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Dudas Frecuentes
1. ¿Por qué existen los proyectos de inversión?
Los proyectos de inversión surgen de la necesidad imperante de satisfacer las
crecientes necesidades de la población, los cuales pueden ser privados o
sociales, sin embargo cualquiera que sea su enfoque, requerirán de ser
evaluados para garantizar la asignación eficiente de los recursos escasos.
2. ¿Cómo se da la vinculación de los proyectos privados y la economía?
Por el simple hecho de invertir y consolidar un proyecto, éste se relacionará con
el resto de la economía, sin importar el área en la que se incursione, es decir, el
proyecto producirá algún bien o servicio, para realizar la producción él
demandará insumos, tal vez importe materias primas, requerirá mano de obra,
pagará sueldos y salarios, los cuales serán empleados para comprar otros
satisfactores, venderá su producción y obtendrá ingresos, se establecerán
proceso de compra y venta, involucrará a mayoristas y minoristas, los cuales
también obtendrán un ingreso, así la producción llegará al consumidor final
nacional o tal vez la exporten, lo que generará divisas para el país, etc.
3. ¿qué es el "ciclo de desarrollo de un proyecto"?
se puede definir como el número de etapas o fases a través de las cuales el
proyecto va adquiriendo coherencia y forma, es decir, va transitando desde su
etapa más simple que es la identificación de una idea, hasta la etapa más
acabada, es decir, la puesta en marcha de la nueva unidad productiva.
4. Defina qué es un mercado y mencione los elementos que lo componen.
El mercado es en la estructura misma donde convergen las potencialidades de la
oferta y la demanda, que dentro de un determinado momento coexisten en un
sistema económico; también es el mercado donde se establecen las condiciones
de precio y cantidad de las transacciones a realizarse, además es en él donde las
personas reflejan sus intereses, deseos, gustos y jerarquizan sus necesidades.
Los elementos del mercado son.
§ Bienes y servicios
§ Oferta
§ Demanda
§ Precios
5. ¿Cuál es la clasificación de los mercados según el tipo de competencia?
a. Mercados de competencia perfecta o pura, y
b. Mercados de competencia imperfecta (monopolio puro, competencia
monopolista y competencia oligopolista).
6. Defina las siguientes conceptos: ley de la demanda, demanda (como
enunciado), demanda matemáticamente, tabla de demanda y curva de demanda.
§ LEY DE LA DEMANDA: es la cantidad que se demanda de un bien o servicio,
el cual varía en proporción inversa al precio, siempre y cuando las condiciones
objetivas y subjetivas no varíen.
§ COMO ENUNCIADO: la demanda es la cantidad de bienes y servicio que los
consumidores están dispuestos a adquirir a los diferentes precios que existen en
el mercado en un momento determinado y según determinadas condiciones de
precio, calidad, ingresos y gustos-
§ MATEMÁTICAMENTE: la demanda es una función matemática expresada así:
D = f(p, g, y, pc, ps); esta es una función de demanda individual donde:
D = demanda
f = en función de
p = precio del bien o servicio
g = gustos del consumidor
y = ingresos del consumidor
pc = precio de los bienes complementarios
ps = precio de los bienes sustitutos
Si se habla de demanda total o de mercado, entonces la función se expresa así:
D = f(p, g, y, pc, ps, P, dy); que es igual a la oferta individual más los siguientes
elementos P = población total y dy = distribución del ingreso nacional entre la
población.
§ TABLA DE DEMANDA: la demanda es una lista de cantidades que los
consumidores están dispuestos a adquirir.
§ CURVA DE DEMANDA: la demanda es una curva que se representa en un eje
cartesiano; en el eje de las abscisas se anotan las cantidades y en el eje de las
ordenadas se anotan los precios; se relacionan las cantidades con los precios y
al unirse dan una curva de demanda.
7. Defina las siguientes conceptos: ley de la oferta, oferta (como enunciado),
oferta matemáticamente, tabla de oferta y curva de oferta.
§ LEY DE LA OFERTA: es la cantidad que se ofrece de un bien o servicio, el cual
varía en proporción directa al precio, siempre y cuando las condiciones objetivas
y subjetivas no varíen.
§ COMO ENUNCIADO: la oferta es la cantidad de bienes y servicio que los
productores están dispuestos a ofrecer a los diferentes precios que existen en el
mercado en un momento determinado.
§ MATEMÁTICAMENTE: la oferta es una función matemática expresada así: O =
f(p, c, pc, ps); esta es una función de oferta individual donde:
O = oferta
f = en función de
p = precio del bien o servicio
c = costo de producción
pc = precio de los bienes complementarios
ps = precio de los bienes sustitutos
Si se habla de oferta total o de mercado, entonces la función se expresa así: O =
f(p, c, pc, ps, e, cpe); que es igual a la oferta individual más los siguientes
aspectos e = número de empresas del sector productivo y cpe = capacidad
productivas de las empresas del sector.
§ TABLA DE OFERTA: la oferta es una lista de cantidades que los productores
están dispuestos a ofrecer a los diferentes precios.
§ CURVA DE OFERTA: la oferta es una curva que se representa en un eje
cartesiano; en el eje de las abscisas se anotan las cantidades y en el eje de las
ordenadas se anotan los precios; se relacionan las cantidades con los precios y
al unirse dan una curva de oferta.
8. Mencione los determinantes de la oferta.
Entre los principales determinantes de la oferta se encuentran:
§ Costo de producción
§ empresas del sector
§ capacidad productiva de las empresas
§ precios de los bienes relacionados
§ capacidad adquisitiva de los consumidores
9. Defina qué es el precio.
El precio es el coeficiente de cambio de las cosas expresado en términos
monetarios.
Término con el que se indica el valor de los bienes y servicios, expresados en
moneda.
Técnicamente le precio es el punto de equilibrio donde se cruzan la oferta y la
demanda en un mercado de competencia perfecta.
ESTUDIO DE MERCADO
1. ¿Cuál es el principal objetivo del estudio de mercado?
Estimar la cuantía de los bienes y/o servicios provenientes de una nueva unidad
de producción que la comunidad estaría dispuesta a adquirir a determinados
precios. Esta cuantía representa la demanda desde el punto de vista del
proyecto. También deberá determinar la estrategia de comercialización óptima
dependiendo del tipo de producto (bien intermedio, bien de capital y bien final) y
la clasificación del mercado ( monopólico, oligopólico, competencia perfecta).
2. ¿Cuál es la importancia de las estadísticas en el estudio de mercado?
La importancia radica en que si existe información estadística resulta
relativamente fácil conocer cuál es el monto y el comportamiento histórico de la
demanda y de la oferta.
3. ¿Por qué es imprescindible estudiar el comportamiento pasado y presente de
la demanda y de la oferta de cualquier proyecto?
El análisis de la situación proyectada es la etapa que representa mayor interés
para el evaluador de proyectos, sin embargo cualquier pronóstico tiene que partir
de una situación dada y para ello es imprescindible el estudiar el comportamiento
pasado y presente de la demanda y de la oferta de cualquier proyecto.
4. Mencione dos objetivos del estudio del comportamiento histórico de la
demanda.
El primero es revisar y analizar estadísticamente la evolución histórica de la
demanda a partir del estudio de la cuantía consumida, esta cuantía se revisa
para cierto periodo cuya extensión dependerá del tipo de bien así como del tipo
de información disponible. El pronostico consiste en definir el comportamiento del
pasado y presente a fin de pronosticar su comportamiento futuro con un margen
razonable de seguridad.
El segundo objetivo del análisis histórico se refiere a evaluar el resultado de
algunas decisiones tomadas por otros agentes económicos para identificar los
efectos positivos o negativos que lograron. La importancia de reconocer esta
relación causa-efecto en los resultados de la gestión comercial, reside en
aprovecharse de la experiencia de otros para evitar cometer los mismos errores y
repetir o imitar las acciones que les produjeron beneficios.
5. ¿Cómo se clasifica la demanda en relación con: su oportunidad, su necesidad,
su temporalidad y su destino.
En relación con su oportunidad se clasifica en:
§ demanda insatisfecha
§ demanda satisfecha saturada
§ demanda satisfecha no saturada
En relación con su necesidad se clasifica en:
§ demanda de bienes socialmente necesarios
§ de manda de bienes no necesarios o de gusto
En relación con su temporalidad se clasifica en:
§ demanda continua
§ demanda cíclica o estacional
§ demanda pasajera
En relación con su destino se clasifica en:
§ demanda de bienes de consumo final
§ demanda de bienes intermedios
§ demanda de bienes de capital
6. Dentro del análisis de la oferta, mencione algunos aspectos que condicionan la
factibilidad y estabilidad de u proyecto.
§ Los costos de producción
§ El valor de los insumos
§ El desarrollo tecnológico
7. Mencione los elementos que se deberán de estar en posibilidad de precisar
con el estudio completo de la oferta.
§ Localización de la oferta (competidores)
§ Estacionalidad de la oferta (si es que hubiera)
§ Desenvolvimiento histórico de la oferta (tasa de crecimiento)
§ Estructura de la producción
§ Capacidad instalada, utilizada y ociosa
§ Calidad y precio de los productos
§ Materias primas empleadas
§ Disponibilidad de mano de obra
§ Inversión fija y número de trabajadores
§ Existencia de bienes sustitutos y complementarios
§ Planes de expansión
8. ¿Cuáles son las características que diferencian a un servicio de un bien o
producto?
§ Intangibilidad
§ Naturaleza perecedera
§ No estandarización
§ Participación
9. Defina qué es le precio.
Se define como la cantidad monetaria a que los productores están dispuestos a
vender y los consumidores a comprar un bien o servicio.
10. ¿Cuáles son los factores que intervienen en la fijación del precio.
§ El costo.
§ La oferta y la demanda
§ El factor localización y flete
11. ¿Qué es comercialización? Explique cuál es su importancia y cómo se
relaciona con un proyecto de inversión.
La comercialización es la actividad que permite al productor hacer llegar un bien
al consumidor final, sin embargo, la comercialización no se debe interpretar tan
sólo como la transferencia de productos hasta manos del consumidor, ya que
esta actividad debe conferirle al producto los beneficios de tiempo y de lugar, es
decir, una buena comercialización es aquella que coloca al producto en un sitio y
un momento adecuado, para darle al consumidor final la satisfacción de que él
espera.
12. ¿Por qué papel juegan un papel importante los intermediarios dentro del
proceso de comercialización?
§ Porque asignan a los productos el sitio y el momento adecuados para ser
consumidos
§ Concentran grandes volúmenes de diversos productos y distribuyen grandes
volúmenes de productos diversificados, haciéndolos llegar a lugares lejanos
§ El es el que sostiene a la empresa al comprar grandes volúmenes, ya que si la
empresa vendiera menudeo, sus costos tardarían más en recuperarse
ESTUDIO TÉCNICO
1. ¿Cómo Se define el tamaño óptimo de un proyecto?
El tamaño óptimo de un proyecto deberá ser el resultado del estudio y análisis
exhaustivo de las relaciones recíprocas existentes entre la demanda, la
disponibilidad de las materias primas, la tecnología, los equipos disponibles y el
financiamiento.
2. ¿Cuáles son los factores determinantes del tamaño óptimo de la planta?
Explique.
§ El mercado potencial
§ El financiamiento
§ El factor técnico
3. Defina que son las economías de escala.
A medida que la empresa es más grande y aumenta su volumen de producción
se pueden hacer presentes ciertas características que originen ahorros e los
costos unitarios, a estas características se les denomina economías de escala.
4. Explique cuál es la importancia de la localización óptima de un proyecto. 217
La importancia de la localización óptima de un proyecto contribuirá a que se logre
una mayor tasa de rentabilidad.
5. El marco legal al que se enfrentará un proyecto de inversión dependerá del
tipo de proyecto que se trate, pero ¿por qué es tan importante este factor?
Porque no será económicamente conveniente avanzar en el estudio de una
iniciativa que de entrada, es incompatible e incongruente con los lineamientos
generales establecidos por el marco jurídico dentro del cuál deberá quedar
inserto.
6. Mencione los factores que se deben de considerar al decidir la forma jurídica
en que operará la futura empresa. 242
§ El tipo y complejidad de las actividades a realizar
§ Las características de los socios
§ Los riesgos que los socios están dispuestos a admitir
§ La magnitud de los recursos financieros requeridos
§ La forma en que deba ser administrada la sociedad
§ La estabilidad que deba tener la sociedad
7. ¿Qué es un organigrama? Y ¿para qué nos sirve?249
un organigrama no es más que la representación gráfica de los niveles
jerárquicos y líneas de autoridad para la toma de decisiones (relaciones de
autoridad). Se constituye desde la jerarquía más baja hasta la más alta y pueden
ser tan extensos y variados como las necesidades de organización lo requieran.
Un organigrama nos sirve para mostrar las jerarquías, las líneas de mando, los
departamentos operativos y las responsabilidades dentro de la empresa.
8. La ingeniería de un proyecto tiene por objeto una doble función, ¿cuál es?267
§ Establecer las bases técnicas
§ Establecer las bases económicas
9. ¿Cuáles son los puntos que se deben desarrollar en un estudio de ingeniería
de un proyecto?
§ Programa de producción
§ Programa de abastecimiento
§ Tecnología
§ El equipo: adquisición de maquinaria
§ Mano de obra
§ Técnicas de análisis del proceso de producción
§ Distribución de los procesos dentro de la planta
§ Distribución de la planta
§ Elaboración de planos de la planta y obra civil
§ Programa de trabajo
ESTUDIO FINANCIERO
1. ¿Cuál es la finalidad del estudio financiero?
Es sistematizar y cuantificar toda la información recabada anteriormente y el
primer paso será cuantificar las inversiones que requerirá el proyecto.
2. ¿Qué representan las inversiones dentro de un proyecto de inversión?
Las inversiones representan el total de los recursos monetarios que serán
canalizados por el o los inversionistas para llevar a cabo el proyecto.
3. ¿Cómo se distribuyen las inversiones requeridas?
Las inversiones requeridas se distribuyen en dos grandes grupos:
§ las que se requieren para la instalación de la planta (montaje), y
§ las requeridas para el inicio de operaciones (primera (s) producción (es)
posterior (es) a la etapa de prueba)
los recursos necesarios para el montaje se subdividen en inversiones fijas y
diferidas (capital inmovilizado e intangible), mientras que los que se requieren
para financiar la primera producción constituyen el capital de trabajo (capital
circulante). Para realizar el cálculo de las inversiones requeridas, es preciso
considerar la valuación del costo de las inversiones a precios de mercado.
4. ¿Cuáles son las inversiones en activos fijos?
Las inversiones en activos fijos son todas aquellas que se realizan en los "fierros
y ladrillos" que se utilizarán en el proceso de transformación de los insumos o
que servirán de apoyo a la operación normal del proyecto; se entiende por activo
tangible o fijo los bienes propiedad de la empresa, tales como terrenos, obra civil,
maquinaria y equipo, instalaciones complementarias, servicios auxiliares, etc.
5. ¿Cuáles son las inversiones en activos diferidos?
Las inversiones en activos intangibles o diferidos son todas aquellas inversiones
que se realizan sobre activos constituidos por los servicios o derechos adquiridos
necesarios para el funcionamiento del proyecto: constituyen inversiones
intangibles como investigaciones y estudios previos, organización de la empresa,
patentes, diseños comerciales o industriales y conocimientos técnicos y
especializados en ingeniería, supervisión y administración de la instalación, etc.
Cabe mencionar que para efectos contables, los activos diferidos están sujetos a
amortización a diferencia de los activos fijos que están sujetos a amortización.
6. ¿cuáles son las inversiones en capital de trabajo?
Desde el punto de vista práctico, la inversión en capital de trabajo constituye el
conjunto de recursos necesarios en la forma de activos corrientes para la
operación normal del proyecto durante un ciclo productivo, es decir, está
representado por el capital adicional (distinto de la inversión en activos fijos y
diferidos) con que hay que contar para que empiece a funcionar el proyecto.
Para financiarse la primera producción debe comprarse materia prima, pagar
mano de obra, contar con cierta cantidad de efectivo para sufragar los gastos
diarios de la empresa, otorgar crédito por la primera producción, etc. Estos rubros
constituirán el activo circulante.
Sin embargo también se puede obtener crédito a coto plazo en conceptos tales
como impuestos, algunos servicios, proveedores y a este rubro se le denomina
pasivo circulante.
7. Mencione y explique cada uno de los métodos para el cálculo del capital de
trabajo.
MÉTODO DEL CAPITAL DE TRABAJO NETO. El método se basa en considerar
que como los recursos del inversionista estarán depositados en efectivo,
inventarios o créditos al cliente, es posible que recursos de terceros puedan
quedar disponibles para el proyecto.
