1. Liquidación de Sueldo REMUNERACIONES: Son las contraprestaciones en dinero y los adicionales en especie evaluables en dinero que debe recibir el trabajador del empleador por causa del contrato de trabajo .
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4. La remuneración podrá fijarse por unidad de tiempo: Día Semana Quincena Mes Pieza Medida Obra Los sueldos se pagarán en moneda de curso legal. A solicitud del trabajador, podrá pagarse con cheque o vale vista bancario a su nombre. Junto con el pago, el empleador entregará al trabajador un comprobante con indicación del monto pagado, de la forma como se determinó y de las deducciones efectuadas.
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7. ¿CUÁLES SON LAS COTIZACIONES OBLIGATORIAS DE UN AFILIADO A UNA AFP? a) Un 10% para su Cuenta de Capitalización Individual. b) Un porcentaje adicional, determinado por cada AFP, para su financiamiento, que incluye el pago de la prima del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia. Este porcentaje es diferenciado para los trabajadores independientes o aquellos que no tienen derecho al Aporte Adicional. Todo cambio de estos porcentajes debe ser avisado con 90 días de anticipación. c) Y un 7% obligatorio para las prestaciones de salud, que se cancelan al FONASA o en la ISAPRE, según proceda.