B090827

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    B090827 - Presentation Transcript

    1. PROVINCIA DE CASTELLÓN DE LA PLANA AÑO CLXXVII Edición y gestión: Excma. Diputación Provincial (Se publica los martes, jueves y sábados) JUEVES, 27 DE AGOSTO DE 2009 - NÚMERO 104 SUMARIO ADMINISTRACIÓN CENTRAL Subdelegación del Gobierno____________________________________ 2 Ministerio de Trabajo e Inmigración _____________________________ 10 ADMINISTRACIÓN LOCAL Ayuntamientos ________________________________________________ 10 Alcalà de Xivert, l’Alcora, Almassora, Alquerias del Niño Perdido, Altura, Benicàssim, Benlloch, Betxí, Borriol, Castellón de la Plana, Culla, Fanzara, Moncofa, Onda, Oropesa del Mar, Portell de Morella, Sant Jordi, Segorbe, Torreblanca, Vallibona, Vila-real, Vinaròs ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA _______________________________________ 40 Juzgados de lo Social (Castellón) DISPONIBLE EN INTERNET Depósito Legal: CS - 1 - 1958 www.dipcas.es
    2. 2 B.O.P DE CASTELLÓN DE LA PLANA . Núm. 104.—27 de agosto de 2009 ADMINISTRACIÓN CENTRAL SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO JEFATURA PROVINCIAL DE TRÁFICO De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Admi- nistraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notificación de la iniciación de los expedientes sancionadores que se indican, instruidos por la Jefatura Provincial de Tráfico, a las personas o entida- des denunciadas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar. Los correspondientes expedientes obran en la Unidad de Sanciones de la Jefatura Provincial de Tráfico, ante la cual les asiste el derecho de alegar por escrito lo que en su defensa estimen conveniente, con aportación o proposición de las pruebas que consideren oportunas, dentro del plazo de quince días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación del presente en el Boletín Oficial de la Provincia. Si en la columna “Requerimiento” aparece el texto 7.17J, se requiere del denunciado que se cita, titular del vehículo objeto de la denuncia, para que identifique al conductor del mismo en la fecha indicada, haciéndole saber que si incumple la obligación legal de iden- tificación del conductor del vehículo, se iniciará expediente sancionador por infracción al artículo 72.3 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial aprobado por Real Decreto Legislativo 339/1990, (BOE 63, de 14 de marzo), según redacción dada por la Ley 17/2005 de 19 de julio, (BOE 172 de 20 de julio). Transcurrido dicho plazo sin que haya hecho uso del derecho para formular alegaciones y/o aportar o proponer pruebas, se dictarán las oportunas Resoluciones. CASTELLON, 07-08-2.009 LA JEFA DE LA UNIDAD DE SANCIONES, PILAR GONZALEZ PERNIA. EXPEDIENTE DENUNCIADO/A IDENTIF. LOCALIDAD FECHA CUANTIA SUSP. PRECEPTO ART* PTOS REQ. 120450496880 GARCIA PONS, FRANCISCO JOSE 21638838 ALCOY 27.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 120450284413 GALASS , BEYE NO CONSTA ALICANTE 19.11.2008 100,00 RD 1428/03 052. 120450459079 ADIANTS , ARMENAK X2457134K ALICANTE 01.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 120450450003 RICARDO PARRA, JOSE MARTIN X3754546A ALICANTE 25.05.2009 RD 1428/03 048. (1) 120450500821 NEDELEA , NICOLAE X8064081M ALICANTE 25.06.2009 RD 1428/03 048. (1) 120450503792 ALAMAN ARAGONES, JOSE MANUE 06226871 ALICANTE 01.07.2009 RD 1428/03 048. (1) 120403876228 NAVARRO TORRECILLAS, JOSE 21491190 ALICANTE 13.04.2009 100,00 RD 1428/03 048. 129450368525 SALVADOR NIETO, DIEGO 45483634 ALICANTE 26.05.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 129450364106 HERNANDEZ REQUENA, JOSE A. 52754801 ALICANTE 12.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 129450349579 VANLODCKE LOPEZ, CARMELO JO 21446033 PLAYA SAN JUAN 17.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120450499739 ROBERT S TIME SL B53732806 BENIDORM 27.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 129403862729 AGUIRRE AMIROLA, JULIA 14898793 BENIDORM 26.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120450479996 TURMORE , JONATHAN VERN X0705742X CALPE 19.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 120450488936 JANSEN , ANTONIUS JOHANNES X0998418B DENIA 10.06.2009 RD 1428/03 048. (1) 129450347285 CABRERA AMOROS, FRANCISCO J 28990790 DENIA 17.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120047868283 DUMITRU , MARIAN X9530704X ELCHE 07.03.2009 1.500,00 RDL 8/2004 003.A 129450391018 LOPEZ FERRI, MANUEL 21963497 ELCHE 15.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 129450394184 TRIGUEROS CANOVAS, MANUEL 33475738 ELCHE 17.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 129450381750 KHABIROV , ALIK X3036861X ELDA 26.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120047809990 SANZ MIRALLES, FRANCISCO JO 28990655 JAVEA 04.05.2009 1.500,00 RDL 8/2004 003.A 120450497883 BONALBA SERVICIOS CASAS SL B53671301 MUTXAMEL 28.06.2009 RD 1428/03 048. (1) 120450457204 REAL INTERIOR SL B54100839 ORIHUELA COSTA 31.05.2009 RD 1428/03 052. (1) 120450488419 MONTES MORENO, JULIAN 26463479 SANT JOAN D ALACANT 08.06.2009 RD 1428/03 048. (1) 120450505107 DISE•O STUDIO DIECISIETE S B53087565 SANTA POLA 02.07.2009 RD 1428/03 048. (1) 120450459328 LORENZO ROY, MANUEL 00351581 SANTA POLA 01.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 120450477057 GONZALEZ PI•AS, SANTIAGO 38552268 SANTA POLA 18.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 120450481723 SANCHEZ RIOS, ELVA PATRICIA X5995604X TORREVIEJA 21.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 120047750466 ADURIZ DE PABLO, JUAN JOSE 15942920 TORREVIEJA 30.03.2009 150,00 RD 772/97 016.4 129450366050 VIOREL , LINGURAR X6008825Y ABLA 17.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120450478505 ECHEVARRIA ARIAS, HECTOR A. X8025620T ALMERIA 19.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 129450375621 CABEZAS SOLA, MIGUEL 24209856 ALMERIA 17.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120700043389 FERNANDEZ PEREZ, FRANCISCO 77568697 SAN ISIDRO DE NIJA 13.04.2009 150,00 RD 1428/03 084.1 129450339835 ROSSI MORO, CARLOS 46533756 EL EJIDO 07.05.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120450449360 CABRERA MARTINEZ, PEDRO A. 40559137 ALMERIMAR 24.05.2009 140,00 RD 1428/03 052. 2 129450371810 NAVARRO BERBEL, CRISTOBAL 37326094 GARRUCHA 17.06.2009 900,00 RDL 339/90 072.3 120450469243 ECHERFAOUI , MOHAMED X1848602T LA MOJONERA 11.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 120047719230 CARKAUSKAS , ANDRIUS X3580986R NIJAR 26.01.2009 150,00 RD 1428/03 018.2 3 129450328620 DUDUCA , DIOMED X3334245G ROQUETAS DE MAR 15.05.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120450468524 CSIKI , ZOLTAN DEZSO X3486314C ROQUETAS DE MAR 10.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 120450487385 FUENTES PAYAN MARIO , NO CONSTA AGUADULCE 05.06.2009 RD 1428/03 048. (1) 129450380562 BABOU , ABDELAZIZ X3841236Y VICAR 26.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 129450351112 ALLAL , BHILIL X6784900S VICAR 17.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120600049199 MOLINA MENCHON, CRISTOBAL 23201594 ZURGENA 27.05.2009 RD 1428/03 052. (1) 120450505375 THAC ASS DE SERVEIS TECNIC G62765763 ABRERA 02.07.2009 RD 1428/03 052. (1) 129450322550 CAZORLA MOLINA, ALFONSO 22207913 ABRERA 20.05.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120450452401 CAPILLA ROCA, LUIS 46661491 ALELLA 28.05.2009 RD 1428/03 048. (1) 129403847595 LU , XIANJU X2216117K BADALONA 08.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 129450358349 RAGUID , BRAHIM X3064019M BADALONA 08.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 129450359147 MENSSOURI , KHALIL X4560719A BADALONA 08.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120450471195 ESBRI FONT, ENRIQUE 46501130 BADALONA 13.06.2009 RD 1428/03 048. (1) 120450318861 PEREZ SANCHEZ, CAMILO 46541704 BADALONA 31.12.2008 100,00 RD 1428/03 052. 120700083491 V D PLOEG CONSULTING SL B58599572 BARCELONA 06.06.2009 90,00 RD 2822/98 025.1 120450477938 RIKTRES SL B60599834 BARCELONA 19.06.2009 RD 1428/03 048. (1) 120450500468 ALONSO AUDITOR CONSULTOR S B61683603 BARCELONA 28.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 120450491560 CF 2205 SL B63843833 BARCELONA 19.06.2009 RD 1428/03 048. (1) 120450487269 BRUALLA REPRESENTACIONES S G59098780 BARCELONA 05.06.2009 RD 1428/03 048. (1) 120450454392 MUSTAFA , ABDULAZIZ X1888370R BARCELONA 31.05.2009 RD 1428/03 048. (1) 129450399406 CHENINI , RABAH X2089536D BARCELONA 23.06.2009 760,00 RDL 339/90 072.3 129450397628 ADABANKA , FRANCIS X2885176X BARCELONA 16.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 129450373790 DONG , SHUANGFEN X3091376S BARCELONA 17.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120450492009 TURNER MARTYN, PAUL X3431311X BARCELONA 20.06.2009 RD 1428/03 048. (1) 129450348678 SANCHEZ LOPEZ, INGRID YANET X4030467Q BARCELONA 20.05.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120450503111 CABION , PATRICIO ELDON X5656319K BARCELONA 01.07.2009 RD 1428/03 048. (1) 120450478657 XU , XIAOJUN X6192774R BARCELONA 19.06.2009 RD 1428/03 048. (1) 120450487130 INICENCIO TEIXEIRA DE FARIA X7397340B BARCELONA 04.06.2009 RD 1428/03 048. (1) 129450318285 CERVONE , MARCO X7448682V BARCELONA 17.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120450365905 CORRAL VILLAR, JOAQUIN 04505177 BARCELONA 25.02.2009 140,00 RD 1428/03 052. 2
    3. Núm. 104.—27 de agosto de 2009 B.O.P DE CASTELLÓN DE LA PLANA . 3 120450436500 CANTERO MARTINEZ, ALBERTO 35040352 BARCELONA 13.05.2009 140,00 RD 1428/03 048. 2 120047174029 VALERO ESPARZA, ENRIQUE 37083358 BARCELONA 06.03.2009 150,00 RD 2822/98 010.1 120450454069 RODRIGUEZ HOYOS, ENRIQUE 37266415 BARCELONA 30.05.2009 100,00 RD 1428/03 048. 129450397392 ARTIGA MASIP, JAVIER 37306415 BARCELONA 18.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120450477495 MONTOLIO DESCALZO, JESUS 37563411 BARCELONA 18.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 129450350922 PEREZ AZNARES, JUAN LUIS 38131453 BARCELONA 17.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 129450340310 NDEMESOGO EYUI, MARIA D. 39435518 BARCELONA 08.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120450446425 MORENO ROJAS, JUAN 40947119 BARCELONA 22.05.2009 RD 1428/03 048. (1) 129450330455 VICENTE ASENSIO, MARIA D. 43394188 BARCELONA 20.05.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120450477537 TINOCO BLANCO, IVAN 43516779 BARCELONA 18.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 120450477460 JARO GARCIA, MONTSERRAT 43517515 BARCELONA 18.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 120450434897 COROMINAS AYALA, JAIME 46121276 BARCELONA 12.05.2009 220,00 RD 1428/03 048. 3 120450435099 SOLER SANTAEULARIA, JAVIER 46213205 BARCELONA 12.05.2009 RD 1428/03 048. (1) 120450477963 TOBIA GARCIA, DAVID ISAAC 46345487 BARCELONA 19.06.2009 RD 1428/03 048. (1) 120450493087 RAFART FLEQUE, ANNA 46728799 BARCELONA 21.06.2009 RD 1428/03 048. (1) 120450379084 AZNAR GONZALEZ, HECTOR ELOY 52747001 BARCELONA 18.03.2009 100,00 RD 1428/03 048. 120450445457 PASCUAL CUCH, XAVIER 35120103 VALLDOREIX 21.05.2009 100,00 RD 1428/03 048. 120450478062 MARUNTELU , PETRE X8812837L CANOVELLES 19.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 120450437140 PARCERISA FARGAS, JOSE 77266892 GIRONELLA 14.05.2009 100,00 RD 1428/03 052. 120450472217 CARAGEA , IONEL MIHAITA X7551085R CASTELLDEFELS 14.06.2009 RD 1428/03 048. (1) 120450492319 QUEROL SANCHO, ANGEL 22514217 CASTELLDEFELS 14.06.2009 RD 1428/03 048. (1) 120450480433 NU•EZ BARON, CARLOS ANTONIO 47866973 CASTELLDEFELS 20.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 120450461750 VIZCAINO VEGARA, ROSARIO 52200204 CASTELLDEFELS 04.06.2009 RD 1428/03 048. (1) 129450365561 PALAU CASANOVAS, MIQUEL 39127390 CASTELLTERCOL 17.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 129450383125 HAMDI , AHMED X4936567P CORNELLA DE LLOB 26.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120048023783 URBANO CABALLERO, VICTOR 52626593 CORNELLA DE LLOB 27.04.2009 150,00 RD 1428/03 117.1 3 129450249585 SANTOS TENA, ANGEL 29999818 CUBELLES 01.04.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 129450352992 VISUNA MORALES, BENITO 37296534 EL PRAT DE LLOBREGAT 17.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 129450358519 REDO GARCIA, CARLOS 46552556 ESPLUGUES DE LLOB 17.06.2009 760,00 RDL 339/90 072.3 129450358398 SALAS SANCHEZ, ANTONIO 36931831 GAVA 17.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120450482442 GARCIA PONCE, MATEO 37613971 GRANOLLERS 21.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 120403872181 GONZALEZ TAMAYO, ISABEL MAR 23269871 IGUALADA 04.05.2009 RD 1428/03 048. (1) 129450314851 VARIEDAD ITALIANA DE PATIN B62920897 L AMETLLA DEL VALLES 22.05.2009 900,00 RDL 339/90 072.3 129450231532 I T G INMUEBLES TURBULA GE B60728862 L HOSPITALET DE LLOB 17.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 129450362110 OUALHEM , MOHAMED X3521359J L HOSPITALET DE LLOB 12.06.2009 760,00 RDL 339/90 072.3 129450363606 EL BATNY , HASSAN X3645136G L HOSPITALET DE LLOB 12.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 129450335350 BOUDAOUD , YOUSSEF X4937954S L HOSPITALET DE LLOB 22.05.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 129450270136 PONCE DE LEON SALAZAR, JULI X6196006J L HOSPITALET DE LLOB 22.05.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120450470695 SITJA CORTADA, MIGUEL 38950330 L HOSPITALET DE LLOB 12.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 129450325290 TELLEZ ESPEJO, ESTELA 18999070 LES FRANQUESES VALLE 20.05.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 129450342238 CALERO JURADO, MARIA D. 52156701 LLICA D AMUNT 17.06.2009 400,00 RDL 339/90 072.3 129450327341 VAZQUEZ SANTIAGO, MANUEL 25917036 MALGRAT DE MAR 20.05.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120450438647 ABRIL GARCIA, MIGUEL ANGEL 35036213 MALGRAT DE MAR 16.05.2009 200,00 RD 1428/03 048. 3 120450435828 GOMEZ AUBANELL, ANTON 38835790 MALGRAT DE MAR 13.05.2009 220,00 RD 1428/03 048. 3 120450479753 ABDI , MOHCINE X4540429E MATARO 21.06.2009 RD 1428/03 048. (1) 120450443072 CARRETERO GOMEZ, ENRIC 46576548 MOLINS DE REI 18.05.2009 RD 1428/03 048. (1) 129450364600 CLAVAIN CLAVAIN, MONTSERRAT 52160224 MONTORNES DEL VALLES 26.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120450435853 CAMI BONET, JORDI XAVIER 37744098 PALAU SOLITA I PLEGAMANS 13.05.2009 RD 1428/03 048. (1) 120450480226 BERROUHOU , SANAA X8803397D PINEDA DE MAR 20.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 129450376583 GARCIA COLORADO, JOSE VICEN X6086935P S ANDREU DE BARCA 26.06.2009 1.040,00 RDL 339/90 072.3 129450398300 SANCHO PONCE, MIGUEL ANGEL 46792601 S CELONI 23.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120600028378 PY PEDRERO, CARLES 47700509 S CELONI 13.04.2009 RD 1428/03 048. (1) 120450490025 VI DE SELIS S L B61400057 S CUGAT DEL VALLES 13.06.2009 RD 1428/03 048. (1) 120450493180 DOKTER DE KIEVIET, SYLVIA X9008558X S CUGAT DEL VALLES 21.06.2009 RD 1428/03 048. (1) 120450491534 EMCADI SA A58349929 S JOAN DESPI 19.06.2009 RD 1428/03 048. (1) 129450349981 HERNANDEZ SOLER, JUAN CARLO 35122161 S LLORENC D HORTONS 22.05.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 129450333912 MIRO GALLARDO, MA DELS ANGE 37270612 S MARGARIDA I MONJOS 08.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120450476958 BERGS , HELMUT KARL X0774933V S PERE DE RIBES 17.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 129450368537 ABAADOUD , SAID X1333565W S PERE DE RIBES 17.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 129450404190 PAVINIVEL SL B64085285 S PERPETUA DE MOGODA 26.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 129450402168 HAQY , M HAMED X5184482Y S QUINTI DE MEDIONA 19.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 129450327651 GHAILAN , EL MOSTAFA X5104771J SABADELL 12.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 129450343656 ESTRELLA VEGA, WASHINGTON M X6090682Y SABADELL 12.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120450478232 SANTIAGO RODRIGUEZ, SOTERA 34763432 SABADELL 19.06.2009 RD 1428/03 048. (1) 120450476260 TROYANO CUEVAS, FRANCISCA 37826309 SABADELL 16.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 120450483057 GARCIA RUBIA, MONICA 39035184 SABADELL 22.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 120450485807 VELASCO CAZORLA, JOSE 46038643 SABADELL 25.06.2009 RD 1428/03 048. (1) 120450464415 CITY PROM DOS MIL B61611851 SITGES 06.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 120600038785 ESTEBAN CUBERAS, VICTOR LUI 47638673 SITGES 01.05.2009 200,00 RD 1428/03 048. 3 129450375414 TERRASSA ALMONEDA DE COCHE B60698800 TERRASSA 26.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 129450362407 EL YASSINI , DRISS X1407703B TERRASSA 12.06.2009 760,00 RDL 339/90 072.3 120450501412 DIOP , MOUSSA X3342014E TERRASSA 29.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 129450370702 LAKSIOUAR , SIDI MOHAMED X4058646C TERRASSA 26.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120450468263 ZAROUAL , ABDELTIF X4162482B TERRASSA 09.06.2009 RD 1428/03 048. (1) 120450432992 HARROU , SAID X5892330Y TERRASSA 09.05.2009 RD 1428/03 052. (1) 129450352426 ALLAHAS , EL MEKI X6082899C TERRASSA 22.05.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120403885709 MORENO GARCIA, CARLOS 36928558 TERRASSA 30.03.2009 100,00 RD 1428/03 048. 120450459924 CASTA•E TUSELL, LLUIS 39134856 TERRASSA 02.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 120403871991 DOMENECH FERIA, MIGUEL ANGE 39184976 TERRASSA 27.04.2009 RD 1428/03 048. (1) 120047174194 GONZALEZ ALONSO, JOSE MANUE 42044383 TORDERA 05.05.2009 610,00 RDL 8/2004 002.1 129450323918 KHAOUA , ALI X1441676J VILADECANS 15.05.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 129450377356 BUNDO CORTIADA, ANA MA 77098873 VILAFRANCA PENEDES 26.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 129450334801 DJEBOUR , KHALID X5092450C VILANOVA DEL CAMI 15.05.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 129403801923 BEN AZZI , ALI X6327702B VILANOVA I LA GELTRU 26.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120450481980 AZAOUM ESSALHI, EL MOHTADI 48029397 VILANOVA I LA GELTRU 21.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 129450376133 ITCHART PELLICER, MA CARMEN 38750183 VILASSAR DE MAR 26.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120450419604 JONSSON , ENNO NO CONSTA BADAJOZ 01.05.2009 100,00 RD 1428/03 048. 129450369530 LOPEZ FERNANDEZ, MARIBEL 14713188 BILBAO 17.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120450467581 BERMUDEZ MAQUEDA, DULCE M. 75880932 ALGECIRAS 08.06.2009 RD 1428/03 048. (1) 129450369219 PACHECO MORENO, ANDRES 52921139 BARBATE 17.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120450475474 BENITEZ GUERRERO, PEDRO DAV 75961756 LA LINEA CONCEPCION 15.06.2009 RD 1428/03 048. (1) 129450336846 AMBROSIO DOMINGUEZ, NICOLAS 33899181 SAN ROQUE 12.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120047711072 PERALES CORRALES, PEDRO 76218400 NAVALMORAL DE MATA 13.08.2008 150,00 RD 2822/98 010.1 129403865378 ALCON VAQUERO, MANUEL 76101825 PLASENCIA 26.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 129600019488 FUNES RIOS, SALVADOR 40210512 PUENTE GENIL 22.05.2009 310,00 RDL 339/90 072.3
    4. 4 B.O.P DE CASTELLÓN DE LA PLANA . Núm. 104.—27 de agosto de 2009 129450319186 GARCIA ALBORNOZ, EMILIO R. X5150435E MIGUELTURRA 17.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120600051704 HIDALGO FERNANDEZ, ANTONIO 05892157 PUERTOLLANO 10.06.2009 100,00 RD 1428/03 052. 120700076978 OUAKTI EP HALOUM, CHARROK X3610511V VALDEPE•AS 29.05.2009 150,00 RD 2822/98 010.1 120700061252 VOICA , ALEXANDRINA X6761650H VILLARTA DE SAN JUAN 09.05.2009 90,00 RD 2822/98 049.1 120047172033 OUDGHIRI , LAHCEN X5349436G ALCALA DE CHIVERT 07.04.2009 450,00 RD 772/97 001.2 120047172082 OUDGHIRI , LAHCEN X5349436G ALCALA DE CHIVERT 18.03.2009 150,00 RD 2822/98 010.1 120047807040 EL MOHAMMED , KHALOUQUI X6517291B ALCALA DE CHIVERT 09.05.2009 450,00 RD 772/97 001.2 120450503500 THOMAS , ROSALIND ELIZA X7618126C ALCALA DE CHIVERT 01.07.2009 RD 1428/03 052. (1) 120700079890 LEREO ROMAN, GINES 18971787 ALCALA DE CHIVERT 02.06.2009 150,00 RD 1428/03 117.1 3 129450344790 CORTES SANTIAGO, JUAN ANTON 73365270 ALCALA DE CHIVERT 22.05.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 129450355129 RICO CALLEJA, MARIA 13146242 ALCOCEBRE 17.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 129450369967 MONFORT PUIG, AURELIO 19007692 ALCOCEBRE 17.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 129450372954 CRUZ SANTORCAZ, BEATRIZ 50089304 ALCOCEBRE 17.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120450484839 TOP CONSTRUCCIONES Y REFOR B12554812 ALMAZORA 24.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 120700050126 CONSTRUCCIONES Y REFORMAS B12694790 ALMAZORA 24.04.2009 800,00 RDL 8/2004 002.1 129450394159 JN OCIO IMAGEN Y SONIDO SL B12756433 ALMAZORA 23.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120600043343 LASSI , GUIDO X0572442H ALMAZORA 19.05.2009 380,00 1 RD 1428/03 052. 6 120450499478 EL ABBADI , HICHAM X1223852E ALMAZORA 27.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 120700084598 DOBRINECI , GABRIELA X9098235X ALMAZORA 08.06.2009 150,00 RD 2822/98 010.1 120047813804 BORJA GIMENEZ, ENRIQUE 18904866 ALMAZORA 25.04.2009 150,00 RD 2822/98 011.2 120047167013 SEGURA MATEO, RAMON 18946899 ALMAZORA 15.04.2009 150,00 RD 2822/98 010.1 129600021884 FEMENIA ALFONSO, JOSE MIGUE 18952303 ALMAZORA 22.05.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120450456571 LLORENS CATALA, RUBEN 18956338 ALMAZORA 30.05.2009 RD 1428/03 052. (1) 129600019520 VARGAS VARGAS, MARIA D. 18999454 ALMAZORA 22.05.2009 600,00 RDL 339/90 072.3 120047800342 SANTIAGO VARGAS, JOAQUIN 20477142 ALMAZORA 09.04.2009 150,00 RD 1428/03 117.1 3 120450441737 SECO PIRIS, VERONICA 76074195 ALMAZORA/ALMASSORA 17.05.2009 100,00 RD 1428/03 052. 120047175101 OR PLATINIUM S L B12230439 ALQUERIAS N PERDIDO 20.05.2009 1.500,00 RDL 8/2004 003.A 120047173566 YAFIT , NABIL X5208698A ALTURA 06.05.2009 90,00 RD 2822/98 049.1 120700051155 PASTOR MONTESINOS, JORGE 29178064 ARA•UEL 27.04.2009 150,00 RD 1428/03 018.2 3 129450334928 BEKKAOUI , BEKKAY X1385965P BENICARLO 17.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120047948205 GIRALDO , MARTA LUCIA X3096503J BENICARLO 27.03.2009 150,00 RD 2822/98 021.1 120047585686 CALLE MURILLO, HOLANDA G. X3586964E BENICARLO 08.04.2009 150,00 RD 1428/03 065.1 4 129450348836 ERRANI , ABDERRAHIM X4354604Z BENICARLO 17.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120047171491 ZAITOUNI , EL GHALI X5009904K BENICARLO 21.05.2009 150,00 RD 2822/98 010.1 129403851409 BURESCU , VASILE X5808794Y BENICARLO 17.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120047172215 REYES ORTIZ, EDGAR MARCELO X6411897A BENICARLO 02.04.2009 1.500,00 RDL 8/2004 003.A 120047803653 EL MAMOUN , MOHAMED X6784063Y BENICARLO 12.04.2009 450,00 RD 772/97 001.2 120450489515 AZANE , MARIJA X7260666A BENICARLO 11.06.2009 RD 1428/03 048. (1) 120450478670 ARRANZ GARCIA, ALBERTO 18974113 BENICARLO 19.06.2009 RD 1428/03 048. (1) 120700010657 CORTES CORTES, JUAN 18989010 BENICARLO 05.05.2009 150,00 RD 2822/98 010.1 120700057698 CORTES CORTES, JUAN 18989010 BENICARLO 05.05.2009 800,00 RDL 8/2004 002.1 120048020990 HEREDIA GIMENEZ, AMPARO 20789763 BENICARLO 12.05.2009 150,00 RD 2822/98 010.1 120450449761 CORTES CORTES, JOSE 24307856 BENICARLO 25.05.2009 RD 1428/03 052. (1) 120700043237 ROMERO PRADO, CARMEN 25330867 BENICARLO 12.04.2009 RD 1428/03 129.2 (1) 120700076735 BELMONTE CATONA, JUAN 26459864 BENICARLO 28.05.2009 90,00 RD 2822/98 049.1 120450451743 GASPARIN GALLEN, GILBERTO 40903964 BENICARLO 27.05.2009 RD 1428/03 052. (1) 120450483549 SOLER ARTOLA, LAURA 47622674 BENICARLO 22.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 129450346633 OCTAVIO CASTRO, JOSE LUIS 73365821 BENICARLO 22.05.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 129450392308 PELLICER MORENO, JESUS 73381512 BENICARLO 17.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120600053130 MARZA FORNER, JUAN 73384123 BENICARLO 05.06.2009 RD 1428/03 050. (1) 120450455610 GEREGA , GALYNA X3309366B BENICASIM 30.05.2009 RD 1428/03 048. (1) 129600017194 ALCAYALA , SERGIO ERNESTO X4879129R BENICASIM 22.05.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120047717864 BERZOSA VILLACA•AS, LUIS C. 22691036 BENICASIM 30.05.2009 90,00 RD 1428/03 167. 120403890304 INVERS FRANCH MIRAVET SL B12449294 BETXI 18.05.2009 RD 1428/03 048. (1) 120600001040 VIDAL CUCALA, CRISTOBAL 18910021 BETXI 09.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 120700056220 LOZANO QUI•ONES, LEONARDO 53376006 BETXI 04.05.2009 150,00 RD 2822/98 012.5 120047805510 CONS CASNECO MEDITERRANEO B12753018 BORRIOL 07.05.2009 90,00 RD 2822/98 025.1 120700082784 ESTEVE ARANDES, JOAQUIN 18664307 BORRIOL 05.06.2009 150,00 RD 2822/98 010.1 120600042399 PALAZON GARRIGOS, PEDRO S. 20478663 BORRIOL 16.05.2009 100,00 RD 1428/03 052. 129450373636 JADIANI , MOSTAPHA X3120272T BURRIANA 17.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 129450341969 BACANU , LAURENTIU X3189295T BURRIANA 17.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 129450342871 JADIANI , RACHID X3334670S BURRIANA 17.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120047822386 OQBANI , ABDELKADER X4261728N BURRIANA 17.05.2009 150,00 RD 2822/98 010.1 120047167128 IONICA , GHEORGHE Y0085037C BURRIANA 21.03.2009 450,00 RD 2822/98 034.1 120047171971 TORRENT VENTURA, JUAN 18660165 BURRIANA 29.04.2009 150,00 RD 2822/98 010.1 120600051935 LAZARO HEREDIA, JULIAN 18999243 BURRIANA 10.06.2009 100,00 RD 1428/03 052. 120450480032 DE LA CUBA BOCANEGRA, ANA M 20482177 BURRIANA 19.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 120047174601 ROSELL TABERNER, AGUSTIN 29018988 BURRIANA 07.05.2009 150,00 RD 2822/98 010.1 120047173372 CARDET CRESPO, JOAQUIN 52947226 BURRIANA 27.03.2009 150,00 RD 772/97 016.4 120047167580 VALLS ANDRES, ESTEFANIA 52948346 BURRIANA 30.04.2009 150,00 RD 2822/98 010.1 120700056001 ZARHOUNI , SELLAM X1375507S CALIG 03.05.2009 70,00 RD 1428/03 106.2 120450468720 NAVARRO VIZCARRO, VICENTE 19006726 CALIG 10.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 120450474287 MICO BERNET, SUSANA 47625908 CALIG 15.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 129450330042 OSMOAQUA CASTELLON SCP G12699609 CASTELLO PLANA 20.05.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 129450364386 LUNGU , GHEORGHE X3413269T CASTELLO PLANA 12.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120047167025 GHEORGHE , CRISTIAN X4243421J CASTELLO PLANA 15.04.2009 150,00 RD 2822/98 010.1 120450473866 BRATE , LORIN GABRIEL X5351400J CASTELLO PLANA 14.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 120600038955 HERNANDEZ MARQUEZ, FRANCISC 18976594 CASTELLO PLANA 06.05.2009 RD 1428/03 048. (1) 120700074106 DIAZ PINEDO, AQUILINO 19000063 CASTELLO PLANA 26.05.2009 300,00 RD 2822/98 010.1 120047168923 ESCUDERO VAZQUEZ, ANGEL 20244746 CASTELLO PLANA 05.05.2009 800,00 RDL 8/2004 002.1 120047173098 ESCUDERO VAZQUEZ, ANGEL 20244746 CASTELLO PLANA 05.05.2009 150,00 RD 2822/98 012. 129450319060 HERNANDEZ ROCHER, MARTA 20478414 CASTELLO PLANA 08.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120047164887 HONRUBIA MARTINEZ, ANTONIO 52792899 CASTELLO PLANA 10.03.2009 1.500,00 RDL 8/2004 003.A 120450424831 ARTOLA MONFORTE, MA I. 73251761 CASTELLON DE LA PLANA/CA 02.05.2009 100,00 RD 1428/03 052. 120047171983 GUILLERMO MATUTANO S A A12050589 CASTELLON PLANA 27.04.2009 150,00 RD 2822/98 010.1 129450335246 KONTOR STIL S L B12094413 CASTELLON PLANA 22.05.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120700036312 UNEWELT GOLD SL B12351433 CASTELLON PLANA 04.04.2009 300,00 RD 2822/98 010.1 120450499879 PORTOBELO SHOES SLL B12546784 CASTELLON PLANA 27.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 129450358209 GENERAL PINTUR F P DE CAST B12635199 CASTELLON PLANA 08.06.2009 760,00 RDL 339/90 072.3 120450492186 COSFER 2005 SL B12687604 CASTELLON PLANA 06.06.2009 RD 1428/03 048. (1) 120450482090 AGOST MIR S L B12705448 CASTELLON PLANA 21.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 120403807425 BENAMOR , ABDELHAMID X1217315V CASTELLON PLANA 11.03.2009 100,00 RD 1428/03 052. 120700056670 BENAMOR , ABDELHAMID X1217315V CASTELLON PLANA 04.05.2009 RD 1428/03 167. (1) 129450337899 OULAD DADDA, SALAH X1291276X CASTELLON PLANA 08.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120450494870 TU , LIHONG X2175901D CASTELLON PLANA 26.06.2009 RD 1428/03 052. (1)
    5. Núm. 104.—27 de agosto de 2009 B.O.P DE CASTELLÓN DE LA PLANA . 5 120450465262 FEYS , RICHARD X2177317E CASTELLON PLANA 07.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 120700070691 CEPOI , MIRCEA X2573528N CASTELLON PLANA 20.05.2009 70,00 RD 1428/03 090.1 120047165119 OCHOA , QUIVIANA LISBE X3244918D CASTELLON PLANA 25.03.2009 1.010,00 RDL 8/2004 003.A 129403801212 VLAD , CATALIN X3260535D CASTELLON PLANA 08.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120047164760 MILITARU , CONSTANTIN X3284943Z CASTELLON PLANA 17.03.2009 800,00 RDL 8/2004 002.1 120047167761 GROSU , PETRU CALIN X3382198W CASTELLON PLANA 01.04.2009 150,00 RD 2822/98 010.1 120047763000 MANEA , IRINEL X3391720W CASTELLON PLANA 31.03.2009 150,00 RD 2822/98 010.1 129450352724 DUNA , MARIUS X3425209A CASTELLON PLANA 08.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 129450333778 STANA , CONSTANTIN X3645109T CASTELLON PLANA 08.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120047164346 NIKOLOVSKI , ROBERT X4101553D CASTELLON PLANA 15.04.2009 150,00 RD 2822/98 010.1 120047168753 ABOU BAKRE, MOHAMED X5996159J CASTELLON PLANA 30.03.2009 800,00 RDL 8/2004 002.1 129450361506 GHIOC , IONEL X6080102Y CASTELLON PLANA 12.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120450500419 SBURLEA , NICOLAE X6139282F CASTELLON PLANA 28.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 120450477823 ANTONESCU , GEORGE X6212950Y CASTELLON PLANA 19.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 129450364374 MOCANU , DOREL LUCIAN X6477384D CASTELLON PLANA 12.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120600045236 BUBURUZAN , PETRU X6577947Q CASTELLON PLANA 25.05.2009 RD 1428/03 052. (1) 120450496120 CHAOPING , CHEN X6595853M CASTELLON PLANA 26.06.2009 RD 1428/03 048. (1) 129450363217 CHIRANU , MARIAN ADRIAN X6599883X CASTELLON PLANA 12.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120450465407 HOSTIUC , LILIANA PAVELINA X6867146J CASTELLON PLANA 07.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 129450324133 APETROAEI , CONSTANTIN X8455873S CASTELLON PLANA 15.05.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120450440198 MORENO GARCIA, LEANDRO 05059796 CASTELLON PLANA 16.05.2009 380,00 1 RD 1428/03 052. 6 120047166707 PONS ESTEBAN, JOSE 18837972 CASTELLON PLANA 27.04.2009 150,00 RD 2822/98 010.1 120600045996 VICENTE QUERALT, FRANCISCO 18857723 CASTELLON PLANA 21.05.2009 RD 1428/03 052. (1) 129450362250 GABARRI ESCUDERO, PEDRO 18884043 CASTELLON PLANA 12.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120450473120 RODADO SAMBLAS, ANTONIO 18892849 CASTELLON PLANA 13.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 120450462340 BALAGUER BELTRAN, VICENTE 18897314 CASTELLON PLANA 04.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 129450361531 BLANCA SEGURADO, MA MANUELA 18900671 CASTELLON PLANA 12.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120600049096 GIMENO CENTELLES, AMPARO 18907760 CASTELLON PLANA 25.05.2009 RD 1428/03 052. (1) 120450469462 MOLINER ROCA, JUAN 18928638 CASTELLON PLANA 11.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 120047880520 BODI FRANCH, MARIA MILAGROS 18932954 CASTELLON PLANA 21.04.2009 150,00 RD 2822/98 010.1 120047166951 AMATE BERMEJO, RAFAEL 18942099 CASTELLON PLANA 07.04.2009 150,00 RD 2822/98 010.1 120600036296 PALAU ARNAU, MIGUEL ANGEL 18942450 CASTELLON PLANA 02.05.2009 100,00 RD 1428/03 048. 120047167736 LLORENS SABADO, VERONICA 18943564 CASTELLON PLANA 02.04.2009 150,00 RD 2822/98 010.1 120450472590 MELIA YUSTE, RUBEN JORGE 18944045 CASTELLON PLANA 13.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 120047168996 CATALAN OLARIA, MARIA NIEVE 18946993 CASTELLON PLANA 24.04.2009 1.500,00 RDL 8/2004 003.A 120450437916 ESPINOSA RAMOS, YOLANDA 18949717 CASTELLON PLANA 15.05.2009 140,00 RD 1428/03 052. 2 120450502921 MANUEL MANEU, VICTOR 18951354 CASTELLON PLANA 01.07.2009 RD 1428/03 048. (1) 120450498050 MANUEL MANEU, VICTOR 18951354 CASTELLON PLANA 29.06.2009 RD 1428/03 048. (1) 120450474743 BLANCH SANCHEZ, VICENTE JOS 18951752 CASTELLON PLANA 14.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 120047875676 PRU•ONOSA MIRAVET, JOSE MAR 18954286 CASTELLON PLANA 13.05.2009 10,00 RD 2822/98 026.1 120450451020 FERRER RIPOLLES, MANUEL 18960799 CASTELLON PLANA 26.05.2009 RD 1428/03 048. (1) 120700077715 SANCHIS RUBERT, FERNANDO 18975563 CASTELLON PLANA 30.05.2009 400,00 RD 772/97 001.2 4 120700077727 SANCHIS RUBERT, FERNANDO 18975563 CASTELLON PLANA 30.05.2009 150,00 RD 1428/03 118.1 3 129450394408 BLANCO FERRER, MANUEL 18987135 CASTELLON PLANA 15.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120450490487 PASCUAL DE LA FLOR, ALFREDO 19002165 CASTELLON PLANA 14.06.2009 RD 1428/03 048. (1) 120700068933 TENA CATALAN, HUGO 19012397 CASTELLON PLANA 19.05.2009 150,00 RD 1428/03 117.1 3 120047166975 SOLSONA MARQUINA, MARIA 20243509 CASTELLON PLANA 08.04.2009 150,00 RD 2822/98 010.1 120047172598 CASTRO FALOMI, JOSE MARIA 20244256 CASTELLON PLANA 19.05.2009 150,00 RD 2822/98 010.1 120450467854 GIMENEZ GIMENEZ, ARTURO 20246956 CASTELLON PLANA 09.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 120047168145 MOLINER ROYO, VERONICA 20247804 CASTELLON PLANA 10.03.2009 150,00 RD 2822/98 010.1 120047164140 IZQUIERDO CAZORLA, MIGUEL 20462023 CASTELLON PLANA 23.03.2009 150,00 RD 2822/98 010.1 120600044220 MARTI FABRA, CLARA 20473087 CASTELLON PLANA 21.05.2009 100,00 RD 1428/03 052. 120047669948 RAMOS PEREZ, RHUT 20479145 CASTELLON PLANA 03.04.2009 150,00 RD 2822/98 010.1 120450492782 CASTRILLON GIRALDO, MARIA L 20910629 CASTELLON PLANA 15.06.2009 RD 1428/03 048. (1) 120450473532 PELAEZ PI•EROS, JORGE A. 20921846 CASTELLON PLANA 14.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 120450449219 CASTELLO VELLON, CARLA 22571393 CASTELLON PLANA 24.05.2009 RD 1428/03 052. (1) 129450335568 PALACIOS CABALLERO, SANTOS 30192866 CASTELLON PLANA 22.05.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120450427960 PROL CRESPO, JULIO MANUEL 34951543 CASTELLON PLANA 05.05.2009 140,00 RD 1428/03 052. 2 120450463095 CID SANTOS, MARIA ANGELES 43533135 CASTELLON PLANA 05.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 120047168881 ARRANZ MANCEBO, ANA 48999473 CASTELLON PLANA 08.04.2009 800,00 RDL 8/2004 002.1 120047166847 RAMOS SALAS, ANTONIO LUIS 52798522 CASTELLON PLANA 16.04.2009 150,00 RD 2822/98 010.1 120700066020 GONZALEZ MILAN, ANTONIO 73353577 CASTELLON PLANA 15.05.2009 150,00 RD 1428/03 117.1 3 129450365287 PUIG CARDONA, FERMIN 73384791 CASTELLON PLANA 02.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120047729970 BENYAGHLI , MOHAMED X6433282K ALCOCEBRE 21.04.2009 450,00 RD 772/97 001.2 120047521842 OCHOA SOTO, ENRIQUE 14603283 ALCOCEBRE 03.04.2009 RD 1428/03 003.1 (1) 120450443564 MORENO GUILLEN, GLORIA CARM 01998787 CASTELLON DE LA PL 19.05.2009 140,00 RD 1428/03 052. 2 120047165340 DEMETRIO CASTELLON, AMPARO 20486320 GRAO 02.04.2009 1.500,00 RDL 8/2004 003.A 120700083077 MOLINA HEREDIA, GREGORY T. 20490103 GRAO CASTELLON 06.06.2009 1.010,00 RDL 8/2004 003.A 120047164334 GARCIA EXPOSITO, PEDRO A. 52791515 GRAO CASTELLON 27.03.2009 450,00 RD 2822/98 010.1 120047165260 GARCIA EXPOSITO, PEDRO A. 52791515 GRAO CASTELLON 27.03.2009 1.500,00 RDL 8/2004 003.A 120700002752 GONZALBO APARICI, IVAN 20478430 GRAO DE CASTELLON 12.04.2009 150,00 RD 2822/98 018.1 120047171892 AHMED , NISAR X6547253G NULES 18.04.2009 450,00 RD 772/97 001.2 129047761800 DE SOUZA ASSIS, ROGERIO X6482312S VILA REAL 12.06.2009 600,00 RDL 339/90 072.3 120047171582 ROS NAVALON, JOSE VICENTE 18876866 CHILCHES 03.06.2009 300,00 RD 2822/98 010.1 120047750491 MU•OZ GARCIA, JOSE 05155831 MONCOFA 30.04.2009 150,00 RD 1428/03 151.2 4 120450417000 FACUNDO GIMENO, HIPOLITO E 18907556 MORELLA 28.04.2009 100,00 RD 1428/03 052. 120450448379 DOMENECH VIVES, NOELIA 73388594 MORELLA 23.05.2009 140,00 RD 1428/03 052. 2 120047821126 MEDAH , MOURAD X1397180E NULES 05.05.2009 150,00 RD 2822/98 010.1 120047172392 NICOLAE , OANA STEFANIA X6321661L NULES 08.05.2009 150,00 RD 2822/98 010.1 120403649339 DE FIGUEIREDO LIMA, MARCOS X3215522F ONDA 29.04.2009 RD 1428/03 052. (1) 120450485420 BUTA , ANA X4409628E ONDA 24.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 120047167657 DINCA , ADRIAN X4793768Q ONDA 19.04.2009 150,00 RD 2822/98 010.1 120450482624 MARIN GARVI, MARIA PILAR 18894981 ONDA 21.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 120047167578 CARBALLO CHAVES, JORGE DANI 20472634 ONDA 29.04.2009 150,00 RD 2822/98 010.1 120700079499 JUAREZ MARTINEZ, JAVIER 24333177 ONDA 02.06.2009 1.010,00 RDL 8/2004 003.A 129403869803 MARTINEZ GARCIA, DAVID 52799922 ONDA 17.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120047174546 SEGURA RUIZ, ANDRES 52948285 ONDA 11.05.2009 150,00 RD 2822/98 010.1 120600048420 JUAREZ MOLLON, OSCAR 53226157 ONDA 26.05.2009 RD 1428/03 052. (1) 120047827050 SANCHEZ TORRES, FRANCISCO J 53383408 ONDA 28.04.2009 150,00 RD 2822/98 012. 120047827062 SANCHEZ GOMEZ, HECTOR 53726626 ONDA 28.04.2009 150,00 RD 1428/03 117.1 3 129403862390 PALACIOS ORTEGA, MAXIMIANO 75708466 ONDA 18.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 129450365240 MONTAGUT , JEAN JACQUES X0702785C OROPESA 17.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 129450373272 DA SILVA MONTEIRO, LUIS M. X5032110D OROPESA 17.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120046357657 PAGEL ZGRAJA, WOJSIECH X7529973A OROPESA 09.05.2009 600,00 1 RD 1428/03 020.1 4 120047172010 SANZ CASTRO, ALBERTO 20185110 OROPESA 20.04.2009 800,00 RDL 8/2004 002.1
    6. 6 B.O.P DE CASTELLÓN DE LA PLANA . Núm. 104.—27 de agosto de 2009 129403809430 BEL BENAVENT, CARLOS 20247935 OROPESA 08.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120047173384 MATA GONZALEZ, JOSE ANTONIO 73374442 OROPESA 28.03.2009 150,00 RD 772/97 016.4 120047174157 ALIMMOUCH , EL HASSAN X1349913C PE•ISCOLA 18.04.2009 1.500,00 RDL 8/2004 003.A 120047173839 PARIS BAYARRI, FERNANDO 18895152 PE•ISCOLA 11.05.2009 610,00 RDL 8/2004 002.1 120047165326 SOW SOW, SAGAR 24382600 PE•ISCOLA 24.03.2009 800,00 RDL 8/2004 002.1 129450346840 SKIN FACHADAS LIGERAS SL E B12685673 PUEBLA TORNESA 22.05.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120600050750 LKAOUACH , ALI X3555974J RIBESALBES 04.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 120700077223 PRADES CA•ADA, JOSE MARIA 73385735 SAN JORGE 29.05.2009 90,00 RD 2822/98 025.1 120047821760 WILKINSON DEL PINO, ALFONSO 50820960 SEGORBE 07.05.2009 150,00 RD 2822/98 010.1 120047821709 APARICIO MANSILLA, ADRIAN 73398566 SEGORBE 09.05.2009 150,00 RD 1428/03 117.1 3 120450481498 AGUT RODA, EMILIO 18715885 TORREBLANCA 20.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 120047165843 ES SYOUTI , JAAFAR X3276281T VALL D ALBA 20.04.2009 150,00 RD 2822/98 010.1 120450447697 ESCOBAR INIESTA, ATILANO 18908796 VALL DE UXO 24.05.2009 RD 1428/03 048. (1) 120047875524 SOS ALAJARIN, VICENTE 18927317 VALL DE UXO 06.05.2009 150,00 RD 2822/98 010.1 129450351835 DIAZ SANCHEZ, MARIA DOLORES 18936276 VALL DE UXO 17.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120700071300 NEBOT GUILLEN, JUAN JOSE 29027325 VALL DE UXO 21.05.2009 300,00 RD 1428/03 003.1 4 120600048717 SANTOS PALLARES, GABRIEL 53229246 VALL DE UXO 04.06.2009 100,00 RD 1428/03 052. 120047825090 SERRA LLUECA, MANUEL 53662166 VALL DE UXO 01.05.2009 150,00 RD 2822/98 018.1 120047161163 CORTES BARCELO, MARIA TERES 73369001 VALL DE UXO 10.03.2009 150,00 RD 2822/98 010.1 129450343255 WUANI 1998 SL B12484358 VILA REAL 17.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120700078574 TECNIOBRAS DOS MIL SL B12522926 VILA REAL 01.06.2009 150,00 RD 2822/98 019.1 120700066420 FERRALLAS Y MALLAZOS ANTON B12628715 VILA REAL 15.05.2009 150,00 RD 2822/98 010.1 120047172768 MATMAQ MACHINE LEVANTE SL B12697397 VILA REAL 13.05.2009 150,00 RD 2822/98 010.1 120700047802 DRIOUICH , BOUSSELHAM X2497638E VILA REAL 19.04.2009 150,00 RD 2822/98 010.1 120450469668 NDIOUI , MANSOUR X2557823Q VILA REAL 11.06.2009 RD 1428/03 052. 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(1) 120047167979 GIL CASTILLO, AMPARO 18931861 VILLARREAL 30.04.2009 800,00 RDL 8/2004 002.1 120450482480 SANCHEZ ANDRES, JOSE LUIS 19002070 VILLARREAL 21.06.2009 RD 1428/03 052. 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(1) 120047174273 EL FAHOUL , NAIMA X1287245G VINAROS 25.03.2009 150,00 RD 2822/98 021.1 120047173694 PRADO QUINONES, HUGO A. X3235567L VINAROS 12.03.2009 150,00 RD 2822/98 032.3 120047174649 OVSENEV , VLADIMIR X3536894T VINAROS 22.03.2009 450,00 RD 772/97 001.2 4 129450355737 EL HADJI , RACHID X5607376E VINAROS 08.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120047173426 MESA OSORIO, CARLOS DANIEL X6361068G VINAROS 27.03.2009 1.010,00 RDL 8/2004 003.A 129450334977 KAMOUCH , HASSAN X6890141P VINAROS 12.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120450499466 BINIEK , ANNA MARIA X8882058X VINAROS 27.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 120450484803 MARIANA MOTCO, NICOLETA X9138888E VINAROS 23.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 129450330996 NOMS CIURANA, JOSE DOMINGO 18934986 VINAROS 20.05.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120700074647 GUIMERA VALLES, UBALDO 18956570 VINAROS 26.05.2009 150,00 RD 2822/98 010.1 120047586800 MARTINEZ GUINOT, RUBEN 20246060 VINAROS 29.04.2009 150,00 RD 2822/98 010.1 120700072584 ZAPATA MORENO, ANDRES FCO 20247264 VINAROS 22.05.2009 150,00 RD 2822/98 015.4 120450382680 FLORES CARRERAS, SARA 20470173 VINAROS 23.03.2009 RD 1428/03 048. (1) 120700077790 EJARQUE RODRIGUEZ, JORDI 20476754 VINAROS 31.05.2009 450,00 1 RD 1428/03 020.1 4 120047173517 GUEVARA BOJ, VANESSA ADELE 20913961 VINAROS 20.02.2009 800,00 RDL 8/2004 002.1 120047173906 ALCANTARA MORENO, JORGE 25175631 VINAROS 05.05.2009 800,00 RDL 8/2004 002.1 120700041976 DELGADO CLARES, YOLANDA 39168634 VINAROS 11.04.2009 150,00 RD 2822/98 021.1 120047803318 BARRE•A TORRES, JUAN AGUSTI 39878642 VINAROS 29.04.2009 RD 1428/03 151.2 (1) 120047174066 JUANOLA PASCUAL, CRISTIAN 52603250 VINAROS 10.03.2009 150,00 RD 2822/98 010.1 120700060028 HIGUERAS GONZALEZ, JOSE LUI 30409300 VINAROZ 07.05.2009 150,00 RD 2822/98 010.1 120450374049 ODON MELIA, MARIA DEL CARME 39686799 VINAROZ 11.03.2009 RD 1428/03 052. (1) 129450353935 CAMPILLO REQUENA, YUDIT 04612902 CUENCA 12.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120450495072 ROTARU , ANA X9130189V LAS MESAS 06.06.2009 RD 1428/03 048. (1) 120048023382 MILLAN VALENCIA, LUIS MIGUE 04560280 VILLAR DE CA•AS 06.05.2009 150,00 RD 2822/98 010.1 120450449487 PARKER , MARK NO CONSTA BS14 ODN UK 24.05.2009 140,00 RD 1428/03 052. 129450317165 MOLINA RUIZ, ANTONIO ANGEL 77330269 LAS PALMAS G C 22.05.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120450481840 PANDO SANCHEZ DE LA CAMPA, 48903303 ARMILLA 20.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 120450498590 NU•EZ HEREDIA, EUGENIO 44260438 CIJUELA 28.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 120450464804 RICHARD ERIC NORTH , NO CONSTA GRANADA 06.06.2009 100,00 RD 1428/03 048. 120450497780 MUNTEANU , RUPA X2417482K GRANADA 27.06.2009 RD 1428/03 048. (1) 129450350739 DRISS , SABRI X7421044W BARBASTRO 17.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120450441622 BELARBI , MOHAMMED X3977431H LLEIDA 17.05.2009 RD 1428/03 052. (1) 120450473106 KARKOURI , MUSTAPHA X6584055Y LLEIDA 13.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 120450472096 FERNANDEZ PAREDES MESTRES, 40862151 LLEIDA 12.06.2009 RD 1428/03 048. (1) 129450362456 LINCAN , FLORIN X8559272Y MOLLERUSA 17.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 129450366220 ENCHEV , ANGEL X9597130N MOLLERUSA 17.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 129450387143 ALONSO JARRIN, MARIA ROCIO 10200582 LEON 26.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 129450351100 GALLEGO SEGUNDO, MANUELA 02873674 ALCOBENDAS 22.05.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 129450359901 GALLEGO SEGUNDO, MANUELA 02873674 ALCOBENDAS 22.05.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120600027660 VAN RAVENSTEIN , THEODORUS X0047654K ALGETE 06.04.2009 RD 1428/03 052. (1)
