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Formalización

Tus Trabajadores

es... Crece!

¡No te pongas límit

Colección

CRECEMYPE
1

PASO

La relación con tus
trabajadores es un tema
vital para el crecimiento
de tu negocio. Sin
trabajadores leales y
contentos, tu empresa no
llegará muy lejos. Por eso,
también debes preocuparte
por formalizar la relación
laboral de tu gente.

empieza por registrar a trabajadores. Para hacerlo, sin
importar el tipo de personería o el régimen tributario que hayas
elegido, debes llevar un sistema de planilla de pago. ¿Sabes
cómo llevar tu planilla?
Si eres una persona natural y cuentas
con no más de tres trabajadores
dependientes, puedes usar el
sistema físico de planilla de pago,
a través de un libro u hojas sueltas
debidamente validados por el
Ministerio de Trabajo. En cualquier
otro caso, debes usar el sistema
de planilla electrónica que forma
parte del Programa de Declaración
2

Telemática (PDT). Para el pago
de impuestos, la Sunat te pedirá
tu planilla (física o electrónica).
Deberás conservarla, junto con la
copia de las boletas de pago, por
cinco años. Luego de ese tiempo,
debes enviar estos documentos a la
Oficina de Normalización Previsional
(ONP).
Tenerlos en planilla es favorable para tu
negocio. registra a tus trabajadores.

Existen seis categorías para las personas que tienen
algún tipo de relación laboral con tu empresa:
1. Trabajador
Toda aquella persona natural que te
presta servicios de manera personal
bajo relación de subordinación,
sujeto a cualquier régimen laboral
y cualquiera sea la modalidad de
contrato de trabajo, y que por ello
recibe una remuneración.

2. Prestador de servicios 4ta
categoría
Toda persona natural que obtiene
ingresos por el ejercicio individual
de cualquier profesión, arte,
ciencia u oficio, o actividades no
incluidas expresamente en la 3era
categoría.

3. Prestador de servicios
modalidad formativa
Toda persona natural que tengas en
etapa formativa a través de alguna

La remuneración mínima
vital que se debe pagar a
un trabajador que labora
una jornada completa es
de S/.550.
3
de las siguientes modalidades:
Aprendizaje
Práctica profesional
Capacitación laboral juvenil
Pasantía o actualización para la
reinserción laboral.

4. Personal de terceros
Todo trabajador o prestador de
servicios destacado o desplazado
para laborar en tu centro de
trabajo, siempre que desarrollen
actividades de riesgo para efectos
del Seguro Complementario de
Trabajo de Riesgo (SCTR) y tú seas
quien esté pagando este seguro.

4

5. Beneficiarios de
trabajadores
En este padrón debes considerar a
los familiares de los trabajadores
que tengan derecho a recibir
prestaciones de salud por parte de
Essalud.

Para más información
consulta la página web del
Ministerio de Trabajo
(www.mintra.gob.pe)
y la de Essalud
(www.essalud.gob.pe)
elabora tus contratos de trabajo

2

PASO
El contrato es un acuerdo
con tu trabajador en el cual
detallas las condiciones bajo
las cuales se compromete a
laborar para ti, y la
retribución que le darás a
cambio.
Tipos de contratos:
contrato a plazo indeterminado
Pueden ser escritos o verbales y lo
firmas con aquellos trabajadores que
realizan actividades permanentes
en tu empresa. No será obligatorio
presentarlos al Ministerio de Trabajo.

contrato sujetos a modalidad
Dado que tienen un plazo
determinado (deben especificar la
fecha de inicio y de fin de la relación
contractual) debes hacerlos por
escrito y presentarlos al Ministerio de
Trabajo. Pueden ser de tres tipos:

• Contratos de naturaleza temporal:

aquellos que realizas por el inicio o

lanzamiento de una actividad (puede
tener una duración de hasta tres
años), por necesidades de mercado
(hasta 5 años) o por reconversión
empresarial (hasta dos años).

