Riesgos electricos construccion Universidad Nacional de Loja
1. UNIVERSIDAD NACIONAL DE LOJA
Riesgo Eléctrico en la Industria
de la Construcción
Jorge Patricio Muñoz V.
MSc. MBA
2. 1. Definición de riesgo
eléctrico
Riesgo eléctrico: probabilidad de ocurrencia de
un contacto directo o indirecto con una instalación
eléctrica teniendo en cuenta la gravedad de sus
consecuencias sean éstas daños personales,
daños materiales e interrupción de procesos.
4. COMO AFECTA AL CUERPO HUMANO LA
CORRIENTE ELÉCTRICA
Un foco de 100 W conectado a 120 V pasa por él una corriente cercana a
1 Amperio
Nivel actual (en Efecto probable al cuerpo humano
miliamperios)
1 a 3 mA Nivel de percepción. Leve sensación de hormigueo.
Leve sensación de choque; no es doloroso, sino
inquietante. Un individuo puede soltar la fuente ya
5 a 8 mA
que no pierde el control de sus músculos.
5. COMO AFECTA AL CUERPO HUMANO LA
CORRIENTE ELÉCTRICA
Nivel actual (en Efecto probable al cuerpo humano
miliamperios)
A valores mayores de 10 mA, el paso de la corriente
provoca contracción muscular en manos y brazos,
efectos de choque doloroso pero sin pérdida del
10 a 20 mA control muscular, pueden aparecer quemaduras.
Efectos de tetanización (movimiento no controlado
de músculos)
25 a 30 mA La tetanización afecta a los músculos del tórax
provocando asfixia.
50 a 150 mA Dolor extremo, colapso respiratorio, contracciones
musculares severas.
No se puede soltar la fuente de electricidad. La
muerte es posible.
6. COMO AFECTA AL CUERPO HUMANO LA
CORRIENTE ELÉCTRICA
Un foco de 100 W conectado a 120 V pasa por él una corriente cercana a
1 Amperio
Nivel actual (en Efecto probable al cuerpo humano
miliamperios)
Fibrilación ventricular (la acción rítmica
bombeadora del corazón cesa). Ocurren
contracciones musculares y daño a los nervios.
1a4A La muerte es más probable.
10 A Colapso cardíaco, quemaduras severas y la
probable muerte.
7. Consecuencias de un choque eléctrico
Combustión de la ropa
Contracciones violentas
Caídas
Roturas de huesos
golpes
Daños en órganos internos
Corazón
Pulmones
Riñones
Coágulos sanguíneos y derrames internos
Destrucción de nervios, tejidos y músculos
9. MODELO DE CAUSALIDAD DE
ACCIDENTES Y PÉRDIDAS
Por Qué? Por Qué? Por Qué?
