SlideShare a Scribd company logo
1 of 15

 Las obligaciones divisibles son aquellas en las que se
tiene la posibilidad de cumplimiento parcial sin que
haya alteración o merma de su valor por la división.
(CC 674)
 Las obligaciones indivisibles son aquellas en las que
no existe la posibilidad de fraccionamiento, habiendo
de cumplirse como un todo y sin descomponerse, de
una manera unitaria. (CC 662)
Distinción

Ejemplos:
 No cosechar 2 hectáreas de arroz
 Cuando se debe entregar una vaca
Indivisibles

Ejemplos:
 Cuando se debe pagar 200 000 colones en 4 pagos
 Cuando se ha pactado la entrega de 100 camisas en 2
plazos distintos
Divisibles

Para el acreedor o en la indivisibilidad activa:
 Cada acreedor puede exigir el total de la obligación y
cada deudor será obligado al pago total de ella (CC
664)
 El cumplimiento por cualquiera de los obligados la
extingue respecto de todos, ningún acreedor podrá
remitir la deuda ni recibir el precio sin
consentimiento de los otros
 La indivisibilidad activa pasa a los herederos
 El que recibe el pago deberá liquidar a los demás la
parte que les corresponde
Efectos de la indivisibilidad

Para el deudor o en la indivisibilidad pasiva:
 Cada uno es obligado a satisfacer el todo
 La indivisibilidad se hereda
 La prescripción que opera respecto de uno, opera
respecto de todos
 El cumplimiento de uno extingue respecto de todos
(CC 669)
Efectos de la indivisibilidad

 En ambas hay pluralidad de sujetos
 El pago que hace cualquier deudor extingue la
obligación para todos con respecto al acreedor
 El pago que hace cualquier deudor lo faculta para
cobrar al resto de codeudores la parte proporcional
que le corresponde en la deuda
 El acreedor tiene derecho de elección
 Cada uno de los deudores que han contraído una
obligación indivisible es responsable por el total y en
la solidaria cada uno de los deudores es tenido es sus
relaciones con el acreedor como deudor único de la
prestación total
obligaciones solidarias e
indivisibles

 La solidaridad no da a la obligación el carácter de
indivisible, así como tampoco es solidaria la
obligación por solo ser indivisible. ( CC 663)
¿?

De acuerdo al origen de sus indivisibilidades:
-Indivisibilidad absoluta: Es aquella en que la prestación
recae en una cosa o hecho que por su naturaleza no es
susceptible de división, así por ejemplo quienes deben un
caballo.
-Indivisibilidad relativa o de obligación: Son aquellas en
que la prestación si bien es material o jurídicamente
indivisible, no lo es en cuanto a la obligación en particular,
por ejemplo la que recae sobre una colección o un edificio.
-Indivisibilidad de pago: Es aquella en que a pesar de ser
divisible la obligación, no puede ser pagada por así haberse
estipulado, por ejemplo el que esta obligado a para una
suma de dinero de una vez.
Clasificación de las
obligaciones indivisibles

Clasificación de Dumoulin
 Indivisibilidad absoluta o necesaria
 Indivisibilidad de obligación
 Indivisibilidad de pago
Clasificación de Planiol
 Indivisibilidad real o natural absoluta
 Indivisibilidad real o natural relativa
 Indivisibilidad convencional
Clasificación de Dumoulin y
Planiol

 Indivisibilidad activa: Existe indivisibilidad activa
cuando existe pluralidad de acreedores.
 Indivisibilidad pasiva: Existe indivisibilidad pasiva
cuando existe pluralidad de deudores.
 Indivisibilidad mixta: Existe indivisibilidad mixta
cuando existe pluralidad de deudores y de
acreedores.
Clasificación de la indivisibilidad desde el
punto de vista de los sujetos de la obligación

