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TEORIA DEL ACTO
DE COMERCIO Y
COMERCIANTE
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
DERECHO MERCANTIL
“SISTEMA DE NORMAS JURÍDICAS QUE
DETERMINAN SU CAMPO DE APLICACIÓN
MEDIANTE LA CALIFICACIÓN DE
MERCANTILES DADA A CIERTOS ACTOS,
REGULAN ESTOS, Y LA PROFESIÓN DE
QUIENES SE DEDICAN A CELEBRARLOS”
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
DERECHO
MERCANTIL
Rama del derecho privado que regula los actos
de comercio, el estado de los comerciantes, las
cosas mercantiles y la organización y
explotación de la empresa mercantil.
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
Origen del comercio
Intercambio de bienes
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
Derecho del comercio
Aparición del comercio
Surgimiento del derecho mercantil
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
Derecho del
comercio
Surge no como sistema, sino como
 Normas aisladas
Eminentemente privadas
Normas subjetivas
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
LAS LEYES RODIAS
• LEY DE NAVEGACION Y COMERCIO
MARITIMO
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
DISTINCION ENTRE
DERECHO CIVIL Y
MERCANTILM. en C. josé Angel Cú Tinoco
El derecho mercantil en la Edad
Media
• CARACTERES DEL DERECHO
MERCANTIL MEDIEVAL:
• Se originan instituciones
contemporáneas tales como:
REGISTRO DE COMERCIO
SOCIEDADES MERCANTILES
LETRA DE CAMBIO, ETC.
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
El derecho mercantil en la Edad
Media
• Resurge en las Cruzadas.
• Nacen los GREMIOS, que consistían
en:
 Agrupaciones de personas
 Dedicadas a la misma actividad
 Para la protección y defensa de sus intereses comunes
Los gremios de comerciantes establecieron tribunales
encargados de dirimir controversias entre sus miembros, sin las
formalidades del procedimiento y utilizando usos y costumbres
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
SURGIMIENTO DEL DERECHO
MERCANTIL EN LA EDAD
MEDIA
• SURGE A CONSECUENCIA DE CRUZADAS
• INTERCAMBIO DE PRODUCTOS EN PAISES
EUROPEOS
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
LOS GREMIOS
• ESTABLECEN TRIBUNALES ENCARGADOS DE
DIRIMIR CONTROVERSIAS
• APLICAR DERECHO DEACUERDO A LOS USOS Y COSTUMBRES
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
Código de comercio
francés, 1808.
• Rompe con el modelo subjetivo, esto es, de
considerar el derecho mercantil atendiendo a las
personas que celebran el acto de comercio,
implementando un sistema predominantemente
OBJETIVO.
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
CODIGO DE COMERCIO
FRANCES
• OBJETIVO: REALIZAR ACTOS DE
COMERCIO
• LO QUE DETERMINA LA COMPETENCIA DE
JUZGADOS MERCANTILES
• APLICACIÓN DEL CODIGO
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PRINCIPIOS DE LA
CODIFICACION
MERCANTIL.
• Carácter nacionalista
• Predominio del derecho escrito sobre la costumbre
• Usos comerciales
• Estatismo que se manifestó tanto en el poder
legislativo al crear normas mercantiles como en el
surgimiento del derecho económico
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
ANTECEDENTES EN MÉXICO
• LA UNIVERSIDAD:
En la Nueva España, hacia 1581, los comerciantes de la
ciudad de México constituyeron una institución
jurídico-mercantil para la protección de sus intereses.
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
EL DERECHO MERCANTIL EN
EL MEXICO INDEPENDIENTE
• ORDENANZAS DE BILBAO
• LEYES MERCANTILES MEXICANAS
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
ANTECEDENTES EN MÉXICO
• CÓDIGO LARES:
Por órdenes del presidente Santa Anna, en 1854 se crea
el primer código mexicano
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
ACTUALMENTE…
• Rige el código promulgado en 1890 por el presidente
Porfirio Díaz.
• La legislación es de carácter FEDERAL
• Para considerar a un negocio jurídico como mercantil hay
que observar predominantemente la naturaleza jurídica,
calificar caracteres intrínsecos del acto, es de observarse
un sistema OBJETIVO.
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
DESCODIFICACIÓN
• Es un principio, se caracteriza por la formulación de leyes
nuevas y modernas al margen de los Códigos de Comercio.
• VARIANTES DE LA DESCODIFICACION:
a) Derogando disposiciones del viejo Código atribuyendo las
porciones derogadas a otras leyes; POR EJEMPLO, SERÁ
DEROGATORIA UNA NORMA PREVISTA EN LA
LEY GENERAL DE TÍTULOS Y OPERACIONES
DE CRÉDITO RESPECTO DEL CÓDIGO DE
COMERCIO
b) Mediante leyes que regulan materias no comprendidas en
dicho código, ya que no se encontraban desde el principio
en éste.
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
LA DESCRIPCIÓN Y ESQUEMA DEL
CONJUNTO DE LEYES QUE
REGULAN LA MATERIA MERCANTIL.
• Código de Comercio
• Ley General de Sociedades Mercantiles
• Ley General de Sociedades Cooperativas
• Ley de Títulos y operaciones de crédito
• Ley de Concursos Mercantiles
• Ley de la Propiedad Industrial
• Ley Federal del Derecho de Autor
• Ley Federal de Correduría Pública
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
LEYES QUE REGULAN LA
MATERIA MERCANTIL
• Ley sobre el contrato de Seguro
• Ley de Navegación y comercio marítimo
• Ley de Puertos
• Ley Federal de Competencia Económica
• Ley de Cámaras Industriales y sus confederaciones
• Ley Federal de Protección al Consumidor
• Ley General de Sociedades Extranjeras
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LEYES QUE REGULAN LA
MATERIA MERCANTIL
• Ley de Inversión extranjera
• Ley de instituciones de crédito
• Ley del Banco de México
• Ley de sociedades de inversión
• Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de
Valores
• OTRAS LEYES Y REGLAMENTOS…
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ACTO DE COMERCIO
 Se encuentran señalados en el artículo 75 del
Código de Comercio.
 El acto de comercio es una variedad del acto o
negocio jurídico y sus elementos son:
a) Objeto
b) Causa o finalidad
c) Formalidades.
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
CLASIFICACI
ÓN DE
ARCANGELI
ACTO DE COMERCIO
1.- ABSOLUTAMENTE1.- ABSOLUTAMENTE
MERCANTILESMERCANTILES
2.- RELATIVAMENTE2.- RELATIVAMENTE
MERCANTILESMERCANTILES
a) Actos que responden aa) Actos que responden a
la nociónla noción
económica deleconómica del
comerciocomercio
b) Actos realizados porb) Actos realizados por
las empresaslas empresas
c) Actos que sec) Actos que se
relacionan conrelacionan con
otros actos deotros actos de
comerciocomercio
d) Actos que se refierend) Actos que se refieren
a un ejercicioa un ejercicio
profesionalprofesional
SIEMPRE Y NECESARIAMENTESIEMPRE Y NECESARIAMENTE
ESTÁN REGIDOS POR EL DERECHOESTÁN REGIDOS POR EL DERECHO
MERCANTILMERCANTIL
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
CLASIFICACION DE LOS ACTOS DE
COMERCIO SEGÚN JORGE BARRERA
GRAF
ACTOS
PRINCIPALES
Adquieren
dicho carácter en función de los elementos del acto jurídico
a)a) Por el sujeto, por ejemplo,Por el sujeto, por ejemplo,
obligaciones entreobligaciones entre
comerciantes y banqueroscomerciantes y banqueros
b)b) Porque su objeto recaiga enPorque su objeto recaiga en
una cosa mercantiluna cosa mercantil
c)c) Por su finalidadPor su finalidad
d)d) Por la forma que deben dePor la forma que deben de
revestirrevestirM. en C. josé Angel Cú Tinoco
CLASIFICACION DE LOS
ACTOS DE COMERCIO SEGÚN
JORGE BARRERA GRAF
Actos
accesorios
o conexos
Serán mercantiles siempre y
cuando lo sea el principal
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
ACTO MIXTO
• El artículo 1050 del Código de Comercio:
“CUANDO CONFORME A LAS DISPOSICIONES
MERCANTILES PARA UNA DE LAS PARTES
QUE INTERVIENEN EN UN ACTO, ÉSTE
TENGA NATURALEZA COMERCIAL Y PARA
LA OTRA TENGA NATURALEZA CIVIL, LA
CONTROVERSIA SE REGIRÁ POR LAS LEYES
MERCANTILES”
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
ACTO MIXTO
•¿En caso de duda?
R.- La naturaleza comercial del
acto será fijada por el arbitrio
judicial
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
ACTO UNILATERAL, BI Y
PLURILATERAL
• ACTO UNILATERAL: aquellos que
por su naturaleza realiza un individuo
sin que tenga contraparte, por ejemplo
cheque al portador
• BI O PLURILATERAL: participan en
éste, dos o más personas.
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
NO SE CONSIDERA ACTO DE
COMERCIO…
• LA COMPRA DE ARTÍCULOS O
MERCADERÍAS PARA SU USO O CONSUMO, O
LOS DE SU FAMILIA, HAGAN LOS
COMERCIANTES, NI LAS REVENTAS
HECHAS POR LOS OBREROS, CUANDO
ELLAS FUEREN CONSECUENCIA NATURAL
DE LA PRÁCTICA DE SU OFICIO.
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
SISTEMAS PARA
DETERMINAR AL ACTO DE
COMERCIO
 OBJETIVO: califica sus caracteres
intrínsecos, cualquiera que sea el sujeto que
lo realice.
 SUBJETIVO: atiende a quien lo realice
 MIXTO: contiene elementos de ambas
visiones
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
• I. Todas las adquisiciones, enajenaciones y alquileres
verificados con propósito de especulación comercial,
de mantenimientos, artículos, muebles o mercaderías,
sean en estado natural, sean después de trabajados o
labrados;
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
•II. las compras y ventas de
inmuebles, cuando se hagan con
dicho propósito de
especulación comercial;
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
•III. las compras y ventas de
porciones, acciones y
obligaciones de las
sociedades mercantiles;
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
IV. los contratos relativos a
obligaciones del Estado u
otros títulos de corrientes en el
comercio:
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
• V. las empresas de abastecimientos y suministros;
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
•VI. las empresas de
construcciones y trabajos
públicos y privados.
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
• VI. las empresas de fábricas y manufacturas;
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
•VIII. las empresas de
transportes de personas o
cosas, por tierra o por agua;
y las empresas de turismo;
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
• IX. las librerías, y las empresas editoriales y
tipográficas;
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
•X. las empresas de comisiones,
de agencias, de oficinas de
negocios comerciales, casas de
empeño y establecimientos de
ventas en pública almoneda;
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
•XI. las empresas de
espectáculos públicos;
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
•XII. las operaciones de
comisión mercantil.;
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
• XIII. las operaciones de
mediación en
negociación mercantiles;
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
•XIV. las operaciones de
bancos;
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
•XV. todos los contratos
relativos al comercio marítimo y
a la navegación interior o
exterior
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
•XVI. los contratos de seguro
de toda especie, siempre que
sean hechos por empresas;
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
•XVII. los depósitos por
causa de comercio;
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
•XVIII. los depósitos en
almacenes generales y todas las
operaciones hechas sobre los
certificados de depósito y
bonos de prenda librados por
los mismos;
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
•XIX. los cheques, letras de
cambio o remesas de dinero
de una plaza a otra, entre
toda clase de personas;
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
•XX. los valores u otros títulos
a la orden o al portador, y las
obligaciones de los
comerciantes, a no ser que se
pruebe que se derivan de una
causa extraña al comercio;
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
•XXI. las obligaciones entre
comerciantes y banqueros, si
no son de naturaleza
esencialmente civil;
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
•XXII. los contratos y
obligaciones de los empleados
de los comerciantes en lo que
concierne al comercio del
negociante que los tiene a su
servicio;
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
•XXIII. la enajenación que el
propietario o el cultivador
hagan de los productos de su
finca o de su cultivo;
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
XXIV. Las operacionesXXIV. Las operaciones
contenidas en la ley general decontenidas en la ley general de
títulos y operaciones de crédito.títulos y operaciones de crédito.