FALTA DE CAUSAS PÉRDIDAS
ACCIDENTE
CONTROL BÁSICAS
PROGRAMAS
INADECUADOS
FACTORES
PERSONALES PERSONAS
CONTACTO
ESTÁNDARES
INADECUADOS PROPIEDAD
DEL PROGRAMA FACTORES CON ENERGÍA
DEL TRABAJO PROCESOS
CUMPLIMIENTO
INADECUADO DE
LOS ESTÁNDARES
Causas Acontecimiento Efectos
10. CAUSAS BÁSICAS
FACTORES FACTORES
PERSONALES DE TRABAJO
• Capacidad física
inadecuada • Supervisión y liderazgo
• Capacidad fisiológica deficientes
inadecuada • Ingeniería inadecuada
• Capacidad mental • Deficiencia en la
inadecuada adquisiciones
• Capacidad sicológica • Mantenimiento deficiente
inadecuada • Estándares deficientes de
• Stress físico o fisiológico trabajo
• Stress mental o psicológico • Uso y desgaste
• Falta de conocimientos inadecuados
• Falta de habilidad • Abuso o maltrato
• Motivación deficiente
11. ACCIDENTES ELÉCTRICOS DE TERCEROS
1 Manipular varillas de construcción civil cerca de líneas eléctricas
2 Manipular palos , alambres, tubos etc. cerca de líneas eléctricas
3 Realizar conexión eléctrica clandestina
4 Manipular tensores de postes
5 Manipular caja de conexión eléctrica
6 Sustraer conductores y equipos eléctricos, etc.
7 Instalar antenas de TV, astas, etc. cerca de líneas eléctricas
8 Instalar andamios, estructuras, etc. cerca de líneas eléctricas
12. ACCIDENTES ELÉCTRICOS DE TERCEROS
9 Instalar avisos, letreros, banderolas cerca de líneas eléctricas
10 Efectuar poda de árboles cerca de líneas eléctricas
11 Tocar conductor eléctrico caído
12 Maniobrar tolva de camión (volqueta) cerca de líneas eléctricas
13 Maniobrar brazo hidráulico cerca de líneas eléctricas
14 Transitar riesgosamente cerca de canales y/o cámara de carga de
centrales Hidroeléctricas
15 No verificar rotación de giro de maquinaria después de efectuar
cambio de equipo de medición
13. ACCIDENTES DE TERCERO
SUBESTANDARES
1 Líneas eléctricas cerca de edificaciones o que no cumplen la
distancia mínima de seguridad
2 Postes, luminarias, etc. con la base corroída o en mal estado
3 Cajas de conexión electrizadas
4 tensores electrizados sin Puesta Tierra y/o sin aislador de
tracción
5 Líneas eléctricas caídas y electrizadas por deficiencia en el
sistema de protección
14. ACCIDENTES DE TERCERO
SUBESTANDARES
6 Canales de carga y/o cámaras de Centrales Hidroeléctricas con
protección y/o señalización inadecuada e insuficiente
7 Inversión de fases producida por la empresa eléctrica
concesionaria
8 Líneas eléctricas sin señalización de peligro
9 Cable subterráneo electrizado y expuesto por agentes externos
15. Actores Involucrados en el Control
Ciudadanía o
Público en General
“Alta Incidencia de
Accidentes Asociados a
CONELEC Sistemas Eléctricos de Empresa
Distribución Aérea de
MEER Media Tensión y Eléctrica
Actividades Particulares
Realizadas por
Ciudadanía”
GAD’S
Autoridades
Municipales
16. ACCIDENTES POR ELECTROCUCIÓN
DEFECTOS EN INSTALACIONES
(Fuente: Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo de España)
2%
22%
31%
16%
29%
Sistema de protección contra contacto eléctrico inadecuado
Cable de puesta a tierra seccionado o no conectado
Fallo de protecciones diferenciales
Inexistencia de puesta a tierra
Aislamiento de protección defectuoso
17. ACCIDENTES POR ELECTROCUCIÓN
FALLAS EN LA OPERACIÓN
(Fuente: Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo de España)
15%
26%
20%
23%
16%
Desestimó el riesgo pese a saber que existía tensión
Manipulación incorrecta de aparatos de maniobra
Uso de herramientas no aisladas
No sabía que existía tensión
Desconocía las características de la instalación
18. NORMA JURÍDICA ECUATORIANA
REGLAMENTO DE SEGURIDAD Y SALUD DE LOS TRABAJADORES; Ultima reforma:
04-feb-1994; LABORAL; Decreto Ejecutivo 2393; Registro Oficial 565; 17-nov-1986
REGLAMENTO DE RIESGOS DE TRABAJO EN INSTALACIONES ELECTRICAS
LABORAL; Acuerdo Ministerial13; Registro Oficial 249; 03-feb-1998
REGLAMENTO DE SEGURIDAD PARA LA CONSTRUCCION Y OBRAS PUBLICAS;
LABORAL; Acuerdo Ministerial 174; Registro Oficial Suplemento 249; 10-ene-2008
REGLAMENTO DE PREVENCION, MITIGACION Y PROTECCION CONTRA
INCENDIOS; GESTION PUBLICA; Acuerdo Ministerial1257; Registro Oficial Suplemento
114; 02-abr-2009
REGLAMENTO DEL SISTEMA DE AUDITORIA DE RIESGOS DEL TRABAJO; Ultima
reforma: 19-dic-2011; LABORAL; Resolución del IESS 333; Registro Oficial Suplemento
319; 12-nov-2010
REGLAMENTO DEL SEGURO GENERAL DE RIESGOS DEL TRABAJO; LABORAL;
Resolución del IESS 390; Registro Oficial Suplemento 599; 19-dic-2011
19. CONSEJO NACIONAL DE
ELECTRICIDAD - CONELEC
Regulación 002/10
DISTANCIAS DE SEGURIDAD
OBJETIVO.-
Determinación de distancias de seguridad entre la red eléctrica
y las edificaciones, a fin de limitar el contacto y acercamiento
de las personas, con el propósito de salvaguardar la integridad
física de las personas.