Una forma común de estimar la inversión en capital de trabajo por este método
es estimando un promedio por ítem en función a los antecedentes de la industria
y de esta forma calcular lo que requeriría el proyecto.
MÉTODO DEL PERIODO DE RECUPERACIÓN. Este método consiste en
determinar la cuantía de los costos de operación que se deben financiar desde el
momento en que se efectúa el primer pago por la adquisición de la materia prima
hasta el momento en que se recauda el ingreso por la venta de los productos. El
cálculo de la inversión en capital de trabajo (ICT), se determinará por la siguiente
expresión:
ICT = Cp (Cdp)
Donde:
Cp = es el periodo de recuperación y
Cdp = costo diario promedio de operación.
Un periodo de recuperación puede ser corto o muy largo, dependiendo siempre
del producto del que se esté hablando. Una forma de tratar de determinar el
capital de trabajo, consiste en calcular el costo de operación mensual o anual y
dividirlo por el número de días de la unidad de tiempo seleccionada (30 ó 365).
De esta forma se obtiene un costo de operación promedio diario, que al ser
multiplicado por el periodo de recuperación (ingreso por ventas) obtendremos el
monto requerido.
La simplicidad del procedimiento se manifiesta cuando se considera que para la
elaboración de los flujos de caja ha sido necesario calcular tanto el costo total de
un periodo como el periodo de recuperación. De igual manera, su utilidad queda
demostrada durante ese periodo de recuperación. Es un buen método para
proyectos con periodos de recuperación reducidos.
8. ¿Qué es el cronograma de inversiones?
Es la elaboración de un calendario preciso para las diversas etapas de la fase de
inversión. Esta es una parte esencial de todo estudio de viabilidad ya que la
ejecución de cada proyecto debe estar vinculada a un calendario o cronograma.
Los recursos par el financiamiento de un proyecto puede provenir de tres fuentes,
¿cuáles son?
§ Recursos propios; la opción de efectuar el financiamiento con recursos propios
se debe considerar, ya que esta forma puede dar algunas ventajas; el
financiamiento con recursos propios se traduce en un menor riesgo de
insolvencia y una gestión menos presionada, aunque cabe señalar que los
proyectos requieren generalmente de fuertes erogaciones que difícilmente
podrán ser cubiertas por las aportaciones de los socios.
§ Fuentes internas de las empresas; este tipo de fuentes se pueden utilizar
cuando el proyecto es desarrollado por una empresa ya existente y los recursos
provienen de la retención de las utilidades (rehusando el pago de dividendos).
§ Fuentes externas; las principales fuentes externas de financiamientos son los
préstamos y los aportes de capitales en forma de acciones ordinarias o
preferentes y/o obligaciones financieras; puede también establecer una diferencia
entre el acceso a las fuentes externas sin intermediarios financieros (venta
directa de acciones al público) o con ellos (bancos, compañías de seguros, casa
de bolsa, etc).
9. ¿Cómo se determina la capacidad de endeudamiento de un proyecto de
inversión?
Para determinar el grado de endeudamiento en que puede incurrirse en la
realización de un proyecto es necesario estimar las utilidades anuales, con base
en las proyecciones de volúmenes de venta a través de la elaboración de
presupuestos de ingresos y egresos. Lo9s niveles de utilidad así previstos,
adicionados del monto de las reservas de depreciación y amortización,
representan la máxima capacidad de pago que tendría la empresa para hacer
frente a compromisos financieros.
10. ¿A qué se refiere el estudio de los presupuestos?
Los presupuestos son la base de la cuantificación de las operaciones a futuro,
teniendo como marco de referencia el estudio de mercado, el estudio técnico, el
estudio organizacional y el estudio financiero, y su propósito es sistematizar la
información concerniente a ingresos y egresos, así como mostrar los resultados
de las operaciones realizadas.
11. ¿A qué se refiere el presupuesto de ingresos?
Los ingresos correspondientes al proyecto quedarán definidos por el volumen de
producción y por los precios de venta (estimados en el estudio de mercado) de
los bienes que se produzcan. El volumen de producción dependerá del tamaño
del proyecto según se definió antes y del porcentaje de la capacidad instalada
que se utilice (estudio técnico). Aunque los ingresos más relevantes son aquellos
que se derivan de la venta del bien que producirá el proyecto, también se
deberán considerar otros ingresos derivados de la venta de productos
secundarios y/o deshechos en caso de que los hubiera.
12. ¿A qué se refiere el presupuesto de egresos?
En esta agrupación se encontrarán todas aquellas operaciones que signifiquen
un costo o un gasto para el proyecto.
Mencione algunos rubros representativos que integran los costos de producción,
gastos de administración y venta.
§ Materias primas y otros materiales
§ Costo de los insumos
§ Materiales indirectos
§ Mano de obra directa
§ Mano de obra indirecta
§ Costo de mantenimiento
§ Cargos de depreciación y amortización
§ Costos de administración
§ Costos financieros
13. ¿Qué es la depreciación y cómo se contabiliza?
La depreciación es la disminución de valor originada por el deterioro físico y/o por
la obsolescencia económica.
El costo de depreciación y obsolescencia o simplemente depreciación es la
partida anual que hay que sumar a los demás costos de producción para tener en
cuenta la limitación en la vida útil de dichos activos.
La inversión (desembolso en dinero) ya se realizó en el momento de la compra
del activo, por lo tanto al hacer un cargo por el concepto mencionado, implica que
en la realidad ya no se está desembolsando ese dinero, entonces esto quiere
decir que se está recuperando. Al ser cargado un costo sin hacer un desembolso,
se aumentan los costos totales y esto causa, por un lado, un pago menor de
impuestos y por otro, es dinero en efectivo disponible.
14. ¿Qué es el umbral de rentabilidad?
Mediante el análisis del umbral de rentabilidad se determina el punto en que los
ingresos provenientes de las ventas coinciden con los costos de producción . el
umbral de rentabilidad se puede definir en términos de unidades físicas
producidas, o del nivel de utilización de la capacidad en la cual los ingresos
provenientes de las ventas coinciden con los costos de producción.
15. ¿Qué son los estados financieros pro forma y cuáles son los que
normalmente se presentan en este tipo de estudios?
El término estados financieros pro forma significa estados financieros
proyectados, es decir, el evaluador proyectará los resultados económicos que él
calcula deberá tener la empresa de acuerdo con la serie de informaciones que se
recabaron durante todos los estudios previstos a esta etapa. Los estados
financieros son los documentos que muestras la situación de una empresa por un
periodo o fecha determinada.
Dentro de los estados financieros que normalmente se encuentran en este tipo
de estudio encontramos a el estado de resultados, el flujo de caja y el balance
general.
Los estados financieros se clasifican en dos tipos, ¿cuáles son?
§ Los dinámicos; los cuales son el reflejo de las operaciones realizadas por una
empresa durante un periodo dado. Es decir, muestran lo realizado durante un
lapso en algunos renglones específicos de operación. Dentro de estos estados
financieros se encuentra el estado de resultados (también conocido como de
pérdidas y ganancias) y el flujo de caja.
§ Los estáticos, que son aquellos que muestran las operaciones y situación
financiera o económica de un ente a una fecha determinada. Es decir, reflejan el
estado en el que se encontraba una empresa en una fecha determinada. Dentro
de los estados financieros estáticos se encuentra el más representativo de éstos,
que es el balance general, también conocido como el estado de posición
financiera o estado de situación financiera.
16. ¿Cuál es el objetivo del estado de resultados?
Su objetivo es mostrar el movimiento de ingresos y gastos de operación en un
periodo determinado, generalmente un año; la diferencia entre ingresos y gastos
de operación representa la utilidad o pérdida. El estado de resultados es el
principal medio para poder medir la rentabilidad de una empresa a través de un
periodo, ya sea de un mes, tres meses o un año. El estado de resultados se
muestra en etapas, ya que al restar a los ingresos los egresos del periodo se
obtienen diferentes utilidades hasta llegar a la utilidad neta.
17. ¿Qué es el flujo de caja?
El flujo de caja es un estado financiero básico junto con el balance general y el
estado de resultados el cual proporciona información acerca de la situación
financiera de un proyecto. El flujo de caja a diferencia del estado de resultados es
un informe que incluye las entradas y salidas de efectivo, factor decisivo para
evaluar la rentabilidad del proyecto.
18. Mencione los elementos del flujo de caja.
El flujo de caja de cualquier proyecto se compone de cuatro elementos básicos:
§ Los egresos iniciales de fondos (inversión inicial)
§ Los ingresos y egresos de operación
§ El momento en que ocurren estos ingresos y egresos, y
§ El valor de desecho o salvamento del proyecto.
19. ¿Qué es el balance general?
Se puede definir como un inventario, establecido en un momento preciso (cada
mes, al final de un periodo contable, al final de un año) de todo lo que la empresa
posee (activo) y de lo que debe (pasivo), la diferencia entre el activo y el pasivo
es el "activo neto", esto es el monto de capital que pertenece a la empresa y por
ello a sus propietarios. El balance general presenta en un mismo reporte la
información necesaria para tomar decisiones en las áreas de inversión y de
financiamiento.
El balance general presenta dentro de su estructura tres agrupaciones o cuantas:
activo, pasivo y capital.
EVALUACIÓN SOCIOECONÓMICA
1. ¿En qué consiste la evaluación de un proyecto?
La evaluación de un proyecto consiste en realizar una apreciación comparativa
entre las posibilidades de uso de los recursos representados por los proyectos de
inversión evaluados por los distintos criterios existentes.
2. ¿Con que fines se realiza la evaluación de un proyecto privado?
§ Tomar una decisión de aceptación o rechazo, cuando se estudia un proyecto
específico, y
§ Decidir el ordenamiento de varios proyectos en función de su rentabilidad,
cuando estos son mutuamente excluyentes o existe racionamiento de capitales.
Para que un proyecto privado sea satisfactorio, los méritos deberán estar
ampliamente justificados por las utilidades previstas y el monto de los recursos
que es necesario invertir.
3. ¿Cuáles son los métodos de evaluación?
Existen dos tipos de métodos de evaluación de un proyecto; los métodos que
consideran el cambio e valor real del dinero a través del tiempo y que están
relacionados en forma directa con el análisis de la rentabilidad, y los que no
consideran éste elemento y que básicamente están relacionados con el análisis
operativo de la futura empresa.
4. Defina el valor del dinero a través del tiempo.
Puesto que el dinero puede ganar intereses cuando se invierte por un cierto
periodo, es importante reconocer que un peso que se reciba en el futuro valdrá
menos que un peso que se reciba actualmente. Es precisamente esta relación
entre el interés y tiempo lo que conduce al concepto del valor del dinero en el
tiempo. Es decir, que cantidades iguales de dinero no tienen el mismo valor si se
encuentran en periodos diferentes en el tiempo y si la tasa de interés es mayor
que cero.
5. ¿Cuál es el objetivo de actualizar los flujos de efectivo proyectados?
El objetivo es determinar si los flujos que serán recibidos en el futuro rendirán
mayores beneficios que los usos alternativos que hoy se le pueden dar al monto
que será destinado como inversión. Los principales métodos que utilizan el
concepto de flujo de efectivo actualizado son el valor actual neto (VAN) y la tasa
interna de retorno (TIR).
6. ¿Qué es el Valor Actual Neto?
El método del valor actual neto es uno de los criterios económicos más
ampliamente utilizados en la evaluación de un proyecto de inversión. Consiste en
determinar la equivalencia en el tiempo cero de los ingresos menos los egresos
(ó FNE) para cada año, actualizados a una tasa de interés predeterminada y
comparar ésta equivalencia con el desembolso inicial (inversión inicial ó I0).
Cuando dicha equivalencia es mayor que el desembolso inicial (I0), entonces es
recomendable que el proyecto sea aceptado.
Su expresión matemática es:
Donde:
VAN = valor actual neto
I0 = inversión inicial
= indica la sumatoria de los flujos a actualizarse que van desde uno hasta "n2
periodos
Yt = ingresos totales
Et = egresos totales
1/(1 + i)n = factor singular de actualización ( FSA)
i = tasa de descuento ó actualización que a su vez será la tasa de rendimiento
mínima aceptable (TREMA)
n = número de periodos
7. ¿Qué es la tasa mínima aceptable de rendimiento (TREMA)?
La TREMA es la tasa que representa una medida de rentabilidad, la mínima que
se le exigirá al proyecto de tal manera que permita cubrir:
§ La totalidad de la inversión inicial
§ Los egresos de operación
§ Los intereses que deberán pagarse por aquella parte de la inversión financiada
con capital ajeno a los inversionistas del proyecto
§ Los impuestos
§ La rentabilidad que el inversionista exige a su propio capital invertido
Para determinar la TREMA podemos considerar.
* La tasa de inflación más una prima al riesgo
TREMA = índice inflacionario + prima de riesgo
* El costo del capital más una prima al riesgo
TREMA = costo del capital + prima al riesgo
8. ¿Cuáles son la ventajas y desventajas de la utilización del VAN?
Las ventajas:
§ Considera el valor del dinero a través del tiempo
§ El Van es el único, independientemente del comportamiento de los flujos netos
de efectivo
§ Presenta un resultado en términos monetarios
Las desventajas:
§ La estimación de la TREMA se realiza de manera intuitiva con criterio de
experto y basándose e el conocimiento del entorno económico.
§ El resultado es sumamente sensible a la TREMA utilizada. Esto quiere decir
que se puede descartar un buen proyecto debido a una exigencia desmedida, ya
que entre mayor sea la TREMA que se exija al proyecto, menor será el valor
monetario del VAN y viceversa.
9. ¿Qué es la tasa interna de retorno (TIR)?
La TIR es un índice de rentabilidad ampliamente aceptado y está definida como
la tasa de interés que reduce a cero el VAN. En términos económicos la tasa
interna de retorno representa la rentabilidad exacta del proyecto.
10. Mencione las ventajas y las desventajas de la utilización de la tasa interna de
retorno.
Las ventajas:
§ Considera el valor del dinero a través del tiempo
§ La TIR se constituye como un indicador propio del proyecto y sobre la base de
esta se puede decidir sobre otras alternativas
§ La tasa empleada en la actualización de los FNE no influye en la determinación
de la TIR
Las desventajas.
§ La principal desventaja de la TIR se presenta cuando los FNE durante el
horizonte del proyecto arrojan uno o más resultados negativos (es decir existe
alternativa de signos). En éste caso existen varias TIR, por lo cual no puede
llegarse a una conclusión concreta en relación con la aceptación del proyecto.
11. Defina la relación beneficio-costo (RB/C).
Un criterio tradicionalmente utilizado en la evaluación de proyectos es la relación
beneficio-costo. La relación beneficio-costo mide la utilidad obtenida por cada
unidad de capital invertido, es decir, mide la utilidad que genera el proyecto por
cada peso invertido.
12. Defina qué es análisis de sensibilidad.
Con ayuda del análisis de sensibilidad es posible mostrar cómo la rentabilidad del
proyecto se modifica cuando se asignan diferentes valores a las variables
necesarias para el cómputo (precios de venta, costos unitarios, volumen de
ventas). El análisis de sensibilidad se usa con frecuencia cuando se considera
posible introducir mejoras cambiando algunas de las variables, aún cuando el
empleo de los métodos de evaluación actualizado ya descritos no indiquen una
rentabilidad satisfactoria.
Tipos de sociedades en cr
http://www.oficinascomerciales.es/icex/cma/contentTypes/common/records/mostrarDocume
nto/?doc=4239565
inscripción de una sa en cr
http://www.moorestephens-
centroamerica.com/costaRica/comoOperar/Constituciondesociedadanonima.pdf
Nuestro Empresa, con sobrada experiencia en la asistencia a
empresarios para crear nuevas empresas en Costa Rica, sea que este
iniciando un negocio en Costa Rica, sea que quiere abrir una sucursal en
Costa Rica, nuestros abogados y asesores le asistirán, desde la
constitución de la sociedad anónima, o la sociedad de responsabilidad
limitada, en la elección de la mejor estructura de operación, dependiendo
del tipo de negocio o giro comercial de la empresa.
Nuestra firma brinda asesoría y asistencia completa en el trámite de
inscripción ante los entes estatales, tales como Tributación Directa;
Municipalidades, Seguros sociales y Laborales (Caja Costarricense del
Seguro Social, Instituto Nacional de Seguros) procesos como:
legalización de libros contables y legales; Obtención de Licencias de
operación, patentes comerciales en la Municipalidades, permisos de
funcionamiento por parte del Ministerio de Salud. Logrando que su
empresa en el menor tiempo posible inicie operaciones.
