2. CIADI (CENTRO INTERNACIONAL DE ARREGLO DE
DIFERENCIAS RELATIVAS A INVERSIONES)
Es una institución del Banco Mundial con sede en Washington.
FUNCIONES
Propiciar la solución de disputas entre gobiernos y nacionales de
otros Estados. También dotar a la comunidad internacional con
una herramienta capaz de promover y brindar seguridad jurídica
a los flujos de inversión internacionales.
El arbitraje entre inversores y Estados perfeccionado por
particulares que no pertenecen a órganos judiciales estatales,
puede ser visto como un medio alternativo de resolución de
controversias entre ambos actores del sistema.
Dicho arbitraje puede tener origen en un acuerdo entre el
inversor y el Estado receptor o bien en un tratado de protección y
promoción recíproca de inversiones.
3. El sistema del CIADI se califica como un
régimen autónomo de responsabilidad de
los Estados en materia de inversiones
extranjeras al excluir la aplicación de las
normas de Derecho nacional general y
sustituirlas por un arbitraje, al que tienen
acceso directo los inversores extranjeros que
es autónomo en cuanto al derecho aplicable,
al control de validez y al reconocimiento y
ejecución de laudos.
4. Venezuela denunció el
convenio que tiene con el
Centro presentando así su
renuncia “irrevocable”
mediante un comunicado,
el Gobierno venezolano
tiene más de una docena
de procesos pendientes de
decisión en el Ciadi
5. El Secretario General del CIADI es el
funcionario principal de ese organismo y su
representante legal, siendo responsable
además de su administración. Igualmente,
se encarga de nombrar árbitros a pedido de
las partes para establecer procedimientos
de arbitraje, especialmente en el contexto
de las reglas de arbitraje de la UNCITRAL
(Comisión de las Naciones Unidas para el
Derecho Mercantil Internacional).
6. El CIADI ha sido fuertemente criticado por diversas
organizaciones que consideran que su posición tiende a
beneficiar a las empresas. Uno de los principales argumentos
para sostener esto es la base jurídica que el propio CIADI
toma para la resolución de las demandas que le son
presentadas ante él: los tribunales arbitrales constituidos por
el CIADI solamente toman a los tratados bilaterales de
protección de inversiones y el Convenio de Washington de
1966.
7. SITUACION CON ARGENTINA
Argentina posee una particular situación ante
este organismo, dado que resulta ser el país más
demandado en el mundo ante el CIADI, con 49
casos sobre un total de 184 iniciados. Hacia el año
2006 ya un informe del propio organismo del
Banco Mundial notaba que las causas contra la
Argentina ocupaban un 32% del total de
demandas presentadas, que incluso rebasa al
resto de Latinoamérica en su conjunto (que posee
un 16% del total de demandas).
Actualmente la Argentina tiene ante el CIADI 17
causas en trámite sin laudo y 10 causas con laudo.
9. objeto
La jurisdicción del CIADI abarca
diferencias de naturaleza jurídica
surgidas directamente de una inversión.
10. Mecanismo complementario del
CIADI
• EL articulo 1120 del TLCAN, establece la
posibilidad de dirimir diferencias a través de
diversos mecanismos arbitrales
• A) el convenio del CIADI
• B) las reglas del mecanismo complementario
del CIADI
• C) las reglas de arbitraje de la comisión de las
naciones unidas para el derecho mercantil
internacional.
• Hasta la fecha México no es parte del CIADI