Clase sobre Ley de Matrimonio

Loading...

Flash Player 9 (or above) is needed to view presentations.
We have detected that you do not have it on your computer. To install it, go here.

0 comments

Post a comment

    Post a comment
    Embed Video
    Edit your comment Cancel

    Favorites, Groups & Events

    Clase sobre Ley de Matrimonio - Presentation Transcript

    1. Ley de Matrimonio Civil Unidos hasta que el derecho nos separe Francisco J. Estrada Vásquez http://cursoderechodefamilia.blogspot.com/
    2. “ El matrimonio es un contrato solemne por el cual un hombre y una mujer se unen actual e indisolublemente, y por toda la vida, con el fin de vivir juntos, de procrear, y de auxiliarse mutuamente.” Art. 102 del Código Civil Definición
    3. 1. Es un contrato; 2. Es un contrato solemne; 3. Que celebran un hombre y una mujer; 4. Por el cual se unen actual e indisolublemente, y por toda la vida; 5. Con el fin de vivir juntos, de procrear, y de auxiliarse mutuamente Elementos
    4. “ Los cónyuges están obligados a guardarse fe, a socorrerse y ayudarse mutuamente en todas las circunstancias de la vida. El marido y la mujer se deben respeto y protección recíprocos.” Art. 131 CC Obligaciones entre cónyuges
    5. “ Ambos cónyuges tienen el derecho y el deber de vivir en el hogar común, salvo que a alguno de ellos le asista razones graves para no hacerlo.” Art. 133 CC Obligaciones entre cónyuges
    6. “ El marido y la mujer deben proveer a las necesidades de la familia común, atendiendo a sus facultades económicas y al régimen de bienes que entre ellos medie. El juez, si fuere necesario, reglará la contribución.” Art. 134 CC Obligaciones entre cónyuges
    7. Aspectos destacados de la celebración del matrimonio
      • Competencia de cualquier oficial civil.
      • Reconocimiento lenguaje de señas.
      • Cursos de preparación al matrimonio.
      • Admite celebración lengua etnia indígena.
      • Matrimonio ante entidad religiosa de derecho público produce efectos civiles, si:
      • - cumple con requisitos LMC
      • - desde su ratificación e inscripción ante Oficial R.C.
    8. Acciones de Separación, Nulidad y Divorcio (nueva LMC)
      • Antecedentes nueva LMC/Visión general
      • Principales características:
      • Cuerpo legal sistemático y coherente
      • Estatuto diferenciado N-S-D//sin embargo, normas comunes
      • Competencia tribunales especializados
      • Incorpora mediación
    9. Nueva ley de matrimonio civil
      • Principios (ideas matrices):
      • Solucionar rupturas matrimoniales, velando por proteger la familia
      • Resguardo interés superior de los hijos y del cónyuge más débil
      • Preservación vínculos filiación
      • Reconocimiento autonomía de los cónyuges
    10. Nulidad del matrimonio
    11. Nulidad del matrimonio
      • Objetivo nuevas normas: recuperar carácter técnico, juzgar validez vínculo matrimonial
      • Fuente próxima: normas derecho canónico
      • Modificaciones introducidas a los requisitos de validez del matrimonio:
      • a) A la capacidad legal de los contrayentes:
      • i) Se eleva edad para casarse (16 años)
    12. Nulidad del matrimonio
      • ii) Se incorporan tres nuevos impedimentos dirimentes absolutos:
      • Privación de uso de razón
      • Trastorno o anomalía síquica que genera incapacidad formar comunidad de vida
      • Carencia de suficiente juicio o discernimiento para comprender y comprometerse con D|/O del matrimonio
    13. Nulidad de matrimonio
      • iii) Se elimina impedimento de impotencia
      • iv) Se elimina impedimento relacionado con el adulterio
      • b) A los vicios del consentimiento:
      • i) Se consagra error en las cualidades personales del otro contrayente, que atendida naturaleza matrimonio, se estima determinante para otorgar consentimiento
    14. Nulidad del matrimonio
      • ii) Se admite la fuerza proveniente de una circunstancia externa, que hubiere sido determinante para casarse
      • iii) Se elimina el rapto
      • c) A los requisitos formales
      • i) Se elimina competencia oficial civil