Xxv. Cualesquiera otros actosXxv. Cualesquiera otros actos
de naturaleza análoga a losde naturaleza análoga a los
expresados en este código.expresados en este código.
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
 En virtud de que nuestro sistema es mixto, son de considerarse
adicionalmente a personas no comerciantes bajo la tutela de la ley mercantil
 El artículo 4 del Código de Comercio indica:
“LAS PERSONAS QUE ACCIDENTAMENTE CON O SIN
ESTABLECIMIENTO FIJO, HAGAN ALGUNA
OPERACIÓN DE COMERCIO, NO SON EN DERECHO
COMERCIANTES, SIN EMBARGO QUEDAN SUJETAS
POR ELLO A LAS LEYES MERCANTILES”
PERSONAS SOMETIDAS ALPERSONAS SOMETIDAS AL
DERECHO MERCANTIL, AUNQUEDERECHO MERCANTIL, AUNQUE
NO TENGAN EL STATUS DENO TENGAN EL STATUS DE
COMERCIANTESCOMERCIANTES
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
ELEMENTOS DE LA RELACION
JURÍDICA COMERCIAL
SUJETO OBJETO
VINCULO
JURIDICO
COMERCIAL
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
FUENTES DEL DERECHO
MERCANTIL.
 Existen
tres
clases
a)a) FormalesFormales
b)b) Materiales oMateriales o
realesreales
c)c) HistóricasHistóricas
1.-Legislación1.-Legislación
mercantilmercantil
2.- Costumbre2.- Costumbre
3.- Jurisprudencia3.- Jurisprudencia
Aquellas fuentes en
que el legislador se
inspira para la creación
de normas, por
ejemplo, la doctrina
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
• FUENTES FORMALES:
1.-LEGISLACIÓN MERCANTIL Y TRATADOS
INT.
2.-USOS BANCARIOS Y MERCANTILES
INVOCADOS POR LA LEY
3.- APLICACIÓN SUPLETORIA DEL DERECHO
COMÚN (civil)
4.-LOS PRINCIPIOS GENERALES DEL
DERECHO Y LA DOCTRINA
5.- LA APLICACIÓN DE LA COSTUMBRE
JURÍDICA RECONOCIDA POR LA LEY
6.-LA JURISPRUDENCIA MERCANTIL
7.-LA APLICACIÓN ANALÓGICA DE LA LEY
MERCANTIL
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
Jerarquía
1. Tratados internacionales
2. Otras leyes especiales
3. Código de comercio
4. Usos
5. Derecho comúnM. en C. josé Angel Cú Tinoco
LEYES DEROGATORIAS.
• Dejan sin efecto en caso de contradicción entre una y
otra
• Derogan disposiciones del viejo Código
atribuyendo las porciones derogadas a
otras leyes; POR EJEMPLO, SERÁ
DEROGATORIA UNA NORMA
PREVISTA EN LA LEY GENERAL
DE TÍTULOS Y OPERACIONES
DE CRÉDITO RESPECTO DEL
CÓDIGO DE COMERCIO.
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
ALGUNOS TRATADOS
INTERNACIONALES
RELEVANTES
• CONVENCIÓN INTERAMERICANA SOBRE DERECHO APLICABLE A LOS
CONTRATOS INTERNACIONALES
• CONVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE LETRAS DE CAMBIO
INTERNACIONALES Y PAGARÉS INTERNACIONALES
• CONVENCIÓN INTERAMERICANA SOBRE CONFLICTOS DE LEYES EN
MATERIA DE LETRAS DE CAMBIO, PAGARÉS Y FACTURAS
• CONVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE LOS CONTRATOS DE
COMPRA-VENTA INTERNACIONAL DE MERCADERÍAS.
• CONVENCIÓN INTERAMERICANA SOBRE CONFLICTOS DE LEYES EN
MATERIA DE SOCIEDADES MERCANTILES
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
LA COSTUMBRE Y EL USO
 A) La costumbre es una fuente autónoma
que tiene fuerza propia para crear normas
jurídicas
 B) El uso no es considerado como fuente
autónoma
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
ALGUNOS USOS .
• NORMATIVOS: Su utilización normativa llega a
ser practicada por toda una colectividad, con la
convicción de ajustarse a una regla de derecho
• LOS CONVENCIONALES: surgen de las
relaciones entre personas determinadas (por
ejemplo en un contrato).
• INTERPRETATIVOS: Concretan o aclaran una
declaración de voluntad concreta
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
SUJETOS DEL DERECHO
MERCANTIL
• Se consideran sujetos del derecho
mercantil tanto a quienes realizan
actos de comercio
accidentalmente como a los
comerciantes.
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
¿QUIÉNES SON
COMERCIANTES?
• Código de Comercio. Artículo 3o. Se reputan en
derecho comerciantes:
• I. Las personas que teniendo capacidad legal para
ejercer el comercio, hacen de él su ocupación
ordinaria;
• II. Las sociedades constituidas con arreglo a las
leyes mercantiles;
• III. Las sociedades extranjeras o las agencias y
sucursales de éstas, que dentro del territorio
nacional ejerzan actos de comercio.
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
SUJETOS DEL DERECHO MERCANTIL SEGÚN
BARRERA GRAF
1.- Personas físicas y morales
que reúnen requisitos de
ley
2.- Sociedades mercantiles
constituidas
conforme a la legislación
nacional
3.- Sociedades extranjeras
que ejerzan actos de
comercio en el país
 SUJETOS DELSUJETOS DEL
DERECHODERECHO
MERCANTIL SEGÚNMERCANTIL SEGÚN
BARRERA GRAFBARRERA GRAF
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
SUJETOS DEL DERECHO
MERCANTIL SEGÚN BARRERA
GRAF
1.- Quienes realicen actos aislados de
comercio
2.-Agricultores o fabricantes que tengan
planteado almacén o tienda
en cuanto a actividades en ella
COMERCIANTESCOMERCIANTES
ACCIDENTALESACCIDENTALES
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
SUJETOS DEL DERECHO
MERCANTIL, SEGÚN BARRERA
GRAF
I.- Menores de edad que adquieren por acto inter
vivos o mortis causa una Negociación
II.- Menores emancipados
III.-Quebrados y no rehabilitados que ejerzan el
comercio
IV.- Corredores que ejerzan el comercio
V.- Sentenciados por delitos que la ley señala
VI.- Funcionarios públicos con dicha prohibición
SUJETOSSUJETOS
ANÓMALOSANÓMALOS
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
CAPACIDAD
• C.C. Artículo 5o. Toda persona que,
según las leyes comunes, es hábil para
contratar y obligarse, y a quien las
mismas leyes no prohíben expresamente
la profesión del comercio, tiene
capacidad legal para ejercerlo.
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
CAPACIDAD
• C.C. Artículo 9o. Tanto el hombre como la mujer
casados comerciantes, pueden hipotecar sus bienes
raíces para seguridad de sus obligaciones mercantiles y
comparecer en juicio sin necesidad de licencia del otro
cónyuge, cuando el matrimonio se rija por el régimen
de separación de bienes.
• En el régimen social conyugal, ni el hombre ni la mujer
comerciantes, podrán hipotecar ni gravar los bienes de
la sociedad, ni los suyos propios cuyos frutos o
productos correspondan a la sociedad, sin licencia del
otro cónyuge.
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
PERSONAS SOMETIDAS AL
DERECHO MERCANTIL
 En virtud de que nuestro sistema es mixto, son de
considerarse adicionalmente a personas no comerciantes bajo
la tutela de la ley mercantil
 El artículo 4 del Código de Comercio indica:
“LAS PERSONAS QUE ACCIDENTAMENTE
CON O SIN ESTABLECIMIENTO FIJO,
HAGAN ALGUNA OPERACIÓN DE
COMERCIO, NO SON EN DERECHO
COMERCIANTES, SIN EMBARGO
QUEDAN SUJETAS POR ELLO A LAS
LEYES MERCANTILES”
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
EL EJERCICIO DEL COMERCIO
Y SU AUTORIZACIÓN
Basta ocuparse en el comercio, aunque sea de manera accesoria,
con tal de que sea ordinaria, esto es, la reiteración de actos
mercantiles aptos para conferir la calidad de comerciante.
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
SOCIEDADES EXTRANJERAS
 a)Las sociedades extranjeras
legalmente constituidas tienen
personalidad jurídica en la república
 b)Previa autorización de la
SECRETARÍA DE
ECONOMÍA
 c)Publicar anualmente un balance
general de la negociación visado por
un contador público titulado
 d)Inscripción en el registro.
ENEN
LO CONDU-LO CONDU-
CENTE, DEBERÁNCENTE, DEBERÁN
AJUSTARSE AAJUSTARSE A
LOS SIGUIENTESLOS SIGUIENTES
LINEAMIENTOSLINEAMIENTOS::
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
CLAÚSULAS IMPORTANTES DESTINADAS A
LOS EXTRANJEROS EN SOCIEDADES
CLAUSULA DE EXCLUSIÓN:
EN ELLA SE DETERMINA LA
INADMISIBILIDAD
DE EXTRANJEROS
CLAUSULA CALVO:
SE REALIZA LA RENUNCIA DE LA
INVOCACIÓN DEL DERECHO
EXTRANJERO AL CONSTITUIRSE
UNA SOCIEDAD MERCANTIL,
DICHA RENUNCIA SE FORMULA
A LA SECRETARÍA DE
RELACIONES EXTERIORES
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
IMPEDIMENTOS PARA EJERCER
EL COMERCIO
 Se consideran impedidos:
 LOS CORREDORES
 LOS QUEBRADOS NO REHABILITADOS
 LOS QUE POR SENTENCIA EJECUTORIADA HAYAN SIDO CONDENADOS POR:
1.- DELITOS CONTRA LA PROPIEDAD.- ROBO, FRAUDE, ABUSO DE CONFIANZA,
USURA, ABIGEATO, DESPOJO, ETC.
2.- FALSEDAD
3.- PECULADO, COHECHO, CONCUSION.
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
EMPRESA O NEGOCIACION
MERCANTIL
• La empresa mercantil es el conjunto de cosas y
derechos combinados para obtener y ofrecer al
público bienes o servicios, sistemáticamente o con
propósito de lucro.
• SEGÚN LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO.-La
empresa es la unidad económica de producción o
distribución de bienes o servicios
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
CARACTERÍSTICAS.
• Su principal característica es la
producción y distribución de bienes y
servicios.
• Sus fines o propósitos son de lucro.
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
ELEMENTOS DE LA EMPRESA O
NEGOCIACIÓN MERCANTIL
INMATERIALES MATERIALES
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
ELEMENTOS MATERIALES E
INMATERIALES
• INCORPORALES: propiedad industrial, derechos de
autor,el derecho al arrendamiento, la clientela y el
aviamiento o avío, el personal.
• CORPORALES: por ejemplo, los muebles y enseres, las
mercancías y las materias primas.
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
ELEMENTOS INMATERIALES
• PATENTES
• MODELOS DE UTILIDAD
• DISEÑOS INDUSTRIALES
• SECRETOS INDUSTRIALES
• MARCAS
• AVISOS COMERCIALES
• NOMBRES COMERCIALES
• DENOMINACION DE ORIGEN
• FRANQUICIA
• DERECHOS DE AUTOR
• DERECHO AL ARRENDAMIENTO
• CLIENTELA Y AVIAMIENTO O AVÍO
• PERSONAL
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
POR EJEMPLO…
 a)AVISOS COMERCIALES.
• Son frases u oraciones que tienen por objeto anunciar
al público establecimientos o negociaciones
comerciales, industriales o de servicios y productos
para distinguirlos de los de su especie.
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
CLIENTELA Y AVÍO
AVÍO.- es la buena organización, el
conocimiento de los hábitos y gustos del
público, las listas de nombres y direcciones
de proveedores y consumidores, el buen
servicio suministrado por el personal etc.
CLIENTELA.- es la manifestación
exterior de la calidad de la hacienda.