    7. Núm. 104.—27 de agosto de 2009 B.O.P DE CASTELLÓN DE LA PLANA . 7 120450478980 GRABOWSKA , MONIKA MAGDALEN X3911909T ALPEDRETE 19.06.2009 RD 1428/03 048. (1) 120450479182 GONZALEZ OSPINA, GLORIA E. X0082330J LOS NEGRALES 20.06.2009 RD 1428/03 048. (1) 120048016365 PAURA BENITEZ, MATIAS NICOL 53622468 COLLADO VILLALBA 23.03.2009 150,00 RD 1428/03 003.1 120450458208 NICOLAS GALLEGO, FRANCISCO 52341572 COSLADA 31.05.2009 RD 1428/03 052. (1) 120450392120 URE•A MARTIN, EVA MARIA 46927826 FUENLABRADA 04.04.2009 100,00 RD 1428/03 052. 129450275043 AROMATIC CANDLE SL UNIPERS B83990093 LEGANES 20.05.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120450509370 DIOP , BATHIE X2155335M MADRID 05.07.2009 RD 1428/03 052. (1) 120450461037 JIMENEZ CASTRO, BELLA LEONO X2718605M MADRID 03.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 120450442560 YANCHAPAXI JIMENEZ , GERARD X4128456W MADRID 18.05.2009 RD 1428/03 052. (1) 120047577835 BARBOSA FERREIRA, CARLOS R. X7331461G MADRID 09.09.2008 450,00 RD 772/97 001.2 120450413961 CRISTOBAL GONZALEZ, BENEDIC 00390213 MADRID 25.04.2009 RD 1428/03 052. (1) 120450479431 FERNANDEZ SILVA, LUIS ALFON 02841326 MADRID 20.06.2009 RD 1428/03 048. (1) 129403866723 GUERRERO GUTIERREZ, MA ISAB 02888689 MADRID 16.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120047173335 PEDRAZA POVEDA, MILAGROS B. 03785273 MADRID 14.04.2009 150,00 RD 772/97 016.4 120450450179 GIMENEZ ARRIBAS FERNANDEZ, 05221112 MADRID 25.05.2009 RD 1428/03 052. (1) 129450375487 RAMIREZ ORELLANA, ALICIA 34777888 MADRID 26.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 129450374148 CANO AMADOR, MAGDALENA 42832319 MADRID 26.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 129450338168 LOPEZ MARTINEZ, JAVIER 51401777 MADRID 22.05.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 129450383782 BRIONES MEDINA, MA DEL PILA 51433619 MADRID 26.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120450437527 GARATE MARTINEZ, SARA MARIA 51440162 MADRID 14.05.2009 RD 1428/03 052. (1) 120450468305 CARAVANING MADRID SA A28440907 MOSTOLES 07.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 120450458075 DIAZ VASQUEZ, YORFADY X7756308H MOSTOLES 31.05.2009 RD 1428/03 052. (1) 120450448409 PEREZ GOMEZ, MANUELA 50705951 NAVALCARNERO 23.05.2009 100,00 RD 1428/03 052. 129450375920 YAMBERLA CAIZA, LUIS HUMBER X2630065S TORREJON DE ARDOZ 18.05.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120450437631 POPE , DAVID ALBERT X2037886V ALHAURIN DE LA TORRE 15.05.2009 RD 1428/03 052. (1) 120450474380 NIELSE , HANS BJARNE X2979030R FUENGIROLA 15.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 120450436183 VIAJES ARDASA TOURS S A A29180445 MARBELLA 13.05.2009 RD 1428/03 048. (1) 129450338405 PETRE , ADRIANA MARIA X3908400X NUEVA ANDALUCIA 08.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 129450336172 FERNANDEZ GUERRERO, SONIA 25689211 MIJAS 15.05.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120450448173 MARTIN RUIZ, ANDREA 25719354 MIJAS 22.05.2009 RD 1428/03 052. (1) 129450311450 CASA•AS VALDIVIESO, VICTOR X3977352P MIJAS COSTA 15.05.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120450480950 MU•OZ MARTIN, MARIO 44592571 RINCON DE VICTORIA 20.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 120450441567 LAHLAL , EL MILOUD X2077960W AGUILAS 17.05.2009 RD 1428/03 052. (1) 120700078355 SILVA MARMOL, ANTONIO 22464566 EL ALBUJON CARTAGE 01.06.2009 150,00 RD 2822/98 007.2 120047172264 ZINBI , EL HASSANE X3888644B SAN ANTON 26.04.2009 800,00 RDL 8/2004 002.1 129450385146 ZHELYAZKOV , ASEN MONCHEV X9080150A CEHEGIN 26.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120450488304 BRUCKNER , MICHAEL ADOLF ER X2928987Y LORCA 08.06.2009 RD 1428/03 048. (1) 120450470660 SPAIN SOLFRUIT COMPANY SL B73241010 MURCIA 12.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 120450467258 KHIDDI , ADIL X6364259K MURCIA 08.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 120450471900 DUBAS , IHOR X6493844R MURCIA 12.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 120450473167 DUBAS , IHOR X6493844R MURCIA 13.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 120450447636 GARCIA RODRIGUEZ, RUFINA 10521252 MURCIA 24.05.2009 RD 1428/03 048. (1) 129450336020 CERDA MICO, ALBERTO 27431190 MURCIA 22.05.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120450465470 PUCHE IBA•EZ, PEDRO 29067133 MURCIA 07.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 120450472503 AGUILAR DOMENECH, RAMON 37639109 MURCIA 13.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 120450502740 ORFORD , JACQUELINE ANNE X7038236Y CA•ADAS DE SAN PED 30.06.2009 RD 1428/03 048. (1) 120450488882 PLASOL 2002 SL , NO CONSTA CABEZO DE TORRES 10.06.2009 RD 1428/03 048. (1) 129450367223 LLUMITASIG TAYUPANTA, SEGUN X6425155J TOTANA 17.06.2009 760,00 RDL 339/90 072.3 120700054752 GORRAIZ FERNANDEZ, JOSE J. 18202218 PUENTE LA REINA 01.05.2009 150,00 RD 1428/03 074.2 120450475188 ORTIZ DAGOSTINI, WILLIAM X4089769R OURENSE 15.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 120047168510 ESCUDERO PISA, MANUEL 12742152 PALENCIA 07.05.2009 800,00 RDL 8/2004 002.1 129450366310 ALCAIDE POVEDA, LAURA 21381250 CIUTADELLA MENORCA 26.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120047825170 TARRES ROSELLO, ENRIC 46959141 IBIZA 09.04.2009 150,00 RD 2822/98 018.1 120700069378 LENCASTRE VIEIRA, DIAMANTIN X2785335N TAMEIGA MOS 19.05.2009 150,00 RD 1428/03 079.1 3 120450458154 ALCINO SILVA CRISTINA LIMI N0102338A PONTEAREAS 31.05.2009 RD 1428/03 052. (1) 120450473982 DIEGO HORTAL, MA ANGELES 13634911 SANTANDER 14.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 120450498115 SABRAOUI , AHMED X4282930P SALAMANCA 28.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 120450481243 DOMINGUEZ PAJARES, TERESA 45011851 SEVILLA 20.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 120450498863 ROODRIGUEZ BRAVO, JOSE F. 03428296 LA LASTRILLA 26.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 120450450921 MITEV ANGELOV , ANTON X6913423Z SORIA 26.05.2009 RD 1428/03 052. (1) 120450481012 DE PASCUAL MONTON, LAURA 16800570 SORIA 20.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 129450366784 MARTINEZ IBARGOYEN, JAVIER 15229326 IRUN 17.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 129450363102 OSA OYARZABAL, ANTONIO MARI 15237543 IRUN 12.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120047806540 IVANOV , YORDAN SLAVOV X4527942R ALCANAR 19.05.2009 150,00 RD 2822/98 010.1 120047174091 SUBIRATS RUIZ, ALBERT 78583159 ALCANAR 12.03.2009 150,00 RD 2822/98 010.1 120450503470 ALCANAR CARNES Y EMBUTIDOS B43708999 CASES ALCANAR 01.07.2009 RD 1428/03 052. (1) 120048014824 YORDANOV , PETAR STEFANOV X8319559E LA SELLETA 25.02.2009 150,00 RD 1428/03 117.2 3 120450475140 CONSTRUCCIONES Y AYUDAS FE B43445774 AMPOSTA 15.06.2009 RD 1428/03 048. (1) 129450366693 REHABILLITACIO I ESTRUCTUR B43632801 AMPOSTA 12.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120047804270 QUINTANA CASTELL, RAMON 47627869 AMPOSTA 24.04.2009 450,00 RD 2822/98 010.1 120450441580 SERRANO ARTELLS, CRISTIAN 47821342 AMPOSTA 17.05.2009 RD 1428/03 052. (1) 120450436717 SANCHEZ MU•OZ, MARIA 47856484 AMPOSTA 13.05.2009 RD 1428/03 052. (1) 129450349348 SAMBA DEH , ALASSANE X3277405C CAMBRILS 17.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120450478281 MORTEROS TARRACO 2001 S L B43648039 CONSTANTI 19.06.2009 RD 1428/03 048. (1) 120450481371 DRICU , ION X5696040K DELTEBRE 20.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 120450482983 BULIHAR , DANIEL X8563955C EL PERELLO 22.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 129450318972 IAKI , MOHAMED X5258976A EL PLA DE STA MARIA 12.06.2009 900,00 RDL 339/90 072.3 129450361026 EL HABCHI , AHMED X4073030Y L ALDEA 08.06.2009 900,00 RDL 339/90 072.3 129403866784 PADUREAN , VASILE ADRIAN X8686317E LA SENIA 16.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120450472886 HADI , KHALID X6194029Z REUS 13.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 120700051740 FERNANDEZ FERNANDEZ, LUISA 18437866 REUS 28.04.2009 150,00 RD 2822/98 010.1 120450475577 LLAGAS CARO, ENCARNACION 39871870 REUS 15.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 120048012529 BARGALLO BOIVIN, GERARD 39896228 REUS 07.03.2009 1.500,00 RDL 8/2004 003.A 120450471079 OLMO GARCIA, ANGEL MIGUEL 39899509 REUS 13.06.2009 RD 1428/03 048. (1) 129450363199 BAKKALI , BACHIR X1711648B RODA DE BARA 17.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120048019913 SOSA ZAIDAN, NELSON 45647843 ROC DE S GAIETA 03.05.2009 150,00 RD 2822/98 010.1 129450333298 RM CANGURS SL B43448323 ROQUETES 20.05.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120450481401 FRANCH MARTORELL, MARIA N. 52606486 ROQUETES 21.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 120450391667 ALFONSO XARUBA, JOSE MARIA 39865100 SALOU 05.04.2009 RD 1428/03 048. (1) 120450480949 OUGHRISS , ISMAIL X3915522W SANT CARLES RAPITA 20.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 129450333961 EL KHATTABI , MOUNIA X4089450G SANT CARLES RAPITA 20.05.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120700054636 NEBOT CALVET, ERIC 47859424 SANT CARLES RAPITA 01.05.2009 300,00 RD 1428/03 054.1 3 129450380471 GHOMRICHE , MOURAD X4165713E SANTA COLOMA QUERALT 26.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 129450284548 EL SAADI , TAYEB X2977740E SARRAL 12.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120450488006 JACAS OSBORN, VICTORIA 39723323 TARRAGONA 07.06.2009 RD 1428/03 048. (1)
    8. 8 B.O.P DE CASTELLÓN DE LA PLANA . Núm. 104.—27 de agosto de 2009 120450481097 VIADEL MESTRE, ROBERTO MANU 39879674 TARRAGONA 20.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 129450284457 PEREZ MONGUIA, LIDIA 41095600 TARRAGONA 25.03.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120450442547 VALERO GARCIA, JUAN 39692470 BONAVISTA 17.05.2009 RD 1428/03 052. (1) 120450423899 BOUCHAOUCH LEMKADAM, EL HAD 48016670 CAMP CLAR 02.05.2009 150,00 RD 1428/03 052. 2 120700071713 ARMESTO TORAN, RAUL 39680300 CAMPO CLARO 22.05.2009 70,00 RD 1428/03 106.2 120700055185 GHIC , ANCUTA MARIA X4740380B HOSTALETS 02.05.2009 300,00 RD 1428/03 003.1 4 120450477951 BUSU , MARIAN X9571904V SANT PERE I SANT P 19.06.2009 RD 1428/03 048. (1) 120450481668 BUSU , MARIAN X9571904V SANT PERE I SANT P 21.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 120450330022 EL HATMI , ANOUAR X3810105V TORREDEMBARRA 11.01.2009 100,00 RD 1428/03 052. 120047948333 EN NOUNY , HASSAN X3286415Z TORTOSA 22.02.2009 150,00 RD 1428/03 146.1 4 129450324650 SANTOS LEMUS, PATRICIA G. X3605978S TORTOSA 15.05.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120450481036 BARREDA CASTELLS, MANUEL 40911312 TORTOSA 20.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 129450364805 CARLES DURAN, TERESA 40019754 BITEM TORTOSA 12.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 129450351501 FERRERES BRETO 8 SLU B12702049 ULLDECONA 17.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120047800998 BOURI , ABDELJALIL X5636749R ULLDECONA 06.05.2009 450,00 RD 772/97 001.2 129450336585 EL ABBASSI , AHMED X6445162X VALLS 08.06.2009 900,00 RDL 339/90 072.3 120450434836 FERNANDEZ LEDRO, RAFAEL 33928154 VALLS 12.05.2009 RD 1428/03 048. (1) 120450479110 CABALLERO GARCIA, YOLANDA 39898273 VALLS 20.06.2009 RD 1428/03 048. (1) 129450364544 LIGEIKIENE , ALINA X4004610B VENDRELL 12.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 129450329246 SZWAGIEREK , ZBIGNIEW JANUS X3082391T LA PINEDA VILASECA 15.05.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120700077302 JARAMILLO PELAEZ, CARLOS E. X4332365Q BRE•A ALTA 30.05.2009 150,00 RD 2822/98 015.4 129450327584 PIAGESI , FABRIZIO X7703945A EL PASO 15.05.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 129450352700 FUSTER PUIGDOMENECH, LUIS 21472429 E JARDIN MAR TABAI 17.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 129403807536 LORENZO RODRIGUEZ, DAIDA 42185845 LOS LLANOS A 20.05.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120450498243 ALONSO HERNANDEZ, MARIA JES 03809884 ALAMEDA DE LA SAGRA 28.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 129450381554 FILOTE , VASILE BODGAN X8980935X MIGUEL ESTEBAN 18.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 129450367715 PALAGE , SIMION X3790117Q QUINTANAR DE ORDEN 17.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120450482648 PAVEL , FETTI X7950208M SAN MARTIN DE PUSA 21.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 129450370969 ESPINOSA PEREZ, FRANCISCO J 04194627 TALAVERA DE LA REINA 11.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120047167633 CORDERO VILLAFRUELA, EUGENI 22614433 ALAQUAS 29.03.2009 150,00 RD 2822/98 010.1 120450388632 IBA•EZ PERIS, VICENTE 19417687 ALBAL 28.03.2009 RD 1428/03 052. (1) 120600053336 DORMITAL TV SL B97457824 ALBORAYA 08.06.2009 RD 1428/03 048. (1) 120450488821 TUERCAS FASTENRATH SA A46973459 ALCIRA 10.06.2009 RD 1428/03 048. (1) 120450472230 TORRIJOS MARTINEZ, MA ISABE 52634094 ALDAIA 14.06.2009 RD 1428/03 048. (1) 120450481486 COSTA PEIRO, FRANCISCO 52741750 ALDAIA 20.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 120450473477 GRANERO MARTINEZ, ANTONIO A 24334321 ALFAFAR 14.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 129450367089 ARAN CABRERO, ANNA ROSER 43737015 ALFAFAR 17.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 129450286880 ARNAL GINER, MARIA DOLORES 73762810 ALFAFAR 12.06.2009 760,00 RDL 339/90 072.3 120700074969 RICO MARTINEZ, AARON 04620640 ALFARA DE ALGIMIA 26.05.2009 300,00 RD 2822/98 012.5 129450357060 LLACER MARI, WALTER 73570212 ALGINET 08.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 129450364179 BUENO OLMOS, FELIX 29178405 BENETUSSER 17.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120450476820 BORI PERELLO, ISMAEL 19463088 BU•OL 17.06.2009 RD 1428/03 048. (1) 129450364763 LUJAN OLIVER, JOSE 20682292 CARCAIXENT 17.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120450411113 MONTALVA LLORET, ANTONIO 20776478 CARCAIXENT 23.04.2009 140,00 RD 1428/03 048. 2 120700086443 MORENO VALOR, FLORENTINO 29172124 CARCAIXENT 10.06.2009 10,00 RD 2822/98 026.1 129450366334 HERVAS ESTARLICH, JOSE A. 20768364 CARLET 17.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 129450270197 PETROV PETROV, TODOR X4162028V ENGUERA 20.05.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120450449797 DIMITAR SLAVCHEV, YONCHEV X6547562Z ENGUERA 25.05.2009 RD 1428/03 052. (1) 129450373168 CALPE MEZQUITA, DOMINGO 18589253 FOIOS 17.06.2009 900,00 RDL 339/90 072.3 120450452589 LAYMI , RACHID X4557779F GANDIA 28.05.2009 140,00 RD 1428/03 048. 2 120450459298 DURA BRUNO, VTE DANIEL A 19971740 GANDIA 01.06.2009 140,00 RD 1428/03 052. 2 120450479613 VIDAL MASANET, MARIA ROSA 19986163 GANDIA 20.06.2009 RD 1428/03 048. (1) 120450446140 CATLLA GUTIERREZ, GABRIEL A 20087810 GANDIA 22.05.2009 RD 1428/03 052. (1) 120450470490 IVANOV ANGELOV, BOYAN X6483228B JATIVA 12.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 120450472655 LUQUE TRILLO, RAMON 22652335 LA POBLA DE VALLBONA 13.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 129450356043 BOUCHOU , KARIM X3174706Q MANISES 12.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120047871063 MAGRANER MOYA, JUAN 52688592 MANISES 25.04.2009 150,00 RD 2822/98 010.1 120450465808 PEREZ DOMINGUEZ, FRANCISCO 73764801 MASANASA 07.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 120047875111 DIAZ MOLLA, JESUS 85091372 MELIANA 09.05.2009 90,00 RD 2822/98 049.1 129450377400 AMBASY MOXY SLU B97955298 MISLATA 26.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120047721491 OLMOS DAVID, PEDRO CARLOS 26745992 MISLATA 02.05.2009 150,00 RD 1428/03 079.1 3 129450338570 PINEDA HERNANDEZ, JUAN B. 25408771 MUSEROS 22.05.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120450501849 DUMBRAVEANU , MARIA X6795728X ONTENIENTE 29.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 120450488602 CIVILEX SL B97885487 ONTINYENT 09.06.2009 RD 1428/03 048. (1) 129450383241 CONSTRUCCIONES Y APLICACIO B96348172 PICASSENT 26.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120450489692 INSTALFRED LEVANTE SL B98058662 PICASSENT 12.06.2009 RD 1428/03 048. (1) 120450438350 BRUNET GUILLEN, MARIA LUISA 52600350 PICASSENT 15.05.2009 RD 1428/03 048. (1) 120450439160 BRUNET GUILLEN, MARIA LUISA 52600350 PICASSENT 17.05.2009 RD 1428/03 048. (1) 120450493348 DUMITRACHE , NECULAI X3453107W PILES 22.06.2009 RD 1428/03 048. (1) 120450449190 FERNANDEZ GALLARDO, JOSE M. 19456024 PUEBLA DE VALLBONA 24.05.2009 140,00 RD 1428/03 052. 2 120450473581 ALEIXANDRE JORGE, SALVADOR 19464865 PUEBLA DE VALLBONA 14.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 129450332798 DUATO PALLAS, RICARDO 73499567 PUIG 20.05.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 129450341647 PASAN LASO, RAQUEL 28950957 PUZOL 12.06.2009 600,00 RDL 339/90 072.3 129450367284 GARCIA MONCADA, GONZALO 44790789 PUZOL 17.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 129450366280 GUEROLA ORIOLA, MARTIN 20427058 QUATRETONDA 17.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120700052974 OGALLAR BAIDEZ, JOSE ANTONI 48405004 RIBARROJA DEL TURIA 29.04.2009 150,00 RD 2822/98 012. 120450480081 SANCHEZ MORENO, FELIX 52743042 RIBARROJA DEL TURIA 19.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 120047814559 GALLARDO MARTIN, MA D. 33413721 PUERTO DE SAGUNTO 23.04.2009 150,00 RD 2822/98 010.1 129403804936 COLAS MARTINEZ, RICARDO 45797105 PUERTO DE SAGUNTO 24.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 129450383988 AALLAM , FATIMA X3763308W SILLA 26.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120450481711 DANCHEV HRISTOV, YONKO X9005918S SILLA 21.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 129450372980 SAPI•A VERCHER, JOSE ANDRES 22683421 SUECA 26.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120450463861 OUZGHARI , LAHCENE X2189043H TORRENT 06.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 120450482004 GOMEZ CARDONA, ROSA 19420799 TORRENT 21.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 120450472394 AGUILAR LLOPIS, YOLANDA 24329289 TORRENT 13.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 120047827268 OZON SAMBADE, ZULEMA 35481686 TORRENT 02.05.2009 RD 1428/03 009.1 (1) 129450350132 GONZALEZ LIZONDO SANCHEZ, V 52642904 EL VEDAT TORRENT 08.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120450495540 FAMETEC SA A46914446 VALENCIA 28.06.2009 RD 1428/03 048. (1) 120450491194 SAMPO ESPA•A AIRE ACONDICI A96119557 VALENCIA 18.06.2009 RD 1428/03 048. (1) 120450503056 NEW CAT S A A97004824 VALENCIA 01.07.2009 RD 1428/03 048. (1) 129450352463 INTELBANDA SA A97797179 VALENCIA 08.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120450451718 MOQUETAS ALCODORI SL B46255865 VALENCIA 27.05.2009 RD 1428/03 052. (1) 120450494821 OBRAS Y TONOS EN FARMACIAS B96642368 VALENCIA 25.06.2009 RD 1428/03 048. (1) 129450387805 INFORMATICA TECNICA VALENC B96665252 VALENCIA 27.05.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120450496015 AUDI AMBIENT SL B97194120 VALENCIA 29.06.2009 RD 1428/03 048. (1)
    9. Núm. 104.—27 de agosto de 2009 B.O.P DE CASTELLÓN DE LA PLANA . 9 120600024907 KARIBU FINANCIAL SL B97446603 VALENCIA 31.03.2009 RD 1428/03 048. (1) 120450491029 S S Y SISTEM OBRAS CIVIL E B97496673 VALENCIA 18.06.2009 RD 1428/03 048. (1) 120450464774 MARINA MEDI SLU B97597223 VALENCIA 06.06.2009 RD 1428/03 048. (1) 129450291747 OKOYE , CHUKS DAVID X2411519S VALENCIA 01.04.2009 760,00 RDL 339/90 072.3 120450468421 DOB , MOURAD X2975770F VALENCIA 10.06.2009 140,00 RD 1428/03 048. 2 120700074313 KHAN , SAJID X3497555Z VALENCIA 26.05.2009 150,00 RD 1428/03 151.2 4 129450362481 TIGASI CUYO, JUAN FRANCISCO X3731992N VALENCIA 17.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120450496301 POLYAKOVA , MARINA X3752249Y VALENCIA 26.06.2009 RD 1428/03 048. (1) 120700010074 BOLA•OS SANCHEZ, VIRGINIA E X4239505F VALENCIA 19.01.2009 1.500,00 RDL 8/2004 003.A 120450390146 VARGAS ERAZO, HENRY FERNAND X4438637M VALENCIA 30.03.2009 RD 1428/03 052. (1) 120700072596 CASELLI , NICOLAS REINALDO X4587626T VALENCIA 22.05.2009 150,00 RD 2822/98 019.1 120450445664 GARCIA GUTIERREZ, PIEDAD D. X4590861S VALENCIA 21.05.2009 RD 1428/03 052. (1) 120450294297 GARCIA GUTIERREZ, PIEDAD D. X4590861S VALENCIA 01.12.2008 140,00 RD 1428/03 052. 2 120450421192 MASACHE CHALACO, LEONEL F. X4849572E VALENCIA 01.05.2009 150,00 RD 1428/03 052. 2 120450469097 DASKALOV , MIHAIL IVANOV X5221566Z VALENCIA 10.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 129450289236 TINIZHA•AY BARZOLA, CARLOS X5476975P VALENCIA 08.04.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 129450295893 GIEDRO , ANATOLIJUS X5914936A VALENCIA 22.05.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 129450344958 ARBOLEDA SANCHEZ, OSWALD X6021801X VALENCIA 08.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 129450365408 MURIEL RAMIREZ, JULIETA MAR X6176387J VALENCIA 17.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 129450363564 JUREAN , ABEL JONATAN X6428168J VALENCIA 17.06.2009 760,00 RDL 339/90 072.3 120450322955 MIHAI , DAVID FLORIN X6470508X VALENCIA 03.01.2009 140,00 RD 1428/03 052. 120700073709 ALI , AKBAR X6500194A VALENCIA 25.05.2009 150,00 RD 1428/03 143.1 4 120450477021 STOIMENOV IVAN, MILANOU X6812542B VALENCIA 18.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 129047839102 AHOUCHAR , HASSANE X6867600F VALENCIA 08.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 129047839114 AHOUCHAR , HASSANE X6867600F VALENCIA 08.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 129047839631 AHOUCHAR , HASSANE X6867600F VALENCIA 08.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120450471560 ABRIL HERNANDEZ, JESUS 04587404 VALENCIA 14.06.2009 RD 1428/03 048. (1) 120700076838 JORGE CALDERA, JOAQUIN 08767849 VALENCIA 29.05.2009 90,00 RD 1428/03 090.1 120403886337 SAEZ ALONSO, ANTONIO 18879497 VALENCIA 02.04.2009 100,00 RD 1428/03 052. 120047174376 MARTINEZ HERNANDEZ, C. 18894331 VALENCIA 03.04.2009 RD 1428/03 094.2 (1) 120450471330 PAREDES LORENTE, VICENTE 19356421 VALENCIA 14.06.2009 RD 1428/03 048. (1) 120450476508 FONFRIA MATA, MANUEL 19465025 VALENCIA 17.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 120450476030 GIMENEZ GIMENEZ, ENRIQUE 19469786 VALENCIA 16.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 120450307929 FORT PASCUAL, MARIA JOSEFA 19871149 VALENCIA 20.12.2008 RD 1428/03 052. (1) 129450345045 PERIS SERRA, FRANCISCO 20756451 VALENCIA 08.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120450491777 MUR DAUDER, VICENTA MARIA 20780408 VALENCIA 20.06.2009 RD 1428/03 048. (1) 120450479650 SERVERA PIERAS, EMILIO 21361081 VALENCIA 20.06.2009 RD 1428/03 048. (1) 120047758647 GARCIA ARMENGOL, EMILIO V. 22516716 VALENCIA 03.02.2009 150,00 RD 2822/98 010.1 120450466643 VERDEGUER SOLER, FCO MIGUEL 22525313 VALENCIA 06.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 120450463204 RODRIGO LLOP, ENCARNACION 22550647 VALENCIA 05.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 120450489606 GARCIA BRU, MIGUEL 22551925 VALENCIA 12.06.2009 RD 1428/03 048. (1) 129450348538 ORTEGA LORENTE, TERESA 22616462 VALENCIA 08.06.2009 900,00 RDL 339/90 072.3 120048018260 ALARCON ALARCON, VICTORIANO 24309081 VALENCIA 22.03.2009 RD 1428/03 090.1 (1) 120403883312 ESPARCIA AGUILAR, GEMA 24367426 VALENCIA 04.03.2009 100,00 RD 1428/03 048. 120450444118 LOPEZ SANCHEZ MOLINA, ANTON 25402957 VALENCIA 19.05.2009 100,00 RD 1428/03 048. 120450451615 LOPEZ ESCRIVA, JAVIER ANTON 25410088 VALENCIA 27.05.2009 100,00 RD 1428/03 048. 120450398273 JORRO CARRERES, FRANCISCO 29185219 VALENCIA 11.04.2009 RD 1428/03 048. (1) 120047169940 MOLINA HURTADO, ALFONSO 33471944 VALENCIA 17.05.2009 800,00 RDL 8/2004 002.1 120047751720 GONZALEZ FERNANDEZ, ANTONIO 34918576 VALENCIA 21.04.2009 150,00 RD 2822/98 010.1 120450465018 NAVARRO BORGO•OZ, JUAN 36545380 VALENCIA 07.06.2009 RD 1428/03 048. (1) 120700080477 DE LO•O CAPOTE, FRANCISCO J 41896882 VALENCIA 03.06.2009 70,00 RD 1428/03 146.3 120450454318 CARLES MA•EZ, CARLOS MANUEL 44518652 VALENCIA 30.05.2009 100,00 RD 1428/03 048. 129450363930 MONTOLIO ANDRADE, MERITXELL 45640043 VALENCIA 12.06.2009 310,00 RDL 339/90 072.3 120450505211 DE CASTRO JOSE MOREIRA, C. 53786901 VALENCIA 03.07.2009 RD 1428/03 048. (1) 120403871474 FAYOS RAMIREZ, ANDRES JUAN 73569220 VALENCIA 16.04.2009 100,00 RD 1428/03 048. 120450463964 CERVERA COLLADO, EMILIO JOS 73730652 VALENCIA 06.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 120450499417 KOSTADINOV TONEV, TONCHO X3457312K XATIVA 27.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 129450337048 EL AAMRANI , SOUHAYL X3883263N XIRIVELLA 08.06.2009 1.040,00 RDL 339/90 072.3 120450492204 FERNANDEZ REDONDO, JOSE 11684900 VALLADOLID 20.06.2009 RD 1428/03 048. (1) 120450478116 MATEOS GONZALEZ, RAUL 14517625 LLODIO 19.06.2009 RD 1428/03 052. (1) 120047172902 PANJAB CONSTRUCCIONES SL B01384411 VITORIA GASTEIZ 16.04.2009 150,00 RD 2822/98 012.5 120600052095 SAHIBI , ABDELMAJID X1463359F CHIPRANA 10.06.2009 100,00 RD 1428/03 052. 120700072602 ILIE , CONSTANTIN MADALIN X8420771B ZARAGOZA 22.05.2009 300,00 RD 1428/03 087.1 4 120450479686 GARCIA DEL VALLE, MARIA C. 14827779 ZARAGOZA 20.06.2009 RD 1428/03 048. (1) C-8749 * * * DEPENDENCIA DEL ÁREA DE AGRICULTURA Y PESCA lo dispuesto en el Reglamento CEE 2847/93, modificado por el Reglamento UE 2846/98, por el que se establece un régimen de Propuesta de resolución control aplicable a la política pesquera común. (DOCE de 31 de del procedimiento sancionador nº 22/2009/SCAS Diciembre de 1998). Dentro del plazo reglamentario de presentación de alega- Ante la imposibilidad de hacer efectiva la notificación en ciones, no se ha recibido escrito de alegaciones alguno, por el domicilio del interesado, se pone en conocimiento a través lo que sin más trámite conviene elaborar la correspondiente de esta publicación que, con fecha 5 de Agosto de 2009, el Propuesta de Resolución, debiendo manifestar que forman parte Instructor de la Dependencia del Área de Agricultura y Pesca, ha del Expediente los documentos siguientes: Notas de venta de dictado la siguiente propuesta de resolución: los días correspondientes a las supuestas infracciones.- Copia “Por acuerdo del Subdelegado de Gobierno en Castellón, del diario de pesca y/o declaración de desembarque, correspon- de fecha 15 de Junio de 2009 se inició el Procedimiento diente a los días 17, 20, 21 y 27 de Abril de 2009 y 06 de Mayo Administrativo Sancionador 22/2009/SCAS a D. FRANCISCO del mismo año. ABELLA PASCUAL (notificado el día 18 de Junio 2009 a través de En conclusión El buque JUSTO no rellenó el diario de pesca correos) y a “SANCHEZ LUPIAÑEZ, SCP” (notificado el día 09 de y/o declaración de desembarque, correspondiente a los días 2, Julio de 2009, a través de su publicación en el BOP después de , 22 y 24 de Abril y 04 de 09 de Mayo de 2008, contraviniendo lo dos intentos fallidos de notificación vía correos) patrón y arma- dispuesto en el el Reglamento CEE 2847/93, modificado por el dor respectivamente de la embarcación “JUSTO” 3ª CP-3-1962, Reglamento UE 2846/98, por el que se establece un régimen de por no presentar declaración de desembarque dentro del plazo control aplicable a la política pesquera común. (DOCE de 31 de establecido de 48 horas a las autoridades competentes, todo Diciembre de 1998). ello según consta en el acta de inspección que se detalla a con- Y en consecuencia: PRIMERO.- Siendo el Subdelegado tinuación: Acta de inspección nº 119365 de fecha 06 de Mayo de de Gobierno en Castellón, competente para iniciar el presente 2009 y complementaria nº 119372 de fecha 12 de Mayo de 2009, expediente, en base a la delegación de atribuciones del artí- levantadas ambas por Inspectores de la SGPM, por no rellenar culo 3.10 de la Resolución de la Delegada del Gobierno en la el diario de pesca y/o declaración de desembarque, los días 2, Comunidad Valenciana de 26 de marzo de 2002, en relación con 22 y 24 de abril y 4 de mayo de este mismo año; contraviniendo el artículo 23.7 de la Ley 6/1997 de 14 de abril, de Organización
    10. 10 B.O.P DE CASTELLÓN DE LA PLANA . Núm. 104.—27 de agosto de 2009 y funcionamiento de la Administración General del Estado, en solos efectos de entender cumplida la obligación de notificar concordancia con el artículo 5.5 b) del Real Decreto 1330/1997 de dentro del plazo máximo legalmente establecido, constan en 1 de agosto, de integración de servicios periféricos y de estruc- los expedientes el intento de notificación debidamente acred- tura de las Delegaciones del Gobierno. itado dentro de dicho plazo. La resolución de los mencionados SEGUNDO.- Los hechos declarados probados anterior- expedientes se encuentra a disposición de los interesados para mente, constituyen en atención al artículo 5 del Real Decreto conocimiento de su contenido íntegro, por un plazo de diez 747/2008, de 9 de mayo, por el que se establece el Reglamento días, en la Subdelegación del Gobierno en Barcelona - Oficina del régimen sancionador en materia de pesca marítima en de Extranjeros -Cl Mallorca, 278, previa solicitud de cita con- aguas exteriores una infracción grave continuada en materia certada en el teléfono 93.520.14.10 o bien mediante un correo de pesca marítima, tipificada como tal en el artículo 96.1.l) de la electrónico a la dirección de infoext@map.es si es un particular Ley 3/2001 de 26 de marzo, estando comprendidos los límites de o a la dirección de infoprof@map.es si es un profesional. dicha sanción principal entre 301 y 60.000 €; tal y como estable- Contra dichas resoluciones que agotan la vía admin- ce el artículo 102 de la citada Ley. istrativa, conforme a lo dispuesto en el artículo 116 de la TERCERO.- Siendo que la Ley 30/1992, de 26 de noviembre Ley 30/92, antes citada, podrá interponerse RECURSO de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del POTESTATIVO DE REPOSICIÓN ante el mismo órgano que Procedimiento Administrativo Común, recoge como uno de los dictó la resolución, en el plazo de un mes contado a partir del principios de la potestad sancionadora el de la proporcionalidad día siguiente al de la publicación de este Edicto, o RECURSO de la sanción en consonancia con la gravedad de los hechos CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO ante el Juzgado de lo cometidos, así como las demás normas de general y pertinente Contencioso-Administrativo que corresponda, en la forma y en aplicación y de conformidad con lo establecido en el artículo 25 los plazos establecidos en los artículos 45 y 46 de la Ley 29/98, del Real Decreto 747/2008, de 9 de mayo, por el que se establece de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. el Reglamento del régimen sancionador en materia de pesca Es 1 expediente relacionado, comenzando y terminando marítima en aguas exteriores, el instructor PROPONE: con DORA ANA MARIA VASQUEZ RODRIGUEZ. PRIMERO.- Declarar probada la responsabilidad en la comi- sión de una infracción grave continuada, en materia de pesca EXPEDIENTE NOMBRE Y APELLIDOS NIE NACIONALIDAD FECHA marítima, por incumplir la obligación de cumplimentar las hojas 080220090001958 GODSENT HONESTY OROBOSA X8453802Z NIGERIA 03/04/2009 del Diario de Pesca o de la declaración de desembarque infrin- giendo la normativa en vigor; tipificada en el artículo 96.1.l) de Barcelona, 6 de agosto de 2009.- La Subdelegada del la Ley 3/2001, de Pesca Marítima del Estado a D. FRANCISCO Gobierno, (0.31.12.58 B.O.E. 5/59).- La Jefe de Sección, Mª José ABELLA PASCUAL, patrón de la embarcación JUSTO, sin per- Bielsa Santamaría. 8714 juicio de la responsabilidad solidaria de “SANCHEZ LUPIAÑEZ, SCP” armadora de dicha embarcación. . SEGUNDO.- Imponer a D. FRANCISCO ABELLA PASCUAL sin perjuicio de la responsabilidad solidaria de “SANCHEZ MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN LUPIAÑEZ, SCP” una sanción de una sanción de 400 €; en apli- ., cación de lo dispuesto en el artículo 102 de la Ley 3/2001, de 26 de marzo; y establecida en el grado mínimo del tramo estable- TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL cido para las infracciones graves, por entender que la sanción propuesta establecida de manera motivada es proporcional a DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VALENCIA la gravedad del daño causado. Apreciándose en este caso el elemento de intencionalidad, recogido en el artículo 13 del Real Edicto de citación para notificación Decreto 747/2008, a la vista del contenido de las actuaciones de inspección y teniendo en cuenta el efecto que produce en el De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 ejercicio de las funciones de inspección y control, el incumpli- y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen miento de la obligación de rellenar dicho diario. Se ha tenido en Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento cuenta igualmente la continuidad en el tiempo de dicha conduc- Administrativo Común «Boletín Oficial del Estado» 285, de 27 ta infractora, puesto de manifiesto en la misma calificación de de noviembre de 1992 (Redacción Ley 4/1999, de 13 de enero « una infracción continuada. BOE de] 14» y Ley 24/2001, de 27 de diciembre «BOE del 31») Se le comunica igualmente que a partir de la fecha, el y no habiéndose podido realizar la notificación correspondi- expediente se encuentra a su disposición en las oficinas ente en el domicilio del interesado por causa no imputable a la de la Dependencia del Área de Agricultura y Pesca de la Tesorería General de la Seguridad Social, por el presente edicto Subdelegación del Gobierno en Castellón con el contenido que se cita a los sujetos pasivos, obligados con la seguridad social se relaciona en documento adjunto, concediéndosele un plazo o representantes que se relacionan, para ser notificados por de quince días para formular alegaciones y presentar los docu- comparecencia de los actos administrativos derivados de los mentos e informaciones que estimen pertinentes ante el instruc- procedimientos señalados. tor del expediente, todo ello de acuerdo con lo establecido en el Los citados a través de este medio, relacionados en hoja artículo 26 del Real Decreto 747/2008, de 9 de mayo, por el que anexa, deberán comparecer para ser notificados en el plazo se establece el Reglamento del régimen sancionador en materia de diez días hábiles, contados desde el siguiente al de la pub- de pesca marítima en aguas exteriores. ” C-8889-U licación de este anuncio en el «Boletín Oficial» de la provincia, en horario de nueve a catorce horas, de lunes a viernes, ante la * * * sede- de la SUBDIRECCION PROVINCIAL DE PROCEDIMIENTOS ESPECIALES, sita en la calle Marqués de Sotelo, 8 y 10 - 6 Planta SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN BARCELONA - 46002 - VALENCIA. Asimismo se advierte a los interesados que, de no compa- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 en con- recer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida cordancia con el 61 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, modifi- a todos los efectos legales desde el día siguiente al vencimiento cada por la Ley 4/99, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las del plazo señalado. Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Valencia, 07 de agosto de 2009.— EL SUBDIRECTOR PROVINCIAL, Común, a continuación se relacionan resoluciones adoptadas por Fdo: Jorge García Ninet la. Subdelegada del Gobierno de Barcelona, por las que se impo- nen a las personas abajo indicadas la sanción de EXPULSION del RELACIÓN QUE SE CITA territorio nacional, dado que la notificación cursada al domicilio IDENTIFICADOR NOMBRE DOMICILIO C.POSTAL C.POSTAL indicado por los interesados ha resultado infructuosa. 018903672H VICENTE SEGARRA SANZ ARQUITECTO ROMANI, 2 Asimismo y de acuerdo con el art. 58.4 de la Ley 30/92, de 12592 26 de Noviembre, modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero, EXPEDIENTE PROCEDIMIENTO UNIDAD de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del 420109 10-TRÁMITE AUDIENCIA DP Procedimiento Administrativo Común, se significa que, a los 8694 ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS Melia, cuyo presupuesto asciende a la cantidad de 215.051,07 €uros, incluidos Gastos Generales, Beneficio Industrial, IVA así como honorarios de redacción de proyecto, dirección de obra y ALCALA DE XIVERT coordinación de Seguridad y Salud Por el presente se expone al público por plazo de 20 días EL ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE ALCA- significando que en el supuesto de que no se interpongan recla- LA DE XIVERT (CASTELLON) maciones en el periodo de exposición pública su aprobación HACE SABER: Aprobado por el Ayuntamiento Pleno, en será definitiva. sesión ordinaria de fecha 19 de agosto de 2009, el proyecto Alcalá de Xivert a, 20 agosto de 2009.—El Alcalde, Francisco “Básico y de Ejecución de Adaptación de Edificio a centro de día Juan Mars. C-8922-U para la tercera edad” elaborado por el Arquitecto Jorge Gómez , * * *
    11. Núm. 104.—27 de agosto de 2009 B.O.P DE CASTELLÓN DE LA PLANA . 11 EL ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE ALCA- do en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio reguladora de LA DE XIVERT (CASTELLON) la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. HACE SABER: Aprobado por el Ayuntamiento Pleno, en Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar, en su caso, sesión ordinaria de fecha 19 de agosto de 2009, el proyecto cualquier otro recurso que estime procedente. “Básico y de Ejecución de Asfaltado de la C/ De les Campani- 2º.- Que la multa deberá hacerse efectiva, dentro del plazo lles” elaborado por el Arquitecto Técnico Municipal José Vicente , de quince días hábiles siguientes al recibo de la presente notifi- Brisach Claramonte, cuyo presupuesto asciende a la cantidad de cación, en la tesorería Municipal, incurriendo en la vía de apre- 16.480,70 euros, incluidos Gastos Generales, Beneficio Indus- mio en caso contrario, según lo dispuesto en el Art.84 del Real trial, e IVA. Decreto Legislativo 339/90, de 2 de marzo, por el que se aprueba Por el presente se expone al público por plazo de 20 días el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehícu- significando que en el supuesto de que no se interpongan recla- los a Motor y seguridad Vial. maciones en el periodo de exposición pública su aprobación 3º.- NOTA: Caso de que se produzca eficazmente la notifica- será definitiva. ción individual a travÈs de correos, los plazos se computarán a Alcalá de Xivert a, 20 agosto de 2009.—El Alcalde, Francisco partir de Èsta salvo que sea anterior a la publicación del presente Juan Mars. C-8923-U edicto. Exped Nombre Infractor Apellido Infractor Población Infracto Imp.No Red. euro Boletín * * * 12005090000273 DOLORES CASTAÑO CARDENAS CASTELLON DE LA PLANA 50,00 17273 12005090000277 JOSE NEBOT MENCHON ALCORA 150,00 17994 EL ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE ALCA- 12005090000281 PEDRO VICENTE GRANGEL FERRIS ALCORA 50,00 18605 LA DE XIVERT (CASTELLON) 12005090000282 MANUEL IGLESIAS SOBA CASTELLON DE LA PLANA 50,00 18604 HACE SABER: Aprobado por el Ayuntamiento Pleno, en 12005090000283 JORGE ARQUER MONLLAU ALCORA 50,00 18603 sesión ordinaria de fecha 19 de agosto de 2009, el proyecto 12005090000286 IONEL TABUS ALCORA 50,00 17647 “Básico y de Ejecución de Asfaltado Camino de Las Fuentes al 12005090000289 CARCAN AURELIAN DORU USERAS / USERES (LES) 50,00 18582 Pinar” elaborado por el Arquitecto Técnico Municipal José Vicen- , 12005090000293 CLEMENTE RUBIO CASTRO VILANOVA DEL VALLES 50,00 17073 te Brisach Claramonte, cuyo presupuesto asciende a la cantidad 12005090000294 MOHAMMED DEHBI LUCENA DEL CID 50,00 17072 de 83.527,11 euros, incluidos Gastos Generales, Beneficio Indus- 12005090000295 SALVADOR IGNACIO BAIXAULI RODRIGO VALENCIA 50,00 17074 trial, e IVA. 12005090000297 MARTA RENAU GIMENO ALMAZORA 50,00 17102 Por el presente se expone al público por plazo de 20 días 12005090000299 YAHYA ORJANI ALCORA 50,00 17886 significando que en el supuesto de que no se interpongan recla- 12005090000300 YAHYA ORJANI ALCORA 50,00 17885 maciones en el periodo de exposición pública su aprobación 12005090000301 AGUSTIN RUA SANTACLARA ALCORA 50,00 17069 será definitiva. 12005090000304 ALONSO ORQUINMA DESAMPARADOS CARCAIXENT 50,00 17890 Alcalá de Xivert a, 20 agosto de 2009.—El Alcalde, Francisco 12005090000305 CARLOS ALFIERI GASCH ALCORA 50,00 17889 Juan Mars. C-8924-U 12005090000307 DAVID FORES CERVERA ALCORA 50,00 19029 12005090000308 DANIEL MARTINEZ HERRERO SAN FERNANDO 50,00 17888 12005090000311 JUAN ANTONIO MARTINEZ MOLINA SAGUNTO/SAGUNT 50,00 17000 * * * 12005090000312 RUBEN MARTINEZ MARTINEZ CASTELLON DE LA PLANA 50,00 17790 12005090000313 ROSARIO SABATER NAVARRO VILLARREAL/VILA-REAL 50,00 18099 A los efectos de lo dispuesto en el artículo 169 del Texto 12005090000316 JUAN JAVIER PITARCH ROIG ALCORA 150,00 17791 Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, apro- 12005090000317 LUIS MIGUEL JIMENEZ RUANO CASTELLON DE LA PLANA 50,00 17847 bado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al que 12005090000321 DIEGO FABIAN CANTERO GARCI ALCORA 50,00 17959 se remiten los artículos 177.2 de la misma norma y 20.1 en rela- 12005090000328 JUAN RAMON BERNABEU MARIN ALCORA 150,00 18536 ción con el artículo 38.2 del Real Decreto 500/90 de 20 de abril, se 12005090000329 MIQUEL ROSELLO MORATO VALENCIA 50,00 18535 pone en conocimiento general que en la Intervención Municipal 12005090000331 RAFAEL POYATOS FRESNEDA CASTELLON DE LA PLANA 50,00 18632 se halla expuesto al público el expediente de Modificación de 12005090000332 JUAN ANTONIO MARTINEZ MOLINA AGUNTO/SAGUNT 90,00 18728 Créditos nº: 22/2009, mediante Suplementos de Crédito y Crédi- 12005090000334 CONSTANTIN DINU ALCORA 50,00 18100 tos Extraordinarios por importe de 294.281,18 euros que afectará 12005090000335 ONDA SL. COLADOS Y PRENSADOS ONDA 50,00 17792 al vigente Presupuesto y que fue aprobado inicialmente por la 12005090000341 SANTIAGO SANZ ASTOLA ALCORA 50,00 18635 Corporación en Pleno en sesión celebrada el día 19 de agosto 12005090000344 ROBERTO FERNANDEZ ASENSIO ALCORA 200,00 18676 de 2009 financiado con Remanente de Tesorería para Gastos 12005090000349 M™ SARA BAGAN TORNER FIGUEROLES 50,00 18634 Generales. 12005090000350 FELIX CALVO MARTIN CASTELLON DE LA PLANA 50,00 18636 Los interesados que estén legitimados según lo dispuesto 12005090000352 CRISTIAN GIMENO BACHERO ALCOR 150,00 18027 en el artículo 170.1 del citado Texto Refundido a que se ha hecho 12005090000353 TRANSCRISMA S.L. BENICASIM/BENICASSIM 50,00 18678 referencia y por los motivos taxativamente enumerados en el 12005090000355 JESUS CORTES PUVILL ALCORA 50,00 18102 número 2 del mismo precepto, podrán presentar reclamaciones 12005090000356 CARLOS NEBOT FERNANDEZ ALCORA 50,00 4780213 con sujeción a los siguientes trámites: 12005090000357 CARLOS NEBOT FERNANDEZ ALCORA 150,00 4780212 a) Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: Quince 12005090000358 JOSE VELASCO CAZORLA SABADELL 50,00 17995 días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción de este 12005090000359 DAVID MARTINEZ PRADOS ALCORA 150,00 17996 anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia. 12005090000363 CARLOS NEBOT FERNANDEZ ALCORA 50,00 17998 b) Oficina de presentación: Registro General del Ayunta- 12005090000365 EMIL DRUGACI CASTELLON DE LA PLANA 50,00 17104 miento de Alcalá de Xivert. 12005090000369 DISEÑOR S.L. VALENCIA 50,00 17107 c) Órgano ante el que se reclama: Ayuntamiento Pleno. 12005090000370 NDREA SEDANO COBOS ALCORA 50,00 18590 Alcalá de Xivert, a 20 de agosto de 2009.- El Alcalde, Francis- 12005090000371 JIANG FENG ALDAIA 150,00 17106 co Juan Mars. C-8863-U C-8752 * * * L’ALCORA Notificación de denuncias de tráfico. (relación 5/09) Notificación de multas de tráfico (relación 4/09) De conformidad con el Art. 59.4 de la Ley de Procedimiento De conformidad con el Art. 59.4 de la Ley de Procedimiento administrativo (de 26 de Noviembre), y ante las dificultades Administrativo Común, (Ley 30/92 de 26 de noviembre) y ante existentes para la notificación a través del Servido de Correos las dificultades existentes para la notificación individualizada, a y mediante acuse de recibo; con el fin de evitar la prescripción travÈs del Servicio de Correos mediante acuse de recibo; con el de las respectivas acciones, y simultáneamente al envío de la fin de evitar la prescripción de las respectivas acciones, y simul- notificación individualizada, se publica seguidamente la relación táneamente al envió de notificación individualizada, se publica de denuncias formuladas por la Policía Local de l’Alcora, no noti- seguidamente relación de multas impuestas por esta alcaldía, a ficadas en el acto, a infractores domiciliados fuera de esta villa. infractores domiciliados fuera de esta villa mediante Decreto de Se concede plazo de 15 días a los denunciados para presen- fecha 30/06/2009. tar alegaciones en su defensa y proponer las pruebas que consi- Los datos referentes al hecho denunciado, lugar, fecha, dere oportunas. hora, etc. Son los que figuran en el edicto publicado en el Dentro de ese mismo plazo, y caso de no ser el denuncia- Boletín Oficial de la Provincia de Castellón número 86, de fecha do el conductor del vehículo causante de la infracción, deberá 16/07/2009. comunicar a la alcaldía el nombre, D.N.I., y domicilio del conduc- Se advierte a las personas sancionadas lo siguiente: tor, con las consecuencias, en caso contrario, del Art. 72.3 del 1º.- Que, contra la presente resolución que pone fin a la vía Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo. administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso NOTA: En caso de que se produzca eficazmente la notifica- de reposición ante la Alcaldía en el plazo de un mes contado a ción individual a través de correos, los plazos se computarán a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación partir de ésta, salvo que sea anterior a la publicación del presen- de la presente resolución, de acuerdo con lo que establecen te edicto. los artículos 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de RÈgimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce- Nº DE FECHA LUGAR DE LA PRECEPTO SANCIÓN NOMBRE APELLIDOS DNI POBLACIÓN BOLETIN dimiento Administrativo Común (modificados por Ley 4/1999, de EXP. DENUNCIA INFRACCIÓN INFRINGIDO IMPUESTA INFRACTOR INFRACTOR INFRACTOR 13 de enero), o directamente CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO, 090000272 23/04/2009 PLZA. SAN R OM-93.4-LE 50,0 JAVIER ESTELLES CUÑAT 24302741 VALENCIA 17275 en el plazo de dos meses, a partir de la fecha de notificación del 090000373 13/06/2009 ALCANTARINS OM-94.5-GR 150,0 PAULA ALBARO FERRER 20467402 ALCORA 17110 acto, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de la 090000374 13/06/2009 VINYALS OM-171.1-L 50,0 Mª ANGELES LOPEZ GOMEZ 20470420 CASTELLON DE 18591 ciudad de Castellón de la Plana, de conformidad con lo estableci- 090000375 12/06/2009 JUCAR OM-171.2-L 50,0 JUAN JESUS GIL PERIS 18442603 MOSQUERUELA 18730
    12. 12 B.O.P DE CASTELLÓN DE LA PLANA . Núm. 104.—27 de agosto de 2009 090000377 15/06/2009 PLZA. SAN R OM-93.3-LE 50,0 MARIA CONCEPCION MONFORT BENAGE 18934568 VILLAFAMES 18176 presente escrito: 090000378 10/06/2009 SAN VICENTE OM-171.2-L 50,0 ESCOLASTICA RODADO SANBLAS 18906730 VILLARREAL/V 18729 “La Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el día 1 de 090000383 16/06/2009 PLZA. SAN R OM-93.4-LE 50,0 VICTOR MANUEL ABRIL PILAR 19000927 CASTELLON DE 18614 junio de 2009 adoptó, entre otros, el siguiente ACUERDO: 090000385 16/06/2009 PLZA. SAN R OM-93.4-LE 50,0 LEASE S.A. ARVAL SERVICE A-81573479 MADRID 18616 ‘Visto el expediente 000005/2009-ACTCAT instruido a 090000386 16/06/2009 RAMON MARIA OM-132.6-L 50,0 ANTONIO LOPEZ FERNANDE 18951271 ALCORA 18617 instancia de NICOLAE MARIN para adquirir por cambio de titu- 090000387 16/06/2009 LA FABRICA OM-94.8-GR 150,0 MANUEL TORNER GARCIA 18801397 ALCORA 17962 laridad la actividad de BAR SIN AUDICION MUSICAL situada en 090000390 19/06/2009 FEDERICO MI OM-94.1-LE 50,0 ENRIQUE PALLARES PORTO 18937675 CASTELLON DE 18029 CL CONSTITUCION ESPAÑOLA, 21 BAJO-A de esta localidad, 090000391 22/06/2009 PLZA. ESPAÑ OM-93.4-LE 50,0 ALINA DOINA HROMEI X-6523464-C VILLARREAL/V 17921 antes regentado por ADRIAN IANCU. 090000392 22/06/2009 PLZA. ESPAÑ OM-93.4-LE 50,0 JULIO VACA VALDEOLMI 12692908 ALCORA 17922 Visto el informe emitido por el Ingeniero Técnico Municipal 090000394 26/06/2009 SAN FRANCIS OM-3.2-GRA 150,0 SANTIAGO FORES PALLARES 18986189 SAN JUAN DE 18682 en 04/05/2009; y la Técnico de Gestión de Actividades, en fecha 090000395 28/06/2009 PLZA. ESPAÑ OM-94.9-LE 50,0 CARLOS NEBOT FERNANDE 20471859 ALCORA 18592 19/05/2009; y considerando que se ha cumplido lo establecido en 090000396 24/06/2009 CRTA. RIBES OM-132.2-L 50,0 KARIMA BEN SALAH X4602382 ALCORA 18680 el art. 62 de la Ley 2/06, de 5 de mayo, de Prevención de la Conta- 090000397 25/06/2009 AZULEJERA OM-93.1-LE 50,0 LAKBIR BENALI X-2815078-Q ALCORA 18681 minación y Calidad Ambiental, así como lo dispuesto en el art. 090000400 02/07/2009 PLZA. ESPAÑ OM-93.4-LE 50,0 IGNACIO ANTEQUINO GARC 29199486 ALCORA 18057 11.2 de la Ley 4/2003, de la Generalitat, de Espectáculos Públicos, 090000401 02/07/2009 PLZA. ESPAÑ OM-93.4-LE 50,0 EVA MARIA GONZALEZ GONZA 13979052 ALCORA 16643 Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos, la Junta de 090000402 06/07/2009 PLZA. ESPAÑ OM-93.4-LE 50,0 E HIJOS CONSTRUCCIONES B12370029 ALCORA 17477 Gobierno Local, al amparo de las facultades delegadas mediante 090000404 06/07/2009 SAN FRANCIS OM-171.2-L 50,0 Mº. PILAR PITARCH PORCAR 18995530 ALCORA 18151 Decreto de la Alcaldía de fecha 18 de junio de 2007, ACUERDA: 090000406 07/07/2009 PLZA. SAN R OM-93.4-LE 50,0 MARIA ROSARIO ARTERO BARRACH 18960525 ALCORA 18152 PRIMERO.- Autorizar el cambio de titularidad de la licencia 090000407 07/07/2009 PLZA. SAN R OM-93.4-LE 50,0 AMPAROTERESA GASCH AICART 18875672 ALCORA 18153 de la actividad de BAR SIN AUDICION MUSICAL, situada en CL 090000413 07/07/2009 PLZA. SAN R OM-93.4-LE 50,0 VICTOR ARTERO VILAR 73347100 ALCORA 17479 CONSTITUCION ESPAÑOLA, 21 BAJO-A, a favor de NICOLAE 090000414 08/07/2009 PLZA. SAN R OM-93.4-LE 50,0 MARIA EUGENIA ARIASTORRES X5210082 ALCORA 17478 MARIN, en las mismas condiciones de la licencia actual. 090000415 08/07/2009 BARRANC DE OM-94.5-GR 150,0 RAMON MARTINEZ SANCH 52946710 ALCORA 18683 SEGUNDO.- Este acuerdo queda sujeto a las siguientes 090000416 08/07/2009 FEDERICO MI OM-94.5-GR 150,0 FERNANDO PALOMOTRAVER 18941804 BENICASIM/BE 18731 condiciones: 090000423 15/07/2009 PLZA. SAN R OM-93.4-LE 50,0 DEYFILIA GUERRERO CARRI X-5313363-H ALCORA 18106 a) Deberá acreditar ante este Ayuntamiento la contratación 090000424 15/07/2009 PLZA. SAN R OM-93.4-LE 50,0 DIEGO RUIZ LIBIANO 18941020 FIGUEROLES 17895 de un seguro que cubra la responsabilidad civil por daños al 090000426 15/07/2009 PLZA. SAN R OM-171.2-L 50,0 CARLOS ALFIERI GASCH 18976825 ALCORA 18104 público asistente y a terceros, por la actividad desarrollada, así 090000428 15/07/2009 PLZA. SAN R OM-93.4-LE 50,0 ISABEL RUEDA RODRIGUE 75813407-W ALCORA 17892 como el riesgo de incendio, daños al público asistente y a terce- 090000431 16/07/2009 CANTERERS OM-132.6-L 50,0 STOCKGRES, S.L B-12378923 ALCORA 16174 ros derivados de las condiciones del local o la instalación y los 090000434 16/07/2009 JOSE MASCAR OM-132.6-L 50,0 BEATRIZ CHIVA MORENO 18993557 ALCORA 18706 daños al personal que preste sus servicios. El capital mínimo 090000435 16/07/2009 LUCENA OM-132.6-L 50,0 BLANCA EVA ESCRIG GIL 18984044 ALCORA 18704 que debe prever la póliza de seguros para cubrir los riesgos 090000440 16/07/2009 JOSE MASCAR OM-132.6-L 50,0 JOSE LUIS CHIVA MOMPO 18885105 ALCORA 18108 derivados de la explotación de esta actividad será de 300.500´- 090000442 16/07/2009 VICENTE FAB OM-132.6-L 50,0 JOSE RAMON ARTERO BENAGES 73355703 ALCORA 17899 euros, según está establecido legalmente. 090000443 16/07/2009 CONDE DE AR OM-132.6-L 50,0 PEDRO VICENTE GRANGEL FERRIS 18928165 ALCORA 18543 b) En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 18 del Decreto 090000446 16/07/2009 VICENTE FAB OM-132.6-L 50,0 ARQUEOLOGIA DE B-12604773 CASTELLON DE 17898 266/2004 sobre Normas de Prevención y Corrección de la Conta- 090000448 16/07/2009 PLZA. ESPAÑ OM-93.4-LE 50,0 ALCOGI S.L B-12445722 CASTELLON DE 18540 minación Acústica, en relación con actividades, instalaciones, 090000450 16/07/2009 CANTERERS OM-132.6-L 50,0 MOSTAPHA EL JAIDI X2858420 ALCORA 16175 edificaciones, obras y servicios, que, el titular deberá llevar a 090000451 16/07/2009 CANTERERS OM-132.6-L 50,0 M LUISA GIL NACHER 18905407 ALCORA 18619 cabo, en un plazo de dos meses, a contar desde la fecha de inicio 090000457 18/07/2009 JUCAR OM-94.5-GR 150,0 MANUEL GARGALLO GARGA 18861426 ALCORA 17650 de la actividad, y al menos cada cinco años, deberá realizar una 090000458 20/07/2009 AZULEJERA OM-93.2-LE 90,0 LAKBIR BENALI X-2815078-Q ALCORA 18684 auditoria acústica, realizada por una entidad colaboradora en 090000461 01/08/2009 FERRERET OM-132.6-L 50,0 YOUNESS EL RHANZI X7607442 ALCORA 18624 materia de calidad ambiental (ECMA). 090000462 01/08/2009 VINYALS OM-171.1-L 50,0 FRANCISCO JOSÉ MARTINEZ ARNES 44503900 VALENCIA 18178 Los certificados de los resultados obtenidos de las citadas 090000463 01/08/2009 FERRERETS OM-132.6-L 50,0 DAVID APARICI CABEDO 20461632 ALCORA 18179 auditorias, deberán ser incorporados por el titular de la actividad 090000464 01/08/2009 FERRERETS OM-132.6-L 50,0 JOAN MALLOL AICART 43004733 ALCORA 18180 en el libro de control, al que se refiere el art. 37.3 de la Ley 7/2002, 090000466 01/08/2009 LUCENA OM-132.6-L 50,0 MARIA LUISA SANCHEZ SAFONT 18974313 ALCORA 18182 de 3 de diciembre de la Generalitat, que estará a disposición de 090000467 01/08/2009 RAMON MARIA OM-132.6-L 50,0 OSCAR PORCAR LOPEZ 36986104 ALCORA 18183 las administraciones competentes. 090000468 01/08/2009 RAMON MARIA OM-132.6-L 50,0 MARIA ISABEL JUAREZ GARCIA 18947196 ONDA 18184 TERCERO.- Contra el acto administrativo transcrito, que es 090000469 01/08/2009 RAMON MARIA OM-132.6-L 50,0 AMPAROTERESA GASCH AICART 18875672 ALCORA 18185 definitivo en la vía administrativa, se podrá interponer potesta- 090000474 01/08/2009 SAN MATEO OM-132.6-L 50,0 EMILIO MURIACH BENAJE 18930919 ALCORA 18253 tivamente recurso de reposición ante el mismo órgano que ha 090000480 24/07/2009 VINYALS OM-171.1-L 50,0 ALFONSO NICOLAU CARIDA 18951486 CASTELLON DE 18732 dictado el acto. El plazo para su interposición será de un mes 090000481 27/07/2009 PLZA. ESPAÑ OM-93.3-LE 50,0 SERGIO DAVID SABORIT CERVER 73390857 ALCORA 18033 contado a partir del día siguiente a la presente notificación. 090000482 22/07/2009 AVDA. CASTE OM-94.5-GR 150,0 MARIA JOSE EGEA LLOPIS 22143189 ELDA 17112 Asimismo podrá interponer directamente, sin necesidad de utili- 090000483 22/07/2009 PLZA. CONVE OM-171.2-L 50,0 MIGUEL ANGEL GARCIA CRUZ 48380207 MANISES 17111 zar el recurso de reposición, recurso contencioso-administrativo, 090000487 31/07/2009 PAIS VALENC OM-94.8-GR 150,0 DANIEL JUAN ALBERO PALLARE 73355699 ALCORA 18128 a su elección, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo C-8751 de Castellón o ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de su propio domicilio, dentro del plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la recepción de esta notificación, ALMASSORA según establecen los artículos 109 y 116 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce- Aprobado por el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada dimiento Administrativo Común, 8 y 46 de la Ley 29/98, Regula- el día 3 de agosto de 2009, el Expediente de Modificación de dora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Créditos nº 29 del Presupuesto Municipal de 2009, de confor- Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro midad con lo establecido en los artículos 169 y 177 del Texto recurso o acción que estime procedente’.- Almazora, a 1 de junio Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, queda de 2009.- El Secretario General.- Firmado y rubricado. ” expuesto al público el mencionado expediente durante el plazo Almazora, a 14 de agosto de 2009.—El Alcalde, (firma de 15 días hábiles, con objeto de que los interesados puedan ilegible). C-8808 interponer reclamaciones contra el mismo. El mencionado Expediente de Modificación de Créditos se considerara definitivamente aprobado si al término del periodo ALQUERÍAS DEL NIÑO PERDIDO de exposición no se hubieran presentado reclamaciones. Almazora, 10 de agosto de 2009.- El Alcalde Acctal., Luis En cumplimiento de cuanto dispone el artículo 212 del Martinez Fuentes. C-8775 Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por RDL 2/2004, de 5 de marzo y Formada por la * * * Intervención la Cuenta General correspondiente al ejercicio 2008, e informada por la Comisión Especial de Cuentas - No pudiéndose efectuar la notificación a ADRIAN IANCU, Comisión Informativa de Hacienda-, se expone al público por con domicilio en la CL SAN JUAN, 12 – PBJ, IZDA, de 12006 un plazo de quince días, durante los cuales y ocho días más, los CASTELLON, tras haber realizado 2 intentos infructuosos, de interesados podrán presentar reclamaciones, reparos u observa- conformidad con lo dispuesto en el art. 59.5 de la Ley 30/1992 ciones que consideren procedentes. de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Alquerías del Niño Perdido, 10 de agosto de 2009.— La Procedimiento Administrativo Común, se procede a publicar el Alcaldesa, Consuelo Sanz Moles. C-8784 ALTURA Notificación de denuncias por infracciones de tráfico, a los denunciados que se citan. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 60 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Admi- nistraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública notificación a los denunciados que en el anexo se relacionan, cuyos últimos domicilios conocidos son los que se indican, de la imposición de las denuncias e iniciación de los correspon- dientes expedientes sancionadores instruidos por el . Dichos expedientes obran en el , ante quien se podrá presentar escrito de alegaciones durante los quince días hábiles siguientes a esta publicación, con proposición o aportación de las pruebas que se consideren oportunas. Las multas podrán hacerse efectivas durante el plazo de 30 días naturales siguientes a esta publicación. Los abonos, salvo que proceda interponer además la medida de suspensión del permiso o de la licencia de conducir, implicarán únicamente la renuncia a
