2. OBJETIVO DE LA SESIÓN LEGAL OPEN DATA
● Al final de la sesión seréis capaces de:
1. Conocer cuales son las leyes afectan a Open Data
2. Licenciamientos aplicables a Open Data
3. Conocer las Leyes Open Data sobre Transparencia, Acceso a la información,
Protección de datos que nos afectan a nivel Estatal y CCAA.
4. Conocer las Normativa Europea y tendencias Internacionales
5. Detectar las Bases legales y límites para Publicar Datos Abiertos.
6. Reflexionar sobre algunos aspectos bàsicos de Ética & Data
Capacitar sobre las normas y referentes legales Open Data
3. PROGRAMA
1. Definiciones
2. Contexto
3. Normativa
4. Open Data y Reutilización
5. Open Data y Transparencia
6. Límites - Propiedad Intelectual – Datos Personales
7. Otras normas
8. Cuestiones prácticas y éticas
4. ● Aplicación de los principios de open Knowledge definition a
datos, http://opendefinition.org
• Licencia abierta
• Acceso libre (coste marginal)
• Automatizable lectura (machine readability)
• Formato abierto - En España definido en Ley 37/2007
DEFINICIÓN de “Datos Abiertos”
5. Aplicación de los principios de open Knowledge definition a datos.
Fuente y consultar Definición completa
http://opendefinition.org/
Definición Breve Open Data ...
"Los datos y contenidos abiertos pueden ser
utilizados, modificados y compartidos libremente por
cualquier persona para cualquier propósito"
DEFINICIÓN
6. ● Permiso para el uso libre de los datos y con cualquier
propósito
● Permiso para la redistribución de los datos
● Permiso para la modificación (no desnaturalización) y
compartir las modificaciones
● Permiso para separar parte del resto de datos
● No imponer restricciones a otros datos con los que se
compile
● No discriminación por colectivos o usos de los datos
● Sin contrapartida económica
“LICENCIA ABIERTA” (OPEN)
9. Licencias
• Open Data Commons Open Database License (ODbL)
• Open Data Commons Public Domain Dedication and License (PDDL)
• Open Data Commons Attribution License
Open Data Handbook: http://opendatahandbook.org/
http://opendatahandbook.org/guide/es/
https://opendatacommons.org/
Open Data Commons (parte de Open Knowledge
Foundation)
“LICENCIA ABIERTA” (OPEN)
10. Comisión Europea: Directrices sobre las licencias normalizadas
recomendadas, los conjuntos de datos y el cobro por la reutilización de los
documentos - 2014/C 240/01
2.2. Licencias abiertas
Pueden encontrarse en internet varias licencias que cumplen los principios de «apertura» (5)
descritos por la Open Knowledge Foundation para fomentar la reutilización sin restricciones de
los contenidos en línea. Han sido traducidas a muchas lenguas, se actualizan de forma
centralizada y son ya ampliamente utilizadas en todo el mundo. Las licencias abiertas estándar,
por ejemplo las licencias Creative Commons (CC) más recientes (6) (versión 4.0), podrían
permitir la reutilización de la ISP sin necesidad de desarrollar y actualizar licencias específicas a
nivel nacional o subnacional. Entre ellas, reviste especial interés la dedicación al dominio
público CC0 (7). En tanto que instrumento jurídico que permite suspender los derechos de autor y
los derechos sobre bases de datos en relación con la ISP, garantiza una flexibilidad plena a los
reutilizadores y reduce las complicaciones que entraña el manejo de muchas licencias, con
disposiciones a veces contradictorias. Si no puede utilizarse la dedicación al dominio público CC0,
se insta a los organismos del sector público a utilizar licencias estándar abiertas adecuadas a la
legislación contractual y sobre propiedad intelectual de cada Estado miembro y que cumplan las
disposiciones recomendadas que se exponen a continuación. A la luz de dichas recomendaciones,
también debe examinarse la posibilidad de desarrollar una licencia abierta nacional adecuada.
Recomendaciones UE
11. Licencias usadas por
las AAPP en España….
(1).
Actividad individual.
Tiempo: 5 minutos
Actividad
12. OpenData Euskadi
http://opendata.euskadi.net/w79-home/es/
Open Data Euskadi es el resultado del compromiso del Gobierno Vasco a
exponer los datos públicos que obran en su poder de forma reutilizable, con
el fin de que terceros puedan crear servicios derivados de los mismos
Como consecuencia, los conjuntos de datos expuestos se ofrecen bajo licencias
de propiedad abiertas, que permiten su redistribución, reutilización y
aprovechamiento con fines comerciales.
Aviso legal
El contenido y la información puesta a disposición a través del portal Open Data que
estén sujetos a derechos de propiedad intelectual y cuya titularidad corresponda a la
Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi, estará sujeta a la licencia
Creative Commons que aparece en su página principal
13. Asturias
El acceso a los conjuntos de datos que el Gobierno del Principado de Asturias publica en
este sitio Web supone la aceptación de los presentes Términos de Uso, cuyo objeto es la
protección y promoción del compromiso que el Gobierno del Principado de Asturias tiene con
la reutilización de la información del sector público y, de este modo, permite que los
destinatarios de los conjuntos de datos contribuyan al crecimiento de la comunidad
mediante la aportación de los beneficios obtenidos a partir de la explotación de los
mismos.
