1. NORMAS DE RECEPCIÓN DENORMAS DE RECEPCIÓN DE
DOCUMENTOSDOCUMENTOS
Directiva General Nº 008-2011-ANA-J-OA “Normas para la recepción Documental
en las Ventanillas de Trámite Documentario de la Autoridad Nacional del Agua”
Estudiante:Estudiante: Jared Oscanoa YantasJared Oscanoa Yantas
Carrera:Carrera: Ingenieria SistemasIngenieria Sistemas
2. FINALIDADFINALIDAD
Normar el proceso de racionalización deNormar el proceso de racionalización de
las acciones especificas de recepción,las acciones especificas de recepción,
clasificación, registro, distribución yclasificación, registro, distribución y
control de la documentación que secontrol de la documentación que se
tramita en las ventanilla de tramitetramita en las ventanilla de tramite
documentario de la Autoridad Nacional deldocumentario de la Autoridad Nacional del
Agua”Agua”
3. NORMASNORMAS
5.1 La numeración de los documentos5.1 La numeración de los documentos
empezará el primer día útil del año en formaempezará el primer día útil del año en forma
correlativa, del 1 hasta la que alcance el últimocorrelativa, del 1 hasta la que alcance el último
día del mismo año.día del mismo año.
5.2 El documento y/o expediente administrativo5.2 El documento y/o expediente administrativo
empezará con el primer escrito del interesado oempezará con el primer escrito del interesado o
con la orden del funcionario cuando se inicie decon la orden del funcionario cuando se inicie de
oficio, y se seguiran agregando al expediente enoficio, y se seguiran agregando al expediente en
orden cronológico cuidando de formar con todosorden cronológico cuidando de formar con todos
un solo cuerpo documental.un solo cuerpo documental.
4. 5.8 Todo documento presentado en la Ventanilla5.8 Todo documento presentado en la Ventanilla
de recepción debe encontrarse acompañado dede recepción debe encontrarse acompañado de
una copia similar y legible, dicha copia debe seruna copia similar y legible, dicha copia debe ser
considerada como cargo y devuelta alconsiderada como cargo y devuelta al
administrado conteniendo impreso el sello deadministrado conteniendo impreso el sello de
recepción institucional.recepción institucional.
El sello de recepción debe contener lo siguiente:El sello de recepción debe contener lo siguiente:
fecha, hora y lugar de recepción, firma delfecha, hora y lugar de recepción, firma del
personal que lo recibió, numero de folios ypersonal que lo recibió, numero de folios y
código de trámite documentario.código de trámite documentario.
5. RECEPCIÓN DERECEPCIÓN DE
DOCUMENTOSDOCUMENTOS
Todo escrito que se presente en laTodo escrito que se presente en la
Ventanilla de Trámite Documentario de laVentanilla de Trámite Documentario de la
ANA, debe contener los requisitosANA, debe contener los requisitos
establecidosestablecidos en el artículo 113º de la Leyen el artículo 113º de la Ley
del Procedimiento Administrativo Generaldel Procedimiento Administrativo General
Nº 27444Nº 27444, así como, debe encontrarse, así como, debe encontrarse
completamentecompletamente foliado en todas sus hojasfoliado en todas sus hojas
por el administradopor el administrado..
6. Artículo 113.- Requisitos de losArtículo 113.- Requisitos de los
escritosescritos
Todo escrito que se presente ante cualquier entidadTodo escrito que se presente ante cualquier entidad
debe contener lo siguiente:debe contener lo siguiente:
1.1. Nombres y apellidos completos, domicilio y número deNombres y apellidos completos, domicilio y número de
Documento Nacional de Identidad o carné de extranjeríaDocumento Nacional de Identidad o carné de extranjería
del administrado, y en su caso, la calidad dedel administrado, y en su caso, la calidad de
representante y de la persona a quien represente.representante y de la persona a quien represente.
2.2. La expresión concreta de lo pedido, los fundamentos deLa expresión concreta de lo pedido, los fundamentos de
hecho que lo apoye y, cuando le sea posible, los dehecho que lo apoye y, cuando le sea posible, los de
derecho.derecho.
3.3. Lugar, fecha, firma o huella digital, en caso de no saberLugar, fecha, firma o huella digital, en caso de no saber
firmar o estar impedido.firmar o estar impedido.
4.4. La indicación del órgano, la entidad o la autoridad a laLa indicación del órgano, la entidad o la autoridad a la
cual es dirigida, entendiéndose por tal, en lo posible, a lacual es dirigida, entendiéndose por tal, en lo posible, a la
autoridad de grado más cercano al usuario, según laautoridad de grado más cercano al usuario, según la
jerarquía, con competencia para conocerlo y resolverlo.jerarquía, con competencia para conocerlo y resolverlo.
