Debate De La Ley De Desalojos

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    Debate De La Ley De Desalojos - Presentation Transcript

    1. - Proyecto de Ley nº 187/08, presentado por el Bloque Justicialista, por el que se propicia establecer que en las causas por infracción al artículo 181º del Código Penal, en cualquier estado del proceso, el juez, a pedido del damnificado, podrá disponer provisionalmente el inmediato reintegro de la posesión o tenencia del inmueble. SR. PRESIDENTE (Vargas): Tiene la palabra la diputada Ripa. SRA. RIPA: Señor Presidente, señores diputados, el objetivo que persigue el presente proyecto es el de satisfacer rápidamente los derechos de las víctimas del delito de usurpación. Tenemos que recordar que el delito de usurpación está tipificado en el Código Penal en el artículo 181º, cuya pena va desde los seis meses a los tres años. Se configura –rápidamente, lo voy a mencionar- cuando se despoja de la posesión o tenencia al titular del inmueble por, entre otros medios, violencia, amenaza o engaño. El presente proyecto -que ponemos a consideración y que fue acompañado por un dictamen unánime en la Comisión- otorga al juez la facultad de disponer, provisionalmente, el reintegro inmediato del inmueble a aquella persona que invoque un derecho y éste resulte verosímil.
    2. Es importante señalar que este tipo de normativa ya está receptada en el Código Procesal de Nación y en otras legislaciones, como las de Córdoba y Provincia de Buenos Aires.. Es más, mediante Ley 5070, nuestra Provincia había incorporado el artículo 104º bis, que le confería al juez dicha facultad; después, quedó sin efecto. Por eso consideramos que es importante incorporarlo. En esta Cámara se discutió, no proyectos ni herramientas legislativas respecto de este tema -al menos, en esta gestión-, pero sí situaciones concretas que se daban en el ámbito de nuestra provincia, teniendo en cuenta que es una provincia atractiva -quienes ven una provincia que crece a un ritmo sostenido- y que es vista como un lugar de oportunidades. Nosotros comprendemos las necesidades; no las ponemos en duda ni las negamos. Pero no podemos avalar, bajo ningún concepto, que los derechos sean ejercidos por la vía de hecho; porque las necesidades de las personas, en ningún modo, autorizan a actuar por fuera de la ley. Por eso nosotros ponemos a consideración el presente proyecto. Pero previamente vamos a solicitar poner la Cámara en comisión, porque hay una modificación que también fue acordada con quienes firmaron el dictamen de Comisión, que tiene que ver con temas puntuales como modificar autos de procesamiento a cualquier estado del proceso y por
    3. requerimiento del fiscal en vez de por el juez. Así que solicitamos poner la Cámara en comisión. SR. PRESIDENTE (Vargas): Se va a votar la constitución de la Cámara en estado de comisión. - Se vota y aprueba. Continúa en el uso de la palabra la diputada Ripa. SRA. RIPA: No, si quiere, acerco por Secretaría el proyecto para que se lea. SR. PRESIDENTE (Vargas): Bien, acérquelo, nomás. - Hace llegar a Mesa de Presidencia el proyecto aludido. SR. PRESIDENTE (Vargas): Por Secretaría se dará lectura a la solicitud de modificación presentada por la señora diputada preopinante, doctora Ripa. SRA. SECRETARIA (Mingo): LA LEGISLATURA DE LA
    4. PROVINCIA DEL CHUBUT SANCIONA CON FUERZA DE LEY: Artículo 1°: En las causas por infracción al artículo 181° del Código Penal, en cualquier estado del proceso, por petición del damnificado y a requerimiento del Fiscal, el Juez podrá disponer provisionalmente el inmediato reintegro de la posesión o tenencia del inmueble, cuando el derecho invocado por el damnificado sea verosímil, fijando una caución si fuera necesario. En las causas en que el damnificado fuera el Estado Nacional, Provincial o Municipal, o se tratare de bienes fiscales, por petición del damnificado y a requerimiento del fiscal, el Juez deberá disponer el inmediato reintegro de la posesión o tenencia al Estado, cuando el derecho invocado por el damnificado fuera verosímil. Artículo 2°.- Ley General. Artículo 3°.- De forma. SR. PRESIDENTE (Vargas): Tiene la palabra el señor diputado Risso. SR. RISSO: Gracias, señor Presidente. Este Bloque va a acompañar en general y en particular, obviamente, este proyecto de ley, entendiendo necesario hacer dos o tres muy