El ejercicio de los derechos de propiedad intelectual de las Administraciones y
organismos del sector público debe realizarse de forma que se facilite su reutilización, por lo
que el contenido de todos los conjuntos de datos que ofrece el Gobierno del Principado de
Asturias, si no se indica lo contrario, se publica bajo los términos de la licencia Creative
Commons-Reconocimiento (CC-by 3.0), …
14. Barcelona - GeoPortal
Avís legal
Tots els continguts cartogràfics d’aquest web i dels serveis que proporciona són propietat de l’Ajuntament de Barcelona.
L'Ajuntament de Barcelona no és responsable de la informació que es pot obtenir a través d'enllaços a sistemes externs.
La informació cartogràfica l'empara la legislació vigent en matèria de propietat intel·lectual. Els usuaris no adquireixen cap títol,
dret o interès sobre aquesta informació.
Els usuaris són els responsables de l'ús que facin de la informació d'aquest lloc web.
Condicions de cessió de l’ús de les dades
Els drets d'ús de les dades són vàlids únicament i exclusivament per a ús intern o per dur a terme estudis o projectes propis o
destinats a terceres persones.
Els usuaris no poden utilitzar la informació per altres fins dels que estan autoritzats expressament i sempre han de fer constar la
procedència de la informació: “Ajuntament de Barcelona – Informació de base i cartografia (IBC)”. Altrament, l'Ajuntament o els
seus representants poden reclamar el pagament dels usos realitzats, a més de les indemnitzacions pertinents per danys i
perjudicis.
Els usuaris no poden cedir les dades obtingudes, ni totalment ni parcialment, a tercers sense autorització expressa de
l'Ajuntament de Barcelona o dels seus representants.
Les dades proporcionades als usuaris són còpia fidel de les dades integrades, fins a la data d'avui, a les bases de dades
cartogràfiques de l'Ajuntament de Barcelona (IMI-IBC). Per tant, no ens fem responsables dels possibles errors o omissions que
detectin els usuaris o tercers, ni dels possibles perjudicis que es derivin de l'ús d'aquesta informació.
Les dades urbanístiques són una transcripció, amb efectes informatius, dels diversos plans urbanístics. No incorporen la totalitat
de les determinacions gràfiques i poden ésser objecte de modificacions o ajustaments. La normativa del planejament es pot
consultar a la pàgina web d’Urbanisme (www.bcn.cat/urbanisme) en les condicions que estableix la disposició addicional primera
del Decret 305/2006, de 19 de juliol, pel qual s’aprova el Reglament d’urbanisme, i l’article 23 del mateix cos legal. Els documents
complets dels plans urbanístics es poden consultar als serveis municipals, article 17, del reglament esmentat.
15. OpenData BCN
Llicència aplicable a la reutilització de les dades
La utilització dels serveis i dades proveïts en aquest portal pressuposa l'acceptació de
les presents Condicions d'ús, per bé que la seva acceptació no suposa la concessió a
l'usuari dels drets d'autor ni propietat intel·lectual sobre els conjunts de dades.
En tots els conjunts de dades que s'ofereix en el servei OpenData BCN s'indica quines
condicions d'ús tenen.
La majoria de conjunts de dades es publiquen sota els termes de la llicència Creative
Commons - Reconeixement (CC-BY 3.0) que permet:
que es puguin copiar, distribuir i divulgar públicament
que puguin servir de base a obres derivades com a resultat de la seva anàlisi o estudi
que puguin ser utilitzades amb fins comercials o no comercials, sempre que aquest ús no
constitueixi una activitat administrativa pública
que es puguin modificar, transformar i adaptar
que s'hagi de citar l'autoria de l'Ajuntament de Barcelona (tal com s'indica més endavant).
….
16. CONTEXTO & REFERENTES OPEN DATA
Países pioneros políticas públicas Open Data
● 2009. Cambio Sistémico. Lanza portal de
publicación de datos del gobierno: Data.gov.
● 2013. Presidente USA firma Orden ejecutiva
de gobierno abierto, “la información del
Gobierno por defecto se publicará en abierto y
lectura automática”
● 2016. Casa blanca lanza Proyecto de
Oportunidades . Herramientas sencillas para
la reutilización útil de datos.
● 2010. Lanzamiento portal de datos abiertos,
data.gov.uk
● 2010. Creación del Open Data Institute. Objetivo
es crear valor económico, social y medioambiental
con la cultura de la apertura y reutilización de datos
públicos
● 2012. Gobierno de Reino Unido publicó el Open
Data White Paper. Concepto de gobierno abierto,
establece principio de datos abiertos para el
servicio público y apuesta por la reutilización y el
uso inteligente de dicha información de las
instituciones.
EEUU REINO UNIDO
17. Países donde el acceso
a la información
pública se ha
desarrollado más. (1).
Actividad individual.
