1. DEMOCRACIA PARA SIEMPRE
“LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
Honorable Concejo Deliberante
PROYECTO DE RESOLUCION
MERCEDINOS POR EL CAMBIO – U.C.R. – MO.CO.MER –
ACUERDO CIVICO
Villa Mercedes, San Luis, 25 de marzo de 2010.
Visto:
La disposición de la Carta Orgánica Municipal
en su Art. 63, que dice: - Son atribuciones y deberes del Intendente
Municipal: Inc. 11) Elevar a consideración del Honorable Concejo
Deliberante en forma semestral la Memoria y Balance; Inc. 13) Informar
trimestralmente al Honorable Concejo Deliberante del estado de ejecución
presupuestario acompañando una Memoria de cumplimiento del plan de
acción dentro de los treinta (30) días de vencido el trimestre; Inc. 21)
Informar al Honorable Concejo Deliberante y a la comunidad mensual-
mente sobre el estado de ingreso y egreso de fondos, y;
Considerando:
Que al día de la fecha no han tomado estado legislativo
los Balances de Tesorería, Estado de ingresos y egresos del
Departamento Ejecutivo Municipal de los meses Agosto, Setiembre,
Octubre, Noviembre, y Diciembre de 2009, como así también Enero y
Febrero de 2010, incumpliendo con el Art. 63, Inc. 21, de nuestra
norma magna.
Que tampoco ha sido presentado La Ejecución de
Ingresos y Gastos del 2º semestre (o Anual, o del 4º trimestre) del año
2009 del Municipio, Incumpliendo con el Art. 63, Inc. 11 y 13 de
nuestra norma magna.
Que el único plazo máximo que se establece en nuestra
Carta Orgánica para la presentación de las rendiciones de cuentas,
mensuales, trimestrales, semestrales y anuales, surge de la aplicación
del mismo Art. 63 Inc. 13, y habla de 30 días, por lo cual, a la fecha,
nos encontramos ante una fragante violación a las normas de la Carta
Orgánica Municipal.
Que es de hacer notar que el principal inconveniente que
semejante incumplimiento conlleva es la imposibilidad de determinar el
estado de las finanzas del municipio, como así también, impedir el
normal y natural control que debe existir sobre la administración de
las cuentas públicas municipales.
Que esta situación, no solo denota una falta de
transparencia sobre los actos de gobierno, sino además, un obstáculo al
ejercicio de las facultades que este cuerpo deliberativo posee.
Que se hace necesario, como primer medida, intimar al
Departamento Ejecutivo Municipal a la remisión urgente de la
documentación de referencia. Como así también citar, en los términos
dispuestos en el artículo Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal, y el
Art 136 del Reglamento interno de este cuerpo, a interpelación al
Secretario de Hacienda del Municipio a fin de que suministre, in situ,
2. DEMOCRACIA PARA SIEMPRE
“LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
Honorable Concejo Deliberante
explicaciones o informes de asuntos relacionados con su respectiva
área, especialmente sobre el estado de situación financiera y
patrimonial del ejercicio 2009.
Por todo ello:
El Honorable Concejo Deliberante,
en quórum legal y en uso de las atribuciones que le son propias,
sanciona la siguiente:
Resolución Nº .........-o/.......
Art. 1º) Intimar, en un plazo perentorio de 24 hs corridas, a partir de la
sanción de la presente Resolución, la siguiente documentación:
Balances de Tesorería, Estado de ingresos y egresos del
Departamento Ejecutivo Municipal de los meses Agosto, Setiembre,
Octubre, Noviembre, y Diciembre de 2009, como así también Enero y
Febrero de 2010.
Ejecución de Ingresos y Gastos del 2º semestre, y/o Anual, y/o del
4º trimestre del año 2009 del Municipio
Art. 2º) El Concejo Deliberante de la Ciudad de Villa Mercedes en
virtud de lo dispuesto en la Carta Orgánica Municipal en su artículo Nº 37,
y lo establecido en el Reglamento interno del cuerpo en su artículo 136,
llama a Interpelación al:
Secretario de Hacienda Municipal
Para la sesión Ordinaria del próximo martes 6 de abril del corriente
a las 10 Hs.
A efectos de explicar e informar sobre asuntos relacionados con su
área, especialmente sobre el estado de situación financiera y
patrimonial del ejercicio 2009 de la Municipalidad de Villa Mercedes.
El mismo deberá asistir munido de toda la documentación
obrante al respecto.
Art. 3º) De forma.