-Artículo 1533 del Código Civil Chileno
“Si por el hecho o culpa de uno de los deudores de la
obligación indivisible se ha hecho imposible el
cumplimiento de ella, ése sólo será responsable de todos
los perjuicios.”
(Artículo 668 CC Costarricense )
Régimen normativo chileno y
el costarricense
-Artículo 1527 del Código Civil Chileno
“(…) y cada uno de los acreedores de una obligación
indivisible tiene igualmente derecho a exigir el total».
(Articulo 665 del CC Costarricense)
-Artículo 1528 del Código Civil Chileno
“Cada uno de los herederos del que ha contraído una
obligación indivisible es obligado a satisfacerla en el
todo, y cada uno de los herederos del acreedor puede
exigir su ejecución total.”
(Articulo 664 de CC Costarricense)
Similitudes

-Artículo 1530 del Código Civil Chileno
 “Demandado uno de los deudores de la obligación
indivisible, podrá pedir un plazo para entenderse
con los demás deudores a fin de cumplirla entre
todos; a menos que la obligación sea de tal
naturaleza que él sólo pueda cumplirla, pues en tal
caso podrá ser condenado, desde luego, al total
cumplimiento, quedándole a salvo su acción contra
los demás deudores para la indemnización que le
deban.”
 (Articulo 667 CC Costarricense)
Similitudes

GRACIAS

More Related Content

What's hot

Complicaciones que afectan la eficacia de las Obligaciones - Derecho Civil
Complicaciones que afectan la eficacia de las Obligaciones - Derecho CivilComplicaciones que afectan la eficacia de las Obligaciones - Derecho Civil
Complicaciones que afectan la eficacia de las Obligaciones - Derecho Civil
Consulta Jurídica Para Estudiantes
 
Derecho internacional publico (1)
Derecho internacional publico (1)Derecho internacional publico (1)
Derecho internacional publico (1)
Karina Hernandez
 

What's hot (20)

USUFRUCTO.pptx
USUFRUCTO.pptxUSUFRUCTO.pptx
USUFRUCTO.pptx
 
Complicaciones que afectan la eficacia de las Obligaciones - Derecho Civil
Complicaciones que afectan la eficacia de las Obligaciones - Derecho CivilComplicaciones que afectan la eficacia de las Obligaciones - Derecho Civil
Complicaciones que afectan la eficacia de las Obligaciones - Derecho Civil
 
Elementos del contrato
Elementos del contratoElementos del contrato
Elementos del contrato
 
Novacion, Compensacion y Condonacion
Novacion, Compensacion y CondonacionNovacion, Compensacion y Condonacion
Novacion, Compensacion y Condonacion
 
derecho internacional privado
derecho internacional privado derecho internacional privado
derecho internacional privado
 
O° mapa conceptual anita m°sepulveda
O° mapa conceptual anita m°sepulvedaO° mapa conceptual anita m°sepulveda
O° mapa conceptual anita m°sepulveda
 
Obligaciones de dar
Obligaciones de darObligaciones de dar
Obligaciones de dar
 
Derecho Civil Bienes
Derecho Civil BienesDerecho Civil Bienes
Derecho Civil Bienes
 
Modos de adquirir la propiedad
Modos de adquirir la propiedadModos de adquirir la propiedad
Modos de adquirir la propiedad
 
Las Obligaciones
Las Obligaciones Las Obligaciones
Las Obligaciones
 
Bienes mapa
Bienes mapaBienes mapa
Bienes mapa
 
Derecho internacional publico (1)
Derecho internacional publico (1)Derecho internacional publico (1)
Derecho internacional publico (1)
 
La Tradicion 05 - Derecho Civil I
La Tradicion 05 - Derecho Civil ILa Tradicion 05 - Derecho Civil I
La Tradicion 05 - Derecho Civil I
 
Derecho Internacional (diferencias y similitudes)
Derecho Internacional (diferencias y similitudes)Derecho Internacional (diferencias y similitudes)
Derecho Internacional (diferencias y similitudes)
 
Fuentes De Las Obligaciones
Fuentes De Las ObligacionesFuentes De Las Obligaciones
Fuentes De Las Obligaciones
 