    5. breves aclaraciones. Obviamente que cuando estamos en presencia de una declaración o de la fijación de un hecho tipificado por el Código Penal como delito, digamos que en términos generales no se admite -así corresponde, en definitiva estamos hablando de la comisión de un delito- justificaciones en los hechos. Con más razón cuando se trata de la usurpación, que está vinculada al ejercicio del derecho de propiedad, que es un derecho reconocido, analizado, por la Constitución Provincial , Nacional, y obviamente por la Provincia. Pero queremos hacer dos aclaraciones importantes. Este proyecto de ley se refiere a dos situaciones distintas, que a nuestro entender merecen análisis diferentes. Cuando lo que se violenta es el derecho a la propiedad de un particular mediante la usurpación de la propiedad, todos somos conscientes de lo que eso significa y lo que ha significado en la historia, no solamente de la provincia, de los hechos, de la jurisprudencia del país, cuando estos hechos de usurpación terminan dilatándose en el tiempo por el desarrollo del proceso penal y por el daño que genera a la propiedad. Nosotros compartimos, no de ahora, ya desde hace mucho tiempo la necesidad de que los jueces cuenten con una herramienta que disponga la inmediata restitución, probada fehacientemente la titularidad del dominio, porque si no el
    6. daño se agrava. Normalmente, el usurpador espera el desarrollo del juicio, y cuando termina todo el proceso penal la propiedad privada quedó destruida. En esto no hay discusión, estamos totalmente de acuerdo.. Pero hay un segunda parte, que es cuando se trata del Estado Nacional, Municipal o Provincial. Sabemos, señor Presidente, que el Estado es en Derecho una persona jurídica que actúa como persona jurídica de derecho público o derecho privado. Quiere decir que el Estado puede ser propietario de un inmueble y tiene la misma jerarquía, la misma posición ante la ley que cualquier persona jurídica, o cualquier persona física particular propietaria de un inmueble.. La redacción permite la misma solución que al propietario particular, y estamos de acuerdo. La última parte, que se refiere a las tierras fiscales, que ha generado graves problemas, y está generando graves problemas especialmente en Comodoro Rivadavia y en Puerto Madryn, aquí nosotros queremos hacer una aclaración. Estamos de acuerdo con la redacción, en la presentación del Estado a la propia fiscalía interviniente y al Juez de Garantía, peticionando el Estado la restitución del inmueble; obviamente, la respuesta debe ser similar a la de la protección del particular; además porque también compartimos que muchas veces se produce una situación de injusticia, el usurpador se coloca en una posición de privilegio, y aquella persona, ciudadano, vecino,
    7. habitante de la ciudad o de la provincia, que viene cumpliendo todos los pasos administrativos, no accede a la propiedad. Eso no compartimos, eso es una injusticia, que el usurpador pueda permanecer en el tiempo ocupando el inmueble fiscal. Pero hay algo que debemos mencionar, porque en la redacción -yo confieso que lo he pensado, lo hemos charlado- es posible encontrar una redacción distinta. En mi caso por lo menos no la he conseguido, de verdad no la he encontrado, en el sentido de que tal como está redactado, en el caso de una usurpación, lo que viene ocurriendo en Comodoro, con personas de escasos recursos en estado de necesidad, que usurpa o que ocupan grandes extensiones, muchos lotes, la disposición automática a un Juez de garantías, que automáticamente disponga la restitución del inmueble al Estado Provincial, esto va a generar un conflicto social. No he conversado con el señor diputado Urbano pero me parece que por ahí vendría el planteamiento. Esto es verdad, yo confieso que no he encontrado la solución, por eso voy a apostar y voy a acompañar la redacción como está acá; incluso ya quiero modificar el proyecto original producto de lo que se ha conversado; yo no he encontrado la solución, la alternativa, la forma de que un juez lo contemple. Ustedes saben –creo que lo dijo la doctora Ripa, no sé el término que usó- que cuando los derechos se ejercen, no hay
    8. justificación cuando se viola el derecho. Pido disculpas, no sé si fueron exactamente los términos que utilizó. Pero hay a veces justificación, los jueces tienen estado de necesidad, por ejemplo, el juez penal y el juez de garantías necesariamente pueden llegar a tenerlo; es más, de hecho lo van a considerar. Lo que quiero explicar, tratar de ser claro, es que no se genere un nuevo conflicto con la justicia, especialmente en Comodoro Rivadavia o en Puerto Madryn. Cuando el juez de garantía interviniente analice la situación en particular de que se trate, sea puesta a su conocimiento, consideración y análisis, y no automáticamente tenga que ordenar por la fuerza pública; disponer la fuerza, por ejemplo, de choque de la Policía para desalojar, se va a generar un conflicto que habrá que buscar la forma de solucionarlo, de dotarlo de nueva herramienta. Yo, honestamente, en la redacción que se está haciendo en este proyecto de ley, es muy difícil encontrarlo. Señor Presidente, señores diputados, creo que por la propia responsabilidad que tenemos como legisladores en cada una de nuestras áreas, es la responsabilidad social y política que tienen los jueces; no es solamente la responsabilidad de la Policía o de los jueces de garantía disponer que se solucione un problema de usurpación, está la política de manejo de la tierra pública de los municipios. En la medida que esas políticas de manejo de las tierras públicas de los