      • ii) Se conserva ausencia o inhabilidad de los testigos
    15. Régimen legal aplicable a la nulidad
      • Causales de nulidad:
      • Incapacidades señaladas arts. 5,6 y 7
      • Consentimiento viciado términos art.8
      • Ausencia o inhabilidad de testigos
      • Titulares: reformas introducidas
      • - Se elimina ministerio público y todo aquel que tenga interés actual en ella
    16. Régimen legal aplicable a la nulidad
      • Otorga acción popular en interés de la moral y la ley, por impedimentos: parentesco, matrimonio con autor homicidio otro cónyuge
      • Ascendientes, solo por impedimento edad
      • Caso vínculo matrimonial no disuelto: se entrega acción a herederos y cónyuge anterior
    17. Régimen legal aplicable a la nulidad
      • Prescripción:
      • amplía a 3 años por vicios consentimiento
      • - un año en impedimento edad/causal testigos
      • Efectos:
      • Regula liquidación de bienes caso mala fe
      • Presunción de buena fe si no se alega lo contrario en juicio de nulidad
    18. De la Separación de los cónyuges
      • Separación de hecho
      • Separación Judicial
      • Separación de hecho:
      • Importancia para efectos de establecer con certeza inicio del cese de convivencia, de tal manera de poder contabilizar los plazos necesarios para invocar el cese como causal de divorcio
    19. Regulación Separación de Hecho
      • Acuerdos entre los cónyuges
      • Contenido de los acuerdos
      • Formalidades de los acuerdos
      • Fijación fecha cierta inicio cese convivencia:
      • Existencia de acuerdos
      • Inexistencia de acuerdos
    20. Regulación separación de hecho
      • Existencia acuerdo
      • Escritura pública/acta ante notario
      • Acta ante oficial registro civil
      • Transacción aprobada judicialmente
      • Inexistencia acuerdo
      • Notificación demanda cuestiones familia
      • Notificación de constancia unilateral
    21. Regulación separación de hecho
      • Vías para manifestar voluntad unilateral
      • Escritura pública/acta ante notario
      • Acta ante oficial registro civil
      • Constancia ante juzgado correspondiente (gestión no contenciosa, comparecencia personal, notificación reglas generales)
      • Matrimonios celebrados antes entrada
      • vigencia ley: no se le aplica esta norma
    22. De la separación judicial
    23. De la separación judicial
      • Suspensión vida en común declarada por resolución judicial
      • Causales:
      • A) Subjetiva : incumplimiento grave obligaciones emanadas del matrimonio o en relación a hijos, torna intolerable vida en común (formulación genérica)/desafíos
    24. Regulación separación judicial
      • B) Causal objetiva : cese convivencia entre los cónyuges
      • No tiene plazo
      • Debe acreditarse
      • Puede pedirse por uno o ambos cónyuges
      • Petición conjunta impone deber de acompañar Acuerdo Regulatorio
    25. Regulación separación judicial
      • Exigencias para aprobación acuerdo:
      • * Debe ser Completo y Suficiente
      • Completo:
      • a) En las relaciones mutuas de los cónyuges:
      • si regula régimen de alimentos
      • Materias vinculadas régimen de bienes
      • b) En relación con los hijos:
    26. Regulación separación judicial
      • Régimen de alimentos
      • Cuidado personal de los hijos
      • Derecho-deber comunicacional
      • Suficiente:
      • Resguarda interés superior hijos
      • Procura aminorar menoscabo económico
      • Establece relaciones equitativas entre cónyuges
    27. Regulación separación judicial
      • Ejercicio de la acción
      • Acción pertenece solo a los cónyuges, salvo cónyuge que dio lugar a la causal
      • Acción es irrenunciable e imprescriptible
      • Puede deducirse:
      • a) directamente, b) dentro de otro procedimiento ocasionado por la separación, c) violencia intrafamiliar
    28. Regulación separación judicial
      • Reclamación medidas provisorias para cautelar bienes sociedad conyugal
      • Juez debe resolver todas cuestiones planteadas en relación a la separación (idea de Acumulación necesaria , art.17, ley TF)