Tiempo: 5 minutos
Actividad
18. OPEN DATA Y REUTILIZACIÓN: NORMATIVA
Normativa Europea
Directiva 2003/98 (Reutilización)
Normativa nacional
Ley 37/2007 (Acceso y reutilización)
Ley 19/2013 (Transparencia)
Normativa local
Llei 19/2014, del 29 de desembre, de transparència, accés a la informació pública
i bon govern
(http://dogc.gencat.cat/ca/pdogc_canals_interns/pdogc_resultats_fitxa/?action=fitxa&documentId=680124)
20. NORMATIVA
Directiva 2003/98/CE relativa a la reutilización de la información del sector
público modificada por Consejo de la Unión Europea el 15 d’abril de 2013. (2013/37)
1. Conjunto mínimo de normas que regulen la reutilización y los instrumentos prácticos
que faciliten la reutilización de los documentos existentes conservados por
organismos del sector público de los Estados miembros
2. EXCLUSIONES:
1. Documentos relacionados con actividad que no sea servicio público.
2. Documentos amparados por derecho de propiedad intelectual
3. Excluidos por razones de seguridad nacional/pública
4. Documentos conservados por entidades de radiodifusión.
5. Conservados por instituciones educativas, de investigación, bibliotecas.
6. Documentos conservados por instituciones culturales, museos, bibliotecas,
orquestras, teatros.
Normativa europea
21. OPEN DATA Y REUTILIZACIÓN: NORMATIVA
Directiva 2003/98/CE relativa a la reutilización de la información del sector
público modificada por Consejo de la Unión Europea el 15 d’abril de 2013. (2013/37)
1. Que cada contenido publicado estará disponible para otros usos, más allá de los
iniciales, incluyendo no comercial y comercial. Y las licencias tienen que estar
alineadas con estos usos y no imponer restricciones adicionales.
2. El principio de no discriminación entre usuarios de la reutilización de la información del
sector público. categorías usuarios comparables tienen los mismos derechos ..
3. Aunque cobrar por la información sigue siendo posible, se fomenta el acceso gratuito o
simplemente con costes marginales. Sólo excepcionalmente se admite cobro. Y en
esos casos las tarifas públicas deben estar disponibles y por lo que su método de
cálculo.
Normativa europea - principios
22. NORMATIVA
Esquema
• Identificación de los organismos obligados
• Requisitos para el tratamiento de las solicitudes de reutilización
• Establecimiento de un plazo razonable para la solicitud de acceso
• Plazo máximo de 20 días (ampliable 20 días en caso de complejidad).
• En caso de denegación se motivará la decisión negativa e indicará el recurso
correspondiente.
• Condiciones de reutilización:
• se facilitará el acceso en cualquier formato (sin obligación de proporcionarlo en
formato compatible).
• Sin discriminación, exclusividad
• Comercial o no comercial
• Previsión de una tarificación (coste de reproducción más un margen de beneficio
razonable
Regulaciones europeas
23. NORMATIVA
• Directrices sobre las licencias normalizadas recomendadas, los conjuntos de datos y el
cobro por la reutilización de los documentos - 2014/C 240/01
http://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX%3A52014XC0724%2801%29
• Dictamen 06/2013 (sobre datos abiertos e información del sector público) del Grupo de
trabajo del artículo 29 sobre protección de datos.
http://ec.europa.eu/justice/data-protection/article-29/documentation/opinion-
recommendation/files/2013/wp207_es.pdf
Otros documentos europeos interesantes
24. OPEN DATA - NORMATIVA
● Ley 37/2007 de reutilización de información del sector público
● Reglamento 1495/2011 (desarrolla Ley 37/2007)
● Ley 19/2013 de transparencia, acceso a la información pública y buen
gobierno
● Otras relevantes
• LOPD/RGPD, LSSICE, LG Tributaria…
• Ley de firma electrónica. Ley 59/2003
Regulación Estatal
25. OPEN DATA Y REUTILIZACIÓN
Uso de documentos que obran en poder del sector público,
por personas físicas o jurídicas, con fines comerciales o no
comerciales, siempre que dicho uso constituya una actividad
administrativa pública.
(Ley 37/2007 reutilización información pública)
Definición de reutilización de información del
sector público
26. OPEN DATA Y REUTILIZACIÓN
● OBJETIVO: Reforzar el derecho de los ciudadanos a acceder a
la información sobre las actividades públicas.
• Entidades a las que afecta: Administración general del Estado, CCAA,
Administraciones locales, Casa Real, Congreso y Senado, Tribunal
Constitucional, Banco de España, Defensor del Pueblo, Seguridad
Social, Fundaciones, y sociedades mercantiles en las que participen
entidades públicas +50% del capital.