    9. municipios sean más activas y más efectivas se va a contribuir a que estas cosas no ocurran. Y voy a terminar con otro ejemplo que está ocurriendo cercano al lugar donde yo vivo, que creo que se llama el 14 o el 12, cerca del Barrio Ciudadela, donde uno vuelve de una semana para otra y aparecen inmuebles muy bien construidos, no son barrios de emergencia ni muchísimo menos, sino que son construcciones importantes. Y va creciendo generalmente alrededor del tanque de agua o del tanque de reserva del Barrio Ciudadela una cantidad de asentamientos que produce que ese caño sea pinchado permanentemente, el tanque de reserva es pinchado permanentemente, y se produce esta nueva situación de injusticia, porque va disminuyendo el recurso y hay barrios de la Zona Norte de Comodoro Rivadavia, Kilómetro 8 o los Stándard, por ejemplo, que hoy no tienen agua. El Juez penal no lo va a poder solucionar, no va a poder solucionar de inmediato toda esta problemática compleja, social. El mensaje que debería con la sanción de esta ley, es a las autoridades, a los entes administrativos responsables de cada municipio, que ellos son responsables para tratar de evitar o contribuir para que esta situación no siga o continúe agravando. Porque lo veo en mi ciudad, por ejemplo; en nuestra ciudad. Quienes vivimos en Comodoro Rivadavia lo vemos, es un problema grave, a veces hasta asusta, porque uno viene a Rawson, a la Legislatura y
    10. vuelve a la semana posterior y encuentra casas nuevas que avanzan a un ritmo que realmente asusta y preocupa porque se colapsan los servicios, la Zona Norte está a punto, en cualquier momento va a terminar de colapsar por esta situación. En definitiva, señor Presidente, vamos a acompañar el proyecto, es importante, compartimos el espíritu y la herramienta que se le da a los jueces de garantía, pero con esto no solucionamos el problema. Porque el Juez de Garantía la única forma que va a tener si se le dice: restituya el bien, es recurrir a la fuerza, recurrir a la fuerza implica avanzar hacia casos, casos que no tienen justificativos y aquéllos casos que sí tienen justificativo, razón social o Estado de necesidad. Con esto simplemente no alcanza, hace falta una política más completa, que ojalá que en cada uno de los municipios se pudiera implementar. Más allá de esta aclaración, nosotros vamos a acompañar el proyecto. SR. PRESIDENTE (Vargas): Tiene la palabra el señor diputado Touriñán. SR. TOURIÑÁN: Señor Presidente, más o menos el espíritu del proyecto está planteado en esos términos, lo que ocurre en la realidad y en la práctica es que en los últimos asentamientos que se han producido en Comodoro Rivadavia,
    11. esto ha comenzado en diciembre de 2008, se están consolidando recién ahora, casi un mes y medio después. En este contexto, hubo un periodo bastante largo en el que muchos de esos terrenos ocupados estaban alambrados pero no estaban habitados ni estaba consolidada la ocupación. De hecho muchos hoy no lo están, sin embargo cualquier ciudadano se considera habilitado para infringir la ley, para infringir el Código Penal y para usurpar un terreno tomándolo. Una usurpación es un despojo, una usurpación es usufructurar un bien que no es de uno, que ni se le ha consolidado ni se le ha dado. En muchos casos los terrenos ocupados en el Barrio San Cayetano de Comodoro Rivadavia, por ejemplo, estaban adjudicados por la Municipalidad a las Cooperativas de Viviendas, que iban a construir viviendas para otra gente que hoy no puede acceder a las mismas. Hay casos de viviendas del IPV que han sido usurpadas, hay gente que ha sido adjudicada, esperando como corresponde el periodo que tiene que esperar para poder ocuparlas, y no puede hacerlo precisamente por eso. Esto ocurre porque en general el Juez o el Fiscal cuando notifica -y sin la herramienta de la inmediatez o la celeridad que propone este proyecto, por ejemplo- no tiene el tiempo suficiente o el tiempo perentorio suficiente como para poder producir el desalojo antes de que consolide la ocupación, antes de que la gente se vaya a vivir ahí.
