Ojito con la factura de la luz: Penalizaciones por consumo estimado
1. Mucho ojo, esto, por lo que observo, tiene visos de autenticidad.... y
conviene estar al tanto
OJO, ESTO ES IMPOTANTE PARA NUESTROS BOLSILLOS.
Asunto: Fw: ojito con la factura de la luz
Subject: ojito con la factura de la luz
No es coña
MÁXIMA DIFUSIÓN
Como ya habreis visto en la facturación de las diferentes compañías eléctricas,
según el BOE de fecha 31/12/2008 donde se detallan las nuevas tarifas eléctricas
para 2009, aparece un pequeño detalle con el cúal hay que tener mucho
cuidado:**
* A parte de que la factura pasa de ser bimensual a mensual, existe
una penalización por quot;consumo excedidoquot; de potencia al mes, fijando el tope en
500 KWH. Todo aquel consumo mensual que exceda de esta cantidad, llevará una
penalización (lo sé en mis propias carnes). Ahora viene lo bueno, la lectura antaño
se hacía bimensual y real, esto es, un empleado venía a nuestro domicilio a leer el
contador. A partir de ahora, los meses impares (enero, marzo, mayo..... etc)
seguirá igual, viniendo el operario a casa a leer el consumo del contador, pero los
meses pares (febrero, abril.... etc) la lectura será ESTIMADA, osea, que ellos se
supone que hacen un cálculo y ponen en esos meses la lectura que creen ellos que
llevamos. Pues bien, esta ESTIMACIÓN, siempre la hacen a la baja, con objeto de
que al mes siguiente que llega la lectura REAL por parte del currito de turno
(suelen ser contratas las que realizan la lectura), siempre habrá una diferencia de
la estimación por debajo de lo que realmente consumimos en ese mes, y al mes
siguiente es cuando nos meten lo que no pagamos del mes anterior mas la lectura
real. Todo esto conlleva a que el mes que nos hagan la lectura real, nuestro
consumo mensual sea mayor en muchas ocasiones a esos 500 KWH, pudiendo
así penalizarnos por consumo excesivo en el mes real quot;Xquot; KWH. La única
solución que veo al asunto, es dar nosotros la lectura a la compañía el
mes que toque la estimación.
------------------------------------
Con Endesa podemos registrarnos en
****www.endesaonline.com** <http://www.endesaonline.com/>** y dar
>> nosotros mismos la lectura.
Con Iberdrola también en
>> http://www.iberdrola.es/webibd/corporativa/iberdrola?
Desconozco con otras compañías si es posible.**