27. ASPECTOS BÁSICOS LEY DE REUTILIZACIÓN
• Ámbito: Quienes pueden ejercer el derecho y a que entidades e información aplica
• Petición: Procedimiento de petición, facilidad, requisitos, coste, agilidad
• Excepciones: Excepciones y limitaciones al acceso
• Recursos: Posibilidad, simplicidad de apelar el resultado no satisfactorio
• Sanciones: Procedimiento sancionador personas e instituciones ante no cumplimiento
• Promoción: Medidas de promoción del acceso a la información
• Derecho de acceso: Infraestructura legal para soportar el derecho acceso (categoría de la ley)
Elementos considerados
Fuente access-info http://access-info.org
Datos http://www.rti-rating.org/country-data/
28. OPEN DATA Y REUTILIZACIÓN
● Define el catálogo de información pública
● Aplicación a AGE
• Organismos autónomos, agencias estatales y entidades de
derecho público dependientes
• Entidades gestoras y servicio comunes de seguridad social
• Entidades estatales de derecho público (reguladores)
• Fundaciones del sector público estatal
• Consorcios y asociaciones de entidades u organismos del
sector público estatal
Reglamento 1495 /2011
29. OPEN DATA Y LEY DE TRANSPARENCIA
● Excepciones recogidas
• Información afectada por derechos de propiedad intelectual o industrial.
• Información sometida al secreto estadístico o a la confidencialidad
comercial.
• Información que afecte a la defensa y seguridad del Estado o a la
seguridad pública.
• Información que tenga finalidades ajenas a las funciones de servicio
público.
● Guía de adaptación al decreto. http://datos.gob.es/?q=guiaRD1495
Reglamento 1495 /2011
30. OPEN DATA Y LEY DE TRANSPARENCIA
● Coordinación de la reutilización
• Asignado a subsecretaría del departamento o al titular de los organismos
en caso de sector público estatal
Coordinar las actividades de reutilización de información
Informes sobre estas actividades
Resolver quejas y sugerencias
● Plan RISP del organismo
• Selección de datos
• Prepararlos para publicación
• Sede web para publicación
• Enviarlo al catálogo nacional (sindicación)
• Acciones de fomento reutilización
Reglamento 1495 /2011
31. OPEN DATA Y TRANSPARENCIA
1. La democracia es transparencia y control
2. Transparencia como mecanismo de rendición de cuentas en ámbito
público
• Auditoría interna de la actividad pública
• Auditoría ciudadana de la actividad pública
3. Derecho de acceso a la información (FOI)
4. Países más garantistas y países más transparentes
Concepto de “transparencia”
32. OPEN DATA Y LEY DE TRANSPARENCIA
● Datos: Principios de Publicidad activa y de Acceso
Ley 19/2013 de transparencia
33. OPEN DATA Y PUBLICACIÓN DE LA INFORMACIÓN
● PRINCIPIO DE PUBLICIDAD ACTIVA:
• La normativa obliga a las administraciones públicas a difundir información
relevante y actual sin necesidad que se solicite por parte de la ciudadanía.
• Requisitos de la información: PERIÓDICA, ACTUALIZADA, CLARA, GRATUITA,
ESTRUCTURADA, ENTENDIBLE, DE CALIDAD, IDENTIFICABLE,
LOCALIZABLE, EN FORMATO REUTILIZABLE.
34. OPEN DATA Y PUBLICACIÓN DE LA INFORMACIÓN
● INFORMACIÓN PUBLICABLE:
● Información relativa a sus funciones y estructura
● Organigrama, perfil y trayectoria profesional de sus responsables
● Contratos, su objeto, duración, importe, procedimiento, etc.
● Estadísticas del volumen presupuestario de contratos
● Relación de convenios suscritos, indicando también su objeto, duración,
obligaciones, etc.
● Subvenciones y ayudas públicas concedidas
● Presupuestos, describiendo las principales partidas
● Cuentas anuales e informes de auditoría y fiscalización
● Retribuciones de las personas con mayor responsabilidad
● Declaraciones anuales de bienes y actividades de representantes locales
35. OPEN DATA Y DERECHO DE ACCESO
● DERECHO DE ACCESO
• Se aplica a toda información pública (salvo lo excluido):
• los contenidos o documentos, cualquiera que sea su formato o soporte, que obren en
poder de alguno de los sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de este título y que
hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones
• Se excluye este derecho de acceso cuando suponga un perjuicio para la
seguridad nacional o pública, intereses económicos y comerciales, política
económica y monetaria, secreto profesional, propiedad intelectual,
protección del medio ambiente. (Art. 14)
• En el caso de que afecte a datos personales especialmente protegidos, la
persona afectada debe dar su consentimiento (Art 15)
36. OPEN DATA Y DERECHO DE ACCESO
● SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN.
• Las ciudadanas y ciudadanos pueden solicitar información a las Administraciones
identificándose e indicando una forma de contacto, pero no es obligatorio exponer
los motivos de la solicitud de información.
• La Administración tendrá un mes para resolver la consulta o dos si el volumen o
complejidad lo hace necesario.
• Sistema de recursos e reclamaciones (Consejo de Transparencia)
37. OPEN DATA Y TRANSPARENCIA
● PORTAL DE TRANSPARENCIA
• La ley obliga a la creación de esta herramienta, que dependerá del Ministerio de la
Presidencia, para publicar la información obligatoria por ley que deba proveer la
Administración General del Estado, así como la solicitada de forma más frecuente
por la ciudadanía.
• Principios técnicos
• Accesibilidad, Interoperabilidad (Esquema Nacional de Interoperabilidad),
Reutilización (Ley 37/2003)
41. Análisis del Portal
Transparencia del Gobierno
Estatal.
http://transparencia.gob.es/
Actividad grupos, puesta en común..