    12. Porque cuando la gente no está viviendo el estado de necesidad no es tal, el otro no está viviendo desde el momento en que la ocupa, y ello es lo que produce que esto se convierta en un caos en materia de urbanización. La urbanización no es solamente ir y colocar unas viviendas precarias en un lote para poder ocuparlas, eso no es urbanización ni el poder convivir en una ciudad o en una comunidad. Corresponden las redes de servicios, corresponde la prestación de los servicios básicos: el agua, la luz y el gas. Y si esto no está proyectado o no está programado2 evidentemente va a tener serios problemas para poder hacerlo. Hay un caso en Comodoro Rivadavia donde también se ha ocupado el predio de una escuela y se ha usurpado también el predio de una iglesia. En estas usurpaciones, estas ocupaciones que en muchos casos si uno las recorre va a ver vehículos 4x4 que están acompañando, incluso empresas que acompañan porque hacen movimientos de suelos con los camiones que descargan materiales para que se construyan estas viviendas precarias, evidentemente el estado de necesidad no es tal ni tan real y se puede evitar si se actúa con la celeridad que el caso merece. No significa que no haya política de tierras por parte de los municipios ni significa que no se dé solución a la gente, significa simplemente que debe planificarse la ciudad y que los derechos de uno no deben ser cercenados
    13. por la necesidad, y el estado de necesidad de un derecho que invoca otra persona. Entonces, todo este tipo de cuestiones que por lo general afectan los derechos de los ciudadanos que vienen trabajando y respetando las normativas municipales, provinciales y nacionales, y no actúan sobre la vía de hecho sino que actúan sobre la vía del Derecho, es lo que pretende preservar este proyecto, dándole la herramienta al Juez para que actúe conforme a la ley, sin dejar de lado y sin olvidar que sigue configurando un delito; sigue configurando un delito. Tampoco –más allá de la restitución o no del bien- se actúa, se pretende siempre la mediación, se pretende reubicarlos en otros sectores y tenerlos contenidos dentro de lo que es el contexto de la sociabilidad en los distintos estados. Esa pretensión simplemente a lo que tiende es a un reordenamiento de la ciudad, a un desarrollo orgánico y ordenado como tiene que ser, por la seguridad, por lo que se pretende y por la convivencia entre los distintos vecinos. Porque después empiezan los problemas, porque no hay límites definidos, no consiguen nunca la titularidad de la tierra, no consiguen los servicios -se cuelgan de los servicios-, hay problemas de seguridad en cuanto a las pinchaduras que tienen sobre la electricidad y caños de gas, todo eso es lo que se pretende abarcar con todo esto.
    14. La sanidad es un problema grave que viene acarreado con este tipo de ocupaciones y asentamientos ilegales. Entonces, señor Presidente, ése es el sentido de este proyecto, no se pretende que a partir de la sanción de esta ley se salga a desalojar ni echar de las ocupaciones que ya están dadas, sino simplemente a través de los principios o mecanismos que tiene para producir la mediación, y con la ley en la mano, se permita o se pueda acelerar el proceso de reordenamiento de esas ocupaciones o asentamientos ilegales. SR. PRESIDENTE (Vargas): Tiene la palabra la diputada Ripa. SRA. RIPA: Sí, señor Presidente, es para mencionar o traer a colación lo referido a lo que mencionaban los diputados Risso y Touriñán en lo que tiene que ver con políticas públicas de vivienda. Lo cierto es que desde el 2003 a esta parte, acompañando también... por eso decimos que esta herramienta no es la solución, sino que se viene trabajando en políticas de fondo y que esto viene a colaborar en la herramienta completa -que faculta, no obliga-. Concretamente, se viene trabajando en políticas públicas referidas a vivienda y desde el IPV se desarrolla un programa que tiene que ver con lotes con servicios. Es un programa que se viene desarrollando en algunos municipios; dentro de ellos,
    15. 1..000 de estos lotes fueron entregados a la Municipalidad de Comodoro Rivadavia, 600 a la de Puerto Madryn y, después, en las ciudades de Sarmiento, Rawson y Trevelin. Esto viene a dar otro tipo de soluciones, además de las 16.000 soluciones habitacionales y las cerca de 8.000 viviendas que ya fueron entregadas en la provincia. Digo esto porque coincidimos en que la ley que hoy estamos sancionando o que vamos a sancionar no va a ser una solución de fondo; la solución de fondo la estamos llevando adelante con las políticas a largo plazo referidas al tema vivienda. Gracias, señor Presidente. SR. PRESIDENTE (Vargas): Tiene la palabra el diputado Roque González. SR. GONZÁLEZ (Roque): Gracias, señor Presidente. Este Bloque va a acompañar este proyecto de ley, pero quiero marcar primero dos contrastes. Creo que el rol y desafío actual de la dirigencia argentina es recuperar la autoridad sin complejos, esa rémora que quedó del último golpe de Estado, en el cual hay que tener vergüenza en la aplicación de la ley. Creo que ya han pasado más de veinte años y tenemos que, de a poco, empezar a hacernos cargo de la responsabilidad que tenemos.