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
EMPRESA O NEGOCIACIÓN
MERCANTIL, TEORIAS
 PERSONIFICACIÓN DE LA NEGOCIACIÓN.- la
negociación tiene un nombre, patrimonio, domicilio y
nacionalidad
• LA NEGOCIACIÓN COMO PATRIMONIO
• COMO PERSONA Y PATRIMONIO
• LA NEGOCIACIÓN COMO NEGOCIO JURÍDICO
• COMO DERECHO
• COMO UNIVERSALIDAD DE HECHO
• LA NEGOCIACIÓN COMO PLURALIDAD DE
COSAS
• NEGOCIOS QUE TIENEN POR OBJETO LA
NEGOCIACIÓN
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
LAS EMPRESAS
INTEGRADORAS
• Las empresas integradoras se definen como empresas
de servicios especializados que asocian personas físicas
y morales de escala micro, pequeña y mediana, su
objetivo fundamental es organizarse para competir en
los diferentes mercados y no para competir entre sí.
La integración de unidades productivas permite la
obtención de ventajas económicas que las empresas
y/o productores en lo individual difícilmente pueden
lograr.M. en C. josé Angel Cú Tinoco
OBLIGACIONES Y DERECHOS
DE LOS COMERCIANTES
• Publicar su calidad mercantil
• Inscribir en el Registro Público de la Propiedad los
documentos cuyo tenor y autenticidad deben hacerse
notorios
• Mantener un sistema de contabilidad
• Conservar la correspondencia que tenga relación con su
giro (10 AÑOS)
• Observar sanas prácticas comerciales
• Proporcionar al Sistema de Información Empresarial la
información exigida.M. en C. josé Angel Cú Tinoco
CONTABILIDAD MERCANTIL
 El código de comercio refiere la exigibilidad de un
libro de donde se desprendan los aspectos
contables del comerciante, le denomina:
LIBRO MAYOR
o En el libro mayor se deberá de anotar los nombres
o designaciones de las cuentas de contabilidad DE
MANERA MENSUAL.
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
OBLIGACIÓN DE GUARDAR Y
EXHIBIR DOCUMENTACIÓN EN
CONCURSO MERCANTIL
• La solicitud de declaración de concurso
mercantil presentada por el propio
Comerciante deberá ANEXAR
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
• I. Los estados financieros del
Comerciante, de los últimos tres años,
los cuales deberán estar auditados
cuando exista esta obligación en
términos de ley;
• II. Una memoria en la que razone acerca
de las causas que lo llevaron al estado de
incumplimiento en que se encuentra;
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
• III. Una relación de sus acreedores y
deudores que indique sus nombres y
domicilios, la fecha de vencimiento del
crédito o créditos de cada uno de ellos, el
grado con que estima se les debe reconocer,
indicando las características particulares de
dichos créditos, así como de las garantías,
reales o personales, que haya otorgado para
garantizar deudas propias y de terceros;
• IV. Un inventario de todos sus bienes
inmuebles y muebles, títulos valores, géneros
de comercio y derechos de cualquier otra
especie;
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
• V. Una relación de los juicios en los
cuales el Comerciante sea parte, que
indique las partes del procedimiento, los
datos de identificación del mismo, su
tipo, estado del juicio y ante quién se
tramita, y
• VI. El ofrecimiento de otorgar en caso
de admisión de la solicitud, la garantía
respectiva.
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
RESPONSABILIDADES
ESPECIALES EN CONCURSO
MERCANTIL
• La declaración de concurso mercantil de una
sociedad determina que los socios ilimitadamente
responsables sean considerados para todos los
efectos en concurso mercantil.
• La circunstancia de que los socios demuestren
individualmente que pueden hacer frente al pago
de las obligaciones de la sociedad no los eximirá
de la declaración de concurso, a menos que tales
socios, con medios propios, paguen las
obligaciones vencidas de la sociedad.
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
• El procedimiento se podrá iniciar
conjuntamente en contra de la
sociedad y en contra de los socios.
Los procedimientos relativos a los
socios se acumularán al de la
sociedad, pero se llevarán por cuerda
separada.
• La declaración de concurso mercantil
de uno o más socios ilimitadamente
responsables, en lo individual, no
producirá por sí sola la de la sociedad.
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
SISTEMA DE INFORMACIÓN
EMPRESARIAL.
• El SIEM es el Sistema de
Información Empresarial Mexicano el
cual integra un registro completo de
las empresas existentes desde una
perspectiva pragmática y de
promoción, accesible a
confederaciones, autoridades,
empresas y público en general, vía
internet.
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
AUXILIARES MERCANTILES
SON AUXILIARES MERCANTILES LAS
PERSONAS QUE EJERCEN UNA
ACTIVIDAD CON EL PRÓPÓSITO DE
REALIZAR NEGOCIOS COMERCIALES
AJENOS O FACILITAR SU CONCLUSION
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
• AUXILIARES INDEPENDIENTES = Auxiliares del
comercio:no están supeditados ningún comerciante
determinado y despliegan su actividad a favor de
cualquiera que lo solicite, siendo así propiamente
auxiliares del comercio en general y no de un comerciante
en particular.
• AUXILIARES DEPENDIENTES = Auxiliares del
comerciante: están subordinados a un comerciante, al
cual prestan sus servicios de modo exclusivo.
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
TIPOS DE AUXILIARES
MERCANTILES
 AUXILIARES INDEPENDIENTES O DEL COMERCIO:
CORREDORES, INTERMEDIARIOS LIBRES, AGENTES DE
COMERCIO, COMISIONISTAS Y CONTADORES PÚBLICOS
 AUXILIARES DEPENDIENTES O DEL
COMERCIANTE:
FACTORES O GERENTES, CONTADORES PRIVADOS, LOS
DEPENDIENTES O MANCEBOS, L0S VIAJANTES, LOS
AGENTES DE VENTAS Y DEMÁS TRABAJADORES DE UNA
NEGOCIACION.
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COMISION MERCANTIL
 Se considera al mandato aplicado a actos
concretos de comercio.
 No requiere su constitución en escritura pública,
siéndole suficiente que conste por ESCRITO.
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AGENTE DE COMERCIO OTRO
SEMEJANTES
 ART 285 LEY FEDERAL DEL TRABAJO:
“LOS AGENTES
 DE COMERCIO,
 DE SEGUROS,
 LOS VENDEDORES,
 VIAJANTES,
 PROPAGANDISTAS O IMPULSORES DE VENTAS Y OTROS
SEMEJANTES,
 SON TRABAJADORES DE LA EMPRESA O EMPRESAS A
LAS QUE PRESTEN SUS SERVICIOS, CUANDO SU
ACTIVIDAD SEA PERMANENTE, SALVO QUE NO
EJECUTEN PERSONALMENTE EL TRABAJO O QUE
ÚNICAMENTE INTERVENGAN EN OPERACIONES
AISLADAS”
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CORREDOR
• La función de un corredor es poner en mutua
relación a las personas interesadas en celebrar
un contrato, o si se prefiere, buscar la persona
que, al concertar el correspondiente negocio
jurídico, pueda satisfacer las necesidades
manifestadas por otra.
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LOS FACTORES:
• Factor es la persona que dirige a una negociación o
un establecimiento mercantil, por cuenta de su
propietarios, o que representa a éste en todos los
asuntos concernientes a la negociación o
establecimientos respectivos (Art. 309) PODEMOS
IDENTIFICAR A:
• GERENTES
• ADMINISTRADORES
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LOS DEPENDIENTES
• Se reputarán dependientes los que desempeñen
constantemente alguna o algunas gestiones propias
del tráfico, en nombre y por cuenta del propietario
de éste. Todo comerciante en el ejercicio de su
tráfico, podrá constituir factores y dependientes.
(Art 309 Código de Comercio).
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SOCIEDADES MERCANTILES
 En Roma se conocieron dos figuras
consideradas como el origen remoto de las
sociedades mercantiles modernas:
PUBLICANOS
VECTIGALM. en C. josé Angel Cú Tinoco
LA SOCIEDAD MERCANTIL
 Roberto Mantilla Molina define a la sociedad
mercantil de la siguiente manera:
“ACTO JURIDICO MEDIANTE EL CUAL LOS
SOCIOS SE OBLIGAN A COMBINAR SUS
RECURSOS O SUS ESFUERZOS PARA LA
REALIZACIÓN DE UN FIN COMÚN, DE
ACUERDO CON LAS NORMAS QUE, ALGUNO
DE LOS TIPOS SOCIALES EN ELLA PREVISTOS,
SEÑALA LA LEY MERCANTIL”
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CONTRATO y PERSONALIDAD
La constitución de una sociedad implica la celebración del
mismo, que es condición inexcusable para hablar de una
sociedad, ya que el contrato es el que vincula jurídicamente a
los socios, determinando la posición de la sociedad y de las
personas que la forman en lo que pueda referirse al Estado y
a los terceros en general.
La LGSM otorga personalidad tanto a aquellas inscritas en el
Registro Público como para las que no lo estén
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CONSECUENCIAS DE LA
PERSONALIDAD.
Capacidad jurídica.
Un patrimonio.
Un nombre.
Un domicilio.
Una nacionalidad.
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CARACTERÍSTICA DE LA
SOCIEDAD MERCANTIL…
 LA SOCIEDAD MERCANTIL SE CARACTERIZA POR
EL HECHO DE CONSTITUIR UNA PERSONA
JURÍDICA CON CAPACIDAD PARA LA
REALIZACIÓN DE SU OBJETO.
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SOCIEDAD IRREGULAR
 Se considera a aquella que no se
ha inscrito en el Registro Público
de Comercio.
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CLAÚSULAS IMPORTANTES DESTINADAS A
LOS EXTRANJEROS EN SOCIEDADES
CLAUSULA DE EXCLUSIÓN:
EN ELLA SE DETERMINA LA
INADMISIBILIDAD
DE EXTRANJEROS
CLAUSULA CALVO:
SE REALIZA LA RENUNCIA DE LA
INVOCACIÓN DEL DERECHO
EXTRANJERO AL CONSTITUIRSE
UNA SOCIEDAD MERCANTIL,
DICHA RENUNCIA SE FORMULA
A LA SECRETARÍA DE
RELACIONES EXTERIORES
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MODALIDADES DE LAS
SOCIEDADES MERCANTILES
SOCIEDADES
MERCANTILES
INTUITU PERSONAE INTUITU CAPITALIS MIXTAS ELASTICAS
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LAS SOCIEDADES DE PERSONAS Y DE
CAPITAL:
SOCIEDADES DE CAPITALES. (INTUITU
CAPITALIS).
En estas lo que importa fundamentalmente es la
aportación que se hace para la formación del capital
social, del capital de la nueva y distinta persona
jurídica que constituirán los socios, sin que las
prendas personales de éstos, ni sus nombres, tengan
mayor trascendencia, debido a que este tipo de
sociedades existe bajo una denominación social, que
se elige arbitrariamente por los mismos,
La responsabilidad de los socios en este tipo de sociedad,
es restringida al monto de la aportación de cada socio.
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INTUITU PERSONAE.
En estas es donde predomina la condición
particular de los integrantes de la sociedad, se
toma en cuenta:
El nombre del socio.
Su prestigio comercial e intelectual y técnico.
Su crédito.
Su honestidad.
En atención a esos datos es que se integra la
sociedad, al punto que de no existir, no se
organizaría dicha sociedad.
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MIXTAS Y ELÁSTICAS
• LAS SOCIEDADES MIXTAS SON
AQUELLAS QUE TIENEN SOCIOS
PERSONALISTAS Y SOCIOS
CAPITALISTAS.
• LAS ELÁSTICAS, SON AQUELLAS QUE
OBEDECEN A LAS NECESIDADES
DERIVADAS DEL CASO CONCRETO ,
PODRÁN ORGANIZARSE CON SOCIOS
CAPITALISTAS, PERSONALISTAS O CON
AMBOS TIPOS DE SOCIOS
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SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES
SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE
SOCIEDAD EN NOMBRE COLECTIVO
SOCIEDAD COOPERATIVA
S. DE R.L.
SOCIEDAD ANONIMA
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DEFINICIONES
• SOCIEDAD ANÓNIMA es la que existe bajo una denominación y
se compone exclusivamente de socios cuya obligación se limita al
pago de sus acciones.
• SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA es la que se
constituye entre socios que solamente están obligados al pago de sus
aportaciones, sin que las partes sociales puedan estar representadas por
títulos negociables, a la orden o al portador, pues sólo serán cedibles en
los casos y con los requisitos que establece la presente Ley.