7. 5.5. La dirección del lugar donde se desea recibirLa dirección del lugar donde se desea recibir
las notificaciones del procedimiento, cuandolas notificaciones del procedimiento, cuando
sea diferente al domicilio real expuesto ensea diferente al domicilio real expuesto en
virtud del numeral 1. Este señalamiento devirtud del numeral 1. Este señalamiento de
domicilio surte sus efectos desde su indicacióndomicilio surte sus efectos desde su indicación
y es presumido subsistente, mientras no seay es presumido subsistente, mientras no sea
comunicado expresamente su cambio.comunicado expresamente su cambio.
6.6. La relación de los documentos y anexos queLa relación de los documentos y anexos que
acompaña, indicados en el TUPA.acompaña, indicados en el TUPA.
7.7. La identificación del expediente de la materia,La identificación del expediente de la materia,
tratándose de procedimientos ya iniciados.tratándose de procedimientos ya iniciados.
Artículo 113.- Requisitos de losArtículo 113.- Requisitos de los
escritosescritos
8. REPRESENTACIÓN DELREPRESENTACIÓN DEL
ADMINISTRADOADMINISTRADO
Cuando el documento y/o expediente seaCuando el documento y/o expediente sea
presentado por representante, se debe verificarpresentado por representante, se debe verificar
que dicha representación haya sido otorgadaque dicha representación haya sido otorgada
por el administrado de acuerdo a las reglaspor el administrado de acuerdo a las reglas
establecidas en el artículo 115º de la Ley delestablecidas en el artículo 115º de la Ley del
Procedimiento Administrativo General Nº 27444.Procedimiento Administrativo General Nº 27444.
El otorgamiento de representación no impide laEl otorgamiento de representación no impide la
intervención del propio administrado cuando lointervención del propio administrado cuando lo
considere pertinente, ni el cumplimiento por ésteconsidere pertinente, ni el cumplimiento por éste
de las obligaciones que exijan sude las obligaciones que exijan su
comparecencia personalcomparecencia personal
9. OBSERVACIÓNOBSERVACIÓN
DOCUMENTAL -DOCUMENTAL -
INCUMPLIMIENTO DEL ART.INCUMPLIMIENTO DEL ART.
113113
Los documentos que no cumplan con los requisitosLos documentos que no cumplan con los requisitos
establecidos en el artículo 113° de la Ley N° 27444,establecidos en el artículo 113° de la Ley N° 27444,
deberán serdeberán ser recibidos por la Ventanilla de Trámiterecibidos por la Ventanilla de Trámite
Documentario colocando el sello de subsanaciónDocumentario colocando el sello de subsanación
documentaldocumental (Anexo N° 02) de manera adicional al(Anexo N° 02) de manera adicional al
sello de recepción, en el original y cargo delsello de recepción, en el original y cargo del
documento, el cual será firmado por el interesado endocumento, el cual será firmado por el interesado en
señal de conformidadseñal de conformidad..
10. SELLO DE SUBSANACIÓNSELLO DE SUBSANACIÓN
DOCUMENTALDOCUMENTAL
En el sello de subsanación documental deberá consignarseEn el sello de subsanación documental deberá consignarse
expresamente laexpresamente la relación de los documentos faltantes, larelación de los documentos faltantes, la
firma de la persona que recibe el documento, y la firma delfirma de la persona que recibe el documento, y la firma del
administrado o persona que presenta el documento, asíadministrado o persona que presenta el documento, así
como, el otorgamiento del plazo de (2) dos días hábiles alcomo, el otorgamiento del plazo de (2) dos días hábiles al
administrado para la subsanación de las observacionesadministrado para la subsanación de las observaciones
advertidasadvertidas, bajo apercibimiento de, bajo apercibimiento de tenerse por notenerse por no
presentada su solicitud en caso de omitir supresentada su solicitud en caso de omitir su
subsanaciónsubsanación, de acuerdo a lo establecido por el artículo, de acuerdo a lo establecido por el artículo
125º de la citada Ley.125º de la citada Ley.
12. TRAMITACIÓN DE LOSTRAMITACIÓN DE LOS
DOCUMENTOSDOCUMENTOS
OBSERVADOSOBSERVADOS
Los documentos incompletos recibidos enLos documentos incompletos recibidos en
cumplimiento del artículo 125º de la Ley delcumplimiento del artículo 125º de la Ley del
Procedimiento Administrativo General Nº 27444,Procedimiento Administrativo General Nº 27444,
deberán ser únicamente registrados en el Sistemadeberán ser únicamente registrados en el Sistema
de Trámite Documentario (STD) inmediatamentede Trámite Documentario (STD) inmediatamente
después de su recepción,después de su recepción, sin proceder a realizarsin proceder a realizar
su derivación al área que corresponde atenderlossu derivación al área que corresponde atenderlos
hasta que el administrado cumpla con presentarhasta que el administrado cumpla con presentar
los documentos faltantes en el plazo otorgado paralos documentos faltantes en el plazo otorgado para
su subsanaciónsu subsanación..
