ENJ-2-400-Derecho Civil Sustantivo - Filiación y Adopción

Loading...

Flash Player 9 (or above) is needed to view presentations.
We have detected that you do not have it on your computer. To install it, go here.

0 comments

Post a comment

    Post a comment
    Embed Video
    Edit your comment Cancel

    Favorites, Groups & Events

    ENJ-2-400-Derecho Civil Sustantivo - Filiación y Adopción - Presentation Transcript

    1. Filiación y Adopción Facilitadora: Mirta Duarte
    2. FILIACIÓN Objetivos específicos:
      • Identificar los distintos lazos filiales que se generan en el seno familiar, en un proceso de reproducción natural biológica y médicamente asistida.
      • Conocer las diferentes acciones de filiación-
      • Conocer las diferentes modalidades de reconocimiento: Voluntario y judicial.
      • Manejo de los medios de pruebas admisibles e incidentes procesales.
    3. Demandas en materia de familia FILIACIÓN
      • Es la relación natural o jurídica que existe entre dos personas de las cuales, una es el padre o la madre y la otra el hijo.
      • La filiación surte efectos jurídicos importantes, ella entraña una obligación alimenticia, amén de los derechos de sucesión recíproca.
    4. LEY NO. 136-03
      • Todos los hijos e hijas, ya sean nacidos de una relación consensual, de un matrimonio o adoptados, gozarán de iguales derechos y calidades, incluyendo los relativos al orden sucesoral.
      • Se prohíbe el empleo de cualquier denominación discriminatoria de su filiación.
      • Los hijos e hijas habidos fuera del matrimonio podrán ser reconocidos por su padre de manera individual, ya sea al producirse el nacimiento, o por testamento, o mediante acto auténtico.
      • El reconocimiento puede preceder al nacimiento del hijo o hija, o puede suceder al fallecimiento del hijo o hija, si es que estos últimos dejan descendencia.
    5. RECONOCIMIENTO VOLUNTARIO
      • Es una declaración por la cual una persona declara que un niño es su hijo.
      • Características:
      • -Es un acto voluntario,
      • -Es eminentemente personal,
      • -Es un acto individual,
      • -Es una acto irrevocable.
    6. RECONOCIMIENTO VOLUNTARIO
      • Efectos
        • Son los propios de la relación paterno filial, alimentos, apellido, etc.
        • Es una acción declarativa de estado
    7. RECONOCIMIENTO JUDICIAL O FORZOSO
      • Es interpuesto cuando un hijo natural no ha sido reconocido por sus progenitores, él puede, a los fines de asegurarse sus derechos alimenticios y sucesorales, intentar una acción en justicia con miras a establecer su filiación
    8. POSESION DE ESTADO
      • Se prueba por una reunión suficiente de hechos que indican la relación de filiación y del parentesco entre un individuo la familia a la cual pretende pertenecer.
      • Deben tener los siguientes elementos
      • Nomen
      • Tractus
      • Fama
      • La posesión de estado debe ser constante no interrumpida.
    9. OTROS MEDIOS DE PRUEBAS
      • La filiación paterna se prueba por todos los medios, incluyendo testigos o cualquier otro medio.
    10. DESCONOCIMIENTO DE FILIACION
      • Acción ejercida por el padre en contra del o la representante del hijo. A la muerte del padre puede ser ejercida por sus herederos, si éste la ha interpuesto.
      • Esta acción tiene por finalidad establecer la inexactitud del vínculo de filiación afirmado por el reconocimiento.
    11. ADOPCIÓN Objetivos específicos
      • Estudiar la normativa sustantiva y de procedimiento aplicada a la filiación adoptiva dentro del concepto de un ficción de la ley.
    12. Evolución
      • En el Código de Hammurabi en Babilonia 1750 años antes de Cristo, en los artículos 185 y siguientes, “Si un hombre lleva a un recién nacido para adoptarlo y lo cría, ese niño no podrá ser reclamado”
    13. El Código de la Siete Partidas
      • Libro de las leyes o fuero de las leyes de Alfonso X el sabio, escrito entre el año de 1256 y 1265, en su partida 4ta título 16, se refiere a la adoptio como el prohijamiento de unos hombres con relación a otros aunque no sean vinculados naturalmente.
    14. La adopción en Republica Dominicana
      • Periodo precolonial.
      • Periodo colonial.
      • Época haitiana.
      • Código Civil del 16 de abril de 1884.
      • Ley 5152 del 13 de junio de 1959.
      • Ley 14-94 del 22 de abril de 1994.
      • Ley 136-03 del 07 de agosto del 2003.
    15. La Adopción
      • Origen etimológico: del latín adoptio, derivado del verbo adoptare, que significa la acción de escoger, aceptar.
    16. Concepto de Adopción
      • Es una institución jurídica de orden público e interés social que permite crear, mediante sentencia rendida al efecto, un vinculo de filiación voluntario entre personas que no lo tienen por naturaleza. (Artículo 111 de la Ley 136-03).
    17. Modalidades de la Adopción
      • La adopción testamentaria.
      • La adopción remuneratoria.
      • La adopción semiplena (simple).
      • La adopción plena (privilegiada).
      • La adopción internacional y de extranjeros.
      • La adopción postmortem.