    13. Núm. 104.—27 de agosto de 2009 B.O.P DE CASTELLÓN DE LA PLANA . 13 formular alegaciones y la terminación de los procedimientos sin necesidad de dictar resolución expresa, sin perjuicio de la posibilidad de interponer los recursos correspondientes. Transcurridos los plazos mencionados, si no se han presentado escritos de alegaciones o no se han efectuado los pagos de las multas, se dictarán las oportunas resoluciones sancionadoras. En Altura, a 21 de julio de 2009.— Firmado: D. Rafael Rubio Selles. ANEXO MUNICIPIO TITULAR CIF/NIF Nº BOLETIN MATRICULA F.DENUNCIA IMPORTE ART PFO LET ORD PRE ALCÀSSER AGUILA ZUCAR ANTONIO 72247747D 13097 V9954GS 5/05/2009 60,00 171 RGC JERICA MANTENIMIENTO CONSERVACION IMAGEN SL B12522272 13119 8244CWJ 13/05/2009 60,00 39 2 E LSV L’ELIANA CONSTRUCCIONES MARCELINO TORAN SL B96243936 13254 V0456EV 15/05/2009 60,00 171 RGC SAGUNT ALEIXANDRE LOPEZ MIGUEL SANTIAGO 19102505Q 13111 3477DWH 9/05/2009 60,00 171 RGC VALENCIA NAVARRETE CAROT NURIA 33563983Z 13116 V5742GM 13/05/2009 60,00 39 2 E LSV ZARAGOZA SALILLAS VIVED FELIX 17979841M 13095 NA7244AK 27/04/2009 60,00 39 2 A LSV C-8794 * * * Notificación de sanciones por infracciones de tráfico, y en su caso, resolución a las alegaciones presentadas, a los sancionados que se citan. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 60 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Admi- nistraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública notificación a los sancionados que en el anexo se relacionan, cuyos últimos domicilios conocidos son los que se indican, de las infracciones sancionadas, y en su caso, resolución a las alegaciones presentadas, una vez recaída RESOLUCION por parte de Alcaldía del . Dicha resolución, que no es definitiva en vía administrativa, obra en la Oficina Administrativa del , ante quien se podrá interponer recurso potestativo de reposición, previo al contencioso-administrativo en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de esta publicación. Trascurrido el plazo mencionado, adquirirá firmeza en vía administrativa dicho acto. Si transcurriese un mes desde el día siguiente al de la interposición sin que este haya sido resuelto, podrá entender que ha sido desestimado e interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Valencia, en el plazo de seis meses. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso o acción que estime procedente. El recurso de reposición no interrumpe el procedimiento sancionador. Las sanciones podrán hacerse efectivas dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de su firmeza. Vencido el plazo de ingreso sin que se hubiese satisfecho la multa, su exacción se llevará a cabo por el procedimiento de apremio. En Altura, a 21 de julio de 2009.— Firmado: D. Rafael Rubio Selles. ANEXO MUNICIPIO TITULAR CIF/NIF Nº BOLETIN MATRICULA F.DENUNCIA IMPORTE ART PFO LET ORD PRE CATARROJA ORTIN BIELSA GLORIA 19542485Y 13026 V5522FD 8/12/2008 60,00 39 2 A LSV ONDA HERNANDEZ LOPEZ DAVID 52946339V 12778 CS3318AC 10/10/2008 60,00 39 2 F LSV PATERNA MATIAS SALVADOR MARIA MERCEDES 24369514W 13051 2348BSW 9/12/2008 60,00 39 2 A LSV SEGORBE IBAÑEZ BONILLO BORJA 45798465Z 12984 V7966GC 14/12/2008 60,00 39 2 F LSV SEGORBE LAPADEAN ALEXANDRU X8737631T 12789 CS9403T 1/11/2008 60,00 39 2 F LSV VILLARREAL MARIAN IONELA IOSEFINA X8081756Q 12901 CS0677AS 27/11/2008 60,00 39 2 A LSV C-8795 BENICÀSSIM 2009 a efectos de interposición de reclamaciones y no habiéndose presentado ninguna, queda elevado a definitivo, de conformidad Aprobado inicialmente por el Ayuntamiento Pleno, en sesión con lo establecido en el artículo 169.1 del Real Decreto Legislativo ordinaria celebrada el día 30 de julio de 2009, la Modificación 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de Crédito en el Presupuesto del Ayuntamiento consistente en de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, procediendo a la Suplemento de Crédito y Crédito Extraordinario financiados con publicación del mismo, resumido a nivel de Capítulos, como esta- Baja de Partida del Presupuesto de Gastos, (Expediente 5P/2009) blece el artículo 169.3 del citado Texto Refundido. y habiéndose publicado en el Boletín Oficial de la Provincia nº. FINANCIACION: 94, de fecha 4 de agosto de 2009 a efectos de interposición de BAJA DEL PRESUPUESTO DE GASTOS reclamaciones y no habiéndose presentado ninguna, queda CAPITULO 6 INVERSIONES REALES 86.000,00 elevado a definitivo, de conformidad con lo establecido en el TOTAL BAJA PRESUPUESTO DE GASTOS 86.000,00 artículo 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, TOTAL FINANCIACIÓN 86.000,00 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de FINALIDADES: las Haciendas Locales, procediendo a la publicación del mismo, CREDITO EXTRAORDINARIO resumido a nivel de Capítulos, como establece el artículo 169.3 CAPITULO 9 PASIVOS FINANCIEROS 86.000,00 del citado Texto Refundido. SUMA CREDITO EXTRAORDINARIO 86.000,00 FINANCIACION: TOTAL FINALIDADES 86.000,00 BAJA PRESUPUESTO DE GASTOS Contra la aprobación definitiva de este expediente podrá CAPITULO VI INVERSIONES REALES 30.845,86 interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo de SUMA BAJA PRESUPUESTO DE GASTOS 30.845,86 dos meses, contados a partir del día siguiente a la publicación SUMA FINANCIACION 30.845,86 del presente Anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia ante el FINALIDADES: Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana. SUPLEMENTO DE CREDITO Benicàssim a 24 de agosto de 2009.- EL ALCALDE, FRAN- CAPITULO VI INVERSIONES REALES 6.612,70 CESC COLOMER I SÁNCHEZ. C-8902-U SUMA SUPLEMENTO DE CREDITO 6.612,70 CREDITO EXTRAORDINARIO CAPITULO VI INVERSIONES REALES 24.233,16 BENLLOCH SUMA CREDITO EXTRAORDINARIO 24.233,16 SUMAN FINALIDADES 30.845,86 Aprobado inicialmente por el Pleno de la Corporación con Contra la aprobación definitiva de este expediente podrá fecha 12 de agosto el expediente núm. 2/2009 sobre modificación interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo de de créditos, mediante concesión de suplementos de créditos dos meses, contados a partir del día siguiente a la publicación con cargo operación de endeudamiento (según Real Decreto Ley del presente Anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia ante el 5/2009 de medidas urgentes para facilitar a los EELL el saneamien- Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana. to de deudas pendientes de pago con empresas y autónomos), se Benicàssim a 24 de agosto de 2009.- EL ALCALDE, FRAN- expone al público durante el plazo de 15 días hábiles el expediente CESC COLOMER I SÁNCHEZ. C-8901-U completo a efectos de que los interesados que se señalan en el apartado 1 del art. 177 del texto Refundido de la Ley reguladora * * * de las Haciendas Locales, puedan examinarlo y presentar recla- maciones ante el Pleno de la Corporación, por los motivos que se Aprobado inicialmente por el Ayuntamiento Pleno, en sesión indican en el apartado 2 del mismo artículo. ordinaria celebrada el día 30 de julio de 2009, la Modificación En el supuesto de que en el plazo de exposición pública no de Crédito en el Presupuesto del Ayuntamiento consistente en se presentaran reclamaciones, el expediente referenciado se Crédito Extraordinario financiado con Baja de Partida del Presu- entenderá definitivamente aprobado. puesto de Gastos, (Expediente 6P/2009) y habiéndose publicado En Benlloch, a 17 de agosto de 2009.- EL ALCALDE, Juan en el Boletín Oficial de la Provincia nº. 94, de fecha 4 de agosto de José Edo Gil. C-8791
    14. 14 B.O.P DE CASTELLÓN DE LA PLANA . Núm. 104.—27 de agosto de 2009 BETXÍ El Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria cele- brada el día 30 de julio de 2009, adoptó, entre otros, el acuerdo Finalizado el plazo de exposición al público de la Modi- de amortizar en la plantilla de funcionarios del Ayuntamiento de ficación al Presupuesto Municipal para el ejercicio 2.009, con Castellón para el año 2009, una plaza de Ingeniero Técnico Indus- referencia CREDITO EXTRAORDINARIO 1/2009 (CE 1/2009), cuyo trial, Subgrupo A2, perteneciente a la Escala de Administración resumen por capítulos figura en el Anexo de este anuncio, sin Especial, Subescala Técnica, Técnico Medio así como crear en la que contra el mismo se hayan formulado reclamaciones, dicha plantilla de funcionarios del Ayuntamiento de Castellón para el modificación se considerará definitivamente aprobada. año 2009, una plaza de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos, ANEXO QUE SE CITA.- Subgrupo A1, perteneciente a la Escala de Administración Espe- CREDITO EXTRAORDINARIO.- cial, Subescala Técnica, Técnico Superior. CAPITULO VI 25.198,05 EUROS.- Lo que se hace público para general conocimiento y efectos. TOTAL CREDITO EXTRAORDINARIO.- 25.198,05 EUROS.- Castellón de la Plana, a 5 de agosto de 2009.- El Excmo. FINANCIACION.- Alcalde, Alberto Fabra Part.- El Secretario General del Pleno, BAJAS PARTIDAS José Mateo Rodríguez. C-8909-U CAPITULO VI 25.198,05 EUROS.- TOTAL FINANCIACION 25.198,05 EUROS.- Lo que se hace publico para general conocimiento conforme * * * a lo dispuesto en los artículos 20.3 y 38.2 del RD 500/1990, de 20 de abril. Lista aspirantes admitidos y excluidos, designación tribunal Contra esta aprobación definitiva, podrá interponerse direc- calificador y fecha de inicio del proceso selectivo para tamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos la provisión en propiedad de una plaza de meses, contados desde el día siguiente de esta publicación en el Auxiliar de Proximidad. BOP El citado recurso no suspenderá por si solo la aplicación de . las modificaciones aprobadas. Por Decreto de fecha 24 de agosto de 2009, se ha resuelto lo En Betxí a 17 Agosto de 2.009.- EL ALCALDE, MANUEL siguiente: BLASCO BALAGUER. C-8787 “El día 2 de junio de 2009 finalizó el plazo de presentación de instancias para participar en las pruebas selectivas para proveer en propiedad una plaza de Auxiliar de Proximidad, por BORRIOL el sistema de oposición libre, vacante en la plantilla de funciona- rios de este Excmo. Ayuntamiento, por lo que procede aprobar DEPARTAMENTO DE URBANISMO la lista provisional de admitidos y excluidos, la designación de miembros del Tribunal calificador y señalar la fecha de inicio de CITACIÓN PARA NOTIFICACIÓN POR COMPARECENCIA A: las pruebas selectivas. D. MARIANO GAMERO RUIZ De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Decre- DÑA. LEONOR GÓMEZ DELGADO to 33/1999, de 9 de marzo, de la Generalitat Valenciana, por el que EXP. R30/06/2 D.U se aprueba el Reglamento de Selección, Provisión de Puestos de PROP. RESOL. REST Trabajo y Carrera Administrativa del Personal comprendido en De conformidad con lo dispuesto en el artículo 61, en rel- el ámbito de aplicación de la Ley de Función Pública Valenciana, ación con el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y en la base quinta, sexta y séptima de las Bases Generales que de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del han de regir las convocatorias de las pruebas selectivas para la Procedimiento Administrativo Común, con las modificaciones provisión en propiedad de las plazas de personal funcionario introducidas por la Ley 4/1999, de 13 de enero, no habiéndose y laboral vacante en la plantilla del Excmo. Ayuntamiento de podido realizar la notificación correspondiente en el domicilio Castellón. del interesado, por causa no imputable a esta Administración, Por todo ello, visto el informe del Jefa acctal., de la Sección por la presente se cita al mismo, que a continuación se rela- de Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos, de conformidad ciona, para que comparezca en el plazo de diez días contados con lo establecido en el artículo 127.1 h) y 127.2 de la Ley 7/1985, a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Reguladora de las Bases de Régimen Local, y en virtud de lo citación en el Boletín Oficial de la Provincia de Castellón al dispuesto en el apartado séptimo y octavo del punto décimo que se ha remitido esta comunicación, en la sede de estas del Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 6 de julio de dependencias municipales sitas en Pza de la Font, 17 de 2007, Borriol (Castellón), en días laborables de lunes a viernes de 9 Resuelvo: a 14.00 h, al efecto de ser notificado de los actos relativos al Primero.- Aprobar la lista provisional de aspirantes admiti- procedimiento que se indicará, de cuya tramitación es respon- dos y excluidos del proceso selectivo para proveer, en propie- sable este departamento. Si, transcurrido dicho plazo, no dad, una plaza de Auxiliar de Proximidad: hubiese comparecido, se tendrá por practicada la correspon- Admitidos: diente notificación desde el día siguiente al del vencimiento 1. Viciach Tomás, Ana Lidon del mismo 2. Vilar Brull, Jorge 3. Alarcón Ruiz, Sheila RELACION INTERESADOS: MARIANO GAMERO RUIZ-LEONOR GOMEZ DELGADO 4. Alonso García, Laura DIRECCIÓN: C/ RIO ADRA, 36 3° H CASTELLON 5. Arquimbau Agustí, Elena PROCEDIMIENTO/S:- RECURSO DE REPOSICIÓN INCOAC. EXP. RESTAURACIÓN 6. Blanch Eixarch, Rosa María LEGALIDAD URBANÍSTICA. Expediente: R30106/2 D.U. 7. Dasi Dasi, Ana Isabel 8. Domenech Martínez, Sonia de los Ángeles -NOTIFICACIÓN PROVIDENCIA PROP. RESOLUCIÓN EXP. RESTAURACIÓN LEGALIDAD 9. García Orihuela, Cristina URBANÍSTICA. Expediente R30/06/2 D.U. 10. Gil Campos, Lydia 11. Gozalbo Boix, María Borriol, a 10 de agosto de 2009.— El Alcalde Landelino 12. Juan Valera, Soraya Santamaría Blasco. 8790 13. López García, Ventura 14. López Pascual, Antonio 15. Miralles Chiva, Beatriz CASTELLÓN DE LA PLANA 16. Monraval Viñes, Marcos 17. Pérez Salvador, Jorge Anuncio Delegación de Competencias 18. Pitarch Gil, Lucía 19. Provencio Bou, María del Carmen La Ilma. Sra. Alcaldesa en funciones Dña. Marta Gallén 20. Rodenas Rodríguez, José María Peris, mediante Decreto de fecha dieciocho de agosto de dos mil 21. Rus Marqueño, Agustín Manuel nueve, tuvo a bien disponer: Excluidos: 1º.- Delegar en el Ilmo. Sr. Teniente de Alcalde Delegado del Ninguno Área de Economía y Hacienda, Administración y Participación Segundo.- Designar a los miembros del Tribunal Calificador, Ciudadana D. Juan José Pérez Macián la competencia para adju- que de conformidad con las bases estará compuesto por: dicar, provisional y definitivamente, el contrato de las obras del PRESIDENTE.- “Proyecto de rehabilitación de viviendas municipales en c/ Obis- Titular: doña Pilar María Moltó Domenech, Coordinadora po Salinas de Castellón de la Plana” . General del Área de Gobierno de Servicios a la Ciudadanía. 2º.- Sin perjuicio de su aplicación inmediata, notifíquese Suplente: don Ángel López Frances, Jefe de Negociado- esta resolución a los interesados, dese cuenta al Pleno en la Adjunto de Sección de Coordinación de Programas. primera sesión que se celebre, así como a la Junta de Gobierno VOCALES.- Local para la ratificación del punto primero en la próxima sesión Titular: doña Susana Fernández Cobeño, Jefa del Negociado que se celebre y publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia y de Atención a la Dependencia. en la intranet municipal” . Suplente: doña Teresa Ripolles Pascual, Diplomada Univer- Castellón de la Plana, 20 de agosto de 2009.- La Jefa de sitaria en Trabajo Social del Negociado de Coordinación de Sección de Patrimonio y Contratación, Pilar Simó Serra. Programas. C-8890-U Un funcionario de carrera de este Ayuntamiento, designado por la Alcaldía-Presidencia * * * Titular: don Fernando Moliner Masip, Oficial de la Policía Local.
    15. Núm. 104.—27 de agosto de 2009 B.O.P DE CASTELLÓN DE LA PLANA . 15 Suplente: don Pedro Fuertes Marqués, Agente de la Policía Un funcionario de carrera de este Ayuntamiento, designado Local. por la Alcaldía-Presidencia Un representante de la Administración del Consell de la Titular: Don Fernando Moliner Masip, Oficial de la Policía Generalitat Valenciana, designado por la Dirección General de Local. Cohesión Territorial: Suplente: Doña María del Carmen Barragán Brito, Jefa del Titular: doña Berta Falomir Maña, Auxiliar de Consumo de Negociado de Atención Integrada. los SS.TT. de Comercio. Un representante de la Administración del Consell de la Suplente: Don Herminio Ballesteros Torrecillas, Administra- Generalitat Valenciana, designado por la Dirección General de ción General de la Secc. Asuntos Económicos. Cohesión Territorial: SECRETARIO-VOCAL.- Titular: Don Fernando M. Macian Ros, Secretario del Ayun- Titular: Don Juan Jiménez Hernandis, Secretario General de tamiento de Borriol. Administración Municipal. Suplente: Don Agustín Pérez Leonisa, Secretario-Interventor Suplente: Doña Rosa Perea Ramos, Jefa del Negociado de del Ayuntamiento de Vilafames. Inmigración y Convivencia Social. Un representante designado por la Dirección General de la Tercero.- Fijar el día 22 de septiembre de 2009, a las 9:00 Generalitat Valenciana competente en materia de Policía Local: horas, en el Aula de Formación del recinto de A.M.IC.S., sita Titular: Don Eugenio Manuel Capitán Marzá, Inspector de la en la Ronda Mijares nº 14 de Castellón, para la constitución del Policía Local del Ayuntamiento de Benicassim. Tribunal calificador y realización del primer ejercicio del proceso Suplente: Don Salvador Domenech Centelles, Inspector de selectivo. la Policía Local del Ayuntamiento de Alcora. Cuarto.- Disponer un plazo de diez días hábiles para que SECRETARIO-VOCAL.- los aspirantes puedan formular reclamaciones o subsanar los Titular: Don Juan Jiménez Hernandis, Secretario General de defectos que hayan motivado su exclusión, transcurrido el cual Administración Municipal. sin haberse presentado reclamación, la lista provisional de admi- Suplente: Doña María José Martín de Jesús, Jefa de la tidos y excluidos se elevará a definitiva.” Sección de Información, Atención a la Ciudadanía y Participación Lo que se comunica a los efectos establecidos en los artí- Ciudadana. culos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre modificada Cuarto.- Fijar el día 17 de septiembre de 2009, a las 9:00 por la Ley 4/1999, y se hace público para general conocimiento y horas, en la Central de Policía Local, sita en el antiguo Cuartel efectos. Tetuan XIV de esta ciudad, para la constitución del Tribunal califi- Castellón de la Plana, a 24 de agosto de 2009.- El Teniente de cador y comienzo de las pruebas de la oposición, consistente en Alcalde delegado del Área de Gobierno de Economía y Hacien- la realización del ejercicio psicotécnico. ” da, Administración y Participación Ciudadana, Juan José Pérez Lo que se comunica a los efectos establecidos en los artí- Macián. C-8910-U culos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre modificada por la Ley 4/1999, y se hace público para general conocimiento y * * * efectos. Castellón de la Plana, a 24 de agosto de 2009.- El Teniente de Lista aspirantes admitidos y excluidos, designación tribunal Alcalde de Área de Gobierno de Economía y Hacienda, Adminis- calificador y fecha de inicio del proceso selectivo para tración y Participación Ciudadana, Juan José Pérez Macián. la provisión en propiedad de una plaza de Oficial C-8911-U de la Policía Local * * * Por Decreto de fecha 24 de agosto de 2009, se ha resuelto lo Se convoca el concurso para proveer entre funcionarios de siguiente: carrera del Ayuntamiento de Castellón de la Plana, pertenecien- “El día 2 de junio de 2009 finalizó el plazo de presentación tes al grupo A1 (art. 76 Ley 7/2007, de 12 de abril), de la Escala de de instancias para participar en las pruebas selectivas para la Administración Especial, Subescala Técnica, Técnico Superior, proveer en propiedad una plaza de Oficial de la Policía Local, los puestos de trabajos que se relacionan en Anexo I, mediante mediante promoción interna, vacante en la plantilla de funcio- Bases aprobadas por Decreto del Ilmo. Sr. Teniente de Alcalde narios de este Excmo. Ayuntamiento, por lo que procede Concejal Delegado de Recursos Humanos, de fecha 24 de agosto aprobar la lista provisional de admitidos y excluidos, nombrar de 2009 y publicadas íntegras en el Boletín Oficial de la Provincia al Tribunal calificador y fijar la fecha de inicio del proceso de Castellón nº 101, de 20 de agosto de 2009. selectivo. Por todo ello, visto el informe del Jefe acctal., de la Sección ANEXO I de Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado séptimo y octavo del punto décimo - Nº de Orden: 1 del Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 6 de julio de - Denominación del puesto de trabajo: Jefe/a Sección. 2007, y de conformidad con lo establecido en el artículo 127.1.h) - Grupo, nivel: A1, 24 y 127.2 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen - Complemento específico anual: 30.554’30 euros. Local. - Escala, Subescala: Administración Especial, Subescala Resuelvo: Técnica, Técnico Superior. Primero: Aprobar la lista provisional de admitidos y exclui- - Plaza de pertenencia: Ingeniero Industrial dos del proceso selectivo para proveer en propiedad una plaza - Localización: Área de Gobierno de desarrollo de la ciudad, de Oficial de la Policía Local, por el turno de promoción interna: sostenibilidad, medio ambiente, vivienda y servicios urbanos. Admitidos: - Sección: Sección Movilidad Urbana. 1. Alfaro Amador, Eduvigis - Requisitos: Funcionario de carrera del Excmo. Ayuntamien- 2. Barreda Hernández, Vicente Gabriel to de Castellón, Grupo A1, Ingeniero Industrial. 3. Blasco Saez, Rosa Mª 4. Bausa Llorens, Inmaculada - Nº de Orden: 2 5. Domingo Guillen, Beatriz - Denominación del puesto de trabajo: Jefe/a Negociado, 6. Fabrega Ramírez, Santiago Adjunto Sección Asesor. 7. Fernández Sacristán, Enrique - Grupo, nivel: A1, 23. 8. Juan Ponz, German - Complemento específico anual: 21.905’98 euros. 9. Limonge Ruiz, Francisco Carlos - Escala, Subescala: Administración Especial, Subescala 10. Martin Flores, José Pedro Técnica, Técnico Superior. 11. Pérez López, Dionisio - Plaza de pertenencia: Ingeniero Industrial 12. Rull Quevedo, Manuel - Localización: Área de Gobierno de desarrollo de la ciudad, 13. Tomás Céspedes, Salvador sostenibilidad, medio ambiente, vivienda y servicios urbanos. Excluidos: - Sección: Infraestructuras, servicios públicos y medio Ninguno ambiente. Negociado Ingeniería. Segundo.- Designar a los miembros del Tribunal Calificador, - Requisitos: Funcionario de carrera del Excmo. Ayuntamien- que de conformidad con las bases estará compuesto por: to de Castellón, Grupo A1, Ingeniero Industrial. PRESIDENTE.- Titular: Don José Luis Carque Vera, Intendente General - Nº de Orden: 3 Jefe del Cuerpo de la Policía Local del Excmo. Ayuntamiento de - Denominación del puesto de trabajo: Jefe/a Sección. Castellón. - Grupo, nivel: A1, 24. Suplente: Don Miguel Domingo Palomo, Intendente Princi- - Complemento específico anual: 30.554’30 euros. pal del Cuerpo de la Policía Local del Excmo. Ayuntamiento de - Escala, Subescala: Administración Especial, Subescala Castellón. Técnica, Técnico Superior. VOCALES.- - Plaza de pertenencia: Ingeniero Industrial Titular: Don Manuel Andréu Domingo, Intendente del Cuer- - Localización: Área de Gobierno de desarrollo de la ciudad, po de la Policía Local del Excmo. Ayuntamiento de Castellón. sostenibilidad, medio ambiente, vivienda y servicios urbanos. Suplente: Doña Teresa Peris Huguet, Oficial del Cuerpo de la - Sección: Infraestructuras, servicios públicos y medio Policía Local del Excmo. Ayuntamiento de Castellón. ambiente. Titular: Doña Eva María Sales Valles, Oficial del Cuerpo de la - Requisitos: Funcionario de carrera del Excmo. Ayuntamien- Policía Local del Excmo. Ayuntamiento de Castellón. to de Castellón, Grupo A1, Ingeniero Industrial. Suplente: Doña Ana María Valero Navarro, Inspectora del Cuer- Quienes deseen tomar parte en el referido concurso, deberán po de la Policía Local del Excmo. Ayuntamiento de Castellón. solicitarlo mediante instancia, que podrá ser en modelo normali-
    16. 16 B.O.P DE CASTELLÓN DE LA PLANA . Núm. 104.—27 de agosto de 2009 zado dirigida a la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento, presen- 4. REQUISITOS. tada en el Registro General del Ayuntamiento o en los Registros Además de los requisitos exigidos en el artículo 5 de la de las Juntas de Distrito o en la forma que determina el artículo OGS, los medios informativos deberán cumplir los siguientes 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico requisitos: de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Adminis- a. Estar legalmente constituidos como sociedad mercantil trativo Común, modificada por Ley 4/1999, en el plazo de 15 días en el caso de ser persona jurídica. hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de este anun- b. Reflejar en sus Estatutos que entre sus finalidades se cio de convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. encuentra la realización de campañas de distribución gratuita Lo que se hace público para general conocimiento y efectos. entre sus lectores. Castellón de la Plana, a 21 de agosto de 2009.- El Teniente 5. ÓRGANOS COMPETENTES PARA LA INSTRUCCIÓN Y de Alcalde Concejal Delegado de Recursos Humanos, Juan José RESOLUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO. Pérez Macián. C-8912-U El órgano de instrucción del procedimiento de concesión de subvenciones corresponderá a la Jefa del Negociado de Cultura y Educación, que realizará de oficio cuantas actuaciones estime * * * necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deba formularse la propuesta La Junta de Gobierno Local de este Excmo. Ayuntamiento, de resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo en fecha 31 de julio de 2009, acordó aprobar la convocatoria que 24 de la Ley 38/03. regula la concesión de subvenciones por parte del Ayuntamiento Al día siguiente hábil en que finalice el plazo de presenta- de Castellón de la Plana, destinadas a medios de comunicación ción de solicitudes, se procederá al estudio de las solicitudes escritos diarios, de carácter local, destinadas a fomentar la reali- presentadas y al examen de la documentación de las mismas, zación durante el 2009 campañas de distribución gratuita entre por el órgano instructor, que emitirá informe en el que conste sus lectores, de material que promocione la ciudad de Castellón que de la información que obra en su poder se desprende que de la Plana en cualquier aspecto cultural o artístico. los beneficiarios cumplen todos los requisitos necesarios para Las solicitudes de las citadas subvenciones se presen- acceder a la subvención. tarán en el Registro de entrada de documentos del Excmo. Posteriormente, tras la emisión de los informes técnicos Ayuntamiento, o en los registros de entrada de documentos que se consideren oportunos, que se remitirán a la Comisión de las Juntas Municipales de Distrito, acompañándose a la Permanente de las Áreas de Servicios a la Ciudadanía y Segu- solicitud la documentación establecida en el punto 9ª de la ridad Pública, que a los efectos previstos en el artículo 22 de la citada convocatoria así como con los requisitos exigidos en Ley 38/03, valorará la mayor adaptación de los proyectos a los el punto 4º de la misma, en el plazo de veinte días naturales criterios establecidos en la cláusula 10ª, y propondrá a la Junta contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta de Gobierno Local la resolución de la convocatoria, concediendo convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Castellón, en todo o en parte o denegando las solicitudes formuladas. estableciéndose la cantidad máxima total de la subvención en 6. PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES. 125.000’00 euros. El plazo para la presentación de solicitudes será de veinte Los anexos de esta convocatoria, cuya relación figura en la días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publi- estipulación 16ª, así como la obtención de cualquier información cación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la en relación con la misma puede solicitarse en el Negociado de Provincia de Castellón. Si el último día de presentación fuera Cultura y Educación, sito en la C/ Gaibiel nº 4 de esta ciudad , inhábil, el plazo finalizará el siguiente día hábil. teléfono 964 227556. También se efectuará publicación de la presente convocatoria Contra el presente acuerdo podrá interponerse, potestati- en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en la página web vamente, recurso de reposición ante el órgano que dictó el acto, del Ayuntamiento de Castellón de la Plana (www.castello.es). en el plazo de un mes, contado a partir de su publicación, de Las solicitudes deberán presentarse en alguno de los luga- conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley res siguientes: 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen Jurídico de las Admi- a. En el Registro General del Ayuntamiento de Castellón de nistraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común la Plana, Plaza Mayor, 1. (modificados por la Ley 4/1999, de 13 de enero), o directamente b. Registros de las Juntas de Distrito, situados en los recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de siguientes lugares: distrito Norte, Plaza del Primer Molí; Distrito Justicia de la Comunidad Valenciana, en el plazo de dos meses Sur, Calle Ricardo Catalá esquina con Joaquín Márquez; Distrito contados desde el día siguiente a la publicación de la presente Este, Avenida Hermanos Bou, 27; Distrito Centro, Plaza Mayor, 1, convocatoria, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, y Distrito Marítimo, Paseo Buenavista, 28. de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Admi- No se admitirá la presentación de solicitudes a través de nistrativa. correo electrónico. En cumplimiento del citado acuerdo y a los efectos de efec- Las solicitudes se presentarán únicamente en alguno de los tuar la convocatoria pública que regula la concesión de subven- lugares indicados, sin que sea válida la presentación en otros ción referida, se publica el texto íntegro de la misma: registros o dependencias de este Ayuntamiento, o de otras CONVOCATORIA MUNICIPAL DE SUBVENCIONES A Administraciones Públicas. Tampoco podrán presentarse por MEDIOS DE COMUNICACIÓN ESCRITOS DIARIOS, DE CARÁC- correo, salvo que se reciban las solicitudes en alguno de los TER LOCAL lugares indicados antes de que finalice el plazo y hora de presen- 1.OBJETO Y FINALIDAD tación. Esta convocatoria se enmarca en las bases reguladoras 7. RESOLUCIÓN, NOTIFICACIÓN Y PUBLICIDAD DE LAS contenidas en la Ordenanza General reguladora de la conce- SUBVENCIONES. sión de Subvenciones del Ayuntamiento de Castellón de la La resolución se ajustará a lo dispuesto en el artículo 25 de Plana (en adelante OGS) aprobadas por acuerdo plenario de la Ley 38/03. Asimismo, es de aplicación lo dispuesto en el artí- fecha 5 de febrero de 2009 publicada en el BOP nº 61 de 19 culo 10.2 h) y q), así como al apartado 5 de dicho precepto de la mayo de 2009. OGS que hacen referencia ala resolución y notificación. La presente convocatoria tiene por objeto regular la conce- Finalmente, en cuanto a la publicación de la concesión o no sión de subvenciones por parte del Excmo. Ayuntamiento de de las subvenciones se estará a lo dispuesto en el artículo 8 de Castellón de la Plana, en régimen de concurrencia competitiva, a la OGS. medios de comunicación escritos diarios, de carácter local, que 8. REQUISITOS TÉCNICOS DEL CONTENIDO DE LOS realicen durante 2009 campañas de distribución gratuita entre PROYECTOS. sus lectores, de material que promocione la ciudad de Castellón El contenido de los Proyectos deberá incluir: de la Plana en cualquier aspecto cultural o artístico. a) Descripción del material de promoción, indicando su La percepción de estas subvenciones es compatible con la contenido. de otras subvenciones procedentes de cualquier Administración b) Duración de la distribución. o ente público o privado, nacional o de la Unión Europea o de c) Número de ejemplares completos a distribuir. Organismos Internacionales. d) Campaña publicitaria. Se admite la subcontratación de las actividades subven- e) Coste de la actividad. cionadas por los beneficiarios con los límites establecidos en 9. DOCUMENTACIÓN EXIGIDA. el artículo 29 de la Ley 38/2003, de 18 de noviembre, General de Para participar en la presente convocatoria, los solicitantes Subvenciones (en adelante, Ley 38/03). deberán presentar la siguiente documentación: El importe de la subvención podrá ser como máximo el - Instancia solicitando la concesión de subvención munici- equivalente en su cuantía al coste económico total del proyecto pal, de conformidad con el Modelo Anexo I. objeto de subvención. - Proyecto firmado por el legal representante en el que se 2.- CREDITO PRESUPUESTARIO. incluyan todos los apartados de la estipulación 8ª. Para la financiación de la presente convocatoria se estable- - Presentación de la documentación de acuerdo a las indica- ce la cantidad máxima de 125.000 euros, con cargo a la partida ciones del Anexo I. 2009–5-4510–48916 del Presupuesto Municipal de 2009. La presentación de dicha solicitud conllevará la autorización 3. ENTIDADES BENEFICIARIAS Y OBLIGACIONES. del solicitante para que el Ayuntamiento de Castellón de la Plana, Tendrán la consideración de beneficiarios los medios de obtenga directamente de los órganos administrativos correspon- comunicación escritos diarios, de carácter local, que realicen dientes la acreditación del cumplimiento de las obligaciones las actividades objeto de la presente convocatoria y reúnan los tributarias y con la Seguridad Social prevista en los artículos 18 y requisitos exigidos en las mismas. 19 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprue- Las entidades subvencionadas tendrán que cumplir las obli- ba el reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General gaciones genéricas establecidas en el artículo 6 de la OGS. de Subvenciones, en cuyo caso, las entidades no deberán apor-
    17. Núm. 104.—27 de agosto de 2009 B.O.P DE CASTELLÓN DE LA PLANA . 17 tar las correspondientes certificaciones. No obstante, se podrá Públicas y del Procedimiento Administrativo Común modificada denegar este consentimiento, mediante comunicación expresa y por la Ley 4/1999, de 13 de enero. escrita en tal sentido. En dicho supuesto, deberán aportarse los correspondientes certificados emitidos por la Agencia Estatal de 16. ANEXOS. Administración Tributaria y la Tesorería de la Seguridad Social, Forman parte de esta convocatoria los siguientes Anexos: de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones fisca- - ANEXO I: Instancia de solicitud de subvención. les y con la Seguridad Social. - ANEXO II: Declaraciones y certificación. 10.- EVALUACIÓN DE LOS PROYECTOS. - ANEXO III: Ficha de mantenimiento de Terceros. La valoración técnica de los proyectos se realizará sobre un - ANEXO IV: Instancia de presentación de la justificación de total de 10 puntos distribuidos de la siguiente forma: subvención. - Cantidad de ejemplares completos a distribuir: de 0 a 4 - ANEXO V: Certificaciones y declaraciones. puntos. - ANEXO VI: Relación numerada secuencial de los gastos Con respecto a la cantidad de ejemplares resulta obvio que realizados. a mayor cantidad mejor puntuación, pero siempre en función de Castellón de la Plana, 7 de agosto de 2009 su mejor distribución y su eficacia en alcanzar las áreas de distri- La Jefa de Sección de Servicios Sociales y Culturales, Elena bución más amplias. Se valorará la aportación de un informe en Martí Segarra. el que se detalle la cantidad que se destina a la distribución por zonas geográficas. * - Contenido de la promoción: de 0 a 4 puntos. Se valorará que el contenido del material promocional CONVOCATÒRIA MUNICIPAL DE SUBVENCIONS A MITJANS sobre la ciudad se relacione con la actualidad cultural o artística DE COMUNICACIÓ ESCRITS DIARIS, DE CARÀCTER LOCAL de la misma, con preferencia a la creación artística local pero sin 1.OBJECTE I FINALITAT olvidar los eventos culturales de cualquier índole que en Caste- Aquesta convocatòria s’emmarca en les bases reguladores llón se celebran y sin menospreciar, por supuesto, los de actuali- contingudes en l’Ordenança general reguladora de la concessió dad nacional o internacional que puedan ser de interés general. de subvencions de l’Ajuntament de Castelló de la Plana (des - Campaña publicitaria: de 0 a 2 puntos. d’ara OGS) aprovades per acord plenari de data 5 de febrer de Puesto que la edición del material promocional está elabo- 2009 i publicada en el BOP núm. 61 de 19 maig de 2009. rado por medios de comunicación, se entiende que será el La present convocatòria té com a objecte regular la conces- propio medio el soporte utilizado para su difusión. Se valorará sió de subvencions per part de l’Excm. Ajuntament de Castelló además de los espacios dedicados a esa promoción, la inclusión de la Plana, en règim de concurrència competitiva, a mitjans de en otros medios de comunicación. comunicació escrits diaris, de caràcter local, que realitzen durant 11. FORMA DE ABONO DE LAS SUBVENCIONES. 2009 campanyes de distribució gratuïta entre els seus lectors, El pago de la subvención se realizará previa la justificación de material que promocione la ciutat de Castelló de la Plana en por el beneficiario, de la realización de la actividad o proyecto qualsevol aspecte cultural o artístic. para el que se concedió. La percepció d’aquestes subvencions és compatible amb 12. MODIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN. la d’altres subvencions procedents de qualsevol Adminis- En el marco de lo dispuesto en el artículo 12 de la OGS y tració o ens públic o privat, nacional o de la Unió Europea o en el supuesto de que un proyecto sufriera alguna modificación d’organismes internacionals. sustancial en su desarrollo respecto a lo inicialmente presenta- S’admet la subcontractació de les activitats subvencionades do, será preceptiva la autorización expresa del Ayuntamiento per les entitats beneficiàries amb els límits establerts en l’article para llevar a cabo dichos cambios, previa solicitud motivada de 29 de la Llei 38/2003, de 18 de novembre, General de Subven- la Entidad beneficiaria, informe técnico favorable del Servicio cions (des d’ara, Llei 38/03). Gestor y aprobación por el órgano que otorgó la subvención. L’import de la subvenció podrà ser com a màxim l’equivalent Se entiende por modificación sustancial aquella que afecte a en la seva quantitat al cost econòmic total del projecte objecte de objetivos, resultados o variación de las partidas presupuestarias subvenció. en más del 10% del presupuesto inicialmente aprobado. Todo 2.- CRÈDIT PRESSUPOSTARI. ello sin perjuicio de que se puedan aceptar otras circunstancias Per al finançament d’aquesta convocatòria s’estableix la por el Servicio Gestor, suficientemente motivadas por dicha quantitat màxima de 125.000 euros, a càrrec de la partida 2009– entidad. 5-4510–48916 del pressupost municipal de 2009. La entidad deberá presentar una descripción de los térmi- 3. ENTITATS BENEFICIÀRIES I OBLIGACIONS. nos en que se efectúa la modificación. Tindran la consideració de beneficiaris els mitjans de comu- 13. FORMA DE JUSTIFICACIÓN. nicació escrits diaris, de caràcter local, que realitzen les activitats Los perceptores de la subvención vendrán obligados a justi- objecte de la present convocatòria i reunisquen els requisits que ficar la cantidad igual a la totalidad de la ayuda concedida. s’hi exigeixen. La justificación del cumplimiento de las condiciones Les entitats subvencionades hauran de complir les obliga- impuestas y de la consecución de los objetivos previstos en cions genèriques establertes en l’article 6 de l’OGS. la concesión de la subvención se documentarán a través de la 4. REQUISITS. cuenta justificativa, que constituye un acto obligatorio del bene- A més dels requisits exigits en l’article 5 de l’OGS, els ficiario, los justificantes del gasto o cualquier otro documento mitjans informatius hauran de complir els següents requisits: con validez jurídica que permita acreditar el cumplimiento del a. Estar legalment constituïts com a societat mercantil en el objeto de la subvención. cas de ser persona jurídica. La justificación del gasto correspondiente a la subvención b. Reflectir en els seus estatuts que entre les seues finalitats concedida se deberá presentar en el plazo de tres meses desde es troba la realització de campanyes de distribució gratuïta entre la finalización del proyecto de actividad por el que se concedió la els seus lectors. misma, quedando sujetos los perceptores al régimen de respon- 5. ÒRGANS COMPETENTS PER A LA INSTRUCCIÓ I RESO- sabilidades que establece la normativa vigente. LUCIÓ DEL PROCEDIMENT. La acreditación de la justificación de la realización de la L’òrgan d’instrucció del procediment de concessió de subven- subvención se efectuará mediante la presentación en el Registro cions correspondrà a la cap del Negociat de Cultura i Educació, General del Ayuntamiento o en cualquiera de sus Juntas Muni- que realitzarà d’ofici totes les actuacions que considere neces- cipales de Distrito del Anexo IV junto con la documentación que sàries per a la determinació, coneixement i comprovació de les integra la cuenta justificativa a la que alude el artículo 17.3 de la dades segons les quals s’haja de formular la proposta de resolu- OGS, y que se indica en el citado Anexo. ció, de conformitar amb l’establert en l’article 24 de la Llei 38/03. Deberá presentarse originales de las facturas y demás El següent dia hàbil de quan finalitze el termini de presen- documentación justificativa de los gastos efectuados y, además, tació de sol·licituds, l’òrgan instructor estudiarà les sol·licituds deberán estar todas las facturas debidamente relacionadas en el presentades i examinarà la documentació d’aquestes, i aquest documento que se adjunta como Anexo VI de esta convocatoria. òrgan emetrà un informe en què conste que de la informació que Una copia del referido documento será cotejada y sellada de hi ha en el seu poder es desprén que les beneficiàries compleixen entrada en el Registro Municipal y devuelta al interesado/a, junto tots els requisits necessaris per a accedir a la subvenció. con la copia sellada y registrada del documento que se adjunta Posteriorment, després de l’emissió dels informes tècnics como Anexo VI de esta convocatoria. que es consideren oportuns, que es remetran a la Comissió 14. GASTOS SUBVENCIONABLES. Permanent de les Àrees de Serveis a la Ciutadania i Seguretat Son gastos subvencionables los descritos en el artículo 14 Pública, que als efectes previstos en l’article 22 de la Llei 38/03, de la OGS. valorarà la major adaptació dels projectes als criteris establerts 15. LEGISLACIÓN APLICABLE. en la clàusula 10na, i proposarà a la Junta de Govern Local la Para lo no previsto expresamente en esta convocatoria, se resolució de la convocatòria, i concedirà tot o part o denegarà les estará a lo dispuesto en la Ordenanza General reguladora de la sol·licituds formulades. concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Castellón de la 6. TERMINI I LLOC DE PRESENTACIÓ DE SOL·LICITUDS. Plana, aprobada por el Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Caste- El termini per a presentar sol·licituds serà de vint dies llón de la Plana, en sesión celebrada el día 5 de febrero de 2009 y naturals, comptadors des del dia següent al de la publicació de publicada en el BOP nº 61 de 19 mayo de 2009. Asimismo, resul- la present convocatòria en el Butlletí Oficial de la Província de tará de aplicación supletoria la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, Castelló. Si l’últim dia de presentació és inhàbil, el termini finalit- General de Subvenciones; el Real Decreto 887/2006, de 21 de zarà el següent dia hàbil. julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de També s’efectuarà la publicació de la present convocatòria 17 de noviembre, General de Subvenciones; la Ley 30/1992, de en el tauler d’anuncis d’aquest Ajuntament i en la pàgina web de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones l’Ajuntament de Castelló de la Plana (www.castello.es).