•	 Contratos de naturaleza

accidental: aquellos que responden
a una necesidad ocasional (hasta
por 6 meses), a una emergencia
(mientras esta dure) o por
suplencia (mientras esta dure).

•	 Contratos de obra o servicios:

aquellos que requieras para
realizar una actividad específica,
intermitente o de temporada. El
plazo es por la duración de dicha
actividad.
5
contratos con jornada a
tiempo parcial
Solo los puedes realizar por escrito
y con aquellos que laboren menos
de cuatro horas en tu empresa y
que no realicen horas extras. A
quienes tengas bajo esta modalidad
no les pagarás CTS, vacaciones ni
indemnización por despido.

contratos de personal
extranjero
El contrato debe ser aprobado
por el Ministerio de Trabajo y
está regulado por el Decreto
Legislativo 689.
Los contratos a tiempo parcial y los de
personal extranjero también se deben
presentar al Ministerio de Trabajo.
6

inscribe tus contratos:
• Ingresa a la página web del
Ministerio de Trabajo y allí
elige “sistema de contratos y
convenios”.
• Digita tu Clave SOL e ingresa al
link “gestionar contrato”, elige
“nuevo” y luego ingreso los datos
del contrato.
• Ingresa al menú “cálculo del
pago” y realiza el pago de la tasa
en el Banco de la Nación.
• Regresa al sistema, registra
tu número de tu comprobante
de pago en la opción
correspondiente y selecciona los
contratos de trabajo que deseas
presentar.
elige tu régimen laboral

3

PASO

Como dueño de una Mype, tú podrás optar por el régimen
laboral especial que la Ley Mype ha creado con el fin de
adecuar tus obligaciones laborales a las características
propias de tu negocio.

Régimen laboral de la Mype
A diferencia del régimen laboral
general, con este régimen tu
empresa tendrá algunos beneficios.
Para tener ese tratamiento
especial, tu empresa deberá estar
debidamente registrada en el
Registro Nacional de la Micro y
Pequeña Empresa (REMYPE).
Luego de hacerlo, tu empresa
podrá:

•	 Otorgarle 15 días de vacaciones

a tus trabajadores por cada año
laborado.

•	 Inscribir a tus trabajadores

en Essalud, si es una pequeña
empresa, o, si es micro empresa,
puedes optar por Essalud o por el
Seguro Integral de Salud (SIS).

•	 Si es una pequeña empresa podrá
otorgarle una gratificación en
julio y diciembre equivalente
a la mitad de su remuneración
mensual, así como su
Compensación por Tiempo de
Servicio (CTS) equivalente al
50% de lo que corresponde en el
régimen general.

7
Para que tu empresa sea
reconocida como una Mype
deberás inscribirla en el
Remype. Este registro está a
cargo del Ministerio de Trabajo
y Promoción del Empleo. El
trámite lo realizas en línea
y necesitas utilizar tu RUC y
Clave SOL (Sunat). Visita la
web www.mintra.gob.pe

Régimen General
Si no te inscribes en el REMYPE o
no cumples con las condiciones
para acogerte, quedarás sujeto al
régimen general. Aquí te mostramos
algunas diferencias con el régimen
laboral especial de las Mype:

Comparativo de costos entre regímenes laborales

8
registra a tus trabajadores en essalud

4

PASO
Como parte de sus
beneficios sociales, tus
trabajadores tienen derecho
a acceder a prestaciones de
salud por parte del Seguro
Social de Salud (Essalud).
Para ello, es necesario que
los registres junto con sus
familiares beneficiarios.
Tipos de aseguramiento
Essalud dispone de tres productos
para dar cobertura a tus
trabajadores, según el tipo de
relación laboral que tengan contigo
y la actividad que realicen. El pago
del seguro lo realizas tú de manera
mensual y se fija como un porcentaje
del salario de tu trabajador.

