Decreto Gripe A

Loading...

Flash Player 9 (or above) is needed to view presentations.
We have detected that you do not have it on your computer. To install it, go here.

0 comments

Post a comment

    Post a comment
    Embed Video
    Edit your comment Cancel

    Favorites, Groups & Events

    Decreto Gripe A - Presentation Transcript

    1. Municipalidad de Villa Merlo Tercer Microclima del Mundo / Villa de Merlo - San Luis - Argentina Coronel Mercau 605 / Cód. Postal D5881(DEP) Tel. 54 (02656) 475-155 / 475-089 / 476-621 www.villademerlo.gov.ar / www.municipiodemerlo.com.ar Villa de Merlo, San Luis, 7 de Julio de 2009. DECRETO Nº 57-IM/2009. VISTO: La situación de Pandemia por Gripe A (H1N1), y que la población joven es la más afectada por el virus, y CONSIDERANDO: Que nuestra región enfrenta un incremento de casos de infecciones respiratorias notificadas por los establecimientos de salud pública. Que la enfermedad afecta especialmente a la población entre 15 y 50 años. Que se ha confirmado un caso de un habitante de la localidad de Santa Rosa del Conlara que padece influenza A (H1N1) y que habitualmente trabaja en nuestra Villa. Que Gobernador de la Provincia de San Luis, a través del decreto Nº2504 MdeS-2009, ha declarado la Emergencia Sanitaria Provincial hasta el 31 de diciembre de 2009. Que la concurrencia masiva a locales bailables expone a nuestros jóvenes a un alto riesgo de contagio, sobre todo por la proximidad en que se encuentran, la escasa ventilación y por la costumbre de compartir vasos. Que resulta necesario disponer acciones inmediatas respecto de los lugares con alta concentración de personas jóvenes, a fin de resguardar la salud de la población y de los turistas que nos visitan.
    2. Municipalidad de Villa Merlo Tercer Microclima del Mundo / Villa de Merlo - San Luis - Argentina Coronel Mercau 605 / Cód. Postal D5881(DEP) Tel. 54 (02656) 475-155 / 475-089 / 476-621 www.villademerlo.gov.ar / www.municipiodemerlo.com.ar POR TODO ELLO EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD VILLA DE MERLO, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LA LEY LE CONFIERE: DECRETA: Art. 1º.- DISPONER el cese de la actividad en locales bailables, boliches, bailantas, bailes, etc., por el termino de 15 días a partir del día de la fecha. Art. 2º.- Comuníquese, Publíquese, Regístrese y Archívese.

    + guest02a4a4guest02a4a4, 4 months ago

    custom

    236 views, 0 favs, 0 embeds more stats

    More info about this document

    © All Rights Reserved

    Go to text version

    • Total Views 236
      • 236 on SlideShare
      • 0 from embeds
    • Comments 0
    • Favorites 0
    • Downloads 0
    Most viewed embeds

    more

    All embeds

    less

    Flagged as inappropriate Flag as inappropriate
    Flag as inappropriate

    Select your reason for flagging this presentation as inappropriate. If needed, use the feedback form to let us know more details.

    Cancel
    File a copyright complaint
    Having problems? Go to our helpdesk?

    Categories