    18. 18 B.O.P DE CASTELLÓN DE LA PLANA . Núm. 104.—27 de agosto de 2009 Les sol·licituds hauran de presentar-se en algun dels més del 10% del pressupost inicialment aprovat. Tot això sense següents llocs: perjudici que es puguen acceptar altres circumstàncies per part a. En el Registre General de l’Ajuntament de Castelló de la del servei gestor, prou motivades per l’esmentada entitat. Plana, plaça Major, 1. L’entitat haurà de presentar una descripció dels termes en b. Registres de les Juntes de Districte, situats en els què s’efectua la modificació. següents llocs: Districte Nord, plaça del Primer Molí; Districte 13. FORMA DE JUSTIFICACIÓ. Sud, carrer Ricardo Català cantonada amb Joaquín Márquez; Els perceptors de la subvenció estaran obligats a justificar la Districte Est, avinguda Germans Bou, 27; Districte Centre, plaça quantitat igual a la totalitat de l’ajuda concedida. Major, 1, i Districte Marítim, passeig Bona vista, 28. La justificació del compliment de les condicions imposades No s’admetrà la presentació de sol·licituds a través de i de la consecució dels objectius previstos en la concessió de la correu electrònic. subvenció es documentaran a través del compte justificatiu, la Les sol·licituds es presentaran únicament en algun dels llocs qual cosa constitueix un acte obligatori del beneficiari, els justi- indicats, sense que siga vàlida la presentació en altres registres ficants de la despesa o qualsevol altre document amb validesa o dependències d’aquest Ajuntament, o d’altres Administracions jurídica que permeta acreditar el compliment de l’objecte de la Públiques. Tampoc podran presentar-se per correu, llevat que es subvenció. reben les sol·licituds en algun dels llocs indicats abans que fina- La justificació de la despesa corresponent a la subvenció litze el termini i hora de presentació. concedida s’haurà de presentar en el termini de tres mesos des 7. RESOLUCIÓ, NOTIFICACIÓ I PUBLICITAT DE LES SUBVEN- de la finalització del projecte d’activitat pel qual es va concedir CIONS aquesta, i els perceptors quedaran subjectes al règim de respon- La resolució s´ajustarà al que disposa l´article 25 de la Llei sabilitats que estableix la normativa vigent. 38/03. Així mateix, és d´aplicació el que disposa l´article 10.2 El fet d’acreditar la justificació d’haver realitzat la subvenció h) i q), així com l´apartat 5 d´aquest precepte de l´OGS que fa s’efectuarà presentant en el Registre General de l’Ajuntament o referència a la resolució i notificació. en qualsevol de les seues Juntes Municipals de Districte l’Annex Finalment, quant a la publicación de la concessió o no de les IV juntament amb la documentació que integra el compte justi- subvencions, caldrà ajustar-se al que disposa l´article 8 de l´OGS. ficatiu a què al·ludeix l’article 17.3 de l’OGS, i que s’indica en el 8. REQUISITS TÈCNICS DEL CONTINGUT DELS PROJECTES. citat Annex. El contingut dels projectes haurà d’incloure: Haurà de presentar-se originals de les factures i la resta de a) Descripció del material de promoció, i indicar-hi el seu documentació justificativa de les despeses efectuades i, a més, contingut. hauran d’estar totes les factures degudament relacionades en b) Duració de la distribució. el document que s’adjunta com Annex VI d’aquesta convoca- c) Nombre d’exemplars complets que es distribuiran. tòria. Una còpia del referit document serà cotejada i segellada d) Campanya publicitària. d’entrada en el Registre Municipal i tornada a la persona inte- e) Cost de l’activitat. ressada, juntament amb la còpia segellada i registrada del docu- 9. DOCUMENTACIÓ EXIGIDA. ment que s’adjunta com Annex VI d’aquesta convocatòria. Per a participar en la present convocatòria, els sol·licitants 14. DESPESES SUBVENCIONABLES. hauran de presentar la següent documentació: Són despeses subvencionables les descrites en l’article 14 - Instància en què sol·licita la concessió de subvenció muni- de l’OGS. cipal, de conformitat amb el Model Annex I. 15. LEGISLACIÓ APLICABLE. - Projecte firmat pel representant legal en què s’incloguen Per al que no preveu expressament aquesta convocatòria, tots els apartats de l’estipulació 8na. caldrà ajustar-se al que disposa l’Ordenança general reguladora - Presentació de la documentació d’acord amb les indica- de la concessió de subvencions de l’Ajuntament de Castelló de cions de l’Annex I. la Plana, aprovada pel Ple de l’Excm. Ajuntament de Castelló La presentació de l’esmentada sol·licitud comportarà de la Plana, en sessió celebrada el dia 5 de febrer de 2009 i l’autorització del sol·licitant perquè l’Ajuntament de Castelló de la publicada en el BOP núm. 61 de 19 maig de 2009. Igualment, Plana obtinga directament dels òrgans administratius correspo- resultarà d’aplicació supletòria la Llei 38/2003, de 17 de novem- nents l’acreditació del compliment de les obligacions tributàries bre, General de Subvencions; el Reial Decret 887/2006, de 21 de i amb la Seguretat Social prevista en els articles 18 i 19 del Reial juliol, pel qual s’aprova el Reglament de la Llei 38/2003, de 17 Decret 887/2006, de 21 de juliol, pel qual s’aprova el reglament de novembre, General de Subvencions; la Llei 30/1992, de 26 de de la Llei 38/2003, de 17 de novembre, General de Subvencions, i novembre, de Règim Jurídic de les Administracions Públiques en aquest cas, les entitats no hauran d’aportar els corresponents i del Procediment Administratiu Comú modificada per la Llei certificats. No obstant això, es podrà denegar aquest consenti- 4/1999, de 13 de gener. ment, per mitjà de comunicació expressa i escrita en aquest sentit. 16. ANNEXOS. En aquest cas, s’hauran d’aportar els corresponents certificats Formen part d’aquesta convocatòria els següents annexos: emesos per l’Agència Estatal d’Administració Tributària i la Treso- - ANNEX I: Instància de sol·licitud de subvenció. reria de la Seguretat Social, d’estar al corrent en el compliment de - ANNEX II: Declaracions i certificat. les obligacions fiscals i amb la Seguretat Social. - ANNEX III: Fitxa de manteniment de tercers. 10.- AVALUACIÓ DELS PROJECTES. - ANNEX IV: Instància de presentació de la justificació de La valoració tècnica dels projectes es realitzarà sobre un subvenció. total de 10 punts distribuïts de la següent manera: - ANNEX V: Certificats i declaracions. - Quantitat d’exemplars complets que es distribuiran: de 0 -ANNEX VI: Relació numerada seqüencial de les despeses a 4 punts. realitzades. C-8633 Respecte a la quantitat d’exemplars resulta obvi que a major quantitat millor puntuació, però sempre en funció de la * * * seua millor distribució i la seua eficàcia a aconseguir les àrees de distribució més àmplies. Es valorarà l’aportació d’un informe De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la en què es detalle la quantitat que es destina a la distribució per Ley 30/92 , de 26 de noviembre, sobre el Régimen Jurídico de las zones geogràfiques. Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo - Contingut de la promoció: de 0 a 4 punts. Común, se hace pública la notificación de la incoación de los Es valorarà que el contingut del material promocional expedientes sancionadores que se indican, instruidos contra los sobre la ciutat es relacione amb l’actualitat cultural o artística denunciados que se relacionan en el anexo adjunto, en cuanto d’aquesta, amb preferència a la creació artística local però sense que, habiéndose intentado la notificación en sus últimos domici- oblidar els esdeveniments culturals de qualsevol índole que a lios conocidos, esta no se ha podido practicar. Castelló se celebren i sense menysprear, per descomptat, els Los correspondientes expedientes obran en el Negociado de d’actualitat nacional o internacional que puguen ser d’interés Multas del Ayuntamiento de Castellón y en el plazo ded 15 días general. hábiles a partir de la publicación, los interesados pueden aportar - Campanya publicitària: de 0 a 2 punts. cuantas alegaciones y documentos estimen convenientes. Ja que l’edició del material promocional està elaborat Transcurrido el mismo sin haber hecho uso de este derecho, per mitjans de comunicació, s’entén que serà el mateix mitjà la iniciación del procedimiento que se notifica será considerada el suport utilitzat per a la seua difusió. Es valorarà a més dels propuesta de resolución. espais dedicats a aquesta promoció, la inclusió en altres mitjans de comunicació. ARTICULO ARTICULO INFRACTOR DNI IMPORTE NUM EXP. 11. FORMA D’ABONAMENT DE LES SUBVENCIONS. EUROS El pagament de la subvenció es realitzarà amb la justificació prèvia per part del beneficiari, de la realització de l’activitat o 20 1 ESCORTELL*VALLS,PATRICIA 20474285 302 20090000038909 projecte per al qual es va concedir. 20 1 FLORESCU,GHEORGHE*GABRIEL 6726553 450 20090000040787 12. MODIFICACIÓ DE LA RESOLUCIÓ. 20 1 HERNANDO*BUSTAMANTE,JAIRO 7925148 302 20090000040001 En el marc del que disposa l’article 12 de l’OGS i en el cas 20 1 MONTEAGUDO*VIDAL,SANTIAGO 20466806 302 20090000038566 que un projecte patira alguna modificació substancial en el 20 1 PARRA*MARTINEZ,HECTOR 33566098 302 20090000043716 seu desenvolupament respecte a l’inicialment presentat, serà 20 1 REYES*MORAL,MARIA DOLORES 28917697 302 20090000038913 preceptiva l’autorització expressa de l’Ajuntament per a dur 20 1 RIPOLLES*BAYO,VICTOR ROBERTO 20246278 450 20090000043723 a terme aquells canvis, amb la prèvia sol·lictud motivada de l’entitat beneficiària, informe tècnic favorable del servei gestor i Castellón de la Plana, a 19 de agosto de 2009.—La Segunda aprovació per l’òrgan que va atorgar la subvenció. Teninete de Alcalde, Marta Gallén Peris. C-8868 S’entén per modificació substancial aquella que afecte objectius, resultats o variació de les partides pressupostàries en * * *
    19. Núm. 104.—27 de agosto de 2009 B.O.P DE CASTELLÓN DE LA PLANA . 19 De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 Ley 30/92 , de 26 de noviembre, sobre el Régimen Jurídico de las y 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, sobre el Régimen Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Común, se hace pública la notificación de la incoación de los Administrativo Común, se hace pública la notifi cación de la expedientes sancionadores que se indican, instruidos contra los resolución de los expedientes sancionadores que se indi- denunciados que se relacionan en el anexo adjunto, en cuanto can, dictadas por el Teniente de Alcalde, Concejal Delegado que, habiéndose intentado la notificación en sus últimos domici- de Seguridad Ciudadana, a las personas que a continuación lios conocidos, esta no se ha podido practicar. se relacionan, en cuanto que, habiéndose intentado la noti- Los correspondientes expedientes obran en el Negociado de fi cación en sus ultimos domicilios conocidos, esta no se ha Multas del Ayuntamiento de Castellón y en el plazo ded 15 días podido practicar. hábiles a partir de la publicación, los interesados pueden aportar Contra estas resoluciones, que ponen fin a la vida admi- cuantas alegaciones y documentos estimen convenientes. nistrativa, se puede interponer recurso de reposición ante Transcurrido el mismo sin haber hecho uso de este derecho, le órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes, contado la iniciación del procedimiento que se notifica será considerada desde el día siguiente al de la publicación de la presente en el propuesta de resolución Boletín Oficial de la Provincia, según lo previsto en los artícu- los 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases ARTICULO ARTICULO INFRACTOR DNI IMPORTE NUM EXP. de Régimen Local y 14.2 del Texto Refundido de la Ley Regu- EUROS ladora de las Haciendas Locales. La interposición del recurso de reposición no suspenderá la ejecución del acto impugnado, 18 2 ABUNEL,ION 100044692L 150 20090000031532 a menos que se solicite la suspensión del mismo de acuerdo 91 1 BAREA*CHOVAN,MANUEL 19009793 92 20090000029684 y con los requisitos establecidos en el articulo 14.2 del Texto 94 2A BELLIDO*ZAFONT,JUAN VICENTE 18943822 50 20090000030853 Refundido citado. 94 2E BELTRAN*MARTINEZ,ELISA MARIA 18967082 42 20090000032857 Las multas podrán ser abonadas en periodo voluntario 94 2C CALVET*IZQUIERDO,RAMIRO 33413223 42 20090000019799 dentro del plazo de quince días háb iles siguientes a esta publi- 91 2G CALVET*IZQUIERDO,RAMIRO 33413223 92 20090000019806 cación, con la advertencia de que, de no hacerlo, se iniciará 94 2C CALVET*IZQUIERDO,RAMIRO 33413223 42 20090000025979 el procedimiento de recaudación en periodo ejecutivo, con la 94 2C CASALTA*CERISUELO,SALVADOR 53228680 42 20090000025702 obligación de satisfacer los recargos, intereses y costas a que se 94 2C CORACHAN*GIMENO,SANTIAGO 25394068 42 20090000029104 refiere la Ley General Tributaria. 94 2G DANIEL*BATALLA,VICTOR 53375179 50 20090000022986 Los correspondientes expedientes obran en el Negocimado 94 2G DANIEL*BATALLA,VICTOR 53375179 50 20090000029832 de Multas del Ayuntamiento de Castellón. 94 2A DANIEL*BATALLA,VICTOR 53375179 50 20090000030805 94 2E DICU,ION FLORIAN X6615158J 42 20090000031445 ARTICULO ARTICULO INFRACTOR DNI IMPORTE NUM EXP. 94 2D DOMINGO*OLIVES,LEONOR 18964372 42 20090000029549 EUROS 132 1 DOMINGUEZ*CAMARERO,PABLO 20463512 30 20090000030040 94 2A ESCOIN*SERRA,SERGIO 52799117 50 20090000028582 94 2E ANGHEL CIPRIAN CONSTANTIN X6627316 42 20090000002175 94 2C ESCORIHUELA*MONTESINOS,ISABEL 18908115 42 20090000022204 94 2C ABELLAN*MARIN,TRINIDAD 18925649 42 20090000015068 94 2F FUENTES*MARTIN,EMILIO 11718240 42 20090000030153 94 2B ACOSTA*ARCILA,YESID X7635457D 60 20090000008997 94 2C GALLEGO*BAQUERO,GIOVANNI EDISON X6344934Q 42 20090000029429 94 2B ACOSTA*ARCILA,YESID X7635457D 60 20090000009027 94 2A GALLEN*GONZALEZ,SILVIA 20460867 105 20090000025660 94 2B ADAM,ALEXANDRU X6669116J 60 20090000008654 94 2D GARCIA*LAGUIA,SEBASTIAN 44389942 42 20090000029049 94 2B ADAM,ALEXANDRU X6669116J 60 20090000008889 94 2D GARRIDO*ROMERO,JORGE 33410270 42 20090000032977 94 2A ADELL*ANDRES,ANA 18938136 50 20090000014802 94 2E GILLES,GERMAIN Y0020813 42 20090000028764 94 2E AHMED,SHAH NAWAZ X2658849A 42 20090000014761 94 2A GONZALEZ*MARTI,CARLOS 38138146 50 20090000029176 94 2A AIT*HAMMOUDI,SAMIR X6091499H 105 20090000014708 18 2 JELER,CRISTIAN X3420856C 150 20090000022011 132 1 ALAMO*DIEGUEZ,ANTONIO 26474797 30 20090000014856 94 2A LOPEZ*CATALAN,JOSE VICENTE 52946745 50 20090000030555 132 1 ALBIOL*GASULLA,JUAN ANTONIO 73387190 30 20090000015469 167 0 LOPEZ*NEBRA,CARMEN 25417824 92 20090000025881 94 2B ALCON*MANTERO,MARIA CRISTINA 18973758 20 20090000008391 132 1 LORITES*SERRANO,MIGUEL 18955970 30 20090000029756 94 2C ALEIXANDRE*CHIVA,VICENTE MANUEL 18898308 42 20090000015053 94 2F MADUE—O*BERMEJO,JUAN MANUEL 18986695 42 20090000026053 94 2A ALLEPUZ*GARCIA,ANA MARIA 18909294 50 20090000015257 94 2C MARCOS*DEL RINCON,SANTIAGO 1489685 42 20090000024958 94 2B ALONSO*LARA,RUBEN JUDA 20244619 20 20090000008835 94 2C MARIN*FELIU,FRANCISCO DE ASIS 22682588 42 20090000029387 94 2G ALONSO*SAFONT,LUIS 18969860 50 20090000015349 94 2C PEREZ*SORIANO,ALFREDO 44179090 42 20090000024678 94 2B ALVAREZ*RODRIGUEZ,IGNACIO 50667516 60 20090000008557 91 1 PRIETO*GARCIA,JOSE 19475989 92 20090000025926 94 2A AMAZAL,KHALID X2569264 50 20090000004567 91 2D PROMO-PUBLIC PROMO. Y PUBLICA., SL B1237634 92 20090000028590 94 2E AMPLIACIONES Y DESARROLLOS DE LA B12699393 42 20090000002552 94 2E RODRIGUEZ*BADENAS,DANIEL 20467868 42 20090000028784 EDIFICACION SL 94 2A ROYO*MAGA—A,JUAN CARLOS 16014042 42 20090000029303 94 2A ANGEL*ABAD,RAFAEL 50690097 50 20090000015205 94 2A SANCHIS*RANCH,VICENTE 29162338 42 20090000029020 94 2E ANGHEL*CIPRIAN,CONSTANTIN X6627316 42 20090000014750 94 2A SANCHIS*RANCH,VICENTE 29162338 42 20090000029128 94 2A ANGHEL*CIPRIAN,CONSTANTIN X6627316 42 20090000015491 94 2C SOLER*SEGUI,M ISABEL 18971853 42 20090000029550 94 2B ANGULO*DE LA SOTA,ALVARO 72403280 60 20090000008718 94 2A VALERO*MORALES,MARILIA 18954812 50 20090000029068 94 2B ANGULO*DE LA SOTA,ALVARO 72403280 60 20090000008768 94 2C ANSUATEGUI*PERSIVA,M MATILDE 18969216 42 20090000015539 Castellón de la Plana, a 19 de agosto de 2009.—La Segunda 94 2E ARENILLA*PASTOR,JUAN 75337191 42 20090000014461 Teninete de Alcalde, Marta Gallén Peris. C-8869 132 1 ARES*GARCIA,JUAN IGNACIO 76314686 30 20090000016768 94 2G AUNION*CALLE,GABRIEL 8653811 50 20090000004534 94 2A AUTOS HISPACAR SL B9667116 42 20090000014944 * * * 94 2C AYALA*RAMIREZ,LUZ ELENA 20917254 42 20090000014947 94 2B AYMERICH*PILES,M.CARMEN 18981989 60 20090000009126 De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la 56 3 BALASA,MARIAN 200 20090000015332 Ley 30/92 , de 26 de noviembre, sobre el Régimen Jurídico de las 132 1 BARCELO*PERICH,MARC 39884608 30 20090000015449 Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo 94 2B BARRERA DE CAL,PALOMA 20485983 20 20090000008361 Común, se hace pública la notificación de la incoación de los 132 1 BARRIENTOS*GARCIA,ROSARIO 19002255 30 20090000014415 expedientes sancionadores que se indican, instruidos contra los 94 2C BAS ALARMA, SL B6344909 42 20090000015364 denunciados que se relacionan en el anexo adjunto, en cuanto 94 2C BELCHOCINE,OMAR X2022172N 42 20090000015450 que, habiéndose intentado la notificación en sus últimos domici- 132 1 BELLIDO*CERDA,MARIA TERESA 44885490 30 20090000014937 lios conocidos, esta no se ha podido practicar. 94 2A BELTRAN*AZNAR,MARIA ENGRACIA 18968627 42 20090000016697 Los correspondientes expedientes obran en el Negociado de 94 2G BELTRAN*BRIA,EMILIO 18897765 50 20090000002868 Multas del Ayuntamiento de Castellón y en el plazo ded 15 días 94 2E BENCHEKROUN,YAHYA X6866738 42 20090000016762 hábiles a partir de la publicación, los interesados pueden aportar 94 2B BERMUDEZ*ARISTIZABAL,LUZ STELLA X6194188N 20 20090000008733 cuantas alegaciones y documentos estimen convenientes. 94 2B BERNAT*ENGUIDANOS,JUAN MIGUEL 18911477 60 20090000008559 Transcurrido el mismo sin haber hecho uso de este derecho, 94 2A BERNAT*ENGUIDANOS,JUAN MIGUEL 18911477 42 20090000015170 la iniciación del procedimiento que se notifica será considerada 94 2B BERROCAL*AMOSA,MARIA DEL AMOR 44051185 20 20090000008811 propuesta de resolución. 94 2A BERTRAN*LORIENTE,GERMAN 38742231 42 20090000014445 94 2E BLASCO*MESTRE,LAMBERTO 73358924 42 20090000016453 ARTICULO ARTICULO INFRACTOR DNI IMPORTE NUM EXP. 94 2C BOANTA,OVIDIU ADRIAN X9463192A 42 20090000016486 EUROS 94 2C BOBE MARIAN X3178853 42 20090000002862 94 2C BOBE,DANIEL NICOLAE X6911239S 42 20090000015330 94 2E BEVIA*RAMOS,RICARDO 52769069 42 20090000030546 91 1 BOBOSILA,SANDU X6490753 92 20090000014407 132 1 GALERA*MOROS,FRANCISCO JAVIER 44500155 30 20090000023396 91 1 BOBOSILA,SANDU X6490753 92 20090000015206 91 2D LAPAZ*SANCHEZ,ALEJANDRO 20461079 92 20090000025054 94 2E BOIA,CORINA DANIELA X8624982M 42 20090000014970 94 2A VINUESA*MARTI,JUAN JOSE 18908620 50 20090000029355 94 2C BOLSAS LA SERRETA SL B7330507 42 20090000015218 91 2D BONET*CHIVA,LUIS 38406081 92 20090000016525 Castellón de la Plana, a 19 de agosto de 2009.—La Segunda 91 2D BORDI,MARIUS TEODOR X3765802N 92 20090000015398 Teninete de Alcalde, Marta Gallén Peris. C-8870 94 2A BORDOY*CASTELL,ALFIO 20475809 50 20090000014679 94 2E BORDOY*CASTELL,JAVIER 20249321 42 20090000015217 * * * 94 2E BORRULL*HERMANO,ISABEL 73935969 42 20090000015692 94 2D BOULILA,NAOUAOUI AZIZ 53786942 42 20090000015417
    20. 20 B.O.P DE CASTELLÓN DE LA PLANA . Núm. 104.—27 de agosto de 2009 94 2B BOURASS,NAJIM X1952722 60 20090000009054 94 2B 9X12 FOTOGRAFIA EN CASTELLON S.L. B1232665 20 20090000008630 132 1 BRAN,NICOLAE X8761468D 30 20090000014688 94 2E FUSTAPLAC SDAD.COOP.V. F1252131 42 20090000014791 94 2E BRAN,NICOLAE X8761468D 42 20090000016945 132 1 GABALDON*MARTINEZ,JORGE 33463600 30 20090000014840 132 1 BRONCH*VIDAL,MARIA DE LA LUZ 52798125 30 20090000014712 94 2E GABALDON*MARTINEZ,JORGE 33463600 42 20090000015037 94 2C BUDRIGA,NICOLAE X6951286L 42 20090000015581 132 1 GAL,IOSIF X3169970 30 20090000014694 94 2E BUTAR,MATEI X3337091K 42 20090000015772 171 0 GALFI,ADRIAN BOGDAN X4237963Y 30 20090000004538 94 2F CABALLERO*BALLESTEROS,MARIA LUISA 26970336 42 20090000015363 171 0 GALFI,ADRIAN BOGDAN X4237963Y 30 20090000004546 94 2C CALDWELL,ALISON X0663256M 42 20090000015010 91 1 GARATE*CHECA,M TERESA 18908945 92 20090000016917 94 2A CALLEJA*BRUZON,FRANCISCO 32858601 50 20090000015385 91 2A GARCIA CONSUEGR*VALLEJO,PASCUAL 18907083 92 20090000016833 94 2B CAMPOS*AZNAR,FRANCISCO 18973387 60 20090000008634 56 3 GARCIA*ASENSI,JUAN ANTONIO 18959152 200 20090000014845 91 2D CAMPOY*DEL PINO,SALVADOR 18936710 92 20090000016757 94 2E GARCIA*DENIA,MARCO ANTONIO 52736653 42 20090000015210 94 2D CARAVACA*MILAN,ISIDRO 19426896 42 20090000015612 94 2E GARCIA*DENIA,MARCO ANTONIO 52736653 42 20090000015493 94 2A CARBONELL*GIMENEZ,JESUS 24308144 50 20090000015658 94 2E GARCIA*DENIA,MARCO ANTONIO 52736653 42 20090000016451 94 2C CASADO*SARDINO,MARIA TERESA 33406972 42 20090000015040 94 2A GARCIA*ESCRIBANO,ZACARIAS 7824176 50 20090000014612 94 2A CASADO*VIAGEL,ALEJANDRA 19002677 50 20090000015591 94 2E GARCIA*GALARZA,ELENA COVADONGA 25391882 42 20090000014417 94 2B CASA—A*MEDALL,EVA SUSANA 19002290 60 20090000009020 94 2A GARCIA*GIMENO,CLAUDIA 73401056 50 20090000014743 94 2C CASTA—O*PEREZ,ANA ISABEL 18985849 42 20090000015168 91 2D GARCIA*GONZALEZ,OVIDIO 9577967 92 20090000015486 94 2E CASTILLO*GUILLERMO,IGNACIO X2518117 42 20090000015005 94 2B GARCIA*GUTIERREZ,ALBERTO 20241120 60 20090000008649 94 2E CASTILLO*GUILLERMO,IGNACIO X2518117 42 20090000015065 94 2B GARCIA*LOPEZ,JOSE DIEGO 4936609 60 20090000008612 94 2A CASTILLO*HERVAS,MILAGROS 18946319 50 20090000015537 94 2D GARCIA*NOBLE,ISABEL 18905265 42 20090000015166 94 2A CATELOIU,CONSTANTIN X3549918Y 50 20090000015589 18 2 GARCIA*OLIVARES,MIGUEL ANGEL 40560108 150 20090000015722 94 2A CERDA*NAVARRO,JOSEP VICENT 18933472 50 20090000015395 94 2B GARCIA*PRADO,NOEMI 20477591 60 20090000008617 91 2D CHABRERA*PARRE—O,TANIA 53376734 92 20090000016520 94 2B GARCIA*REDON,MARIA TERESA 19084516 20 20090000008480 94 2F CHALHI,NAJIM X2573971H 42 20090000014880 94 2B GARCIA*REDON,MARIA TERESA 19084516 20 20090000008580 94 2C CHIRA,MARIAN CATALIN X6776904T 42 20090000014598 94 2B GARCIA*REDON,MARIA TERESA 19084516 20 20090000008689 91 2D CHOVER*LARA,DOLORES 29028448 92 20090000015162 94 2B GARCIA*REDON,MARIA TERESA 19084516 20 20090000008827 132 1 CHURACO*PACHECO,JOSE RAFAEL X4770338T 30 20090000015546 94 2B GARCIA*ROSA DE LA,ANGELA 5136274 20 20090000008829 94 2A CIOBANU,ANGELA X9351481A 50 20090000015289 94 2C GARCIA*SANCHEZ,ANTONIO 22440821 42 20090000015543 94 2A CIOBANU,MADALINA X6793585Y 50 20090000014744 94 2C GARGALLO*SOLER,FRANCISCA 18943664 42 20090000002548 94 2E CIRERA*GOMEZ,CARLOS 34734939 42 20090000015000 94 2E GARO LEVANTE, SL B1259121 42 20090000015106 94 2A CISMARU,GEORGE MIHAI X6053277E 50 20090000014412 94 2E GESTION HABITAT PROMOC GEST B1260574 42 20090000015285 56 3 CIUPE,IOAN X05098471S 200 20090000014891 Y SERV INMOB SL 94 2C CIURARU,GABRIELA X5605808 42 20090000014440 94 2A GIL*AGUT,M ISABEL 20490368 50 20090000015294 94 2E CLEMENTE*CASAMAYOR,PEDRO 22641514 42 20090000015104 91 2D GIL*FLOREZ,HILDA X5219071A 92 20090000015541 94 2C COINBE DOS MIL SL B1254633 42 20090000015009 94 2A GIMENEZ*GIMENEZ,ANGEL 18976410 50 20090000015646 94 2G COMBOBUSINESS SL B9763802 50 20090000015249 94 2A GIMENEZ*NAVARTA,DOLORES ISABEL 18961281 42 20090000014839 94 2B COMPA—*MARI—O,VICENTE JESUS 18887988 60 20090000008888 94 2E GIRALDO*CARO,LUCIO DIODONO X2402295 42 20090000015619 94 2E COMSA,ADRIAN IONUT X8589209C 42 20090000016435 94 2E GIURGIU,JULIU VALENTIN X8407823N 42 20090000015604 94 2A CONSTRUCCIONES SANT ROC 2002 SL B1256455 42 20090000015505 132 1 GOJDAR,NORBERT X5063879S 30 20090000015773 94 2C CONSTRUCCIONES URSARU, SL B1273062 42 20090000015070 132 1 GOMEZ*ALFONSO,EMILIO JOSE 20757011 30 20090000014849 94 2B CONSTRUMIR IBERLEX SL B1276460 60 20090000008986 94 2C GOMEZ*BARQUILLA,JAVIER 4173942 42 20090000016445 94 2E CONTRERAS*LUCAS,ANA 31985767 42 20090000014463 94 2B GOMEZ*FERNANDEZ,ROSA M 24330580 60 20090000008657 94 2G CORDERO*ARANDA,MIGUEL ANGEL 52182045 50 20090000002867 94 2C GOMEZ*FERNANDEZ,ROSA M 24330580 42 20090000016447 171 0 CORDERO*ARANDA,MIGUEL ANGEL 52182045 30 20090000016577 94 2A GOMEZ*LLOPIS,MARIA DOLORES 73375866 50 20090000015480 132 1 CORTIJO LORETO, SA A1801271 30 20090000015609 94 2A GOMEZ*LUQUE,ANTONIA 18954894 50 20090000014676 94 2A COSTAN,IOAN X9374711A 105 20090000015136 94 2A GOMEZ*VASCONES,PATRICIA 20464976 105 20090000014548 94 2E COSTARROSA*BATLLORI,ALONSO 18017505 42 20090000015056 94 2A GONZALEZ*BERRIO,JUAN CARLOS 14248400 50 20090000015630 94 2A COSTEA,FLORIAN DAN X2954589D 50 20090000014733 94 2C GONZALEZ*DIAGO,DOLORES 73358865 42 20090000015035 132 1 CRISAN*CRISTIAN,STEFAN X3205579 30 20090000015078 171 0 GONZALEZ*RODRIGUEZ,M MERCEDES 18980753 30 20090000002860 94 2A CRISTEA,GABRIEL X3261168K 50 20090000015767 94 2B GONZALEZ*SALMERON,FRANCISCO 20480189 60 20090000008783 94 2C CROITORU*VASILE,BOGOAN X6555513 42 20090000014611 94 2E GONZALO*LLOPIS,MARIA DOLORES 53222805 42 20090000015770 91 2E CSOMOS,IMRE X7298948 92 20090000016832 94 2E GOTERRIS*TOMAS,ANTONIO M 18957943 42 20090000015388 18 2 CSURKUI,ALEXANDRU X6513694W 150 20090000014994 94 2B GRANDE*PORTOLES,MANUEL 20244009 20 20090000009049 91 2D CUES 2007 SERVICIOS SLU B1277224 92 20090000015702 94 2E GRANDE*PORTOLES,MANUEL 20244009 42 20090000015174 94 2C DEDIU,DORIN GHEORGHE X6866953G 42 20090000016449 94 2C GRANELL*LOPEZ,SANDRA 20243801 42 20090000015705 94 2C DELARUELLE,JULIE ANNA X2067234V 42 20090000015187 94 2B GREGORI*GUAL,M CARMEN 18958055 60 20090000008445 94 2E DEMETRIO*GIMENEZ,JUAN FRANCISCO 18890424 42 20090000015014 94 2B GREGORI*GUAL,M CARMEN 18958055 60 20090000008501 94 2B DIACONU,EMIL X3636938 20 20090000008359 94 2B GREGORI*GUAL,M CARMEN 18958055 20 20090000008747 94 2E DIAZ*GRANOBLES,OSCAR X4712461Z 42 20090000014965 94 2B GREGORI*GUAL,M CARMEN 18958055 20 20090000008866 94 2A DIAZ*HERNANDEZ,FRANCISCO 18907776 50 20090000015228 94 2B GREGORI*GUAL,M CARMEN 18958055 20 20090000009060 117 1 DIAZ*SOLDADO,SUSANA 52942943 150 20090000015565 94 2A GRIFO*CERVERA,VICENTE 18682920 105 20090000016876 94 2F DIEZ*POZUELO,XABIER 53224027 42 20090000014876 94 2C GRUPO OSOM XXI SL B12726055 42 20090000015627 94 2C DOGARU*STELIAN,CRISTIAN X9351267 42 20090000004564 94 2C GUAL*GIL,MARIA DOLORES 18992654 42 20090000002547 132 1 DONET*CUCARELLA,JAVIER ENRIQUE 38453089 30 20090000015150 94 2E GUERRAS*MATEOS,BLANCA MARIA 73536221 42 20090000016849 94 2B DOS*SANTOS,GOULARTE MARIA ANTONIA X5624415 60 20090000008966 94 2B GUERRERO*RODRIGUEZ,MARIA CARMEN 18986600 20 20090000008568 94 2E DRAGU,LIVIU X6321659V 42 20090000015540 94 2B GUERRERO*RODRIGUEZ,MARIA CARMEN 18986600 20 20090000008751 94 2A DURAN*RICAURTE,JHONNY ANDRES X5116951A 50 20090000015766 94 2A GUILLEN*PAJUELO,RAUL MANUEL X1591209 105 20090000014706 94 2A EDNOUBI,BOUCHAIB X7715551V 50 20090000015519 18 2 HAJNY,MICHAL X7634093 150 20090000015328 94 2F EGERSZEGI,FERENC X2432779 42 20090000016941 94 2A HERNANDEZ*GONZALEZ,LUIS 53221666 42 20090000014896 132 1 EGERSZEGI,PETER X3399144 30 20090000015307 94 2B HERNANDEZ*LOPEZ,FERNANDO 20465271 60 20090000008511 94 2B EL EQUIPO C.B. E1221349 20 20090000008415 94 2F HERNANDEZ*MORENO,ANTONIO MANUEL 30951469 42 20090000014938 94 2C EL MHAMDI,NAJAT X6799936D 42 20090000015046 132 1 HERNANDEZ*MORENO,ANTONIO MANUEL 30951469 30 20090000015463 171 0 ELJARI AHMED X1342425F 30 20090000014698 56 3 HERRADON*GUAL,OLGA 18996514 200 20090000014867 94 2A ERKA SERVICIOS INTEGRALES SL B1246695 50 20090000014654 94 2E HERRERA*RODAS,FRANCISCO A 18922241 42 20090000015657 94 2B ERROUIHA*NOUR,EDDINE X5026257 60 20090000008454 94 2E HIADUC,DANIEL EUGEN X9726343B 42 20090000015448 94 2B ERROUIHA*NOUR,EDDINE X5026257 60 20090000008915 94 2E HIADUC,DANIEL EUGEN X9726343B 42 20090000015554 94 2A ERROUIHA*NOUR,EDDINE X5026257 50 20090000014409 94 2C IBA—EZ*SANCHEZ,RAFAEL 29017745 42 20090000015582 94 2C ERROUIHA*NOUR,EDDINE X5026257 42 20090000014469 94 2C IENCI,PAUL ADRIAN X9011015Y 42 20090000015096 94 2C ERROUIHA,NOUR EDDINE X5026257K 42 20090000016510 94 2E IENCI,PAUL ADRIAN X9011015Y 42 20090000015621 132 1 ESCUDERO*ESCUDERO,JESUS 71943905 30 20090000015677 94 2B ILIE*MARIUS,OCTAVIAN X6019262 60 20090000008857 94 2A ESCUDERO*GIMENEZ,LUISA 18941993 50 20090000015588 94 2C ILIONI*ALIN,ELVIS X6659519 42 20090000014724 132 1 ESCUDERO*VAZQUEZ,JOSE GABRIEL 20471158 30 20090000015492 132 1 IORDACHE,CLAUDIU X8220276F 30 20090000014760 94 2A ESTEVES*DO VALE, FERNANDO 743455 50 20090000010873 132 1 ISERTE*JARQUE,RAQUEL 52945493 30 20090000015598 94 2B EUROFINCAS SER. INMO. SLU. EN CONS. B1270858 20 20090000008507 94 2A JAIME*ESCOIN,SONIA 19012888 50 20090000014672 94 2G EUROPEA CASAS DEL MEDITERRA. SL B1250334 50 20090000015405 91 2E JARA*ALBA,JOSE LUIS 20249392 92 20090000015391 94 2C FABRA*GALOFRE,JAIME 18951370 42 20090000014998 94 2B JIMENEZ*BERMEJO,VICENTE 8791976 60 20090000008466 94 2A FAJARDO*RIQUE,MIGUEL 18983720 50 20090000014996 94 2B JIMENEZ*BERMEJO,VICENTE 8791976 60 20090000009053 94 2F FAROOQ*BUTT,TUSIF X3445445E 42 20090000015429 94 2B JIMENEZ*BERMEJO,VICENTE 8791976 60 20090000009169 94 2F FERNANDEZ*ASENSIO,ROBERTO 19000620 42 20090000014883 94 2C JIMENEZ*COLLADO,JOSE LUIS 23771600 42 20090000014858 94 2B FERNANDEZ*GONZALEZ,M CARMEN 18922374 20 20090000008349 94 2A JIMENEZ*GARCIA,ANTONIO 24749762 50 20090000014799 94 2C FERNANDEZ*ZORI,PEDRO ANTONIO 2633323 42 20090000014918 94 2C JIMENEZ*MORENO,JOSE 53380330 42 20090000014477 94 2B FEZ DE*PADILLA,ANTONIO 18967881 60 20090000008389 94 2A KAILING,JAROSLAW X7699413W 42 20090000014960 94 2C FLORANDIU,CATALINA LIDIA X8728300F 42 20090000015137 94 2A KENNAOI,AZIZ X3421372F 50 20090000015674 94 2B FONDECAS PROFESIONALES SL B1270709 60 20090000008593 94 2A KHAWAR,SHAKEEL X6383816M 50 20090000014980 94 2B FONTANERIA ALEJANDRO ORTIZ B1276513 60 20090000008554 94 2B KIRSE PROMOVENDE SL B6438293 60 20090000008409
    21. Núm. 104.—27 de agosto de 2009 B.O.P DE CASTELLÓN DE LA PLANA . 21 94 2B KOUR*AHMED,ABDELMALEK X1332958 20 20090000008424 94 2G NEUMATICOS ENCA SL B1221319 50 20090000016853 94 2A LA TORRE*RODRIGUEZ,DARIO X4348985F 50 20090000015481 94 2C NICA,DUMITRU X6829371 42 20090000015724 94 2E LAUREN DOS MIL SL B1254966 42 20090000014801 94 2B NICOLAU*ALEDO,EVA LAURA 18980613 60 20090000009114 132 1 LITESCU,EUGENIA X6552862R 30 20090000014365 94 2E NICU*IONEL,COCHINTON X6751772 42 20090000015396 132 1 LOGHIN,FLORIN X6924356E 30 20090000015547 94 2E NIETO*MORCILLO,MILAGROS 5059835 42 20090000015125 94 2A LOPEZ DE LA NIETA*GONZALEZ 44855351 50 20090000015390 94 2E NUEVA KALEMER SL B8340155 42 20090000016576 MOHINO, MARIA DEL MAR 94 2B OLIVEIRA*PEREZ,SANDRA 20486775 60 20090000008825 94 2B LOPEZ*ALLEPUZ,DAVID 20248348 20 20090000009131 94 2C OLIVEIRA*PEREZ,SANDRA 20486775 42 20090000015407 94 2B LOPEZ*ESTEVEZ,FRANCISCO 18970947 20 20090000008844 132 1 OLIVER*GUASP,M VICTORIA 18915274 30 20090000015545 94 2G LOPEZ*GONZALBO,JOSE ORLANDO 18933201 50 20090000015590 91 2D ONA*MBA,VICTORIA X1616866N 92 20090000016682 94 2A LOPEZ*IBA—EZ,JOSE LUIS 20479760 50 20090000014613 94 2C OPPICI*RAINA,FULVIO LUIS X3445401R 42 20090000015447 94 2G LOZANO*CARDENAS,LUIS ENRIQUE X3189747S 50 20090000015593 94 2A ORANGE MARKET, SL B9736430 50 20090000015453 94 2E LOZANO*CARDENAS,LUIS ENRIQUE X3189747S 42 20090000015637 94 2C ORAPA CASTELLON SL B1258146 42 20090000015043 94 2C LUJAN*SANCHEZ,FRANCISCO 73582875 42 20090000014430 91 1 ORTIZ*BALAGUER,ERNESTO 18984086 92 20090000014863 94 2C LUJAN*SANCHEZ,FRANCISCO 73582875 42 20090000015012 94 2C ORTIZ*BALAGUER,ERNESTO 18984086 42 20090000015252 94 2A LUNGU*STEFANITA,MARIAN X6911243 50 20090000004562 94 2C OSTOS*DIAZ,FRANCISCO 18964339 42 20090000015131 94 2B LUNGU,JOAN X2993811 20 20090000009109 94 2E OUSSAID,YAHYA X2301582H 42 20090000015196 94 2C MADALINA ESTILO SL B1264470 42 20090000015506 56 3 PADILLA*MENA,MIGUEL ANGEL 20474630 200 20090000015701 94 2A MADRIZ LA*GARCIA,IGOR SABAS X3314453 50 20090000015194 94 2G PALACIOS*LIMA,DANIEL 52316933 50 20090000014359 94 2A MALO*ROCHERA,LETICIA DIAMAR 53229751 50 20090000015458 94 2D PANAIT,GHEORGHE ADRIAN X3311167H 42 20090000016700 94 2A MANAFU,CATALIN GEORGIAN X6530988T 50 20090000016735 94 2A PANCIU,VICTOR X1792002A 50 20090000016444 94 2E MA—EZ*BALAGUER,FELICIDAD 73380443 42 20090000015394 94 2C PARIS*VERA,MANUEL ANTONIO 37715431 42 20090000014603 94 2A MARCO*ALBA,IRENE 18968749 50 20090000015310 94 2E PARRA*LUCHA,ENCARNACION 18875931 42 20090000014833 91 2D MARCO*BELLVER,JOSE VICENTE 52654199 92 20090000015719 94 2E PASCUAL*DE LA FLOR,ALFREDO 19002165 42 20090000002187 94 2C MARCO*ESCURA,JOSE FRANCISCO 18903068 42 20090000016454 94 2E PASCUAL*DE LA FLOR,ALFREDO 19002165 42 20090000014933 94 2E MARCO*YEPES,JUAN ANTONIO 18918799 42 20090000014762 94 2E PASCUAL*DE LA FLOR,ALFREDO 19002165 42 20090000015444 94 2C MARIN*TELLADO,JOSE LUIS 18969718 42 20090000014959 94 2A PASCUAL*IBA—EZ,ARTURO 52650266 50 20090000015761 94 2B MARINA,DANIELA X5613218 20 20090000008358 171 0 PASCUAL*SALCEDO,BLAS RICARDO 18951875 30 20090000016532 94 2B MARINA,DANIELA X5613218 20 20090000008406 94 2C PAUN,EMIL X5936973Y 42 20090000004531 94 2C MARINA,DANIELA X5613218 42 20090000015163 94 2A PAVEL,TICA X5357152S 42 20090000015485 132 1 MARTINEZ*CHIPIRRAZ,SERGIO 20242656 30 20090000015610 94 2C PAVON*PAVON,JOSE LUIS 52793810 42 20090000016517 94 2B MARTINEZ*ESTELLER,M CARMEN 18984240 20 20090000008859 94 2D PERAIRE*BERENGUEL,M.ª DEL CARMEN 20480215 42 20090000015063 94 2C MARTINEZ*GARCIA,JOSE VICENTE 24372337 42 20090000014811 94 2B PERELLO*LARA,SERGI 41007115 60 20090000008323 94 2G MARTINEZ*LLAMAS,RAUL 19009081 50 20090000015402 94 2B PERELLO*LARA,SERGI 41007115 60 20090000008432 94 2F MARTINEZ*MARTINEZ,JOSE 10173852 42 20090000014375 94 2B PERELLO*LARA,SERGI 41007115 60 20090000008530 94 2A MARTINEZ*MONTA—ES,DAVID 19001844 50 20090000015552 94 2B PERELLO*LARA,SERGI 41007115 60 20090000008761 94 2B MASSO ORTIZ CONSTRUCCIONES SL B1262767 60 20090000008437 94 2B PERELLO*LARA,SERGI 41007115 60 20090000008916 94 2B MASSO ORTIZ CONSTRUCCIONES SL B1262767 60 20090000008533 94 2B PEREZ*AGUILAR,ALFREDO 46862865 60 20090000008475 94 2B MASSO ORTIZ CONSTRUCCIONES SL B1262767 60 20090000008901 94 2A PEREZ*AGUILAR,ALFREDO 46862865 42 20090000014958 94 2B MASSO ORTIZ CONSTRUCCIONES SL B1262767 60 20090000009094 94 2C PEREZ*ASENSIO,CARMEN 18931135 42 20090000016920 94 2C MASSO ORTIZ CONSTRUCCIONES SL B1262767 42 20090000014669 132 1 PEREZ*JIMENEZ,RAMON J 20481847 30 20090000015109 94 2C MASSO ORTIZ CONSTRUCCIONES SL B1262767 42 20090000014899 94 2E PERLAZA*CHARRY,JANETH X4675973 42 20090000015154 94 2A MATA*BARCELO,CARLOS 24378383 50 20090000015089 132 1 PESUDO*GIL,MARIA 18924443 30 20090000014952 94 2C MECHO*GINES,VICENTA 73367632 42 20090000014474 94 2A PETRACHE,NADIA X6740842W 42 20090000015127 94 2C MEHRABANI*ALI,MAJID 20493324 42 20090000014829 94 2F PETRU*CALIN,GROSU X3382198 42 20090000016524 132 1 MELIA*BELENGUER,JUAN FRANCISCO 18984796 30 20090000014600 94 2C PHELAN,CHISTOPHER J X4270813N 42 20090000016468 132 1 MENE*ALFRANCA,ANGEL PASCUAL 18013320 30 20090000015311 171 0 PINEDA*VASQUEZ,NIDIA DORIS X4311269 30 20090000014718 18 2 MERCHAN*ROCA,ANA BELEN 7524978 150 20090000004714 94 2C PINE—O*ROMERO,MARIA EUGENIA 18927305 42 20090000015226 94 2B MESEGUER*JULIAN,M LUISA 18981874 20 20090000008697 94 2E PINTILIE*CATALIN,MARIAN X6523462 42 20090000015076 94 2B MESEGUER*JULIAN,M LUISA 18981874 20 20090000008796 171 0 PINZARU,MARIA X5532202N 30 20090000015117 94 2B MESEGUER*JULIAN,M LUISA 18981874 60 20090000008974 94 2A PITIGOI,MIOARA X6705117 42 20090000014828 94 2A MESTANZA,PEDRO BENJAMIN X5794386L 50 20090000015760 94 2D PITIGOI,MIOARA X6705117L 42 20090000015011 94 2F MICU,VIOREL X8884598C 42 20090000014859 94 2B PLA*COLOMINA,JUAN ANTONIO 18912695 60 20090000009046 91 2D MIHALACHE,CHEORGHE X5655250 92 20090000016865 18 2 PLADEMOR SL B1237204 150 20090000004718 132 1 MIHU,DANIEL X3933096G 30 20090000015694 94 2A POLGADO*MONTESA,MARIA JOSE 24324507 50 20090000015368 94 2C MILEA,ELENA X3457963 42 20090000014969 94 2C POP,GHEORGHE X5649590P 42 20090000014851 94 2A MILENIUM QUIMICA ESPA—A SL B1263334 50 20090000014808 132 1 POPA*GHEORGHE,MIHAIL X6405438F 30 20090000015057 94 2C MILLAN*ALMELA,CONCEPCION 18901727 42 20090000015461 117 2 POPESCU,EUGEN X6740817 150 20090000015082 94 2A MINGUEZ*HERRANZ,VICTOR 3060324 50 20090000015393 94 2C PRADAS*BERGA,TRINIDAD 33916186 42 20090000015200 94 2B MIRCEA*VASILE,RADU X8772396 60 20090000008836 94 2E PRATS*MUSEROS,JAVIER 18948587 42 20090000015048 94 2B MIRCEA*VASILE,RADU X8772396 60 20090000009048 94 2A PRESTI*FILIPPO,LUIS SANTIAGO X4743609C 50 20090000015457 94 2A MISTREANU,JESSICA X8821189E 50 20090000015644 94 2E PROMOIGNAT CASTELLON SL B1259311 42 20090000015704 94 2E MOHALES*MOTILLA,JAVIER 29027905 42 20090000015237 94 2E PUCHINA,TITI X06536198N 42 20090000014478 117 1 MOLDOVAN*ILIE,CRISTIAN X3995455 150 20090000015525 18 2 PUERTAS*CUESTAS,CAYETANO 52687221 150 20090000014355 94 2A MOLDOVAN,IOSIF X6568865 50 20090000014632 94 2A QIU,ZHENGMIN X4328880G 50 20090000015743 132 1 MOLINA*RIVERA,ADRIAN 20475890 30 20090000014656 94 2C QUESADA*GONZALVEZ,JUAN FRANCISCO 52948188 42 20090000015164 94 2A MOLINER*ARCHEN,JOSE 18818887 50 20090000004553 94 2E QUIJADA*GONZALEZ,YUDIET X5457858 42 20090000014916 94 2A MON*TORRES,JAVIER 20473458 50 20090000015776 132 1 QUIXAL*SALES,SARA 73393624 30 20090000015018 94 2C MONTEJO*BELTRAN,MARIA DOLORES 73348108 42 20090000015272 94 2A RADUCANU,COSMIN IONUT X5022264F 50 20090000015632 94 2B MONTESINOS*CONTRERAS,MONICA 18976331 20 20090000009193 94 2A RAHMANI,HAKIM X2349469L 105 20090000014913 94 2E MORALES*AREVALO,ANTONIO 18958619 42 20090000015215 91 2D RAMIREZ*SANTOS,PABLO 18993568 92 20090000014714 29 1 MORCILLO*MA—A,DANIEL JESUS 20486743 302 20090000015088 94 2C RAMOS*BERNAT,VICENTE 18976228 42 20090000016515 91 2D MORENO*LENGUA,TERESA 73375537 92 20090000016518 94 2C RAMOS*ESCRIBANO,MANUEL 20468176 42 20090000016446 94 2B MORENO*SANCHEZ,JUAN M DAMASO 5880100 60 20090000009158 94 2A RAMOS*JIMENEZ,ALFREDO RAFAEL 29012196 50 20090000016869 94 2B MORGADO*CASERO,PABLO ISRAEL 53537492 60 20090000004549 94 2E RAYO*MANZANO,DAMIAN 5900754 42 20090000016870 132 1 MOYA*PASTOR,ANA 20483530 30 20090000015309 94 2E RECA S.A. A1201463 42 20090000015293 94 2G MUNDINA*VIOLETA,JOSE MIGUEL 18934686 50 20090000014609 94 2E RENAU*LEON,YOLANDA 18937621 42 20090000014895 94 2B MU—OZ*COLOMER,VICENTA ANTONIA 18916798 20 20090000008704 20 1 REYES*DEL PINO,DIEGO JOSE 20489067 302 20090000004161 94 2B MU—OZ*COLOMER,VICENTA ANTONIA 18916798 20 20090000008784 171 0 REYES*PALACIOS,ALFONSO 31617636 30 20090000004536 94 2B MU—OZ*COLOMER,VICENTA ANTONIA 18916798 20 20090000009127 94 2A RICART*MU—OZ,AMPARO ANTONIA 19454634 50 20090000004556 94 2E MU—OZ*GARCIA,DAVID 5378541 42 20090000015160 94 2A ROBLEDO*MATA,AGUSTIN 2981623 50 20090000015031 94 2A MU—OZA*BLANCO,MARIA VICENTA 18951815 50 20090000014432 94 2A RODRIGUEZ*BABILONI,SERGIO 20469136 50 20090000016879 94 2B MURADAY*MARTIN,JOSE 27798194 60 20090000009142 94 2A RODRIGUEZ*BILURON,ROMINA BEATRIZ 20471070 42 20090000014726 94 2C NAULA*INAGUAZO,OLGA BEATRIN X4403923 42 20090000014458 94 2A RODRIGUEZ*GUNTI—AS,MAURICIO X5670847J 50 20090000014686 94 2C NAVARRETE*CRUZ,FRANCISCA 18940681 42 20090000014897 94 2A RODRIGUEZ*MARTINEZ,ANA BELEN 19007405 50 20090000015027 94 2C NAVARRETE*CRUZ,FRANCISCA 18940681 42 20090000015240 94 2B RODRIGUEZ*MORENO,JOSE 24084004 60 20090000008503 94 2C NAVARRO*ESTEBAN,JOAQUIN 18895609 42 20090000014628 94 2B RODRIGUEZ*ZUNZARREN,IGNACIO MIGUEL 18629798 20 20090000009002 94 2C NAVARRO*TIRADO,MARTA 18927628 42 20090000016448 94 2E RODRIMARCUS ASOCIADOS SL B1275992 42 20090000015622 18 2 NEACSU,FLORINA X3406130 150 20090000002188 94 2E ROIG*DE SOUSA,ESTEL 47693060 42 20090000016933 94 2C NEACSU,VERGINEL X8993358J 42 20090000015533 94 2F ROMAN*POLO,JORDI 20486589 42 20090000014659 171 0 NEAGU,CONSTANTIN X6577954T 30 20090000004561 94 2A ROS*SALES,KARINA 73771537 105 20090000004696 91 2D NECULAU,BOGDAN VASILE X6667565A 92 20090000015083 94 2F ROURES*ROYO,MAGDALENA 18890549 42 20090000015280 117 2 NEDELCO,GHEORGHE VIOREL X6911066A 150 20090000015242 94 2A RUBIO*ARCAS,JOSE LUIS 18904402 50 20090000015690 94 2C NEDELCU,FLORENTIN DORIN X7874245B 42 20090000015087 94 2B RUIZ*GALVEZ,YOLANDA 19003571 20 20090000008485 94 2A NEGROIU,GHEORGE X8609536S 25 20090000014862 94 2B RUIZ*GALVEZ,YOLANDA 19003571 20 20090000008521