Ya en operación, nuestro Grupo cuenta con profesionales en el Area
Contable y administrativa, para aquellos procesos contables, legales y
operativos de empresas establecidas en Costa Rica. Ofrecemos el
servicio contable completo, pago y cálculo de planillas, pago de
impuestos mensuales, trimestrales y anuales (pago de impuestos de
ventas, pago de impuestos territorial, pago de los impuestos de renta,
cálculo de impuesto al salario, etc), nuestra asistencia incluye la
presentación de declaraciones informativas de impuestos.
Necesita más informacion en cómo iniciar operaciones en Costa Rica, le
presentamos detalle de cómo DyN servicios le asiste en el proceso de
establecer su empresa o sucursal en Costa Rica.
1. Constitución o creación de una Sociedad en Costa Rica:
a. Existen diferentes tipos de sociedades en Costa Rica, pero
la mayoría de inversionistas se inclinan más por las
Sociedades anónimas o las Sociedades de Responsabilidad
Limitada.
b. Ambas deben de ser constituidas por dos o mas personas,
(Nacionales o extranjeros, personas físicas o jurídicas) y una
vez inscrita en el Registro Publico, se asigna un número de
identificación (cédula jurídica). En aquellos casos en que los
socios no estén en Costa Rica, se puede constituir mediante
Carta Poder documento que nosotros proveemos, evitando
la visita a Costa Rica.
c. Para facilitar el proceso en nuestra página puede
encontrar un formulario de informacion que necesitamos
conocer.
d. Una vez que la sociedad esta inscrita en el Registro Publico
de Costa Rica, un numero de cedula juriica es asignada.
Nace así una nueva persona jurídica diferente al patrimonio
de sus socios.
e. Una vez inscrita la sociedad, la totalidad de las acciones
pueden ser transferidas a una sola persona.
f. f. Tiempo estimado: El proceso registral tarda entre ocho a
quince días hábiles.
Incluye:
o Escritura Pública de constitución de la sociedad Anónima,
debidamente inscrita en el Registro Publico Mercantil de
Costa Rica.
o Emisión de los Certificados de Acciones.
o Gastos de envío (Courier) de documentos originales a su
país.
o Primer Año pago de servicios de agente Residente.
o Libros contables y legales legalizados.
o Registro ante las Oficinas Tributarias, en los impuestos a
que este afecto. (de ser necesario)
2. Libros Legales y Contables:
Una vez constituida y registrada la sociedad en Costa Rica, deben
de obtenerse libros para efectos contables y legales.
Tipo de libros:
a. Legales: Son tres libros, registro de accionistas, asambleas
de socios, y reuniones de Junta Directiva.
b. Contables:Diario, Mayor e inventarios y Balances, en ellos
se debe de llevar actualizados los registros contables de
acuerdo con las reglas tributarias del Costa Rica.
c. Tiempo estimado: Tiene un tiempo estimado de no mas de 3
días y su costo está Incluido en el costo de la constitución de
la sociedad
2. Inscripción en la Administración Tributaria
Es obligatorio si la compañía va a empezar operaciones, o bien si
solo requiere abrir una cuenta corriente bancaria. Dependiendo del
tipo de operación así tendrá que registrarse ante dicha institución,
por ejemplo:
d. Impuesto de Renta. Se paga y se reporta anualmente.
e. Recolector de Impuesto de Ventas, se paga y se reporta
mensualmente.
3. Patente (permiso) de Apertura de Oficina
Toda compañía en operación requiere de licencia o patente de
operación:
f. Dependiendo del tipo de Negocio (venta de productos, venta
de servicios, servicios administrativos, etc) así será el tipo de
Patente que se requiere obtener del Gobierno Local
(Municipalidad) y del monto a pagar trimestralmente por
canon.
g. Este permiso una vez obtenido paga un canon (cuota)
trimestral al gobierno local. Para conocer detalles
específicos de la patente es necesario saber el lugar exacto
donde se van a ubicar las oficinas.
h. Tiempo estimado: Aproximadamente un mes.
4. Seguro Social Seguros de Riesgos de Trabajo:
Es requisito obligatorio de las empresas en operación registrarse
en las siguientes instituciones:
i. CCSS - Caja Costarricense de Seguro Social: (cubre
maternidad, vejez y muerte) el patrono debe de estar inscrito
como tal y pagar mensualmente alrededor de un 26% del
monto total de los salarios.
j. INS - Instituto Nacional de Seguros Riesgos laborares
(cubre accidente laborales):En Costa Rica es necesario
poseer como patrono una serie de seguros a favor de los
trabajadores (si los hay).
k. Tiempo Estimado:
-CCSS: 15 días hábiles, una vez presentados los
documentos, es legalmente posible iniciar operaciones.
- INS: 5 días, una vez presentados los documentos, es
legalmente posible iniciar operaciones.
5. Servicios "Outsourcing"
Ya en operación nuestra firma de abogados brinda servicios
completos de asistencia administrativa, tales como:
l. Servicios Contables:Nuestra bilingüe Área contable tiene
gran experiencia con operaciones tanto en Costa Rica como
a nivel internacional, y con apoyo legal en impuestos de
nuestros abogados.
m. Servicios Administrativos:Para que sus empleados se
enfoquen en la producción y desarrollo de su empresa,
nuestra firma ofrece servicios tales como:
i. Reporte y pago de Impuestos.
ii. Pago de Servicios (agua, luz, teléfono, internet)
iii. Seguro Social e INS: Pago mensual de la CCSS, pago
semestral del INS, y el reporte mensual de ambos.
n. Apertura de Cuentas Corrientes: Tenemos enlace con uno
de los bancos estatales, lo que nos facilita la apertura de
cuentas corrientes a nuestros clientes de manera expedida y
segura.
o. Departamento legal: Nuestra firma brinda apoyo de
expertos en el area comercial.
INTRODUCCIÓN
Corresponde al Registro de Personas Jurídicas la calificación e inscripción de aquellos
documentos referidos a las Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, Sociedades
Mercantiles, de Actividades Profesionales y Civiles. Asimismo, le compete el trámite de
documentos de Fundaciones, Asociaciones, Poderes y actos de personas físicas en figuras
como la insolvencia, insania.
En esta guía de calificación se incluyen los requisitos necesarios, conforme la
normativa aplicable a cada acto o contrato, con el fin de que los documentos sean presentados
a
este Registro sin defecto alguno y alcancen su inscripción con ese primer ingreso. Se pretende
además, que el usuario registral tenga a su alcance una herramienta por la que también pueda
ampliar sus conocimientos al consultar las diferentes normas que se citan, así como los
criterios o circulares y plasmarlos en los documentos aquí inscribibles.
Es nuestro mayor interés que este Registro cumpla con el principal objetivo, cual es, la
inscripción de los documentos que se presentan para tal efecto, de conformidad con lo
estipulado por el artículo 1 de la Ley Sobre Inscripción de Documentos en el Registro Público,
N° 3883 de 30 de mayo de 1967 y sus reformas. Esta guía de calificación contribuye a alcanzar
ese objetivo.5
EMPRESA INDIVIDUAL
I. EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
A) Requisitos Generales
1. Escritura Pública:
a. Comparecencia del dueño de la empresa (Art. 9 C. Comercio)
b. Calidades y domicilio completos del compareciente (Arts. 83, 84 y 85 C. Notarial y art. 3
Ley 6575 de 20/05/81)
c. Demás requisitos del artículo 10 C. Comercio
2. Publicación:
a. Publicación de un extracto en el Diario Oficial La Gaceta. El Notario dará fe de tal
circunstancia indicando la fecha de publicación del edicto. (Art. 13 C. Comercio)
B) Requisitos Específicos
1. Denominación:
a. Es prohibido el uso del nombre de una persona física o parte de él en el nombre de la
empresa. A la denominación se le antepondrá o se le agregará el aditamento "Empresa
Individual de Responsabilidad Limitada" o su abreviatura "E.I.R.L.". Además, deberá ser
distinto al de cualquier otra empresa o sociedad mercantil previamente inscrita y podrá
expresarse en cualquier idioma, siempre que se haga constar su traducción al español o se
indique que no tiene (Arts. 10 inciso a) y 103 C. Comercio, Voto de la Sala Constitucional
N° 4764-99 de las 11:45 horas del 18 de junio de 1999 y Circular N° 017-99, Circular
D.R.P.J.- 012-07 y Decreto 33171-J , y Directriz D.R.P.J.- 003-2010, sobre la aplicación
del Artículo 29 de la Ley de Marcas y otros signos distintivos.)
2. Domicilio:
a. Dirección exacta, con indicación de la Provincia y el cantón, de manera que puedan
entregarse válidamente notificaciones administrativas y judiciales (Arts. 10 inciso b) y 18
inciso 10) C. Comercio)
3. Objeto:
a. Debe ser específico, toda vez que la empresa no podrá dedicarse a otra actividad que no sea
la consignada en la escritura (Art. 10 inciso d) C. Comercio y Circular D.R.P.J. 004-2010)
4. Plazo:
a. Debe ser determinado y podrá expresarse en años, meses y/o días, con indicación de la
fecha de inicio (Art. 10 inciso e) C. Comercio)
5. Capital:
a. Monto del capital de la empresa, el cual deberá necesariamente pactarse en moneda
nacional, expresándose además el aporte del dueño (dinero efectivo, créditos, bienes
muebles o inmuebles, títulos valores, etc.). (Arts. 10 inciso c), 18 inciso 9) y 32 C.
Comercio, 460 C. Civil, 6 de la Ley de la Moneda, 88, 174 y Transitorio X del Código
Notarial)
6. Administración:
a. Debe ser administrada por un Gerente, quien podrá ser o no el dueño de la empresa, y
tendrá las facultades de apoderado generalísimo. De no ser el dueño, aceptación expresa del
cargo. Durará en su cargo el plazo establecido en la escritura constitutiva. (Arts. 10 inciso f)
y párrafo in fine C. Comercio, 1253 y 1254 C. Civil) Además podrá sustituir su mandato o
bien otorgar poderes judiciales, si expresamente está autorizado para ello en la escritura
constitutiva.6
7. Traspaso de una E.I.R.L.:
a. El dueño de una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada puede venderla o
trasmitirla por sucesión hereditaria, por donación o por cualquiera de los medios de
trasmitir los bienes. En este caso cabe advertir que una cosa es el traspaso de la empresa
como entidad y otra cosa es la transmisión del negocio que la empresa tenga.
b. El traspaso de la empresa deberá realizarse mediante escritura pública, de la cual se
publicará un extracto en el Diario Oficial La Gaceta, y deberá inscribirse necesariamente en
el Registro Mercantil. (Art. 13 Código de Comercio).7
SOCIEDADES
I. SOCIEDAD MERCANTIL
A) Requisitos Generales
1. Escritura Pública:
a. Comparecencia de al menos dos socios constituyentes (Art. 104 C. Comercio)
b. Calidades y domicilio completos de esos socios (Arts. 83, 84 y 85 C. Notarial, art. 3 Ley
6575 de 20/05/81 y circular N° 025-98)
c. Demás requisitos del Artículo 18 C. Comercio
2. Publicación:
a. Publicación de un extracto en el diario oficial La Gaceta. Bastará con el pago en las oficinas
de la Imprenta Nacional e indicación del número de recibo mediante razón notarial (Art. 19
C. Comercio, circulares Nos. 014-98 y 021-98)
B) Requisitos Específicos
1. Nombre o Denominación Social:
a. Deberá ser distinto del de cualquier otra sociedad que se encuentre previamente inscrita, de
manera que no se preste a confusión y podrá ser consignado en cualquier idioma, siempre y
cuando se exprese su traducción o se indique que no tiene (Art. 103 C. Comercio, Art. 29
Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, circular D.R.P.J. 005-2008 del 07 de Abril del
2008 y resolución de la Sala Constitucional N° 4764-99, de las 11:45 horas del 18 de junio
de 1999)
b. La Sociedad En Nombre Colectivo debe utilizar razón social (Arts. 33, 35, 36 y 37 C.
Comercio)
c. La Sociedad En Comandita debe utilizar razón social (Art. 62 C. Comercio)
d. La Sociedad De Responsabilidad Limitada puede utilizar razón social o denominación
social (Art. 76 C. Comercio)
e. La Sociedad Anónima puede utilizar razón social o denominación social (Art. 103 C.
Comercio y resolución de la Sala de Casación de la Corte Suprema de Justicia N° 41 de las
15:30 horas del 27 de abril de 1965)
f. Los términos Bolsa De Valores son de uso exclusivo para este tipo de sociedades y de uso
obligatorio (Autorización de la SUGEVAL, Arts .8 y 27 Ley Reguladora del Mercado de
Valores y circulares Nos. 002-98 y 024-98)
g. Los términos Puesto De Bolsa son de uso exclusivo de este tipo de sociedades y de uso
obligatorio (Autorización de la Bolsa, Arts. 29 inciso a) y 53 Ley Reguladora del Mercado
de Valores y circular N° 024-98)
h. Los términos Fondos De Inversión, Sociedades De Inversión, Sociedades De Fondos De
Inversión, Sociedades Administradores De Fondos De Inversión, etc., son de uso
exclusivo de este tipo de sociedades (Autorización de la SUGEVAL, Arts. 8 y 63 Ley
Reguladora del Mercado de Valores, art. 2 Reglamento General Sobre Sociedad
Administradora y Fondos de Inversiones (Gaceta N° 3 del 4 de enero de 2002) y circular
011-2007 del 29 de Junio del 2007.
i. Los términos Central De Valores son de uso exclusivo y obligatorio en el nombre de este
tipo de sociedades (Autorización de la SUGEVAL, Arts. 8 y 134 Ley Reguladora del
Mercado de Valores y circulares 002-98 y 024-98)
j. Los términos Sociedad De Compensación Y Liquidación son de uso exclusivo y
obligatorio en el nombre de este tipo de sociedades (Autorización de la SUGEVAL, Arts. 8 y
127 Ley Reguladora del Mercado de Valores y circulares 002-98 y 024-98)
k. Los términos Sociedad Calificadora De Riesgo son de uso exclusivo y obligatorio en el
nombre de estas sociedades (Autorización de la SUGEVAL, Arts. 8 y 144 Ley Reguladora
del Mercado de Valores y circular 011-2007 del 29 de Junio del 2007.8
l. Los términos Operadora de Pensiones y Fondos de Capitalización Laboral son de uso
exclusivo y obligatorio en el nombre de este tipo de sociedades (Art. 30 Ley de Protección
al Trabajador y circular 007-2000)
m. Los términos Financiera y similares son de uso exclusivo y obligatorio en la
denominación de las Empresas financieras de carácter no bancario (Autorización de la
SUGEF, Arts. 1 y 3 Ley Reguladora de Empresas Financieras no Bancarias y circular 011-
2007 del 29 de Junio del 2007.
n. Los términos Banco y similares son de uso exclusivo y obligatorio en la denominación de
los Bancos Privados (Autorización de la SUGEF, Arts. 128 y 141 Ley Orgánica del
Sistema Bancario Nacional y circular 011-2007 del 29 de Junio del 2007.)
o. Los términos Sociedad Comercializadora De Seguros, son de uso exclusivo en la
denominación de Sociedades Comercializadoras De Seguros (Reglamento para la
Operación de Entidades Comercializadoras de Seguros (Gaceta del 15 de enero de 1998) y
circular 005-98, Circular D.R.P.J.-003-2009)
p. El nombre de las Sociedades Anónimas Laborales corresponde al de una sociedad
anónima común, pero el aditamento deberá ser Sociedad Anónima Laboral o su abreviatura
SAL (Art. 3 Ley de Sociedades Anónimas Laborales y art. 9 inciso c) Reglamento a la Ley
de Sociedades Anónimas Laborales)
q. El nombre Sociedades Anónimas Deportivas corresponde al de una sociedad anónima
común, pero el aditamento deberá ser Sociedad Anónima Deportiva o su abreviatura SAD
(Art. 61 Ley de 7800 Alcance 20 a la Gaceta 103 de 29/05/98 y circular 011-2001)
r. Los términos Bolsas de Comercio son de uso exclusivo en la denominación de las
sociedades denominadas como Bolsas de Comercio (Ver Reglamento en La Gaceta N° 205
de 25 de octubre del 2005 y circular 011-2007 del 29 de Junio del 2007.
s. Los Puestos de Bolsa participantes en las Bolsas de Comercio deberán constituirse como
sociedad anónima según el Código de Comercio, utilizando estos términos. (Ver
Reglamento Gaceta N° 205 de 25 de octubre del 2005 y Circular N° 10-2005)
2. Domicilio social:
a. Dirección exacta, con indicación de la Provincia y el Cantón, de manera que puedan
entregarse válidamente notificaciones administrativas y judiciales (Art. 18 inc. 10) C.