+seguro
Se orienta a la cobertura integral
de tus trabajadores dependientes
en actividad y atiende a quienes
están sujetos a la modalidad de
Seguro Regular y a los del Seguro
Agrario Dependiente.

Se considera beneficiarios al cónyuge del asegurado, a sus hijos
menores de edad, a los hijos mayores que estén incapacitados para
trabajar y a la madre gestante que esté esperando un hijo por una
relación extramatrimonial.
9
Debes pagar 9% del salario del
trabajador si está afiliado al
seguro regular.
Debes pagar 4% del salario del
trabajador si está afiliado al
Seguro Agrario Dependiente.
Para que tu trabajador pueda
hacer uso completo del seguro,
debes haber realizado tres
aportaciones consecutivas o
cuatro alternadas.

10

Si incumples con el pago de un
aporte y tu trabajador hace uso
del seguro, además del aporte
pendiente Essalud te cobrará por
el servicio prestado.

+Protección
Se orienta a la cobertura del Seguro
Complementario por Trabajo de
Riesgo, el cual es obligatorio
para una serie de actividades
que exponen a los trabajadores a
enfermedades o accidentes.
Essalud puede reducirte la tasa
de aportación final hasta 0,59%
por la cantidad de trabajadores
que tengas (puedes incorporar
a trabajadores independientes),
las medidas de prevención que
adoptes en tu empresa y la tasa
de siniestralidad que tengas.

+Vida
Es un seguro de accidentes que
cubre al titular y a su cónyuge por
muerte o invalidez permanente
derivada de un accidente. Pueden
asegurarse todas las personas
titulares, afiliadas al Seguro Regular
o al Seguro Potestativo de Essalud.

S/.5 es el costo mensual del seguro.

S/.60 mil es la cobertura máxima que ofrece el seguro por
muerte o invalidez permanente del titular. Se reduce a la mitad
si el afectado es el cónyuge.

11
oFicinas de aTención a la mYPe
sedes lima – dirección mi emPresa
la VicToria:

Av. Manco Cápac 528
Teléfonos: 717-7040 / 717-7041
rÍmac:
Av. Antón Sánchez Cdra. 1 s/n (alt. cdra. 3 de Av. Alcázar)
Teléfonos: 717-7032 / 717-7033
comas:
Av. Túpac Amaru 581 (alt. km 8.5 - Paradero 80 - Anexo Municipal 1)
Teléfonos: 717-7036 / 717-7037
Villa el salVador:
Av. Solidaridad, Mz. F Lt. 11, Parque Industrial de Villa El Salvador
,
Teléfonos: 717-7034 / 717-7035
indePendencia:
Av. Túpac Amaru s/n km. 4.5 - El Ermitaño
Teléfonos: 717-7030 / 717-7031
san juan de miraFlores: Av. Belisario Suárez cdra. 10, s/n
Teléfonos: 717-7038 / 717-7039

sedes reGionales – dirección mi emPresa
ancasH:
aPurÍmac:
areQuiPa:
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cusco:
HuÁnuco:
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junÍn:
la liberTad:
lambaYeQue:
loreTo:
moQueGua:
Piura:
Puno:
san marTÍn:
Tacna:

Av. Pardo 347, piso 2 - Chimbote
Jr. Arequipa 122, piso 2 - Abancay
Calle Jacinto Ibáñez 450, Parque Industrial de Arequipa
Jr. Bolívar 156 (Direpro Ayacucho)
Av. de la Cultura 732, local del Gobierno Regional, piso 3 - Huanchaq
Jr. Huallayco 1160, piso 2
Av. Grau 148 (frente al Banco de la Nación)
La Chacra Vieja s/n psje Las Flores Urb. San Isidro (alt. cdra. 20
de Av. Ferrocarril, costado de Discamec) El Tambo - Huancayo
Av. España 1800, piso 2 - Trujillo
Calle Los Laureles 131, piso 2, Urb. Libertadores - Chiclayo
Calle Ramírez Hurtado 645 - Iquitos
Calle Ayacucho 1060
Av. Los Cocos 291. Urb. Club Grau (Direpro Piura)
Jr. Ayacucho 658
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CRECEMYPE - Formalización 03

