Se reducen los pedidos que habrán de ser detenidos por el Departamento de Crédito y Cobranzas ya que pocos serán los que no reúnan los requisitos estipulados para ser aprobados. Se reducen los gastos de operación de las empresas pues no tendrá cobradores a su servicio, ya que esta labor la realizan los propios vendedores. Desventajas. Dentro de las desventajas que tiene el hecho de que los vendedores lleven a cabo también la labor de la cobranza están las siguientes: La imagen del vendedor es diferente a la del cobrador y no es fácil encontrar reunidas en una misma persona las cualidades de ambos, de tal manera que, o vende bien y cobra mal o viceversa. El vendedor que también cobra, suele caer en la situación de dedicar tanto tiempo a una labor que termina descuidando la otra. Para evitar esto último, cuando el vendedor lleva a cabo la labor de cobranza, lo adecuado, en su caso es dividir su comisión en dos partes, una de ellas por la venta, la otra por la cobranza, de esta manera habrá de interesarse en una como en otra labor. UTILIZANDO LOS SERVICIOS BANCARIOS Los bancos no realizan, en realidad, una labor de cobranza, únicamente se limitan a avisar al deudor que pase a la institución a pagar un documento, dándole un tiempo para ello. Si el deudor para, se le abona en cuenta lo recuperado al cuentahabiente; si no es así, el banco devuelve el documento al cliente. Este conducto para cobrar, ayuda en el caso de clientes que están en lugares fuera del territorio normal de trabajo del proveedor. Sin embargo, si el documento no es pagado, los bancos suelen tardar algunos días, primero para notificar que el cobro no fue cubierto, y segundo, tardan tiempo en la devolución, lo cual aprovecha el deudor para ganar indebidamente unos días más de crédito. Para evitar que el deudor argumente que desconocía que el documento había sido entregado al cobro por conducto de un banco y que no recibió el aviso de éste, lo más indicado es que el proveedor le envíe una carta, preferentemente certificada con acuse de recibo, o bien un telegrama poniendo tal hecho de su conocimiento.
  • 49. De esta manera, al no ser pagado el documento, es posible cobrarle al deudor los intereses normales, los moratorios, así como los gastos que hubiere originado la cobranza A TRAVES DE LAS AGENCIAS DE COBRO A las agencias de cobro suelen remitírseles cuentas de muy difícil cobro después de que las empresas han agotado todos los recursos persuasivos para lograr recuperarlas. Generalmente son cuentas de clientes que las empresas están dispuestas a perder. Algunas de estas cuentas que se cobran por este conducto, no se hacen pensando tanto en recuperar su importe, cuanto por cuestión de imagen ya que, deducidos los gastos de la agencia, el saldo suele resultar notoriamente disminuido. El trabajo de estas agencias a veces es lento, debido a las gestiones que tienen que llevar a cabo, ya que con frecuencia tienen que iniciarlas con la localización de los deudores. Algunas agencias compran los contrarecibos, los cheques sin fondos, los pagarés y las letras de cambio a un precio castigado y ellas se encargan de cobrar de acuerdo con sus políticas internas. 3.1.2 CLASES DE POLÍTICAS Las políticas de cobranza deberán tomar en consideración lo siguiente: Deberán fijarse las bases para el otorgamiento de los descuentos, rebajas y bonificaciones, así como el nivel de puesto autorizado para ello. Si los clientes deberán o no pagar sus abonos en las oficinas de la empresa, o si la recuperación de la cartera se hará a través de cobradores. Se deberán precisar en ellas qué beneficios recibirán los clientes cumplidos en el primer caso, y a que sanción se verán sujetos si se atrasan en sus pagos. Deberá establecerse el horario para recibir los pagos de los clientes en la caja. Deberán establecer si la cobranza y el resultado de la misma tendrá que ser rendida por los cobradores diariamente o bien con qué periodicidad se hará. Deberán fijar la tasa nominal y la moratoria de los intereses. Si se aceptarán pagos parciales, “para abono en cuenta”, o bien sólo se recibirán pagos completos de facturas por parte de los clientes.
