El objetivo de la Ordenanza es que el Municipio por intermedio de las diferentes herramientas y nuevas tecnologías de la información y de la comunicación (NTIc´S ) implemente una Guía Online de Información y Orientación para el tratamiento de la Diabetes página web oficial del Gobierno Municipal y la que deberá contener:
a) Los diferentes servicios que prestan para el estudio, tratamiento y control de la Diabetes, los Hospitales y Centros de Atención Primaria Municipales, como así también, las instituciones de salud privada del distrito.
b) Datos con información precisa de los lugares (Dirección, Teléfonos, correo electrónico, etc.), horarios de atención de las distintas especialidades disponibles (diabetes, pie diabético, podología, nutrición, odontología, dermatología y rehabilitación, entre otras) nómina de los profesionales médicos que atienden las mismas y farmacias especializadas.
c) Diferentes tipos de servicios y/u organizaciones públicas, privadas o no gubernamentales, que contribuyen a mejorar la calidad de vida de aquellos afectados por la enfermedad, (Asistencia terapéutica; grupos de ayuda; charlas; Banco de Medicamentos; Talleres de acompañamiento, de cocina y nutrición; y actividad física, etc.)
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198-HCD-2014 Proyecto de Ordenanza Guia Online de Información y Orientación para el tratamiento de la Diabetes en San Isidro
1. Honorable Concejo Deliberante de San Isidro
Bloque Partido Justicialista – Frente para la Victoria
San Isidro
San Isidro, 9 de Junio de 2014
AL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN ISIDRO
VISTO:
La importancia de continuar promoviendo una mejor calidad de vida en
materia de salud para nuestra comunidad específicamente a quienes padecen
crónicamente enfermedades como la Diabetes, y;
CONSIDERANDO:
Que en nuestro distrito un sector importante de vecinos son
pacientes con tratamientos prolongados que sufren de Diabetes. Una afección
crónica que se desencadena cuando el organismo pierde su capacidad de
producir suficiente insulina o de utilizarla con eficacia.
Que el tratamiento de esta enfermedad requiere el control de muchas
variables como alimentación, actividad física, peso corporal, controles y estudios
rutinarios, medicación constante, etcétera, lo que obliga al paciente a estar muy
dedicado al cuidado de su salud.
Que para las personas que padecen dicha enfermedad resulta esencial
acceder y estar correctamente informados sobre las distintas formas de
tratamiento, y saber, donde pueden concurrir para llevar a cabo sus respectivos
estudios, controles y/o tratamientos.
Que en este sentido la Municipalidad a través de distintas herramientas y
tecnologías de la información y comunicación (NTIC´S) puede realizar una
importante tarea en brindar la información necesaria sobre los diferentes servicios
de salud que prestan instituciones públicas y/o privadas del distrito los que
contribuyen a mejorar la calidad de vida, disminuir las complicaciones asociadas a
la diabetes, reducir los factores de riesgo cardiovascular a través de distintas
conductas saludables.
Que la promoción del acceso a la información y a la igualdad de
oportunidades es una responsabilidad del conjunto de la sociedad, que requiere
inevitablemente de la acción y el compromiso del Estado Municipal.
Por todo lo anteriormente descripto, el Bloque de Concejales del Partido
Justicialista-Frente para la Victoria vería con agrado el tratamiento del siguiente
proyecto de,
2. Honorable Concejo Deliberante de San Isidro
Bloque Partido Justicialista – Frente para la Victoria
San Isidro
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Créase la “Guía Online de Información y Orientación para el
tratamiento de la Diabetes” para el ámbito del Partido de San Isidro.
ARTÍCULO 2º: La Guía Online de Información y Orientación para el tratamiento
de la Diabetes se encontrará alojada en página web oficial del Gobierno Municipal
y su objetivo será difundir información sobre:
a) Los diferentes servicios que prestan para el estudio, tratamiento y control de
la Diabetes, los Hospitales y Centros de Atención Primaria Municipales,
como así también, las instituciones de salud privada del distrito.
b) Datos con información precisa de los lugares (Dirección, Teléfonos, correo
electrónico, etc.), horarios de atención de las distintas especialidades
disponibles (diabetes, pie diabético, podología, nutrición, odontología,
dermatología y rehabilitación, entre otras) nómina de los profesionales
médicos que atienden las mismas y farmacias especializadas.
c) Diferentes tipos de servicios y/u organizaciones públicas, privadas o no
gubernamentales, que contribuyen a mejorar la calidad de vida de aquellos
afectados por la enfermedad, (Asistencia terapéutica; grupos de ayuda;
charlas; Banco de Medicamentos; Talleres de acompañamiento, de cocina
y nutrición; y actividad física, etc.)
ARTICULO 3º: La Autoridad de Aplicación de la presente Ordenanza será la
Secretaria de Salud Público, trabajando articuladamente con la Subsecretaria de
Comunicación y Cultura.
ARTÍCULO 4º: Presupuesto: Los gastos de personal, materiales, herramientas, y
actividades que demande este Programa deberán ser previstos en la partida
presupuestaria correspondiente al Ejercicio 2015.
ARTICULO 5º: De forma.