• SOCIEDAD EN NOMBRE COLECTIVO es aquella que existe
bajo una razón social y en la que todos los socios responden, de
modo subsidiario, ilimitada y solidariamente, de las obligaciones
sociales.
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DEFINICIONES
 SOCIEDAD COOPERATIVA es una forma de organización social
integrada por personas físicas con base en intereses comunes y en los
principios de solidaridad, esfuerzo propio y ayuda mutua, con el
propósito de satisfacer necesidades individuales y colectivas, a través
de la realización de actividades económicas de producción,
distribución y consumo de bienes y servicios.
• SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE.- es la que existe bajo una
razón social y se compone de uno o varios socios comanditados que
responden, de manera subsidiaria, ilimitada y solidariamente, de las
obligaciones sociales, y de uno o varios comanditarios que únicamente
están obligados al pago de sus aportaciones.
• SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES.- es la que se
compone de uno o varios socios comanditados que responden de
manera subsidiaria, ilimitada y solidariamente, de las obligaciones
sociales, y de uno o varios comanditarios que únicamente están
obligados al pago de sus acciones.
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SOCIEDAD DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA
 A) Existe bajo razón social o denominación
 B) No más de 50 socios
 C) El capital social se divide por partes sociales
 D) Las partes sociales son indivisibles
 E)Podrán realizarse aportaciones consistentes en
cantidades de dinero o bienes después de pagada la
aportación social, esto se denomina:
APORTACIONES SUPLEMENTARIAS
 F)Si algún socio permite el uso y goce temporal de sus
bienes a favor de la sociedad, se trata de:
PRESTACIONES ACCESORIAS
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SOCIEDAD ANÓNIMA
 A) Existe bajo denominación
o B) Requiere de dos socios como mínimo
 C) Se exige el valor mínimo equivalente al 20 por
ciento en efectivo de las acciones pagaderas
D) BONOS DE FUNDADOR: documentos
representativos de los derechos de las personas que
organizan, animan y hacen posible la constitución
de la S.A., generan derechos durante los primeros
diez años de la constitución.
E) ACCIONES: títulos representativos de las
aportaciones sociales.
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Asamblea general de accionistas.
- Consejo de administración o administrador único
ORGANOS SOCIALES
Y DE VIGILANCIA
CatalogadaPARTICIPACION DE
EXTRANJEROS
Hasta por el monto de sus acciones (aportación)
Administradores ilimitadamente
RESPONSABILIDAD
DE LOS SOCIOS
AcciónDOCUMENTOS QUE
ACREDITAN AL
SOCIO
Mínimo: 2 - Máximo: ilimitadoNUMERO DE SOCIOS
5% de las utilidades anuales hasta llegar al 20% o quinta parte del capital social
fijo
RESERVAS
Mínimo fijo $50,000.00CAPITAL SOCIAL
DenominaciónNOMBRE
Simultanea:
- Asamblea de accionistas para hacer proyecto de estatutos.
- Autorización de la S.R.E.
- Protocolización ante notario publico
- Inscripción en el registro publico de comercio.
Nota: solo para la S.A. opera la constitución sucesiva, por suscripción publica
PROCESO DE
CONSTITUCION
Capital representado por acciones nominativas
- Socios obligados al pago de sus acciones, ya sea en efectivo o en especie
CARACTERISTICAS
L.G. S. MLEY QUE LA REGULA
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La acción
Las acciones se constituyen títulos de
créditos que representan la
participación de los socios en una parte
alícuota del capital social de la
sociedad, otorgando, por ende,
derechos de orden patrimonial y
corporativo en ella, y que son, además,
títulos de inversión bursátil.
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Acepciones según Fisher
1) La acción es una parte alícuota
del capital social de una sociedad
anónima o en comandita por
acciones.
2) Designa el derecho que tiene el
socio a dicha porción del capital
(derecho que corresponde a la
aportación del socio).
3) Acción es un titulo
representativo del derecho del
socio, de su “Status” como
miembro de la corporación.
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Clasificación del Titulo
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SOCIEDAD ANÓNIMA
 ACCIONES DE GOCE.-sólo dan derecho a
una parte de las utilidades
 ACCIONES DE VOTO LIMITADO.-
restringen a la votación en asamblea
extraordinaria
ACCIONES
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Acciones de trabajo
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Cupones
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Bono del fundador
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SOCIEDAD ANÓNIMA
 ACCIONES DE GOCE.-sólo dan derecho a
una parte de las utilidades
 ACCIONES DE VOTO LIMITADO.-
restringen a la votación en asamblea
extraordinaria
 ACCIONES PAGADERAS Y LIBERADAS
 ACCIONES DE TRABAJO
 ACCIONES PRIVILEGIADAS
ACCIONES
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ORGANOS QUE CONFORMAN LA S.A.
ÓRGANO SUPREMO
ASAMBLEA GENERAL DE
ACCIONISTAS
Consejo de
Vigilancia
Consejo de
Administración
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ADMINISTRACIÓN
 A)Por uno o varios mandatarios revocables
 B) Al ser dos o más forman CONSEJO DE
ADMINISTRACIÓN
 C)Previo a entrar en funciones, requieren
otorgar garantía
 D) Pueden ser socios o personas ajenas
 E) Deben ser responsables en los casos que
la ley señale
 F) Emiten la información financiera
 G) Pueden emitir poderes
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VIGILANCIA
Conocedores en materia:
a) Contable,
b) Financiera
c) Comercial
d) Jurídica
 CONSEJO DECONSEJO DE
VIGILANCIAVIGILANCIA
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ASAMBLEAS
CONSTITUTIVAS
TOTALITARIAS
EXTRA
ORDINARIAS
ESPECIALES
ORDINARIAS
ASAMBLEAS
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ASAMBLEAS GENERALES:
ORDINARIAS Y EXTRAORDINARIAS
ASAMBLEAS
ORDINARIAS
 La Asamblea Ordinaria se reunirá por lo menosLa Asamblea Ordinaria se reunirá por lo menos
una vez al año dentro de los cuatro meses queuna vez al año dentro de los cuatro meses que
sigan a la clausura del ejercicio social y sesigan a la clausura del ejercicio social y se
ocupará, además de los asuntos incluidos en laocupará, además de los asuntos incluidos en la
orden del día, de los siguientes:orden del día, de los siguientes:
 I.-I.- Discutir, aprobar o modificar el informe de losDiscutir, aprobar o modificar el informe de los
administradores a que se refiere el enunciadoadministradores a que se refiere el enunciado
general del artículo 172, tomando en cuenta elgeneral del artículo 172, tomando en cuenta el
informe de los comisarios, y tomar las medidasinforme de los comisarios, y tomar las medidas
que juzgue oportunas.que juzgue oportunas.
 II.-II.- En su caso, nombrar al Administrador oEn su caso, nombrar al Administrador o
Consejo de Administración y a los Comisarios;Consejo de Administración y a los Comisarios;
 III.-III.- Determinar los emolumentosDeterminar los emolumentos
correspondientes a los Administradores ycorrespondientes a los Administradores y
Comisarios, cuando no hayan sido fijados en losComisarios, cuando no hayan sido fijados en los
estatutos.estatutos.
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ASAMBLEAS EXTRAORDINARIAS
• I.- Prórroga de la duración de la sociedad;
• II.- Disolución anticipada de la sociedad;
• III.- Aumento o reducción del capital social;
• IV.- Cambio de objeto de la sociedad;
• V.- Cambio de nacionalidad de la sociedad;
• VI.- Transformación de la sociedad;
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ASAMBLEAS EXTRAORDINARIAS
• VII.- Fusión con otra sociedad;
• VIII.- Emisión de acciones privilegiadas;
• IX.- Amortización por la sociedad de sus
propias acciones y emisión de acciones de goce;
• X.- Emisión de bonos;
• XI.- Cualquiera otra modificación del contrato
social, y
• XII.- Los demás asuntos para los que la Ley o
el contrato social exija un quórum especial.
• Estas asambleas podrán reunirse en cualquier
tiempo
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TRANSFORMACIÓN, FUSIÓN,
ESCISIÓN…
 A)TRANSFORMACIÓN.- Las sociedades
constituidas en alguna de las formas que
establecen las fracciones I a V del artículo 1º,
podrán adoptar cualquier otro tipo legal.
Asimismo podrán transformarse en sociedad de
capital variable.
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FUSIÓN
B) FUSIÓN.-La fusión de varias
sociedades deberá ser decidida por
cada una de ellas, en la forma y
términos que correspondan según
su naturaleza.
Cuando de la fusión de varias
sociedades haya de resultar una
distinta, su constitución se
sujetará a los principios que rijan
la constitución de la sociedad a
cuyo género haya de pertenecer
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ESCISIÓN
C) ESCISIÓN.-Se da la escisión cuando una
sociedad denominada escindente decide
extinguirse y divide la totalidad o parte
de su activo, pasivo y capital social en
dos o más partes, que son aportadas en
bloque a otras sociedades de nueva
creación denominadas ESCINDIDAS; o
cuando la escindente, sin extinguirse,
aporta en bloque parte de su activo,
pasivo y capital social a otra u otras
sociedades de nueva creación.
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ESCISIÓN
SE TRANSMITE EN BLOQUEACTIVO PASIVO
CAPITAL
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DISOLUCIÓN
• Las sociedades se disuelven:
• I.- Por expiración del término fijado en el contrato social;
• II.- Por imposibilidad de seguir realizando el objeto
principal de la sociedad o por quedar éste consumado;
• III.- Por acuerdo de los socios tomado de conformidad
con el contrato social y con la Ley;
• IV.- Porque el número de accionistas llegue a ser inferior
al mínimo que esta Ley establece, o porque las partes de
interés se reúnan en una sola persona;
• V.- Por la pérdida de las dos terceras partes del capital
social.
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LIQUIDACIÓN
PRIMERO
• La liquidación estará a cargo de uno o más liquidadores.
• Los liquidadores conservarán la documentación durante DIEZ AÑOS.
DISOLVER LIQUIDAR
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SOCIEDADES COOPERATIVAS
• La sociedad cooperativa es una forma de
organización social integrada por personas físicas con
base en intereses comunes y en los principios de
solidaridad, esfuerzo propio y ayuda mutua, con el
propósito de satisfacer necesidades individuales y
colectivas, a través de la realización de actividades
económicas de producción, distribución y consumo
de bienes y servicios.
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SOCIEDADES COOPERATIVAS
SOCIEDADES
COOPERATIVAS
DE
CONSUMIDORES
DE BIENES
Y SERVICIOS
DE
PRODUCTORES
DE BIENES
O SERVICIOS
DE
AHORRO
Y PRÉSTAMO
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SOCIEDADES COOPERATIVAS
ALGUNAS REGLAS DE SU CONSTITUCIÓN…
• I.- Se reconoce un voto por socio,
independientemente de sus aportaciones;
• II.- Serán de capital variable;
• III.- Habrá igualdad esencial en derechos y
obligaciones de sus socios e igualdad de
condiciones para las mujeres;
• IV.- Tendrán duración indefinida, y
• V.- Se integrarán con un mínimo de cinco
socios.
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INVERSIÓN EXTRANJERA
¿QUÉ ES?
• a) La participación de inversionistas
extranjeros, en cualquier proporción, en el
capital social de sociedades mexicanas;
• b) La realizada por sociedades mexicanas
con mayoría de capital extranjero; y
• c) La participación de inversionistas
extranjeros en las actividades y actos
contemplados por esta Ley.
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INVERSIÓN EXTRANJERA
EJEMPLOSPORCENTAJES DE
PARTICIPACIÒN DE INVERSIÓN
EXTRANJERA
10% Sociedades cooperativas de producción
25% Transporte aéreo internacional
49% Fabricación de armas
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INVERSIÓN EXTRANJERA
EJEMPLO DE ACTIVIDES EXCLUSIVAS DEL
ESTADO:
 PETROQUÍMICA BÁSICA
 CONTROL DE AOROPUERTOS
 ENERGIA NUCLEAR
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ALGUNAS GENERALIDADES
ACTIVIDADES
Y
PORCENTAJES
AUTORIZACIÓN
DE LA COMISIÓN
MODIFICACIÓN
A
ESTATUTOS
SOCIALESACTIVIDADES
DE MEXICANOS
INVERSIÓN
NEUTRA
ZONAS
RESTRINGIDAS
S.R.E
ACTIVIDADES
DEL ESTADO
INVERSIÓN
EXTRANJERA
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INVERSIÓN NEUTRA
La inversión neutra es aquella realizada en
sociedades mexicanas o en fideicomisos
autorizados conforme al presente Título y no se
computará para determinar el porcentaje de
inversión extranjera en el capital social de
sociedades mexicanas. .
