Este documento discute la necesidad de saneamiento físico legal de predios afectados por la reforma agraria en Perú y propone soluciones a problemas pendientes. Propone un marco legal para (1) solucionar la deuda agraria a ex propietarios y (2) sanear títulos de propiedad imperfectos otorgados a beneficiarios. También establece que beneficiarios calificados pueden solicitar saneamiento físico legal de predios mediante autorizaciones de bonos actualizados de deuda agraria a ex propietarios afectados
Declaracion jurada de la ex vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner
Carlos Magno Chavez Trujillo - Saneamiento Fisico Legal de los Predios Afectados por el proceso de Reforma Agraria
1. SANEAMIENTO FISICO LEGAL
DE PREDIOS AFECTADOS
POR EL PROCESO DE
REFORMA AGRARIA
Carlos Chávez Trujillo
Asesor del Despacho Ministerial
Ministerio de Agricultura
16 JUL. 2009
1
2. I.- BASE LEGAL
• Decreto Ley 17716-Ley de Reforma Agraria,
24 JUN. 69, Art. 1º :
“Proceso integral y un instrumento de transformación de
la estructura agraria del país, destinado a sustituir los
regímenes de latifundio y minifundio por un sistema justo
de propiedad, tenencia y explotación de la tierra, que
contribuya al desarrollo social y económico de la Nación,
mediante la creación de un ordenamiento agrario que
garantice la justicia social en el campo y aumente la
producción y la productividad del sector agropecuario,
elevando y asegurando los ingresos de los campesinos
para que la tierra constituya, para el hombre que la
trabaja, base de su estabilidad económica, fundamento
se su bienestar y garantía de su dignidad y libertad” .
2
3. I.- BASE LEGAL
• Decreto Legislativo Nº 653 “LEY DE
REFORMA AGRARIA”, del 30 JUL.91 :
- Adeudos a un importante número de expropiados de
la reforma agraria;
- Títulos de propiedad imperfectos otorgados por el
Estado a favor de los beneficiarios de la reforma agraria,
producto muchas veces del apresuramiento con el que,
sobre todo el Gobierno Militar, encaró el proceso de
reforma agraria.
3
4. II. PARTES DEL PROCESO DE
REFORMA AGRARIA
1. Adquisición
- Afectación : Procedimiento Administrativo
. DRA
. Ex Dirección General de Reforma
Agraria y Asentamiento Rural
- Expropiación : Procedimiento Judicial
. Demanda ante Juzgado de Tierras de la
Jurisdicción donde se ubicaba el predio
rústico.
. Acompaña demanda de Bonos de la Deuda
Agraria.
4
5. II. PARTES DEL PROCESO DE
REFORMA AGRARIA
1. Adjudicación
. Procedimiento de calificación de beneficiarios de la
reforma agraria.
. Ministerio de Agricultura expedito para adjudicar el
predio rústico a los beneficiarios de la reforma agraria.
. Las adjudicaciones podían hacerse:
a) En forma individual
b) En forma asociativa
c) A favor de las Comunidades Campesinas.
5
6. III. ASUNTOS PENDIENTES DE
LA REFORMA AGRARIA
1. TITULOS DE PROPIEDAD IMPERFECTOS
OTORGADOS POR EL ESTADO
• Primero tenía que culminar el proceso judicial de
expropiación. No siempre fue así.
• Gobierno Militar sólo con Decreto Supremo de
Afectación otorgaba títulos de propiedad a los
beneficiarios de reforma agraria sobre predios que
habían llegado sólo a la etapa de afectación.
• En otros casos, iniciados los procesos judiciales de
expropiación, se otorgaba títulos de propiedad a los
beneficiarios sin esperar a que concluyese el proceso,
es decir, sin esperar a que se produjese la traslación de
dominio del predio a favor del Estado.
6
7. III. ASUNTOS PENDIENTES DE
LA REFORMA AGRARIA
• Por tanto se otorgaron títulos de propiedad sobre
predios que aún aparecían inscritos en los Registros
Públicos a nombre del propietario del predio.
• Situación que dio lugar a que algunos propietarios
demanden la nulidad de los títulos otorgados por el
Estado y la consiguiente restitución del predio a su
patrimonio.
• En otros casos, el propietario del bien no expropiado
pero si titulado por el Estado, simplemente optó por no
hacer nada frente a un hecho consumado a favor de un
sinnúmero de adjudicatarios.
7
8. III. ASUNTOS PENDIENTES DE
LA REFORMA AGRARIA
1. FALTA DE CANCELACION DE LOS BONOS DE LA
DEUDA AGRARIA A LOS EX PROPIETARIOS:
. Pago en efectivo, por la expropiación del ganado,
plantaciones, instalaciones, construcciones y equipos
agrícolas o industriales.
. Bonos de la Deuda Agraria : tres clases: A, B y C
. Pago mediante amortizaciones anuales en el plazo
de 25 años, en el caso de los Bonos de las Clases A y
B, y de 30 años, en el de los de la Clase C. Fueron
emitidos en la moneda de circulación de la época que
era el Sol Oro.
8
9. III. ASUNTOS PENDIENTES DE
LA REFORMA AGRARIA
• Proceso inflacionario (Inti, Inti Millón y Nuevo Sol) Bonos
ya no pudieron ser redimidos por el otrora Banco de
Fomento Agropecuario, que por mandato de la Ley de
Reforma Agraria actuaba como fideicomisario de la
Deuda Agraria.
• La falta de pago de los Bonos originó una constante
demanda de los tenedores de Bonos para que el Estado
implemente un mecanismo de actualización del valor al
signo monetario en vigencia y su respectiva cancelación.
9
10. III. ASUNTOS PENDIENTES DE
LA REFORMA AGRARIA
• Decreto de Urgencia Nº 088-2000 de OCT. 2000-
Actualización del Valor de los Bonos Canjeados por
unos Nuevos
• No fue reglamentado
Hechos que motivaron que muchos tenedores de bonos
de la Reforma Agraria han optado por demandar al
Estado ante el Poder Judicial para que se actualice el
valor de los Bonos y se ordene su cancelación.
10
11. IV. CONCLUSIONES
1. Resulta importante contar con un marco legal que
permita solucionar el tema de la Deuda Agraria a los
ex propietarios de la reforma agraria.
3. Resulta importante contar con un marco legal que
permita sanear los títulos de propiedad imperfectos
otorgados por el Estado a los beneficiarios de la
reforma agraria y que permita el saneamiento físico-
legal de los precios afectados por el proceso de la
reforma agraria.
11
12. IV CONCLUSIONES
Los adjudicatarios, beneficiarios calificados y
posesionarios de tierras que fueron afectadas o
expropiadas por el Estado con fines de Reforma
Agraria, de conformidad con el Texto Unico
Concordado del Decreto Ley Nº 667 y sus
modificatorias, podrán solicitar el saneamiento
físico legal del predio que ocupan, en virtud de
las autorizaciones de entrega de “Bonos
actualizados de la Deuda Agraria” a favor del
afectado expropiado.
12