20. CONSEJO NACIONAL DE
ELECTRICIDAD - CONELEC
Regulación 002/10
DISTANCIAS DE SEGURIDAD
ALCANCE.-
Norma a ser observada por las empresas distribuidoras, en la
construcción de redes eléctricas; por los municipios, al
autorizar la construcción de edificaciones o obras de
infraestructura; por los constructores y dueños de vivienda, al
ejecutar las obras de infraestructura y todos a quienes estén
ubicados en un acceso cercano a las redes eléctricas.
21. CONSEJO NACIONAL DE
ELECTRICIDAD - CONELEC
Regulación 002/10
DISTANCIAS DE SEGURIDAD
INSPECCIÓN.-
Las empresas eléctricas distribuidoras inspeccionarán el
cumplimiento de las distancias de seguridad en las
edificaciones, obras de infraestructura; para velar el
cumplimiento de las mismas. Informarán a través de un reporte
técnico a los municipios, con copia al CONELEC, para controlar
el cumplimiento de la presente norma.
22. CONSEJO NACIONAL DE
ELECTRICIDAD - CONELEC
Regulación 002/10
DISTANCIAS DE SEGURIDAD
REMEDIACIÓN.-
Las empresas eléctricas, los municipios y los propietarios
deben cumplir las distancias de seguridad, en caso no se
cumpliere las mismas, la remediación la realizarán las
empresas distribuidoras; una vez que los costos, hayan sido
cubiertos por el infractor. Podrá suspenderse el servicio en los
casos se tenga evidencia de un eminente accidente eléctrico
que ponga en peligro la vida de las personas.
23. CONSEJO NACIONAL DE
ELECTRICIDAD - CONELEC
Regulación 002/10
VERTICAL (A)
M.T. : 4.10 m
B.T. : 3.50 m
HORIZONTAL (D)
M.T. : 2.30 m
B.T. : 1.70 m
Distancias a
puntos eléctricos
fijos
24. CONSEJO NACIONAL DE
ELECTRICIDAD - CONELEC
Regulación 002/10
Zona donde no se
debe instalar
conductores
eléctricos
4.10 m
2.30 m
Zona donde no se debe instalar
conductores eléctricos
25. Concienciar e informar
Obligación de informar
Se requiere concienciar a la
ciudadanía los riesgos de la
energía eléctrica
En caso que se produzcan
daños en las redes de
distribución de electricidad, la
ciudadanía esta obligada a
reportar antes que se produzcan
accidentes graves o fatales.
26. REGLAMENTO DE RIESGOS DE
TRABAJO EN INSTALACIONES
ELECTRICAS
Norma: Acuerdo Ministerial 13
Publicación: Registro Oficial 249
Fecha: 03-feb-1998
27. REGLAMENTO DE RIESGOS DE TRABAJO EN INSTALACIONES
ELECTRICAS
Norma: Acuerdo Ministerial 13 Publicación: Registro Oficial 249
Fecha: 03-feb-1998
CONDICIONES GENERALES
Las instalaciones de generación, transporte, distribución y
utilización de energía eléctrica, las ampliaciones y
modificaciones, deben ser ejecutadas en todas sus partes, en
función de la tensión, bajo las siguientes condiciones:
1. Con personal calificado;
2. Con material adecuado;
3. Con aislamiento apropiado;
28. REGLAMENTO DE RIESGOS DE TRABAJO EN INSTALACIONES
ELECTRICAS
Norma: Acuerdo Ministerial 13 Publicación: Registro Oficial 249
Fecha: 03-feb-1998
CONDICIONES GENERALES
4. Con suficiente solidez mecánica, calidad ante el deterioro, no
recalentamiento peligroso de elementos; a fin de que el personal quede
protegido contra riesgos de contacto involuntario con conductores o
piezas conductoras habitualmente energizadas.