    16. En segundo plano, voy a rescatar de este Cuerpo independiente del Estado el rol fundamental que ha tenido. Quiero ver el medio vaso lleno, más allá de que falte mucho por hacer. Pero creo que ha sido por lo menos esta Cámara y la anterior en la que me tocó formar parte como representante del pueblo, ocupar una banca, que ha habido absoluta responsabilidad en dar el Poder Judicial todas las herramientas que reclamaban para una mejor administración del servicio de justicia. Recordarán algunos que hacia fin del año pasado, un miembro, un Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación , el doctor Carlos Fayt, reclamó que muchas de las limitantes para aplicar la justicia en la República Argentina eran falencia del Congreso Nacional, que no les daba las herramientas adecuadas. En el caso de Chubut esto no es así y hemos demostrado varios legisladores permanentemente la voluntad de que en lo que veamos que no funcione plantear el debate, cada uno exponer la posición política que tiene respecto al tema y dar los instrumentos como para que podamos mejorar este sistema democrático, esta democracia nueva que estamos, entre todos, haciendo y generando. Nada más, señor Presidente. SR. PRESIDENTE (Vargas): Tiene la palabra el diputado Urbano.
    17. SR. URBANO: Muchas gracias, señor Presidente. Bueno, en primer lugar, mi extrañeza, mi asombro, porque este tema tan importante sea tratado en una sesión extraordinaria, cuando en realidad se tendría que haber dispuesto un debate en toda la comunidad para ver qué es lo que piensan los distintos integrantes de la sociedad. Me parece que se está actuando en forma compulsiva, es un error tremendo el que se va a cometer. Si bien es cierto que la usurpación de tierras fiscales es contraria a la ley, también es cierto que el Estado no está brindando derechos que son de los ciudadanos, contemplados en: nuestra Constitución Nacional, en el artículo 14º bis; en nuestra Constitución Provincial, en el artículo 77º; por innumerables tratados internacionales, como por ejemplo la Declaración de los Derechos Humanos, el Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales... -creo que fue votado en 1966 o fue adherido nuestro país en 1966 a este Tratado-, la Convención de los Derechos del Niño Derechos del Niño del año 1979 o 1978, y después un compromiso político de este Gobierno de incluir a todos los ciudadanos y resulta que ahora se les está dando una herramienta muy peligrosa a los jueces para que en forma rápida, sin determinar las motivaciones por las cuales las personas se encuentran en estos asentamientos, de un día para el otro disponga que la fuerza pública expulse de forma violenta a estas personas que muchas veces, la
    18. mayoría de las veces, no fueron culpables sino que fueron víctimas de falta de política con relación a la vivienda y a la tierra por parte del Gobierno. Creo que el más inminente de los desalojos es el Pujol II, hay mucha fuerza para erradicar, para sacar a este asentamiento y yo quiero recordar lo que dije en una oportunidad, de que no es tan mala palabra los asentamientos informales, ya que la mayoría de los barrios de nuestra provincia se han conformado inicialmente como asentamientos informales. En Trelew tenemos muchísimos barrios, por nombrar algunos, Don Bosco, Barrio Unión, Presidente Perón, Planta de Gas, Amaya. Son todos barrios que en un comienzo fueron exactamente igual al Pujol II o llamado ahora Barrio Nueva Esperanza. Tendríamos que analizar un poco por qué se formó este asentamiento que ahora puede ser desalojado violentamente dentro de 15 días cuando ya tenga vigencia esta ley que seguramente se va a votar favorablemente. En el año 2004 había plena ocupación en Puerto Madryn y no daban abasto para realizar las obras que se estaban haciendo con las personas de Puerto Madryn, y entonces necesitaron mano de obra de otros lugares. Es así que fueron convocados a trabajar en Puerto Madryn habitantes de otros lugares, dentro y fuera del país, entre ellos muchos bolivianos y algunos paraguayos.