    22. 22 B.O.P DE CASTELLÓN DE LA PLANA . Núm. 104.—27 de agosto de 2009 94 2B RUIZ*GALVEZ,YOLANDA 19003571 20 20090000008676 FANZARA 94 2B RUIZ*GALVEZ,YOLANDA 19003571 20 20090000008999 94 2B RUIZ*GALVEZ,YOLANDA 19003571 60 20090000009037 Aprobación definitiva del proyecto de urbanización modificado 94 2C RUIZ*GARATE,MARIA TERESA 72432122 42 20090000004542 y de la cuenta de liquidación provisional correspondiente 94 2E RUIZ*MARTINEZ,MANUEL 18945521 42 20090000015074 al programa de actuación integrada para el desarrollo 132 1 RUIZ*SALVADOR,SANTIAGO 14855554 30 20090000014920 urbanístico, por gestión directa de la unidad de 132 1 RUIZ*SALVADOR,SANTIAGO 14855554 30 20090000015149 ejecución Guardientería del PGOU de Fanzara 94 2B SABATER*AGOST,ALEJANDRO 20471811 20 20090000008810 91 2D SAEZ*JUAREZ,ANGEL 52798338 92 20090000014732 El Pleno del Ayuntamiento de Fanzara, en sesión celebrada 94 2A SAEZ*PALACIOS,TOMAS 18874018 42 20090000015191 el día 23 de julio de 2009, acordó aprobar definitivamente el 94 2B SAGAU*IOAN,SERGIU X3235410 60 20090000008341 Proyecto de Urbanización modificado y la Cuenta de Liquidación 132 1 SALGADO*VELASCO,MARIA ANTONIA 28941415 30 20090000014954 Provisional correspondiente al Programa de Actuación Integrada 94 2C SAN PALACIOS*MILIAN,JULIAN 50086366 42 20090000015574 para el desarrollo urbanístico, por gestión directa de la Unidad 91 2D SANCHEZ*AZNAR,JAIME 21225655 92 20090000016880 de Ejecución Guardientería del PGOU de Fanzara. 94 2A SANCHEZ*BETETA,BRIGIDO 18920491 50 20090000014949 Este acto pone fin a la vía administrativa y contra él se podrá 132 1 SANCHEZ*ELBAL,ADMIRACION 18890145 30 20090000015451 interponer recurso potestativo de reposición, en el plazo de un 94 2C SANCHEZ*GUTIERREZ,PATRICIA 44517656 42 20090000015549 mes contados desde el día siguiente al de la recepción de la 117 1 SANCHEZ*REINA,JUAN ANTONIO 20248145 150 20090000015268 notificación o la publicación del presente anuncio, igualmente 94 2E SAND,IONUT CIPRIAN X9005459Q 42 20090000015001 puede impugnarse directamente ante el órgano competente de 18 2 SANDOVAL*LARA,MARIA DEL PILAR 75759669 150 20090000014385 la jurisdicción contenciosa-administrativa en el plazo de dos 94 2A SAVU*CLAUDIU,DORIN X4623313 50 20090000014968 meses contados desde el día siguiente a aquel en que se reciba 94 2E SAVU*CLAUDIU,DORIN X4623313 42 20090000015594 la notificación del acuerdo o la publicación del presente anuncio, 132 1 SCOARTA,AMIRA VETURIA X6754529G 30 20090000016783 sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otra acción que 132 1 SEDANO*FONT,JOSE CRISTOBAL 20241078 30 20090000014364 se estime procedente en derecho. 94 2B SEGURA*PASTOR,MARIA ANTONIA 18894042 60 20090000008331 Fanzara, a 4 de agosto de 2009.- El Alcalde, José Centelles 94 2B SEGURA*PASTOR,MARIA ANTONIA 18894042 60 20090000008388 Gustems. 8745 94 2B SEGURA*PASTOR,MARIA ANTONIA 18894042 60 20090000008404 94 2B SENDRA*SOLE,JUAN ESTEBAN 37625698 60 20090000008411 94 2A SERRA*ORTIZ,JUAN 18959751 50 20090000015664 MONCOFA 94 2G SERRANO*MARTINEZ,DAVID 71418661 50 20090000002870 94 2E SILVA,RAIMUNDO ALBERTO X4963866Y 42 20090000015406 La Alcaldía-Presidencia de esta Corporación por Decreto de 94 2C SOLBES*SOLE,NOEL 20241710 42 20090000015331 Alcaldía 1.145/09, de fecha 12 de agosto, ha adoptado la siguien- 94 2A SOLER*CERISUELO,EVA MARIA 29018786 50 20090000015476 te resolución: 132 1 STANESCU*LAURENTIU,IULIAN X1745376 30 20090000015126 “I. ANTECEDENTES DE HECHO 94 2A STEFAN,ROBERT X8164718V 25 20090000016475 Con motivo de la baja laboral del Concejal de Agricultura y 94 2E STRUT,NICANOR X7844541 42 20090000015512 Medioambiente de esta Corporación en fecha 10 de agosto de 94 2B SUASOR STIPENDIUM SL B1269711 20 20090000008877 2009, el Alcalde ha dictado providencia de fecha 12 de agosto 94 2B SUASOR STIPENDIUM SL B1269711 60 20090000008883 de 2009 para que por parte de este Departamento se realicen los 94 2C SURUGIU*GABRIEL,CONSTANTIN X6667545 42 20090000014428 trámites oportunos a efectos de la revocación de las facultades 94 2A TALLERES METALUR. NESTOR Y RUBEN SL B1267181 50 20090000014945 delegadas en D. Vicent Esteve i Nebot, Concejal de Agricultura y 18 2 TAMAYO*SEGURA,M™ JESUS 53093379 150 20090000014764 Medioambiente, de conformidad con la Resolución de Alcaldía 94 2F TAPIA*PADILLA,CESAR ELIAS X7147003Y 42 20090000015404 nº 699/2007, de 18 de junio, así como en virtud de acuerdo plena- 94 2E TAPIA*PADILLA,CESAR ELIAS X7147003Y 42 20090000015620 rio de fecha 22 de junio de 2007. 94 2D TARIN*IBA—EZ,OSCAR 29195836 42 20090000014934 II. FUNDAMENTOS DE DERECHO 20 1 TIBARY,KAMAL X0979397B 302 20090000004141 El artículo 12 de la Ley 30/1992 establece que “la competen- 94 2E TIBARY,SOUHA X0979393F 42 20090000016644 cia es irrenunciable y se ejercerá precisamente por los órganos 94 2B TORRES*CARBALLO,VICTORIANO 18909235 60 20090000008730 administrativos que la tengan atribuida como propia, salvo los 5 2 TORRES*CARBALLO,VICTORIANO 18909235 90 20090000015260 casos de delegación o avocación, cuando se efectúen en los 94 2A TORRES*MORENO,EMILIA 29202303 50 20090000015066 términos previstos en ésta u otras leyes” . 94 2A TORRES*SALAS,MIGUEL ANGEL 18976489 50 20090000014843 Por su parte, el artículo 13.6 de la Ley 30/1992 establece que 91 2E TORTOSA*ROCA,VICTOR 19000767 92 20090000015354 “la delegación será revocable en cualquier momento por el órga- 94 2A TRAVER*BALLESTER,RAFAEL 18997401 50 20090000014453 no que la haya conferido” . 94 2C VACCHI,CLAUDIO X00568751 42 20090000016450 Según el apartado 3º de artículo 13 de la Ley 30/1992, “las 94 2C VALERIAN,BETERINGHE X8977443 42 20090000015081 delegaciones de competencias y su revocación deberán publi- 132 1 VAPTZAROVA,STEFANKA METODIEVA X1565610T 30 20090000014697 carse en el Boletín Oficial del Estado, en el de la Comunidad 132 1 VAPTZAROVA,STEFANKA METODIEVA X1565610T 30 20090000015119 Autónoma o en el de la Provincia, según la Administración a que 94 2A VARASCIUC,TIBERIU X4302086 50 20090000015659 pertenezca el órgano delegante, y el ámbito territorial de compe- 132 1 VASILE,BODGAN GABRIEL X9009447W 30 20090000014689 tencia de éste” . 171 0 VASILESCU*CLAUDIU,IONEL X4083299 30 20090000015114 III. PROPUESTA DE RESOLUCIÓN 94 2C VELASCO*CENTELLES,JUAN MANUEL 18938271 42 20090000016911 En base a la fundamentación jurídica precedente, se eleva al 94 2C VICENTE*JUAN,MARIA DESAMPARADOS 19866641 42 20090000016674 órgano competente la siguiente PROPUESTA DE RESOLUCIÓN: 94 2E VICTOR*CARLOS,ALBERTO X4107412A 42 20090000015399 “PRIMERO.- Revocar para esta Alcaldía-Presidencia las 91 2D VIDAL*CUBEDO,JUAN MANUEL 29018614 92 20090000015007 facultades delegadas en D. Vicent Esteve i Nebot, Concejal de 94 2C VILLANUEVA*FERNANDEZ,M.ª DEL CARM 18914724 42 20090000016914 Agricultura y Medioambiente, de conformidad con la Resolución 94 2B VILLAPARDO STANDING SL B1267290 60 20090000009134 de Alcaldía nº 699/2007, de 18 de junio, así como en virtud de 20 1 VILLARROYA*ESCURA,VICENTE JAVIER 20243110 450 20090000004150 acuerdo plenario de fecha 22 de junio de 2007, con motivo de su 94 2E VIRGILIU*RAZVAN,ANDRESCU X6611892J 42 20090000016498 enfermedad baja laboral. 94 2C VIVACQUA,GABRIEL ALEJANDRO X4205384H 42 20090000015042 SEGUNDO.- La revocación surtirá efectos desde fecha 10 de 94 2C VIVES*BOSCH,FRANCISCO ADRIAN 19010477 42 20090000014989 agosto de 2009. 94 2C VIVES*RENANCIO,JONATHAN 46745017 42 20090000004552 TERCERO.- Comunicar a los interesados y publicar en el 94 2A VIZZI,CHRISTIAN X6921095 50 20090000015522 BOP de Castellón el contenido del presente Decreto. 94 2A WANG,YIFAN X2499390 42 20090000016851 CUARTO.- Dar cuenta al Pleno en la próxima sesión que se 94 2A XU*WU,MENG 20491029 50 20090000016656 celebre” . 94 2E ZABAVA,TRAIAN X6435199Y 42 20090000016480 Por ello, RESUELVO: 94 2A ZAPE*BENJUMEA,RICAURTE X3718340E 50 20090000015732 PRIMERO.- Revocar para esta Alcaldía-Presidencia las 94 2A ZINE*LABIDINE,MAROUANE X4420854 50 20090000015129 facultades delegadas en D. Vicent Esteve i Nebot, Concejal de Agricultura y Medioambiente, de conformidad con la Resolución Castellón de la Plana, a 19 de agosto de 2009.—La Segunda de Alcaldía nº 699/2007, de 18 de junio, así como en virtud de Teninete de Alcalde, Marta Gallén Peris. C-8871 acuerdo plenario de fecha 22 de junio de 2007, con motivo de su enfermedad baja laboral. SEGUNDO.- La revocación surtirá efectos desde fecha 10 de agosto de 2009. CULLA TERCERO.- Comunicar a los interesados y publicar en el BOP de Castellón el contenido del presente Decreto. En cumplimiento de cuanto dispone el artículo 212 del CUARTO.- Dar cuenta al Pleno en la próxima sesión que se Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales celebre” . aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y Moncofa, veinte de agosto de dos mil nueve.—EL ALCALDE, una vez que ha sido debidamente informada por la Comisión JOSÉ VICENTE ISACH CLOFENT. C-8905-U Especial de Cuentas, se expone al público la Cuenta General correspondiente al ejercicio 2006, por un plazo de quince días, durante los cuales y ocho más quienes se estimen interesados * * * podrán presentar reclamaciones, reparos u observaciones que tengan por convenientes. La Alcaldía-Presidencia de esta Corporación por Decreto de En Culla, a 6 de agosto de 2009.—El Alcalde-Presidente, Alcaldía 1025/09, de fecha 16 de julio, ha adoptado la siguiente José Francisco Bellés Porcar. C-8687 resolución:
    23. Núm. 104.—27 de agosto de 2009 B.O.P DE CASTELLÓN DE LA PLANA . 23 “D. JOSÉ VICENTE ISACH CLOFENT, Alcalde-Presidente del TERCERO.- Publicar el presente acto de delegación en el Ayuntamiento de Moncofa, en virtud de las facultades otorgadas Boletín Oficial de la Provincia de Castellón. por el artículo 21.1 de la Ley 7/1985, reguladora de las Bases del CUARTO.- Comunicar a los interesados el contenido del Régimen Local, y atendiendo, de acuerdo con el artículo 89.5 Ley presente Decreto. 30/1992, al informe emitido en fecha 16 de julio de 2009 por los QUINTO.- Dar cuenta al Pleno en la próxima sesión que se servicios técnicos municipales del Departamento de Personal, celebre”. cuyo contenido a continuación se trascribe: Moncofa, veinte de agosto de dos mil nueve.—EL ALCALDE, “I. ANTECEDENTES DE HECHO JOSÉ VICENTE ISACH CLOFENT. C-8906-U En fecha 9 de julio de 2009, mediante Decreto 989/09, la Alcaldía-Presidencia de esta Corporación revocó para sí las facultades delegadas en D. Enrique Navarro Moliner, Concejal ONDA de Urbanismo y Fiestas, concretamente la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros, en virtud “Expte: 0622/09/22 de Resolución de Alcaldía nº 699/2007, de 18 de junio, así como Asunto: TRÁMITE DE AUDIENCIA en virtud de acuerdo plenario de fecha 22 de junio de 2007, con Interesado: JOSÉ SANTIAGO ESCOBEDO motivo de su enfermedad sobrevenida. Visto que el encargado del mercado ha emitido informe de Con motivo de la reincorporación del Concejal de Urbanis- fecha 16 de julio de 2008, en el que indica que JOSÉ SANTIAGO mo y Fiestas tras su enfermedad, el Alcalde-Presidente ha dicta- ESCOBEDO, titular del puesto nº 172 del mercadillo semanal de do providencia de fecha 16 de julio de 2009 para la delegación en los jueves, no ha cumplido con el trámite de renovación estable- D. Enrique Navarro Moliner, Concejal de Urbanismo y Fiestas, de cido por este Ayuntamiento. la facultad de resolver mediante actos administrativos que afec- Considerando que el artículo 14 de la Ordenanza municipal ten a terceros en las materias propias de la Concejalía de la que reguladora de la Venta no Sedentaria, establece que será causa es titular, en similares términos a los de la Resolución de Alcal- de extinción de la autorización municipal para ejercer la venta día nº 699/2007, de 18 de junio, así como de conformidad con el ambulante, no hacer efectiva la renovación en el plazo indicado acuerdo plenario de fecha 22 de junio de 2007. y finalizado el cual sin haberse solicitado, se entenderá renun- II. FUNDAMENTOS DE DERECHO ciado el derecho y el Ayuntamiento podrá disponer del puesto. El artículo 12 de la Ley 30/1992 establece que “la competen- A la vista de lo expuesto y de conformidad con lo estable- cia es irrenunciable y se ejercerá precisamente por los órganos cido en el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de administrativos que la tengan atribuida como propia, salvo los Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce- casos de delegación o avocación, cuando se efectúen en los dimiento Administrativo común, y el artículo 16 de la Ordenanza términos previstos en ésta u otras leyes” . anteriormente citada, se le concede un plazo de DIEZ DIAS, Por su parte, el artículo 13 (apartados 1 a 5) de la Ley 30/1992 contados a partir del siguiente a la recepción de la presente establece que “los órganos de las diferentes Administraciones comunicación, para que formule por escrito cuantas alegaciones públicas podrán delegar el ejercicio de las competencias que estime oportunas, y presente los documentos y justificaciones tengan atribuidas en otros órganos de la misma Administración, que estime pertinentes, indicándole que en caso de no hacerlo, aun cuando no sean jerárquicamente dependientes, o de las perderá su derecho al puesto, previa resolución. entidades de derecho público vinculadas o dependientes de Onda, 16 de julio de 2009” El alcalde, (Por resolución num. aquéllas. No pudiendo ser objeto de delegación las competen- 1.589 de 07/0/02009), La quinta teniente alcalde, María Carmen cias relativas a: Aguilella García. C-8786 • Los asuntos que se refieran a relaciones con la Jefatura del Estado, Presidencia del Gobierno de la Nación, Cortes Genera- les, Presidencias de los Consejos de Gobierno de las Comunida- OROPESA DEL MAR des Autónomas y Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas. Habiéndose intentado la notificación de caducidad de la • La adopción de disposiciones de carácter general. inscripción en el Padrón de Habitantes de los extranjeros no • La resolución de recursos en los órganos administrativos comunitarios sin autorización de de residencia permanente que que hayan dictado los actos objeto de recurso. no sean renovadas cada dos años, sin que se haya podido prac- • Las materias en que así se determine por norma con rango ticar la misma, de conformidad con lo dispuesto en los artículos de Ley. 59.4 y 60.2 de la Ley 30/92 de 26 de Noviembre de Régimen Las delegaciones de competencias y su revocación deberán Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento publicarse en el Boletín Oficial del Estado, en el de la Comunidad Administrativo Común, se procede a su publicación en el Boletín Autónoma o en el de la Provincia, según la Administración a que Oficial de la Provincia de Castellón y en el Tablón de Anuncios de pertenezca el órgano delegante, y el ámbito territorial de compe- este Ayuntamiento. tencia de éste. Las resoluciones administrativas que se adopten por dele- APELLIDOS Y NOMBRE Nº IDENTIFICACION gación indicarán expresamente esta circunstancia y se conside- –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– rarán dictadas por el órgano delegante. -AHROROV, BAHTIYOR CC0547431 Salvo autorización expresa de una Ley, no podrán delegarse -ALVES FERREIRA, ALEXANDRE CO895749 las competencias que se ejerzan por delegación. -BANDEIRA DUARTE, ORLANDO CT578497 No constituye impedimento para que pueda delegarse la -BARBOZA DE PAULA, WENDREI CT183580 competencia para resolver un procedimiento la circunstancia -BARROS, NIDIANE CS384086 de que la norma reguladora del mismo prevea, como trámite -BERDIANU, ECATERINA X8907989C preceptivo, la emisión de un dictamen o informe; no obstante, -BERDIANU, TUDOR X7848940Y no podrá delegarse la competencia para resolver un asunto -BODRUG, CONSTANTIN A2777934 concreto una vez que en el correspondiente procedimiento -BOUIBES, M’BARKA X8324888S se haya emitido un dictamen o informe preceptivo acerca del -CERQUEIRA LEMOS ANDRADE, URANIA CV471098 mismo” . -CHKHAIDZE, JAMBUL 1095299 II. PROPUESTA DE RESOLUCIÓN -CHOUIDIRA, LEILA X8296607R En base a la fundamentación jurídica precedente, se eleva al -CHOUIYAKH, OMAR X6878253B órgano competente la siguiente PROPUESTA DE RESOLUCIÓN: -DA SILVA OLIVEIRA, GISELE CS087471 “PRIMERO.- Delegar en D. Enrique Navarro Moliner, Conce- -DIABLO , ABDELHAMID X2760599R jal de Urbanismo y Fiestas, la facultad de resolver mediante -DIAZ GUANOTUÑA, CESAR ALCIDES X8143066P actos administrativos que afecten a terceros en las materias -DJARI, SAMIR X3800357K propias de la Concejalía de la que es titular, en similares térmi- -DOS SANTOS, MANOEL RAIMUNDO CV466873 nos a los de la Resolución de Alcaldía nº 699/2007, de 18 de junio, -DOS SANTOS, RENATO JUNIOR CS384087 así como de conformidad con el acuerdo plenario de fecha 22 de -EL ATRASSI, SAADIA X8324873T junio de 2007. -EL ATRASSI, SOUFIANE X8324863J SEGUNDO.- La delegación surtirá efectos desde la fecha de -EL BAHRI, EL MUSTAPHA X5494619B la firma del presente Decreto. -EL BAIZI, ANAS TERCERO.- Publicar el presente acto de delegación en el -EL JOUNAIDI, MOHAMMED R167739 Boletín Oficial de la Provincia de Castellón. -EZZAHDAOUI, ESSAADIA X8324803E CUARTO.- Comunicar a los interesados el contenido del -FILATOVA, INNA 51N3453312 presente Decreto. -GABATYUK, STANISLAV 63N0178976 QUINTO.- Dar cuenta al Pleno en la próxima sesión que se -GARCIA BOZA, LAYDI DIANA X6138823P celebre” . ” -GRECHIN, SNEJANA A1679642 Por ello, RESUELVO: -GUALSAQUI MORAN, PEDRO X5493056N PRIMERO.- Delegar en D. Enrique Navarro Moliner, Concejal -HAPOCHENCO, YURIY X6690807W de Urbanismo y Fiestas, la facultad de resolver mediante actos -KOCHERVEY, YULIA 63N1032481 administrativos que afecten a terceros en las materias propias -LALIASHVILI, GIORGI 1023109 de la Concejalía de la que es titular, en similares términos a los -LOPEZ, WALTER HUGO 14992500N de la Resolución de Alcaldía nº 699/2007, de 18 de junio, así como -MAGALHAES, DIVINO ALVES CW010481 de conformidad con el acuerdo plenario de fecha 22 de junio de -MALNOVETSKA, LIUDMYLA KC140100 2007. -MASAN, PAVLO AC597946 SEGUNDO.- La delegación surtirá efectos desde la fecha de -MATVYEYEV, ROSTYSLAV X6765497R la firma del presente Decreto. -MIFTAH EL KHIR, FATIMA EZZAHRAE X8324779K
    24. 24 B.O.P DE CASTELLÓN DE LA PLANA . Núm. 104.—27 de agosto de 2009 -MIRANDA GARCIA, JEFFRY ALEXANDER X5243670S SANT JORDI -MORALES, JUAN CARLOS 4988347M -MOTTA, ANTONIO CM164134 De conformidad con lo dispuesto en el art. 59.5 de la Ley -PALOMO CAISA, LUIS MELCHOR X8151871G 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Adminis- -PEREIRA DA SILVA, EDUARDO CO648584 traciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, -POPOVICI, SERGIU X6814079F habiéndose intentado las notificaciones a los interesados en -REN, YONGCHENG X6690115J su último domicilio conocido y no pudiéndose practicar las -ROCHA DA SILVA, ANTONIO JOSE CV148778 mismas, se remiten al Boletín Oficial de la Provincia al objeto de -SOSNIN, OLEG X7493774Y su publicación. -TAHIR, GHALEM 2027309 NOTIFICACIÓN VECINOS INMEDIATOS. EXPTE. ACTIVIDAD -TARAS, PETRYSHYN PO346080 L.A. 2/2008: -TAYAA, MOHAMED X1969587M A GERMAN MARÍ ESTELLER, con domicilio en C/ Virgen, 20 -TETRUASHVILI, SHORENA 1007696 de Sant Jordi. -TKACHENKO, ALEXANDRE A JAVIER ESTELLER PAVIA, con domicilio en Plaza Mayor, 6 -TKACHENKO, ANDRIY AK348208 de Sant Jordi. -TKACHENKO, TETYANA AE630093 A MERCEDES ESTELLER ESTELLER, con domicilio en C/ -VIEIRA DO AMARAL, VALDEIRO CP645107 Vinaròs, 2 de Sant Jordi. -VILLAMAYOR MARTINEZ, KATHERINE AUD. 5044548 A MANUEL SEBASTIAN RONCHERA DOMENECH, con -VILLAMAYOR MARTINEZ, MAX ARSENIO 5047774 domicilio en Avda. Pablo Ruiz Picaso, 76 de Vinaròs. -VILLAMAYOR MARTINEZ, MIKAL DAVID 5044583 Se le hace saber: “Por la mercantil MAESTRAT PARK, S.L., se ha solicitado Oropesa del Mar, a 24 de Agosto de 2.009.—EL ALCALDE, licencia ambiental para la actividad de CAMPING-CAMPAMEN- RAFAEL ALBERT ROCA. C-8900-U TO TURISTICO DE 2ª CATEGORIA, en las parcelas 78 y 79 del Polígono 11 Partida Bovalars de Sant Jordi. Por lo que de conformidad con lo dispuesto en el art. 50.3 de * * * la Ley 2/2006, de 5 de mayo de la Generalitat, de Prevención de la Contaminación y calidad ambiental y del art. 55.3 del Decreto Habiéndose intentado la notificación de caducidad de la 127/2006, de 15 de septiembre, del Consell que desarrolla la cita- inscripción en el Padrón de Habitantes de los extranjeros no da Ley, se le comunica que durante el plazo de veinte días, conta- comunitarios sin autorización de de residencia permanente que dos a partir del siguiente a la práctica de la presente notificación, no sean renovadas cada dos años, sin que se haya podido prac- tiene a su disposición en la Secretaria de este Ayuntamiento el ticar la misma, de conformidad con lo dispuesto en los artículos expediente de la citada actividad para su consulta y formulación 59.4 y 60.2 de la Ley 30/92 de 26 de Noviembre de Régimen de las alegaciones que considere pertinentes” . Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Lo mando y firmo, en Sant Jordi a 20 de agosto de 2009.- El Administrativo Común, se procede a su publicación en el Boletín Alcalde, Luís Tena Ronchera. C-8914-U Oficial de la Provincia de Castellón y en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento. SEGORBE APELLIDOS Y NOMBRE Nº IDENTIFICACION –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– Habiéndose formulado recurso contencioso-administra- -ABDELGHANI, EL MAMOUNI X5756792F tivo, procedimiento ordinario 397/2009, ante el Juzgado de lo -BENZEKHROUFA, KHEIRA X6929898K Contencioso-Administrativo n° 1 de Castellón, interpuesto por -BURLAKA, YURIY AT970078 Segorbe Porcelánico, S.A. contra el Acuerdo de la Junta de -CASTRAVET, ANDREI A1418876 Gobierno de este Ayuntamiento de fecha 1 de Abril de 2009, -CASTRAVET, DANIELA A2657663 por la que se desestimó el recurso de reposición interpuesto -CASTRAVET, MARIANA A2020246 contra la liquidación del Impuesto sobre construcciones, insta- -CIOBANU, VALENTINA X6542977Y laciones y obras; se hace público que los interesados que -CRUZ PINTO, RINA LOURDES 1711870335 quisieran personarse en dicho procedimiento en calidad de -DEMBITSKYY, SERHIY X6778737Q demandados disponen del plazo de nueve días para personarse -ED DAHMAOUI, GHIZLANE X6535860L en Autos ante el citado Juzgado; haciéndose saber que deberán -EL HADRAOUI, MOUNIR X6798448Q comparecer debidamente representados en la forma estab- -EL OUASSILI, MUSTAPHA X4377421S lecida en los artículos 23.2 y 23.3 de la Ley de la Jurisdicción -ESMI BOUHALOUANE, SOFIANE 1973328 Contencioso-Administrativa. -FREIJO, FERNANDO DANIEL X5423359M Segorbe, 5 de agosto de 2009.— El Alcalde, Fdo.: Rafael -GALLARDO QUISPE, GRISENDA ESMERALDA 917121493 Calvo Calpe. 8676 -GALVAO, MARIA ELZA CO9963345 -GATTAI, HICHAM X6659030R -GHAFFAR, ABDELLAH X8148686Q TORREBLANCA --GOMES CHAVES, ELIZEU CP891903 -HORA MEDEIROS, RAFAEL CS087472 Aprobación del proyecto de reparcelación forzosa del sector II -JADLI, ABDELKRIM X5883703G de Torreblanca, formulado por la mercantil -LOPES FERREIRA, ELIAS CO912882 AUGIMAR EMPRESA URBANIZADORA S.A.U. -LORETO CHAVES, ANADIR CS491673 -LORETO PINHEIRO, ADAILSON CV196798 La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 5 de -LORETO PINHEIRO, JOILSON CV196799 agosto de 2009, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo: -MATVYEYEV, ILLYA X8558593V PUNTO CUARTO.- ASUNTOS VARIOS -MIRON, VASILE A2358021 - APROBACIÓN DEL PROYECTO DE REPARCELACIÓN -OLIVEIRA DE, ANDREA APARECIDA CV326379 FORZOSA DEL SECTOR II DE TORREBLANCA, FORMULADO POR -OLIVEIRA VIANA, YASMIN CV326380 LA MERCANTIL AUGIMAR EMPRESA URBANIZADORA S.A.U. -RIBEIRO, ELIZEU JOSE X6814107N Con fecha 23 de octubre de 2.008 la mercantil “Augimar -SCHIPSCHI, FELICIA Empresa Urbanizadora S.A.U., en su calidad de Agente Urba- -SHIKHOVSKIKH, DMITRY 51N2876121 nizador del Programa de Actuación Integrada aprobado para el -SHULYK, PETRO AH766883 desarrollo del Sector II de Torreblanca, presentó Acta Notarial, -SOUZA DE PEREIRA, ELIMARA CV060753 con nº de protocolo 1469 y fecha 18 de julio de 2008, expedida -TEMGHARI, AHMED 6219915 por D. Ernesto Tarragón Albella, Notario de de Castellón, justifi- -TKACHENKO, VOLODYMYR AE629756 cativa del cumplimiento de los artículos 177 de la L.U.V. y 416 -VYUN, ANATOLY del R.O.G.T.U. relativos a la notificación y exposición pública del C7852920F proyecto de reparcelación correspondiente al Sector II, publicán- Oropesa del Mar, a 24 de Agosto de 2.009.—EL ALCALDE, dose anuncio en el DOCV nº 5.838 de 29 de agosto de 2008. RAFAEL ALBERT ROCA. C-8904-U Durante el plazo de exposición pública se han presenta- do alegaciones por parte de Fernando Vázquez Albert en rep.: Iberdrola Distribución Eléctrica S.A.U. (4379); Arcadio José Roig PORTELL DE MORELLA Fabregat (4622); José Luis Campos Sainz y Mª Amparo Herrero Obregón (4623); Delfín Traver Barreda, Constantin Traver Barreda En cumplimiento de cuanto dispone el artículo 212 del Real y Laura Traver Barreda (4680); René Guennoc y Janine Sergent Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba (4705); José Luís Pedrero Vázquez (4726); Félix Espelleta Casinos el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Loca- en rep.: Rafaela Bosch Codina (4737); Esteban Fabregat Fabregat les, y una vez que ha sido debidamente informada por la Comi- y Mª Luz Fabregat Cuesta (4745); Margarita I. Gil Prados (4765); sión Especial de Cuentas, se expone al público la Cuenta General Vicente Tena López (4778); Daniel Castel y Autrey Anne-Marie correspondiente al ejercicio 2.008, por un plazo de quince días, (4783); Francisco Fabregat Persiva (4788); Francisco Jiménez durante los cuales y ocho más quienes se estimen interesados Plaza y Elena Rodríguez Santos (4794); Javier Estradera Fernán- podrán presentar reclamaciones, reparos u observaciones que dez en rep.: Barada, S.L. (4795); Gustavo Abraham Bru Gil en tengan por conveniente. rep.: Inbrugil, S.L. (4813); Vicente Tena López y Úrsula Reiff En Portell de Morella, a veinticuatro de agosto de dos mil (4817); Emilio Molner Fabregat en rep.: Molcamp S.L. (4818); nueve.- El Alcalde, Alvaro Ferrer Ferrer. C-8908-U Eloy Badenes Gómez en rep.: Augimar Empresa Urbanizadora
    25. Núm. 104.—27 de agosto de 2009 B.O.P DE CASTELLÓN DE LA PLANA . 25 S.A. (1842); Bartolomé Chaler Zaragoza en rep.: propia, hnos. En relación al apartado © anterior, relativo a la caducidad Persiva Gomez y Francisco Daniel Chaler Belsa (1695). de la programación conforme dispone el Artículo 29, referir que El 20 de noviembre de 2008, con nº registro de entrada la actuación conforme dispone la Disposición Transitoria Cuarta, 5774, tiene entrada en el Ayuntamiento, informe emitido por la el desarrollo del Programa, derogada la LRAU, es con la LUV, de mercantil urbanizadora en relación a las alegaciones efectuadas. acuerdo a la misma se ha redactado el Proyecto de Reparcela- Con fecha 3 de abril de 2009 se practicaron por parte de los ción y además, los plazos previstos en la tramitación del Progra- propietarios recurrentes y representantes de la mercantil urba- ma debe computarse en cuanto a su preclusión en el supuesto nizadora y del Ayuntamiento los actos de delimitación de las de poderse efectuar los trámites correspondientes y en el caso fincas con lindes objeto de controversia. que nos ocupa, el trasvase que ha supuesto la aplicación de una Con fecha 10 de febrero de 2009, por parte de los Servicios nueva legislación urbanística, hace, en primer lugar, que sea Jurídicos Municipales se emite el informe en relación a las alega- inaplicable el referido Artículo 29 de la LRAU y en segundo lugar, ciones efectuadas en el que se dictamina: que, la tramitación del proyecto de urbanización y de la repar- “1º.- Alegación formulada por Dª Rafaela Bosch Codina, de celación se han tenido que adecuar a las normas de aplicación fecha 25 de Septiembre de 2.008, con registro de entrada núme- de la LUV y del ROGTU y por ello, la aludida caducidad no se ha ro 4.737. producido y más, cuando es la propia alegante quien reconoce En su escrito de alegaciones formula las siguientes alega- que la tramitación de la notificación efectuada por el Urbaniza- ciones: dor, correspondiente a los trámites del Artículo 166 de la L.U.V., a) Que como titular de las fincas registrales 5.397 bis y 5.400 dio lugar al depósito del aval bancario el 30 de Junio de 2.008. bis, incluidas dentro del ámbito reparcelable, que se correspon- En cuanto lo aludido en el apartado (d), en parte ha sido den con las aportadas 37 y 38, forman una unidad predial, siendo informado en el apartado (a), remitiéndose a lo allí expuesto. En de aplicación el régimen de edificaciones consolidadas. relación al incumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 170 de b) Que habiendo presentado en su momento el correspon- la LUV, en los supuestos de concentración cuando un propietario diente aval bancario para garantizar la retribución en metálico, sea titular de varias fincas aportadas, reduciendo en lo posible conforme se establece en el artículo 167.3 de la L.U.V., debe ser la las adjudicaciones en proindiviso. En el caso que nos ocupa, la administración quien debe garantizar la inejecución de las obras situación inicial de la propiedad, tal como se ha expuesto, no se de urbanización. corresponde con el supuesto regulado en la citada norma, dado c) El expediente de programación conforme se establece en que la misma no contempla el supuesto de existir una edifica- el Artículo 29 de la LRAU, se encuentra ya caducado, procedien- ción consolidada sobre una parcela que excede de la superficie do su declaración por parte del Ayuntamiento. de parcela vinculada, por lo que existe un aprovechamiento d) Que en el Proyecto de Reparcelación expuesto se adju- urbanístico materializable pendiente, el cual debe intervenir en dica a la compareciente dos parcelas independientes situadas la reparcelación conforme a los criterios de la justa distribución en la manzana K y en la manzana E, por lo que se infringe lo de cargas y beneficios. previsto en los Artículos 170 de la L.U.V., dado que no se justifica, Por ello, se debe interpretar que la reparcelación ha sido ni motiva la división formando ambas fincas una unidad predial. redactada de conformidad a los criterios establecidos, conju- Se invoca asimismo lo dispuesto en el Artículo 397, del ROGTU. gando tanto el criterio de parcela vinculada, con el principio de e) Infracción del acuerdo adoptado por el Ayuntamiento de la justa distribución de cargas y beneficios y con la ordenación fecha 15 de Noviembre de 2.007, relativo, “a la modificación de urbanística aprobada de manera definitiva. las parcelas N,K, y E (UFA) a los lindes reales de las parcelas con En relación con el apartado (e), lo referido a la modifica- preexistencias” . ción de 15 de Noviembre de 2.007, referida a los instrumentos f) Infracción al no observar la aplicación de las normas lega- de planeamiento, nada tiene que ver con lo que respecta a la les urbanísticas referidas a los criterios a seguir para las parcelas reparcelación y en su caso, las determinaciones de la referida con edificaciones consolidadas y no han sido tenidos en cuenta modificación, si fueron tenidas en cuenta en el correspondiente los servicios urbanísticos con los que se cuentan. instrumento de planeamiento. g) El Proyecto de Reparcelación atenta al “principio de la En cuanto a los apartado (f) y (g), referido al tratamiento de justa distribución de cargas y beneficios” por cuanto la inclusión , las edificaciones consolidadas, interesando la exclusión de la de la edificación propiedad de la alegante motiva que su propie- reparcelación a los propietarios de edificaciones consolidadas, dad deba satisfacer cuotas de urbanización correspondientes informar, que el ámbito reparcelatorio comprende la totalidad a la implantación de unos servicios urbanísticos, los cuales no del Sector II, clasificado por el planeamiento vigente de suelo reportan ningún beneficio a la alegante al estar dotada la parcela Urbanizable, sin urbanización consolidada. En tal sentido de de todos ellos. conformidad con lo dispuesto en el Artículo 28 de la L.U.V., por h) Muestra su disconformidad con la indemnización respec- cuanto las edificaciones consolidadas pueden integrarse dentro to a la parcela aportada, debiendo perseguir todo proceso del sistema de desarrollo definido como actuación integrada, reparcelatorio en relación a las indemnizaciones la “sustitución siempre que se les de el tratamiento específico y especial exigi- patrimonial íntegra” y en la reparcelación no se motiva ni justifi- do por la normativa aplicable, habiendo sido excluida, en el caso can los valores indemnizatorios. que nos ocupa, del pago del coste de implantación de los servi- En cuanto a los alegado en el apartado (a) anterior, debe cios urbanísticos que en la actualidad ya se sirve, por lo que, informarse, que tal como se expone por la alegante, la misma en sólo debe satisfacer el importe correspondiente a los nuevos una de sus fincas registrales se ha implantado una edificación la servicios, de los que no se sirve en la actualidad y que si resul- cual tiene el tratamiento de edificación o techo patrimonializado, tará beneficiaria la propiedad, resultando evidente la falta de dentro de un área no urbanizada, ni que cuenta con la clasifica- servicios urbanísticos de las propias fotografías se acompañan ción de suelo urbano, dado que es un suelo urbanizable, en el a la alegación y contenidas en Acta Notarial de fecha reciente, 18 cual la ordenación estructural en su momento aprobada estable- de Septiembre de 2.008. ció la obligación de desarrollar por Actuación Integrada. Por ello, Finalmente, en cuanto a la falta de justificación de las al objeto de aplicar lo dispuesto en los Artículos 236 y 237 del indemnizaciones, sólo se efectúan consideraciones de carácter ROGTU, es necesario adscribir la edificación existente sobre una general, sin aportar justificación o valoración alguna, frente a parcela neta de adjudicación, siempre que la indicada edificación la valoración detallada y justificada contenida en el proyecto de sea compatible con la ordenación urbanística aprobada, y en el reparcelación, por lo que, la contradicción no queda probada. presente caso lo es, por ello, en aplicación de lo dispuesto en el De acuerdo con lo informado, se propone la desestimación Artículo 237 del ROGTU, se establece: de lo alegado. “1.- Se entenderá por Parcela Vinculada urbanísticamente a 2.- Alegación formulada por D. Emilio Moliner Fabregat, una edificación consolidada, la superficie de terreno que resul- de fecha 30 de Septiembre de 2.008, en representación de te de dividir la edificabilidad total construida de la edificación Molcamp, S.L., con registro de entrada número 4818. consolidada por el índice de edificabilidad neta que el plan le Se cuestiona por parte del alegante la superficie de su asigne, que podrá ser diferente a la aplicable al resto del Sector. propiedad afectada por la reparcelación, indicando que la finca El concepto de índice de edificabilidad neta debe entenderse de su propiedad en realidad mide 5.260 m2, aportando un como el cociente de dividir la edificabilidad bruta total asignada estudio topográfico efectuado por técnico competente, despren- por el Plan al ámbito en que se ubique la Parcela Vinculada, por diéndose del mismo que se ha efectuado una comparación de la la superficie lucrativa total resultante en ese ámbito. superficie que figura en el catastro antiguo y el nuevo, junto con 2.- En todo caso, la superficie de Parcela Vinculada será otros documentos. igual o mayor al área ocupada por la edificación y comprenderá Conforme establece el Artículo 164.5 de la L.U.V., alegada la la planta de ésta” . oposición a la superficie reconocida en el Proyecto de Reparce- La aplicación del indicado criterio, unido al hecho de que lación, debe efectuarse la correspondiente Acta de Delimitación, las parcelas registrales son dos y separadas por un vial, hace en la que deben asistir los redactores del proyecto, los servicios la necesidad de adjudicar dos parcelas, una la vinculada con la técnicos asesores del Ayuntamiento y la propiedad. En tal caso edificación y la otra, separada de la misma, la cual, en relación debe convocarse a las partes por el Urbanizador redactor del a su techo tiene una autonomía reparcelatoria distinta y con un proyecto de reparcelación. contendido de derechos y obligaciones también distintos. Se propone la estimación de la alegación en el sentido En cuanto a lo alegado en el apartado (b), anterior, indicar expuesto. que la garantía depositada por el Urbanizador se corresponde 3.- Alegación presentada por Iberdrola, de fecha 4 Septiem- con la exigida en el artículo 140 de la L.U.V., o en su anterior bre de 2.008, registro de entrada número 4.379. regulación de la LRAU (Artículo 29.8), siendo el efecto de las Se alega que los suelos donde se ubican los CT, sean cali- mismas el garantizar el cumplimiento de los compromisos deri- ficados de rotacionales privados o parcela privada y además vados de la programación, por lo que, habiendo sido depositada se deben tener en cuenta las posibles servidumbres y cargas la misma en el Ayuntamiento, los compromisos se encuentran para el caso de existir instalaciones afectas a la explotación garantizados conforme a la legalidad vigente. eléctrica.