Comercio y Circular 005-2001)
3. Objeto:
a. Indicación expresa del objeto que persigue, sea este amplio o específico. Si se requiere que
la sociedad se constituya como fiduciaria deberá indicarse expresamente, así como la
posibilidad de que rinda fianzas y otra clase de garantías (Arts. 18 inciso 5) y 637 C.
Comercio, Circular D.R.P.J.-004-2010)
b. Las Bolsas de Valores tienen el objeto único de facilitar las transacciones con valores y
ejercer las funciones de autorización, fiscalización y regulación sobre los puestos y agentes
de bolsa (Art. 27 Ley Reguladora del Mercado de Valores y circular 002-98)
c. Los Puestos de Bolsa tiene un objeto limitado a la compra y venta de valores en la bolsa,
por cuenta de sus clientes y demás establecido por ley (Arts. 54 inciso b) y 56 Ley
Reguladora del Mercado de Valores y circular 002-98)
d. Las Sociedades Administradoras de Fondos de Inversión tiene un objeto limitado a las
actividades autorizadas por la ley y los Reglamentos que dicte la SUGEVAL (Art. 66 inciso
a) Ley Reguladora del Mercado de Valores, art. 2 Reglamento General Sobre Sociedad
Administradora y Fondos de Inversiones (Gaceta N° 3 del 4 de enero de 2002 y circular
002-98)
e. Las Centrales de Valores tienen un objeto limitado a la custodia de títulos valores (Art.
134 Ley Reguladora del Mercado de Valores y circular 002-98)
f. Las Sociedades de Compensación y Liquidación tienen un objeto limitado a la
liquidación de las operaciones de los mercados de valores (Art. 126 Ley Reguladora del
Mercado de Valores y circular 002-98)9
g. Las Sociedades Calificadoras de Riesgo tienen el objeto exclusivo de calificación del
riesgo de los valores inscritos en el Registro Nacional de Valores (Art. 144 Ley Reguladora
del Mercado de Valores y circular 002-98)
h. Las Sociedades Operadoras de Pensiones y de Fondos de Capitalización Laboral tienen
el objeto prioritario de la administración de planes de pensiones y fondos de capitalización
laboral (Art. 31 Ley de Protección al Trabajador y circular 007-2000)
i. Las Empresas Financieras de Carácter no Bancario tienen como objeto la
intermediación financiera (Art. 1 Ley Reguladora de Empresas Financieras no Bancarias)
j. Los Bancos Privados tienen por objeto la actividad bancaria regulada por ley (Art. 141 Ley
Orgánica del Sistema Bancario Nacional)
k. Las Sociedades Comercializadoras de Seguros tienen por objeto principal la promoción,
gestión, cobro, inspección y colocación de seguros del INS (Art. 3 Reglamento para la
Operación de Entidades Comercializadoras de Seguros. (Gaceta N° 10 del 15 de enero de
1998) y circular 005-98, Circular D.R.P.J.-003-2009)
l. Las Bolsas de Comercio tendrán un objeto limitado a las actividades autorizadas (Ver
Reglamento Gaceta N° 205 de 25 de octubre del 2005 y Circular N° 10-2005)
m. Los Puestos de Bolsa participantes en las Bolsas de Comercio tendrán un objeto limitado
a las actividades autorizadas. (Ver Reglamento Gaceta N° 205 de 25 de octubre del 2005 y
Circular N° 10-2005)
n. Plazo social:
o. Duración y posibles prórrogas, con indicación de años y fecha de inicio. En principio no se
permiten los plazos indefinidos. (Art. 18 inciso 7) C. Comercio)
p. En los Puestos de Bolsa el plazo social deberá ser el mismo de la respectiva Bolsa de
Valores, incluidas sus prórrogas (Art. 54 inciso b) Ley Reguladora del Mercado de Valores
y circular 002-98)
q. En los Bancos Privados el plazo se limita a 30 años (Art. 143 Ley Orgánica del Sistema
Bancario Nacional)
r. En la Sociedad Anónima Laboral el Plazo puede ser indefinido (Art. 2 Ley de Sociedades
Anónimas Laborales y Art. 9 inciso e) Reglamento a la Ley de Sociedades Anónimas
Laborales)
4. Capital social:
a. Expresión del monto, representación, suscripción, forma de pago y plazo en que debe ser
cancelado (Arts. 18 incisos 8) y 9), 29 y 32 C. Comercio)
b. En la Sociedad en Comandita el capital es aportado por socios comanditados y
comanditarios (Arts. 67 y 68 C. Comercio)
c. En la Sociedad de Responsabilidad Limitada solo en moneda nacional y está
representado por cuotas (Arts. 78, 79 y 80 Código de Comercio)
d. En la Sociedad Anónima el capital está representado por acciones comunes. Pueden existir
acciones preferentes. Moneda nacional o extranjera. Indicación de los personeros
autorizados para firmar los títulos (Arts. 102, 104, 107, 120, 121 y 134 inciso f) C.
Comercio)
e. La Bolsa de Valores debe contar con un capital mínimo suscrito y pagado en efectivo
(Arts. 27 y 28 Inciso c) Ley Reguladora de Mercado de Valores y circular 002-98)
f. El Puesto de Bolsa debe contar con un capital mínimo suscrito y pagado en efectivo (Art.
54 incisos a) y c) Ley Reguladora del Mercado de Valores y circular 002-98)
g. La Sociedad Administradora de Fondos de Inversión debe contar con un capital mínimo
suscrito y pagado en efectivo (Art. 66 incisos a) y d) Ley Reguladora del Mercado de
Valores y circular 002-98)
h. Las Centrales de Valores deben contar con un capital mínimo (Art. 119 inciso 3) Ley
Reguladora del Mercado de Valores y circular 002-98)
i. Las Sociedades de Compensación y Liquidación deben contar con un capital mínimo
(Art. 127 inciso b) Ley Reguladora del Mercado de Valores y circular 002-98)10
j. Las Sociedades Operadores de Pensiones y Fondos de Capitalización Laboral deben
contar con un capital mínimo suscrito y pagado (Art. 37 Ley de Protección al Trabajador y
circular 007-200)
k. Las Empresas Financieras de Carácter no bancario deben contar con capital mínimo,
suscrito y pagado en efectivo (Art. 3 Ley Reguladora de empresas financieras no
bancarias)
l. Los Bancos Privados deben contar con capital mínimo suscrito y pagado en efectivo (Art.
151 Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional)
m. Las Sociedades Comercializadoras de Seguros deben contar con un capital mínimo (Art.
6 inciso b) del Reglamento para la Operación de Entidades Comercializadoras de Seguros
y circular 005-98)
n. Las Bolsas de Comercio tendrán un capital mínimo, suscrito y pagado de ¢200.000.000.
oo
(doscientos millones de colones) que se representará por acciones comunes y nominativas.
Esta suma podrá ser ajustada por el Superintendente mediante acuerdo, según el índice de
precios al consumidor. La participación de un accionista o de su grupo de interés
económico no podrá exceder el veinte por ciento del capital total de la sociedad. En caso de
cambios subsecuentes en la composición accionaria, podrá excederse excepcionalmente ese
porcentaje. Todos los cambios que impliquen en la escritura constitutiva deberán ser
aprobados por el Ministerio de Hacienda, previo dictamen de la Superintendencia. (Ver
Reglamento Gaceta N° 205 de 25 de octubre del 2005 y Circular N° 10-2005)
o. Los Puestos de Bolsa participantes en las Bolsas de Comercio dispondrán en todo
momento de un capital mínimo suscrito y pagado de ¢75.000.000.
oo
(setenta y cinco
millones de colones), suma que podrá ser ajustada por el Superintendente mediante
acuerdo, según el índice de precios al consumidor. (Ver Reglamento Gaceta N° 205 de 25
de octubre del 2005 y Circular N° 10-2005)
5. Administración:
a. Forma de administración y facultades de los administradores y plazo de nombramiento (Art.
18 inciso 11) C. Comercio y circular 015-99)
b. La Sociedad en Nombre Colectivo es administrada por uno o varios administradores (Arts.
39, 40, 41, 42, 44 y 46 C. Comercio)
c. La Sociedad en Comandita es administrada por uno o varios gerentes y/o subgerentes
(Arts. 57, 58 y 74 C. Comercio)
d. La Sociedad de Responsabilidad Limitada es administrada por uno o varios gerentes y/o
subgerentes (Arts. 89, 91 y 93 C. Comercio)
e. La Sociedad Anónima es administrada por una Junta Directiva, mínimo 3 miembros (Arts.
181 y 182 C. Comercio y circular 015-99)
f. La Bolsa de Valores es administrada por una Junta Directiva (Art. 30 incisos a) y b) Ley
Reguladora del Mercado de Valores)
g. El Puesto de Bolsa es administrado por una Junta Directiva, mínimo 5 miembros, además
de un Gerente (Art. 5 Decreto N° 28485-H, Alcance N° 92, Gaceta 245 del 17 de diciembre
de 1998)
h. La Sociedad Administradora de Fondos de Inversión es administrada por una Junta
Directiva mínimo 5 miembros, además de un Gerente (Art. 5 del Decreto N° 28485-H,
Alcance N° 92, Gaceta 245 del 17 de diciembre de 1998)
i. Las Sociedades Operadoras de Pensiones y de Fondos de Capitalización Laboral son
administradas por una Junta Directiva, mínimo 5 miembros, además de un Gerente (Art. 5
del Decreto N° 28485-H, Alcance N° 92, Gaceta 245 del 17 de diciembre de 1998 y
circular 007-2000)
j. Los Bancos Privados son administrados por una Junta Directiva formada por no menos de
5 miembros propietarios (Arts. 144, 145 y 147 Ley Orgánica del Sistema Bancario
Nacional)
k. Las Sociedades Anónimas Laborales son administradas por una Junta Directiva mínimo
3 miembros o bien por un solo Administrador (Arts. 21, 22 y 23 Ley de Sociedades 11
Anónimas Laborales y Art. 9 incisos r), s) y t) del Reglamento a la Ley de Sociedades
Anónimas Laborales)
6. Vigilancia:
a. Sistema vigilancia a aplicar. Únicamente en el caso de sociedades anónimas, tanto comunes
como especiales (Arts. 193, 195, 196 y 197 C. Comercio)
b. Puesto de Bolsa (Art. 7 Decreto Ejecutivo N° 27503-H, Alcance N° 92, Gaceta 245 del 17
de diciembre de 1998)
c. Sociedad Administradora de Fondos de Inversión (Art. 7 Decreto Ejecutivo N° 27503-H,
Alcance N° 92, Gaceta 245 del 17 de diciembre de 1998)
d. Empresa Financiera de Carácter No Bancario (Art. 152 inciso o) Ley Orgánica del
Banco Central de Costa Rica)
e. Banco Privado (Art. 152 inciso o) Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica
7. Inventarios y balances:
a. Modo de elaborar los balances y distribuir utilidades (Arts. 18 inciso 14) y 27 C.
Comercio)
8. Fondo de Reserva legal:
a. Establecer la obligación de formar un fondo de Reserva Legal mediante un porcentaje de
las utilidades anuales. No aplica para la Sociedad en Nombre Colectivo ni Sociedad en
Comandita (Art. 18 inciso 15) C. Comercio), (Circular D.R.P.J. 002-2010)
b. Sociedad Anónima (Art. 143 C. Comercio)
c. Sociedad de Responsabilidad Limitada (Artículo 99 C. Comercio)
d. Bolsa de Valores (Art. 31 Ley Reguladora del Mercado de Valores)
e. Empresa Financiera de carácter no Bancario (Arts. 3 y 18 Ley de Empresas Financieras
No Bancarias)
f. Bancos Privados (Arts. 154 y 156 Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional)
9. Nombramiento de Agente Residente:
a. Nombramiento de Agente Residente, en caso de que ninguno de los representantes tengan
domicilio en el territorio nacional (Art. 18 inciso 13) C. Comercio)
10. Disolución y Liquidación:
a. Casos en que la sociedad haya de disolverse anticipadamente. Modo de proceder a la
elección de liquidador y facultades conferidas (Arts. 18 incisos 16), 17) y 18), y 209 C.
Comercio)
b. Sociedad en Nombre Colectivo (Arts. 56, 201, 209, 210, 211, 213 y 214 C. de Comercio)
c. Sociedad en Comandita (Arts. 63, 201, 209, 210, 211, 213 y 214 C. Comercio)
d. Sociedad de Responsabilidad Limitada (Arts. 101, 201, 209, 210, 211, 213 y 214 C.
Comercio)
e. Sociedad Anónima (Arts. 201, 202, 206, 209, 210, 211, 213 y 214 C. Comercio)
11. Nombramientos:
a. Nombramiento de los administradores con indicación de las calidades completas (Art. 18
inciso 12) C. Comercio)
b. En la Sociedad en Nombre Colectivo el nombramiento puede realizarse en acto posterior a
la constitución (Art. 44 C. Comercio)
c. En la Sociedad de Responsabilidad Limitada el nombramiento puede realizarse en acto
posterior a la constitución (Art. 89 C. Comercio)12
II. SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
A) Requisitos Generales
1. Escritura Pública:
a. Comparecencia de al menos dos socios constituyentes (Art. 104 C. Comercio)
b. Calidades y domicilio completos de esos socios (Arts. 83, 84 y 85 C. Notarial, Art. 3 Ley
6575 de 20/05/81 y Circular N° 025-98)
c. Demás requisitos del Artículo 18 C. Comercio
2. Publicación:
a. Publicación de un extracto en el diario oficial La Gaceta. Bastará con el pago en las
oficinas de la Imprenta Nacional e indicación del número de recibo mediante razón notarial
(Art. 19 C. Comercio, Circulares N° 014-98 y N° 021-98)
B) Requisitos Específicos
1. Nombre o Denominación Social:
a. La Sociedad de Responsabilidad Limitada puede utilizar razón social o denominación
social (Art. 76 C. Comercio Directriz DRPJ- 003-2010, sobre la aplicación del artículo 29
de la Ley de Marcas y otros signos distintivos.)
b. Sociedad cuya denominación sea el número de Cédula Jurídica como denominación
social se puede solicitar el número de cédula jurídica (ver Decreto N° 33171-J de 14/06/06
y Circulares D.R.P.J. 008-2006 de 26/06//06, D.R.P.J.012-2006 de 30/08/06)
2. Domicilio Social:
a. Dirección exacta, con indicación de la Provincia y el Cantón, de manera que puedan
entregarse válidamente notificaciones administrativas y judiciales (Art. 18 inc. 10) C.
Comercio y Circular 005-2001)
3. Objeto
a. Indicación expresa del objeto que persigue, sea este amplio o específico. Si se requiere que
la sociedad se constituya como fiduciaria deberá indicarse expresamente, así como la
posibilidad de que rinda fianzas y otra clase de garantías (Arts. 18 inciso 5) y 637 C.
Comercio, Circular D.R.P.J. 004-2010)
4. Plazo social
a. Duración y posibles prórrogas, con indicación de años y fecha de inicio. En principio no se
permiten los plazos indefinidos. (Art. 18 inciso 7) C. Comercio)
5. Capital social
a. Expresión del monto, representación, suscripción, forma de pago y plazo en que debe ser
cancelado (Arts. 18 incisos 8) y 9), 29 y 32 C. Comercio)
b. En la Sociedad de Responsabilidad Limitada solo en moneda nacional y está
representado por cuotas (Arts. 78, 79 y 80 Código de Comercio)
6. Administración
a. Forma de administración y facultades de los administradores y plazo de nombramiento
(Art. 18 inciso 11) C. Comercio y circular 015-99)
b. La Sociedad de Responsabilidad Limitada es administrada por uno o varios gerentes y/o
subgerentes (Arts. 89, 91 y 93 C. Comercio)
7. Inventarios y balances
a. Modo de elaborar los balances y distribuir utilidades (Arts. 18 inciso 14) y 27 C.
Comercio)
8. Fondo de Reserva legal
a. Sociedad de Responsabilidad Limitada (Artículo 99 C. Comercio Y Circular DRPJ- 002-
2010)
9. Nombramiento de Agente Residente
a. Nombramiento de Agente Residente, en caso de que ninguno de los representantes tengan
domicilio en el territorio nacional (Art. 18 inciso 13) C. Comercio)13
10. Disolución y liquidación
a. Sociedad de Responsabilidad Limitada (Arts. 101, 201, 209, 210, 211, 213 y 214 C.