M. en C. josé Angel Cú Tinoco
CONTRATOS MERCANTILES
CONTRATO:
Acuerdo de voluntades para crear y
transmitir derechos y
obligaciones
ALGUNOS ASPECTOS
GENERALES:
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CONTRATOS
MERCANTILES
CAPACIDAD DE LOS CONTRAYENTES, EXCEPCIONES,
CAUSAS DE INVALIDACIÓN O RESCISIÓN CONFORME
A LA LEGISLACIÓN CIVIL
SE PERFECCIONAN DESDE LA ACEPTACIÓN DE LA PROPUESTA,
CUANDO SE DEN POR MEDIOS TALES COMO LOS ELECTRÓNICOS
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ACTO DE COMERCIO

  • 1. TEORIA DEL ACTO DE COMERCIO Y COMERCIANTE M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 2. DERECHO MERCANTIL “SISTEMA DE NORMAS JURÍDICAS QUE DETERMINAN SU CAMPO DE APLICACIÓN MEDIANTE LA CALIFICACIÓN DE MERCANTILES DADA A CIERTOS ACTOS, REGULAN ESTOS, Y LA PROFESIÓN DE QUIENES SE DEDICAN A CELEBRARLOS” M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 3. DERECHO MERCANTIL Rama del derecho privado que regula los actos de comercio, el estado de los comerciantes, las cosas mercantiles y la organización y explotación de la empresa mercantil. M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 4. Origen del comercio Intercambio de bienes M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 5. Derecho del comercio Aparición del comercio Surgimiento del derecho mercantil M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 6. Derecho del comercio Surge no como sistema, sino como  Normas aisladas Eminentemente privadas Normas subjetivas M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 7. LAS LEYES RODIAS • LEY DE NAVEGACION Y COMERCIO MARITIMO M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 8. DISTINCION ENTRE DERECHO CIVIL Y MERCANTILM. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 9. El derecho mercantil en la Edad Media • CARACTERES DEL DERECHO MERCANTIL MEDIEVAL: • Se originan instituciones contemporáneas tales como: REGISTRO DE COMERCIO SOCIEDADES MERCANTILES LETRA DE CAMBIO, ETC. M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 10. El derecho mercantil en la Edad Media • Resurge en las Cruzadas. • Nacen los GREMIOS, que consistían en:  Agrupaciones de personas  Dedicadas a la misma actividad  Para la protección y defensa de sus intereses comunes Los gremios de comerciantes establecieron tribunales encargados de dirimir controversias entre sus miembros, sin las formalidades del procedimiento y utilizando usos y costumbres M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 11. SURGIMIENTO DEL DERECHO MERCANTIL EN LA EDAD MEDIA • SURGE A CONSECUENCIA DE CRUZADAS • INTERCAMBIO DE PRODUCTOS EN PAISES EUROPEOS M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 12. LOS GREMIOS • ESTABLECEN TRIBUNALES ENCARGADOS DE DIRIMIR CONTROVERSIAS • APLICAR DERECHO DEACUERDO A LOS USOS Y COSTUMBRES M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 13. Código de comercio francés, 1808. • Rompe con el modelo subjetivo, esto es, de considerar el derecho mercantil atendiendo a las personas que celebran el acto de comercio, implementando un sistema predominantemente OBJETIVO. M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 14. CODIGO DE COMERCIO FRANCES • OBJETIVO: REALIZAR ACTOS DE COMERCIO • LO QUE DETERMINA LA COMPETENCIA DE JUZGADOS MERCANTILES • APLICACIÓN DEL CODIGO M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 15. PRINCIPIOS DE LA CODIFICACION MERCANTIL. • Carácter nacionalista • Predominio del derecho escrito sobre la costumbre • Usos comerciales • Estatismo que se manifestó tanto en el poder legislativo al crear normas mercantiles como en el surgimiento del derecho económico M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 16. ANTECEDENTES EN MÉXICO • LA UNIVERSIDAD: En la Nueva España, hacia 1581, los comerciantes de la ciudad de México constituyeron una institución jurídico-mercantil para la protección de sus intereses. M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 17. EL DERECHO MERCANTIL EN EL MEXICO INDEPENDIENTE • ORDENANZAS DE BILBAO • LEYES MERCANTILES MEXICANAS M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 18. ANTECEDENTES EN MÉXICO • CÓDIGO LARES: Por órdenes del presidente Santa Anna, en 1854 se crea el primer código mexicano M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 19. ACTUALMENTE… • Rige el código promulgado en 1890 por el presidente Porfirio Díaz. • La legislación es de carácter FEDERAL • Para considerar a un negocio jurídico como mercantil hay que observar predominantemente la naturaleza jurídica, calificar caracteres intrínsecos del acto, es de observarse un sistema OBJETIVO. M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 20. DESCODIFICACIÓN • Es un principio, se caracteriza por la formulación de leyes nuevas y modernas al margen de los Códigos de Comercio. • VARIANTES DE LA DESCODIFICACION: a) Derogando disposiciones del viejo Código atribuyendo las porciones derogadas a otras leyes; POR EJEMPLO, SERÁ DEROGATORIA UNA NORMA PREVISTA EN LA LEY GENERAL DE TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO RESPECTO DEL CÓDIGO DE COMERCIO b) Mediante leyes que regulan materias no comprendidas en dicho código, ya que no se encontraban desde el principio en éste. M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 21. LA DESCRIPCIÓN Y ESQUEMA DEL CONJUNTO DE LEYES QUE REGULAN LA MATERIA MERCANTIL. • Código de Comercio • Ley General de Sociedades Mercantiles • Ley General de Sociedades Cooperativas • Ley de Títulos y operaciones de crédito • Ley de Concursos Mercantiles • Ley de la Propiedad Industrial • Ley Federal del Derecho de Autor • Ley Federal de Correduría Pública M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 22. LEYES QUE REGULAN LA MATERIA MERCANTIL • Ley sobre el contrato de Seguro • Ley de Navegación y comercio marítimo • Ley de Puertos • Ley Federal de Competencia Económica • Ley de Cámaras Industriales y sus confederaciones • Ley Federal de Protección al Consumidor • Ley General de Sociedades Extranjeras M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 23. LEYES QUE REGULAN LA MATERIA MERCANTIL • Ley de Inversión extranjera • Ley de instituciones de crédito • Ley del Banco de México • Ley de sociedades de inversión • Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores • OTRAS LEYES Y REGLAMENTOS… M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 24. ACTO DE COMERCIO  Se encuentran señalados en el artículo 75 del Código de Comercio.  El acto de comercio es una variedad del acto o negocio jurídico y sus elementos son: a) Objeto b) Causa o finalidad c) Formalidades. M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 25. CLASIFICACI ÓN DE ARCANGELI ACTO DE COMERCIO 1.- ABSOLUTAMENTE1.- ABSOLUTAMENTE MERCANTILESMERCANTILES 2.- RELATIVAMENTE2.- RELATIVAMENTE MERCANTILESMERCANTILES a) Actos que responden aa) Actos que responden a la nociónla noción económica deleconómica del comerciocomercio b) Actos realizados porb) Actos realizados por las empresaslas empresas c) Actos que sec) Actos que se relacionan conrelacionan con otros actos deotros actos de comerciocomercio d) Actos que se refierend) Actos que se refieren a un ejercicioa un ejercicio profesionalprofesional SIEMPRE Y NECESARIAMENTESIEMPRE Y NECESARIAMENTE ESTÁN REGIDOS POR EL DERECHOESTÁN REGIDOS POR EL DERECHO MERCANTILMERCANTIL M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 26. CLASIFICACION DE LOS ACTOS DE COMERCIO SEGÚN JORGE BARRERA GRAF ACTOS PRINCIPALES Adquieren dicho carácter en función de los elementos del acto jurídico a)a) Por el sujeto, por ejemplo,Por el sujeto, por ejemplo, obligaciones entreobligaciones entre comerciantes y banqueroscomerciantes y banqueros b)b) Porque su objeto recaiga enPorque su objeto recaiga en una cosa mercantiluna cosa mercantil c)c) Por su finalidadPor su finalidad d)d) Por la forma que deben dePor la forma que deben de revestirrevestirM. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 27. CLASIFICACION DE LOS ACTOS DE COMERCIO SEGÚN JORGE BARRERA GRAF Actos accesorios o conexos Serán mercantiles siempre y cuando lo sea el principal M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 28. ACTO MIXTO • El artículo 1050 del Código de Comercio: “CUANDO CONFORME A LAS DISPOSICIONES MERCANTILES PARA UNA DE LAS PARTES QUE INTERVIENEN EN UN ACTO, ÉSTE TENGA NATURALEZA COMERCIAL Y PARA LA OTRA TENGA NATURALEZA CIVIL, LA CONTROVERSIA SE REGIRÁ POR LAS LEYES MERCANTILES” M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 29. ACTO MIXTO •¿En caso de duda? R.- La naturaleza comercial del acto será fijada por el arbitrio judicial M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 30. ACTO UNILATERAL, BI Y PLURILATERAL • ACTO UNILATERAL: aquellos que por su naturaleza realiza un individuo sin que tenga contraparte, por ejemplo cheque al portador • BI O PLURILATERAL: participan en éste, dos o más personas. M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 31. NO SE CONSIDERA ACTO DE COMERCIO… • LA COMPRA DE ARTÍCULOS O MERCADERÍAS PARA SU USO O CONSUMO, O LOS DE SU FAMILIA, HAGAN LOS COMERCIANTES, NI LAS REVENTAS HECHAS POR LOS OBREROS, CUANDO ELLAS FUEREN CONSECUENCIA NATURAL DE LA PRÁCTICA DE SU OFICIO. M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 32. SISTEMAS PARA DETERMINAR AL ACTO DE COMERCIO  OBJETIVO: califica sus caracteres intrínsecos, cualquiera que sea el sujeto que lo realice.  SUBJETIVO: atiende a quien lo realice  MIXTO: contiene elementos de ambas visiones M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 33. • I. Todas las adquisiciones, enajenaciones y alquileres verificados con propósito de especulación comercial, de mantenimientos, artículos, muebles o mercaderías, sean en estado natural, sean después de trabajados o labrados; M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 34. •II. las compras y ventas de inmuebles, cuando se hagan con dicho propósito de especulación comercial; M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 35. •III. las compras y ventas de porciones, acciones y obligaciones de las sociedades mercantiles; M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 36. IV. los contratos relativos a obligaciones del Estado u otros títulos de corrientes en el comercio: M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 37. • V. las empresas de abastecimientos y suministros; M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 38. •VI. las empresas de construcciones y trabajos públicos y privados. M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 39. • VI. las empresas de fábricas y manufacturas; M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 40. •VIII. las empresas de transportes de personas o cosas, por tierra o por agua; y las empresas de turismo; M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 41. • IX. las librerías, y las empresas editoriales y tipográficas; M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 42. •X. las empresas de comisiones, de agencias, de oficinas de negocios comerciales, casas de empeño y establecimientos de ventas en pública almoneda; M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 43. •XI. las empresas de espectáculos públicos; M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 44. •XII. las operaciones de comisión mercantil.; M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 45. • XIII. las operaciones de mediación en negociación mercantiles; M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 46. •XIV. las operaciones de bancos; M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 47. •XV. todos los contratos relativos al comercio marítimo y a la navegación interior o exterior M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 48. •XVI. los contratos de seguro de toda especie, siempre que sean hechos por empresas; M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 49. •XVII. los depósitos por causa de comercio; M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 50. •XVIII. los depósitos en almacenes generales y todas las operaciones hechas sobre los certificados de depósito y bonos de prenda librados por los mismos; M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 51. •XIX. los cheques, letras de cambio o remesas de dinero de una plaza a otra, entre toda clase de personas; M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 52. •XX. los valores u otros títulos a la orden o al portador, y las obligaciones de los comerciantes, a no ser que se pruebe que se derivan de una causa extraña al comercio; M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 53. •XXI. las obligaciones entre comerciantes y banqueros, si no son de naturaleza esencialmente civil; M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 54. •XXII. los contratos y obligaciones de los empleados de los comerciantes en lo que concierne al comercio del negociante que los tiene a su servicio; M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 55. •XXIII. la enajenación que el propietario o el cultivador hagan de los productos de su finca o de su cultivo; M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 56. XXIV. Las operacionesXXIV. Las operaciones contenidas en la ley general decontenidas en la ley general de títulos y operaciones de crédito.títulos y operaciones de crédito. Xxv. Cualesquiera otros actosXxv. Cualesquiera otros actos de naturaleza análoga a losde naturaleza análoga a los expresados en este código.expresados en este código. M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 57.  