Tiempo: 20 minutos
Actividad
42. OPEN DATA Y OTRAS NORMATIVAS
● Norma Técnica de Interoperabilidad de Reutilización de recursos de la
información, mediante Resolución de 19 de febrero de 2013 de la Secretaría
de Estado de Administraciones Públicas.
• Regula las temáticas (22)
• Fomenta la interoperabilidad de datos
Regulaciones Estado. Otras normativas
43. LÍMITES NORMATIVOS
● Varios límites sectoriales o transversales
• Exclusiones en las mismas leyes de Reutilización y
Transparencia
• Propiedad Intelectual
• Datos de carácter personal
• Datos Fiscales
44. LÍMITES NORMATIVOS
● Ley de propiedad intelectual
• Real Decreto Legislativo 1/1996
• Modificada con fecha efectiva 2-1-2015 por ley 21/2014,
● Se aplica a “obras científicas, artísticas, literarias” (documentos,
audiovisuales, etc.)
● NO aplica a datos “sueltos” PERO incluye disposiciones sobre bases de
datos: control de acceso y utilización de los datos
● Su reforma establece el canon “agregadores” o google tax
Ley propiedad intelectual
45. LÍMITES NORMATIVOS
● Copyright / Derechos de autor
● Derecho exclusivo de un autor sobre sus creaciones: reproducción,
transformación, distribución, comunicación pública.
● Multitud de derechos asociados. Exhibición, intérpretes, etc.
● En datos solo aplica a las colecciones de datos “bases de datos”, no a los
datos individuales (derechos sui generis)
● Control de acceso y reutilización de los datos
Ley propiedad intelectual
46. LÍMITES NORMATIVOS
● Apertura de obras (y datos). Posibilidad de un autor de “liberar” su obra (permitir su
uso libre)
● Razones…
• Difusión de su obra
• Bien común
• Científicas, culturales
● Mecanismos
• Licencias libres: de software, de bases de datos, Creative Commons
• Permisivas o Recíprocas (Copyleft)
Ley propiedad intelectual
47. LÍMITES NORMATIVOS
● Ley 15/99 del tratamiento de datos de carácter personal
+ Reglamento 1720/2007 (hasta mayo 2018)
● Principios fundamentales: legitimidad, información,
calidad, proporcionalidad, necesidad, confidencialidad,
etc.
● Obligaciones
• Notificación a la AEPD (finalidad, uso de ficheros con datos
personales)
• Medidas seguridad para protección datos
● Derechos
• Establece que los interesados puedan acceder a sus datos
+ Procedimiento para ejercicio de derecho acceso y
eliminación de los usuarios
Privacidad, protección de datos
48. LÍMITES NORMATIVOS.
PRIVACIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS
● Legitimación
• Motivo legal u excepción
• Información + Consentimiento
● Principios esenciales
• Finalidad / Proporcionalidad
• Calidad de datos
• Necesidad: Límites cantitativas y temporales (almacenamiento)
• Confidencialidad. No relevar, no comunicar
Cumplimiento LOPD
49. LÍMITES NORMATIVOS
● Cumplimiento: Niveles de seguridad de datos
• Básico
Todos los ficheros con datos de carácter personal
• Medio
Infracciones administrativas o penales
Hacienda pública
Servicios financieros (morosos)
• Alto
Ideología o creencias
Tendencias sexuales
Origen racial
Salud
Privacidad, protección de datos
50. LÍMITES NORMATIVOS
Temas re. Open Data pública
• Comunicación / confidencialidad
• Consentimiento para reutilización
• Anonimización
• Identificación usuarios
• código Hash
• asociación otros datos sensibles
• reversibilidad proceso de anonimización.
• Ver Dictamen 06/2013 (sobre datos abiertos e información del sector público)
del Grupo de trabajo del artículo 29 sobre protección de datos.
http://ec.europa.eu/justice/data-protection/article-29/documentation/opinion-
recommendation/files/2013/wp207_es.pdf
Privacidad, protección de datos
51. LÍMITES NORMATIVOS
● Aprobado abril 2016 - Aplicación, mayo del 2018
● Novedades
• Evaluaciones de impacto
• Diseño “privacidad por defecto”
• Data Protection Officer
• Reporte de incidentes
• Sanciones mayores
Nuevo UE reglamento protección datos
52. LÍMITES NORMATIVOS
● Ámbito de aplicación:
● Datos de interesados de la UE tratadas en su territorio o fuera de la UE
para la oferta de bienes o servicios o el control de su comportamiento
● No se aplica al tratamiento de los siguientes datos:
a) Ejercicio de actividades exclusivamente personales o domésticas.
b) Actividad no comprendida en el ámbito de aplicación Derecho UE.
c) Actividades de prevención, investigación, detección o enjuiciamiento
de infracciones penales.
Nuevo UE reglamento protección datos
53. LÍMITES NORMATIVOS
● Evaluaciones de impacto (Data Protection Impact Assessment):
Nueva obligación para los responsables del tratamiento de evaluar el impacto
que las operaciones del tratamiento puedan tener sobre la protección de
datos personales cuando el uso de las TIC, volumen de datos tratado o su
especial sensibilidad pueden poner en riesgo derechos y libertades de las personas.