  • 50. Deberán establecer, si se remitirán a todos ellos o bien, lo serán selectivamente y con qué periodicidad. Asimismo, si se presentarán indicando la antigüedad de saldos. Deberán fijar si se aceptarán o no cheques posfechados y en su caso la fecha que deberá indicarse como aquélla en que fue expedido. Si se aceptarán pagos de los clientes con cheques endosados de terceras personas y cuáles serían las excepciones del caso. Además, señalarán quién o quiénes estarán facultados para autorizarlos. Para efectos del cobro por la vía legal, deberán establecerse las bases que servirán para determinar bajo qué condiciones se turnará una cuenta o documento por cobrar al abogado o al departamento legal. Si se aceptará o no cheques por mayor cantidad al adeudo y si la diferencia podrá o no cubrirse en efectivo. Deberán establecer si se cobrará o no el costo de la investigación de crédito a quien lo solicite. Deberán precisar qué tipo de comprobante se entregará a los clientes al terminar de pagar su adeudo, pudiendo ser un recibo provisional canjeable por el original de la factura y sus copias, el pagaré o la letra de cambio. En relación con los cheques sin fondos recibidos de los clientes deberá indicarse si se cobrará el 20%, así como el o los cargos que hiciere el banco por este motivo. En el caso de clientes foráneos se deberá indicar el conducto por el cual se les hará llegar la factura correspondiente al momento de liquidar todo su adeudo; los cheques que resultaren sin fondos, así como los pagarés, las letras de cambio y cualquier otra clase de comprobantes. Se deberá precisar si los contrarecibos los elaborará la empresa y, en su caso, en original y cuántas copias, o bien si los elaborarán los clientes. Deberá indicarse que los cheques, letras de cambio y pagarés, bajo ninguna circunstancia serán canjeables por contrarecibos. Deberán fijar la periodicidad con que se depositará la cobranza en el banco, el número de copias con que se elaborará la ficha de depósito y si habrá o no rotación de los bancos y cómo será ésta. Para efectos de considerar una cuenta o documento por cobrar como incobrable, deberán fijarse las condiciones y requisitos para ello, además de lo señalado en las leyes fiscales.
  • 51. Deberán fijar el grado de intervención del departamento de ventas y los vendedores, en la gestión de cobranza. Deberán precisar si los cobradores estarán facultados o no para depositar los cheques y el efectivo cobrados en cuentas bancarias de la empresa y de qué manera habrán de hacerlo. Si al documentarse una operación, ya fuere con letras de cambio o bien con pagarés, se habrá de conservar la factura como garantía colateral hasta el pago total del adeudo. En qué circunstancias, con qué requisitos y a qué plazo máximo y condiciones se documentarán las operaciones, vista la incapacidad de los deudores de cubrir en breve tiempo el monto total de su adeudo. Si al presentar la documentación a revisión se entregará el original de la factura o bien, una copia de la misma con la leyenda de “copia sin valor comercial” y sólo hasta su pago total se entregará la misma. Se deberá señalar el proceder en el caso de bienes recogidos o embargados a los clientes. 3.1.3 SISTEMAS DE COBRANZA Un Sistema de Gestión de Cobranzas es una herramienta informática que permite administrar lo que su nombre indica… la gestión de cobranzas. Su solidez, dinamismo y versatilidad garantizan el cumplimiento de los objetivos y la satisfacción de las necesidades de cualquier organización que necesite administrar su cartera de deudas en mora. Un Sistema de Gestión de Cobranzas está orientado a mejorar la performance incrementando la rentabilidad, reduciendo costos, aumentando la productividad y por ende mejorando los servicios y la relación con los clientes.
  • 52. Componentes de un Sistema de Gestión de Cobranzas Reportes de Gestión de Cobranzas Caja Sistema de Gestión de Cobranzas Informes de gestión, resultados, etc. Administración, manejo y aplicación de fondos. Estadística de Recupero de Deudas Liquidación de deuda Tendencias en la gestión de recupero Cálculo de intereses y Auditoría de Gestión punitorios de Cobranzas Convenios de pago Detección y corrección de desvíos Acuerdos. Reconocimientos Grabación de conversaciones de deuda. telefónicas Administración Grabación de llamadas tanto de fondos entrantes como salientes Remesa y IVR (Interactive rendición de Voice Response) fondos Respuesta de voz Sistema de Gestión de interactiva Cobranzas Cash-pot
  • 53. Nuestra misión Funciones de un Sistema de Gestión de Cobranzas Principales funciones de un Sistema de Gestión de Cobranzas Gestión de Cobranzas Un Sistema de Gestión de Cobranzas es una herramienta informática que permite administrar lo que su nombre indica… la gestión de cobranzas. Su solidez, dinamismo y versatilidad garantizan el cumplimiento de los objetivos y la satisfacción de las necesidades de cualquier organización que necesite administrar su cartera de deudas en mora. Un Sistema de Gestión de Cobranzas está orientado a mejorar la performance incrementando la rentabilidad, reduciendo costos, aumentando la productividad y por ende mejorando los servicios y la relación con los clientes.