Comercio)
11. Nombramientos
a. En la Sociedad de Responsabilidad Limitada el nombramiento puede realizarse en acto
posterior a la constitución (Art. 89 C. Comercio)
12. Cesión de Cuotas
a. Podrá pactarse que la cesión de las cuotas sociales, deba contar necesariamente con el
consentimiento previo y expreso los socios, mediante acuerdo tomado con una mayoría no
menor a las tres cuartas partes del capital social. En caso de que no se indique nada al
respecto, en los estatutos sociales, se entenderá que dicha cesión deberá aprobarse por la
unanimidad de los socios. Estas mismas disposiciones se observarán para la incorporación
de herederos o legatarios del socio fallecido, si expresamente se establece así en la escritura
constitutiva. (Arts. 85 y 88 C. de Comercio).
b. El traspaso de cuotas sociales podrá inscribirse en el Registro Mercantil, mediante la
protocolización del acta en que se tome el acuerdo correspondiente, o bien, mediante el
otorgamiento de escritura pública con la comparecencia del cedente y cesionario de los títulos,
caso en el cual el Notario autorizante debe dar fe de que el cedente es dueño de las cuotas
que
cede y de que el traspaso fue debidamente autorizado por los demás dueños del capital social,
en el porcentaje establecido estatutariamente (tres cuartas partes de los socios o la
unanimidad
de ellos). En todo caso, debe indicarse el valor de la transacción de dichos títulos. (Arts. 78 y
235, inciso b) Código de Comercio).14
III. SOCIEDAD ANÓNIMA
A) Requisitos Generales
1. Escritura Pública
c. Comparecencia de al menos dos socios constituyentes (Art. 104 C. Comercio)
a. Calidades y domicilio completos de esos socios (Arts. 83, 84 y 85 C. Notarial, art. 3 Ley
6575 de 20/05/81 y circular N° 025-98)
b. Demás requisitos del Artículo 18 C. Comercio
2. Publicación
a. Publicación de un extracto en el diario oficial La Gaceta. Bastará con el pago en las oficinas
de la Imprenta Nacional e indicación del número de recibo mediante razón notarial (Art. 19
C. Comercio, circulares Nos. 014-98 y 021-98)
B) Requisitos Específicos
1. Nombre o Denominación Social
a. Deberá ser distinto del de cualquier otra sociedad que se encuentre previamente inscrita, de
manera que no se preste a confusión y podrá ser consignado en cualquier idioma, siempre y
cuando se exprese su traducción o se indique que no tiene (Art. 103 C. Comercio, Art. 29
Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, circular D.R.P.J. 005-2008 del 07 de Abril del
2008. y resolución de la Sala Constitucional N° 4764-99, de las 11:45 horas del 18 de
junio de 1999, circular D.R.P.J. 027-2008 de 25-08-2008 y Directriz D.R.P.J. 003-2010,
sobre la aplicación del artículo 29 de la Ley de Marcas y otros signos distintivos.)
b. La Sociedad Anónima puede utilizar razón social o denominación social (Art. 103 C.
Comercio y resolución de la Sala de Casación de la Corte Suprema de Justicia N° 41 de las
15:30 horas del 27 de abril de 1965, circular 027-2008 de 25-8-08)
c. Sociedad cuya denominación sea el número de Cédula Jurídica como denominación
social se puede solicitar el número de cédula jurídica (ver Decreto N° 33171-J de 14-06-06
y Circulares D.R.P.J. 008-2006 de 26-06-06 y D.R.P.J. 012-2006 de 30-08-06)
2. Domicilio social
a. Dirección exacta, con indicación de la Provincia y el Cantón, de manera que puedan
entregarse válidamente notificaciones administrativas y judiciales (Art. 18 inc. 10) C.
Comercio y Circular 005-2001)
3. Objeto
a. Indicación expresa del objeto que persigue, sea este amplio o específico. Si se requiere que
la sociedad se constituya como fiduciaria deberá indicarse expresamente, así como la
posibilidad de que rinda fianzas y otra clase de garantías (Arts. 18 inciso 5) y 637 C.
Comercio, Circular D.R.P.J. 004-2010)
4. Plazo Social
a. Duración y posibles prórrogas, con indicación de años y fecha de inicio. En principio no se
permiten los plazos indefinidos. (Art. 18 inciso 7) C. Comercio)
5. Capital Social
a. Expresión del monto, representación, suscripción, forma de pago y plazo en que debe ser
cancelado (Arts. 18 incisos 8) y 9), 29 y 32 C. Comercio)
b. En la Sociedad Anónima el capital está representado por acciones comunes. Pueden existir
acciones preferentes. Moneda nacional o extranjera. Indicación de los personeros
autorizados para firmar los títulos (Arts. 102, 104, 107, 120, 121 y 134 inciso f) C.
Comercio)
c. CAPITAL AUTORIZADO La Asamblea General de socios, podrá autorizar a la Junta
Directiva, en el acto de constituirse la sociedad o posteriormente, para que por una o más
veces, aumente el capital social, hasta el límite que se establezca, el cual estará representado
por acciones del valor y características que se determinen en la autorización. Ésta debe
constar
en la escritura social, al constituirse la sociedad, o bien, por reforma posterior de la cláusula
correspondiente. (Art. 106 Código de Comercio).15
Como Constituir una Sociedad Anónima en Costa
Rica
Las Sociedades Anónimas o S.A. son el tipo de sociedad más flexible en
Costa Rica, son la forma más fácil de tener una representación jurídica
independiente de los socios o propietarios.
Para las personas "normales" y para los que quieren tener su propio
negocio, existen muchas razones por las cuáles tener una sociedad
anónima:
- Compra de vehículos: Es común constituir una S.A. cuyo
único objetivo sea la posesión de un bien mueble (carro, moto, etc.). Hay
dos razones principales. La primera es para evitar el impuesto al traspaso
a la hora de vender el vehículo. Usted solo paga el impuesto una vez a la
hora de inscribir el automotor a nombre de la sociedad. Cuándo lo vende,
realmente lo que hace es vender la sociedad completa, es decir, traspasar
sus acciones y cambiar la Junta Directiva. Esto es un trámite que se hace
por un costo fijo de unos 25.000 colones que típicamente es mucho
menor al impuesto al traspaso. La segunda razón es para minimizar su
responsabilidad civil en caso de un accidente. Las Sociedades Anónimas
son persona jurídicas independientes de sus socios. En el caso de un
accidente donde los daños a terceros son muy altos, la sociedad es la que
responde y el máximo de la responsabilidad sería equivalente al valor del
carro. Los socios no son responsables.
- Compra de Propiedades: Por razones muy similares al caso
de la compra de bienes muebles, es muy conveniente tener una Sociedad
Anónima que sea propietaria de cada uno de sus bienes raices. El
impuesto al traspaso en caso de venta no existe y de la misma manera, si
la sociedad no tiene actividad comercial, los bienes que adueña no pueden
ser embargados.
- Tener negocio propio: En Costa Rica la figura más común
para constituir un negocio propio es precisamente la Sociedad Anónima.
Esta está muy bien regulada en su operación por el código de comercio y
permite una administración independiente de los socios y al mismo
tiempo la mejor forma de repartir la propiedad entre varias personas. La
mayoría de los negocios en Costa Rica son S.A.
Una Sociedad Anónima (SA) es una persona jurídica. A nombre de esta
persona jurídica usted puede comprar, vender, actuar, tener cuentas de
bancos, teléfonos, propiedades, registrarse como importador, exportador,
patrono, etc. Muy flexible, muy fácil de comprar, vender, transferir y
sobre todo una excelente forma de separar a usted como persona física del
ente jurídico mediante el cuál va a hacer negocios.
Que información se necesita para
constituir una Sociedad Anónima
en Costa Rica?
Para crear un SA son necesarios varios elementos que se describen a
continuación.
Nombre de la Sociedad: Toda S.A. necesita un nombre. El
nombre debe ser diferente al de otras sociedades en almenos 3 letras.
Usted puede revisar en el Registro Nacional de la Propiedad de Costa
Rica cuáles nombres ya están inscritos.
Junta Directiva: Toda SA tiene una Junta Directiva que es
encargada de su administración y responsable legalmente del actuar de la
sociedad. La Junta Directiva debe estar compuesta de por lo menos 4
miembros (Presidente, Tesorero, Secretario, Fiscal). Para cada uno de
ellos es necesario tener las calidades básicas (nombre, cédula, estado civil,
profesión, dirección de residencia). Se pueden incluir puestos adicionales
a los cuatro mínimos requeridos dependiendo de sus necesidades de
administración.
Socios: Para constituir una S.A. son necesario al menos dos socios. Los
socios pueden ser a su vez personas físicas o jurídicas. Para cada socio
también es necesario proveer las calidades básicas. Los socios tienen una
parte del capital social que se divide en acciones. El capital social mínimo
en Costa Rica es de 10.000 colones. Una vez constituida la sociedad, el
nombre de los socios ya no se reporta al registro (por eso el nombre de
anónima) y solamente se registra en los libros de la sociedad. Una vez
constituida, todas las acciones pueden quedar a nombre de una sola
persona.
Acciones / Capital Social: El capital social se divide en
acciones. Cuántas acciones necesita? Cuál es el valor de cada acción?
Estas son las preguntas que se debe contestar, pero realmente depende de
sus necesidades. Para efectos de sociedades cuyo único objetivo es ser
dueñas de algún bien, un capital social de 10.000 colones y 100 acciones
funciona muy bien.
Apoderados/Representantes Legales: Una sociedad
necesita representantes legales. Típicamente los representantes son
alguno de los miembros de la Junta Directiva, pero esto no es necesario.
Para cada representante legal es necesario especificar qué tipo de acciones
puede ejecutar a nombre de la compañía. Los dos tipos de poder más
normales son:
• Apoderado Generalísimo Con/Sin Límite de Suma: Puede hacer
cualquier acto a nombre de la empresa hasta el límite especificado
• Apoderado General: Hay que especificar qué tipo de poderes se le
quieren conferir.
También es necesario definir si los apoderados actúan de forma conjunta
o individual.
Como hago para constituir una
sociedad anónima?
Lugares como Notario Express son la solución en Costa Rica. Usted puede
encontrar toda la información de como constituir una sociedad en la
página:http://www.notarioexpress.com/InscripcionSociedadAnonima.as
px. El precio es muy razonable (menos de lo que un abogado cobra
típicamente) y el servicio es totalmente a domicilio.
PUBLICADO POR FEDERICO ZOUFALY EN 18:00

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Dudas frecuentes

  • 1. Dudas Frecuentes 1. ¿Por qué existen los proyectos de inversión? Los proyectos de inversión surgen de la necesidad imperante de satisfacer las crecientes necesidades de la población, los cuales pueden ser privados o sociales, sin embargo cualquiera que sea su enfoque, requerirán de ser evaluados para garantizar la asignación eficiente de los recursos escasos. 2. ¿Cómo se da la vinculación de los proyectos privados y la economía? Por el simple hecho de invertir y consolidar un proyecto, éste se relacionará con el resto de la economía, sin importar el área en la que se incursione, es decir, el proyecto producirá algún bien o servicio, para realizar la producción él demandará insumos, tal vez importe materias primas, requerirá mano de obra, pagará sueldos y salarios, los cuales serán empleados para comprar otros satisfactores, venderá su producción y obtendrá ingresos, se establecerán proceso de compra y venta, involucrará a mayoristas y minoristas, los cuales también obtendrán un ingreso, así la producción llegará al consumidor final nacional o tal vez la exporten, lo que generará divisas para el país, etc. 3. ¿qué es el "ciclo de desarrollo de un proyecto"? se puede definir como el número de etapas o fases a través de las cuales el proyecto va adquiriendo coherencia y forma, es decir, va transitando desde su etapa más simple que es la identificación de una idea, hasta la etapa más acabada, es decir, la puesta en marcha de la nueva unidad productiva. 4. Defina qué es un mercado y mencione los elementos que lo componen. El mercado es en la estructura misma donde convergen las potencialidades de la oferta y la demanda, que dentro de un determinado momento coexisten en un sistema económico; también es el mercado donde se establecen las condiciones de precio y cantidad de las transacciones a realizarse, además es en él donde las personas reflejan sus intereses, deseos, gustos y jerarquizan sus necesidades. Los elementos del mercado son. § Bienes y servicios § Oferta § Demanda § Precios 5. ¿Cuál es la clasificación de los mercados según el tipo de competencia? a. Mercados de competencia perfecta o pura, y b. Mercados de competencia imperfecta (monopolio puro, competencia monopolista y competencia oligopolista). 6. Defina las siguientes conceptos: ley de la demanda, demanda (como enunciado), demanda matemáticamente, tabla de demanda y curva de demanda. § LEY DE LA DEMANDA: es la cantidad que se demanda de un bien o servicio, el cual varía en proporción inversa al precio, siempre y cuando las condiciones objetivas y subjetivas no varíen. § COMO ENUNCIADO: la demanda es la cantidad de bienes y servicio que los consumidores están dispuestos a adquirir a los diferentes precios que existen en el mercado en un momento determinado y según determinadas condiciones de precio, calidad, ingresos y gustos- § MATEMÁTICAMENTE: la demanda es una función matemática expresada así: D = f(p, g, y, pc, ps); esta es una función de demanda individual donde:
  • 2. D = demanda f = en función de p = precio del bien o servicio g = gustos del consumidor y = ingresos del consumidor pc = precio de los bienes complementarios ps = precio de los bienes sustitutos Si se habla de demanda total o de mercado, entonces la función se expresa así: D = f(p, g, y, pc, ps, P, dy); que es igual a la oferta individual más los siguientes elementos P = población total y dy = distribución del ingreso nacional entre la población. § TABLA DE DEMANDA: la demanda es una lista de cantidades que los consumidores están dispuestos a adquirir. § CURVA DE DEMANDA: la demanda es una curva que se representa en un eje cartesiano; en el eje de las abscisas se anotan las cantidades y en el eje de las ordenadas se anotan los precios; se relacionan las cantidades con los precios y al unirse dan una curva de demanda. 7. Defina las siguientes conceptos: ley de la oferta, oferta (como enunciado), oferta matemáticamente, tabla de oferta y curva de oferta. § LEY DE LA OFERTA: es la cantidad que se ofrece de un bien o servicio, el cual varía en proporción directa al precio, siempre y cuando las condiciones objetivas y subjetivas no varíen. § COMO ENUNCIADO: la oferta es la cantidad de bienes y servicio que los productores están dispuestos a ofrecer a los diferentes precios que existen en el mercado en un momento determinado. § MATEMÁTICAMENTE: la oferta es una función matemática expresada así: O = f(p, c, pc, ps); esta es una función de oferta individual donde: O = oferta f = en función de p = precio del bien o servicio c = costo de producción pc = precio de los bienes complementarios ps = precio de los bienes sustitutos Si se habla de oferta total o de mercado, entonces la función se expresa así: O = f(p, c, pc, ps, e, cpe); que es igual a la oferta individual más los siguientes aspectos e = número de empresas del sector productivo y cpe = capacidad productivas de las empresas del sector. § TABLA DE OFERTA: la oferta es una lista de cantidades que los productores están dispuestos a ofrecer a los diferentes precios. § CURVA DE OFERTA: la oferta es una curva que se representa en un eje cartesiano; en el eje de las abscisas se anotan las cantidades y en el eje de las ordenadas se anotan los precios; se relacionan las cantidades con los precios y al unirse dan una curva de oferta. 8. Mencione los determinantes de la oferta. Entre los principales determinantes de la oferta se encuentran: § Costo de producción § empresas del sector