      • En ese contexto, cónyuges pueden solicitar al juez la liquidación del régimen de bienes (art. 224 COT, modificado)
    29. Efectos separación judicial
      • Entre las partes: desde sentencia firme
      • Frente a terceros: subinscripción R.Civil
      • Desde subinscripción: calidad separados
      • Distinción efectos:
      • Relaciones personales cónyuges
      • Ámbito patrimonial cónyuges
      • En relación a los hijos
    30. Efectos separación judicial
      • A) Relaciones personales: suspende vida común y deber fidelidad
      • B) Ambito patrimonial:
      • * termina régimen de bienes, derechos sucesorios respecto culpable, alimentos subsisten
      • C) Relación hijos: no produce alteración alguna
      • Salvo: hijo concebido durante separación, no goza de presunción de paternidad
    31. Reanudación vida en común
      • Pone fin a procedimiento o separación decretada
      • Si separación por causal subjetiva: requiere revocación sentencia, pedida por ambos
      • Si separación por cese convivencia: basta declaración en acta oficial civil
      • No revive sociedad conyugal ni P.Gananciales/pueden pactar P.Gananciales
    32. El Divorcio
    33. Del divorcio.- antecedentes doctrinarios tipos de divorcio
      • Con expresión de causa:
      • Divorcio sanción
      • Catálogo causal
      • Forma genérica
      • Divorcio remedio
      • Sistema cerrado{
      • Sistema abierto{
      • Sin expresión de causa:
      • Petición ambos cónyuges (mutuo consentimiento)
      • Petición unilateral (repudio, ley sueca)
    34. Regulación del divorcio LMC
      • Causales: solo divorcio por causa
      • A) Causal subjetiva (divorcio sanción)
      • Requisitos de procedencia
      • Tipo de formulación
      • B) Causal objetiva (divorcio remedio-cerrado)
      • Cese de convivencia hace presumir quiebre, otorga certeza de imposibilidad vida en común.
    35. Regulación divorcio
      • Transcurre lapso cese convivencia lapso superior a un año: cónyuges pueden pedir divorcio común acuerdo
      • Transcurre lapso cese convivencia por más de 3 años: uno cualquiera de los cónyuges puede solicitar divorcio/ Salvo: incumplimiento reiterado obligación alimenticia con cónyuge e hijos.
    36. Regulación divorcio
      • Si petición es conjunta: exigencia de Acuerdo Regulatorio, completo y suficiente
      • Forma de contabilizar los plazos: remisión a normas de la separación de hecho
      • Ejercicio acción:
      • Pertenece solo a los cónyuges, es irrenunciable e imprescriptible
    37. Efectos del divorcio
      • Entre cónyuges: sentencia firme
      • Frente a terceros: subinscripción
      • Pone término al matrimonio
      • Calidad de divorciados/permite volver a casarse
      • Ambito patrimonial: terminan D° y O, fundados en matrimonio/D° a C.Econ.
      • Relación con hijos: no se altera filiación
    38. Normas Comunes: I. Compensación Económica
      • Fundamento: protección cónyuge débil
      • Ambito aplicación: nulidad y divorcio
      • Objeto: beneficia al cónyuge que hubiere sufrido menoscabo económico, por haberse dedicado al cuidado de los hijos o del hogar, dejando de desempeñar un trabajo remunerado
    39. Compensación económica
      • Naturaleza jurídica:
      • No es pensión de alimentos (razones)
      • No es indemnización de perjuicios clásica
      • No es indemnización por daño moral
      • Pudiera ser una especie de indemnización, por el enriquecimiento de uno de los cónyuges, a costa del otro
    40. Compensación económica
      • Requisitos de procedencia:
      • Dedicación cuidado hijos o del hogar
      • Ausencia trabajo remunerado
      • Menoscabo económico
      • Divorcio culpable permite excluir o denegar compensación
      • Es independiente del régimen matrimonial
    41. Compensación económica
      • Oportunidad:
      • Pactada por ambos cónyuges y aprobada por el juez
      • En la demanda, o escrito complementario
      • En la reconvención
      • El juez les informa del derecho en audiencia conciliación
    42. Compensación económica