    26. 26 B.O.P DE CASTELLÓN DE LA PLANA . Núm. 104.—27 de agosto de 2009 En relación a la primera de la cuestiones, no puede plantear- formalizada debe incorporarse al expediente de la reparcela- se dicha calificación, pues, la reparcelación no es el instrumento ción, de manera que puedan fijarse los derechos iniciales de la adecuado y cuando se aprobó el Plan Parcial estaba vigente la mercantil alegante. LRAU, que no contemplaba dicha posibilidad calificatoria. En En cuanto a la segunda de las alegaciones (b), debe infor- cuanto a la segunda alegación, la reparcelación contempla las marse que los derechos de adjudicación a la mercantil alegante situaciones de servidumbre y de afección o cargas. deben de definirse una vez se efectúe el Acto de Delimitación Se propone la desestimación de la alegación. previsto en la cuestión (a). Asimismo, indicar que los coeficientes 4.- Alegación por D. Delfín Traver Barreda y otros, presenta- de ponderación de los usos y tipologías fueron modificados por da el 23 de Septiembre de 2.008, con registro de entrada número el Ayuntamiento a través de acuerdo adoptado por el plenario 4680. de 15 Noviembre de 2.007, siendo los mismos los que han sido a.- Pone de manifiesto que en la finca de su propiedad aplicados al Proyecto de Reparcelación, sin que deba omitirse según consta en la reparcelación, existe una plantación de olivos que incluso el instrumento reparcelatorio es el adecuado para la cuando en realidad no existe la misma. fijación definitiva de los coeficientes de ponderación conforme b.- Se indica que en la reparcelación se calculan los gastos establece el Artículo 407 del ROGTU, siendo dicho instrumento de urbanización en función del aprovechamiento subjetivo que de gestión el hábil para recalcular los fijados por el planeamiento es de 510,45 unidad es de aprovechamiento, cuando en el infor- anterior, por usos, tipologías y por localización. me del Ayuntamiento para la aprobación definitiva del Progra- A mayor abundamiento, de la reparcelación se desprende ma, se indica “….. se entiende adecuado que la repercusión de que a la sociedad mercantil alegante, teniendo en cuenta que el los costes de programa por m2 de techo sea de 88,96 euros” . instrumento reparcelatorio afecta a varias fincas iniciales se le Por ello, los gastos se han de calcular en base a los 455,93 m2 ha aplicado el criterio de concentración de los derechos urbanís- de techo, asignados y no por las unidades de aprovechamiento, ticos y el de localización o superposición, conforme establece el pues de lo contrario, se están pagando unos gastos sobre un Artículo 174 de la L.U.V. y 406 del ROGTU. techo no adjudicado. Teniendo en cuenta lo expuesto anteriormente, se propone c.- Se están aplicando unos coeficientes urbanísticos dife- la estimación del apartado (a) de la alegación debiendo realizar- rentes y discriminatorios respecto a los demás sectores de la se el Acta de Delimitación y en cuanto al segundo apartado (b), Homologación, como son que el aprovechamiento tipo que en se propone la desestimación de la misma, si bien los citerior este sector es sólo del 0,3820, el coeficiente de homogenización que deban aplicarse al derecho que resulte de la medición de las de la tipología adjudicada que afecta al alegante de RuBA es muy superficies iniciales, sea el seguido en la reparcelación expuesta elevado fijado en el 1,12 y el coeficiente de edificabilidad neta al público y que han sido informados. queda establecido en el 0,50 m2t/m2sn. 6.- Alegación formulada por D. Francisco Jiménez Plaza y En relación a la cuestión indicada en el apartado (a), Dª Elena Rodríguez Santos, presentada el 30 de Septiembre de teniendo en cuenta las pruebas aportadas por la alegante, debe 2.008, con registro de entrada número 4.794. obedecer a un error, por lo tanto la indemnización fijada en la En primer lugar (a), se alega la disconformidad en cuento a reparcelación debe eliminarse. la superficie reconocida en el proyecto de reparcelación, dado En cuanto a la segunda cuestión (b), no podemos estar de que según el padrón de Rústica la parcela mide una superficie de acuerdo con los alegantes, por cuanto la atribución de costes, 1.364 m2 o 1.358 m2 y de acuerdo con la reparcelación sólo se en el momento de la selección del agente urbanizador y de la reconocen un total de 1.206,64 m2. proposición jurídico económica, se hizo en relación al aprove- En segundo lugar (b), pone de manifiesto que la servidum- chamiento tipo fijado en el planeamiento. La distribución de las bre que existe en el linde derecho de la finca es propiedad de cargas de urbanización a través del proyecto de reparcelación los alegantes, extremo que no se reconoce en el proyecto de debe efectuarse de acuerdo a las unidades de aprovechamiento reparcelación. que se adjudican a cada propietario, dado que es la única mane- En tercer lugar ©, manifiestan que se respete el derecho de ra justa de hacer viable el principio de la justa proporción entre superposición entre la parcela inicial y la de resultado. cargas y beneficios. Es evidente que todo el techo edificable no En cuanto a la primera de las cuestiones (a) si bien los tiene el mismo valor económico, pues, cada una de las tipolo- alegantes no apartan ningún estudio de medición taquimétrica, gías y usos previstos por el planeamiento vigente, tendrá un pues sólo se invocan como pruebas de la superficie que sostie- valor económico distinto, y la adjudicación de de los distintos nen, la que figura en el catastro y padrón de rústica, lo cierto es, usos y tipologías a cada propietario debe hacerse en unidades que se invoca la correspondiente disconformidad con la super- de aprovechamiento, pues, las mismas son consecuencia de la ficie reconocida en el documento reparcelatorio, por ello, es de aplicación de los coeficiente de ponderación y estos sirven para aplicación lo dispuesto en el Artículo 164.5, de la L.U.V. y debe equilibrar las adjudicaciones en relación a valores económicos. levantarse la correspondiente Acta de Delimitación. Finalmente en cuanto a la cuestión©, referir que el aprove- En cuanto a la segunda de las cuestiones (b), índicar que de chamiento tipo del Sector II, es semejante al fijado a los otros acuerdo con las notas simples y certificación del Registro de la sectores de la homologación del litoral, debiendo de tener en Propiedad, la finca propiedad de los alegantes que ha sido tenida cuenta además, que se ha adscrito la superficie que le corres- en cuenta en la reparcelación es la registral número 8.366, dado ponde del Parque del Litoral y en todo caso, de existir diferencias que la finca registral número 5.783, de acuerdo con el instru- estas son mínimas y derivan del cálculo exacto de la superficie mento reparcelatorio es propiedad de la sociedad mercantil en el momento de redactar la reparcelación o antes en el Plan Grupo Diez, S.L. y asimismo referir, que la parcela propiedad de Parcial, siendo este el momento oportuno para recalcular el los alegantes no es predio sirviente de la servidumbre de paso, aprovechamiento tipo, conforme dispone el Artículo 394, del siendo la misma la matriz de la que proviene la indicada registral ROGTU. número 8.366. Se propone la estimación de la alegación referida en el apar- En cuanto a la última de las cuestiones planteadas ©, referi- tado (a), debiendo eliminar el importe de la indemnización por da al incumplimiento del principio de superposición, referir que plantaciones y la desestimación del resto de alegaciones. de acuerdo con los criterios seguidos en la reparcelación y la 5.- Alegación formulada por la sociedad mercantil BARADA, adjudicación de los derechos que le corresponden a los alegan- S.L., presentada el 30 de septiembre de 2.008, con registro de tes, sí se ha cumplido el citado principio. entrada número 4.795. De conformidad con los expuesto, se propone la estimación Como cuestión inicial (a), se pone de manifiesto la discon- de la alegación apartado (a), en el sentido de que debe levantar- formidad entre la superficie reconocida en el proyecto de se la correspondiente Acta de Delimitación y en cuanto al resto reparcelación 27.382,47 m2 y la superficie que según la sociedad de las alegaciones, se propone su desestimación, si bien, una mercantil alegante tiene en propiedad en la suma conjunta de las vez configurados los derechos de participación en la reparcela- fincas afectas y que asciende a 28.164,67 m2, manifestando que ción conforme a la superficie que derive de la citada Acta, los en los contactos previos con el agente Urbanizador, el mismo criterios que deben seguirse en cuanto al emplazamiento de la reconoció la misma. parcela de resultado, sean los fijados en el presente informe y en Como segunda cuestión (b) muestra su disconformidad con concreto el de superposición. los derechos adjudicados, dado que inicialmente por parte de 7.- Alegación formulada por D. Francisco Fabregat Persiva, la sociedad mercantil urbanizadora efectúo una propuesta de presentada el día 29 de Septiembre de 2.008, con registro de adjudicación de los 9.663,45 m2 de aprovechamiento subjetivo, entrada número 4788. en las manzanas denominadas “D” y “F” cuyo uso atribuido , Pone de manifiesto por parte del alegante que en su era respectivamente, el de Residencial Unifamiliar (RuBA) y momento solicitó al Ayuntamiento (día 4 de septiembre de Residencial multifamiliar (RmBE), a razón de 2.763,71 m2 de 2.008, con registro de entrada número 4385), la copia íntegra edificabilidad homogeneizada en Unifamilar y 6.267,77 m2 en del proyecto de reparcelación, sin que hasta la fecha se le haya Multifamiliar, habiendo aceptado la alegante el coeficiente de entregado por parte del Ayuntamiento. ponderación de 1,11 para unifamiliar y de 1,05 para multifamiliar. Tal como consta en el Proyecto de Reparcelación, el alegan- En la reparcelación expuesta al público, además de haber dismi- te no es propietario afectado, por lo tanto no tiene interés nuido los derechos iniciales en función de la superficie inicial legítimo, ni puede alegar en su derecho el ejercicio de la acción reconocida, al fijarse en 4.025,87 m2 de edificabilidad inicial, en pública por cuanto el instrumento reparcelatorio no es un instru- vez de los 6.267,77 m2t inicialmente adjudicados en los contactos mento de planeamiento y si de gestión. previos y además, la edificabilidad adjudicada en unifamiliar A mayor abundamiento todo el Proyecto de Reparcelación pasa de 2.763,71 m2 a 3.879,12 m2. ha sido expuesto al público, de conformidad con lo dispuesto En relación a la cuestión inicial(a), de conformidad con lo en el Artículo 177 de la LUV, estando en periodo de información dispuesto en el Artículo 164.5 de la L.U.V., existiendo discre- pública desde la fecha en que se publicó el anuncio en el DOGV, pancias sobre la superficie afectada, manifestada la misma en lo cual ocurrió el día 9 de Agosto de 2.008. el periodo ordinario de alegaciones, procede levantar la corres- Por lo demás el derecho de información pública contempla- pondiente Acta Administrativa de Delimitación, la cual una vez do en el Artículo 561 del ROGTU, no comprende una información
    27. Núm. 104.—27 de agosto de 2009 B.O.P DE CASTELLÓN DE LA PLANA . 27 documental generalizada, así, el apartado 3 del citado precepto En relación a la primera cuestión, visto el informe del Urba- dispone:”La solicitud de informe escrito debe contener los datos nizador, reconociendo el error, debe reconocerse en la reparcela- identificativos de la persona que formula la consulta, y debe ción una superficie de 321,51 m2. precisar de forma detallada la información que se solicita, y En cuanto a la segunda cuestión (b), el camino según infor- el objeto de la consulta, que deberá sintetizarse en preguntas me del urbanizador es privado, pero pertenece a la finca registral concretas y específicas. No se admitirán las consultas genéricas” número 5.717, finca aportada nº 46, y al propietario de la indicada Se propone la desestimación de la alegación. parcela se han reconocido los derechos pertinentes derivados 8.- Alegación presentada por Gustavo Abraham Bru Gil, del mencionado camino privado. en nombre de la sociedad mercantil Inbrugil, S.L. en fecha 1 de En cuanto a la cuestión (b), de acuerdo con los criterios Octubre de 2.008, con registro de entrada número 4.813. previstos en la reparcelación, a los propietarios de las parcelas En cuanto a la primera alegación (a) se manifiesta que la con edificación consolidada se les reconoce el “status” especial finca registral número 8.965, finca inicial de orden según el fijado en el Artículo 28, de la L.U.V. proyecto nº 51, propiedad del alegante, tiene una superficie reco- Se propone la estimación de la primera alegación, en el nocida según el proyecto de reparcelación de 685,16 m2, cuando sentido que se le reconozca al propietario alegante un derecho en realidad mide 884 m2, habiendo sido adjudicada la referida urbanístico derivado de los 321,51 m2, debiendo de modificar su finca por subasta del Ayuntamiento de Torreblanca, por acuer- cuenta de liquidación provisional y sus derechos urbanísticos. do de 2 de Diciembre de 2.004, dimanante la misma de la finca En cuanto al resto de lo alegado se propone su desestimación. registral número 8.965 y adscrita al Sector II, el total de 884 m2, 13.- Alegación presentada por D. Esteban Fabregat Fabregat de acuerdo con los informes efectuados por el Ayuntamiento. y otra, de fecha 26 de Septiembre de 2.008, con registro de entra- En consecuencia se deberá ajustar el aprovechamiento urba- da número 4745. nístico adjudicado a la medición real de la finca y que asciende a Pone de manifiesto que la parcela de su propiedad no mide la superficie de 884 m2, extremo adverado por los propios infor- de ancho un total de 15,19 m y si 14, por lo que debe de modifi- mes del Ayuntamiento, tanto técnicos como jurídicos. carse la medición que figura en la reparcelación. Asimismo debe Asimismo pone de manifiesto que el topográfico presen- tener en cuenta la edificación consolidada en relación a la impu- tado no se encuentra actualizado y no coincide con las fincas tación de costes de urbanización. aportadas. De acuerdo con el informe aportado por el Urbanizador, se Estando adverado por parte del Ayuntamiento de Torreblan- le ha reconocido una superficie real de 319,45 m2 y no la que ca que de la superficie total de la finca registral 8.965, un total de figura en la reparcelación de 311 m2.En cuanto, a la imputación 840 m2, se adscriben al Sector II, ámbito sujeto a la reparcela- de las cargas de urbanización sobre la parcela edificable, debe ción, la medición de la referida superficie es una realidad mate- aplicarse lo dispuesto en el Artículo 28 de la L.U.V., tal como rial reconocida por la propia administración. se ha efectuado en la reparcelación y en cuanto a las cargas de En tal sentido, se propone la estimación de la alegación, y urbanización las mismas fueron aprobadas por el Ayuntamiento que se reconozca a la sociedad mercantil alegante los derechos en el momento de aprobar el Programa de Actuación Integrada. de adjudicación derivados de 840 m2 iniciales. En cuanto a la primera cuestión se propone la estimación de 9.- Alegación presentada por D. Vicente Tena López y otra, la alegación, debiendo reconocer al propietario una superficie presentada ante el Ayuntamiento el 1 de Octubre de 2.008, con inicial de 319,45 m2 y en cuanto a la segunda de las cuestiones registro de entrada número 4.817. se propone la desestimación de la alegación. Se alega que no existe justificación en el Proyecto de 14.- Alegación formulada por Dª Margarita Isabel Gil Prados, Reparcelación sobre el cálculo de los coeficientes de ponde- de fecha 29 de Septiembre de 2.008, número de registro 4765. ración sobre los usos y tipologías, entendiendo que existe un Se formula por el alegante la reclamación de la correspon- error en cuanto la aplicación del coeficiente 1,05, cuando el que diente indemnización de un reguero, cuatro olivos y diez pinos. debe aplicarse de acuerdo con el suplico del escrito de alega- De acuerdo con el informe del urbanizador, se indica que ciones es el de 1,1195, el cual resulta de la siguiente operación; por error la indemnización ha sido imputada a la propiedad de la 237,29/211,95 = 1,1195. parcela de aportación nº 23. Frente a lo alegado hay que referir, que los coeficientes de Procede la estimación de la alegación y en dicho sentido ponderación se encuentran perfectamente justificados en el debe de ser reconocida la indemnización al citado propietario, y Anexo V y además, hay que tener en cuenta la deducción del figurar la misma en la Cuenta de Liquidación Provisional. excedente de aprovechamiento que le corresponde al Ayunta- 15.- Alegación formulada por D. René Guennoc y otra, de miento (10%) fecha 24 de septiembre de 2.008, número de registro 4705. Se propone la desestimación de la alegación. Solicita el alegante que las cargas de urbanización quiere 10.- Alegación presentada por D. Vicente Tena, de fecha 29 satisfacerlas mediante el pago en metálico y no en terrenos. de Septiembre de 2.008, con registro de entrada número 4.778. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 167.3, el momento A través de la misma únicamente se interesa por el alegante para solicitar el cambio de la retribución pasando de pago en copia de la justificación de los coeficientes de ponderación. terrenos a pago en metálico es “dentro del plazo de dos meses Referir, que el mismo alegante en fecha 1 de Octubre de desde que se reciba la comunicación que establece el artículo 2.008, presentó la correspondiente alegación refiriendo en la 166 de la LUV” debiendo en tal caso manifestarlo mediante , misma su cuestionamiento sobre los coeficientes de pondera- comparecencia administrativa o en documento público y pres- ción, de lo cual se deduce que en su momento le fue entregado tando la garantía real o financiera dispuesta legalmente. el citado documento o justificación. En tal sentido pues, la alegación manifestada es extemporánea. 11.- Por D. Daniel Castel y otra, con registro de entrada Se propone la desestimación de la alegación. número 4783, de fecha 29 de Septiembre de 2.008. 16.- Alegación formulada por Don Jose Luis Campos Sainz y Se cuestiona en primer lugar (a), que los costes de urbani- otra, de fecha 19 de septiembre de 2.008, registro número 4.623. zación se han incrementado en relación con las notificaciones Se interesa por los alegantes (a) se rectifiquen las erratas en recibidas por el alegante, de conformidad con lo dispuesto en el los apellidos. Artículo 166 de la L.U.V. En segundo lugar (b), se pone de manifiesto que las indem- En segundo lugar (b), se cuestiona el sistema de garantías y nizaciones a recibir no comprenden las instalaciones de distri- la información de las parcelas colindantes. bución de agua, la iluminación exterior y el riego por goteo, ni En relación con lo alegado en el apartado (a), poner de tampoco la existencia de un burrito ornamental. manifiesto que con la reparcelación se han valorado de manera En tercer lugar (c), se refiere que las cargas de urbanización, pormenorizada la totalidad de las indemnizaciones que deben excluidos los centros de transformación y obras externas, son de percibir los propietarios con derecho a las mismas y además, excesivas. se han fijado las cargas de urbanización con carácter de real. A En cuarto lugar (d), manifiestan que de acuerdo con la situa- mayor abundamiento, tal como se ha expuesto anteriormente ción de la red secundaria H que linda con la parcela resultante los costes de urbanización, en su relación con el aprovechamien- número 35 adjudicada, alcanza una cota que en relación a la cota to urbanístico, son asimilables a otras actuaciones urbanísticas actual de la parcela, una vez urbanizada la actuación existiría un aprobadas por el Ayuntamiento, sin que se justifique por parte desnivel entre el vial y la parcela resultante. del alegante la consideración de excesivos alegada. En quinto lugar euros, manifiesta que la parcela aportada En cuanto al resto de consideraciones, debe solicitar de dispone de agua, luz, iluminación, superficie lisa ajardinada y manera pormenorizada lo que se interesa para su información y vallada e interesa que se le adjudique una parcela en iguales concretar que aspectos quiere que la administración le informe. condiciones. Se propone la desestimación de las alegaciones. En relación a la primera cuestión (a) deben corregirse los 12. Alegación formuladas por D. José Luis Pedrero Vázquez, errores en los apellidos que figuran en el Proyecto. de fecha 25 de Septiembre de 2.008, con registro de entrada En relación a la segunda cuestión (b) de acuerdo con el número 4726. Proyecto, las indemnizaciones de las farolas son aquéllas que se Interesa en su primera cuestión (a), que la superficie de su encuentran en el exterior de la finca de resultado por cuanto que, propiedad parcela aportada nº 44 es de 321,51 y que no está de las demás, al quedar dentro de la parcela de resultado no están acuerdo con la medición que figura en la reparcelación. sujetas a indemnización. En cuanto a los servicios de distribu- Se alega en segundo lugar (b), que la propiedad del camino ción de agua e iluminación, los mismos no se indemnizan dado que transcurre en frente de su propiedad ( de ancho 4,75 m) es que dan servicio a la propia parcela de resultado y por ello, las privado y no público, según comentario privado. infraestructuras nuevas de electrificación y de suministro de Y, en tercer lugar ©, indica que siendo propietario de una agua potable, no se imputan como cargas de urbanización a la edificación consolidada, la cual se encuentra dotada de red eléc- parcela. En cuanto al riego por goteo, sólo debe indemnizarse trica de media tensión y según proyecto se va a instalar una red aquella parte de la instalación que queda fuera de la parcela de de baja tensión, solicita que no se imputen cargas en relación al resultado que de acuerdo con el informe del urbanizador se valo- suministro eléctrico. ra en 961,44 euros.
    28. 28 B.O.P DE CASTELLÓN DE LA PLANA . Núm. 104.—27 de agosto de 2009 En cuanto a la cuestión (c) referida a los costes de urbaniza- Se informa en el sentido de proponer la admisión de lo ción, los mismos fueron fijados en el Proyecto de Urbanización alegado” y, aprobados por el Ayuntamiento en sucesivos actos admi- Con fecha 16 de julio de 2008, por los Servicios Técnicos nistrativos y en cuanto a la consideración de que los mismos Municipales se emite informe en relación al Proyecto de Repar- son excesivos, indicar tal como se ha sostenido en el presente celación presentado, dictaminándose en relación a las alegacio- informe que éstos son asimilables o comparables a los fijados en nes efectuadas: otras actuaciones urbanísticas del municipio, sin que por parte “1.- Al amparo de lo dispuesto en la Disposición transitoria del alegante se haya probado el plus de encarecimiento alegado. primera de la Ley 16/ 2005 de 30 de diciembre de la Generalidad, En relación a la cuestión (d) conforme dispone el artículo 28 Urbanística Valenciana (en adelante L.U.V.): de la LUV, teniendo en cuenta el grado de servicios urbanísticos “Los procedimientos urbanísticos, sea cual sea su denomi- de que dispone la parcela inicial, la parcela de resultado deberá nación o naturaleza, iniciados antes de la entrada en vigor de la estar dotada de todos los servicios que la configura como solar presente ley, se regirán por la legislación anterior siempre que y aquéllos de los que en la actualidad está dotada y se sirve, no hubiera concluido el trámite de información pública, cuando tal deben de imputársele, conforme establece el propio Proyecto de trámite fuera preceptivo. ” Reparcelación. y al amparo de lo dispuesto en la Disposición transitoria Se propone la estimación de la primera cuestión (a) y la tercera del Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y cuestión referida a la indemnización por la instalación de goteo Urbanística Valenciana (en adelante ROGTU): en el sentido expuesto, pues sólo debe ser indemnizado aquella “Procedimientos de programación iniciados antes de la parte del mismo que queda fuera de la parcela de resultado. El entrada en vigor de la Ley Urbanística Valenciana, que hayan resto de alegaciones se propone su desestimación. sido objeto de aprobación definitiva. 17.- Alegación presentada por Don Arcadio José Roig Fabre- Los procedimientos de programación en los que la Alterna- gat, de fecha 19 de septiembre de 2.008, con número de registro tiva Técnica y la Proposición Jurídico-Económica hubieran sido de entrada 4.622. objeto de aprobación definitiva con anterioridad a la entrada En primer lugar (a), alega que la fi nca de su propiedad en vigor de la Ley Urbanística Valenciana, se regirán en su mide 1.820 m2 y no 1.650 m2 que son los reconocidos en la cumplimiento y ejecución por lo previsto en la Ley Reguladora reparcelación. de la Actividad Urbanística, por la que se regirán las siguientes En segundo lugar (b), indica que tiene una palmera de 5 actuaciones: metros de altura que no ha sido valorada. a) La tramitación y aprobación del Proyecto de Urbaniza- En tercer lugar (c), indica que ha entregado un aval de ción, cuando se hubiese presentado Anteproyecto de Urbaniza- 45.000 euros y solicita se efectúe una hipoteca por el total de la ción junto con la Alternativa Técnica. deuda estimada. b) La prestación de garantías. En cuarto lugar (d) considera que las cargas de urbanización c) La firma del Convenio de programación. son excesivas. d) La ejecución de las obras de urbanización. En relación a la primera cuestión (a), conforme dispone el e) El contenido, tramitación y aprobación del Proyecto artículo 164.5 de la LUV, debe efectuarse el acta de delimitación, de Reparcelación, si ese Proyecto hubiese formado parte de la al objeto de determinar en dicho acto la superficie real de la Alternativa Técnica aprobada y hubiese sido objeto de aproba- finca. ción junto con ella. En otro caso, su contenido, tramitación y En relación a la cuestión (b), debe valorarse la citada palme- aprobación se regirá por la Ley Urbanística Valenciana, al igual ra y, habiendo valorado el Urbanizador la misma debe figurar en que los eventuales expedientes de retasación. “ la cuenta de liquidación el importe de 384,12 euros. para la tramitación y aprobación del Proyecto de Reparce- En relación a la cuestión (c), referir que la alternativa ofre- lación del Programa de Actuación Integrada “Sector II” de Torre- cida por el alegante no puede materializarse en el presente nostra es de aplicación lo dispuesto en la LUV y en el ROGTU. momento, dado que la reparcelación no está aprobada y, en 2.- El presente informe se emite al amparo de lo dispuesto consecuencia, las parcelas netas no constan inscritas en el en el Artículo 177, de la L.U.V., en relación con lo dispuesto en el Registro de la Propiedad. Una vez efectuada la inscripción, artículo 423 del ROGTU, una vez en poder del Ayuntamiento el teniendo en cuenta que la garantía puede ser real o financiera, informe emitido por el equipo redactor del Proyecto de Reparcela- podrá solicitarlo en dicho momento. ción (Presentado el 20 de noviembre de 2008, registro de entrada En relación a la cuestión (d), referir, que los costes de urba- nº 5.774) y el informe emitido por el asesor jurídico del Ayunta- nización fueron aprobados por el Ayuntamiento en sucesivos miento Christian Fabregat Beltrán el 12 de febrero de 2009. actos administrativos e indicar tal como se ha sostenido en el presente informe que éstos son asimilables o comparables a los 3.- Inicialmente, se procede a informar de manera individua- fijados en otras actuaciones urbanísticas del municipio, sin que lizada cada una de las alegaciones presentadas por los propieta- por parte del alegante se haya probado el plus de encarecimien- rios, incorporándose en el informe: to alegado. - Las peticiones formuladas por los alegantes, Se propone la estimación de la cuestión (a), debiendo proce- - El contenido del informe técnico-jurídico presentado por der a formalizar el acta de delimitación y de la cuestión (b) en la mercantil urbanizadora en virtud de lo dispuesto en el artículo el sentido expuesto. Se propone la desestimación del resto de 374 del Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urba- alegaciones. ” nística. Asimismo, con fecha 16 de abril de 2009 se presenta escrito - Algunas consideraciones del asesor jurídico del Ayunta- por parte de D. Bartolomé Chaler Zaragoza y otros, adjuntado miento. documentación alegando su condición de titulares regístrales - Las propuestas del técnico municipal. de terrenos incluidos en el ámbito reparcelatorio e instando su 4.- Con posterioridad se procede a informar el Proyecto de inclusión en el instrumento reparcelatorio. Reparcelación en relación al cumplimiento del mismo de las Con fecha 23 de julio de 2009, por los Servicios Jurídicos disposiciones legales contenidas en: Municipales se emite informe complementario en relación a la - La L.U.V. alegación formulada por Bartolomé Chaler Zaragoza, en el que - El R.O.G.T.U. se dictamina: - La legislación básica de aplicación (Reglamento de Gestión “ Por otro lado, conforme a la documentación que acompa- Urbanística 1978). ñan, fundamentalmente por el titulo inscrito y por los acuerdos - El Real Decreto 1093/1997 del Ministerio de Justicia de 4 adoptados por el Ayuntamiento al conceder con carácter previo de julio, por el que se aprueban las Normas complementarias las licencias de segregación número 20/2.004 y 19/2.004, luego al Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria sobre su anulación por acuerdos de 23 de Enero de 2.006, los cuales inscripción en el Registro de la Propiedad de Actos de Naturaleza se extienden además a la declaración de innecesariedad de las Urbanística). licencias de segregación en su momento interesada al Ayunta- - Texto Refundido de la Ley de Suelo aprobado por Real miento, se desprende por parte del Ayuntamiento la existencia Decreto Legislativo 2/2008 de 20 de junio. de actos de reconocimiento de la propiedad y ello, por actos - Los diferentes acuerdos de aprobación emitidos durante la propios y además que han causado efecto positivo sobre los tramitación del expediente urbanístico; alegantes, al concederles los derechos correspondientes lleva- Se incluye en cada parte aquellas cuestiones que de acuer- dos a cabo a través del correspondiente otorgamiento posterior do con el criterio del técnico que suscribe, es necesario subsanar del documento público que aportan. en el Proyecto de Reparcelación. En consecuencia, los alegantes deben ser tenidos como 5.- Alegaciones presentadas. propietarios afectados en el proceso reparcelatorio y conforme 5.1.- Alegación presentada el 4 septiembre de 2.008, registro lo dispuesto en los Artículos 169 a 172, ambos inclusive de la de entrada nº 4.379, por D. Fernando Vázquez Albert en repre- L.U.V., deben participar en el proceso reparcelatorio como un sentación de la mercantil Iberdrola Distribución Eléctrica S.A.U., propietario más, debiendo ser adjudicatarios de los derechos de . aprovechamiento que le correspondan en relación directa con Se alega: la superficie de parcela inicial afectada y con la asunción de las 1. Que los suelos donde se ubican los Centros de Transfor- obligaciones urbanísticas que se desprenden del propio proce- mación, sean calificados de dotacionales privados o parcela so reparcelatorio, conforme asimismo dispone el Artículo 4 y privada. siguientes del Real Decreto 1093/1.997 de 4 de Julio. 2. Y además se deben tener en cuenta las posibles servidum- En todo caso debe concretarse en el Proyecto de Reparcela- bres y cargas para el caso de existir instalaciones afectas a la ción la superficie de la parcela que en realidad queda afecta por explotación eléctrica. el instrumento de gestión. A dichas cuestiones el Agente urbanizador argumenta: En consecuencia, debe de rectificarse el Proyecto de Repar- - En relación a la primera de la cuestiones, no puede plantear- celación en el sentido antes expuesto. se dicha calificación, pues, la reparcelación no es el instrumento
    29. Núm. 104.—27 de agosto de 2009 B.O.P DE CASTELLÓN DE LA PLANA . 29 adecuado y cuando se aprobó el Plan Parcial estaba vigente la Se alega: LRAU, que no contemplaba dicha posibilidad calificatoria. 1. En primer lugar, que se rectifiquen las erratas en los apelli- - En cuanto a la segunda alegación, la reparcelación contem- dos de los alegantes. pla las situaciones de servidumbre y de afección o cargas. 2. En segundo lugar, se pone de manifiesto que las indem- Dado que el técnico municipal considera correctos los argu- nizaciones a recibir no comprenden las instalaciones de distri- mentos esgrimidos por el Agente Urbanizador y teniendo en bución de agua, la iluminación exterior y el riego por goteo, ni cuenta lo dispuesto en el artículo 126 de la LUV, se propone la tampoco la existencia de un burrito ornamental. desestimación de la alegación por los motivos expuestos ante- 3. En tercer lugar, se refiere que las cargas de urbanización, riormente. excluidos los centros de transformación y obras externas, son 5.2.- Alegación presentada el 19 de septiembre de 2.008, excesivas. registro de entrada nº 4.622, por D. Arcadio José Roig Fabregat. 4. En cuarto lugar, manifiestan que de acuerdo con la situa- Se alega: ción de la red secundaria H que linda con la parcela resultante 1. En primer lugar, disconformidad con la medición de la número 35 adjudicada, alcanza una cota que en relación a la cota finca aportada ya que según el alegante la finca de su propie- actual de la parcela, una vez urbanizada la actuación existiría un dad mide 1.820 m2 y no 1.650 m2 que son los reconocidos en la desnivel entre el vial y la parcela resultante. reparcelación. 5. En quinto lugar, manifiesta que la parcela aportada dispone 2. En segundo lugar, que tiene una palmera de 5 metros de de agua, luz, iluminación, superficie lisa ajardinada y vallada e altura que no ha sido valorada ni incluida en las indemnizaciones. interesa que se le adjudique una parcela en iguales condiciones. 3. En tercer lugar, que ha entregado un aval de 45.000 euros A dichas cuestiones el Agente urbanizador realiza las y solicita se efectúe una hipoteca por el total de la deuda estima- siguientes consideraciones: da para cancelar dicho aval. - Se estima el error en los apellidos recogidos en proyecto y 4. En cuarto lugar, que las cargas de urbanización son exce- se procede a su rectificación, de SAIZ por SAINZ y de HERRERA sivas. por HERRERO. A dichas cuestiones el Agente urbanizador realiza las - Respecto a las indemnizaciones reclamadas, procedemos siguientes consideraciones: a desglosar por conceptos: - En este caso, y salvo que el Ayuntamiento determine la El burrito ornamental no se encuentra entre los bienes obje- necesidad de efectuar un deslinde de la finca del Sr. Roig con las to de indemnización establecidos en la legislación vigente, por fincas colindantes, se debe desestimar la referida alegación, ya lo que se desestima su indemnización, advirtiéndole que si lo que la medición reconocida en proyecto supera incluso la previs- quiere conservar deberá retirarlo antes de que den comienzo las ta en catastro y coincide con su título de propiedad. obras de urbanización. - En segundo lugar reivindica la indemnización de una Las farolas que son objeto de indemnización, son sólo aque- palmera de 5 metros. Se estima dicha alegación, tras comprobar llas que no va a poder conservar por quedar fuera de su finca de in situ su existencia, y se valora en 384,12 euros. resultado, y éstas ya han sido debidamente indemnizadas en el - Respecto a la petición efectuada de cambiar el aval pres- proyecto, por lo que procede desestimar la alegación respecto a tado por una hipoteca debemos determinar la imposibilidad de esta indemnización. dicha opción, ya que la formalización de las garantías se efec- Respecto a la valoración de las instalaciones de distribu- túan con la opción de retribución, pudiendo en ese momento ción de agua, iluminación debemos señalar que únicamente elegir entre las formas previstas en la legislación. son objeto de valoración aquellos elementos que desaparecen - Tampoco podemos entrar en la valoración personal, y o eliminan con la urbanización. En el caso de la instalación de carente de justificación, efectuada respecto al precio de la urba- agua potable y red eléctrica, no se les indemniza puesto que se nización, ya que los costes están debidamente aprobados y les dan dichos servicios a la parcela, y porque los costes de los justificados. mismos no le son repercutidos como cargas al tener una edifica- En relación a la primera cuestión, conforme dispone el ción consolidada. Por dicho motivo debemos desestimar dicha artículo 164.5 de la LUV, se efectúa a las 11,30 horas del día 3 de solicitud. abril de 2009, acta de delimitación de la parcela 8 del polígono 5 Por último, reclama indemnización por el sistema de riego (finca aportada nº 8 del Proyecto de Reparcelación), al objeto de por goteo. De este concepto tan sólo procede indemnizarle la determinar en dicho acto la superficie real de la finca. Dicha Acta parte del jardín que no se le adjudica dentro de su finca de resul- de Delimitación, que consta en el expediente, concluye: tado y parte de dicho sistema de riego, que se valora en 961,44 ”Quedan determinados y aceptados todos los lindes confor- euros, cuyo detalle consta en la ficha de valoración que se adjun- me al Proyecto de Reparcelación, excepto con el de la finca del ta al presente escrito. Se estima parcialmente dicha solicitud. Ayuntamiento al cual se opone el alegante” - A continuación manifiesta el alegante, a modo de opinión Dado que el único linde no aceptado por el propietario es el personal, que las cargas de urbanización le parecen excesivas coincidente con una parcela municipal (linde este), teniendo en y que deberían estar referenciadas a un Proyecto de Urbaniza- cuenta que se le ha reconocido la superficie registral (superior a la ción. En este sentido debemos manifestar que las cargas vienen catastral) y que el Ayuntamiento se reitera en los lindes de su parce- determinadas con la aprobación del programa, pudiendo estas la, se propone desestimar la alegación en este punto concreto. sufrir una retasación del 20 % como máximo. En el presente En relación a la segunda cuestión y de acuerdo con lo caso, de momento, tras la aprobación de cargas se ha aprobado dispuesto en el artículo 415 del ROGTU y en el artículo 173 de una retasación que no supera dicho máximo. Además la parte de la LUV, debe valorarse la citada palmera. Habiendo valorado el las cargas referentes a las obras de urbanización son las que se Agente Urbanizador la misma por un importe de 384,12 euros recogen y detallan en el Proyecto de Urbanización. Por todo ello, y considerándose correcta dicha valoración, deberá incluirse en y por no ser el momento de alegar contra la determinación de la cuenta de liquidación provisional, estimándose para ello la cargas, debe desestimarse dicha alegación. alegación en este punto concreto. - Respecto a la diferencia de cota del nivel de la acera que En relación a la tercera cuestión, el presente informe se alega, debemos señalar que es una cuestión del proyecto de remite al informe del asesor jurídico del Ayuntamiento Christian urbanización y no del de reparcelación. Fabregat Beltrán de 12 de febrero de 2009. - Por último, solicita que la parcela que se le adjudique cuen- En relación a la cuarta cuestión, los costes de urbanización te con las mismas condiciones que la de aportación (luz, agua, fueron aprobados por el Ayuntamiento en sucesivos actos etc.). El presente proceso urbanístico no tiene otra finalidad que administrativos (sesión plenaria celebrada el 12 de diciembre de el dotar a las parcelas de la condición de solar, dotándolas de los 2003, adjudicación provisional del PAI, sesión plenaria celebrada servicios de que carecen y manteniendo los ya disponibles. En el 6 de octubre de 2005, adjudicación definitiva del PAI, sesión el caso del Sr. Campo se mantienen y no se abonan los servicios plenaria de 9 de agosto de 2006, cesión de la condición de Agen- de los que dispone, y además se indemniza aquella parte de te Urbanizador, sesión plenaria celebrada el 15 de noviembre las instalaciones internas de la parcela, que con motivo de las de 2007, aprobación del Texto Refundido del Plan Parcial). Poste- obras de urbanización desaparecen, con el fin de que las pueda riormente, y como consecuencia de las condiciones impuestas restablecer, sin que esto sea compensable con la ejecución de por el Ayuntamiento en la aprobación definitiva, se tramito y las posibles obras de reposición. Por lo expuesto, sólo procede aprobó (el 28 de abril de 2008 en sesión plenaria) una retasación la desestimación de esta alegación. de cargas que supone un incremento del 13,70% pasando de En relación a la primera cuestión deben corregirse los erro- 5.286.892,80 euros (IVA no incluido) a 6.973.149,55 euros (IVA res en los apellidos que figuran en el Proyecto de Reparcelación, incluido). Teniendo en cuenta que la obra de urbanización debe por lo que se estima la alegación en este punto concreto. ejecutarse, conforme dispone la Disposición transitoria tercera En relación a la segunda cuestión, dado que el técnico del ROGTU, al amparo de la Ley 6/94 de 15 de diciembre Regu- municipal considera correctos los argumentos esgrimidos por ladora de la Actividad Urbanística de la Generalidad Valenciana, el Agente Urbanizador y teniendo en cuenta lo dispuesto en el los costes finales de la actuación se fijaran en la cuenta de liqui- artículo 173 de la LUV y en el artículo 415 del ROGTU, se propone dación definitiva, debiendo reintegrarse a los propietarios de la estimación de la indemnización de la red de goteo según valo- suelo aquellas cantidades aportadas por las compañías suminis- ración del Agente Urbanizador, desestimándose el resto de este tradoras de servicios públicos. Por ello, se propone desestimar la punto concreto. alegación en este punto. En relación a la tercera cuestión, los costes de urbaniza- En definitiva se propone la estimación de la segunda ción fueron aprobados por el Ayuntamiento en sucesivos actos cuestión (valoración de la palmera existente en 384,12 euros administrativos (sesión plenaria celebrada el 12 de diciembre de incluyéndola en la cuenta de liquidación provisional a favor del 2003, adjudicación provisional del PAI, sesión plenaria celebrada alegante), y la desestimación del resto de cuestiones. el 6 de octubre de 2005, adjudicación definitiva del PAI, sesión 5.3.- Alegación presentada el 19 de septiembre de 2.008, plenaria de 9 de agosto de 2006, cesión de la condición de Agen- registro de entrada nº 4.623, por D. Jose Luís Campos Sainz y D.ª te Urbanizador, sesión plenaria celebrada el 15 de noviembre Mª Amparo Herrero Obregón. de 2007, aprobación del Texto Refundido del Plan Parcial). Poste-
    30. 30 B.O.P DE CASTELLÓN DE LA PLANA . Núm. 104.—27 de agosto de 2009 riormente, y como consecuencia de las condiciones impuestas Proyecto de Reparcelación debe efectuarse proporcionalmente por el Ayuntamiento en la aprobación definitiva, se tramito y a las unidades de aprovechamiento que se adjudican a cada aprobó (el 28 de abril de 2008 en sesión plenaria) una retasación propietario (Aprovechamiento Subjetivo), con el objeto de ser de cargas que supone un incremento del 13,70% pasando de fieles al principio de equidistribución de beneficios y cargas. 5.286.892,80 euros (IVA no incluido) a 6.973.149,55 euros (IVA Dicho aprovechamiento es proporcional a la superficie de la incluido). Teniendo en cuenta que la obra de urbanización debe parcela aportada al proceso reparcelatorio ejecutarse, conforme dispone la Disposición transitoria tercera Dado que todo el techo edificable no tiene el mismo valor del ROGTU, al amparo de la Ley 6/94 de 15 de diciembre Regu- económico por unidad de superficie, (cada tipología y uso ladora de la Actividad Urbanística de la Generalidad Valenciana, previsto por el planeamiento vigente, tiene un rendimiento los costes finales de la actuación se fijaran en la cuenta de liqui- económico diferente), la adjudicación de los distintos usos y dación definitiva, debiendo reintegrarse a los propietarios de tipologías a cada propietario debe hacerse en unidades de apro- suelo aquellas cantidades aportadas por las compañías suminis- vechamiento, que posteriormente se ajustan mediante los coefi- tradoras de servicios públicos. Por ello, se propone desestimar la ciente correctores que sirven para igualar las adjudicaciones en alegación en este punto concreto. relación a los valores económicos de cada uno de acuerdo con lo En relación a la cuarta cuestión, dado que el técnico muni- dispuesto en el artículo 174 de la LUV y en los artículos 119 y 407 cipal considera correctos los argumentos esgrimidos por el del ROGTU. Por ello, se propone desestimar la alegación en este Agente Urbanizador y teniendo en cuenta lo dispuesto en los punto concreto. artículos 152, 156 y 157 de la LUV, se propone la desestimación En relación a la tercera cuestión, de acuerdo con lo dispues- de la alegación en este punto concreto. to en el artículo 394 del ROGTU, el aprovechamiento tipo del En relación a la quinta cuestión, dado que el técnico muni- Sector II se calcula en el Proyecto de Reparcelación tomando cipal considera correctos los argumentos esgrimidos por el como base el aprovechamiento tipo fijado en su día por la Agente Urbanizador (la parcela de resultado tendrá todos los Homologación del Litoral. Además el valor de los coeficientes servicios que la configura como solar y teniendo en cuenta el correctores fijados por el planeamiento se podrán ratificar o grado de servicios urbanísticos de que dispone la parcela inicial, recalcular en el Proyecto de Reparcelación (Artículos 174.3 de la no se repercute por cuotas los costes de los servicios existentes) LUV, 119 y 407 del ROGTU), ya que los coeficientes definitivos y teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 28 de la LUV, se se fijan en el momento en que deban entenderse referidas las propone la desestimación de la alegación en este punto concreto. valoraciones, es decir en el Proyecto de Reparcelación (Artículo En definitiva se propone la estimación de la primera cues- 119.5 del ROGTU). Por último el Proyecto de Reparcelación como tión y la cuestión referente a la indemnización de la instalación instrumento de gestión debe subordinarse al planeamiento que de goteo (parte de la segunda cuestión), debiendo ser indem- le da cobertura, no pudiendo modificar las determinaciones nizado aquella parte de la red de goteo que queda fuera de la urbanísticas del mismo (a excepción del aprovechamiento tipo y parcela resultante y considerándose adecuada la valoración de los coeficientes correctores). Por todo ello, se propone deses- realizada por el Agente Urbanizador deberá incluirse esta en la timar la alegación en este punto concreto. cuenta de liquidación provisional a favor del alegante. Del resto En definitiva se propone la estimación del punto primero de puntos de la alegación se propone su desestimación. de la alegación, debiendo eliminarse de la cuenta de liquidación 5.4.- Alegación presentada el 23 de septiembre de 2.008, provisional el importe de la indemnización por plantaciones registro de entrada nº 4.680, por D. Delfín Traver Barreda, D. asignada erróneamente a los alegantes y que corresponde a 10 Constanti Traver Barreda y D.ª Laura Traver Barreda. olivos. Del resto de puntos de la alegación se propone su deses- Se alega: timación. 1. Que en la finca de su propiedad no existe la plantación de 5.5.- Alegación presentada el 24 de septiembre de 2.008, olivos que figura en el Proyecto de Reparcelación. registro de entrada nº 4.705 por D. René Guennoc y D.ª Janine 2. En el Proyecto de Reparcelación se calculan los gastos de Sergent. urbanización en función del aprovechamiento subjetivo que es El escrito de alegaciones se presenta en francés, por lo que de 510,45 (unidades de aprovechamiento), cuando en el informe no cumple lo establecido en el artículo 36 de la Ley 30/1992 de técnico y jurídico del propio Ayuntamiento para la aprobación 26 de noviembre del Régimen Jurídico de las Administraciones definitiva del Programa, se indica “….. y en tal sentido se entien- Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que esta- de adecuado que la repercusión de los costes de programa por blece el uso del castellano o de la lengua cooficial (valenciano) m2 de techo sea de 88,96 euros” Por ello, los gastos se han de . en los procedimientos administrativos instruidos por la adminis- calcular en base a los 455,93 m2 de techo, asignados y no por tración. No obstante se procede a informa la alegación. las unidades de aprovechamiento, pues de lo contrario, se están Se alega: pagando unos gastos sobre un techo no adjudicado. 1. Que las cargas de urbanización, si deben pagarlas, se 3. Se están aplicando unos coeficientes urbanísticos dife- pagarán en metálico y no en terrenos. rentes y discriminatorios respecto a los demás sectores de la 2. Se solicita un calendario de pagos con cada fase de trabajo. Homologación, como son que el aprovechamiento tipo que en A dichas cuestiones el Agente urbanizador realiza las este sector es sólo del 0,3820, el coeficiente de homogenización siguientes consideraciones: de la tipología adjudicada que afecta a los alegantes de RuBA es - Por supuesto que deben contribuir con parte de las cargas muy elevado fijado en el 1,12 y el coeficiente de edificabilidad urbanísticas, que en su caso, en lo referente a las obras de urbani- neta que se queda solo en el 0,50 m2t/m2sn. zación, al tener una edificación consolidada se limita al abono de A dichas cuestiones el Agente urbanizador realiza las aquella parte que complementa a los servicios que ya disponen. siguientes consideraciones: - El momento de efectuar la opción de retribución no es - Se estima la alegación referente a la inexistencia de olivos éste. Dicha opción, con la aportación de la correspondiente en la finca de los alegantes, cuya indemnización no les corres- garantía, se debía efectuar en el plazo de dos meses desde que ponde. recibieron la notificación prevista en el artículo 166 de la LUV, tal - Respecto al desacuerdo sobre el cálculo de los gastos de y como se le comunicó por varios medios al Sr. Guennoc. urbanización, debemos señalar el hecho de que la repercusión - Al no haber efectuado la opción de retribución en metálico, de los gastos se efectúa por unidad de aprovechamiento y no por y contar con terreno suficiente, se le ha tenido en esta reparcela- metro cuadrado de techo, ya que es la única forma de conseguir ción por efectuado el pago en terrenos, por lo que, a no ser que una verdadera equidistribución, puesto que los metros de techo el Ayuntamiento disponga otra cosa, se debe desestimar dicha es la edificabilidad corregida por coeficientes correctores depen- alegación y mantener la opción del pago en terrenos. diendo de la ubicación de la adjudicación. Otra cosa muy distinta - Por último solicita que por parte del Ayuntamiento se soli- es el precio que el ayuntamiento determina en el momento de la cite a Augimar que establezca un calendario de pagos con cada aprobación de programa, que es una cuantía determinada. Por fase de trabajo. Esto es lo que viene recogido en el proyecto dicho motivo se debe desestimar la referida alegación. como cuotas de urbanización, que son giradas por el agente - Los Sres. Traver Barreda tampoco están de acuerdo con urbanizador una vez aprobadas por el Ayuntamiento sobre los coeficientes urbanísticos utilizados. Primeramente debemos gastos ya satisfechos. Sin embargo, debemos destacar el hecho señalar que no es cierto que el aprovechamiento tipo de este de que en su caso ha operado el pago en terrenos y sólo se le Sector sea discriminatorio respecto al resto de sectores de la giraran mediante cuotas los costes cuyo abono en metálico es Homologación del litoral, ya que todos son aproximadamente obligatorio. iguales, con diferencias mínimas y no discriminatorias. Además, En relación a la primera cuestión, de acuerdo con lo dispues- se debe tener en cuenta que dichos aprovechamientos vienen to en el artículo 167.3, el momento para solicitar el cambio de la fijados en la aprobación de la Homologación para todos los retribución pasando de pago en terrenos a pago en metálico es sectores, y no en ésta reparcelación. Los coeficientes de homo- “dentro del plazo de dos meses desde que se reciba la comuni- geneización están debidamente calculados y justificados en la cación que establece el artículo 166 de la LUV” debiendo en tal , presente reparcelación en el Anexo V. Por dichos motivos se caso manifestarlo mediante comparecencia administrativa o deben desestimar estas últimas alegaciones. en documento público y prestando la garantía real o financiera En relación a la primera cuestión, teniendo en cuenta las dispuesta legalmente. En tal sentido pues, la alegación manifes- pruebas aportadas por los alegantes, así como lo argumentado tada es extemporánea. Por ello se propone la desestimación de por el Agente Urbanizador y la comprobación in situ realizada la alegación en este punto concreto. por el técnico que suscribe, debe eliminarse la indemnización En relación a la segunda cuestión, de acuerdo con lo esta- fijada en el Proyecto de Reparcelación referente a los olivos blecido en los artículos 175 y 176 de la LUV y 411 del ROGTU, el asignados a dicha parcela, estimándose para ello, la alegación Proyecto de Reparcelación presentado incluye la documentación en este punto concreto. solicitada por lo que se propone desestimar la alegación en este En relación a la segunda cuestión, según lo dispuesto en punto concreto. los artículos 169 y 172 de la LUV y los artículos 394, 397, 407 del En definitiva se propone la desestimación de todos los ROGTU, la distribución de cargas de urbanización a través del puntos de la alegación.