En virtud de que nuestro sistema es mixto, son de considerarse adicionalmente a personas no comerciantes bajo la tutela de la ley mercantil  El artículo 4 del Código de Comercio indica: “LAS PERSONAS QUE ACCIDENTAMENTE CON O SIN ESTABLECIMIENTO FIJO, HAGAN ALGUNA OPERACIÓN DE COMERCIO, NO SON EN DERECHO COMERCIANTES, SIN EMBARGO QUEDAN SUJETAS POR ELLO A LAS LEYES MERCANTILES” PERSONAS SOMETIDAS ALPERSONAS SOMETIDAS AL DERECHO MERCANTIL, AUNQUEDERECHO MERCANTIL, AUNQUE NO TENGAN EL STATUS DENO TENGAN EL STATUS DE COMERCIANTESCOMERCIANTES M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 58. ELEMENTOS DE LA RELACION JURÍDICA COMERCIAL SUJETO OBJETO VINCULO JURIDICO COMERCIAL M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 59. FUENTES DEL DERECHO MERCANTIL.  Existen tres clases a)a) FormalesFormales b)b) Materiales oMateriales o realesreales c)c) HistóricasHistóricas 1.-Legislación1.-Legislación mercantilmercantil 2.- Costumbre2.- Costumbre 3.- Jurisprudencia3.- Jurisprudencia Aquellas fuentes en que el legislador se inspira para la creación de normas, por ejemplo, la doctrina M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 60. • FUENTES FORMALES: 1.-LEGISLACIÓN MERCANTIL Y TRATADOS INT. 2.-USOS BANCARIOS Y MERCANTILES INVOCADOS POR LA LEY 3.- APLICACIÓN SUPLETORIA DEL DERECHO COMÚN (civil) 4.-LOS PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO Y LA DOCTRINA 5.- LA APLICACIÓN DE LA COSTUMBRE JURÍDICA RECONOCIDA POR LA LEY 6.-LA JURISPRUDENCIA MERCANTIL 7.-LA APLICACIÓN ANALÓGICA DE LA LEY MERCANTIL M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 61. Jerarquía 1. Tratados internacionales 2. Otras leyes especiales 3. Código de comercio 4. Usos 5. Derecho comúnM. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 62. LEYES DEROGATORIAS. • Dejan sin efecto en caso de contradicción entre una y otra • Derogan disposiciones del viejo Código atribuyendo las porciones derogadas a otras leyes; POR EJEMPLO, SERÁ DEROGATORIA UNA NORMA PREVISTA EN LA LEY GENERAL DE TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO RESPECTO DEL CÓDIGO DE COMERCIO. M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 63. ALGUNOS TRATADOS INTERNACIONALES RELEVANTES • CONVENCIÓN INTERAMERICANA SOBRE DERECHO APLICABLE A LOS CONTRATOS INTERNACIONALES • CONVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE LETRAS DE CAMBIO INTERNACIONALES Y PAGARÉS INTERNACIONALES • CONVENCIÓN INTERAMERICANA SOBRE CONFLICTOS DE LEYES EN MATERIA DE LETRAS DE CAMBIO, PAGARÉS Y FACTURAS • CONVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE LOS CONTRATOS DE COMPRA-VENTA INTERNACIONAL DE MERCADERÍAS. • CONVENCIÓN INTERAMERICANA SOBRE CONFLICTOS DE LEYES EN MATERIA DE SOCIEDADES MERCANTILES M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 64. LA COSTUMBRE Y EL USO  A) La costumbre es una fuente autónoma que tiene fuerza propia para crear normas jurídicas  B) El uso no es considerado como fuente autónoma M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 65. ALGUNOS USOS . • NORMATIVOS: Su utilización normativa llega a ser practicada por toda una colectividad, con la convicción de ajustarse a una regla de derecho • LOS CONVENCIONALES: surgen de las relaciones entre personas determinadas (por ejemplo en un contrato). • INTERPRETATIVOS: Concretan o aclaran una declaración de voluntad concreta M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 66. SUJETOS DEL DERECHO MERCANTIL • Se consideran sujetos del derecho mercantil tanto a quienes realizan actos de comercio accidentalmente como a los comerciantes. M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 67. ¿QUIÉNES SON COMERCIANTES? • Código de Comercio. Artículo 3o. Se reputan en derecho comerciantes: • I. Las personas que teniendo capacidad legal para ejercer el comercio, hacen de él su ocupación ordinaria; • II. Las sociedades constituidas con arreglo a las leyes mercantiles; • III. Las sociedades extranjeras o las agencias y sucursales de éstas, que dentro del territorio nacional ejerzan actos de comercio. M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 68. SUJETOS DEL DERECHO MERCANTIL SEGÚN BARRERA GRAF 1.- Personas físicas y morales que reúnen requisitos de ley 2.- Sociedades mercantiles constituidas conforme a la legislación nacional 3.- Sociedades extranjeras que ejerzan actos de comercio en el país  SUJETOS DELSUJETOS DEL DERECHODERECHO MERCANTIL SEGÚNMERCANTIL SEGÚN BARRERA GRAFBARRERA GRAF M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 69. SUJETOS DEL DERECHO MERCANTIL SEGÚN BARRERA GRAF 1.- Quienes realicen actos aislados de comercio 2.-Agricultores o fabricantes que tengan planteado almacén o tienda en cuanto a actividades en ella COMERCIANTESCOMERCIANTES ACCIDENTALESACCIDENTALES M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 70. SUJETOS DEL DERECHO MERCANTIL, SEGÚN BARRERA GRAF I.- Menores de edad que adquieren por acto inter vivos o mortis causa una Negociación II.- Menores emancipados III.-Quebrados y no rehabilitados que ejerzan el comercio IV.- Corredores que ejerzan el comercio V.- Sentenciados por delitos que la ley señala VI.- Funcionarios públicos con dicha prohibición SUJETOSSUJETOS ANÓMALOSANÓMALOS M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 71. CAPACIDAD • C.C. Artículo 5o. Toda persona que, según las leyes comunes, es hábil para contratar y obligarse, y a quien las mismas leyes no prohíben expresamente la profesión del comercio, tiene capacidad legal para ejercerlo. M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 72. CAPACIDAD • C.C. Artículo 9o. Tanto el hombre como la mujer casados comerciantes, pueden hipotecar sus bienes raíces para seguridad de sus obligaciones mercantiles y comparecer en juicio sin necesidad de licencia del otro cónyuge, cuando el matrimonio se rija por el régimen de separación de bienes. • En el régimen social conyugal, ni el hombre ni la mujer comerciantes, podrán hipotecar ni gravar los bienes de la sociedad, ni los suyos propios cuyos frutos o productos correspondan a la sociedad, sin licencia del otro cónyuge. M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 73. PERSONAS SOMETIDAS AL DERECHO MERCANTIL  En virtud de que nuestro sistema es mixto, son de considerarse adicionalmente a personas no comerciantes bajo la tutela de la ley mercantil  El artículo 4 del Código de Comercio indica: “LAS PERSONAS QUE ACCIDENTAMENTE CON O SIN ESTABLECIMIENTO FIJO, HAGAN ALGUNA OPERACIÓN DE COMERCIO, NO SON EN DERECHO COMERCIANTES, SIN EMBARGO QUEDAN SUJETAS POR ELLO A LAS LEYES MERCANTILES” M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 74. EL EJERCICIO DEL COMERCIO Y SU AUTORIZACIÓN Basta ocuparse en el comercio, aunque sea de manera accesoria, con tal de que sea ordinaria, esto es, la reiteración de actos mercantiles aptos para conferir la calidad de comerciante. M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 75. SOCIEDADES EXTRANJERAS  a)Las sociedades extranjeras legalmente constituidas tienen personalidad jurídica en la república  b)Previa autorización de la SECRETARÍA DE ECONOMÍA  c)Publicar anualmente un balance general de la negociación visado por un contador público titulado  d)Inscripción en el registro. ENEN LO CONDU-LO CONDU- CENTE, DEBERÁNCENTE, DEBERÁN AJUSTARSE AAJUSTARSE A LOS SIGUIENTESLOS SIGUIENTES LINEAMIENTOSLINEAMIENTOS:: M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 76. CLAÚSULAS IMPORTANTES DESTINADAS A LOS EXTRANJEROS EN SOCIEDADES CLAUSULA DE EXCLUSIÓN: EN ELLA SE DETERMINA LA INADMISIBILIDAD DE EXTRANJEROS CLAUSULA CALVO: SE REALIZA LA RENUNCIA DE LA INVOCACIÓN DEL DERECHO EXTRANJERO AL CONSTITUIRSE UNA SOCIEDAD MERCANTIL, DICHA RENUNCIA SE FORMULA A LA SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 77. IMPEDIMENTOS PARA EJERCER EL COMERCIO  Se consideran impedidos:  LOS CORREDORES  LOS QUEBRADOS NO REHABILITADOS  LOS QUE POR SENTENCIA EJECUTORIADA HAYAN SIDO CONDENADOS POR: 1.- DELITOS CONTRA LA PROPIEDAD.- ROBO, FRAUDE, ABUSO DE CONFIANZA, USURA, ABIGEATO, DESPOJO, ETC. 2.- FALSEDAD 3.- PECULADO, COHECHO, CONCUSION. M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 78. EMPRESA O NEGOCIACION MERCANTIL • La empresa mercantil es el conjunto de cosas y derechos combinados para obtener y ofrecer al público bienes o servicios, sistemáticamente o con propósito de lucro. • SEGÚN LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO.-La empresa es la unidad económica de producción o distribución de bienes o servicios M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 79. CARACTERÍSTICAS. • Su principal característica es la producción y distribución de bienes y servicios. • Sus fines o propósitos son de lucro. M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 80. ELEMENTOS DE LA EMPRESA O NEGOCIACIÓN MERCANTIL INMATERIALES MATERIALES M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 81. ELEMENTOS MATERIALES E INMATERIALES • INCORPORALES: propiedad industrial, derechos de autor,el derecho al arrendamiento, la clientela y el aviamiento o avío, el personal. • CORPORALES: por ejemplo, los muebles y enseres, las mercancías y las materias primas. M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 82. ELEMENTOS INMATERIALES • PATENTES • MODELOS DE UTILIDAD • DISEÑOS INDUSTRIALES • SECRETOS INDUSTRIALES • MARCAS • AVISOS COMERCIALES • NOMBRES COMERCIALES • DENOMINACION DE ORIGEN • FRANQUICIA • DERECHOS DE AUTOR • DERECHO AL ARRENDAMIENTO • CLIENTELA Y AVIAMIENTO O AVÍO • PERSONAL M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 83. POR EJEMPLO…  a)AVISOS COMERCIALES. • Son frases u oraciones que tienen por objeto anunciar al público establecimientos o negociaciones comerciales, industriales o de servicios y productos para distinguirlos de los de su especie. M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 84. CLIENTELA Y AVÍO AVÍO.- es la buena organización, el conocimiento de los hábitos y gustos del público, las listas de nombres y direcciones de proveedores y consumidores, el buen servicio suministrado por el personal etc. CLIENTELA.- es la manifestación exterior de la calidad de la hacienda. M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 85. EMPRESA O NEGOCIACIÓN MERCANTIL, TEORIAS  PERSONIFICACIÓN DE LA NEGOCIACIÓN.