  • 3. § capacidad productiva de las empresas § precios de los bienes relacionados § capacidad adquisitiva de los consumidores 9. Defina qué es el precio. El precio es el coeficiente de cambio de las cosas expresado en términos monetarios. Término con el que se indica el valor de los bienes y servicios, expresados en moneda. Técnicamente le precio es el punto de equilibrio donde se cruzan la oferta y la demanda en un mercado de competencia perfecta. ESTUDIO DE MERCADO 1. ¿Cuál es el principal objetivo del estudio de mercado? Estimar la cuantía de los bienes y/o servicios provenientes de una nueva unidad de producción que la comunidad estaría dispuesta a adquirir a determinados precios. Esta cuantía representa la demanda desde el punto de vista del proyecto. También deberá determinar la estrategia de comercialización óptima dependiendo del tipo de producto (bien intermedio, bien de capital y bien final) y la clasificación del mercado ( monopólico, oligopólico, competencia perfecta). 2. ¿Cuál es la importancia de las estadísticas en el estudio de mercado? La importancia radica en que si existe información estadística resulta relativamente fácil conocer cuál es el monto y el comportamiento histórico de la demanda y de la oferta. 3. ¿Por qué es imprescindible estudiar el comportamiento pasado y presente de la demanda y de la oferta de cualquier proyecto? El análisis de la situación proyectada es la etapa que representa mayor interés para el evaluador de proyectos, sin embargo cualquier pronóstico tiene que partir de una situación dada y para ello es imprescindible el estudiar el comportamiento pasado y presente de la demanda y de la oferta de cualquier proyecto. 4. Mencione dos objetivos del estudio del comportamiento histórico de la demanda. El primero es revisar y analizar estadísticamente la evolución histórica de la demanda a partir del estudio de la cuantía consumida, esta cuantía se revisa para cierto periodo cuya extensión dependerá del tipo de bien así como del tipo de información disponible. El pronostico consiste en definir el comportamiento del pasado y presente a fin de pronosticar su comportamiento futuro con un margen razonable de seguridad. El segundo objetivo del análisis histórico se refiere a evaluar el resultado de algunas decisiones tomadas por otros agentes económicos para identificar los efectos positivos o negativos que lograron. La importancia de reconocer esta relación causa-efecto en los resultados de la gestión comercial, reside en aprovecharse de la experiencia de otros para evitar cometer los mismos errores y repetir o imitar las acciones que les produjeron beneficios. 5. ¿Cómo se clasifica la demanda en relación con: su oportunidad, su necesidad, su temporalidad y su destino. En relación con su oportunidad se clasifica en: § demanda insatisfecha § demanda satisfecha saturada § demanda satisfecha no saturada
  • 4. En relación con su necesidad se clasifica en: § demanda de bienes socialmente necesarios § de manda de bienes no necesarios o de gusto En relación con su temporalidad se clasifica en: § demanda continua § demanda cíclica o estacional § demanda pasajera En relación con su destino se clasifica en: § demanda de bienes de consumo final § demanda de bienes intermedios § demanda de bienes de capital 6. Dentro del análisis de la oferta, mencione algunos aspectos que condicionan la factibilidad y estabilidad de u proyecto. § Los costos de producción § El valor de los insumos § El desarrollo tecnológico 7. Mencione los elementos que se deberán de estar en posibilidad de precisar con el estudio completo de la oferta. § Localización de la oferta (competidores) § Estacionalidad de la oferta (si es que hubiera) § Desenvolvimiento histórico de la oferta (tasa de crecimiento) § Estructura de la producción § Capacidad instalada, utilizada y ociosa § Calidad y precio de los productos § Materias primas empleadas § Disponibilidad de mano de obra § Inversión fija y número de trabajadores § Existencia de bienes sustitutos y complementarios § Planes de expansión 8. ¿Cuáles son las características que diferencian a un servicio de un bien o producto? § Intangibilidad § Naturaleza perecedera § No estandarización § Participación 9. Defina qué es le precio. Se define como la cantidad monetaria a que los productores están dispuestos a vender y los consumidores a comprar un bien o servicio. 10. ¿Cuáles son los factores que intervienen en la fijación del precio. § El costo. § La oferta y la demanda § El factor localización y flete 11. ¿Qué es comercialización? Explique cuál es su importancia y cómo se relaciona con un proyecto de inversión. La comercialización es la actividad que permite al productor hacer llegar un bien al consumidor final, sin embargo, la comercialización no se debe interpretar tan sólo como la transferencia de productos hasta manos del consumidor, ya que esta actividad debe conferirle al producto los beneficios de tiempo y de lugar, es decir, una buena comercialización es aquella que coloca al producto en un sitio y
  • 5. un momento adecuado, para darle al consumidor final la satisfacción de que él espera. 12. ¿Por qué papel juegan un papel importante los intermediarios dentro del proceso de comercialización? § Porque asignan a los productos el sitio y el momento adecuados para ser consumidos § Concentran grandes volúmenes de diversos productos y distribuyen grandes volúmenes de productos diversificados, haciéndolos llegar a lugares lejanos § El es el que sostiene a la empresa al comprar grandes volúmenes, ya que si la empresa vendiera menudeo, sus costos tardarían más en recuperarse ESTUDIO TÉCNICO 1. ¿Cómo Se define el tamaño óptimo de un proyecto? El tamaño óptimo de un proyecto deberá ser el resultado del estudio y análisis exhaustivo de las relaciones recíprocas existentes entre la demanda, la disponibilidad de las materias primas, la tecnología, los equipos disponibles y el financiamiento. 2. ¿Cuáles son los factores determinantes del tamaño óptimo de la planta? Explique. § El mercado potencial § El financiamiento § El factor técnico 3. Defina que son las economías de escala. A medida que la empresa es más grande y aumenta su volumen de producción se pueden hacer presentes ciertas características que originen ahorros e los costos unitarios, a estas características se les denomina economías de escala. 4. Explique cuál es la importancia de la localización óptima de un proyecto. 217 La importancia de la localización óptima de un proyecto contribuirá a que se logre una mayor tasa de rentabilidad. 5. El marco legal al que se enfrentará un proyecto de inversión dependerá del tipo de proyecto que se trate, pero ¿por qué es tan importante este factor? Porque no será económicamente conveniente avanzar en el estudio de una iniciativa que de entrada, es incompatible e incongruente con los lineamientos generales establecidos por el marco jurídico dentro del cuál deberá quedar inserto. 6. Mencione los factores que se deben de considerar al decidir la forma jurídica en que operará la futura empresa. 242 § El tipo y complejidad de las actividades a realizar § Las características de los socios § Los riesgos que los socios están dispuestos a admitir § La magnitud de los recursos financieros requeridos § La forma en que deba ser administrada la sociedad § La estabilidad que deba tener la sociedad 7. ¿Qué es un organigrama? Y ¿para qué nos sirve?249 un organigrama no es más que la representación gráfica de los niveles jerárquicos y líneas de autoridad para la toma de decisiones (relaciones de
  • 6. autoridad). Se constituye desde la jerarquía más baja hasta la más alta y pueden ser tan extensos y variados como las necesidades de organización lo requieran. Un organigrama nos sirve para mostrar las jerarquías, las líneas de mando, los departamentos operativos y las responsabilidades dentro de la empresa. 8. La ingeniería de un proyecto tiene por objeto una doble función, ¿cuál es?267 § Establecer las bases técnicas § Establecer las bases económicas 9. ¿Cuáles son los puntos que se deben desarrollar en un estudio de ingeniería de un proyecto? § Programa de producción § Programa de abastecimiento § Tecnología § El equipo: adquisición de maquinaria § Mano de obra § Técnicas de análisis del proceso de producción § Distribución de los procesos dentro de la planta § Distribución de la planta § Elaboración de planos de la planta y obra civil § Programa de trabajo ESTUDIO FINANCIERO 1. ¿Cuál es la finalidad del estudio financiero? Es sistematizar y cuantificar toda la información recabada anteriormente y el primer paso será cuantificar las inversiones que requerirá el proyecto. 2. ¿Qué representan las inversiones dentro de un proyecto de inversión? Las inversiones representan el total de los recursos monetarios que serán canalizados por el o los inversionistas para llevar a cabo el proyecto. 3. ¿Cómo se distribuyen las inversiones requeridas? Las inversiones requeridas se distribuyen en dos grandes grupos: § las que se requieren para la instalación de la planta (montaje), y § las requeridas para el inicio de operaciones (primera (s) producción (es) posterior (es) a la etapa de prueba) los recursos necesarios para el montaje se subdividen en inversiones fijas y diferidas (capital inmovilizado e intangible), mientras que los que se requieren para financiar la primera producción constituyen el capital de trabajo (capital circulante). Para realizar el cálculo de las inversiones requeridas, es preciso considerar la valuación del costo de las inversiones a precios de mercado. 4. ¿Cuáles son las inversiones en activos fijos? Las inversiones en activos fijos son todas aquellas que se realizan en los "fierros y ladrillos" que se utilizarán en el proceso de transformación de los insumos o que servirán de apoyo a la operación normal del proyecto; se entiende por activo tangible o fijo los bienes propiedad de la empresa, tales como terrenos, obra civil, maquinaria y equipo, instalaciones complementarias, servicios auxiliares, etc. 5. ¿Cuáles son las inversiones en activos diferidos? Las inversiones en activos intangibles o diferidos son todas aquellas inversiones que se realizan sobre activos constituidos por los servicios o derechos adquiridos necesarios para el funcionamiento del proyecto: constituyen inversiones intangibles como investigaciones y estudios previos, organización de la empresa, patentes, diseños comerciales o industriales y conocimientos técnicos y
  • 7. especializados en ingeniería, supervisión y administración de la instalación, etc. Cabe mencionar que para efectos contables, los activos diferidos están sujetos a amortización a diferencia de los activos fijos que están sujetos a amortización. 6. ¿cuáles son las inversiones en capital de trabajo? Desde el punto de vista práctico, la inversión en capital de trabajo constituye el conjunto de recursos necesarios en la forma de activos corrientes para la operación normal del proyecto durante un ciclo productivo, es decir, está representado por el capital adicional (distinto de la inversión en activos fijos y diferidos) con que hay que contar para que empiece a funcionar el proyecto. Para financiarse la primera producción debe comprarse materia prima, pagar mano de obra, contar con cierta cantidad de efectivo para sufragar los gastos diarios de la empresa, otorgar crédito por la primera producción, etc. Estos rubros constituirán el activo circulante. Sin embargo también se puede obtener crédito a coto plazo en conceptos tales como impuestos, algunos servicios, proveedores y a este rubro se le denomina pasivo circulante. 7. Mencione y explique cada uno de los métodos para el cálculo del capital de trabajo. MÉTODO DEL CAPITAL DE TRABAJO NETO. El método se basa en considerar que como los recursos del inversionista estarán depositados en efectivo, inventarios o créditos al cliente, es posible que recursos de terceros puedan quedar disponibles para el proyecto. Una forma común de estimar la inversión en capital de trabajo por este método es estimando un promedio por ítem en función a los antecedentes de la industria y de esta forma calcular lo que requeriría el proyecto. MÉTODO DEL PERIODO DE RECUPERACIÓN. Este método consiste en determinar la cuantía de los costos de operación que se deben financiar desde el momento en que se efectúa el primer pago por la adquisición de la materia prima hasta el momento en que se recauda el ingreso por la venta de los productos. El cálculo de la inversión en capital de trabajo (ICT), se determinará por la siguiente expresión: ICT = Cp (Cdp) Donde: Cp = es el periodo de recuperación y Cdp = costo diario promedio de operación. Un periodo de recuperación puede ser corto o muy largo, dependiendo siempre del producto del que se esté hablando. Una forma de tratar de determinar el capital de trabajo, consiste en calcular el costo de operación mensual o anual y dividirlo por el número de días de la unidad de tiempo seleccionada (30 ó 365). De esta forma se obtiene un costo de operación promedio diario, que al ser multiplicado por el periodo de recuperación (ingreso por ventas) obtendremos el monto requerido. La simplicidad del procedimiento se manifiesta cuando se considera que para la elaboración de los flujos de caja ha sido necesario calcular tanto el costo total de un periodo como el periodo de recuperación. De igual manera, su utilidad queda demostrada durante ese periodo de recuperación. Es un buen método para proyectos con periodos de recuperación reducidos. 8. ¿Qué es el cronograma de inversiones? Es la elaboración de un calendario preciso para las diversas etapas de la fase de inversión. Esta es una parte esencial de todo estudio de viabilidad ya que la
  • 8. ejecución de cada proyecto debe estar vinculada a un calendario o cronograma. Los recursos par el financiamiento de un proyecto puede provenir de tres fuentes, ¿cuáles son? § Recursos propios; la opción de efectuar el financiamiento con recursos propios se debe considerar, ya que esta forma puede dar algunas ventajas; el financiamiento con recursos propios se traduce en un menor riesgo de insolvencia y una gestión menos presionada, aunque cabe señalar que los proyectos requieren generalmente de fuertes erogaciones que difícilmente podrán ser cubiertas por las aportaciones de los socios. § Fuentes internas de las empresas; este tipo de fuentes se pueden utilizar cuando el proyecto es desarrollado por una empresa ya existente y los recursos provienen de la retención de las utilidades (rehusando el pago de dividendos). § Fuentes externas; las principales fuentes externas de financiamientos son los préstamos y los aportes de capitales en forma de acciones ordinarias o preferentes y/o obligaciones financieras; puede también establecer una diferencia entre el acceso a las fuentes externas sin intermediarios financieros (venta directa de acciones al público) o con ellos (bancos, compañías de seguros, casa de bolsa, etc). 9. ¿Cómo se determina la capacidad de endeudamiento de un proyecto de inversión? Para determinar el grado de endeudamiento en que puede incurrirse en la realización de un proyecto es necesario estimar las utilidades anuales, con base en las proyecciones de volúmenes de venta a través de la elaboración de presupuestos de ingresos y egresos. Lo9s niveles de utilidad así previstos, adicionados del monto de las reservas de depreciación y amortización, representan la máxima capacidad de pago que tendría la empresa para hacer frente a compromisos financieros. 10. ¿A qué se refiere el estudio de los presupuestos? Los presupuestos son la base de la cuantificación de las operaciones a futuro, teniendo como marco de referencia el estudio de mercado, el estudio técnico, el estudio organizacional y el estudio financiero, y su propósito es sistematizar la información concerniente a ingresos y egresos, así como mostrar los resultados de las operaciones realizadas. 11. ¿A qué se refiere el presupuesto de ingresos? Los ingresos correspondientes al proyecto quedarán definidos por el volumen de producción y por los precios de venta (estimados en el estudio de mercado) de los bienes que se produzcan. El volumen de producción dependerá del tamaño del proyecto según se definió antes y del porcentaje de la capacidad instalada que se utilice (estudio técnico). Aunque los ingresos más relevantes son aquellos que se derivan de la venta del bien que producirá el proyecto, también se deberán considerar otros ingresos derivados de la venta de productos secundarios y/o deshechos en caso de que los hubiera. 12. ¿A qué se refiere el presupuesto de egresos? En esta agrupación se encontrarán todas aquellas operaciones que signifiquen un costo o un gasto para el proyecto. Mencione algunos rubros representativos que integran los costos de producción, gastos de administración y venta. § Materias primas y otros materiales § Costo de los insumos § Materiales indirectos § Mano de obra directa § Mano de obra indirecta