    31. Núm. 104.—27 de agosto de 2009 B.O.P DE CASTELLÓN DE LA PLANA . 31 5.6.- Alegación presentada el 25 de septiembre de 2.008, 5. Incumplimiento por el Agente Urbanizador del acuerdo registro de entrada nº 4.726, por D. José Luís Pedrero Vázquez. adoptado por el Ayuntamiento de fecha 15 de Noviembre de Se alega: 2.007, relativo, “a la modificación de las parcelas N, K, y E (UFA) 1. En primer lugar, que la superficie de su propiedad parcela a los lindes reales de las parcelas con preexistencias” por lo que aportada nº 44 es de 321,51 m2 y que no está de acuerdo con la debe declararse la nulidad del expediente. medición que figura en la reparcelación. 6. Infracción al no observar la aplicación de las normas lega- 2. En segundo lugar, que la propiedad del camino que trans- les urbanísticas referidas a los criterios a seguir para las parcelas curre en frente de su propiedad (de ancho 4,75 m) es privado y con edificaciones consolidadas y no han sido tenidos en cuenta no público, según comentario privado. los servicios urbanísticos con los que se cuentan. 3. Que siendo propietario de una edificación consolidada, 7. El Proyecto de Reparcelación atenta al “principio de la la cual se encuentra dotada de red eléctrica de media tensión y justa distribución de cargas y beneficios” por cuanto la inclusión , según proyecto se va a instalar una red de baja tensión, solicita de la edificación propiedad de la alegante motiva que su propie- que no se imputen cargas en relación al suministro eléctrico. dad deba satisfacer cuotas de urbanización correspondientes A dichas cuestiones el Agente urbanizador realiza las a la implantación de unos servicios urbanísticos, los cuales no siguientes consideraciones: reportan ningún beneficio a la alegante al estar dotada la parcela - En primer lugar, y tras efectuar nueva medición con la asis- de todos ellos. tencia del propietario, hemos comprobado que la superficie de 8. Muestra su disconformidad con la indemnización respec- la parcela del Sr. Pedrero es de 321,51 m2, por lo que se estima to a la parcela aportada, debiendo perseguir todo proceso parcialmente su alegación, en el sentido de corregir la superficie reparcelatorio en relación a las indemnizaciones la “sustitución que aparece en el proyecto, pero recoger la real y no la registral patrimonial íntegra” y en la reparcelación no se motiva ni justifi- de 311 m2 que indicaba el propietario. El reconocimiento de esta can los valores indemnizatorios. superficie de aportación supondrá el adjudicar a este propietario A dichas cuestiones el Agente urbanizador realiza las un pequeño exceso, ya que su finca de resultado debe coincidir siguientes consideraciones: con el límite de la manzana. - En primer lugar, la Sra. Bosch señala la obligación de la Admi- - Respecto a la titularidad del camino que discurre enfrente nistración de garantizar la ejecución de las obras de urbanización, de su parcela, debemos señalar que efectivamente es de titulari- este extremo se resuelve con el procedimiento legalmente esta- dad privada y pertenece a la finca matriz de la que se segregaron blecido, consistente en exigir la prestación de garantía por parte varias fincas, entre las que se encuentra la del Sr. Pedrero. Dicha del Agente urbanizador en el momento de su adjudicación. En el finca matriz es la finca registral nº 5717, que es la finca aportada presente caso, este Agente urbanizador cumplió con dicha obliga- nº 46 de nuestro proyecto. ción mediante la prestación de aval el 15 de diciembre de 2.006. - Finalmente, señala el Sr. Pedrero que como su finca ya - En segundo lugar, alega la caducidad del expediente por tiene red de distribución de Media Tensión, y le consta vamos a aplicación del artículo 29 de la Ley Reguladora de la Actividad poner una red de Baja Tensión, solicita no se le cobre al contar Urbanística. Al respecto tan sólo debemos señalar dos cues- con potencia suficiente. Resulta evidente que el Sr. Pedrero ha tiones, la derogación de la LRAU y por tanto inaplicabilidad de confundido determinados términos, ya que una cosa es la poten- la norma alegada, y el cumplimiento por parte de este Agente cia que el tenga contratada y otra cosa es que tenga Media o Baja Urbanizador de los plazos. Tensión. Lo que debe tener en cuenta es que como propietario - La tercera alegación consiste en el desacuerdo con las de una edificación consolidada sólo va a sufragar los costes fincas adjudicadas ya que no están físicamente unidas, exigien- de los servicios de que no dispone, es decir, a dichos propieta- do una justificación al respecto. En el caso de las fincas adju- rios, de las partidas asignadas a la red de distribución de agua dicadas a la Sra. Bosch, la imposibilidad de concentración es potable y de energía eléctrica en baja tensión, tan sólo se les ha debida a la existencia de un vial que impide la adjudicación de cobrado lo relativo a las conexiones en parcela resultante. otra forma. En relación a la primera cuestión, vista la argumentación - A continuación plantea una cuestión, como es el cumpli- del Agente Urbanizador, y realizada por el mismo una nueva miento del Acuerdo Plenario de 15 de noviembre de 2.007, que medición de la parcela, debe modificarse el Proyecto de Repar- nada tiene que ver con la reparcelación, y que además sí que fue celación asignando una superficie de 321,51 m2 al interesado. fielmente cumplido por parte de este Agente Urbanizador en el Por ello se propone la estimación de la alegación en este punto documento de planeamiento. concreto. - Las alegaciones quinta, sexta y séptima se tratan de En relación a la segunda cuestión, de acuerdo con la forma conjunta al venir referidas todas ellas al mismo hecho, documentación que obra en el expediente de Reparcelación, el el tratamiento de las edificaciones consolidadas en la presente camino es privado, pero pertenece a la finca registral número reparcelación, y en concreto la exclusión de sus propiedades 5.717, finca aportada nº 46, y al propietario de la indicada parcela del proceso reparcelatorio. En el presente caso se ha dado pleno se le han reconocido los derechos pertinentes derivados del cumplimiento a lo exigido por el artículo 28 de la vigente Ley mencionado camino privado. Por ello se propone la estimación Urbanística Valenciana, ya que las edificaciones consolidadas de la alegación en este punto concreto (reconocimiento de la pueden ser incluidas en Actuaciones Integradas, y se ha dado un titularidad privada del camino) pero sin que ello signifique la tratamiento especial a las mismas al no contribuir con los coste adscripción de dicha superficie al alegante. de urbanización de los servicios de los que ya disponían, extre- En relación a la tercera cuestión, conforme dispone el artícu- mo que queda perfectamente reflejado en los cuadros IV.A y IV.B lo 28.3 de la LUV, la parcela de resultado tendrá todos los servi- del Proyecto de Reparcelación. cios que la configura como solar y teniendo en cuenta el grado - Por último, se impugna las valoraciones efectuadas sobre de servicios urbanísticos de que dispone la parcela inicial, no los elementos a indemnizar en su propiedad, pero sin embargo se repercute por cuotas aquéllos costes de dichos servicios. Por no concreta su petición, siendo que la valoración que consta en ello, se propone desestimar la alegación en este punto. el proyecto está completamente detallada y justificada técnica y En definitiva se propone la estimación de la primera cues- jurídicamente, y se limita a señalar que en un futuro presentará tión de la alegación, en el sentido que se le reconozca al propie- informe pericial. De esta forma, sólo cabe desestimar dicha tario alegante un derecho urbanístico derivado de los 321,51 m2, alegación por carecer de fundamento alguno. debiendo de modificar su cuenta de liquidación provisional y sus - En el presente caso se deben desestimar todas y cada una derechos urbanísticos en base a dicho dato. Así mismo se reco- de las alegaciones efectuadas por los motivos recogidos en el noce el carácter privado del camino particular (segunda cuestión presente informe. de la alegación) si bien se adjudican los derechos urbanísticos En relación a la primera cuestión, no se entiende lo que la derivados del mismo a otro propietario. En relación a la tercera alegante denomina unidad predial, ya que se trata de dos fincas cuestión de la alegación se propone su desestimación. registrales diferentes. En una de dichas fincas registrales se 5.7.- Alegación presentada el 25 de septiembre de 2.008, implantó en su momento, una edificación que tiene el tratamien- registro de entrada nº 4.737. por D. Félix Espelleta Casinos en to de edificación consolidada según el artículo 236 del ROGTU, representación de D.ª Rafaela Bosch Codina. con un techo patrimonializado pero edificado dentro de un área Se alega: no urbanizada (suelo urbanizable), y por lo tanto sometido al 1. Que como titular de las fincas registrales 5.397 bis y 5.400 régimen de Actuación Integrada (Sector II de la Homologación). bis, incluidas dentro del ámbito reparcelable, que se correspon- Por ello, al objeto de aplicar lo dispuesto en los artículos 236 y den con las aportadas 37 y 38, forman una unidad predial, siendo 237 del ROGTU, es necesario adscribir la edificación existente de aplicación el régimen de edificaciones consolidadas. sobre una parcela neta de adjudicación, siempre que la indicada 2. Que habiendo presentado en su momento el correspon- edificación sea compatible con la ordenación urbanística apro- diente aval bancario para garantizar la retribución en metálico, bada, y en el presente caso lo es, por ello, en aplicación de lo conforme se establece en el artículo 167.3 de la L.U.V., debe ser la dispuesto en el Artículo 237 del ROGTU, se establece: administración quien debe garantizar la inejecución de las obras “1.- Se entenderá por Parcela Vinculada urbanísticamente a de urbanización. una edificación consolidada, la superficie de terreno que resul- 3. El expediente de programación conforme se establece en te de dividir la edificabilidad total construida de la edificación el artículo 29 de la LRAU, se encuentra ya caducado, procedien- consolidada por el índice de edificabilidad neta que el plan le do su declaración por parte del Ayuntamiento. asigne, que podrá ser diferente a la aplicable al resto del Sector. 4. Que en el Proyecto de Reparcelación expuesto se adjudica El concepto de índice de edificabilidad neta debe entenderse a la compareciente dos parcelas independientes situadas en la como el cociente de dividir la edificabilidad bruta total asignada manzana K y en la manzana E, por lo que se infringe lo previsto por el Plan al ámbito en que se ubique la Parcela Vinculada, por en los Artículos 170 de la L.U.V., dado que no se justifica, ni moti- la superficie lucrativa total resultante en ese ámbito. va la división formando ambas fincas una unidad predial. Se 2.- En todo caso, la superficie de Parcela Vinculada será igual invoca asimismo lo dispuesto en el Artículo 397, del ROGTU en o mayor al área ocupada por la edificación y comprenderá la relación a la agrupación de aprovechamiento. planta de ésta” .
    32. 32 B.O.P DE CASTELLÓN DE LA PLANA . Núm. 104.—27 de agosto de 2009 La aplicación de dicho criterio, unido al hecho de que las cuenta que se solicita la exclusión de la reparcelación, de las parcelas registrales son dos, hace la necesidad de adjudicar dos propiedades de la alegante por existir en una de ellas una parcelas, una la vinculada con la edificación y otra con autono- edificación consolidada, debemos considerar que el ámbito mía reparcelatoria distinta y con un contendido de derechos y reparcelatorio comprende la totalidad del Sector II, clasificado obligaciones también distintos. Por ello se propone la desesti- por el planeamiento vigente de Suelo Urbanizable. El área repar- mación de la alegación en este punto concreto. celable se define, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 396 En relación a la segunda cuestión, indicar que la garantía del ROGTU, en el Proyecto de Reparcelación intuyéndose en el depositada por el Urbanizador el 15 de diciembre de 2006, se mismo todos los suelos dotacionales que transforman en sola- realizó en base a lo dispuesto por el artículo 29.4 de la la LRAU, res las parcelas edificables resultantes. en relación al artículo 140 de la L.U.V., para garantizar el cumpli- De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 28 de la L.U.V., las miento de los compromisos derivados de la programación edificaciones consolidadas pueden integrarse dentro del siste- conforme a la legalidad vigente. Por ello se propone la desesti- ma de desarrollo definido como actuación integrada, siempre mación de la alegación en este punto concreto. que se les de el tratamiento específico y especial exigido por la En relación a la tercera cuestión, relativo a la caducidad de normativa aplicable. Para ello se excluye del pago del coste de la programación conforme dispone el artículo 29 de la LRAU, los servicios urbanísticos que en la actualidad dispone la edifica- hay que tener en cuenta que la actuación, de acuerdo con lo ción consolidada, debiendo satisfacer solo el importe correspon- dispuesto por la Disposición Transitoria Cuarta de la LUV, debe diente a los nuevos servicios que se implantan por carecer de tramitar el Proyecto de Reparcelación al amparo de dicha legis- ellos. Por todo ello se propone la desestimación de la alegación lación urbanística. Por ello los plazos previstos en la tramitación en este punto concreto. del Programa debe computarse en relación a la posibilidad de En relación a la octava cuestión, en cuanto a la falta de ejecución de los trámites correspondientes y en el caso que justificación de las indemnizaciones, no se aportar justificación o nos ocupa, la modificación que ha supuesto la aplicación de valoración alternativa, frente a la valoración detallada y justifica- una nueva legislación urbanística, hace que la tramitación del da contenida en el Proyecto de Reparcelación (Anexo IV) y que se Proyecto de Reparcelación se haya tenido que adecuar a las considera adecuada. Por todo ello se propone la desestimación normas de aplicación de la LUV y del ROGTU y por ello, la aludi- de la alegación en este punto concreto. da caducidad no se ha producido y más, cuando es la propia En definitiva se propone la desestimación de las ocho cues- alegante quien reconoce que la tramitación de la notificación tiones incluidas en la alegación. efectuada por el Urbanizador, correspondiente a los trámites del 5.8.- Alegación presentada el 26 de Septiembre de 2.008, Artículo 166 de la L.U.V., dio lugar al depósito del aval bancario registro de entrada nº 4.745, por D. Esteban Fabregat Fabregat y el 30 de Junio de 2.008. Además hay que tener en cuenta que en D.ª Mª Luz Fabregat Cuesta. sesión plenaria celebrada el 9 de agosto de 2006 se produce la Se alega: cesión de la condición de Agente Urbanizador a otra mercantil 1. La parcela de su propiedad no mide de ancho un total de solicitándose por parte del Ayuntamiento al nuevo Agente Urba- 15,19 m y si 14 m, por lo que debe de modificarse la medición nizador un Texto Refundido de Plan Parcial que subsane determi- que figura en la reparcelación. nadas deficiencias detectadas en la documentación aprobada el 2. Pago de las obras externas. 6 de octubre de 2006 (Dentro de estas deficiencias se encontraba 3. Debe tener en cuenta la edificación consolidada en rela- la afección directa a la edificación existente en una de las parce- ción a la imputación de costes de urbanización. las propiedad de la alegante). Por todo ello se propone la desesti- A dichas cuestiones el Agente urbanizador realiza las mación de la alegación en este punto concreto. siguientes consideraciones: En relación a la cuarta cuestión, como ya hemos dicho - En primer lugar, y tras efectuar nueva medición con la asis- antes, no se entiende lo que la alegante denomina unidad tencia del propietario, hemos comprobado que la superficie de predial, pues sus derechos urbanísticos provienen de dos la parcela del Sr. Fabregat es de 319,45 m2, por lo que se estima fincas registrales diferentes. En relación al incumplimiento parcialmente su alegación, en el sentido de corregir la superficie de lo dispuesto en el artículo 170 de la LUV, que establece los que aparece en el proyecto, pero recoger la real y no la registral principios inspiradores de la reparcelación, y concretamente los de 311 m2. supuestos de concentración cuando un propietario sea titular de - Al efectuar la medición tanto de esta parcela como la del varias fincas aportadas, reduciendo en lo posible las adjudica- Sr. Pedrero se ha procedido a verificar y rectificar las siguientes ciones en proindiviso, hay que decir, que la situación inicial de mediciones: la propiedad, no se corresponde con el supuesto regulado en Aportada 41 de Rosa Mª Borrás Santamaría: 320,79 m2. la citada norma, dado que la misma no contempla el supuesto Aportada 43 de Daniel Alain Castel: 325,15 m2. de existir una edificación consolidada sobre una parcela que - A continuación manifiestan su desconocimiento de la excede de la superficie de parcela vinculada, por lo que existe un contribución del Sector a parte de determinadas obras externas aprovechamiento urbanístico materializable pendiente, el cual como la Carrasa Mon Rosi. En este sentido debemos señalar debe intervenir en la reparcelación conforme a los criterios de la que dichas cargas fueron aprobadas junto con el programa, y lo justa distribución de cargas y beneficios. Además hay que tener único que recoge la reparcelación es su distribución. en cuenta que el Proyecto de Reparcelación, de acuerdo con lo - Por último, y en lo referente al pago de agua potable y elec- dispuesto en el artículo 169 de la LUV que establece que “Repar- tricidad, debemos señalar que estos propietarios no contribuyen celación es la actividad de ejecución del planeamiento que tiene con esos servicios puesto que, como ellos mismos indican, ya por objeto la nueva división de fincas ajustada al planeamiento disponen de los mismos, y de esta forma se ha recogido en el para adjudicarlas entre los afectados según su derecho” debe , proyecto distinguiendo las cargas con las que contribuyen los subordinarse al instrumento de planeamiento que le da cobertu- propietarios con edificaciones consolidadas y el resto. ra legal, no pudiendo modificar las determinaciones urbanísticas En relación a la primera cuestión, vista la argumentación del mismo (a excepción del aprovechamiento tipo y de los coefi- del Agente Urbanizador, y realizada por el mismo una nueva cientes correctores) por tratarse de un documento de Gestión. medición de la parcela, debe modificarse el Proyecto de Repar- La existencia de un vial que discurre por encima de una de las celación asignando una superficie aportada de 319,45 m2 al parcelas de la alegante hace imposible la adjudicación de los interesado. Como consecuencia de ello deberá revisarse la derechos urbanísticos en parcela única. Como criterio subsidia- superficie aportada de las parcelas colindantes iniciales nº 41 rio se utiliza el de proximidad, según lo dispuesto en el artículo y nº 43 (propiedad de Rosa Borras Santamaría y Daniel Alain 174 de la L.U.V. Valentin Castell), según las mediciones realizadas por el Agente Por ello, se debe concluir que la reparcelación ha sido redac- Urbanizador. Por ello se propone la estimación de la alegación tada de conformidad a los criterios establecidos por la legisla- en este punto concreto. ción urbanística, conjugando tanto: En relación a la segunda cuestión, la contribución econó- - El criterio de parcela vinculada, mica para la ejecución de las obras externas (condiciones de - El principio de la justa distribución de cargas y beneficios. conexión) de los sectores de la Homologación del litoral, fue - El criterio de proximidad. aprobada por la Generalidad Valenciana en sesión celebrada por - La ordenación urbanística aprobada de manera definitiva. la Comisión Territorial de Urbanismo el 22 de julio de 2002 (Bole- Por ello se propone la desestimación de la alegación en este tín Oficial de la Provincia de 28 de noviembre de 2002) como punto concreto. condición indispensable para el desarrollo de dichos sectores. En relación a la quinta cuestión, el Plan Parcial aprobado El Proyecto de Reparcelación como instrumento de gestión debe definitivamente el 6 de octubre de 2005 se modifico mediante subordinarse al planeamiento que le da cobertura, no pudiendo la aprobación de un Texto Refundido de Plan Parcial aprobado modificar las determinaciones urbanísticas del mismo (a excep- definitivamente de 15 de Noviembre de 2.007, en el que se subsa- ción del aprovechamiento tipo y de los coeficientes correctores). naron determinadas deficiencias del documento inicial. Una de Por ello, Al no ser objeto del Proyecto de Reparcelación el esta- las deficiencias detectadas fue la afección por el vial SRV-H de blecimiento o no de dichas condiciones de conexión se propone la edificación existente en la parcela aportada 38 (que si bien la desestimación de la alegación en este punto concreto. dicha construcción se edifico sin la correspondiente licencia de En relación a la tercera cuestión, para la imputación de las obra mayor y fue objeto de un expediente de infracción urba- cargas de urbanización sobre la parcela edificable en caso de nística, en la actualidad tiene incorporado al patrimonio de la existir una edificación consolidada coo algún servicio urbanísti- titular registral dicho aprovechamiento). Dado que dicho Texto co, debe aplicarse lo dispuesto en el artículo 28 de la L.U.V., tal Refundido se aprobó definitivamente de acuerdo con las deter- como se ha efectuado en la reparcelación. Para ello se excluye minaciones de la administración actuante y que el Proyecto de del pago del coste de los servicios urbanísticos que en la actuali- Reparcelación debe adaptarse al mismo se propone la desesti- dad dispone la edificación consolidada, debiendo satisfacer solo mación de la alegación en este punto concreto. el importe correspondiente a los nuevos servicios que se implan- En relación a las cuestiones sexta y séptima, referido al tan por carecer de ellos. Por todo ello se propone la desestima- tratamiento de las edificaciones consolidadas y teniendo en ción de la alegación en este punto concreto.
    33. Núm. 104.—27 de agosto de 2009 B.O.P DE CASTELLÓN DE LA PLANA . 33 En definitiva se propone la estimación de la primera cues- los costes finales de la actuación se fijaran en la cuenta de liqui- tión de la alegación, debiendo reconocerse al propietario una dación definitiva, debiendo reintegrarse a los propietarios de superficie aportada de 319,45 m2 en vez de los 349,71 m2 adju- suelo aquellas cantidades aportadas por las compañías suminis- dicados. Además deberá revisarse la superficie aportada de las tradoras de servicios públicos. Por ello, se propone desestimar la parcelas colindantes iniciales nº 41 y nº 43 (propiedad de Rosa alegación en este punto concreto. Borras Santamaría y Daniel Alain Valentin Castell) de manera que En relación a la segunda y tercera cuestión, el técnico la parcela aportada nº 41 de Rosa Mª Borrás Santamaría tenga municipal considera correctos los argumentos esgrimidos por el 320,79 m2 y la parcela aportada nº 43 de Daniel Alain Castel Agente Urbanizador, por lo que se propone desestimar la alega- tenga 325,15 m2, en vez de las inicialmente consideradas en el ción en estos puntos concretos. Proyecto de Reparcelación. En cuanto a la segunda y terceras de En definitiva se propone la desestimación de todas las cues- las cuestiones se propone la desestimación de las mismas. tiones de la alegación. 5.9.- Alegación presentada el 29 de Septiembre de 2.008, 5.12.-Alegación presentada el 29 de Septiembre de 2.008, registro de entrada nº 4.765 por D.ª Margarita Isabel Gil Prados. registro de entrada nº 4.788, por D. Francisco Fabregat Persiva. Se alega: Se alega: 1. La reclamación de la correspondiente indemnización de 1. Que el anuncio de exposición pública no especifica la un reguero de 90 metros de longitud, cuatro olivos y diez pinos. correspondencia del Sector II a Torrenostra A dichas cuestiones el Agente urbanizador realiza las 2. Que en su momento solicitó al Ayuntamiento (día 4 de siguientes consideraciones: septiembre de 2.008, registro de entrada nº 4.385), la copia íntegra - La alegación de la Sra. Gil consiste en reclamar la indem- del proyecto de reparcelación, sin que hasta la fecha se le haya nización de un reguero, cuatro olivos y diez pinos. Se ha podido entregado por parte del Ayuntamiento, alegando indefensión. comprobar in situ que los olivos se habían reconocido por error 3. Ampliación del plazo de exposición pública un mes más. como bienes a indemnizar de la finca de aportación 23, por lo A dichas cuestiones el Agente urbanizador realiza las que procede a la estimación de la alegación, rectificando el siguientes consideraciones: mencionado error. Respecto a los pinos, se ha comprobado que - El señor Fabregat no consta ni como propietario ni como existe un pequeño grupo de diez pinos de escaso tamaño, cuya afectado por la presente alegación, ni alega derecho o interés indemnización estimamos e incluimos. Por último, el reguero legítimo en la misma, por lo que no procede dar respuesta a sus es una acequia en malas condiciones, que se valora según ficha alegaciones o en todo caso desestimarlas por dicho motivo. adjunta. Tal y como argumenta el Agente Urbanizador, el alegante no - Por lo que procedemos a estimar las alegaciones, aportan- es propietario afectado, por lo tanto no tiene interés legítimo, ni do nueva valoración de las indemnizaciones correspondientes a puede alegar en su derecho el ejercicio de la acción pública por las fincas aportadas nº 22 y 23. cuanto el instrumento reparcelatorio no es un instrumento de Dado que el técnico municipal considera correctos los planeamiento y si de gestión. argumentos esgrimidos por el Agente Urbanizador y teniendo En relación a la primera cuestión, el texto del anuncio de en cuenta lo dispuesto en el artículo 173 de la LUV y en el artí- Exposición pública del Proyecto de Reparcelación, cumple lo culo 415 del ROGTU, se propone la estimación de la alegación dispuesto en la Ley 30/1992 de 26 de noviembre del Régimen por los motivos expuestos anteriormente reconociéndose la Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento indemnización solicitada, e incluyendo la misma en la cuenta de Administrativo Común, por lo que se propone desestimar la liquidación provisional de acuerdo con la valoración económica alegación en este punto concreto. propuesta por el Agente Urbanizador. En relación a las cuestiones segunda y tercera, todo el 5.10.- Alegación presentada el 29 de Septiembre de 2.008, Proyecto de Reparcelación ha sido expuesto al público, de registro de entrada nº 4.778, por D. Vicente Tena López. conformidad con lo dispuesto en el Artículo 177 de la LUV, estan- A través de un escrito se solicita copia de la justificación de do en periodo de información pública desde la fecha en que se los coeficientes de ponderación. publicó el anuncio en el DOGV, lo cual ocurrió el día 9 de Agosto En fecha 1 de Octubre de 2.008, registro de entrada nº 4.817, de 2.008, periodo durante el cual cualquier persona ha podido el interesado presentó alegación en relación a la justificación de consultar el mismo en las oficinas municipales. Además el dere- los coeficientes de ponderación, de lo cual se deduce que en su cho de información pública contemplado en el Artículo 561 del momento le fue entregado el citado documento solicitado. Dado ROGTU, no comprende una información documental generali- que no se trata de una alegación ni se estima ni se desestima la zada, así, el apartado 3 del citado precepto dispone:”La solicitud misma. de informe escrito debe contener los datos identificativos de la 5.11.- Alegación presentada el 29 de Septiembre de 2.008, persona que formula la consulta, y debe precisar de forma deta- registro de entrada nº 4 783, por D. Daniel Castel y D.ª Autrey llada la información que se solicita, y el objeto de la consulta, Anne-Marie. que deberá sintetizarse en preguntas concretas y específicas. Se alega: No se admitirán las consultas genéricas……. . Es por ello que ” 1. Que los costes de urbanización se han incrementado se propone desestimar la alegación en estos puntos concretos. en relación con las notificaciones recibidas por el alegante, de En definitiva se propone la desestimación de todas las cues- conformidad con lo dispuesto en el Artículo 166 de la L.U.V. tiones de la alegación. 2. Información de las parcelas colindantes. 5.13.- Alegación presentada el 30 de Septiembre de 2.008, 3. Se cuestiona el sistema de garantías. registro de entrada nº 4.794, por D. Francisco Jiménez Plaza y D.ª A dichas cuestiones el Agente urbanizador realiza las Elena Rodríguez Santos. siguientes consideraciones: Se alega: - En primer lugar, y respecto al precio de las cargas, comen- 1. La disconformidad en cuento a la superficie reconocida ta la información contenida en la notificación preliminar exigida en el Proyecto de Reparcelación, ya que según los datos catas- por el artículo 166 de la LUV, en la que se recogen los costes trales la parcela mide una superficie de 1.364 m2 o 1.358 m2 y preliminares, antes de la retasación y sin tener en cuenta las de acuerdo con la reparcelación sólo se reconocen un total de indemnizaciones definitivas, por eso no le coincide al cien por 1.206,64 m2. cien con lo recogido en el proyecto. Por este motivo, debe deses- 2. Pone de manifiesto que el camino de servidumbre de timarse la alegación, ya que las cargas recogidas en el proyecto paso que existe en el linde derecho de la finca es propiedad de son correctas y actualizadas. los alegantes, extremo que no se reconoce en el Proyecto de - Respecto a la solicitud de información sobre las caracterís- Reparcelación. ticas de las parcelas colindantes, debemos remitirle a la consulta 3. Manifiestan que se respete el derecho de superposición del Plan Parcial aprobado. entre la parcela inicial y la de resultado. - Por último, y respecto a la garantía del dinero que costean A dichas cuestiones el Agente urbanizador realiza las los propietarios, debemos aclarar que las cuotas que satisfa- siguientes consideraciones: cen los propietarios son siempre sobre gastos ya generados y - La primera alegación efectuada consiste en manifestar su costeados por el agente urbanizador, nunca se hacen pagos anti- desacuerdo con la superficie reconocida en su finca de aporta- cipados. Además, las garantías del agente urbanizador ya fueron ción, ya que en el catastro y padrón de rústica de 2.004 aparece debidamente depositadas ante el Ayuntamiento, que es quién una superficie distinta. Se debe desestimar dicha alegación, vela en todo momento por los intereses de los propietarios. puesto que prevalecen las mediciones reales sobre las conteni- En relación a la primera cuestión, los costes de urbaniza- das en registros públicos que contradigan la realidad, tal y como ción fueron aprobados por el Ayuntamiento en sucesivos actos establece el artículo 379.3 del Real Decreto 67/2006, de 19 de administrativos (sesión plenaria celebrada el 12 de diciembre de mayo, por el que se establece el Reglamento de Ordenación y 2003, adjudicación provisional del PAI, sesión plenaria celebrada Gestión Territorial y Urbanística Valenciana. el 6 de octubre de 2005, adjudicación definitiva del PAI, sesión - Respecto al camino destinado a servidumbre de paso, plenaria de 9 de agosto de 2006, cesión de la condición de Agen- debemos desestimar su alegación de propiedad, ya que la finca te Urbanizador, sesión plenaria celebrada el 15 de noviembre sirviente dueña del camino es la finca matriz de la que proviene de 2007, aprobación del Texto Refundido del Plan Parcial). Poste- la finca de los alegantes. Debiendo señalar que la finca propie- riormente, y como consecuencia de las condiciones impuestas dad de estos señores no es la finca registral número 5.783, por el Ayuntamiento en la aprobación definitiva, se tramito y como dicen en su escrito, sino la 8.366, tal y como consta en la aprobó (el 28 de abril de 2008 en sesión plenaria) una retasación nota simple y certificado de dominio y cargas. La finca 5.783 es de cargas que supone un incremento del 13,70% pasando de propiedad de Grupo Diez, SL, y es la finca matriz a la que perte- 5.286.892,80 euros (IVA no incluido) a 6.973.149,55 euros (IVA nece el camino. incluido). Teniendo en cuenta que la obra de urbanización debe - Por último, no acabamos de entender la última petición ejecutarse, conforme dispone la Disposición transitoria tercera efectuada, ya que se solicita se le adjudique la finca de resultado del ROGTU, al amparo de la Ley 6/94 de 15 de diciembre Regu- en la misma ubicación que la de aportación, cuando es así como ladora de la Actividad Urbanística de la Generalidad Valenciana, se ha recogido en el proyecto.
    34. 34 B.O.P DE CASTELLÓN DE LA PLANA . Núm. 104.—27 de agosto de 2009 En relación a las cuestiones primera y segunda, los alegan- En la finca que aparece en dicha tabla como aportada 12, se tes aportan como justificante de la medición de la parcela, la le han restado los metros que según su escritura fueron asigna- ficha del catastro y el padrón de rústica (se da la circunstancia dos a la mercantil Grupo Diez, SL en la extinción del condominio. que dichas medidas no coinciden entre si) dando pie a mostrar Ya que dicha finca se corresponde con la catastral sita en la su disconformidad con la superficie reconocida en el documento manzana 40394 parcela 12, la cual está repartida entre la registral reparcelatorio. No aportan documento justificativo de la propie- nº 4901 de Barada y la registral nº 4286 de Grupo Diez, que sin dad del camino servidumbre. embargo en dicha tabla, antes de tener la información registral Conforme dispone el artículo 164.5 de la LUV, se efectúa a se habían reconocido su totalidad erróneamente a Barada. las 09,30 horas del día 3 de abril de 2009, acta de delimitación - Por todo lo expuesto, resulta evidente que la mercantil de la parcela 28 del polígono 5 (finca aportada nº 28 del Proyecto alegante, sin aportar justificación alguna y tratando de utilizar de Reparcelación), al objeto de determinar en dicho acto la titu- con mala fe un documento que no tenía la finalidad que ahora laridad del camino de servidumbre y como consecuencia de ello ellos pretenden, reclama de forma insostenible el reconocimien- la superficie computable de la parcela a efectos de aprovecha- to de unos derechos de aportación que no tienen, por lo que sólo miento urbanístico. Dicha Acta de Delimitación, que consta en el cabe la desestimación de su petición. expediente, concluye: - Por último, y respecto a la segunda alegación, referente al ”La discusión y discrepancia queda concretada en la titula- desacuerdo con las fincas adjudicadas, debemos señalar: ridad de la parte del camino que transcurre paralelo al limite sur 1.- Que al corregirse la aportación, por lo motivos expuestos de la parcela” anteriormente, es lógico que se reduzca la adjudicación. Dado que el único linde no aceptado por el propietario es 2.- Que las zonas en que se han producido las adjudicacio- el camino servidumbre (linde sur), y teniendo en cuenta, como nes a Barada son, dentro de las posibilidades que ofrecían sus argumenta el Agente Urbanizador, que la finca sirviente dueña aportaciones, las elegidas por ellos (su documento nº 4). del camino es la finca matriz de la que proviene la finca de los 3.- Que las adjudicaciones efectuadas a Barada cumplen alegantes. Además finca propiedad de los alegantes no es la con todos los criterios exigidos en la legislación para efectuar la finca registral número 5.783, como dicen en su escrito, sino la adjudicación, ya que no sólo se ha utilizado el criterio de super- 8.366, tal y como consta en la nota simple y certificado de domi- posición sino también el de concentración, etc; ya que si sólo se nio y cargas. La finca 5.783 es propiedad de Grupo Diez, SL, y hubiera utilizado el primero como pretenden en su alegación se es la finca matriz a la que pertenece el camino. Por todo ello, se le hubieran adjudicado unas cinco parcelas resultantes de menor propone desestimar la alegación en este punto concreto. dimensión y dispersas por varias manzanas. En relación a la tercera cuestión sobre el incumplimiento del 4.- La reparcelación debe cumplir con los derechos de adju- principio de superposición, tal y como se puede ver en el plano dicación de todos los propietarios de manera equitativa, y en el nº 09 del Proyecto de Reparcelación “Superposición aportación presente caso se han cumplido. y adjudicación” la finca adjudicada a los alegantes, parcela 19, , - Asimismo debemos señalar que los coeficientes de ponde- se conforma íntegramente con terrenos procedentes de la finca ración que aparecían en los documentos facilitados a Barada en aportada 28, verificándose por lo tanto el citado principio. Por abril de 2007, eran lo previstos en ese momento, pero mediante todo ello, se propone desestimar la alegación en este punto resolución dictada por el Ayuntamiento en noviembre de 2007 concreto. se determinan los parámetros definitivos, que son los utilizados En definitiva, se propone la desestimación de todas las en la presente reparcelación. Igualmente insistimos en el hecho cuestiones de la alegación. de que no es cierto que Barada aceptara dichos coeficientes de 5.14.-Alegación presentada el 30 de septiembre de 2.008, manera tácita ni explícita, y es en este momento en el que tiene registro de entrada nº 4.795, por D. Javier Estradera Fernández que efectuar las alegaciones pertinentes. en representación de la sociedad mercantil Barada, S.L. - Tampoco es de recibo que se viertan insinuaciones sobre Se alega: las adjudicaciones efectuadas al agente urbanizador, ya que han 1. La disconformidad entre la superficie reconocida en el sido las opciones de retribución las que han definido finalmente Proyecto de Reparcelación 27.382,47 m2 y la superficie que las adjudicaciones, y no el hecho de que a Barada se le reduzca según la sociedad mercantil alegante tiene en propiedad y que su adjudicación al concretarse su verdadera aportación. asciende a 28.164,67 m2, manifestando que en los contactos - Por todo lo expuesto, debe desestimarse también esta previos con el agente Urbanizador, el mismo reconoció la segunda alegación. misma. En relación a la primera cuestión, con fecha 18 de marzo de 2. Su disconformidad con los derechos adjudicados, dado 2009, registro de entrada nº 1340, D. Félix Butragueño Frutos que inicialmente por parte de la sociedad mercantil urbanizadora presenta el escrito que a continuación se reproduce, en el que se efectúo una propuesta de adjudicación de 9.663,45 m2 de se desiste en relación a la disconformidad entre la superficie aprovechamiento subjetivo, en las manzanas denominadas “D” reconocida en el Proyecto de Reparcelación 27.382,47 m2 y la y “F” cuyo uso atribuido era respectivamente, el de Residencial , superficie que según la sociedad mercantil alegante tiene en Unifamiliar (RuBA) y Residencial Multifamiliar (RmBE), desglo- propiedad y que asciende a 28.164,67 m2, manifestando que sándose la misma en 2.763,71 m2 de edificabilidad homoge- en los contactos previos con el agente Urbanizador, el mismo neizada en Unifamilar y 6.267,77 m2 en Multifamiliar, habiendo reconoció la misma. Al desistir dicha cuestión, no se considera aceptado la mercantil alegante el coeficiente de ponderación la misma en el presente informe, permaneciendo la superficie de 1,11 para unifamiliar y de 1,05 para multifamiliar. En la repar- asignada a la mercantil alegante, tal y como ha sido considerada celación expuesta al público, además de haber disminuido los por el Agente Urbanizador. derechos iniciales, se modifica la distribución de los mismos En relación a la segunda cuestión, hay tener en cuenta que en función de la edificabilidad asignada a cada tipología. Así en de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 172 de la L.U.V., el relación a la tipología RmBE se pasa a 4.025,87 m2t de edificabi- derecho de adjudicación de la mercantil alegante es proporcio- lidad en vez de los 6.267,77 m2t iniciales, y en relación a la tipolo- nal al aprovechamiento subjetivo que corresponde a la super- gía RuBA se pasa la edificabilidad de 2.763,71 m2 a 3.879,12 m2. ficie de sus fincas incluidas dentro del área reparcelable. La A dichas cuestiones el Agente urbanizador realiza las definición de dicha superficie de acuerdo con lo dispuesto en siguientes consideraciones: el párrafo anterior, asigna automáticamente la edificabilidad en - La alegación primera se centra en el desacuerdo con la unidades de aprovechamiento que corresponde a cada propie- superficie aportada que se le reconoce en el proyecto de repar- tario. Dado que los rendimientos económicos de las diferentes celación, basada únicamente en la diferencia existente entre tipologías y usos previstos en el planeamiento de desarrollo, se la documentación obrante en abril de 2007 y la que finalmente articula, la inclusión de los coeficientes de ponderación, con la recoge la presente reparcelación, sin que en ningún caso se finalidad de homogeneizar dichos rendimientos económicos por aporte justificación alguna. En este punto debemos efectuar una unidad edificatoria construida. aclaración preliminar respecto a la documentación aportada De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 119 y 407 del como justificación a sus alegaciones. Es cierto que el Agente ROGTU y en el artículo 174 de la LUV, dichos coeficientes se fija- urbanizador inició el contacto con todos y cada uno de los rán en el Proyecto de Reparcelación, que puede ratificar o modi- propietarios con el fin de poder llegar a efectuar una reparcela- ficar los fijados en el planeamiento. Los coeficientes correctores ción voluntaria, todo ello antes de que se nos facilitara por parte fueron modificados por el Ayuntamiento a través del acuerdo de los propietarios la información registral. Como consecuencia adoptado por el plenario de 15 Noviembre de 2.007 mediante el de dichos contactos se fue recogiendo las preferencias que los cual se aprueba el Texto Refundido del Plan Parcial del Sector II propietarios nos iban indicando, para de esta forma poder reali- y han sido recalculados a través del Proyecto de Reparcelación. zar una reparcelación lo más acorde y consensuada posible, y Del estudio de la reparcelación se deduce que de acuerdo siempre dentro de la legalidad vigente. con lo dispuesto en el artículo 174 del ROGTU, a la sociedad - En el caso de la mercantil Barada, no es cierto que este mercantil alegante se le ha aplicado el criterio de concentración agente urbanizador haya incumplido compromiso alguno, ya de los derechos urbanísticos y el de proximidad. Por todo ello, se que ni se suscribió la reparcelación voluntaria finalmente ni propone desestimar la alegación en este punto concreto. efectuó convenio o acuerdo alguno con la misma. Pero lo más En definitiva se propone la desestimación de todas las cues- sorprendente es que, tras comprobar la ficha que aportan como tiones de la alegación su documento nº 2, en la que ellos basan su disconformidad, 5.15.- Alegación presentada el 1 de Octubre de 2.008, regis- comprobamos que se han respetado todas y cada una de las tro de entrada nº 4.813, por D. Gustavo Abraham Bru Gil, en mediciones que allí se recogen, excepto en dos ocasiones nombre de la sociedad mercantil Inbrugil, S.L. perfectamente justificadas: Se alega: En la finca que aparece en dicha tabla como aportada nº 1. La finca registral número 8.965 propiedad del alegante, 4, se le han restado los 12,46 m2 que se hayan incluidos en el tiene parte de su superficie incluida en el área reparcelable del Sector I, por lo que en la reparcelación se le reconocen 1.127,54 Sector II, finca aportada nº 51. Según el proyecto de reparcela- m2 en lugar de los 1.140 m2 que aparece en la ficha. ción dicha superficie es de 685,16 m2, cuando en realidad mide
    35. Núm. 104.—27 de agosto de 2009 B.O.P DE CASTELLÓN DE LA PLANA . 35 884 m2, habiendo sido adquirida la finca por subasta del Ayun- efectuado por técnico competente, desprendiéndose del mismo tamiento de Torreblanca, según acuerdo plenario de 1 de Diciem- que se ha efectuado una comparación de la superficie que figura bre de 2.004. La superficie de dicha finca adscrita al Sector II, en el catastro antiguo y el nuevo, junto con otros documentos. es de 884 m2, de acuerdo con los informes efectuados por el A dichas cuestiones el Agente urbanizador realiza las Ayuntamiento. En consecuencia se deberá ajustar el aprovecha- siguientes consideraciones: miento urbanístico adjudicado a la medición real de la finca y - La única alegación presentada consiste en el desacuerdo que asciende a la superficie de 884 m2. con la superficie de su finca de aportación. 2. Asimismo pone de manifiesto que el topográfico presen- - Al respecto alega que la superficie que se le reconoce en la tado no se encuentra actualizado y no coincide con las fincas reparcelación no coincide con la catastral, esto es así puesto que aportadas. prevalecen las mediciones reales sobre las contenidas en regis- 3. Se solicita delimitación de la parcela. tros públicos que contradigan la realidad, tal y como establece A dichas cuestiones el Agente urbanizador realiza las el artículo 379.3 del Real Decreto 67/2006, de 19 de mayo, por el siguientes consideraciones: que se establece el Reglamento de Ordenación y Gestión Territo- - Respecto a la alegación primera, debemos estimarla, ya rial y Urbanística Valenciana. que con la documentación facilitada por este ayuntamiento se ha - Sin embargo, olvida el alegante que según los títulos regis- verificado que los metros adquiridos por la mercantil al Ayunta- trales que el mismo aporta, dicha finca mide 4.658,98 m2, y no miento eran 884 m2 afectos al presente sector. los 5.260 m2 que reclama. - Sin embargo, la segunda alegación debe desestimarse, ya - Se presenta levantamiento topográfico de parte, sin deslin- que el levantamiento topográfico coincide con las fincas apor- de de colindantes, en el que las referencias o mojones que se tadas, y porque, en todo caso, tal y como prevé la legislación han tomado como referencia no se encuentran ubicados en la vigente, en caso de no exponerse al público puede solicitarse el finca objeto de medición, en el que no aparece ninguna refe- pertinente deslinde. rencia ni coordenada topográfica sino una superposición con - La tercera alegación se presenta de forma subsidiaria si se diferentes planos catastrales, con el que se pretende justificar desestimaba la primera, por lo que no procede. que los metros que tenía dicha finca en el catastro de 1.985 son En relación a la primera cuestión, consultado el expedien- los que hay que reconocerle. te municipal de enajenación de la parcela nº 8.965 (Registro - En el presente caso, proponemos la desestimación de la de la Propiedad de Oropesa del Mar, Tomo 1.288, libro 112 de alegación puesto que la medición no cuestiona lo contenido en Torreblanca, folio 41) se certifica que la superficie de dicha finca el presente proyecto, y dejamos a resolución de este Ayunta- registral nº 8.965 incluida en el área reparcelable del Sector II, miento el que se convoque a los colindantes para efectuar un asciende a 884 m2, según medición de la superficie realizada por deslinde, es decir, a D. José Luis Rodríguez Martín, Grupo Diez, el Ayuntamiento. Por todo ello, se propone estimar la alegación SL y D. Florentino Aliaguilla. en este punto concreto. En relación a la cuestión planteada en la alegación, confor- En relación a la segunda cuestión, consultado el Proyecto de me dispone el artículo 164.5 de la LUV, se efectúa a las 10,30 Reparfelación se recoge en el Plano 02, el levantamiento topo- horas del día 3 de abril de 2009, Acta de Delimitación de las gráfico coincidente con la realidad física. Por ello, se propone parcelas 8 y 14 del polígono 5 (finca aportada nº 15 del Proyec- desestimar la alegación en este punto concreto. to de Reparcelación), al objeto de determinar en dicho acto la En relación a la tercera cuestión y dado que se acepta la superficie real de la finca. Dicha Acta de Delimitación, que consta primera cuestión (superficie afectada por el ámbito de reparce- en el expediente, concluye: lación de 884 m2) no ha lugar a la misma. Por ello, se propone ”El linde con la finca de Rosa García Alajarin ha quedado desestimar la alegación en este punto concreto. determinado y señalizado. En definitiva, se propone la estimación de la primera cues- Por parte de D. Emilio Molner Fabregat se reconoce la colin- tión de la alegación (se reconoce a la mercantil alegante los dere- dancia con D. Florentino Aliaguilla Chavarria pero no es posible chos de adjudicación derivados de 884 m2 de suelo aportado) y delimitar físicamente los lindes de ambas fincas. se desestiman las otras dos cuestiones. El linde con la finca del Grupo Diez Gestión no ha podido ser 5.16.-Alegación presentada el 1 de Octubre de 2.008, regis- determinado ni señalizado” tro de entrada nº 4.817, por D. Vicente Tena López y Ursula Reiff. De acuerdo con los límites establecidos en el Acta de deli- Se alega: mitación y la documentación aportada por el alegante se deberá 1. Que no existe justificación en el Proyecto de Reparce- reconocer una superficie de la parcela aportada de 5.040 m2, en lación sobre el cálculo de los coeficientes de ponderación en vez de los 4.658,98 m2 que le asigna el Proyecto de Reparcela- los distintos usos y tipologías, entendiendo que existe un error ción y de los 5.260 m2 solicitados por el alegante. en cuanto la aplicación del coeficiente 1,05 establecido por el En definitiva, se propone la desestimación de la alegación planeamiento, para la zona RuBA. El coeficiente que se ha utili- en el sentido de reconocer los 5.260 m2 solicitados, pero deberá zado es el de 1,1195, el cual resulta de la siguiente operación; modificarse el Proyecto de Reparcelación asignado al alegante 237,29/211,95 = 1,1195, sin incluirse en el Proyecto de Reparcela- una superficie aportada de 5.040 m2. ción justificación de tal hecho. 5.18.- Alegación presentada el 24 de abril de 2.009, registro 2. Correcta aplicación del coeficiente corrector en sus dere- de entrada nº 1.842, por D. Eloy Badenes Gómez, en representa- chos urbanísticos. ción de Augimar Empresa Urbanizadora S.A. A dichas cuestiones el Agente urbanizador realiza las La alegación es extemporánea al presentarse fuera del siguientes consideraciones: plazo previsto para ello. No obstante y dado que lo solicitado no - Alega la inexistencia en la memoria del Proyecto de expli- perjudica a terceros y elimina futuros trámites burocráticos se cación sobre los coeficientes empleados. Esta alegación debe procede a su consideración. ser desestimada, ya que dicha explicación se encuentra en el Se alega: Anexo V del proyecto, denominado INFORME SOBRE CALCULO 1. La venta de varias fincas de aportación, a fin de que se VALOR DEL SUELO Y JUSTIFICACION COEFICIENTES CORREC- tenga en cuenta en el procedimiento reparcelatorio en curso, la TORES, al cual nos remitimos. nueva titularidad. - La segunda alegación debe ser desestimada por los No se ha remitido dicha alegación al Agente Urbanizador mismos motivos. por razones obvias En relación a las dos cuestiones planteadas por los alegan- De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 172.3 de la LUV: tes, hay que tener en cuenta que: “Los propietarios y titulares de derechos afectados están - De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 174 de la LUV obligados a exhibir los títulos que posean y declarar las situa- y en los artículos 119 y 407 del ROGTU, cuando se prevean ciones jurídicas que conozcan y afecten a sus fincas. La omisión, rendimientos económicos diferentes, dentro de una misma área error o falsedad en estas declaraciones no podrá afectar al reparcelable, para usos y tipologías diferentes, los aprovecha- resultado objetivo de la reparcelación. Si se apreciase dolo o mientos subjetivos adjudicados a cada propietario se corregirá negligencia grave, podrá exigirse la responsabilidad civil o penal mediante los coeficientes de ponderación u homogeneización, que corresponda. ” que tienen por finalidad unificar dichos rendimientos económi- La nueva titularidad afecta a las parcelas aportadas nº 5, 11, cos por unidad de superficie construida. 33, 34 y 35 del Proyecto de Reparcelación. - Dichos coeficientes se encuentran perfectamente justifi- En definitiva, se propone la estimación de la alegación en el cados en el Anexo V “Informe sobre cálculo del valor del suelo sentido de modificar la titularidad de las parcelas incluidas en el y justificación de los coeficientes correctores” incluido en el contrato público de compraventa suscrito el 10 de diciembre de Proyecto de Reparcelación. 2008, ante el notario D. Ernesto Tarragón Albella (Nº de protocolo - Los coeficientes correctores se definen en el Proyecto de 2.702), entre las mercantiles Augimar Empresa Urbanizadora Reparcelación mediante la ratificación de los previstos en el S.A. y CISA Cartera de Inmuebles S.A. instrumento de planeamiento que los determine, o bien median- 5.19.- Alegación presentada el 16 de abril de 2.009, registro te su recalculo justificado. de entrada nº 1.695, por D. Bartolomé Chaler Zaragoza, en repre- Por ello, se propone la desestimación de las dos cuestiones sentación propia y de los hermanos Persiva Gomez y Francisco incluidas en la alegación. Daniel Chaler Belsa. 5.17.- Alegación presentada el 1 de octubre de 2.008, registro La alegación es extemporánea al presentarse fuera del plazo de entrada nº 4.818, por D. Emilio Molner Fabregat, en represen- previsto para ello. No obstante, dado que afecta a derechos patri- tación de Molcamp, S.L. moniales de los alegantes y pone de manifiesto la existencia de Se alega: una finca registral, no catastrada, del Proyecto de Reparcelación 1. Que la superficie de su propiedad afectada por la repar- que no se ha tenido en cuenta, se procede a su consideración. celación, no es correcta, ya que la finca de su propiedad en Se alega: realidad mide 5.260 m2, en vez de los 4.658,98 m2 que le asigna 1. Que son propietarios de una parcela ubicada en el ámbito el Proyecto de Reparcelación. Aporta un estudio topográfico de sector II de Torreblanca y han tenido conocimiento de la trami-