      • Criterios de procedencia: miran el pasado, pero también situación futura, se preocupa calidad de vida y reinserción laboral (62)
      • Fijación: monto único e inalterable
      • Modalidades:
      • acciones, dinero, bienes
      • Constitución derechos reales
    43. Compensación económica
      • Posibilidad distribuir cuotas, reajustables, naturaleza alimenticia solo respecto persecución, salvo seguridades en sentencia
      • Norma de protección acreedores deudor
      • Norma protección beneficiario
      • Transferencia, transmisibilidad y renunciabilidad del derecho
    44. Normas comunes: II. Conciliación
      • Deducida demanda de separación o divorcio, el juez citará a audiencia de conciliación
      • Propósito dual:
      • Considerar posibilidad de superar conflicto/mantención vínculo
      • Acordar regulación materias propias relaciones mutuas y de filiación
    45. Conciliación
      • De no alcanzarse acuerdos: juez ofrece someterse a mediación (voluntariedad).
      • Debe pronunciarse provisoriamente sobre materias debatidas.
      • Situación Nulidad: pese a no caber primer objetivo de conciliación, debe promoverse respecto de los demás aspectos: relaciones personales cónyuges y relación con hijos.
    46. Normas Comunes: III. Mediación
    47. Normas Comunes: III. Mediación
      • 1. Oportunidad:
      • a) Si ambos cónyuges lo solicitaren
      • b) Si no se ha producido conciliación completa y suficiente, salvo convicción del juez que no prosperará
      • 2. Objetivo : mecanismo de resolución de conflictos en que un tercer imparcial, sin poder coercitivo, ayuda a las partes a encontrar por sí mismas. Solución a su conflictos, mediante acuerdos.
      • * Discusión parlamentaria al respecto
    48. Mediación
      • 3. Situación Nulidad : aparece excluida en relación a “las causales de nulidad”, interpretación que, a contrario sensu, admite mediar en los demás aspectos del conflicto
      • 4. Principios : voluntariedad, igualdad de condiciones, velar por interés superior de los hijos, confidencialidad, imparcialidad
    49. Aspectos procesales comunes a nulidad, separación y divorcio
      • Reglas generales: tramitación conforme procedimiento ordinario tribunales familia.
      • Reglas especiales:
      • juez debe conocer y resolver conjuntamente todas las materias relacionadas (acumulación necesaria).
      • Si el juez, conociendo solicitud de divorcio advierte antecedentes que ameritan nulidad, debe hacérselo saber a cónyuges/debe resolver nulidad primero.
    50. Aspectos procesales
      • Principios:
      • Tramitación será conforme la paz y concordia entre miembros de la familia.
      • Menores comprometidos: velar por interés superior del niño; los oirá y tomará en cuenta sus opiniones en función de su edad y madurez.
      • Proceso reservado, salvo voluntad partes.
    51. Aspectos procesales
      • Sentencia que da lugar a nulidad, separación o divorcio: debe subir en consulta si no es apelada.
      • Si la Corte estime dudosa legalidad del fallo: lo retendrá y conocerá como si se hubiera interpuesto apelación.
      • Efectos sentencias extranjeras de nulidad o divorcio serán reconocidas Chile/CPC.

    + franciscojestradafranciscojestrada, 2 years ago

    custom

    2020 views, 0 favs, 2 embeds more stats

    Clase sobre Ley de Matrimonio

    More info about this document

    © All Rights Reserved

    Go to text version

    • Total Views 2020
      • 1976 on SlideShare
      • 44 from embeds
    • Comments 0
    • Favorites 0
    • Downloads 45
    Most viewed embeds
    • 38 views on http://cursoderechodefamilia.blogspot.com
    • 6 views on http://www.cursoderechodefamilia.blogspot.com

    more

    All embeds
    • 38 views on http://cursoderechodefamilia.blogspot.com
    • 6 views on http://www.cursoderechodefamilia.blogspot.com

    less

    Flagged as inappropriate Flag as inappropriate
    Flag as inappropriate

    Select your reason for flagging this presentation as inappropriate. If needed, use the feedback form to let us know more details.

    Cancel
    File a copyright complaint
    Having problems? Go to our helpdesk?