  • 9. § Costo de mantenimiento § Cargos de depreciación y amortización § Costos de administración § Costos financieros 13. ¿Qué es la depreciación y cómo se contabiliza? La depreciación es la disminución de valor originada por el deterioro físico y/o por la obsolescencia económica. El costo de depreciación y obsolescencia o simplemente depreciación es la partida anual que hay que sumar a los demás costos de producción para tener en cuenta la limitación en la vida útil de dichos activos. La inversión (desembolso en dinero) ya se realizó en el momento de la compra del activo, por lo tanto al hacer un cargo por el concepto mencionado, implica que en la realidad ya no se está desembolsando ese dinero, entonces esto quiere decir que se está recuperando. Al ser cargado un costo sin hacer un desembolso, se aumentan los costos totales y esto causa, por un lado, un pago menor de impuestos y por otro, es dinero en efectivo disponible. 14. ¿Qué es el umbral de rentabilidad? Mediante el análisis del umbral de rentabilidad se determina el punto en que los ingresos provenientes de las ventas coinciden con los costos de producción . el umbral de rentabilidad se puede definir en términos de unidades físicas producidas, o del nivel de utilización de la capacidad en la cual los ingresos provenientes de las ventas coinciden con los costos de producción. 15. ¿Qué son los estados financieros pro forma y cuáles son los que normalmente se presentan en este tipo de estudios? El término estados financieros pro forma significa estados financieros proyectados, es decir, el evaluador proyectará los resultados económicos que él calcula deberá tener la empresa de acuerdo con la serie de informaciones que se recabaron durante todos los estudios previstos a esta etapa. Los estados financieros son los documentos que muestras la situación de una empresa por un periodo o fecha determinada. Dentro de los estados financieros que normalmente se encuentran en este tipo de estudio encontramos a el estado de resultados, el flujo de caja y el balance general. Los estados financieros se clasifican en dos tipos, ¿cuáles son? § Los dinámicos; los cuales son el reflejo de las operaciones realizadas por una empresa durante un periodo dado. Es decir, muestran lo realizado durante un lapso en algunos renglones específicos de operación. Dentro de estos estados financieros se encuentra el estado de resultados (también conocido como de pérdidas y ganancias) y el flujo de caja. § Los estáticos, que son aquellos que muestran las operaciones y situación financiera o económica de un ente a una fecha determinada. Es decir, reflejan el estado en el que se encontraba una empresa en una fecha determinada. Dentro de los estados financieros estáticos se encuentra el más representativo de éstos, que es el balance general, también conocido como el estado de posición financiera o estado de situación financiera. 16. ¿Cuál es el objetivo del estado de resultados? Su objetivo es mostrar el movimiento de ingresos y gastos de operación en un periodo determinado, generalmente un año; la diferencia entre ingresos y gastos de operación representa la utilidad o pérdida. El estado de resultados es el principal medio para poder medir la rentabilidad de una empresa a través de un periodo, ya sea de un mes, tres meses o un año. El estado de resultados se muestra en etapas, ya que al restar a los ingresos los egresos del periodo se
  • 10. obtienen diferentes utilidades hasta llegar a la utilidad neta. 17. ¿Qué es el flujo de caja? El flujo de caja es un estado financiero básico junto con el balance general y el estado de resultados el cual proporciona información acerca de la situación financiera de un proyecto. El flujo de caja a diferencia del estado de resultados es un informe que incluye las entradas y salidas de efectivo, factor decisivo para evaluar la rentabilidad del proyecto. 18. Mencione los elementos del flujo de caja. El flujo de caja de cualquier proyecto se compone de cuatro elementos básicos: § Los egresos iniciales de fondos (inversión inicial) § Los ingresos y egresos de operación § El momento en que ocurren estos ingresos y egresos, y § El valor de desecho o salvamento del proyecto. 19. ¿Qué es el balance general? Se puede definir como un inventario, establecido en un momento preciso (cada mes, al final de un periodo contable, al final de un año) de todo lo que la empresa posee (activo) y de lo que debe (pasivo), la diferencia entre el activo y el pasivo es el "activo neto", esto es el monto de capital que pertenece a la empresa y por ello a sus propietarios. El balance general presenta en un mismo reporte la información necesaria para tomar decisiones en las áreas de inversión y de financiamiento. El balance general presenta dentro de su estructura tres agrupaciones o cuantas: activo, pasivo y capital. EVALUACIÓN SOCIOECONÓMICA 1. ¿En qué consiste la evaluación de un proyecto? La evaluación de un proyecto consiste en realizar una apreciación comparativa entre las posibilidades de uso de los recursos representados por los proyectos de inversión evaluados por los distintos criterios existentes. 2. ¿Con que fines se realiza la evaluación de un proyecto privado? § Tomar una decisión de aceptación o rechazo, cuando se estudia un proyecto específico, y § Decidir el ordenamiento de varios proyectos en función de su rentabilidad, cuando estos son mutuamente excluyentes o existe racionamiento de capitales. Para que un proyecto privado sea satisfactorio, los méritos deberán estar ampliamente justificados por las utilidades previstas y el monto de los recursos que es necesario invertir. 3. ¿Cuáles son los métodos de evaluación? Existen dos tipos de métodos de evaluación de un proyecto; los métodos que consideran el cambio e valor real del dinero a través del tiempo y que están relacionados en forma directa con el análisis de la rentabilidad, y los que no consideran éste elemento y que básicamente están relacionados con el análisis operativo de la futura empresa. 4. Defina el valor del dinero a través del tiempo. Puesto que el dinero puede ganar intereses cuando se invierte por un cierto periodo, es importante reconocer que un peso que se reciba en el futuro valdrá menos que un peso que se reciba actualmente. Es precisamente esta relación entre el interés y tiempo lo que conduce al concepto del valor del dinero en el tiempo. Es decir, que cantidades iguales de dinero no tienen el mismo valor si se encuentran en periodos diferentes en el tiempo y si la tasa de interés es mayor
  • 11. que cero. 5. ¿Cuál es el objetivo de actualizar los flujos de efectivo proyectados? El objetivo es determinar si los flujos que serán recibidos en el futuro rendirán mayores beneficios que los usos alternativos que hoy se le pueden dar al monto que será destinado como inversión. Los principales métodos que utilizan el concepto de flujo de efectivo actualizado son el valor actual neto (VAN) y la tasa interna de retorno (TIR). 6. ¿Qué es el Valor Actual Neto? El método del valor actual neto es uno de los criterios económicos más ampliamente utilizados en la evaluación de un proyecto de inversión. Consiste en determinar la equivalencia en el tiempo cero de los ingresos menos los egresos (ó FNE) para cada año, actualizados a una tasa de interés predeterminada y comparar ésta equivalencia con el desembolso inicial (inversión inicial ó I0). Cuando dicha equivalencia es mayor que el desembolso inicial (I0), entonces es recomendable que el proyecto sea aceptado. Su expresión matemática es: Donde: VAN = valor actual neto I0 = inversión inicial = indica la sumatoria de los flujos a actualizarse que van desde uno hasta "n2 periodos Yt = ingresos totales Et = egresos totales 1/(1 + i)n = factor singular de actualización ( FSA) i = tasa de descuento ó actualización que a su vez será la tasa de rendimiento mínima aceptable (TREMA) n = número de periodos 7. ¿Qué es la tasa mínima aceptable de rendimiento (TREMA)? La TREMA es la tasa que representa una medida de rentabilidad, la mínima que se le exigirá al proyecto de tal manera que permita cubrir: § La totalidad de la inversión inicial § Los egresos de operación § Los intereses que deberán pagarse por aquella parte de la inversión financiada con capital ajeno a los inversionistas del proyecto § Los impuestos § La rentabilidad que el inversionista exige a su propio capital invertido Para determinar la TREMA podemos considerar. * La tasa de inflación más una prima al riesgo TREMA = índice inflacionario + prima de riesgo * El costo del capital más una prima al riesgo TREMA = costo del capital + prima al riesgo 8. ¿Cuáles son la ventajas y desventajas de la utilización del VAN? Las ventajas: § Considera el valor del dinero a través del tiempo § El Van es el único, independientemente del comportamiento de los flujos netos de efectivo § Presenta un resultado en términos monetarios Las desventajas: § La estimación de la TREMA se realiza de manera intuitiva con criterio de experto y basándose e el conocimiento del entorno económico. § El resultado es sumamente sensible a la TREMA utilizada. Esto quiere decir
  • 12. que se puede descartar un buen proyecto debido a una exigencia desmedida, ya que entre mayor sea la TREMA que se exija al proyecto, menor será el valor monetario del VAN y viceversa. 9. ¿Qué es la tasa interna de retorno (TIR)? La TIR es un índice de rentabilidad ampliamente aceptado y está definida como la tasa de interés que reduce a cero el VAN. En términos económicos la tasa interna de retorno representa la rentabilidad exacta del proyecto. 10. Mencione las ventajas y las desventajas de la utilización de la tasa interna de retorno. Las ventajas: § Considera el valor del dinero a través del tiempo § La TIR se constituye como un indicador propio del proyecto y sobre la base de esta se puede decidir sobre otras alternativas § La tasa empleada en la actualización de los FNE no influye en la determinación de la TIR Las desventajas. § La principal desventaja de la TIR se presenta cuando los FNE durante el horizonte del proyecto arrojan uno o más resultados negativos (es decir existe alternativa de signos). En éste caso existen varias TIR, por lo cual no puede llegarse a una conclusión concreta en relación con la aceptación del proyecto. 11. Defina la relación beneficio-costo (RB/C). Un criterio tradicionalmente utilizado en la evaluación de proyectos es la relación beneficio-costo. La relación beneficio-costo mide la utilidad obtenida por cada unidad de capital invertido, es decir, mide la utilidad que genera el proyecto por cada peso invertido. 12. Defina qué es análisis de sensibilidad. Con ayuda del análisis de sensibilidad es posible mostrar cómo la rentabilidad del proyecto se modifica cuando se asignan diferentes valores a las variables necesarias para el cómputo (precios de venta, costos unitarios, volumen de ventas). El análisis de sensibilidad se usa con frecuencia cuando se considera posible introducir mejoras cambiando algunas de las variables, aún cuando el empleo de los métodos de evaluación actualizado ya descritos no indiquen una rentabilidad satisfactoria. Tipos de sociedades en cr http://www.oficinascomerciales.es/icex/cma/contentTypes/common/records/mostrarDocume nto/?doc=4239565 inscripción de una sa en cr http://www.moorestephens- centroamerica.com/costaRica/comoOperar/Constituciondesociedadanonima.pdf
  • 13. Nuestro Empresa, con sobrada experiencia en la asistencia a empresarios para crear nuevas empresas en Costa Rica, sea que este iniciando un negocio en Costa Rica, sea que quiere abrir una sucursal en Costa Rica, nuestros abogados y asesores le asistirán, desde la constitución de la sociedad anónima, o la sociedad de responsabilidad limitada, en la elección de la mejor estructura de operación, dependiendo del tipo de negocio o giro comercial de la empresa. Nuestra firma brinda asesoría y asistencia completa en el trámite de inscripción ante los entes estatales, tales como Tributación Directa; Municipalidades, Seguros sociales y Laborales (Caja Costarricense del Seguro Social, Instituto Nacional de Seguros) procesos como: legalización de libros contables y legales; Obtención de Licencias de operación, patentes comerciales en la Municipalidades, permisos de funcionamiento por parte del Ministerio de Salud. Logrando que su empresa en el menor tiempo posible inicie operaciones. Ya en operación, nuestro Grupo cuenta con profesionales en el Area Contable y administrativa, para aquellos procesos contables, legales y operativos de empresas establecidas en Costa Rica. Ofrecemos el servicio contable completo, pago y cálculo de planillas, pago de impuestos mensuales, trimestrales y anuales (pago de impuestos de ventas, pago de impuestos territorial, pago de los impuestos de renta, cálculo de impuesto al salario, etc), nuestra asistencia incluye la presentación de declaraciones informativas de impuestos. Necesita más informacion en cómo iniciar operaciones en Costa Rica, le presentamos detalle de cómo DyN servicios le asiste en el proceso de establecer su empresa o sucursal en Costa Rica. 1. Constitución o creación de una Sociedad en Costa Rica: a. Existen diferentes tipos de sociedades en Costa Rica, pero la mayoría de inversionistas se inclinan más por las Sociedades anónimas o las Sociedades de Responsabilidad Limitada. b. Ambas deben de ser constituidas por dos o mas personas, (Nacionales o extranjeros, personas físicas o jurídicas) y una vez inscrita en el Registro Publico, se asigna un número de identificación (cédula jurídica). En aquellos casos en que los socios no estén en Costa Rica, se puede constituir mediante
  • 14. Carta Poder documento que nosotros proveemos, evitando la visita a Costa Rica. c. Para facilitar el proceso en nuestra página puede encontrar un formulario de informacion que necesitamos conocer. d. Una vez que la sociedad esta inscrita en el Registro Publico de Costa Rica, un numero de cedula juriica es asignada. Nace así una nueva persona jurídica diferente al patrimonio de sus socios. e. Una vez inscrita la sociedad, la totalidad de las acciones pueden ser transferidas a una sola persona. f. f. Tiempo estimado: El proceso registral tarda entre ocho a quince días hábiles. Incluye: o Escritura Pública de constitución de la sociedad Anónima, debidamente inscrita en el Registro Publico Mercantil de Costa Rica. o Emisión de los Certificados de Acciones. o Gastos de envío (Courier) de documentos originales a su país. o Primer Año pago de servicios de agente Residente. o Libros contables y legales legalizados. o Registro ante las Oficinas Tributarias, en los impuestos a que este afecto. (de ser necesario) 2. Libros Legales y Contables: Una vez constituida y registrada la sociedad en Costa Rica, deben de obtenerse libros para efectos contables y legales. Tipo de libros: a. Legales: Son tres libros, registro de accionistas, asambleas de socios, y reuniones de Junta Directiva. b. Contables:Diario, Mayor e inventarios y Balances, en ellos se debe de llevar actualizados los registros contables de acuerdo con las reglas tributarias del Costa Rica.
  • 15. c. Tiempo estimado: Tiene un tiempo estimado de no mas de 3 días y su costo está Incluido en el costo de la constitución de la sociedad 2. Inscripción en la Administración Tributaria Es obligatorio si la compañía va a empezar operaciones, o bien si solo requiere abrir una cuenta corriente bancaria. Dependiendo del tipo de operación así tendrá que registrarse ante dicha institución, por ejemplo: d. Impuesto de Renta. Se paga y se reporta anualmente. e. Recolector de Impuesto de Ventas, se paga y se reporta mensualmente. 3. Patente (permiso) de Apertura de Oficina Toda compañía en operación requiere de licencia o patente de operación: f. Dependiendo del tipo de Negocio (venta de productos, venta de servicios, servicios administrativos, etc) así será el tipo de Patente que se requiere obtener del Gobierno Local (Municipalidad) y del monto a pagar trimestralmente por canon. g. Este permiso una vez obtenido paga un canon (cuota) trimestral al gobierno local. Para conocer detalles específicos de la patente es necesario saber el lugar exacto donde se van a ubicar las oficinas. h. Tiempo estimado: Aproximadamente un mes. 4. Seguro Social Seguros de Riesgos de Trabajo: Es requisito obligatorio de las empresas en operación registrarse en las siguientes instituciones: i. CCSS - Caja Costarricense de Seguro Social: (cubre maternidad, vejez y muerte) el patrono debe de estar inscrito como tal y pagar mensualmente alrededor de un 26% del monto total de los salarios. j. INS - Instituto Nacional de Seguros Riesgos laborares (cubre accidente laborales):En Costa Rica es necesario poseer como patrono una serie de seguros a favor de los trabajadores (si los hay).