  • 1. c Formalización Tus Trabajadores es... Crece! ¡No te pongas límit Colección CRECEMYPE
  • 2. 1 PASO La relación con tus trabajadores es un tema vital para el crecimiento de tu negocio. Sin trabajadores leales y contentos, tu empresa no llegará muy lejos. Por eso, también debes preocuparte por formalizar la relación laboral de tu gente. empieza por registrar a trabajadores. Para hacerlo, sin importar el tipo de personería o el régimen tributario que hayas elegido, debes llevar un sistema de planilla de pago. ¿Sabes cómo llevar tu planilla? Si eres una persona natural y cuentas con no más de tres trabajadores dependientes, puedes usar el sistema físico de planilla de pago, a través de un libro u hojas sueltas debidamente validados por el Ministerio de Trabajo. En cualquier otro caso, debes usar el sistema de planilla electrónica que forma parte del Programa de Declaración 2 Telemática (PDT). Para el pago de impuestos, la Sunat te pedirá tu planilla (física o electrónica). Deberás conservarla, junto con la copia de las boletas de pago, por cinco años. Luego de ese tiempo, debes enviar estos documentos a la Oficina de Normalización Previsional (ONP).
  • 3. Tenerlos en planilla es favorable para tu negocio. registra a tus trabajadores. Existen seis categorías para las personas que tienen algún tipo de relación laboral con tu empresa: 1. Trabajador Toda aquella persona natural que te presta servicios de manera personal bajo relación de subordinación, sujeto a cualquier régimen laboral y cualquiera sea la modalidad de contrato de trabajo, y que por ello recibe una remuneración. 2. Prestador de servicios 4ta categoría Toda persona natural que obtiene ingresos por el ejercicio individual de cualquier profesión, arte, ciencia u oficio, o actividades no incluidas expresamente en la 3era categoría. 3. Prestador de servicios modalidad formativa Toda persona natural que tengas en etapa formativa a través de alguna La remuneración mínima vital que se debe pagar a un trabajador que labora una jornada completa es de S/.550. 3
  • 4. de las siguientes modalidades: Aprendizaje Práctica profesional Capacitación laboral juvenil Pasantía o actualización para la reinserción laboral. 4. Personal de terceros Todo trabajador o prestador de servicios destacado o desplazado para laborar en tu centro de trabajo, siempre que desarrollen actividades de riesgo para efectos del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR) y tú seas quien esté pagando este seguro. 4 5. Beneficiarios de trabajadores En este padrón debes considerar a los familiares de los trabajadores que tengan derecho a recibir prestaciones de salud por parte de Essalud. Para más información consulta la página web del Ministerio de Trabajo (www.mintra.gob.pe) y la de Essalud (www.essalud.gob.pe)
  • 5. elabora tus contratos de trabajo 2 PASO El contrato es un acuerdo con tu trabajador en el cual detallas las condiciones bajo las cuales se compromete a laborar para ti, y la retribución que le darás a cambio. Tipos de contratos: contrato a plazo indeterminado Pueden ser escritos o verbales y lo firmas con aquellos trabajadores que realizan actividades permanentes en tu empresa. No será obligatorio presentarlos al Ministerio de Trabajo. contrato sujetos a modalidad Dado que tienen un plazo determinado (deben especificar la fecha de inicio y de fin de la relación contractual) debes hacerlos por escrito y presentarlos al Ministerio de Trabajo. Pueden ser de tres tipos: • Contratos de naturaleza temporal: aquellos que realizas por el inicio o lanzamiento de una actividad (puede tener una duración de hasta tres años), por necesidades de mercado (hasta 5 años) o por reconversión empresarial (hasta dos años). • Contratos de naturaleza accidental: aquellos que responden a una necesidad ocasional (hasta por 6 meses), a una emergencia (mientras esta dure) o por suplencia (mientras esta dure). • Contratos de obra o servicios: aquellos que requieras para realizar una actividad específica, intermitente o de temporada. El plazo es por la duración de dicha actividad. 5