Nuevo UE reglamento protección datos
54. LÍMITES NORMATIVOS
● Protección de datos desde el diseño y por defecto
(Privacy by design, privacy by default):
- Adopción de políticas internas y medidas de seguridad:
1) En el momento de determinar los medios de tratamiento y durante el
propio tratamiento.
2) Garantizar por defecto que únicamente se tratan los datos necesarios, extensión
de su tratamiento, el plazo de conservación y accesibilidad para cada finalidad.
Nuevo UE reglamento protección datos
55. LÍMITES NORMATIVOS
● Los datos fiscales en España no son abiertos por la Ley General Tributaria
58/2003, de 17 de diciembre, cuyo artículo 95, bajo el título “Carácter
reservado de los datos con trascendencia tributaria”, dispone:
“1. Los datos, informes o antecedentes obtenidos por la Administración tributaria
en el desempeño de sus funciones tienen carácter reservado y sólo podrán ser utilizados
para la efectiva aplicación de los tributos o recursos cuya gestión tenga encomendada y
para la imposición de las sanciones que procedan, sin que puedan ser cedidos o
comunicados a terceros, salvo que la cesión tenga por objeto: ...
Datos fiscales
56. LÍMITES NORMATIVOS
● 34/2002. Ley de los servicios de la sociedad de la información y
comercio electrónico
● Aplica a “prestadores de servicios de la sociedad de la
información“ – incluye entidades públicas
● Obligaciones
• Transparencia (datos de contacto, NIF),
• Publicidad (comunicaciones electrónicas- Consentimiento expreso de
su envío)
• Cookies (modificada por Directiva 2009/136/CE): consentimiento
• Contenidos; no monitorizar, exenciones (contenidos ajenos), pero
diligencia
Ley sociedad de la información (LSSICE)
57. OPEN DATA Y NORMATIVA CATALUNYA
● Ley 29/2010, de 3 de agosto, del uso de los medios electrónicos en el sector público de
Cataluña, teniendo por objeto la protección y promoción del compromiso que los
ayuntamientos involucrados tienen con la reutilización de información del sector público.
● Acuerdo del Gobierno de 9 de noviembre de 2010 de puesta en funcionamiento del
Proyecto de apertura de datos públicos de la Generalitat, en cumplimiento de la Ley
37/2007, de 16 de noviembre, de reutilización de la información del sector público, y la Ley
29/2010, de 3 de agosto, del uso de los medios electrónicos en el sector público de
Cataluña
● Acuerdo de Gobierno de 31 de julio de 2012 sobre el impulso de la reutilización de los
datos abiertos de la Generalitat de Cataluña en la actividad económica
● Ley 19/2014, de 29 de desembre, de transparencia, acceso a la información pública y
buen gobierno,
● Guías de interpretación y de aplicación de la ley de transparencia de la Associació Catalana
de Municipis (ACM)
Regulaciones Catalunya
58. OPEN DATA Y NORMATIVA CATALUNYA
● Las administraciones deben transmitir al ciudadano la información necesaria
para que la pueda entender y evaluar la gestión.
● A diferència del acceso a la información, la transparència implica un papel activo
de transmitir información. No se trata solo de publicar datos sino de transmitir
información estructurada y que permita la gestión.
● El derecho de acceder a la información pública es un derecho subjetivo que
reconoce las persona solicitar y obtener información pública en los temas y
condiciones que se establezca publicidad pasiva
Regulaciones Catalunya. Ley 19/2014
VISITAR Portales CAT. Transparencia Gencat / Portal Datos abiertos
59. OPEN DATA Y NORMATIVA LOCAL
● Ordenanza tipo de transparencia, acceso a la información y reutilización (27-5-
2014) (Ordenanza Tipo) https://drive.google.com/file/d/0BxzyF8sui-
weZjlQdVFJMHZNQzA/view
● Para su adaptación a todas las entidades locales
● Zaragoza, Gijón … Igualada, Santa Coloma, Constanti…
● Regula:
• Que es información pública
• Publicidad activa
• Derecho a la información pública
• Reutilización de la información
• Reclamaciones y régimen sancionador
Regulaciones locales
60. OPEN DATA Y NORMATIVA LOCAL
● Reutilización:
• Objetivo la mejora social, la innovación y el impacto económico
• No se requerirá autorización previa para el uso
• No alteración, no desnaturalización, citando fuente y fecha
• No soporte de la entidad local al reutilizador
• Derecho no exclusivo
• Se podría cobrar
• No exclusividad de la reutilización a un agente
• Regula la reutilización restringida
Regulaciones locales
61. OPEN DATA Y NORMATIVA LOCAL
● Guía de aplicación de la Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la
información pública y buen gobierno para a entidades locales.
http://www.municat.gencat.cat/upload/reforma_local/guia_de_la_transparencia.pdf
● Guía per a la implantación en los Ayuntamientos de la Ley del Parlament de Catalunya
19/2014, de 31 de diciembre.
http://www.acm.cat/sites/default/files/manual_uploads/transparencia/guia_bona_governa
nca_i_transparencia_municipal.pdf
Regulaciones locales. Guias aplicacion CAT
62. Aplicar las leyes
transparencia a un
municipio
Actividad grupos.