Modos de adquirir la propiedad
Modos de adquirir la propiedadModos de adquirir la propiedad
Modos de adquirir la propiedad
 
PLURALIDAD DE LAS OBLIGACIONES
PLURALIDAD DE LAS OBLIGACIONESPLURALIDAD DE LAS OBLIGACIONES
PLURALIDAD DE LAS OBLIGACIONES
 
Derecho de Sucesiones en el Perú (1)
Derecho de Sucesiones en el Perú (1)Derecho de Sucesiones en el Perú (1)
Derecho de Sucesiones en el Perú (1)
 
Invalidez del acto jurídico
Invalidez del acto jurídicoInvalidez del acto jurídico
Invalidez del acto jurídico
 
Mapa conceptual fuentes obligaciones
Mapa conceptual fuentes obligaciones   Mapa conceptual fuentes obligaciones
Mapa conceptual fuentes obligaciones
 

Similar to Obligaciones divisibles e indivisibles

Obligaciones divisibles e indivisibles
Obligaciones divisibles e indivisiblesObligaciones divisibles e indivisibles
Obligaciones divisibles e indivisibles
lvalverdec307
 
Obligaciones divisibles e indivisibles
Obligaciones divisibles e indivisiblesObligaciones divisibles e indivisibles
Obligaciones divisibles e indivisibles
lvalverdec307
 
Obligaciones divisibles e indivisibles
Obligaciones divisibles e indivisiblesObligaciones divisibles e indivisibles
Obligaciones divisibles e indivisibles
lvalverdec307
 
Obligaciones segun el sujeto
Obligaciones segun el sujetoObligaciones segun el sujeto
Obligaciones segun el sujeto
Rogelio Armando
 
ENJ 400 Obligación conjunta e indivisible
ENJ 400 Obligación conjunta e indivisibleENJ 400 Obligación conjunta e indivisible
ENJ 400 Obligación conjunta e indivisible
ENJ
 

Similar to Obligaciones divisibles e indivisibles (20)

Obligaciones divisibles e indivisibles
Obligaciones divisibles e indivisiblesObligaciones divisibles e indivisibles
Obligaciones divisibles e indivisibles
 
Presentacion de-l-grupo-4
Presentacion de-l-grupo-4Presentacion de-l-grupo-4
Presentacion de-l-grupo-4
 
Obligaciones divisibles e indivisibles
Obligaciones divisibles e indivisiblesObligaciones divisibles e indivisibles
Obligaciones divisibles e indivisibles
 
Obligaciones divisibles e indivisibles
Obligaciones divisibles e indivisiblesObligaciones divisibles e indivisibles
Obligaciones divisibles e indivisibles
 
Obligaciones divisibles e indivisibles
Obligaciones divisibles e indivisiblesObligaciones divisibles e indivisibles
Obligaciones divisibles e indivisibles
 
Caracteristicas de las Ubligaciones Alternativas
Caracteristicas de las Ubligaciones AlternativasCaracteristicas de las Ubligaciones Alternativas
Caracteristicas de las Ubligaciones Alternativas
 
Obligaciones y contratos
Obligaciones y contratosObligaciones y contratos
Obligaciones y contratos
 
Tema 14
Tema 14Tema 14
Tema 14
 
Clasificacion de las obligaciones
Clasificacion de las obligacionesClasificacion de las obligaciones
Clasificacion de las obligaciones
 
EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES.
EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES.EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES.
EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES.
 