  • 54. 3.2 MÉTODOS DE COBRANZA TÉCNICAS DE COBRANZA DE ALTO IMPACTO TÉCNICA DEL SERVICIO DISFRAZADO. Consiste en efectuar una labor de pre-cobranza, es decir anticiparnos al vencimiento de la cuenta para realizar una autentica gestoría de cobro que parezca una atención al cliente. LA TÉCNICA DEL CANSANCIO. Consiste básicamente en iniciar la gestoría de cobro a partir del primer día de vencimiento utilizando bitácoras que nos permitan registrar con exactitud las gestiones realizadas así como las promesas de pago de nuestros clientes. TÉCNICAS DE COBRANZA PARA CUENTAS DIFÍCILES COBRANZA FRENTE A FRENTE (Visita personal) -Imprima solemnidad a su gestión de cobro. - Realícela entre las 9:00 y las 13:00 horas. - Diríjase al cliente siempre por su nombre y evite el tuteo. - Deje hablar primero al cliente - No hable más de lo necesario (evite comentarios personales) - No se enoje - Lleve varias alternativas de solución preparadas. - Elabore un convenio en original y copia. - Nunca mencione la palabra abogado (no se exponga a que el cliente diga: no te pago y hazle como quieras. · COBRANZA POR ESCRITO Nunca utilizar formas pre-impresas o fotocopias (únicamente originales) Espaciar adecuadamente los tiempos de cada notificación o aviso. Subir el tono de cada comunicado conforme avance el atraso. (Ejemplo: Invitación, Recordatorio, Notificación, etc.) Utilizar empresas de mensajería para obtener acuse de recibo (cobranza local) En cobranza foránea utilizar telegramas o fax.
  • 55. Evitar el uso del correo (da la impresión de que no urge el pago). El documento debe ser: Ante todo legible. Si no es legible, los clientes no la leerán; y si no la leen, no conseguirán su objetivo. Las cartas legibles cumplen además con los otros criterios de esta lista. Clara ¿Podría el lector de su carta comunicar el contenido a otra persona? Concisa. Una página siempre es suficiente Interesante ¿Le dice al lector lo que realmente quiere comunicar? Personal ¿Lee Usted los formatos de carta que otra persona le envía? Precisa ¿El cliente realmente debe lo que Usted le indica? Fácil de visualizar. Palabras y párrafos cortos, bastantes espacios blancos, etc. Firme y autoritaria. Pero entienda que firme no es sinónimo de amenazante Razonable. Por ejemplo ¿Explica por qué razón va a turnar el asunto a su abogado? Instructiva. Solicita al cliente enviar una remesa de dinero ahora Definitiva. Le deberá indicar al cliente, de una manera objetiva, exactamente qué sucederá y/o qué medidas tomará si su solicitud de pago no es cumplida. COBRANZA TELEFÓNICA Hablar precisamente con el cliente (no triangular dejando recados; porque nada se logrará). Usted sabe cuándo y con quién debe hablar. No deje mensajes. El dejar un recado con la persona equivocada, implica que la persona que le debe pueda levantar una demanda. Negociación predeterminada (dejar que el cliente hable primero ¿qué ofrece?, tener preparadas dos opciones posibles en monto y fecha). Antes de llamar asegúrese de que tiene toda la información pertinente. Reúna todos los datos importantes, por ejemplo: - Nombre, dirección y teléfono del vendedor (para su verificación)
  • 56. - Cantidad total adecuada - Cantidad total vencida - Acciones de cobranza realizadas con anterioridad - Promesas previas de pago realizadas por el deudor y no cumplidas - Medidas que se tomarán en caso de que - En caso de evasivas o pretextos, también deberá tener a la mano la información sobre el pedido: - Número de pedido y nombre del comprador (quien lo hizo) - Artículos comprados - Precios - Cargos adicionales (embarque, mensajería, seguro, etc.) - Fecha de embarque de la mercancía - Fecha de entrega - Seguimiento por escrito de los acuerdo tomados (anotar en bitácoras las promesas de pago) - Independientemente de las promesas que haga el cliente, manténgase al tanto de sus acciones. Recuerde, una promesa no es lo mismo que un pago. - Tratando se cobranza difícil o de alto riesgo (elaborar un resumen escrito de los acuerdos para que el cliente firme de aceptación y así darle más formalidad a lo convenido. Recuerde que las palabras se las lleva el viento). 3.3 CONTROLES DE COBRANZA Es indispensable manejar bajo control el archivo permanente de los clientes que permitan identificarlos con facilidad, además de clasificarlos de acuerdo a un procedimiento mecanizado para tal efecto. Para ello es necesario mantener una información clasificada en: Solicitud de crédito Informe de verificación Hoja record del cliente Copia de las cartas de cobranza Documentos de tramite comercial