    18. Finalidad de la adopción
      • En principio su fin era religioso, a fin de asegurarse la descendencia.
      • Actualmente es la protección integral de los de NNA.
    19. Caracteres de la adopción
      • Es una institución de derecho de familia.
      • Ficción legal.
      • Constituye un estado civil.
      • Tramitación reservada.
      • Es irrevocable.
      • Su fin es el interés superior del niño.
    20. Personas que intervienen en la Adopción
      • Los padres, representantes legales y consejo de familia.
      • Los padres adoptivos.
      • Las personas a ser adoptada.
      • CONANI.
      • El Ministerio Público.
      • El Tribunal de NNA.
    21. Sujetos a ser adoptados
      • NNA de filiación desconocida. (declarados abandonados).
      • NNA privados de la autoridad parental.
      • NNA huérfanos.
      • NNA cuyos padres consientan la adopción.
      • NNA hijo del otro cónyuge.
    22. Quienes pueden adoptar
      • Los cónyuges dominicanos casados por más de 3 años y si son extranjeros más de 5años.
      • Los convivientes de manera continua por más de 5 años.
      • La persona soltera que tenga el NNA bajo su crianza.
      • El tutor respecto a su pupil @ .
      • Otros casos, viud @, divorciad@, separad@.
    23. Condiciones de fondo
      • Relativas al adoptante:
      • Vinculo matrimonial, relación consensual entre adoptantes o estado de soltería.
      • Edad mínima (30) y máxima (60).
      • Diferencia de 15 años.
      • Cuidado previo.
      • Idoneidad.
    24. Condiciones de fondo
      • Relativas al adoptado:
      • Condiciones de adoptabilidad.
      • Interés superior del niño.
      • Consentimiento de las partes.
    25. Consentimiento de la adopción
      • Los padres biológicos.
      • Los padres adoptivos.
      • El niño adoptar si tiene más de 12 años.
      • Los hijos del adoptante si tienen más de 12 años.
      • El Director de CONANI.
      • El representante legal y el Consejo de Familia.
    26. Condiciones de forma
      • Relativas a la forma de dar el consentimiento.
      • Relativas al proceso de adopción ¿gracioso o contencioso?
    27. Convenios Internacionales sobre Adopción
      • La Declaración de Ginebra.
      • El Código de Bustamante. (Art. 73)
      • La Convención interamericana sobre Conflicto de leyes en materia de adopción de la Paz, Bolivia de 1984.
      • Declaración Universal de los Derechos del Niño.
      • La Convención de la Haya del 1955 sobre adopción.
      • Convención sobre los Derechos del Niño.
      • La Convención de La Haya relativo a la protección del niño y a la cooperación en materia de adopción internacional.
    28. La Adopción Internacional
      • Requisitos específicos:
      • Condiciones respecto de los adoptantes.
      • Casados por más de 5 años.
      • Condiciones respecto a los adoptados.
      • Cumplimiento reglas establecidas en el Convenio de la Haya.
      • Efectos positivos y negativos.
    29. Adopción Internacional
      • Documentos adicionales.
      • Certificación expedida por un organismo o entidad oficialmente autorizada, en la que conste el compromiso de darle seguimiento, hasta su nacionalización al adoptado.
      • Autorización del gobierno de residencia de los adoptantes para el ingreso del NNA.
    30. Fase administrativa de protección
      • Asignación de NNA.
      • Período de convivencia.
      • Práctica de evaluaciones.
      • Tramite administrativo.
      • Certificación de idoneidad.
    31. Criterios para asignación de NNA
      • Preferencia a familiares.
      • Preferencia a dominicanos.
      • Orden de solicitud.
      • Extranjeros miembros de un país que haya ratificado el Convenio de la Haya.
    32. Fase Jurisdiccional
      • Tribunal competente ¿Residencia? Del NNA
      • Depósito demanda y documentos que acreditan el cumplimiento de los requisitos establecidos.
      • Opinión del Ministerio Público.
      • Decisión del Juez.
      • Notificación de la sentencia.
      • Transcripción de la sentencia.
    33. Impugnaciones
      • Apelación.
      • Nulidad.
      • Revisión Civil. (408 del CPC)
    34. Efectos de la adopción
      • ¿A partir de que momento?
      • Derechos.
      • Deberes.
      • Funciones.
      • Prohibiciones.
    SlideShare Zeitgeist 2009

    + Escuela Nacional JudicaturaEscuela Nacional Judicatura Nominate

    custom

    264 views, 0 favs, 1 embeds more stats

    More info about this document

    © All Rights Reserved

    Go to text version

    • Total Views 264
      • 259 on SlideShare
      • 5 from embeds
    • Comments 0
    • Favorites 0
    • Downloads 0
    Most viewed embeds
    • 5 views on http://www.enjcomunidad.org

    more

    All embeds
    • 5 views on http://www.enjcomunidad.org

    less

    Flagged as inappropriate Flag as inappropriate
    Flag as inappropriate

    Select your reason for flagging this presentation as inappropriate. If needed, use the feedback form to let us know more details.

    Cancel
    File a copyright complaint
    Having problems? Go to our helpdesk?

    Categories