    36. 36 B.O.P DE CASTELLÓN DE LA PLANA . Núm. 104.—27 de agosto de 2009 tación del Proyecto de Reparcelación del Sector II sin haber teni- 4/2006 quedando finalmente en 213,09 m2, otorgada por acuer- do ninguna notificación al respecto, a pesar de ser interesados y do de la Junta de Gobierno local de 23 de enero de 2.006, en la parte afectada en ello. que se anular la licencia de segregación 20/2.004. 2. Se solicita su inclusión en el instrumento reparcelatorio Teniendo en cuenta la documentación presentada por los como propietarios de parcela a todos los efectos. alegantes, la que obra en el expediente y la que obra en los Se ha remitido dicha alegación al Agente Urbanizador con archivos municipales, se propone la estimación de la alegación fecha 24 de abril de 2009, registro de salida nº 1.351, sin que presentada reconociéndose a los alegantes una superficie apor- hasta la fecha se haya recibido contestación alguna. tada al proceso reparcelatorio del Sector II de 739,09 m2 (restos De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 166 de la LUV: de las parcela 84 y 85 del polígono 5 de catastro antiguo). “1.Con carácter previo a la reparcelación de los terrenos, 6.- Cumplimiento de la Legislación de aplicación. el Urbanizador comunicará fehaciente e individualmente a los Como ya hemos dicho anteriormente a continuación, se propietarios la aprobación del Programa incorporando a dicha procede a informar el Proyecto de Reparcelación en relación al comunicación los siguientes contenidos:…….. cumplimiento de las disposiciones legales contenidas en la LUV, e) Recordatorio a los propietarios del deber legal de mani- en el ROGTU, en la legislación básica de aplicación (Reglamento festar las situaciones jurídicas que afectan a las fincas de su de Gestión Urbanística 1978 y Texto Refundido de la Ley de Suelo propiedad, así como de facilitar la documentación necesaria aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2008 de 20 de junio), en para identificarlas, calificarlas y, en su caso valorarlas. el Real Decreto 1093/1997 del Ministerio de Justicia de 4 de julio, 2. La comunicación informará, cuanto menos a los propieta- por el que se aprueban las Normas complementarias al Regla- rios de edificaciones consolidadas, de lo dispuesto en el capítulo mento para la ejecución de la Ley Hipotecaria sobre inscripción III del Título I de esta Ley. en el Registro de la Propiedad de Actos de Naturaleza Urbanísti- 3. Esta comunicación y las ulteriores deberán ser practica- ca) y en los diferentes acuerdos de aprobación emitidos durante das con idénticas garantías de constancia y recepción que las la tramitación del expediente urbanístico. establecidas para las notificaciones en la Legislación estatal 6.1.- Documentación del Proyecto de Reparcelación. sobre Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y El Proyecto de Reparcelación presentado por la mercantil Procedimiento Administrativo Común. “Augimar Empresa Urbanizadora S.A. consta de los siguientes ” 4. Sin perjuicio de la comunicación a que se refieren los documentos: apartados anteriores, la Administración actuante notificará a los CAPÍTULO 1.- INTRODUCCIÓN Y ASPECTOS GENERALES. interesados el acuerdo de aprobación del Programa. La notifica- 1.1.- Circunstancias o acuerdos que motivan la reparcelación ción informará a los propietarios del derecho que les asiste de y peculiaridades que concurren en la presente. recurrir en ulterior vía contenciosa tanto el Programa como los a) Antecedentes. actos que se produzcan en aplicación del mismo en base a que el b) Bases legales y justificación de la actuación. mismo no sea conforme a Derecho. ” c) Los bienes de titularidad pública. Consta en el expediente administrativo de la Reparcelación Adjudicación de aprovechamiento por titularidades públicas. la notificación a los titulares catastrales del ámbito reparcelable Obtención gratuita de suelos dotaciones. del Sector II, así como el certificado de dominio y cargas de las Cesión del Excedente de Aprovechamiento Urbanístico a la fincas registrales de dicho ámbito, emitido por el Registrador de Administración Actuante. la Propiedad de Oropesa. D. Jose Luís Vives García. Si bien en 1.2.- Descripción de la Unidad Reparcelable. dichos documentos no aparece la propiedad de los alegantes, la 1.3.- Criterios utilizados para definir y cuantificar los dere- documentación aportada por los mismos certifica su existencia. chos de los afectados. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 177.1 de la LUV: 1.4.- Cargas urbanísticas. Valor del suelo. Coeficiente de El procedimiento de aprobación de la reparcelación forzosa, canje. Retribución Agente Urbanizador. habrá de ajustarse a las siguientes reglas: 1.5.- Criterios de adjudicación. a) Exposición al público del Proyecto de Reparcelación 1.6.- Criterios de valoración de los edificios y demás elemen- Forzosa por plazo mínimo de un mes, con la salvedad del deber tos que deban destruirse; cargas y gastos que correspondan a de comunicación a los interesados expresada en el artículo 166.1. los adjudicatarios. b) Acreditación previa o simultanea al inicio del período de a) Criterios de valoración. información de la titularidad y situación de las fincas iniciales b) Actividades, construcciones e infraestructuras del ámbito mediante certificación del Registro de la Propiedad de dominio de gestión. y cargas. c) Indemnizaciones a propietarios de fincas resultantes c) Audiencia por quince días, sin necesidad de nueva infor- donde se han ubicado Centros de transformación. mación pública, de los titulares registrales no tenidos en cuenta d) Arrendamientos, servidumbres y demás cargas. en la elaboración del proyecto de reparcelación y aquellos que CAPÍTULO 2.- FINCAS APORTADAS. resulten afectados por modificaciones acordadas tras el período 2.1.- Relación de las fincas incluidas en la unidad reparcelable. de información pública. ” 2.2.- Fichas fincas aportadas. La alegación presentada es prueba del conocimiento que los CAPITULO 3. PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN DE LAS alegantes tienen del procedimiento reparcelatorio, por lo que se FINCAS RESULTANTES, EXPRESIÓN DEL APROVECHAMIENTO considera realizada la audiencia a los nuevos titulares registrales URBANÍSTICO Y DESIGNACIÓN NOMINAL DE LOS ADJUDICA- no tenidos en cuenta en la elaboración del Proyecto de Reparce- TARIOS. lación, dando cumplimiento a lo dispuesto anteriormente. 3.1. Relación de derechos adjudicados. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4 de la Real 3.2. Fichas individualizadas de los derechos adjudicados- Decreto 1093/1997 de 4 de Julio por el que se aprueban las fincas resultantes. normas complementarias al Reglamento para la ejecución de la CAPÍTULO 4.- CUENTA DE LIQUIDACIÓN PROVISIONAL. Ley Hipotecaria sobre inscripción en el Registro de la Propiedad 4.1.- Concepto de cuenta de liquidación provisional. de actos de naturaleza urbanística: 4.2 Compensación en metálico por diferencia de adjudicación “Quedarán sujetos al procedimiento de equidistribución 4.3 Tabla cuenta de liquidación provisional que resulte aplicable las fincas, partes de fincas o derechos CAPÍTULO 5.- PROYECTO DE CUOTAS. de aprovechamiento urbanístico, comprendidos dentro de los 5.1.- Memoria. límites de la unidad de ejecución, y las fincas, partes de fincas 5.2.- Cuenta detallada. o derechos de aprovechamiento urbanístico adscritos, cuyos ANEXOS titulares tengan derecho a participar en el aprovechamiento reco- I.- RESOLUCIONES ADMINISTRACIONES. nocido a dicha unidad, aunque tales fincas o aprovechamientos II.- CUADROS: constituyan o se refieran a terrenos situados fuera de los límites Cuadro I.A: Parámetros de planeamiento y gestión de la misma. ” Cuadro I.B: Zonas de Ordenación Urbanística La alegación presentada se acompaña de nota simple regis- Cuadro I.C: Distribución de la edificabilidad en el Sector II tral de las propiedades afectadas por la reparcelación. Cuadro II.A: Relación de fincas aportadas al Área de Reparto En relación a la cuestión alegada, consultados los archivos y valoración de sus derechos municipales constan en los mismos: Cuadro II.B: Suelo dotacional afecto a su destino - Licencia de Segregación nº 19/2004 de la parcela propie- Cuadro II.C: Titulares de derechos reales que no se extin- dad de Francisco Persiva Gómez, finca registral nº 1.238 del guen por ejecución del planeamiento Registro de la Propiedad de Oropesa del Mar (parcela 85 del Cuadro II.D: Titulares de derechos reales que se extinguen polígono 5 del antiguo catastro), con una superficie de 2.010 por la ejecución del planeamiento m2 que se segrega en dos partes, una de las cuales, con una Cuadro III: Derecho de Adjudicación de Aprovechamiento superfi cie de 582,211 m2 se encuentra incluida en el Sector Cuadro IV.A: Cargas de Urbanización – Obras Internas, a II. Posteriormente se rectifica la superficie mediante licencia satisfacer por los propietarios, en aplicación del Título III, Capí- de Segregación nº 5/2006 quedando fi nalmente en 526 m2, tulo I de la Ley Urbanística Valenciana (Áreas Semiconsolidadas) otorgada por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 23 de Cuadro IV.B: Cargas de Urbanización – Obras Externas, a Enero de 2.006, relativo a la nulidad de la licencia de segrega- satisfacer por los propietarios ción de 19/2.004. Cuadro V: Propuesta de Adjudicación de Derechos - Licencia de Segregación nº 20/2004 de la parcela propiedad Cuadro VI.A: Tasación de los derechos a extinguir de Bartolomé Chaler Zaragoza, finca registral nº 5.438 del Regis- Cuadro VI.B: Tasación del suelo ocupado por implantación tro de la Propiedad de Oropesa del Mar (parcela 84 del polígono de los C.T. 5 del antiguo catastro), con una superficie de 943 m2 que se Cuadro VI.C: Cuota sobre los derechos a extinguir segrega en dos partes, una de las cuales, con una superficie de Cuadro VI.D: Cuotas sobre el suelo ocupado por implanta- 156,879 m2 se encuentra incluida en el Sector II. Posteriormente ción de los C.T. se rectifica la superficie mediante licencia de Segregación nº Cuadro VII: Cuenta de Liquidación Provisional
    37. Núm. 104.—27 de agosto de 2009 B.O.P DE CASTELLÓN DE LA PLANA . 37 Cuadro VIII: Traslado de derechos reales no extinguibles, de Esto tiene importancia, ya que su exclusión modifica el aportadas a resultantes Aprovechamiento Tipo del ámbito y por lo tanto los derechos de Cuadro IX: Proyecto de Cuotas los afectados por la Reparcelación (Pasamos de 0,38 m2t/m2s Cuadro X: Planificación de la obra a 0,38197475 m2t/m2s) incrementando ligeramente el aprove- III.- TITULOS PROPIEDAD. chamiento subjetivo (90% de aprovechamiento objetivo) de los III.A.- Certificación catastral. afectados. III.B.-. Títulos aportados por los propietarios. En definitiva, deberá subsanarse la contradicción existente III.C.- Certificación Registral de dominio y cargas descrita con anterioridad. IV.- ACTA NOTARIAL NOTIFICACIONES ART. 166 LUV. 6.3.- Aprovechamiento Tipo de la Reparcelación. OPCIONES El Aprovechamiento que corresponde al Área reparcelable RETRIBUCIÓN EFECTUADAS. se calcula a partir del Aprovechamiento Tipo del Área de reparto V.- INFORME SOBRE CALCULO VALOR DEL SUELO Y JUSTI- en que se incluye. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo FICACIÓN 394.1 del ROGTU, el área de reparto y el aprovechamiento tipo COEFICIENTES CORRECTORES. establecidos por el planeamiento se ajustan mediante el Proyec- VI.- INFORME INDEMNIZACIONES. FICHAS VALORACIÓN to de Reparcelación en función de las mediciones reales que INDIVIDUALIZADAS. resulten del correspondiente levantamiento topográfico. VII.- DOCUMENTACIÓN GRÁFICA (PLANOS). De acuerdo con lo dispuesto en el articulo 394.2 del ROGTU, P-O1: Situación y emplazamiento. a los efectos del cálculo del aprovechamiento tipo no serán teni- P-O2: Topografía y Usos. dos en cuenta los suelos dotacionales ya existentes y afectos a P-O3: Edificaciones a derribar y resto de elementos a indem- su destino, entendiéndose por tales aquellos que ya cumplen nizar. con la finalidad prevista por el Plan, incluso cuando, por modi- P-O4: Calificación. ficarse la ordenación preexistente, parte de su superficie fuera P-O5: Delimitación del Área de Reparto. destinada a usos lucrativos, siempre que la superficie destinada P-O6: Parcelas aportadas al Área de Reparto. a usos dotacionales en el nuevo Plan fuera igual o superior a la P-O7: Superposición parcelas aportadas y calificación. anteriormente existente. P-O8: Parcelas resultantes. Propuesta adjudicación. De acuerdo con lo dispuesto en el articulo 394.2 del ROGTU, P-O9: Superposición aportación y adjudicación. el Área de Reparto así delimitada y, el Aprovechamiento Tipo El contenido del Proyecto de Reparcelación de acuerdo con resultante, deberá garantizar que a los propietarios incluidos en lo dispuesto en los artículos 175 y 176 de la LUV y 413 y 415 del la misma les corresponda, en régimen de igualdad, un aprove- ROGTU es: chamiento subjetivo idéntico o similar, con independencia de - MEMORIA. los diferentes aprovechamientos objetivos que el plan permita 1. Circunstancias o acuerdos que motiven la reparcelación. construir en sus fincas. Antecedentes, programa, gestión y planeamiento Tal y como hemos dicho en el punto anterior el recalculo del 2. Descripción de la unidad reparcelable. Aprovechamiento Tipo se ha realizado correctamente, eliminan- 3. Criterios utilizados para definir y cuantificar los derechos do los dotacionales afectos a su destino (805,80 m2), y estable- de los afectados. ciéndolo en 0,38197475 m2t/m2s. 4. Criterios de valoración de las superficies aportadas. 6.4.- Coeficientes Correctores. 5. Criterios de adjudicación. El valor de los coeficientes correctores fijados por el planea- 6. Criterios de valoración de los edificios y demás elementos miento se podrán ratificar o recalcular en el Proyecto de Repar- que deban destruirse. celación según los dispuesto en el artículos 174.3 de la LUV y 7. Cargas y gastos que corresponden a los adjudicatarios. 407 del ROGTU, ya que los coeficientes definitivos se fijan en el 8. Cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto momento en que deban entenderse referidas las valoraciones, 1093/1997 de 4 de julio. es decir en el Proyecto de Reparcelación según lo dispuesto en el - RELACIÓN DE PROPIETARIOS E INTERESADOS. artículo 119.5 del ROGTU. - DESCRIPCIÓN DE LAS FINCAS APORTADAS A LA REPAR- En el Proyecto de Reparcelación, se recalculan los coeficien- CELACIÓN tes correctores establecidos en el planeamiento (Texto refundido - PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN DE LAS FINCAS RESUL- del Plan Parcial aprobado definitivamente en sesión plenaria TANTES. celebrada el 15 de noviembre de 2007) en el Anexo V “Informe - TASACIÓN DE LOS DERECHOS, EDIFICACIONES, CONS- sobre cálculo valor del suelo y justificación coeficientes correc- TRUCCIONES O PLANTACIONES QUE DEBAN DESTRUIRSE tores” y se incluye la justificación de dicho recalculo, por lo que , PARA LA EJECUCIÓN DEL PLANEAMIENTO. los propietarios pueden conocer el valor real de los aprovecha- - CUENTA DE LIQUIDACIÓN PROVISIONAL DE CADA mientos adjudicados y así poder certificar la materialización del PROPIETARIO principio de equidistribución. A continuación se reflejan en la - PROYECTO DE CUOTAS DE URBANIZACIÓN. MEMORIA siguiente tabla la comparativa entre unos y otros. CUENTA DETALLADA Y JUSTIFICADA. PROCEDIMIENTO DE 6.5.- Determinaciones Urbanísticas. COBRO Y EJECUCIÓN DE LAS CUOTAS DE URBANIZACIÓN. El Proyecto de Reparcelación como instrumento de gestión - PLANOS. debe subordinarse al planeamiento que le da cobertura, no 1. Situación y relación con la ciudad. pudiendo modificar las determinaciones urbanísticas del mismo 2. Planos de información que reflejen la evolución histórica (a excepción del aprovechamiento tipo y de los coeficientes de la realidad física y del catastro. correctores). 3. Delimitación de la unidad reparcelable. El Proyecto de Reparcelación adjudica a Porta Mediterránea 4. Linderos de las fincas afectadas, edificaciones y elemen- una parcela individual en la Zona de Servidumbre de protección tos existentes. de Costas, colindante con la parcela que Benito Bayarri Cherta y 5. Ordenación del Plan Parcial en el que se incluye el Área Encarnación Gual poseen en esta zona de servidumbre. Reparcelable. Dadas las limitaciones que la Ley 22/1988 de 28 de julio 6. Calificación del Plan Parcial. de Costas establece en sus artículos 23, 24, y 25, en su zona de 7. Fincas iniciales. protección, entre las que destaca la imposibilidad de construir 8. Parcelas resultantes. edificaciones destinadas a residencia o habitación, resulta impro- 9. Superposición fincas iniciales y parcelas resultantes. cedente la adjudicación de una parcela individual en esta zona. Por lo tanto el contenido del Proyecto de Reparcelación Por ello, sólo cabe la adjudicación de una única parcela presentado inicialmente cumple con lo dispuesto en los artícu- indivisible, que abarque la totalidad de la manzana N del Plan los 175 y 176 de la LUV y 413 y 415 del ROGTU. Parcial, a D. Benito Bayarri Cherta y Encarnación Gual. 6.2.- Delimitación del Área Reparcelable. Cabe decir que la parcela resultante que habrá que adju- De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 196.6 de la LUV y en el dicar a D. Benito Bayarri Cherta y Dña. Encarnación Gual, artículo 396 del ROGTU, el Área reparcelable se define en el Proyecto coincidente con la manzana N del Plan Parcial, se corresponde de Reparcelación y esta integrada por el conjunto de terrenos que exactamente con la parcela que los mencionados consortes van a ser objeto de las operaciones de reparto y adjudicación. tenían en el momento de redacción del Plan Parcial del Sector, El Área reparcelable esta integrada por superficies de terre- que fue aprobado provisionalmente el 12 de diciembre de 2003 y nos que tienen derecho a adjudicación, quedando excluidos definitivamente el 6 de octubre de 2005. los que no tienen derecho a aprovechamiento y por lo tanto los Es precisamente el límite de esa parcela original vallada la terrenos de dominio público ya cedidos a la Administración que que motivó la delimitación y calificación de la manzana N del no van a ver modificada su condición de dominio público. Plan Parcial, al objeto de poder resultar adjudicatarios los Sres. El Área Reparcelable es un concepto diferente a Área de Bayarri y Gual, en el posterior proyecto de reparcelación, de su Reparto, Sector, Unidad de Ejecución, Zona de Uso Global. parcela original. En el Proyecto de Reparcelación existen datos contradicto- Asimismo, puesto que en la zona de protección no pueden rios, ya que por un lado (Apartados 1.1 y 1.2 del Capitulo 1 de la construirse nuevas edificaciones residenciales, el Plan Parcial Memoria) identifica el Area reparcelable con el Sector definido limitó la edificabilidad de la manzana N, a la edificabilidad exacta en la Homologación del Litoral, por lo que no se descuentan que se encuentra materializada en la vivienda de D. Benito Baya- aquellos dotacionales afectos a su destino. Pero por otro lado rri y Encarnación Gual, de aproximadamente 393’22 m2t. (Cuadro IA del Anexo II y cálculo de los derechos patrimoniales Sin embargo, como se deduce de los títulos aportados por de los propietario con la asignación del aprovechamiento subje- Porta Mediterránea, D. Benito Bayarri Cherta y Dña. Encarnación tivo) si se descuentan, en una superficie de 805,80 m2. En el Gual vendieron la parte posterior de esa parcela, junto con el plano 05 “Delimitación del Área de Reparto” se grafía dentro de suelo colindante, a Porta Mediterránea, el 22 de septiembre de dicha área los dotacionales afectos a destino, cuando en realidad 2005, en el momento en que se producía la aprobación definitiva deberían excluirse de la misma. del Programa y del Plan Parcial.
    38. 38 B.O.P DE CASTELLÓN DE LA PLANA . Núm. 104.—27 de agosto de 2009 En este momento, debido a las circunstancias expuestas debe ser la diferencia entre la superficie total del PQL adscrito y anteriormente, sólo cabe la posibilidad de que esa parcela vuelva la superficie de la parcela 54 y, por tanto, de 2.855’24 m2. a sus propietarios originales para conformar una parcela resultan- En definitiva, se deberán subsanar las contradicciones y te indivisible que comprenda la totalidad de la manzana N. errores numéricos detectados en el Proyecto de Reparcelación. En definitiva, deberá eliminarse la finca resultante nº 26, por 7.- Aprobación del Proyecto de Reparcelación. los motivos expuestos anteriormente, modificándose las asigna- Visto todo lo anterior y de acuerdo con lo dispuesto en el ciones de la mercantil Porta Mediterranea Inmuebles S.A. y de D. Artículo177.2. “Régimen de Reparcelación Forzosa”: Benito Bayarri Cherta. “La aprobación podrá producirse pura y simplemente; o 6.6.- Valoración de los derechos aportados e indemnizaciones. con rectificaciones que se expresen inequívocamente y queden En el Proyecto de Reparcelación, se incluye la cuantificación incorporadas definitivamente al Proyecto. ” de las indemnizaciones fijándose el valor final de las mismas, De acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 423. “Modifi- así como los cálculos realizados para su obtención. caciones y aprobación del Proyecto de Reparcelación Forzosa No obstante, deberán incluirse aquéllas indemnizaciones (en referencia al Artículo 177 de la Ley Urbanística Valenciana) “: que de acuerdo con el presente informe y según el informe de “1. Si se impusiesen modificaciones al Proyecto de Repar- alegaciones redactado por el Agente Urbanizador, deben ser celación presentado, se indicará al Urbanizador de forma precisa estimadas. las correcciones y variaciones que deba introducir en el Proyecto. 6.7.- Condicionantes de los acuerdos de aprobación. 2. Dentro del mes siguiente a la recepción de la notifica- El Proyecto de Reparcelación presentado se ajusta a los ción con las rectificaciones a introducir, el Urbanizador deberá condicionantes establecidos en los siguientes acuerdos de presentar un texto refundido con las mismas. aprobación producidos durante la tramitación del Programa de 3. El Texto Refundido, no serán objeto de nueva exposición Actuación Integrada: al público, siendo suficiente con que se notifique a los titulares - Sesión plenaria celebrada el 12 de diciembre de 2003, adju- de parcelas afectadas, antes de ser aprobado por el Ayunta- dicación provisional del PAI. miento, con el fin de concederles la audiencia establecida en el - Sesión plenaria de 9 de agosto de 2006, cesión de la condi- Artículo 177.1.c) de la Ley Urbanística Valenciana. ción de Agente Urbanizador. 4. El Texto Refundido deberá ser objeto de aprobación muni- - Sesión plenaria celebrada el 15 de noviembre de 2007, cipal. aprobación del Texto Refundido del Plan Parcial. 5. En el caso de que el Urbanizador no presente el texto - Sesión plenaria celebrada el 28 de abril de 2008, retasación refundido en plazo o no refleje en él correctamente las variacio- de cargas. nes requeridas por el Ayuntamiento, éste deberá incluirlas de Pero no incluye en sus determinaciones, una condición oficio o, subsidiariamente, contratará con Técnicos externos la establecida en: adaptación de los documentos técnicos, todo ello sin perjuicio - Sesión plenaria celebrada el 6 de octubre de 2005, adjudi- de las responsabilidades en que pueda incurrir el Urbanizador. cación definitiva del PAI. En dicho acuerdo se incluia: 6. El Urbanizador deberá incorporar, en todo caso, las “El porcentaje de edificabilidad residencial del sector que correcciones derivadas de los informes o resoluciones munici- pueda destinarse a alojamientos turísticos sea como máximo el pales, sin perjuicio de su derecho a recurrir parcialmente la apro- mismo que el Plan Parcial destina a uso terciario en relación a bación del Proyecto de Reparcelación en lo referente a aquellas la edificabilidad total. Asimismo establecer que dentro del uso imposiciones municipales con las que no esté conforme. terciario se destine el porcentaje del 6% como mínimo a uso 7. Si el Urbanizador no formulara el Proyecto de Repar- hotelero y el mismo porcentaje mínimo a uso comercial, pudien- celación en plazo, no aportara las correcciones exigidas por la do destinarse el resto a cualquier otro tipo de uso terciario. Administración o no las incorporara de forma satisfactoria para Asimismo, en ningún caso el número máximo de alojamien- el Ayuntamiento, será el propio Consistorio quien, de oficio, tos turísticos referidos al sector deberá ser superior al 4 % del formule un nuevo Proyecto que deberá ser sometido a la trami- número máximo de viviendas fijadas para el mismo. ” tación prevista en la Ley Urbanística Valenciana y en este En definitiva, deberá incluirse las determinaciones expues- Reglamento, de forma previa a su aprobación. “ tas anteriormente en el Proyecto de Reparcelación, en relación a 8. En cualquier caso, la resolución sobre la aprobación del la parcela TER-HOT del Plan Parcial del Sector II. Proyecto de Reparcelación, así como de sus modificados y refun- 6.8.- Excedente de Aprovechamiento. didos, corresponde al Alcalde. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 23.b) de la LUV: Por lo tanto, y a la vista de lo dispuesto anteriormente, “La transformación del suelo clasificado como urbanizable el técnico que suscribe considera que se puede proceder a la comportará los deberes de cesión, de equidistribución, así como aprobación del Proyecto de Reparcelación con la condición de de costear la urbanización que prescribe la legislación estatal, que se incluyan las correcciones y variaciones que constan en que, con carácter previo o simultáneo a la edificación, se concre- el presente informe. Para ello deberá presentarse tramitarse y tarán en los siguientes:….. aprobarse un Texto Refundido de acuerdo con lo dispuesto en b) Ceder gratuitamente las parcelas edificables correspon- el artículo 423 del ROGTU. Corresponderá al Ayuntamiento la dientes a la cesión del 10% o porcentaje que legalmente corres- interpretación de cuantas dudas surjan en el cumplimiento de ponda de aprovechamiento tipo. ” los condicionantes anteriores. Tal y como se recoge en la Memoria del Proyecto de Repar- 8.- Propuesta. celacíon se adjudica al Ayuntamiento el excedente de Aprove- Se propone la Aprobación del Proyecto de Reparcelación chamiento cuantificado en el 10% del aprovechamiento objetivo con la introducción de las modificaciones y subsanaciones que de la actuación. Dicho aprovechamiento se incorpora automáti- se infieren del presente informe, debiendo requerirse al urbani- camente al Patrimonio municipal de suelo. zador para que presente en el plazo legalmente establecido, el Dado que el Ayuntamiento dispone, además de dicho exce- Texto Refundido de dicho documento. dente, de parcelas patrimoniales que generan aprovechamiento Visto que tanto la Disposición Transitoria Tercera como la subjetivo, el Agente Urbanizador adjudica varias parcelas edifi- Cuarta del R.O.G.T.U. establecen que en los procedimientos de cables. Dicha adjudicación se realiza sin diferenciar aquellas programación iniciados antes de la entrada en vigor de la L.U.V., parcelas cuyos derechos urbanísticos provienen del excedente se regulará formal y sustantivamente por la L.U.V la aprobación de aprovechamiento y aquellas parcelas cuyos derechos urba- definitiva de la redacción, contenido, tramitación y aprobación nísticos provienen de fincas patrimoniales. del Proyecto de Reparcelación, excepto cuando forme parte de Dado que la finalidad de los recursos urbanísticos de unas y la Alternativa Técnica aprobada y hubiese sido objeto de apro- otras son diferentes es necesario que las parcelas adjudicadas al bación junto a ella con anterioridad a la entrada en vigor de la Ayuntamiento se diferencien en: L.U.V. - Aquellas que provienen del excedente de aprovechamiento. Vistos los artículos 169 a 180 de la Ley 16/2005, de 30 de - y las que provienen de bienes patrimoniales. diciembre, de la Generalitat, Urbanística Valenciana (L.U.V.). 6.9.- Otras Cuestiones. Vistos los artículos 394 a 428 del Reglamento de Ordenación Tras el estudio del Proyecto de Reparcelación se han detec- y Gestión Territorial Urbanística Valenciana (R.O.G.T.U.), aproba- tado errores numéricos y contradicciones que deberán subsa- do por Decreto 67/2006 y modificado por Decreto 36/2007. narse, por ejemplo: Visto el artículo 423 del R.O.G.T.U. en relación a la tramitación - Saldo Indemnizatorio de Lander Playa Torrenostra, corres- de la aprobación y modificados del proyecto de reparcelación. pondiente a la parcela aportada nº 36: Se ha detectado una Visto que el artículo 21 de la Ley Reguladora de las Bases incoherencia entre el saldo indemnizatorio de Lander Playa, del Régimen Local otorga al Alcalde la competencia para la apro- reflejado en la ficha de valoración individualizada correspon- bación de los instrumentos de gestión, y que esta competencia diente del Anexo VI del Proyecto de Reparcelación, y el saldo junto a otras fue delegada en la Junta de Gobierno Local por que aparece en el Cuadro VI.A, de Tasación de los derechos a Decreto de la Alcaldía de 18 de junio de 2.007. extinguir. La Junta de Gobierno, por unanimidad, ACUERDA: - Superficies de las parcelas aportadas 54, 55 y 56, titulari- PRIMERO.- Resolver las alegaciones que a continuación dad del Ayuntamiento de Torreblanca la primera y de Promocio- se relacionan presentadas por los interesados, estimando y/o nes Pirenaicas S.A., las dos últimas. Estas tres parcelas están desestimándolas, por los motivos que constan en los informes situadas en el ámbito del Parque Público de Red Primaria (P .Q.L.), emitidos por los Servicios Técnico-jurídicos municipales trans- adscrito al Sector II. La superficie total del P .Q.L. adscrito cuya critos en la parte expositiva del presente acuerdo: superficie es de 7.816 m2. La superficie del Ayuntamiento inclui- 1.- Alegación presentada el 4 septiembre de 2.008, registro da en esta zona es de 4.960,76 m2 -y no de 4.698’35 m2, como de entrada nº 4.379, por D. Fernando Vázquez Albert en repre- consta en el Proyecto de Reparcelación-, tal y como se deduce sentación de la mercantil Iberdrola Distribución Eléctrica S.A.U. : del levantamiento topográfico efectuado por el Ayuntamiento en Se desestima por los motivos expuestos anteriormente. esta zona del municipio. Por lo tanto, la superficie de las parcelas 2.- Alegación presentada el 19 de septiembre de 2.008, aportadas 55 y 56, ambas propiedad de Promociones Pirenaicas, registro de entrada nº 4.622, por D. Arcadio José Roig Fabregat
    39. Núm. 104.—27 de agosto de 2009 B.O.P DE CASTELLÓN DE LA PLANA . 39 : se estima la segunda cuestión (valoración de la palmera exis- en el contrato público de compraventa suscrito el 10 de diciem- tente en 384,12 euros incluyéndola en la cuenta de liquidación bre de 2008, ante el notario D. Ernesto Tarragón Albella (Nº de provisional a favor del alegante), desestimándose el resto de protocolo 2.702), entre las mercantiles Augimar Empresa Urbani- cuestiones. zadora S.A. y CISA Cartera de Inmuebles S.A. 3.- Alegación presentada el 19 de septiembre de 2.008, 19.- Alegación presentada el 16 de abril de 2.009, registro registro de entrada nº 4.623, por D. Jose Luís Campos Sainz y de entrada nº 1.695, por D. Bartolomé Chaler Zaragoza, en repre- D.ª Mª Amparo Herrero Obregón : se estima la primera cuestión sentación propia y de los hermanos Persiva Gomez y Francisco y la cuestión referente a la indemnización de la instalación de Daniel Chaler Belsa : Se estima la alegación presentada reco- goteo (parte de la segunda cuestión), debiendo ser indemnizado nociéndose a los alegantes una superficie aportada al proceso aquella parte de la red de goteo que queda fuera de la parcela reparcelatorio del Sector II de 739,09 m2 (restos de las parcela resultante y considerándose adecuada la valoración realizada 84 y 85 del polígono 5 de catastro antiguo). por el Agente Urbanizador deberá incluirse esta en la cuenta de SEGUNDO.- Aprobar el Proyecto de Reparcelación del liquidación provisional a favor del alegante. Se desestiman el ámbito que comprende el sector 2 de Torreblanca con las modi- resto de puntos de la alegación. ficaciones que se infieren del presente acuerdo, de conformidad 4.- Alegación presentada el 23 de septiembre de 2.008, con los informes emitidos al efecto por los Servicios Técnico-jurí- registro de entrada nº 4.680, por D. Delfín Traver Barreda, D. dicos municipales, debiéndose incorporar al instrumento repar- Constanti Traver Barreda y D.ª Laura Traver Barreda : Se estima celatorio todas las consideraciones contempladas en el apartado el punto primero de la alegación, debiendo eliminarse de la sexto del informe emitido por los Servicios Técnicos Municipales cuenta de liquidación provisional el importe de la indemnización el 16 de julio de 2009 relativas a: por plantaciones asignada erróneamente a los alegantes y que - Delimitación del Área Reparcelable: Subsanando la contra- corresponde a 10 olivos. Del resto de puntos de la alegación se dicción existente en relación al área reparcelable y que se descri- desestima. be en el apartado 6.2.- del informe emitido. 5.- Alegación presentada el 24 de septiembre de 2.008, - Aprovechamiento Tipo. registro de entrada nº 4.705 por D. René Guennoc y D.ª Janine - Los coeficientes correctores establecidos en el Anexo V Sergent : Se desestiman todos los puntos de la alegación. “Informe sobre cálculo valor del suelo y justificación coeficientes 6.- Alegación presentada el 25 de septiembre de 2.008, correctores” incluyéndose la justificación de dicho recalculo. , registro de entrada nº 4.726, por D. José Luís Pedrero Vázquez : - Determinaciones urbanísticas: deberá eliminarse la finca Se estima la primera cuestión de la alegación, en el sentido que resultante nº 26, por los motivos expuestos, modificándose las se le reconozca al propietario alegante un derecho urbanístico asignaciones de la mercantil Porta Mediterranea Inmuebles S.A. derivado de los 321,51 m2, debiendose modificar su cuenta y de D. Benito Bayarri Cherta. de liquidación provisional y sus derechos urbanísticos en base - Valoración de los derechos aportados e indemnizaciones: a dicho dato. Así mismo se reconoce el carácter privado del deberán incluirse aquéllas indemnizaciones que de acuerdo con camino particular (segunda cuestión de la alegación) si bien se el informe técnico municipal y según el informe de alegaciones adjudican los derechos urbanísticos derivados del mismo a otro redactado por el Agente Urbanizador, deben ser estimadas. propietario. Se desestima la tercera cuestión de la alegación.. - Condicionantes de los acuerdos de aprobación: Deberá 7.- Alegación presentada el 25 de septiembre de 2.008, regis- incluirse en el Proyecto de Reparcelación las siguientes determi- tro de entrada nº 4.737. por D. Félix Espelleta Casinos en repre- naciones adoptadas en sesión plenaria celebrada el 6 de octubre sentación de D.ª Rafaela Bosch Codina :Se desestiman las ocho de 2005 en relación a la parcela TER-HOT del Plan Parcial del cuestiones incluidas en la alegación. Sector II.( El porcentaje de edificabilidad residencial del sector 8.- Alegación presentada el 26 de Septiembre de 2.008, que pueda destinarse a alojamientos turísticos sea como máxi- registro de entrada nº 4.745, por D. Esteban Fabregat Fabregat mo el mismo que el Plan Parcial destina a uso terciario en rela- y D.ª Mª Luz Fabregat Cuesta : Se estima la primera cuestión de ción a la edificabilidad total. Asimismo establecer que dentro la alegación, debiendo reconocerse al propietario una superficie del uso terciario se destine el porcentaje del 6% como mínimo aportada de 319,45 m2 en vez de los 349,71 m2 adjudicados. a uso hotelero y el mismo porcentaje mínimo a uso comercial, Además deberá revisarse la superficie aportada de las parcelas pudiendo destinarse el resto a cualquier otro tipo de uso tercia- colindantes iniciales nº 41 y nº 43 (propiedad de Rosa Borras rio. Asimismo, en ningún caso el número máximo de alojamien- Santamaría y Daniel Alain Valentin Castell) de manera que la tos turísticos referidos al sector deberá ser superior al 4 % del parcela aportada nº 41 de Rosa Mª Borrás Santamaría tenga número máximo de viviendas fijadas para el mismo). 320,79 m2 y la parcela aportada nº 43 de Daniel Alain Castel - Excedente de aprovechamiento: Se deberán diferenciar tenga 325,15 m2, en vez de las inicialmente consideradas en el las parcelas adjudicadas al Ayuntamiento que provienen del Proyecto de Reparcelación. Se desestiman la segunda y terceras excedente de aprovechamiento y las que provienen de bienes de las cuestiones. patrimoniales. 9.- Alegación presentada el 29 de Septiembre de 2.008, - Subsanación de contradicciones y errores númericos: registro de entrada nº 4.765 por D.ª Margarita Isabel Gil Prados Saldo Indemnizatorio de Lander Playa Torrenostra y las superfi- : Se estima la alegación por los motivos expuestos reconocién- cies de las parcelas aportadas 54, 55 y 56, titularidad del Ayun- dose la indemnización solicitada, e incluyendo la misma en la tamiento de Torreblanca la primera y de Promociones Pirenaicas cuenta de liquidación provisional de acuerdo con la valoración S.A., las dos últimas. económica propuesta por el Agente Urbanizador. TERCERO.- Requerir al agente urbanizador para que aporte, 10.- Alegación presentada el 29 de Septiembre de 2.008, en el plazo de diez días, dos ejemplares de la reparcelación que registro de entrada nº 4.778, por D. Vicente Tena López : Dado contengan incorporadas todas las modificaciones y subsanacio- que no se trata de una alegación ni se estima ni se desestima la nes acordadas en el presente acuerdo. misma. CUARTO.- Que se proceda a la publicación y notificación 11.- Alegación presentada el 29 de Septiembre de 2.008, regis- expresa e individualizada a todos los interesados, en legal tro de entrada nº 4 783, por D. Daniel Castel y D.ª Autrey Anne- forma, del acuerdo aprobatorio del Proyecto de Reparcelación Marie : Se desestiman todas las cuestiones de la alegación. del sector 2 de Torreblanca. 12.-Alegación presentada el 29 de Septiembre de 2.008, QUINTO.- Que se inscriba el instrumento reparcelatorio en registro de entrada nº 4.788, por D. Francisco Fabregat Persiva : el Registro de la Propiedad, una vez firme en vía administrativa Se desestiman todas las cuestiones de la alegación. el acuerdo de aprobación definitiva. ”” ” 13.- Alegación presentada el 30 de Septiembre de 2.008, Lo que se publica en cumplimiento del acuerdo adoptado registro de entrada nº 4.794, por D. Francisco Jiménez Plaza y D.ª y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.1. del Real Elena Rodríguez Santos : Se desestiman todas las cuestiones de Decreto 1093/97, de 4 de julio por el que se aprueban las normas la alegación. complementarias al reglamento para la ejecución de la Ley Hipo- 14.-Alegación presentada el 30 de septiembre de 2.008, tecaria sobre inscripción en el Registro de la Propiedad de actos registro de entrada nº 4.795, por D. Javier Estradera Fernández de naturaleza urbanística y en el artículo 111 del Real Decreto en representación de la sociedad mercantil Barada, S.L. : Se 3288/78, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento desestiman todas las cuestiones de la alegación de Gestión Urbanística, significando que contra el presente acto 15.- Alegación presentada el 1 de Octubre de 2.008, registro anteriormente trascrito, que pone fin a la vía administrativa, de entrada nº 4.813, por D. Gustavo Abraham Bru Gil, en nombre puede interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de la sociedad mercantil Inbrugil, S.L.: Se estima la primera de un mes ante el órgano que lo ha dictado (artículo 52 de la Ley cuestión de la alegación (se reconoce a la mercantil alegante los 7/1985,de 2 de abril Reguladora de las Bases de Régimen Local, derechos de adjudicación derivados de 884 m2 de suelo aporta- modificado por la Ley 11/1999 y 107, 116, 117 y concordantes de do) y se desestiman las otras dos cuestiones. la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las 16.-Alegación presentada el 1 de Octubre de 2.008, registro Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo de entrada nº 4.817, por D. Vicente Tena López y Ursula Reiff. : Se Común, modificados por Ley 4/1999) o, alternativamente, recur- desestiman las dos cuestiones incluidas en la alegación. so contencioso administrativo ante el Juzgado de los conten- 17.- Alegación presentada el 1 de octubre de 2.008, registro cioso administrativo de Castellón de la Plana, en el plazo de dos de entrada nº 4.818, por D. Emilio Molner Fabregat, en represen- meses (artículo 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de tación de Molcamp, S.L. : Se desestima la alegación en el sentido las Bases del Régimen Local y en los artículos 8, 45 y 46 de la ley de reconocer los 5.260 m2 solicitados, pero deberá modificarse 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción conten- el Proyecto de Reparcelación asignado al alegante una superficie cioso-administrativa). En ambos casos, el plazo se computará aportada de 5.040 m2. a partir del día siguiente de la presente publicación en el B.O.P 18.- Alegación presentada el 24 de abril de 2.009, registro de . Asimismo puede interponerse cualquier otro recurso que se entrada nº 1.842, por D. Eloy Badenes Gómez, en representación considere oportuno. de Augimar Empresa Urbanizadora S.A.: Se estima la alegación En Torreblanca, a 11 de Agosto de 2009.- El Alcalde, Juan M. en el sentido de modificar la titularidad de las parcelas incluidas Peraire Persiva. C-8710
    40. 40 B.O.P DE CASTELLÓN DE LA PLANA . Núm. 104.—27 de agosto de 2009 VALLIBONA VINARÒS En cumplimiento de cuanto dispone el artículo 212 del Real Anuncio licitación Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Loca- El Ayuntamiento de Vinaròs, por Decreto de la Alcal- les, y una vez que ha sido debidamente informada por la Comi- día-Presidencia de fecha 12 de agosto de 20 09, resolvió sión Especial de Cuentas, se expone al público la Cuenta General corregir el error aritmético del Pliego de Cláusulas Adminis- correspondiente al ejercicio 2.008, por un plazo de quince días, trativas que han de regir la contratación del SUMINISTRO DE durante los cuales y ocho más quienes se estimen interesados UNIFORMIDAD PARA LA POLICÍA LOCAL DE VINARÒS, 2009 podrán presentar reclamaciones, reparos u observaciones que (EXP. GENERALES 07/09), y publicar anuncio con apertura de tengan por conveniente. nuevo plazo para presentar ofertas a la licitación, en sustitu- En Vallibona, a 24 de agosto de 2.009.- El Alcalde, Juan José ción del publicado en el BOP núm. 96, de fecha 8 de agosto Palomo Ferrer. C-8916-U de 2009. De conformidad con dicha resolución, las ofertas que se hubieran presentado con anterioridad al presente anuncio se VILA-REAL entienden por no realizadas. 1. Entidad adjudicataria. Elevado a definitivo el acuerdo aprobatorio del expediente a) Organismo: Ayuntamiento de Vinaròs de Créditos Extraordinarios número 26/2009, del Presupuesto b) Dependencia que tramita el expediente: Contratación Municipal del ejercicio 2009, en cumplimiento de lo dispuesto c) Número del expediente: Generales 07/09 en el artículo 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de 2. Objeto del contrato: marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Descripción del objeto: SUMINISTRO DE UNIFORMIDAD Haciendas Locales, se inserta en el B.O.P , resumen presupuesta- . PARA LA POLICÍA LOCAL DE VINARÒS, 2009. rio a nivel de capitulos: 3.Tramitación, procedimiento de adjudicación. a) Tramitación: Ordinaria GASTOS b) Procedimiento: Abierto 4. Presupuesto base de licitación: cincuenta y cuatro mil ALTAS quinientos veintiocho euros con diez céntimos ( 54.528,10 euros, CAPIT. VI: INVERSIONES REALES 130.569,60 euros IVA incluido, a la baja): TOTAL ALTAS 130.569,60 euros LOTE 1 45.738,63 EUROS LOTE 2 8.789,47 EUROS BAJAS 5.Garantías CAP II: GASTOS EN BIENES CORR. Y SERV. 18.009,60 euros . a) Provisional: no se establece TOTAL BAJAS 18.009,60 euros b) Definitiva: 5% del importe total de la adjudicación. 6. Obtención de documentación e información INGRESOS a) Entidad: Ayuntamiento de Vinaròs (www.vinaròs.org) b) Dirección: Pl. Parroquial,12 ALTAS c) Localidad y código postal: Vinaròs 12500 CAP VII: TRANSFERENCIAS DE CAPITAL . 112.560,00 euros d) Teléfono: 964 40 77 00 TOTAL ALTAS 112.560,00 euros e) Telefax: 964 40 77 01 f) Horario: De lunes a viernes, de 10 a 14 horas. Vila-real, a 21 de agosto de 2009.- El Alcalde acctal, Javier 7. Requisitos específicos del contratista: No se establecen. Nácher Martí. C-8862-U-c 8. Presentación de ofertas a) Fecha límite de presentación: 15 días naturales siguientes * * * a la publicación del anuncio de licitación al BOP Si el último día . es el sábado se prorrogará hasta el día siguiente hábil. Elevat a definitiu l´acord aprovatori de l´expedient de b) Documentación que integrarán las ofertas: La documen- Crédits Extraordinaris núm. 26/2009, del Pressupost Municipal tación es la referida en el pliego de cláusulas administrativas de l´exercici 2009, en compliment d´alló disposat en l’article particulares, que se presentará en tres sobres denominados 169.3 del Reial Decret Legislatiu 2/2004 de 5 de març per el que “Proposición para licitar a la contratación del suministro de s’aprova el Texte Refundit de la Llei d’Hisendes Locals, se inse- UNIFORMIDAD PARA LA POLICÍA LOCAL DE VINARÒS, 2009” La . reix en el B.O.P , resum presupuestari a nivell de capítols: . denominación de los sobres será la siguiente: — Sobre «A»: Documentación Administrativa. DESPESSES — Sobre «B»: Documentación a ponderar por juicio de valor. — Sobre «C»: Documentación a ponderar de forma auto- ALTES mática CAPIT. VI: INVERSIONS REALS 130.569,60 euros c) Lugar de presentación: TOTAL ALTES 130.569,60 euros 1ª. Entidad: Ayuntamiento de Vinaròs. 2ª. Dirección: Pl. Parroquial 12 BAIXES 3ª. Localidad y código postal: Vinaròs 12500 CAP. II : DESPESSES EN BENS CORR. I SERV. 18.009,60 euros 4ª. Horario: De 10 a 14 horas. TOTAL BAIXES 18.009,60 euros 9. Calificación de la documentación general y apertura de proposiciones. INGRESOS Tendrá lugar a las 13,30 h del día hábil siguiente a la conclusión del período para la presentación de proposicio- ALTES nes (en caso de que este día sea el sábado se realizará el CAPIT. VII: TRANSFERENCIES DE CAPITAL 112.560,00 euros siguiente día hábil). TOTAL ALTES 112.560,00 euros 10. Gastos de los anuncios: Quedan en cargo de la persona adjudicataria. Vila-real, a 21 d’agost de 2009.- L´Alcalde acctal., Javier Vinaròs, 18 de agosto de 2009.- El alcalde en funciones, Nacher Martí. C-8862-U-v Javier Balada Ortega. C-8903-U ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL medio del presente se cita a OBRAS Y SERVICIOS CEGA SL, con último domicilio en Calle San Cristobal, 18-1º-4ª de la Vall D’Uixò, quien se halla en ignorado paradero para que compa- CASTELLÓN DELA PLANA rezca ante este JUZGADO DE LO SOCIAL, sito en Calle BULEVAR BLASCO IBÁÑEZ,10 al objeto de celebrar acto de conciliación y, JOSE MANUEL SOS SEBASTIA, SECRETARIO DEL JUZGA- en su caso, juicio, el día 10 DE SEPTIEMBRE DE 2009, a las 12,15 DO DE LO SOCIAL Nº UNO de CASTELLON en sustitución en el horas, con advertencia de que el juicio no se suspenderá por la JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM. 2 DE LOS DE CASTELLON. incomparecencia injustificada de las partes. HAGO SABER: Que en este Juzgado, se siguen autos En CASTELLON, a veinte de agosto de dos mil nueve.- EL Despidos - 000764/2009 a instancias de MARINA FORTUNY SECRETARIO JUDICIAL, JOSE MANUEL SOS SEBASTIA. ZAPATA contra OBRAS Y SERVICIOS CEGA SL en el que, por C-8860-U
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