- la negociación tiene un nombre, patrimonio, domicilio y nacionalidad • LA NEGOCIACIÓN COMO PATRIMONIO • COMO PERSONA Y PATRIMONIO • LA NEGOCIACIÓN COMO NEGOCIO JURÍDICO • COMO DERECHO • COMO UNIVERSALIDAD DE HECHO • LA NEGOCIACIÓN COMO PLURALIDAD DE COSAS • NEGOCIOS QUE TIENEN POR OBJETO LA NEGOCIACIÓN M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 86. LAS EMPRESAS INTEGRADORAS • Las empresas integradoras se definen como empresas de servicios especializados que asocian personas físicas y morales de escala micro, pequeña y mediana, su objetivo fundamental es organizarse para competir en los diferentes mercados y no para competir entre sí. La integración de unidades productivas permite la obtención de ventajas económicas que las empresas y/o productores en lo individual difícilmente pueden lograr.M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 87. OBLIGACIONES Y DERECHOS DE LOS COMERCIANTES • Publicar su calidad mercantil • Inscribir en el Registro Público de la Propiedad los documentos cuyo tenor y autenticidad deben hacerse notorios • Mantener un sistema de contabilidad • Conservar la correspondencia que tenga relación con su giro (10 AÑOS) • Observar sanas prácticas comerciales • Proporcionar al Sistema de Información Empresarial la información exigida.M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 88. CONTABILIDAD MERCANTIL  El código de comercio refiere la exigibilidad de un libro de donde se desprendan los aspectos contables del comerciante, le denomina: LIBRO MAYOR o En el libro mayor se deberá de anotar los nombres o designaciones de las cuentas de contabilidad DE MANERA MENSUAL. M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 89. OBLIGACIÓN DE GUARDAR Y EXHIBIR DOCUMENTACIÓN EN CONCURSO MERCANTIL • La solicitud de declaración de concurso mercantil presentada por el propio Comerciante deberá ANEXAR M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 90. • I. Los estados financieros del Comerciante, de los últimos tres años, los cuales deberán estar auditados cuando exista esta obligación en términos de ley; • II. Una memoria en la que razone acerca de las causas que lo llevaron al estado de incumplimiento en que se encuentra; M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 91. • III. Una relación de sus acreedores y deudores que indique sus nombres y domicilios, la fecha de vencimiento del crédito o créditos de cada uno de ellos, el grado con que estima se les debe reconocer, indicando las características particulares de dichos créditos, así como de las garantías, reales o personales, que haya otorgado para garantizar deudas propias y de terceros; • IV. Un inventario de todos sus bienes inmuebles y muebles, títulos valores, géneros de comercio y derechos de cualquier otra especie; M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 92. • V. Una relación de los juicios en los cuales el Comerciante sea parte, que indique las partes del procedimiento, los datos de identificación del mismo, su tipo, estado del juicio y ante quién se tramita, y • VI. El ofrecimiento de otorgar en caso de admisión de la solicitud, la garantía respectiva. M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 93. RESPONSABILIDADES ESPECIALES EN CONCURSO MERCANTIL • La declaración de concurso mercantil de una sociedad determina que los socios ilimitadamente responsables sean considerados para todos los efectos en concurso mercantil. • La circunstancia de que los socios demuestren individualmente que pueden hacer frente al pago de las obligaciones de la sociedad no los eximirá de la declaración de concurso, a menos que tales socios, con medios propios, paguen las obligaciones vencidas de la sociedad. M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 94. • El procedimiento se podrá iniciar conjuntamente en contra de la sociedad y en contra de los socios. Los procedimientos relativos a los socios se acumularán al de la sociedad, pero se llevarán por cuerda separada. • La declaración de concurso mercantil de uno o más socios ilimitadamente responsables, en lo individual, no producirá por sí sola la de la sociedad. M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 95. SISTEMA DE INFORMACIÓN EMPRESARIAL. • El SIEM es el Sistema de Información Empresarial Mexicano el cual integra un registro completo de las empresas existentes desde una perspectiva pragmática y de promoción, accesible a confederaciones, autoridades, empresas y público en general, vía internet. M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 96. AUXILIARES MERCANTILES SON AUXILIARES MERCANTILES LAS PERSONAS QUE EJERCEN UNA ACTIVIDAD CON EL PRÓPÓSITO DE REALIZAR NEGOCIOS COMERCIALES AJENOS O FACILITAR SU CONCLUSION M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 97. • AUXILIARES INDEPENDIENTES = Auxiliares del comercio:no están supeditados ningún comerciante determinado y despliegan su actividad a favor de cualquiera que lo solicite, siendo así propiamente auxiliares del comercio en general y no de un comerciante en particular. • AUXILIARES DEPENDIENTES = Auxiliares del comerciante: están subordinados a un comerciante, al cual prestan sus servicios de modo exclusivo. M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 98. TIPOS DE AUXILIARES MERCANTILES  AUXILIARES INDEPENDIENTES O DEL COMERCIO: CORREDORES, INTERMEDIARIOS LIBRES, AGENTES DE COMERCIO, COMISIONISTAS Y CONTADORES PÚBLICOS  AUXILIARES DEPENDIENTES O DEL COMERCIANTE: FACTORES O GERENTES, CONTADORES PRIVADOS, LOS DEPENDIENTES O MANCEBOS, L0S VIAJANTES, LOS AGENTES DE VENTAS Y DEMÁS TRABAJADORES DE UNA NEGOCIACION. M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 99. COMISION MERCANTIL  Se considera al mandato aplicado a actos concretos de comercio.  No requiere su constitución en escritura pública, siéndole suficiente que conste por ESCRITO. M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 100. AGENTE DE COMERCIO OTRO SEMEJANTES  ART 285 LEY FEDERAL DEL TRABAJO: “LOS AGENTES  DE COMERCIO,  DE SEGUROS,  LOS VENDEDORES,  VIAJANTES,  PROPAGANDISTAS O IMPULSORES DE VENTAS Y OTROS SEMEJANTES,  SON TRABAJADORES DE LA EMPRESA O EMPRESAS A LAS QUE PRESTEN SUS SERVICIOS, CUANDO SU ACTIVIDAD SEA PERMANENTE, SALVO QUE NO EJECUTEN PERSONALMENTE EL TRABAJO O QUE ÚNICAMENTE INTERVENGAN EN OPERACIONES AISLADAS” M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 101. CORREDOR • La función de un corredor es poner en mutua relación a las personas interesadas en celebrar un contrato, o si se prefiere, buscar la persona que, al concertar el correspondiente negocio jurídico, pueda satisfacer las necesidades manifestadas por otra. M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 102. LOS FACTORES: • Factor es la persona que dirige a una negociación o un establecimiento mercantil, por cuenta de su propietarios, o que representa a éste en todos los asuntos concernientes a la negociación o establecimientos respectivos (Art. 309) PODEMOS IDENTIFICAR A: • GERENTES • ADMINISTRADORES M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 103. LOS DEPENDIENTES • Se reputarán dependientes los que desempeñen constantemente alguna o algunas gestiones propias del tráfico, en nombre y por cuenta del propietario de éste. Todo comerciante en el ejercicio de su tráfico, podrá constituir factores y dependientes. (Art 309 Código de Comercio). M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 104. SOCIEDADES MERCANTILES  En Roma se conocieron dos figuras consideradas como el origen remoto de las sociedades mercantiles modernas: PUBLICANOS VECTIGALM. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 105. LA SOCIEDAD MERCANTIL  Roberto Mantilla Molina define a la sociedad mercantil de la siguiente manera: “ACTO JURIDICO MEDIANTE EL CUAL LOS SOCIOS SE OBLIGAN A COMBINAR SUS RECURSOS O SUS ESFUERZOS PARA LA REALIZACIÓN DE UN FIN COMÚN, DE ACUERDO CON LAS NORMAS QUE, ALGUNO DE LOS TIPOS SOCIALES EN ELLA PREVISTOS, SEÑALA LA LEY MERCANTIL” M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 106. CONTRATO y PERSONALIDAD La constitución de una sociedad implica la celebración del mismo, que es condición inexcusable para hablar de una sociedad, ya que el contrato es el que vincula jurídicamente a los socios, determinando la posición de la sociedad y de las personas que la forman en lo que pueda referirse al Estado y a los terceros en general. La LGSM otorga personalidad tanto a aquellas inscritas en el Registro Público como para las que no lo estén M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 107. CONSECUENCIAS DE LA PERSONALIDAD. Capacidad jurídica. Un patrimonio. Un nombre. Un domicilio. Una nacionalidad. M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 108. CARACTERÍSTICA DE LA SOCIEDAD MERCANTIL…  LA SOCIEDAD MERCANTIL SE CARACTERIZA POR EL HECHO DE CONSTITUIR UNA PERSONA JURÍDICA CON CAPACIDAD PARA LA REALIZACIÓN DE SU OBJETO. M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 109. SOCIEDAD IRREGULAR  Se considera a aquella que no se ha inscrito en el Registro Público de Comercio. M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 110. CLAÚSULAS IMPORTANTES DESTINADAS A LOS EXTRANJEROS EN SOCIEDADES CLAUSULA DE EXCLUSIÓN: EN ELLA SE DETERMINA LA INADMISIBILIDAD DE EXTRANJEROS CLAUSULA CALVO: SE REALIZA LA RENUNCIA DE LA INVOCACIÓN DEL DERECHO EXTRANJERO AL CONSTITUIRSE UNA SOCIEDAD MERCANTIL, DICHA RENUNCIA SE FORMULA A LA SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 111. MODALIDADES DE LAS SOCIEDADES MERCANTILES SOCIEDADES MERCANTILES INTUITU PERSONAE INTUITU CAPITALIS MIXTAS ELASTICAS M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 112. LAS SOCIEDADES DE PERSONAS Y DE CAPITAL: SOCIEDADES DE CAPITALES. (INTUITU CAPITALIS). En estas lo que importa fundamentalmente es la aportación que se hace para la formación del capital social, del capital de la nueva y distinta persona jurídica que constituirán los socios, sin que las prendas personales de éstos, ni sus nombres, tengan mayor trascendencia, debido a que este tipo de sociedades existe bajo una denominación social, que se elige arbitrariamente por los mismos, La responsabilidad de los socios en este tipo de sociedad, es restringida al monto de la aportación de cada socio. M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 113. INTUITU PERSONAE. En estas es donde predomina la condición particular de los integrantes de la sociedad, se toma en cuenta: El nombre del socio. Su prestigio comercial e intelectual y técnico. Su crédito. Su honestidad. En atención a esos datos es que se integra la sociedad, al punto que de no existir, no se organizaría dicha sociedad. M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 114. MIXTAS Y ELÁSTICAS • LAS SOCIEDADES MIXTAS SON AQUELLAS QUE TIENEN SOCIOS PERSONALISTAS Y SOCIOS CAPITALISTAS. • LAS ELÁSTICAS, SON AQUELLAS QUE OBEDECEN A LAS NECESIDADES DERIVADAS DEL CASO CONCRETO , PODRÁN ORGANIZARSE CON SOCIOS CAPITALISTAS, PERSONALISTAS O CON AMBOS TIPOS DE SOCIOS M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 115. SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE SOCIEDAD EN NOMBRE COLECTIVO SOCIEDAD COOPERATIVA S. DE R.L. SOCIEDAD ANONIMA M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 116. DEFINICIONES • SOCIEDAD ANÓNIMA es la que existe bajo una denominación y se compone exclusivamente de socios cuya obligación se limita al pago de sus acciones. • SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA es la que se constituye entre socios que solamente están obligados al pago de sus aportaciones, sin que las partes sociales puedan estar representadas por títulos negociables, a la orden o al portador, pues sólo serán cedibles en los casos y con los requisitos que establece la presente Ley. • SOCIEDAD EN NOMBRE COLECTIVO es aquella que existe bajo una razón social y en la que todos los socios responden, de modo subsidiario, ilimitada y solidariamente, de las obligaciones sociales. M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 117. DEFINICIONES  SOCIEDAD COOPERATIVA es una forma de organización social integrada por personas físicas con base en intereses comunes y en los principios de solidaridad, esfuerzo propio y ayuda mutua, con el propósito de satisfacer necesidades individuales y colectivas, a través de la realización de actividades económicas de producción, distribución y consumo de bienes y servicios. • SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE.- es la que existe bajo una razón social y se compone de uno o varios socios comanditados que responden, de manera subsidiaria, ilimitada y solidariamente, de las obligaciones sociales, y de uno o varios comanditarios que únicamente están obligados al pago de sus aportaciones. • SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES.