2. ¨ilicitud implica la
existencia de algo no
permitido (quo non licet)
o contrario a lo jurídico¨
los ilícitos fiscales se dividen en
simples y calificados. el delito o
infracciónn son calificados cuando en
su ejecución han existido agravantes,
atenuantes o excluyentes, en caso
contrario se consideran simples
ilicitud
3. • La aplicación de las multas,
por infracciones a las
disposiciones fiscales, se
hará
• independientemente de que
se exija el pago de las
contribuciones respectivas
y sus demás accesorios,
• así como de las penas que
impongan las autoridades
judiciales cuando se incurra
en responsabilidad penal.
DE LAS
INFRACCION
ES
4. + Relacionadas con el Registro Federal de Contribuyentes art. 79
+ Relacionadas con la obligación de pago de contribuciones art. 81
+ Relacionadas con la contabilidad
+ Instituciones de crédito
+ Emitidas por usuarios de servicios públicos y cuentahabientes de
instituciones de crédito art.84-c
+ cometidas con motivo de cesion de creditos en virtud de contratos de
factoraje art. 85
+ relacionadas con la facultad comprobatoria del fisco art 86a
+ Las de funcionarios o empleados públicoss
+ Las consideradas de terceros art. 89
infracciones:
5. DIFERENCIA ENTRE DELITO E
INFRACCCION
DELITO
• SE PAGA CON CARCEL
INFRACCIONES
• SE PAGA CON DINERO
6. la infraccion es el genero de lo ilicito, el delito
es una especie de ese genero; la infraccion
fidcal según el artículo 70 del Codigo Fiscal
de la Federacion, amerita una pena
economica, en forma de multa; el delito
amerita pena corporal;
7. DE LAS MULTAS…
• Cuando las multas no
se paguen en la fecha
establecida en las
disposiciones fiscales,
el monto de las
mismas se actualizará
desde el mes en que
debió hacerse el pago
y hasta que el mismo
se efectúe.
8. • Los funcionarios y empleados públicos que, en
ejercicio de sus funciones conozcan de
• hechos u omisiones que entrañen o puedan
entrañar infracción a las disposiciones fiscales,
lo
• comunicarán a la autoridad fiscal competente
para no incurrir en responsabilidad, dentro de los
quince
• días siguientes a la fecha en que tengan
conocimiento de tales hechos u omisiones.
9. • No se impondrán
multas cuando se
cumplan en forma
espontánea las
obligaciones fiscales
fuera de los plazos
señalados por las
disposiciones fiscales
o cuando se haya
incurrido en infracción
a causa de fuerza
mayor o de caso
fortuito
12. SON RESPONSABLES DE LOS DELITOS
FISCALES
• Concierten la realización del
delito.
• Realicen la conducta o el
hecho descritos en la Ley.
• Cometan conjuntamente el
delito.
Se sirvan de otra persona
como instrumento para
ejecutarlo.
• Induzcan dolosamente a
otro a cometerlo.
• Ayuden dolosamente a otro
para su comisión.
Auxilien a otro después de
su ejecución, cumpliendo una
promesa anterior.
• Cuando una autoridad fiscal
tenga conocimiento de la
probable existencia de y sea
perseguible de oficio, de
inmediato lo hará del
conocimiento del
• Ministerio Público Federal
para los efectos legales que
procedan, aportándole las
actuaciones y pruebas
• que se hubiere allegado.
13. DELITOS FISCALES
• Es responsable de encubrimiento en los delitos fiscales
quien, sin previo acuerdo y sin haber participado en él,
después de la ejecución del delito:
• Con ánimo de lucro adquiera, reciba, traslade u oculte el
objeto del delito a sabiendas de que provenía de éste, o si de
acuerdo con las circunstancias debía presumir su ilegítima
procedencia, o ayude a otro a los mismos fines.
• Ayude en cualquier forma al inculpado a eludir las
investigaciones de la autoridad o a sustraerse de la acción de
ésta, u oculte, altere, destruya o haga desaparecer las
huellas, pruebas o instrumentos del delito o asegure para el
inculpado el objeto o provecho del mismo.
14. SON DELITOS…
• El delito de contrabando
quien introduzca al país o
extraiga de él mercancías:
• Omitir el pago total o
parcial de las
contribuciones o cuotas
compensatorias que
deban cubrirse.
EJEMPLO DE DELITOS
• Sin permiso de autoridad
competente, cuando sea
necesario este requisito.
• La importación o
exportación prohibida.
15.
16. • Si un funcionario o
empleado público
comete o en cualquier
forma participa en la
• comisión de un delito
fiscal, la pena
aplicable por el delito
que resulte se
aumentará de tres a
seis años de prisión.
19. • Comete el delito de
defraudación fiscal
quien con uso de
engaños
aprovechamiento
• de errores, omita total
o parcialmente el
pago de alguna
contribución u
obtenga un beneficio
indebido con perjuicio
del fisco federal
20. • El delito de defraudación fiscal se sancionará con las
penas siguientes:
• I. Con prisión de tres meses a dos años, cuando el
monto de lo defraudado no exceda de
• $1,369,930.00.
• II. Con prisión de dos años a cinco años cuando el monto
de lo defraudado exceda de
• $1,369,930.00 pero no de $2,054,890.00.
• III. Con prisión de tres años a nueve años cuando el
monto de lo defraudado fuere mayor de
• $2,054,890.00.
21. • BIBLIOGRAFIA:
• CODIFO FISCAL DE LA FEDERACION 2014 PDF
• Centro de investigaciones juridicas de unam
• introduccion al estudio de derecho tributario mexicano,
Margain Manatou