5. Con la aplicación de medidas para protección de personas contra
riesgos de contacto accidental:
a) Puesta a tierra (aterrizaje) de las estructuras metálicas y masas;
b) Conexiones equipotenciales; y,
c) Conductores de protección.
29. REGLAMENTO DE RIESGOS DE TRABAJO EN INSTALACIONES
ELECTRICAS
Norma: Acuerdo Ministerial 13 Publicación: Registro Oficial 249
Fecha: 03-feb-1998
CONSIDERACIONES DE PROTECCIÓN
1. PROTECCION CONTRA DESCARGAS ATMOSFERICAS
(pararrayos)
2. IDENTIFICACION DE APARATOS Y CIRCUITOS (etiquetas y
rótulos)
3. SEPARACION DE LAS FUENTES DE ENERGIA
(alimentación doble)
4. TOMAS DE TIERRA Y CONDUCTORES DE PROTECCION
(satisfacer ciertas condiciones)
30. REGLAMENTO DE RIESGOS DE TRABAJO EN INSTALACIONES
ELECTRICAS
Norma: Acuerdo Ministerial 13 Publicación: Registro Oficial 249
Fecha: 03-feb-1998
CONSIDERACIONES DE PROTECCIÓN
5. PROHIBICIÓN DE UTILIZAR LA TIERRA (canalización o cubierta
metálica) COMO PARTE DE UN CIRCUITO ACTIVO
6. INSTALACIONES ELECTRICAS EN LUGARES CON RIESGO DE
INCENDIO O EXPLOSION (equipo apropiado antiexplosivo)
7. INSTALACIONES ELECTRICAS EN LOCALES DE
CARACTERISTICAS ESPECIALES (húmedos, corrosión)
8. ELECTRICIDAD ESTATICA (usar calzado conductor y ropa evite
acumulación electric.)
9. CERCAS ELECTRICAS PARA GANADO (impulsos de tensión con
electricidad limitada)
31. REGLAMENTO DE RIESGOS DE TRABAJO EN INSTALACIONES
ELECTRICAS
Norma: Acuerdo Ministerial 13 Publicación: Registro Oficial 249
Fecha: 03-feb-1998
NORMAS GENERALES:
1. Toda persona que intervenga en operación y
mantenimiento de instalaciones eléctricas, debe:
a) Tener conocimiento técnico y de seguridad industrial;
b) Estar autorizado para ejecutar el trabajo asignado; y,
c) Conocimiento de los primeros auxilios y especialmente
en la técnica de respiración artificial y
masaje cardíaco externo.
32. REGLAMENTO DE RIESGOS DE TRABAJO EN INSTALACIONES
ELECTRICAS
Norma: Acuerdo Ministerial 13 Publicación: Registro Oficial 249
Fecha: 03-feb-1998
NORMAS GENERALES:
2. Todo trabajo que se realice en una instalación eléctrica
se efectuará en presencia y bajo la dirección de un técnico
designado;
3. El personal que realice trabajos en instalaciones
eléctricas dispondrá:
a) Comunicación con el centro de maniobras; y,
b) Vehículo de transporte diseñado de manera que los
materiales, equipos y herramientas vayan
separados del personal.
33. REGLAMENTO DE RIESGOS DE TRABAJO EN INSTALACIONES
ELECTRICAS
Norma: Acuerdo Ministerial 13 Publicación: Registro Oficial 249
Fecha: 03-feb-1998
NORMAS GENERALES:
4. Colocar barreras protectoras o cualquier medio de
señalización eficiente que delimite o indique el lugar de trabajo en
forma clara y completamente visible;
5. En instalaciones sin tensión, se dispondrá de esquemas
de la instalación en los que se indique claramente los puntos de
corte de la corriente;
34. REGLAMENTO DE RIESGOS DE TRABAJO EN INSTALACIONES
ELECTRICAS
Norma: Acuerdo Ministerial 13 Publicación: Registro Oficial 249
Fecha: 03-feb-1998
NORMAS GENERALES:
6. A efectos de seguridad las líneas aéreas montadas sobre
los mismos postes o estructuras, se considerarán como de igual
tensión a la de la más elevada; y,
7. Prohibido retirar los resguardos (candados) de protección
de las celdas de una instalación antes de dejar sin tensión los
aparatos y conductores situados en ellas, así como poner tensión
a dichos aparatos y conductores sin cerrar debidamente la celda
con sus correspondientes resguardos.