  • 6. contratos con jornada a tiempo parcial Solo los puedes realizar por escrito y con aquellos que laboren menos de cuatro horas en tu empresa y que no realicen horas extras. A quienes tengas bajo esta modalidad no les pagarás CTS, vacaciones ni indemnización por despido. contratos de personal extranjero El contrato debe ser aprobado por el Ministerio de Trabajo y está regulado por el Decreto Legislativo 689. Los contratos a tiempo parcial y los de personal extranjero también se deben presentar al Ministerio de Trabajo. 6 inscribe tus contratos: • Ingresa a la página web del Ministerio de Trabajo y allí elige “sistema de contratos y convenios”. • Digita tu Clave SOL e ingresa al link “gestionar contrato”, elige “nuevo” y luego ingreso los datos del contrato. • Ingresa al menú “cálculo del pago” y realiza el pago de la tasa en el Banco de la Nación. • Regresa al sistema, registra tu número de tu comprobante de pago en la opción correspondiente y selecciona los contratos de trabajo que deseas presentar.
  • 7. elige tu régimen laboral 3 PASO Como dueño de una Mype, tú podrás optar por el régimen laboral especial que la Ley Mype ha creado con el fin de adecuar tus obligaciones laborales a las características propias de tu negocio. Régimen laboral de la Mype A diferencia del régimen laboral general, con este régimen tu empresa tendrá algunos beneficios. Para tener ese tratamiento especial, tu empresa deberá estar debidamente registrada en el Registro Nacional de la Micro y Pequeña Empresa (REMYPE). Luego de hacerlo, tu empresa podrá: • Otorgarle 15 días de vacaciones a tus trabajadores por cada año laborado. • Inscribir a tus trabajadores en Essalud, si es una pequeña empresa, o, si es micro empresa, puedes optar por Essalud o por el Seguro Integral de Salud (SIS). • Si es una pequeña empresa podrá otorgarle una gratificación en julio y diciembre equivalente a la mitad de su remuneración mensual, así como su Compensación por Tiempo de Servicio (CTS) equivalente al 50% de lo que corresponde en el régimen general. 7
  • 8. Para que tu empresa sea reconocida como una Mype deberás inscribirla en el Remype. Este registro está a cargo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. El trámite lo realizas en línea y necesitas utilizar tu RUC y Clave SOL (Sunat). Visita la web www.mintra.gob.pe Régimen General Si no te inscribes en el REMYPE o no cumples con las condiciones para acogerte, quedarás sujeto al régimen general. Aquí te mostramos algunas diferencias con el régimen laboral especial de las Mype: Comparativo de costos entre regímenes laborales 8