60733 14-18
60733 14-1860733 14-18
60733 14-18
 
Obligaciones mancomunadas grupo 1 segunda unidad
Obligaciones mancomunadas grupo 1 segunda unidadObligaciones mancomunadas grupo 1 segunda unidad
Obligaciones mancomunadas grupo 1 segunda unidad
 
Civil iii
Civil iiiCivil iii
Civil iii
 
Obligaciones segun el sujeto
Obligaciones segun el sujetoObligaciones segun el sujeto
Obligaciones segun el sujeto
 
CC_obligaciones.pdf
CC_obligaciones.pdfCC_obligaciones.pdf
CC_obligaciones.pdf
 
ENJ 400 Obligación conjunta e indivisible
ENJ 400 Obligación conjunta e indivisibleENJ 400 Obligación conjunta e indivisible
ENJ 400 Obligación conjunta e indivisible
 
Obligaciones en el derecho-civil
Obligaciones en el derecho-civilObligaciones en el derecho-civil
Obligaciones en el derecho-civil
 
Efectos de la Obligaciones 2
Efectos de la Obligaciones 2Efectos de la Obligaciones 2
Efectos de la Obligaciones 2
 
Diapositivas obligaciones
Diapositivas obligacionesDiapositivas obligaciones
Diapositivas obligaciones
 
Diapositivas obligaciones
Diapositivas obligacionesDiapositivas obligaciones
Diapositivas obligaciones
 

More from Jeank

Novación,confusión y remisión
Novación,confusión y remisiónNovación,confusión y remisión
Novación,confusión y remisión
Jeank
 
Pago por compensación
Pago por compensaciónPago por compensación
Pago por compensación
Jeank
 
Unit 2 presentación
Unit 2 presentaciónUnit 2 presentación
Unit 2 presentación
Jeank
 
Fracture
FractureFracture
Fracture
Jeank
 
My favorite movie
My favorite movieMy favorite movie
My favorite movie
Jeank
 
Debate
DebateDebate
Debate
Jeank
 
Derecho de retención
Derecho de  retenciónDerecho de  retención
Derecho de retención
Jeank
 
Law firm mena sequeira
Law firm mena sequeiraLaw firm mena sequeira
Law firm mena sequeira
Jeank
 
The engagement ring
The engagement ringThe engagement ring
The engagement ring
Jeank
 
Cristiano ronaldo
Cristiano ronaldoCristiano ronaldo
Cristiano ronaldo
Jeank
 

More from Jeank (10)

Novación,confusión y remisión
Novación,confusión y remisiónNovación,confusión y remisión
Novación,confusión y remisión
 
Pago por compensación
Pago por compensaciónPago por compensación
Pago por compensación
 
Unit 2 presentación
Unit 2 presentaciónUnit 2 presentación
Unit 2 presentación
 
Fracture
FractureFracture
Fracture
 
My favorite movie
My favorite movieMy favorite movie
My favorite movie
 
Debate
DebateDebate
Debate
 
Derecho de retención
Derecho de  retenciónDerecho de  retención
Derecho de retención
 
Law firm mena sequeira
Law firm mena sequeiraLaw firm mena sequeira
Law firm mena sequeira
 