Guia aplicación Local:
http://bit.ly/2gu3laf
Ordenanza tipo de transparencia, acceso a
la información y reutilización
http://bit.ly/2lHzi2f
Tiempo: 30 minutos
Actividad
63. Aplicar las leyes transparencia a
un municipio: Sant Feliu de
LLobregat
Actividad grupos.
Ordenanza de transparencia, acceso a la información y
reutilización
Valorar cumplimiento en su portal de transparencia
Tiempo: 20 minutos
Actividad
64. OPEN DATA Y ÉTICA
● Problemas de propiedad intelectual
● Problemas de cesión de datos
Problemáticas alrededor de la apertura datos
65. DATA SHARING CODE OF PRACTICE
● Se justifica el sharing? Los puntos clave a tener en cuenta:
• ¿Cuál es la intención que quiere lograr el sharing?
• ¿Has evaluado los beneficios potenciales y los riesgos para las personas y/o la
sociedad de compartir o no compartir?
• ¿Es el intercambio proporcional a la cuestión que se está dirigiendo?
• Podría lograrse el objetivo, sin compartir los datos personales?
● ¿Tienes el poder de compartir? Los puntos clave a tener en cuenta:
• El tipo de organización para la que trabaja.
• Todas las funciones o facultades de su organización pertinentes.
• La naturaleza de la información que se les ha pedido compartir (Por ejemplo, que
se da en la confianza?).
• Cualquier obligación legal de compartir información (por ejemplo, una ley
requisito o una orden judicial).
ACCESO DATA SHARING DOC
66. DATA SHARING CODE OF PRACTICE
● Si decide compartir. Es una buena práctica tener un acuerdo de intercambio de
datos en su lugar. Además de considerar los puntos clave anterior, el acuerdo de
data sharing debe cubrir los siguientes temas:
• ¿Qué información necesita ser compartida?
• Las organizaciones que estarán involucradas.
• Lo que hay que decirle a la gente acerca de la puesta en común de datos y
cómo se va a comunicar esa información.
• Las medidas para garantizar la seguridad adecuada está en su lugar para
proteger los datos.
• ¿Qué arreglos necesita estar en el lugar para proporcionar a las personas
con acceso a sus datos personales en caso de que lo soliciten?
• Períodos de retención comunes para los datos.
• Procesos para garantizar la eliminación segura se lleva a cabo.
67. Gestión datos en una entidad
dependiente pero distinta de la
original.
Actividad individual, puesta en
común..
Tiempo: 10 minutos
Actividad
68. OPEN DATA Y ÉTICA
● Licencias creative commons (tipos 6)
● Ejercicio: Ir a https://creativecommons.org/choose/
● Encontrar las 6 licencias y conseguir registrar algún contenido.
● Comparar las seis licencias
● visitar safecreative. https://www.safecreative.org/ e intentar registrar un
documento / obra
Licenciamientos de datos
69. OPEN DATA Y ÉTICA
● Temas
• Anonimización.
• Reversibilidad
• Reidentificación
• Límites a la utilización de datos personales
● Caso generalitat cesión de datos del ámbito sanitario
Liberación de datos personales
71. Dudas que surgen a un Ayuntamiento cuando quiere
abrir sus datos.
1. Cómo puedo publicar los datos del padrón de habitantes, de manera anónima
pero con la máxima información para poder hacer estudios demográficos
complejos?
2. Los autónomos cuando ejercen como tal se han de considerar personas
físicas?
3. Qué pasa con las entidades y los representantes de dichas entidades cuando
publicamos su información, hay que anonimizarla?
4. Si un ciudadano o entidad nos pide publicar una información determinada,
estamos obligados a publicarla?
5. Qué pasa si alguna información que dice la ley de transparencia que tenemos
que publicar, no la publicamos? Podemos tener sanción económica?,
administrativa?
6. Los datos de un trabajador público se pueden publicar en un dataset? En
ninguno, en todos, en algunos?
Actividad grupos, puesta en común..
Tiempo: 20 minutos
Actividad
72. CONCLUSIONES
● Todo lo que se pueda abrir se debe abrir (IBOD es partidario)
● Es un aspecto a tener en cuenta
● Hay poca problemática real (demandas)
● El licenciamiento no siempre es correcto
● La cesión de datos es posiblemente lo más complejo
● Los datos anonimizados (p.e. médicos) son clave para la investigación y el
desarrollo.
Resumen
Editor's Notes
Actividad – buscar definition in Opendefinition.org
Buscar licencias en Asturias, Euskadi, Gencat
Políticas públicas contemporáneas -> Open Government ( gobernar con la ciudadanía, + acceso, uso de internet para colaborar). Open Data en ese marco.
Países Pioneros Open Data. Lanza iniciativa acceso a información pública ligadas a Open Government. EEUU & Reino Unido. ( factores: tradición transparencia + penetración elevada internet )
Notas explicar -USA.