  • 9. registra a tus trabajadores en essalud 4 PASO Como parte de sus beneficios sociales, tus trabajadores tienen derecho a acceder a prestaciones de salud por parte del Seguro Social de Salud (Essalud). Para ello, es necesario que los registres junto con sus familiares beneficiarios. Tipos de aseguramiento Essalud dispone de tres productos para dar cobertura a tus trabajadores, según el tipo de relación laboral que tengan contigo y la actividad que realicen. El pago del seguro lo realizas tú de manera mensual y se fija como un porcentaje del salario de tu trabajador. +seguro Se orienta a la cobertura integral de tus trabajadores dependientes en actividad y atiende a quienes están sujetos a la modalidad de Seguro Regular y a los del Seguro Agrario Dependiente. Se considera beneficiarios al cónyuge del asegurado, a sus hijos menores de edad, a los hijos mayores que estén incapacitados para trabajar y a la madre gestante que esté esperando un hijo por una relación extramatrimonial. 9
  • 10. Debes pagar 9% del salario del trabajador si está afiliado al seguro regular. Debes pagar 4% del salario del trabajador si está afiliado al Seguro Agrario Dependiente. Para que tu trabajador pueda hacer uso completo del seguro, debes haber realizado tres aportaciones consecutivas o cuatro alternadas. 10 Si incumples con el pago de un aporte y tu trabajador hace uso del seguro, además del aporte pendiente Essalud te cobrará por el servicio prestado. +Protección Se orienta a la cobertura del Seguro Complementario por Trabajo de Riesgo, el cual es obligatorio para una serie de actividades que exponen a los trabajadores a enfermedades o accidentes.
  • 11. Essalud puede reducirte la tasa de aportación final hasta 0,59% por la cantidad de trabajadores que tengas (puedes incorporar a trabajadores independientes), las medidas de prevención que adoptes en tu empresa y la tasa de siniestralidad que tengas. +Vida Es un seguro de accidentes que cubre al titular y a su cónyuge por muerte o invalidez permanente derivada de un accidente. Pueden asegurarse todas las personas titulares, afiliadas al Seguro Regular o al Seguro Potestativo de Essalud. S/.5 es el costo mensual del seguro. S/.60 mil es la cobertura máxima que ofrece el seguro por muerte o invalidez permanente del titular. Se reduce a la mitad si el afectado es el cónyuge. 11
  • 12. oFicinas de aTención a la mYPe sedes lima – dirección mi emPresa la VicToria: Av. Manco Cápac 528 Teléfonos: 717-7040 / 717-7041 rÍmac: Av. Antón Sánchez Cdra. 1 s/n (alt. cdra. 3 de Av. Alcázar) Teléfonos: 717-7032 / 717-7033 comas: Av. Túpac Amaru 581 (alt. km 8.5 - Paradero 80 - Anexo Municipal 1) Teléfonos: 717-7036 / 717-7037 Villa el salVador: Av. Solidaridad, Mz. F Lt. 11, Parque Industrial de Villa El Salvador , Teléfonos: 717-7034 / 717-7035 indePendencia: Av. Túpac Amaru s/n km. 4.5 - El Ermitaño Teléfonos: 717-7030 / 717-7031 san juan de miraFlores: Av. Belisario Suárez cdra. 10, s/n Teléfonos: 717-7038 / 717-7039 sedes reGionales – dirección mi emPresa ancasH: aPurÍmac: areQuiPa: aYacucHo: cusco: HuÁnuco: ica: junÍn: la liberTad: lambaYeQue: loreTo: moQueGua: Piura: Puno: san marTÍn: Tacna: Av. Pardo 347, piso 2 - Chimbote Jr. Arequipa 122, piso 2 - Abancay Calle Jacinto Ibáñez 450, Parque Industrial de Arequipa Jr. Bolívar 156 (Direpro Ayacucho) Av. de la Cultura 732, local del Gobierno Regional, piso 3 - Huanchaq Jr. Huallayco 1160, piso 2 Av. Grau 148 (frente al Banco de la Nación) La Chacra Vieja s/n psje Las Flores Urb. San Isidro (alt. cdra. 20 de Av. Ferrocarril, costado de Discamec) El Tambo - Huancayo Av. España 1800, piso 2 - Trujillo Calle Los Laureles 131, piso 2, Urb. Libertadores - Chiclayo Calle Ramírez Hurtado 645 - Iquitos Calle Ayacucho 1060 Av. Los Cocos 291. Urb. Club Grau (Direpro Piura) Jr. Ayacucho 658 Jr. Ángel Delgado Morey 455 - Tarapoto Calle Blondell 50, piso 2 (Direpro Tacna) Visita www.crecemype.pe o llama al 0800-77-8-77 (línea gratuita)