41. CONCLUSIONES
Alto porcentaje de accidentes eléctricos de terceros
han sido provocado por la manipulación de varillas de
construcción, alambres, tubos, palos y otros elementos
cerca de las líneas de media tensión.
Para prevenir esto, es necesario que se respeten las
distancias de seguridad entre las edificaciones y otras
instalaciones a las líneas de suministro eléctrico en
media tensión.
42. CONCLUSIONES
Cuando no se puedan alcanzar las distancias de
seguridad, tomar otras previsiones tales como recubrir
las partes activas con aislamiento apropiado o colocar
obstáculos que impidan el contacto accidental con las
partes vivas de la instalación.
La cantidad de deficiencias por incumplimiento de las
distancias de seguridad de las instalaciones de media
tensión a edificaciones es alta y para subsanarlas de
manera preventiva y definitiva, el Estado con el apoyo
de las empresas eléctricas deberán hacer grandes
esfuerzos.
43. CONCLUSIONES
La comunidad en general (Ministerio de
Electricidad y Energía Renovable, CONELEC,
empresas eléctricas distribuidoras, Gobiernos
Autónomos Descentralizados, ciudadanía, etc.)
deberán participar en la mitigación de este
riesgo eléctrico alto, contribuyendo en las
campañas de difusión de la problemática y su
prevención; las municipalidades evitando que
se efectúen construcciones sobre la vía pública.
44.
45.
46.
47. Fotos recebidas sem de fora da Elektro, sem informação da fonte do acidente.
Editor's Notes
El modelo de Bird, se caracteriza por su insistencia, casi obsesiva, en encontrar el origen de los accidentes. De ahí que el modelo en sí se haya construido sobre la base de la pregunta “¿por qué?”, que se vuelve a repetir y a repetir en cuanto se tiene la respuesta a la pregunta anterior. PÉRDIDAS .- Es la valoración, económica y no económica, de todos los distintos efectos (físicos, psicológicos, económicos, legales, funcionales, ambientales, etc.) de los accidentes, que deriven de los daños a las personas y/o daños a los bienes de la empresa, incluido aquellos relacionados con las interrupciones y paralizaciones de procesos. ACCIDENTE .-Depredador tremendo (no debemos darle cabida en el trabajo), resulta del contacto , con un sistema o fuente de energía, por sobre la resistencia del cuerpo o estructura. P.Ejm. Cuando un trabajador de la construcción civil, cae del 8° piso; mientras va cayendo no le pasa nada; el problema es cuando se produce el contacto con el suelo. CAUSAS INMEDIATAS .-No hay efectos, sin causa.Se clasifican en dos grupos: Actos subestándares que provienen de las personas (operar equipos sin autorización, usar equipo defectuosos, no usar E.P.P., bromas pesadas) y condiciones subestándares , que radican en el ambiente físico (E.P.P. Inadecuado, herramientas, equipo o materiales defectuosos, orden y limpieza insuficiente, ventilación inadecuada). Ambos son desviaciones que se producen bajo los estándares establecidos para el desempeño de las personas o condiciones del medio en que se desarrolla la actividad. Son sólo lo síntomas del problema real y se pueden percibir por alguno de nuestros sentidos (una acción indebida de un trabajador, se puede ver; un ruido anormal, se puede escuchar; una vibración se puede palpar; un escape de gas, se puede oler,..). Estas representan las conclusiones típicas de investigaciones tradicionales de accidentes. Todo esfuerzo para eliminarlas directamente son soluciones a corto plazo; dado que, si no se soluciona los problemas en su raíz, vuelven a aparecer frecuentemente.