    19. En ese momento se les brindó en forma tácita, mejor dicho, se les autorizó en forma tácita, los servicios mínimos de agua y electricidad y estoy hablando del 2004, hace cuatro años o más, porque si es un ilícito como dicen ahora se podría haber evitado en esa oportunidad, y no se hizo. Y no se hizo porque lo que se les pagaba a estos obreros era muy poco y no alcanzaba para que se pudieran hacer cargo de un alquiler de una vivienda. Tampoco el Gobierno en ese momento les brindó tierra. Parece algo increíble que en esta Patagonia tan desolada, con tanta extensión estemos peleando por la tierra. No había tierras y los obligaron a asentarse en un lugar en donde se hizo la vista gorda, se les permitió que se quedaran ahí. No solamente que hubo un acuerdo tácito sino que se avaló mediante la recorrida de candidatos a ocupar cargos en el gobierno con recorridas y haciendo campaña electoral. Si ustedes van ahora al Pujol II van a encontrar todavía fotografías del señor Intendente Eliceche y del señor Gobernador Das Neves. Esto es así. Resulta que ahora, quizás por algún negocio inmobiliario, que parece que ésa es la razón, un hotel cinco estrellas, parecería que es necesario erradicarlos y dicen que está todo controlado por cuanto a estas 450 familias, alrededor de 2000 personas van a poder construir sus viviendas en otro lugar que no es el barrio San Miguel. Como anticipo les voy a decir lo que va a pasar en gran escala por lo que ocurrió hace dos semanas. Estuve en el Pujol II, en donde
    20. en forma violenta en una de las manzanas, doce personas fueron sacadas y algunas engañadas. Dijeron que les daban un terreno en el barrio San Miguel -después al que quiera le puedo dar nombre y apellido-, a tres personas les habían dado el mismo terreno; esto generó un conflicto, una pelea entre ellos, muy grave. Algunos se encontraron con que no tenían los servicios que les habían ofrecido, que se habían comprometido a darles. Tengo fotografías, para el que quiera ver, donde puedo mostrar que la gente también se tiene que colgar en el barrio San Miguel. En el barrio San Miguel también hay cables de alta tensión y es uno de los motivos por los cuales se dice que hay que sacarlos de ese lugar por el campo magnético que puede ser perjudicial para la salud; sin embargo, en el barrio San Miguel están más cerca: están debajo de los cables de alta tensión. Vale decir que en estos momentos va a ser muy traumático, no sé en otros lugares. En Comodoro Rivadavia, puede ser que ocurra lo mismo, pero esta gente no tiene, la mayoría, posibilidades, aún dándole el terreno en el barrio San Miguel, de trasladarse porque las construcciones de sus viviendas se fueron haciendo de a poco, con mucho esfuerzo, sin ayuda del Estado y ahora lo único que se les ofrece es un terreno pelado, algunas veces sin los dos servicios básicos: que son la luz y el agua.
    21. ¿Adónde va esta gente? En primer lugar, si es que cumplen con los requisitos que pide el gobierno para poder entregarles un terreno. Los requisitos, como ustedes recordarán, son: tener cinco años de residencia en la zona, la mayoría de los que habitan ese lugar tienen menos de cinco años; tener un sueldo que les permita afrontar los gastos que van a tener que pagar cuando les den el terreno en otro lugar; ser ciudadanos argentinos, muchos de ellos son residentes nada más, no son ciudadanos, son bolivianos y paraguayos. Así que también es un engaño, una mentira que a estas 450 familias se las va a poder ubicar en el barrio San Miguel. Para terminar, hay dos derechos que se están violando: uno es el derecho de las personas a tener una vivienda digna y el otro es el derecho de las personas a preservar su propiedad, incluido el Estado. Creo que esto se puede salvar en la medida en que el gobierno tenga políticas férreas y decididas respecto a la tierra y a la vivienda, hacer planificación de los lugares adonde va la gente; la mayoría son indigentes, por supuesto habrá uno no o dos que tendrán cuatro por cuatro. Yo lo invitaría al señor diputado Touriñán para que me acompañe, vamos los dos y entremos casa por casa a ver cómo viven, algunos tendrán DirecTV, pero la mayoría son indigentes y seguramente no van a poder pagar un alquiler,