- es la que se compone de uno o varios socios comanditados que responden de manera subsidiaria, ilimitada y solidariamente, de las obligaciones sociales, y de uno o varios comanditarios que únicamente están obligados al pago de sus acciones. M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 118. SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA  A) Existe bajo razón social o denominación  B) No más de 50 socios  C) El capital social se divide por partes sociales  D) Las partes sociales son indivisibles  E)Podrán realizarse aportaciones consistentes en cantidades de dinero o bienes después de pagada la aportación social, esto se denomina: APORTACIONES SUPLEMENTARIAS  F)Si algún socio permite el uso y goce temporal de sus bienes a favor de la sociedad, se trata de: PRESTACIONES ACCESORIAS M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 119. SOCIEDAD ANÓNIMA  A) Existe bajo denominación o B) Requiere de dos socios como mínimo  C) Se exige el valor mínimo equivalente al 20 por ciento en efectivo de las acciones pagaderas D) BONOS DE FUNDADOR: documentos representativos de los derechos de las personas que organizan, animan y hacen posible la constitución de la S.A., generan derechos durante los primeros diez años de la constitución. E) ACCIONES: títulos representativos de las aportaciones sociales. M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 120. Asamblea general de accionistas. - Consejo de administración o administrador único ORGANOS SOCIALES Y DE VIGILANCIA CatalogadaPARTICIPACION DE EXTRANJEROS Hasta por el monto de sus acciones (aportación) Administradores ilimitadamente RESPONSABILIDAD DE LOS SOCIOS AcciónDOCUMENTOS QUE ACREDITAN AL SOCIO Mínimo: 2 - Máximo: ilimitadoNUMERO DE SOCIOS 5% de las utilidades anuales hasta llegar al 20% o quinta parte del capital social fijo RESERVAS Mínimo fijo $50,000.00CAPITAL SOCIAL DenominaciónNOMBRE Simultanea: - Asamblea de accionistas para hacer proyecto de estatutos. - Autorización de la S.R.E. - Protocolización ante notario publico - Inscripción en el registro publico de comercio. Nota: solo para la S.A. opera la constitución sucesiva, por suscripción publica PROCESO DE CONSTITUCION Capital representado por acciones nominativas - Socios obligados al pago de sus acciones, ya sea en efectivo o en especie CARACTERISTICAS L.G. S. MLEY QUE LA REGULA M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 121. La acción Las acciones se constituyen títulos de créditos que representan la participación de los socios en una parte alícuota del capital social de la sociedad, otorgando, por ende, derechos de orden patrimonial y corporativo en ella, y que son, además, títulos de inversión bursátil. M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 122. Acepciones según Fisher 1) La acción es una parte alícuota del capital social de una sociedad anónima o en comandita por acciones. 2) Designa el derecho que tiene el socio a dicha porción del capital (derecho que corresponde a la aportación del socio). 3) Acción es un titulo representativo del derecho del socio, de su “Status” como miembro de la corporación. M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 123. M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 124. Clasificación del Titulo M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 125. M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 126. M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 127. M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 128. M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 129. M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 130. SOCIEDAD ANÓNIMA  ACCIONES DE GOCE.-sólo dan derecho a una parte de las utilidades  ACCIONES DE VOTO LIMITADO.- restringen a la votación en asamblea extraordinaria ACCIONES M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 131. M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 132. M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 133. Acciones de trabajo M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 134. Cupones M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 135. Bono del fundador M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 136. M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 137. M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 138. M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 139. SOCIEDAD ANÓNIMA  ACCIONES DE GOCE.-sólo dan derecho a una parte de las utilidades  ACCIONES DE VOTO LIMITADO.- restringen a la votación en asamblea extraordinaria  ACCIONES PAGADERAS Y LIBERADAS  ACCIONES DE TRABAJO  ACCIONES PRIVILEGIADAS ACCIONES M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 140. ORGANOS QUE CONFORMAN LA S.A. ÓRGANO SUPREMO ASAMBLEA GENERAL DE ACCIONISTAS Consejo de Vigilancia Consejo de Administración M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 141. ADMINISTRACIÓN  A)Por uno o varios mandatarios revocables  B) Al ser dos o más forman CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN  C)Previo a entrar en funciones, requieren otorgar garantía  D) Pueden ser socios o personas ajenas  E) Deben ser responsables en los casos que la ley señale  F) Emiten la información financiera  G) Pueden emitir poderes M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 142. VIGILANCIA Conocedores en materia: a) Contable, b) Financiera c) Comercial d) Jurídica  CONSEJO DECONSEJO DE VIGILANCIAVIGILANCIA M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 144. ASAMBLEAS GENERALES: ORDINARIAS Y EXTRAORDINARIAS ASAMBLEAS ORDINARIAS  La Asamblea Ordinaria se reunirá por lo menosLa Asamblea Ordinaria se reunirá por lo menos una vez al año dentro de los cuatro meses queuna vez al año dentro de los cuatro meses que sigan a la clausura del ejercicio social y sesigan a la clausura del ejercicio social y se ocupará, además de los asuntos incluidos en laocupará, además de los asuntos incluidos en la orden del día, de los siguientes:orden del día, de los siguientes:  I.-I.- Discutir, aprobar o modificar el informe de losDiscutir, aprobar o modificar el informe de los administradores a que se refiere el enunciadoadministradores a que se refiere el enunciado general del artículo 172, tomando en cuenta elgeneral del artículo 172, tomando en cuenta el informe de los comisarios, y tomar las medidasinforme de los comisarios, y tomar las medidas que juzgue oportunas.que juzgue oportunas.  II.-II.- En su caso, nombrar al Administrador oEn su caso, nombrar al Administrador o Consejo de Administración y a los Comisarios;Consejo de Administración y a los Comisarios;  III.-III.- Determinar los emolumentosDeterminar los emolumentos correspondientes a los Administradores ycorrespondientes a los Administradores y Comisarios, cuando no hayan sido fijados en losComisarios, cuando no hayan sido fijados en los estatutos.estatutos. M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 145. ASAMBLEAS EXTRAORDINARIAS • I.- Prórroga de la duración de la sociedad; • II.- Disolución anticipada de la sociedad; • III.- Aumento o reducción del capital social; • IV.- Cambio de objeto de la sociedad; • V.- Cambio de nacionalidad de la sociedad; • VI.- Transformación de la sociedad; M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 146. ASAMBLEAS EXTRAORDINARIAS • VII.- Fusión con otra sociedad; • VIII.- Emisión de acciones privilegiadas; • IX.- Amortización por la sociedad de sus propias acciones y emisión de acciones de goce; • X.- Emisión de bonos; • XI.- Cualquiera otra modificación del contrato social, y • XII.- Los demás asuntos para los que la Ley o el contrato social exija un quórum especial. • Estas asambleas podrán reunirse en cualquier tiempo M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 147. TRANSFORMACIÓN, FUSIÓN, ESCISIÓN…  A)TRANSFORMACIÓN.- Las sociedades constituidas en alguna de las formas que establecen las fracciones I a V del artículo 1º, podrán adoptar cualquier otro tipo legal. Asimismo podrán transformarse en sociedad de capital variable. M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 148. FUSIÓN B) FUSIÓN.-La fusión de varias sociedades deberá ser decidida por cada una de ellas, en la forma y términos que correspondan según su naturaleza. Cuando de la fusión de varias sociedades haya de resultar una distinta, su constitución se sujetará a los principios que rijan la constitución de la sociedad a cuyo género haya de pertenecer M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 149. ESCISIÓN C) ESCISIÓN.-Se da la escisión cuando una sociedad denominada escindente decide extinguirse y divide la totalidad o parte de su activo, pasivo y capital social en dos o más partes, que son aportadas en bloque a otras sociedades de nueva creación denominadas ESCINDIDAS; o cuando la escindente, sin extinguirse, aporta en bloque parte de su activo, pasivo y capital social a otra u otras sociedades de nueva creación. M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 150. ESCISIÓN SE TRANSMITE EN BLOQUEACTIVO PASIVO CAPITAL M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 151. DISOLUCIÓN • Las sociedades se disuelven: • I.- Por expiración del término fijado en el contrato social; • II.- Por imposibilidad de seguir realizando el objeto principal de la sociedad o por quedar éste consumado; • III.- Por acuerdo de los socios tomado de conformidad con el contrato social y con la Ley; • IV.- Porque el número de accionistas llegue a ser inferior al mínimo que esta Ley establece, o porque las partes de interés se reúnan en una sola persona; • V.- Por la pérdida de las dos terceras partes del capital social. M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 152. LIQUIDACIÓN PRIMERO • La liquidación estará a cargo de uno o más liquidadores. • Los liquidadores conservarán la documentación durante DIEZ AÑOS. DISOLVER LIQUIDAR M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 153. SOCIEDADES COOPERATIVAS • La sociedad cooperativa es una forma de organización social integrada por personas físicas con base en intereses comunes y en los principios de solidaridad, esfuerzo propio y ayuda mutua, con el propósito de satisfacer necesidades individuales y colectivas, a través de la realización de actividades económicas de producción, distribución y consumo de bienes y servicios. M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 154. SOCIEDADES COOPERATIVAS SOCIEDADES COOPERATIVAS DE CONSUMIDORES DE BIENES Y SERVICIOS DE PRODUCTORES DE BIENES O SERVICIOS DE AHORRO Y PRÉSTAMO M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 155. SOCIEDADES COOPERATIVAS ALGUNAS REGLAS DE SU CONSTITUCIÓN… • I.- Se reconoce un voto por socio, independientemente de sus aportaciones; • II.- Serán de capital variable; • III.- Habrá igualdad esencial en derechos y obligaciones de sus socios e igualdad de condiciones para las mujeres; • IV.- Tendrán duración indefinida, y • V.- Se integrarán con un mínimo de cinco socios. M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 156. INVERSIÓN EXTRANJERA ¿QUÉ ES? • a) La participación de inversionistas extranjeros, en cualquier proporción, en el capital social de sociedades mexicanas; • b) La realizada por sociedades mexicanas con mayoría de capital extranjero; y • c) La participación de inversionistas extranjeros en las actividades y actos contemplados por esta Ley. M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 157. INVERSIÓN EXTRANJERA EJEMPLOSPORCENTAJES DE PARTICIPACIÒN DE INVERSIÓN EXTRANJERA 10% Sociedades cooperativas de producción 25% Transporte aéreo internacional 49% Fabricación de armas M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 158. INVERSIÓN EXTRANJERA EJEMPLO DE ACTIVIDES EXCLUSIVAS DEL ESTADO:  PETROQUÍMICA BÁSICA  CONTROL DE AOROPUERTOS  ENERGIA NUCLEAR M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 159. ALGUNAS GENERALIDADES ACTIVIDADES Y PORCENTAJES AUTORIZACIÓN DE LA COMISIÓN MODIFICACIÓN A ESTATUTOS SOCIALESACTIVIDADES DE MEXICANOS INVERSIÓN NEUTRA ZONAS RESTRINGIDAS S.R.E ACTIVIDADES DEL ESTADO INVERSIÓN EXTRANJERA M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 160. INVERSIÓN NEUTRA La inversión neutra es aquella realizada en sociedades mexicanas o en fideicomisos autorizados conforme al presente Título y no se computará para determinar el porcentaje de inversión extranjera en el capital social de sociedades mexicanas. . M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 161. CONTRATOS MERCANTILES CONTRATO: Acuerdo de voluntades para crear y transmitir derechos y obligaciones ALGUNOS ASPECTOS GENERALES: M. en C. josé Angel Cú Tinoco
  • 162. CONTRATOS MERCANTILES CAPACIDAD DE LOS CONTRAYENTES, EXCEPCIONES, CAUSAS DE INVALIDACIÓN O RESCISIÓN CONFORME A LA LEGISLACIÓN CIVIL SE PERFECCIONAN DESDE LA ACEPTACIÓN DE LA PROPUESTA, CUANDO SE DEN POR MEDIOS TALES COMO LOS ELECTRÓNICOS NO SE RECONOCEN PLAZOS DE GRACIA. EN LOS CÓMPUTOS SE ENTENDERÁN POR DIAS MESES O AÑO M. en C. josé Angel Cú Tinoco