El interés del propietario es de encontrar a un socio/inversor/operador de un panteón en los terrenos. El propietario cuenta con gran visión y está interesado en vender o asociarse con una operadora de primera para llevar a cabo el desarrollo del panteón. Contáctanos, ¡algo podemos hacer juntos!
2. El Panteon de Cd del Sol , se desarrollará en
13.3 hectáreas dentro de una reserva territorial
de aproximadamente 400 hectáreas que abarca
el total del megaproyecto.
Se ubica en el entronque del Boulevard 2000
con la carretera de cuota a Tecate, B.C.
Vease Planos de Ubicación que se Adjuntan
3. El terreno cuenta con una topografia
amigable, con lomas y plataformas aptas
para el desarrollo de un panteon en
multiples etapas.
El proyecto del panteon esta contemplado
dentro del plan maestro aprobado por las
autoridades del estado de Baja California.
Se presenta un ante proyecto del panteon,
mismo que podra ser modificado por el
desarrollador/comprador.
4. El propietario tiene interés en asociarse con un
desarrollador/operador de panteones con el fin d de
desarrollar el proyecto conjuntamente. De igual
manera esta dispuesto a otorgar facilidades de pago
con un enganche negociado.
Se propone aportar el terreno a un fideicomiso y que
el comprador/socio/operador aporte recursos en
capital o crédito suficiente para desarrollar el
proyecto en la mejor forma posible.
Se plantea la posibilidad de construir los elementos
esenciales de una operación de panteón en la primera
etapa.
Se prevé que la capilla, la zona de servicio, un edificio
de osarios, una sección de tumbas, así como áreas de
servicio al público se incluyan en la primera etapa.
Duración para ejecutar el Proyecto completo: 15 años.
5. El propietario del terreno tiene interés en un
esquema como sigue, sujeto a análisis y
contrapropuesta del socio/operador.
Proceso: Se fija el valor del terreno de acuerdo con
criterios de la industria.
El Socio/operador aporta una cantidad igual para
el inicio, o en su caso, la terminación del total de
la construcción de la primera etapa.
El socio/operador firma un contrato a largo plazo
de operación, sujeto a criterio de cumplimiento, y
se le paga por sus servicios operativos.
Las partes dividen las utilidades de operación en la
misma proporción de la inversión.