The engagement ring
The engagement ringThe engagement ring
The engagement ring
 
Cristiano ronaldo
Cristiano ronaldoCristiano ronaldo
Cristiano ronaldo
 

Obligaciones divisibles e indivisibles

  • 1.
  • 2.   Las obligaciones divisibles son aquellas en las que se tiene la posibilidad de cumplimiento parcial sin que haya alteración o merma de su valor por la división. (CC 674)  Las obligaciones indivisibles son aquellas en las que no existe la posibilidad de fraccionamiento, habiendo de cumplirse como un todo y sin descomponerse, de una manera unitaria. (CC 662) Distinción
  • 3.  Ejemplos:  No cosechar 2 hectáreas de arroz  Cuando se debe entregar una vaca Indivisibles
  • 4.  Ejemplos:  Cuando se debe pagar 200 000 colones en 4 pagos  Cuando se ha pactado la entrega de 100 camisas en 2 plazos distintos Divisibles
  • 5.  Para el acreedor o en la indivisibilidad activa:  Cada acreedor puede exigir el total de la obligación y cada deudor será obligado al pago total de ella (CC 664)  El cumplimiento por cualquiera de los obligados la extingue respecto de todos, ningún acreedor podrá remitir la deuda ni recibir el precio sin consentimiento de los otros  La indivisibilidad activa pasa a los herederos  El que recibe el pago deberá liquidar a los demás la parte que les corresponde Efectos de la indivisibilidad
  • 6.  Para el deudor o en la indivisibilidad pasiva:  Cada uno es obligado a satisfacer el todo  La indivisibilidad se hereda  La prescripción que opera respecto de uno, opera respecto de todos  El cumplimiento de uno extingue respecto de todos (CC 669) Efectos de la indivisibilidad
  • 7.   En ambas hay pluralidad de sujetos  El pago que hace cualquier deudor extingue la obligación para todos con respecto al acreedor  El pago que hace cualquier deudor lo faculta para cobrar al resto de codeudores la parte proporcional que le corresponde en la deuda  El acreedor tiene derecho de elección  Cada uno de los deudores que han contraído una obligación indivisible es responsable por el total y en la solidaria cada uno de los deudores es tenido es sus relaciones con el acreedor como deudor único de la prestación total obligaciones solidarias e indivisibles
  • 8.   La solidaridad no da a la obligación el carácter de indivisible, así como tampoco es solidaria la obligación por solo ser indivisible. ( CC 663) ¿?
  • 9.  De acuerdo al origen de sus indivisibilidades: -Indivisibilidad absoluta: Es aquella en que la prestación recae en una cosa o hecho que por su naturaleza no es susceptible de división, así por ejemplo quienes deben un caballo. -Indivisibilidad relativa o de obligación: Son aquellas en que la prestación si bien es material o jurídicamente indivisible, no lo es en cuanto a la obligación en particular, por ejemplo la que recae sobre una colección o un edificio. -Indivisibilidad de pago: Es aquella en que a pesar de ser divisible la obligación, no puede ser pagada por así haberse estipulado, por ejemplo el que esta obligado a para una suma de dinero de una vez. Clasificación de las obligaciones indivisibles
  • 10.  Clasificación de Dumoulin  Indivisibilidad absoluta o necesaria  Indivisibilidad de obligación  Indivisibilidad de pago Clasificación de Planiol  Indivisibilidad real o natural absoluta  Indivisibilidad real o natural relativa  Indivisibilidad convencional Clasificación de Dumoulin y Planiol
  • 11.   Indivisibilidad activa: Existe indivisibilidad activa cuando existe pluralidad de acreedores.  Indivisibilidad pasiva: Existe indivisibilidad pasiva cuando existe pluralidad de deudores.  Indivisibilidad mixta: Existe indivisibilidad mixta cuando existe pluralidad de deudores y de acreedores. Clasificación de la indivisibilidad desde el punto de vista de los sujetos de la obligación
  • 12.  -Artículo 1533 del Código Civil Chileno “Si por el hecho o culpa de uno de los deudores de la obligación indivisible se ha hecho imposible el cumplimiento de ella, ése sólo será responsable de todos los perjuicios.” (Artículo 668 CC Costarricense ) Régimen normativo chileno y el costarricense
  • 13. -Artículo 1527 del Código Civil Chileno “(…) y cada uno de los acreedores de una obligación indivisible tiene igualmente derecho a exigir el total». (Articulo 665 del CC Costarricense) -Artículo 1528 del Código Civil Chileno “Cada uno de los herederos del que ha contraído una obligación indivisible es obligado a satisfacerla en el todo, y cada uno de los herederos del acreedor puede exigir su ejecución total.” (Articulo 664 de CC Costarricense) Similitudes
  • 14.  -Artículo 1530 del Código Civil Chileno  “Demandado uno de los deudores de la obligación indivisible, podrá pedir un plazo para entenderse con los demás deudores a fin de cumplirla entre todos; a menos que la obligación sea de tal naturaleza que él sólo pueda cumplirla, pues en tal caso podrá ser condenado, desde luego, al total cumplimiento, quedándole a salvo su acción contra los demás deudores para la indemnización que le deban.”  (Articulo 667 CC Costarricense) Similitudes