13. PRODUCIDA LAPRODUCIDA LA
SUBSANACIÓNSUBSANACIÓN
De producirse la subsanación, laDe producirse la subsanación, la
Ventanilla de Trámite DocumentarioVentanilla de Trámite Documentario
deberá realizar su inmediata derivacióndeberá realizar su inmediata derivación
considerando como fecha de su ingreso laconsiderando como fecha de su ingreso la
fecha inicial de su recepción y no la fechafecha inicial de su recepción y no la fecha
de su subsanaciónde su subsanación. El plazo que vence. El plazo que vence
para su atención, deberá consignarsepara su atención, deberá consignarse
expresamente en la Hoja de Envío.expresamente en la Hoja de Envío.
14. DE NO PRODUCIRSE LADE NO PRODUCIRSE LA
SUBSANACIÓNSUBSANACIÓN
En caso contrario, deberá registrarse elEn caso contrario, deberá registrarse el
documento observado como “NOdocumento observado como “NO
PRESENTADO”, devolviéndole alPRESENTADO”, devolviéndole al
administrado los documentos presentadosadministrado los documentos presentados
y el monto de los derechos de tramitacióny el monto de los derechos de tramitación
que hubiese abonado.que hubiese abonado.
15. VERIFICACIÓNVERIFICACIÓN
DOCUMENTAL DE LADOCUMENTAL DE LA
OFICINA COMPETENTEOFICINA COMPETENTE
Si la documentación presentada no se ajusta aSi la documentación presentada no se ajusta a
lo requerido impidiendo la continuación dello requerido impidiendo la continuación del
procedimiento, lo cual por su naturaleza noprocedimiento, lo cual por su naturaleza no
pudo ser advertido por la Ventanilla de Trámitepudo ser advertido por la Ventanilla de Trámite
Documentario al momento de su presentación,Documentario al momento de su presentación,
así como si resultara necesaria una actuaciónasí como si resultara necesaria una actuación
del administrado para continuar con eldel administrado para continuar con el
procedimiento,procedimiento, la oficina competente de realizarla oficina competente de realizar
su atención, por única vez, deberá emplazarsu atención, por única vez, deberá emplazar
inmediatamente al administrado, a fin de queinmediatamente al administrado, a fin de que
realice la subsanación correspondienterealice la subsanación correspondiente..
16. OFICIO DE REQUERIMIENTOOFICIO DE REQUERIMIENTO
DE SUBSANACIONDE SUBSANACION
DOCUMENTALDOCUMENTAL
En elEn el Oficio de subsanación documental el áreaOficio de subsanación documental el área
competente deberá consignarse expresamentecompetente deberá consignarse expresamente
lala relación de los documentos faltantesrelación de los documentos faltantes , y, y
el otorgamiento del plazo de (2) dos díasel otorgamiento del plazo de (2) dos días
hábiles al administrado para lahábiles al administrado para la
subsanación de las observacionessubsanación de las observaciones
advertidasadvertidas, bajo apercibimiento de, bajo apercibimiento de declarardeclarar
su solicitud en ABANDONOsu solicitud en ABANDONO ..
17. DECLARACIÓN DEDECLARACIÓN DE
ABANDONOABANDONO
En los procedimientos iniciados a solicitud deEn los procedimientos iniciados a solicitud de
parte, cuando el administrado incumpla algúnparte, cuando el administrado incumpla algún
trámite que le hubiera sido requerido quetrámite que le hubiera sido requerido que
produzca la paralización por treinta días, laproduzca la paralización por treinta días, la
autoridad de oficio o a solicitud del administradoautoridad de oficio o a solicitud del administrado
declarará el abandono del procedimiento. Dichadeclarará el abandono del procedimiento. Dicha
resolución deberá ser notificada y contra ella seresolución deberá ser notificada y contra ella se
procederán los recursos administrativosprocederán los recursos administrativos
pertinentes.pertinentes.
18. Artículo 132.- Plazos máximos para
realizar actos procedimentales
A falta de plazo establecido por ley expresa, las actuaciones deben
producirse dentro de los
siguientes:
1. Para recepción y derivación de un escrito a la unidad
competente: dentro del mismo día de
su presentación.
2. Para actos de mero trámite y decidir peticiones de ese carácter:
en tres días.
3. Para emisión de dictámenes, peritajes, informes y similares:
dentro de siete días después
de solicitados; pudiendo ser prorrogado a tres días más si la
diligencia requiere el traslado fuera
de su sede o la asistencia de terceros.
4. Para actos de cargo del administrado requeridos por la autoridad,
como entrega de información, respuesta a las cuestiones sobre las
cuales deban pronunciarse: dentro de los diez
días de solicitados.
19. Artículo 133.- Inicio de cómputo
133.1 El plazo expresado en días es contado a partir del
día hábil siguiente de aquel en que
se practique la notificación o la publicación del acto,
salvo que éste señale una fecha posterior, o
que sea necesario efectuar publicaciones sucesivas, en
cuyo caso el cómputo es iniciado a partir
de la última.
20. Gracias por su atenciónGracias por su atención
Oficina de AdministraciónOficina de Administración
Unidad de Archivo y Trámite DocumentarioUnidad de Archivo y Trámite Documentario
Jared Oscanoa YantasJared Oscanoa Yantas
Email: hairo_26@Outlook.comEmail: hairo_26@Outlook.com