    22. mucho menos construir una vivienda en otro lugar, que tampoco se les está ofreciendo ahora. Entonces, hay que ser muy cuidadosos, estamos hablando de crisis económica y a esta gente se la va a impulsar a que se quede en la calle. Va a ser un hecho muy traumático, un problema social muy grande para la provincia. Creo que esta ley en este momento no tiene que ser aprobada, tiene que ser rechazada, tiene que haber un debate en la sociedad para ver qué vamos a hacer con todos estos asentamientos y no sacarlos como se pretende, por todas las consecuencias que puede ocasionar esta ley, la vigencia de esta ley.. SR. PRESIDENTE (Vargas): Tiene la palabra el señor diputado Miguel Ángel González. SR. GONZÁLEZ (Miguel Ángel): Señor Presidente, escuchaba atento recién al señor diputado –vale una aclaración- porque creo que como cinco o seis veces lo repitió “Pujol II, Pujol II, Pujol…”. Vuelvo a repetir lo mismo que he dicho en sesiones anteriores, que desconoce Puerto Madryn, va directamente a agitar a los usurpadores de Puerto Madryn y se vuelve a Trelew. Pujol II es un barrio creado por ordenanza municipal, reconocido por el Gobierno Municipal, de tal forma que hasta se ha elaborado a través de Nación y de Provincia un
    23. PROMEBA. Así que el Pujol II es un barrio completamente legal, con todos los servicios como corresponde; lo que está hablando es lo que está lindero, vuelvo a repetirlo -como quince veces lo dije-, lindero al Pujol II… SR. URBANO: Puedo hacer una aclaración? SR. GONZÁLEZ (Miguel Ángel): Cállese la boca que yo no lo interrumpí. Decía, lindero al Pujol II y se llama Nueva Chubut. Un delito es un delito por más que lo consienta el señor diputado Urbano, en primer lugar. Dice que es una herramienta peligrosa, a los jueces, es decir que no cree en la Justicia ; “una herramienta peligrosa”. Nunca en Puerto Madryn, para que sepan, debido a las usurpaciones que hemos tenido, el Municipio de esta ciudad por motus propio ha sacado a los usurpadores sino que se ha presentado en la Justicia , primera parte. Segunda parte: el Municipio de Puerto Madryn tiene elaborado desde hace casi un año y medio un plan de erradicación de la usurpación que se llama loteo social, en la parte del autódromo de la ciudad de Puerto Madryn, al ingreso, a mano derecha. Lo que sucede es que están a mayor distancia de los terrenos que están usurpados y hay agitadores que van y les dicen “se quedan”, “quédense ahí”..
    24. Yo creo que porque han sacado... capaz que se quieren presentar a intendente con los votos de los usurpadores. No sé, me parece, porque ya no entiendo más nada. Madryn tuvo que salir a comprar terrenos, a comprar terrenos a la Armada para que los ciudadanos de Puerto Madryn puedan tener viviendas dignas. Después habla de lo que estamos aprobando, que los van a sacar violentamente. Creo que eso no lo dice en ningún lado, en ningún lado dice que los van a sacar violentamente, porque el Juez tranquilamente puede mediar y tranquilamente pueden salir en forma pacífica, en aquellos lugares donde existe una política de Estado, con loteos sociales, como está existiendo en la ciudad de Puerto Madryn. Entonces, uno no es que quiera atacar, que quiera pelear, uno viene acá a decir las cosas tal cual son. Dice que el señor Gobernador y el señor Intendente han estado de recorrida en el barrio prometiendo… no señor, no señor. Señor Urbano, señor Urbano, el sábado pasado el Gobernador mismo lo ha dicho en el mismo Barrio Pujol II de Puerto Madryn: “Vinimos acá, comprometimos viviendas para los ancianos y las estamos inaugurando”. Y vamos con políticas de de Estado como corresponde, despacio, tranquilos, pero con hechos y en forma legal. Porque yo le diría al señor Urbano que de las cuatrocientas familias que él habla, que existen en el Barrio Nueva Chubut, -no en el
    25. Pujol II, en el Nueva Chubut- ya se radicaron 213 familias en los loteos sociales que están en el Barrio Autódromo de Puerto Madryn, y con los servicios. Más allá de agitadores que van de Trelew y que fueron denunciados por el Director de Tierras de la Municipalidad de Puerto Madryn porque pretendían agitar a la gente. Entonces, esto es muy serio; esto es muy serio, no es para ir media horita, una horita a Madryn, tratar de hablar un ratito, dar un poco de manija y volverse después a su casita, al silloncito. ¡Que se los lleve a su casa! Vuelvo a repetir: que se los lleve a su casa, que les ponga carpitas en el patio de su casa o que se quede ahí, a vivir como están ellos, que los defienda, que vaya al Municipio - que lo va a atender el Intendente municipal- y haga el tratamiento con la gente y por la gente. Entonces, no hagamos demagogia barata. ¿Pero saben una cosa, señor Presidente, señores diputados? No hay que contestarle más. No hay que contestarle más, porque ante cualquier cosa que hablamos respecto a este tema, se equivoca, habla de cuestiones del señor Gobernador, del señor Intendente, “violentamente”, “herramientas peligrosas”. ¿Y qué le voy a decir yo?; ahí, sí, ¿qué le vamos a decir nosotros al vecino del Pujol II que está lindero a este Nueva Chubut? Nueva Chubut que les está quemando los televisores, quemando los lavarropas por la