Hubo un cambio de forma sistemática cuando en el año 2009 Vivek Kundra, jefe de datos de Estados Unidos, lanzó la web de publicación de los datos del gobierno: Data.gov., que surge de un compromiso público y que fue el punto de inflexión para que a partir de aquel momento comenzarán diversas iniciativas.
En 2013, el presidente Obama firmó en la Casa Blanca la orden ejecutiva de gobierno abierto, por la que “la información del Gobierno por defecto se publicará en abierto y lectura automática”. La filosofía es hacer que la información sobre las operaciones del gobierno sea más fácilmente disponible y útil como base de un gobierno más eficiente y transparente. A partir de esta orden, muchos estados y municipios también pusieron su información a disposición de la ciudadanía.
En marzo de 2016, la Casa Blanca puso en marcha el Proyecto de Oportunidades para centrarse en herramientas para la visualización y el uso de datos públicos de manera útil. Ocho ciudades de Estados Unidos (Baltimore, Detroit, Kansas City, Nueva Orleans, Nueva York, Filadelfia, San Francisco y Washington DC) están participando en el proyecto. Muchos de estos conjuntos de datos se pueden visualizar mediante el uso de datos de los mapas de una fuente como OpenStreetMap. Estos datos pueden descargarse en diferentes formatos (JSON, XML, CSV) y se pueden utilizar según las preferencias del usuario para programación o herramientas de usuario final, como hoja de cálculo.
Reino Unido. El Open Data White Paper establece la presunción del deber de publicación de los datos por parte del Gobierno, que finalmente han dado lugar a establecer la apertura de datos por defecto. A partir de esta iniciativa, el Gobierno trabajó con los distintos departamentos y organismos de la administración para marcar el rumbo futuro a seguir en materia de reutilización de la información en el sector público. Pretende fomentar la transición desde los modelos de cobro por los datos a los de reutilización gratuita.
nota. Hacer ir al portal presenta iniciativa open data USa (1er enlace) hacerles leer la declaración obama cuando presentó iniciativa. https://www.whitehouse.gov/open
Ejercicio- Individual. Cada alumno escriba los 3 países creen más garantistas con acceso a la información Pública. Dar 1 minuto. Poner en Pizarra. Posterior recorremos resultado transparencia internacional
Análisis de la web
1.- Formato de la página
2.- Tipo de ficheros utilizados (ej. pdf)
3.- Falta de información (ej. económica)
Tener en cuenta. se pueda aplicar lo que decimos de ley transparencia a los municipios. Dos tipos de normas:
a) La forma de proveer las obligaciones de publicidad activa por parte de las administraciones locales y de la interacción con la ciudadanía
b) Las normas de carácter técnico, entre las que destacan un conjunto de reglas que regulan el Portal de Transparencia.
Ejercicio- parejas. Utilizando la ordenanza tipo FEM y la guía aplicación a ayuntamientos.
1. Puntos básicos aplicación Ley Transparencia CAT a un Municipios.
2. Diferencias con Ordenanza FEM?
Cuestiones que deben comparar
- Tipos de información que están obligados publicar cada caso: datos económicos, datos de contratación, datos urbanisticos, de organigrama, de gestión (indicadores)
- Tener portal específico? publicar en algun formato específico??
Ejercicio- parejas.
Comparar la ordenanza de transparencia de Sant Feliu con la ley de transparencia catalana y comprobar alguno de sus puntos si los cumplen, es decir si publican lo que dicen que deben publicar.
Una vez analizada su ordenanza, la aplican correctamente en lo que se refiere al portal de transparencia y al portal de open data?
Portal de transparencia vs portal de datos abiertos: los datos que obliga la ley a publicar lo hacen en formato abierto en su portal de open data?
Les quedan datos que marca la ley que han de publicar y aún no publican?
Qué nota le darías a su ordenanza y a su portal de transparencia y a su portal de open data.
Ejercicio de buscar alguna entidad dependiente del ayuntamiento de Barcelona
Buscar algún contrato (licitación pública) de servicio y tratar de encontrar una cláusula de cesión de datos
Organismos dependientes del ayuntamiento, estan aqui: http://ajuntament.barcelona.cat/transparencia/es/organos-de-gobierno-de-las-entidades-municipales
1. Individual. Buscar en google noticias sobre el caso. “generalitat vender datos sanitarios”Realizar Lista argumentos a favor y en contra. ( 5 min)
2. Discutir en grupos ( 3 personas) 7 min
3. Puesta en común. 8 min
4. MENSAJE IBCNODATA: CONCLUSIÓN: Se deben poner Garantías
1.La idea es publicar un registro por cada habitante para tener información de edad, estudios, procedencia, unidad familiar, etc. pero sin identificar a la persona
2.- Si queremos publicar un dataset de facturas y los proveedores han de salir, hemos de tener un tratamiento especial hacia los autónomos?
3.- Si publicamos un dataset de entidades donde ponemos por ejemplo al presidente y el tesorero y secretario, se pueden publicar los nombres y apellidos de estas personas? y sus DNIs?
6.- en un dataset de nóminas por ejemplo? Y en un dataset de obras en la que se informa del técnico responsable de la obra? Si sí podemos publicarlo, qué datos podemos: nombre y apellidos, email de contacto ….