Libertad de Expresión en la Sociedad de la Información
1. LIBERTAD DE EXPRESION VS DERECHOS HUMANOS
EN LA SOCIEDAD DE LA INFORMACION
REFLEXION
“Todos lo que de una forma u otra promovemos conocimiento a través
de la Sociedad de la Información (Internet y redes sociales) propiciaremos
mejores cambios sociales, si durante el uso de estas tecnologías, protegemos
adecuadamente los derechos humanos, el valor y la dignidad del hombre”.
En días recientes el tema de las redes sociales y el cuestionamiento sobre el uso de
Internet y las tecnologías de la información fue foco de atención en Puerto Rico, debido a la
controversia pública que hubo sobre algunos escritos de opinión publicados en un periódico de
circulación nacional. La controversia fue expuesta públicamente desde la óptica de la ética y el
deber que tiene toda persona que redacta un escrito de mencionar –sin importar el formato- la
fuente de donde obtiene un concepto o información.
Pudimos ver como la discusión de este asunto, el cual inició con un reclamo a través de
las redes sociales, tomó un giro trascendental al convertirse de un “issue” estrictamente de
reconocimiento de una fuente a un paredón de fusilamiento a través de las tecnologías de la
información (TIC). Esto último propicia que me tome unos minutos para hacer una introspección
no académica y sin apasionamientos sobre el rol social que tiene Internet y la sociedad red en
el desarrollo óptimo de los pueblos. Como comunicador y fiel creyente del bien social debo
atender brevemente el tema, ya que creo que las experiencias, sin importar lo difícil de éstas,
pueden convertirse en oportunidades que promuevan la concienciación sobre diversos temas
desde una óptica reflexiva.
Como parte del “issue” público que hace posible el desarrollo de este escrito debemos
preguntarnos lo siguiente: ¿Fundamentados en la ética y la moral y en la protección de
nuestros derechos tenemos el derecho absoluto de utilizar Internet y las redes sociales de
forma indiscriminada? ¿No violentamos los derechos de otros al utilizar de forma indiscriminada
Internet y las redes sociales? ¿Hasta dónde la ética y la moral, utilizada como justificación para
nuestros actos, puede verse afectada con el uso indiscriminado de Internet y las redes
sociales? ¿Hasta dónde una causa “genuina” puede convertirse en un paredón a la dignidad
POR IVAN RIOS HERNANDEZ 2012
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2. del hombre utilizando como herramienta de linchamiento Internet y las redes sociales? ¿Cuáles
son las políticas establecidas por organismos internacionales respecto al buen uso de las
tecnologías de la información?
Las respuestas a cada una de estas preguntas debemos mirarla desde la óptica de la
responsabilidad social que ha sido adjudicada por organismos internacionales relacionados al
estudio de la Sociedad de la Información. De acuerdo con la Declaración de Ginebra de 2003,
formulada como parte de la Cumbre Mundial sobre la Sociedad de la Información, uno de los
fundamentos principales que debe ser protegido por la Sociedad de la Información es el
relacionado a los derechos humanos. La Declaración de Ginebra dice y cito:
“Nosotros, los representantes de los pueblos del mundo, reunidos en Ginebra del 10 al
12 de diciembre de 2003, con motivo de la primera fase de la Cumbre Mundial sobre la
Sociedad de la Información, declaramos nuestro deseo y compromiso comunes de
construir una Sociedad de la Información centrada en la persona, integradora y
orientada al desarrollo, en que todos puedan crear, consultar, utilizar y compartir la
información y el conocimiento, para que las personas, las comunidades y los pueblos
puedan emplear plenamente sus posibilidades en la promoción de su desarrollo
sostenible y en la mejora de su calidad de vida, sobre la base de los propósitos y
principios de la Carta de las Naciones Unidas y respetando plenamente y defendiendo
la Declaración Universal de Derechos Humanos”.
Este punto inicial de la declaración hace énfasis en el respeto pleno de los derechos
humanos que debe ser observado en la Sociedad de la Información, la cual incluye todas las
tecnologías de la información entre las que se encuentran: Internet y las redes sociales. La
Declaración de Ginebra a pesar de que defiende el derecho a la libre expresión, procura
salvaguardar la dignidad del hombre y la protección de los derechos humanos. En lo que
respecta al tema de la ética la Declaración de Ginebra dice lo siguiente y cito:
“La Sociedad de la Información debe respetar la paz y regirse por los valores
fundamentales de libertad, igualdad, solidaridad, tolerancia, responsabilidad compartida
y respeto a la naturaleza”.
POR IVAN RIOS HERNANDEZ 2012
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3. “Reconocemos la importancia de la ética para la Sociedad de la Información, que debe
fomentar la justicia, así como la dignidad y el valor de la persona humana. Se debe
acordar la protección más amplia posible a la familia y permitir que ésta desempeñe su
papel cardinal en la sociedad”.
“El uso de las TIC y la creación de contenidos debería respetar los derechos humanos y
las libertades fundamentales de otros, lo que incluye la privacidad personal y el derecho
a la libertad de opinión, conciencia y religión de conformidad con los instrumentos
internacionales relevantes”.
“Todos los actores de la Sociedad de la Información deben adoptar las acciones y
medidas preventivas apropiadas, con arreglo al derecho, para impedir la utilización
abusiva de las TIC, tales como actos ilícitos o de otro tipo motivados por el racismo, la
discriminación racial, la xenofobia, y las formas conexas de intolerancia, el odio, la
violencia, todo tipo de maltrato de niños, incluidas la pedofilia y la pornografía infantil,
así como la trata y la explotación de seres humanos”.
Vemos como la Declaración de Ginebra nos ayuda a responder las interrogantes
expuestas en los párrafos introductorios de este escrito. Nos ayuda además a reflexionar sobre
el rol importante que tiene el uso adecuado de las tecnologías de la información en la
protección de los derechos humanos y en la defensa del valor y la dignidad del hombre. Como
muy bien nos permite inferir la Declaración de Ginebra, la protección de los derechos humanos
y la dignidad del hombre no puede ser obviada utilizando como pretexto el derecho a la libertad
de expresión. Debe haber un justo balance entre la libertad de expresión, y la protección de la
dignidad y los derechos humanos de los demás. Todos lo que de una forma u otra promovemos
conocimiento a través de la Sociedad de la Información (Internet y redes sociales)
propiciaremos mejores cambios sociales, si durante el uso de estas tecnologías, protegemos
adecuadamente los derechos humanos, el valor y la dignidad del hombre.
Fuente: Unión Internacional de Telecomunicaciones (2004). Declaración de Principios/ Construir la
Sociedad de la Información: un desafío global para el nuevo milenio. Recuperado el (29 de septiembre),
de http://www.itu.int/wsis/docs/geneva/official/dop-es.html.
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