    26. usurpación de electricidad o faltándoles el agua por las pinchaduras de los caños. ¿Y qué me viene a venir a decir de dos 4x4? ¿Qué me viene a decir de dos 4x4 y de algún Direct TV? No, señor, no es así; no es así ni tampoco es así la historia que hizo de Puerto Madryn. Y también debe saber el doctor Urbano que en el transcurso del año pasado el mismo señor Intendente llamó a los empresarios, porque tienen responsabilidad social que cumplir. Entonces, uno escuchas estas cosas, viene tranquilo, una temporada tranquilita, descansadito y, bueno, se terminó todo, ahí se terminó la paz, ahí se terminó. No me acordaba: Hilda Fredes, agitadora social de la ciudad de Trelew, que concurrió a la ciudad de Puerto Madryn al Barrio Autódromo a decirle, a decirle a gente, a gente que la Municipalidad de Puerto Madryn ya le había dado un loteo social, que se vuelva y a querer manifestar en contra de la Municipalidad de Puerto Madryn. Entonces, esa politiquería barata no la vamos a permitir; no vamos a permitir cuestiones que rayan lo ilegal. Pero sí vamos a seguir trabajando con la gente, con la gente que se arrima a la Dirección de Tierras, con la gente que va de buenas maneras. Porque si es como dice, “tengo fotos”, nosotros tenemos fotos, filmaciones, grabaciones de lo que ha dicho el señor Urbano: “quédense acá, que de acá no los va a sacar nadie, no los tienen por qué sacar; al
    27. contrario, les tienen que dar todo”. ¡¿Cómo un diputado va a decir eso?! Vuelvo a decir lo mismo -y termino-: un delito es un delito, por más que lo consienta el diputado Urbano. Nada más, señor Presidente. SR. PRESIDENTE (Vargas): Tiene la palabra el diputado Néstor García. SR. GARCÍA (Néstor): Creo que este tema lo hemos venido hablando durante todo el año pasado y, en realidad, no deja de sorprender la insistencia del diputado Urbano de defender la usurpación en forma permanente. Estos asentamientos, todos sabemos, son organizaciones que actúan en forma masiva; no es que una persona va y usurpa un terreno, sino que son organizaciones masivas. En algunos casos, ni llegan a asentarse los usurpadores iniciales, sino que venden a precios irrisorios los terrenos. En la mayoría de los casos, transcurrido un tiempo, los habitantes de esos terrenos usurpados no son los usurpadores originales, sino que vendieron el terreno y las mejoras. Esto está comprobado, inclusive en la Justicia. Existen... la usurpación -para mí- es un delito; con necesidad o sin necesidad, es usurpación... Las reglas de la sociedad están para respetarlas. El diputado Urbano
    28. plantea que peleamos por tierras en la Patagonia. Sí , creo que es otro error que plantea fuertemente, porque lo que hay que plantear es que las tierras tienen que ser otorgadas dentro del marco de la ley. Cuando digo: “no deja de sorprenderme”, es porque es un diputado provincial, y ése es el error más grave. Si fuera una persona ajena a esta Casa la que esté incentivando la usurpación no es tan grave, como un diputado provincial que está para crear, para generar leyes, para generar el orden institucional: la del respeto por el vecino y no permitir la usurpación. Creo que es un tema que se discutió durante todo el año; es un tema que está claro, quiénes estamos de un lado y del otro. Yo le reitero nuevamente al diputado Urbano lo que dije en otra sesión: mi abuela, habitante más antigua de Dolavon, con 108 años murió alquilando. Nada más, señor Presidente. SR. PRESIDENTE (Vargas): Por Secretaría se leerá el proyecto. SRA. SECRETARIA (Mingo): (Va copia)
    29. SR. PRESIDENTE (Vargas): Leído, se va a votar. -Se vota y aprueba. Se va a votar el levantamiento del estado de comisión de la Cámara. -Se vota y aprueba. Habiéndose ya leído por Secretaría, se va a votar en general el proyecto. -Se vota y aprueba. Para su consideración en particular, por Secretaría se leerá. -Se leen y aprueban los artículos 1° y 2°. -El artículo 3° es de forma. Habiéndose aprobado en general y en particular, queda sancionada la presente Ley General.
    30. Por Secretaría se dará lectura a las Resoluciones de Presidencia. SRA.. SECRETARIA (Mingo): RESOLUCIONES DE PRESIDENCIA
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