  • 16. k. Tiempo Estimado: -CCSS: 15 días hábiles, una vez presentados los documentos, es legalmente posible iniciar operaciones. - INS: 5 días, una vez presentados los documentos, es legalmente posible iniciar operaciones. 5. Servicios "Outsourcing" Ya en operación nuestra firma de abogados brinda servicios completos de asistencia administrativa, tales como: l. Servicios Contables:Nuestra bilingüe Área contable tiene gran experiencia con operaciones tanto en Costa Rica como a nivel internacional, y con apoyo legal en impuestos de nuestros abogados. m. Servicios Administrativos:Para que sus empleados se enfoquen en la producción y desarrollo de su empresa, nuestra firma ofrece servicios tales como: i. Reporte y pago de Impuestos. ii. Pago de Servicios (agua, luz, teléfono, internet) iii. Seguro Social e INS: Pago mensual de la CCSS, pago semestral del INS, y el reporte mensual de ambos. n. Apertura de Cuentas Corrientes: Tenemos enlace con uno de los bancos estatales, lo que nos facilita la apertura de cuentas corrientes a nuestros clientes de manera expedida y segura. o. Departamento legal: Nuestra firma brinda apoyo de expertos en el area comercial. INTRODUCCIÓN Corresponde al Registro de Personas Jurídicas la calificación e inscripción de aquellos documentos referidos a las Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, Sociedades Mercantiles, de Actividades Profesionales y Civiles. Asimismo, le compete el trámite de documentos de Fundaciones, Asociaciones, Poderes y actos de personas físicas en figuras como la insolvencia, insania. En esta guía de calificación se incluyen los requisitos necesarios, conforme la
  • 17. normativa aplicable a cada acto o contrato, con el fin de que los documentos sean presentados a este Registro sin defecto alguno y alcancen su inscripción con ese primer ingreso. Se pretende además, que el usuario registral tenga a su alcance una herramienta por la que también pueda ampliar sus conocimientos al consultar las diferentes normas que se citan, así como los criterios o circulares y plasmarlos en los documentos aquí inscribibles. Es nuestro mayor interés que este Registro cumpla con el principal objetivo, cual es, la inscripción de los documentos que se presentan para tal efecto, de conformidad con lo estipulado por el artículo 1 de la Ley Sobre Inscripción de Documentos en el Registro Público, N° 3883 de 30 de mayo de 1967 y sus reformas. Esta guía de calificación contribuye a alcanzar ese objetivo.5 EMPRESA INDIVIDUAL I. EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA A) Requisitos Generales 1. Escritura Pública: a. Comparecencia del dueño de la empresa (Art. 9 C. Comercio) b. Calidades y domicilio completos del compareciente (Arts. 83, 84 y 85 C. Notarial y art. 3 Ley 6575 de 20/05/81) c. Demás requisitos del artículo 10 C. Comercio 2. Publicación: a. Publicación de un extracto en el Diario Oficial La Gaceta. El Notario dará fe de tal circunstancia indicando la fecha de publicación del edicto. (Art. 13 C. Comercio) B) Requisitos Específicos 1. Denominación: a. Es prohibido el uso del nombre de una persona física o parte de él en el nombre de la empresa. A la denominación se le antepondrá o se le agregará el aditamento "Empresa Individual de Responsabilidad Limitada" o su abreviatura "E.I.R.L.". Además, deberá ser distinto al de cualquier otra empresa o sociedad mercantil previamente inscrita y podrá
  • 18. expresarse en cualquier idioma, siempre que se haga constar su traducción al español o se indique que no tiene (Arts. 10 inciso a) y 103 C. Comercio, Voto de la Sala Constitucional N° 4764-99 de las 11:45 horas del 18 de junio de 1999 y Circular N° 017-99, Circular D.R.P.J.- 012-07 y Decreto 33171-J , y Directriz D.R.P.J.- 003-2010, sobre la aplicación del Artículo 29 de la Ley de Marcas y otros signos distintivos.) 2. Domicilio: a. Dirección exacta, con indicación de la Provincia y el cantón, de manera que puedan entregarse válidamente notificaciones administrativas y judiciales (Arts. 10 inciso b) y 18 inciso 10) C. Comercio) 3. Objeto: a. Debe ser específico, toda vez que la empresa no podrá dedicarse a otra actividad que no sea la consignada en la escritura (Art. 10 inciso d) C. Comercio y Circular D.R.P.J. 004-2010) 4. Plazo: a. Debe ser determinado y podrá expresarse en años, meses y/o días, con indicación de la fecha de inicio (Art. 10 inciso e) C. Comercio) 5. Capital: a. Monto del capital de la empresa, el cual deberá necesariamente pactarse en moneda nacional, expresándose además el aporte del dueño (dinero efectivo, créditos, bienes muebles o inmuebles, títulos valores, etc.). (Arts. 10 inciso c), 18 inciso 9) y 32 C. Comercio, 460 C. Civil, 6 de la Ley de la Moneda, 88, 174 y Transitorio X del Código Notarial) 6. Administración: a. Debe ser administrada por un Gerente, quien podrá ser o no el dueño de la empresa, y tendrá las facultades de apoderado generalísimo. De no ser el dueño, aceptación expresa del cargo. Durará en su cargo el plazo establecido en la escritura constitutiva. (Arts. 10 inciso f) y párrafo in fine C. Comercio, 1253 y 1254 C. Civil) Además podrá sustituir su mandato o bien otorgar poderes judiciales, si expresamente está autorizado para ello en la escritura
  • 19. constitutiva.6 7. Traspaso de una E.I.R.L.: a. El dueño de una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada puede venderla o trasmitirla por sucesión hereditaria, por donación o por cualquiera de los medios de trasmitir los bienes. En este caso cabe advertir que una cosa es el traspaso de la empresa como entidad y otra cosa es la transmisión del negocio que la empresa tenga. b. El traspaso de la empresa deberá realizarse mediante escritura pública, de la cual se publicará un extracto en el Diario Oficial La Gaceta, y deberá inscribirse necesariamente en el Registro Mercantil. (Art. 13 Código de Comercio).7 SOCIEDADES I. SOCIEDAD MERCANTIL A) Requisitos Generales 1. Escritura Pública: a. Comparecencia de al menos dos socios constituyentes (Art. 104 C. Comercio) b. Calidades y domicilio completos de esos socios (Arts. 83, 84 y 85 C. Notarial, art. 3 Ley 6575 de 20/05/81 y circular N° 025-98) c. Demás requisitos del Artículo 18 C. Comercio 2. Publicación: a. Publicación de un extracto en el diario oficial La Gaceta. Bastará con el pago en las oficinas de la Imprenta Nacional e indicación del número de recibo mediante razón notarial (Art. 19 C. Comercio, circulares Nos. 014-98 y 021-98) B) Requisitos Específicos 1. Nombre o Denominación Social: a. Deberá ser distinto del de cualquier otra sociedad que se encuentre previamente inscrita, de manera que no se preste a confusión y podrá ser consignado en cualquier idioma, siempre y cuando se exprese su traducción o se indique que no tiene (Art. 103 C. Comercio, Art. 29 Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, circular D.R.P.J. 005-2008 del 07 de Abril del
  • 20. 2008 y resolución de la Sala Constitucional N° 4764-99, de las 11:45 horas del 18 de junio de 1999) b. La Sociedad En Nombre Colectivo debe utilizar razón social (Arts. 33, 35, 36 y 37 C. Comercio) c. La Sociedad En Comandita debe utilizar razón social (Art. 62 C. Comercio) d. La Sociedad De Responsabilidad Limitada puede utilizar razón social o denominación social (Art. 76 C. Comercio) e. La Sociedad Anónima puede utilizar razón social o denominación social (Art. 103 C. Comercio y resolución de la Sala de Casación de la Corte Suprema de Justicia N° 41 de las 15:30 horas del 27 de abril de 1965) f. Los términos Bolsa De Valores son de uso exclusivo para este tipo de sociedades y de uso obligatorio (Autorización de la SUGEVAL, Arts .8 y 27 Ley Reguladora del Mercado de Valores y circulares Nos. 002-98 y 024-98) g. Los términos Puesto De Bolsa son de uso exclusivo de este tipo de sociedades y de uso obligatorio (Autorización de la Bolsa, Arts. 29 inciso a) y 53 Ley Reguladora del Mercado de Valores y circular N° 024-98) h. Los términos Fondos De Inversión, Sociedades De Inversión, Sociedades De Fondos De Inversión, Sociedades Administradores De Fondos De Inversión, etc., son de uso exclusivo de este tipo de sociedades (Autorización de la SUGEVAL, Arts. 8 y 63 Ley Reguladora del Mercado de Valores, art. 2 Reglamento General Sobre Sociedad Administradora y Fondos de Inversiones (Gaceta N° 3 del 4 de enero de 2002) y circular 011-2007 del 29 de Junio del 2007. i. Los términos Central De Valores son de uso exclusivo y obligatorio en el nombre de este tipo de sociedades (Autorización de la SUGEVAL, Arts. 8 y 134 Ley Reguladora del Mercado de Valores y circulares 002-98 y 024-98) j. Los términos Sociedad De Compensación Y Liquidación son de uso exclusivo y obligatorio en el nombre de este tipo de sociedades (Autorización de la SUGEVAL, Arts. 8 y
  • 21. 127 Ley Reguladora del Mercado de Valores y circulares 002-98 y 024-98) k. Los términos Sociedad Calificadora De Riesgo son de uso exclusivo y obligatorio en el nombre de estas sociedades (Autorización de la SUGEVAL, Arts. 8 y 144 Ley Reguladora del Mercado de Valores y circular 011-2007 del 29 de Junio del 2007.8 l. Los términos Operadora de Pensiones y Fondos de Capitalización Laboral son de uso exclusivo y obligatorio en el nombre de este tipo de sociedades (Art. 30 Ley de Protección al Trabajador y circular 007-2000) m. Los términos Financiera y similares son de uso exclusivo y obligatorio en la denominación de las Empresas financieras de carácter no bancario (Autorización de la SUGEF, Arts. 1 y 3 Ley Reguladora de Empresas Financieras no Bancarias y circular 011- 2007 del 29 de Junio del 2007. n. Los términos Banco y similares son de uso exclusivo y obligatorio en la denominación de los Bancos Privados (Autorización de la SUGEF, Arts. 128 y 141 Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional y circular 011-2007 del 29 de Junio del 2007.) o. Los términos Sociedad Comercializadora De Seguros, son de uso exclusivo en la denominación de Sociedades Comercializadoras De Seguros (Reglamento para la Operación de Entidades Comercializadoras de Seguros (Gaceta del 15 de enero de 1998) y circular 005-98, Circular D.R.P.J.-003-2009) p. El nombre de las Sociedades Anónimas Laborales corresponde al de una sociedad anónima común, pero el aditamento deberá ser Sociedad Anónima Laboral o su abreviatura SAL (Art. 3 Ley de Sociedades Anónimas Laborales y art. 9 inciso c) Reglamento a la Ley de Sociedades Anónimas Laborales) q. El nombre Sociedades Anónimas Deportivas corresponde al de una sociedad anónima común, pero el aditamento deberá ser Sociedad Anónima Deportiva o su abreviatura SAD (Art. 61 Ley de 7800 Alcance 20 a la Gaceta 103 de 29/05/98 y circular 011-2001) r. Los términos Bolsas de Comercio son de uso exclusivo en la denominación de las sociedades denominadas como Bolsas de Comercio (Ver Reglamento en La Gaceta N° 205
  • 22. de 25 de octubre del 2005 y circular 011-2007 del 29 de Junio del 2007. s. Los Puestos de Bolsa participantes en las Bolsas de Comercio deberán constituirse como sociedad anónima según el Código de Comercio, utilizando estos términos. (Ver Reglamento Gaceta N° 205 de 25 de octubre del 2005 y Circular N° 10-2005) 2. Domicilio social: a. Dirección exacta, con indicación de la Provincia y el Cantón, de manera que puedan entregarse válidamente notificaciones administrativas y judiciales (Art. 18 inc. 10) C. Comercio y Circular 005-2001) 3. Objeto: a. Indicación expresa del objeto que persigue, sea este amplio o específico. Si se requiere que la sociedad se constituya como fiduciaria deberá indicarse expresamente, así como la posibilidad de que rinda fianzas y otra clase de garantías (Arts. 18 inciso 5) y 637 C. Comercio, Circular D.R.P.J.-004-2010) b. Las Bolsas de Valores tienen el objeto único de facilitar las transacciones con valores y ejercer las funciones de autorización, fiscalización y regulación sobre los puestos y agentes de bolsa (Art. 27 Ley Reguladora del Mercado de Valores y circular 002-98) c. Los Puestos de Bolsa tiene un objeto limitado a la compra y venta de valores en la bolsa, por cuenta de sus clientes y demás establecido por ley (Arts. 54 inciso b) y 56 Ley Reguladora del Mercado de Valores y circular 002-98) d. Las Sociedades Administradoras de Fondos de Inversión tiene un objeto limitado a las actividades autorizadas por la ley y los Reglamentos que dicte la SUGEVAL (Art. 66 inciso a) Ley Reguladora del Mercado de Valores, art. 2 Reglamento General Sobre Sociedad Administradora y Fondos de Inversiones (Gaceta N° 3 del 4 de enero de 2002 y circular 002-98) e. Las Centrales de Valores tienen un objeto limitado a la custodia de títulos valores (Art. 134 Ley Reguladora del Mercado de Valores y circular 002-98) f. Las Sociedades de Compensación y Liquidación tienen un objeto limitado a la
  • 23. liquidación de las operaciones de los mercados de valores (Art. 126 Ley Reguladora del Mercado de Valores y circular 002-98)9 g. Las Sociedades Calificadoras de Riesgo tienen el objeto exclusivo de calificación del riesgo de los valores inscritos en el Registro Nacional de Valores (Art. 144 Ley Reguladora del Mercado de Valores y circular 002-98) h. Las Sociedades Operadoras de Pensiones y de Fondos de Capitalización Laboral tienen el objeto prioritario de la administración de planes de pensiones y fondos de capitalización laboral (Art. 31 Ley de Protección al Trabajador y circular 007-2000) i. Las Empresas Financieras de Carácter no Bancario tienen como objeto la intermediación financiera (Art. 1 Ley Reguladora de Empresas Financieras no Bancarias) j. Los Bancos Privados tienen por objeto la actividad bancaria regulada por ley (Art. 141 Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional) k. Las Sociedades Comercializadoras de Seguros tienen por objeto principal la promoción, gestión, cobro, inspección y colocación de seguros del INS (Art. 3 Reglamento para la Operación de Entidades Comercializadoras de Seguros. (Gaceta N° 10 del 15 de enero de 1998) y circular 005-98, Circular D.R.P.J.-003-2009) l. Las Bolsas de Comercio tendrán un objeto limitado a las actividades autorizadas (Ver Reglamento Gaceta N° 205 de 25 de octubre del 2005 y Circular N° 10-2005) m. Los Puestos de Bolsa participantes en las Bolsas de Comercio tendrán un objeto limitado a las actividades autorizadas. (Ver Reglamento Gaceta N° 205 de 25 de octubre del 2005 y Circular N° 10-2005) n. Plazo social: o. Duración y posibles prórrogas, con indicación de años y fecha de inicio. En principio no se permiten los plazos indefinidos. (Art. 18 inciso 7) C. Comercio) p. En los Puestos de Bolsa el plazo social deberá ser el mismo de la respectiva Bolsa de Valores, incluidas sus prórrogas (Art. 54 inciso b) Ley Reguladora del Mercado de Valores y circular 002-98)
  • 24. q. En los Bancos Privados el plazo se limita a 30 años (Art. 143 Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional) r. En la Sociedad Anónima Laboral el Plazo puede ser indefinido (Art. 2 Ley de Sociedades Anónimas Laborales y Art. 9 inciso e) Reglamento a la Ley de Sociedades Anónimas Laborales) 4. Capital social: a. Expresión del monto, representación, suscripción, forma de pago y plazo en que debe ser cancelado (Arts. 18 incisos 8) y 9), 29 y 32 C. Comercio) b. En la Sociedad en Comandita el capital es aportado por socios comanditados y comanditarios (Arts. 67 y 68 C. Comercio) c. En la Sociedad de Responsabilidad Limitada solo en moneda nacional y está representado por cuotas (Arts. 78, 79 y 80 Código de Comercio) d. En la Sociedad Anónima el capital está representado por acciones comunes. Pueden existir acciones preferentes. Moneda nacional o extranjera. Indicación de los personeros autorizados para firmar los títulos (Arts. 102, 104, 107, 120, 121 y 134 inciso f) C. Comercio) e. La Bolsa de Valores debe contar con un capital mínimo suscrito y pagado en efectivo (Arts. 27 y 28 Inciso c) Ley Reguladora de Mercado de Valores y circular 002-98) f. El Puesto de Bolsa debe contar con un capital mínimo suscrito y pagado en efectivo (Art. 54 incisos a) y c) Ley Reguladora del Mercado de Valores y circular 002-98) g. La Sociedad Administradora de Fondos de Inversión debe contar con un capital mínimo suscrito y pagado en efectivo (Art. 66 incisos a) y d) Ley Reguladora del Mercado de Valores y circular 002-98) h. Las Centrales de Valores deben contar con un capital mínimo (Art. 119 inciso 3) Ley Reguladora del Mercado de Valores y circular 002-98) i. Las Sociedades de Compensación y Liquidación deben contar con un capital mínimo (Art. 127 inciso b) Ley Reguladora del Mercado de Valores y circular 002-98)10
  • 25. j. Las Sociedades Operadores de Pensiones y Fondos de Capitalización Laboral deben contar con un capital mínimo suscrito y pagado (Art. 37 Ley de Protección al Trabajador y circular 007-200) k. Las Empresas Financieras de Carácter no bancario deben contar con capital mínimo, suscrito y pagado en efectivo (Art. 3 Ley Reguladora de empresas financieras no bancarias) l. Los Bancos Privados deben contar con capital mínimo suscrito y pagado en efectivo (Art. 151 Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional) m. Las Sociedades Comercializadoras de Seguros deben contar con un capital mínimo (Art. 6 inciso b) del Reglamento para la Operación de Entidades Comercializadoras de Seguros y circular 005-98) n. Las Bolsas de Comercio tendrán un capital mínimo, suscrito y pagado de ¢200.000.000. oo (doscientos millones de colones) que se representará por acciones comunes y nominativas. Esta suma podrá ser ajustada por el Superintendente mediante acuerdo, según el índice de precios al consumidor. La participación de un accionista o de su grupo de interés económico no podrá exceder el veinte por ciento del capital total de la sociedad. En caso de cambios subsecuentes en la composición accionaria, podrá excederse excepcionalmente ese porcentaje. Todos los cambios que impliquen en la escritura constitutiva deberán ser aprobados por el Ministerio de Hacienda, previo dictamen de la Superintendencia. (Ver Reglamento Gaceta N° 205 de 25 de octubre del 2005 y Circular N° 10-2005) o. Los Puestos de Bolsa participantes en las Bolsas de Comercio dispondrán en todo momento de un capital mínimo suscrito y pagado de ¢75.000.000. oo (setenta y cinco millones de colones), suma que podrá ser ajustada por el Superintendente mediante acuerdo, según el índice de precios al consumidor. (Ver Reglamento Gaceta N° 205 de 25
  • 26. de octubre del 2005 y Circular N° 10-2005) 5. Administración: a. Forma de administración y facultades de los administradores y plazo de nombramiento (Art. 18 inciso 11) C. Comercio y circular 015-99) b. La Sociedad en Nombre Colectivo es administrada por uno o varios administradores (Arts. 39, 40, 41, 42, 44 y 46 C. Comercio) c. La Sociedad en Comandita es administrada por uno o varios gerentes y/o subgerentes (Arts. 57, 58 y 74 C. Comercio) d. La Sociedad de Responsabilidad Limitada es administrada por uno o varios gerentes y/o subgerentes (Arts. 89, 91 y 93 C. Comercio) e. La Sociedad Anónima es administrada por una Junta Directiva, mínimo 3 miembros (Arts. 181 y 182 C. Comercio y circular 015-99) f. La Bolsa de Valores es administrada por una Junta Directiva (Art. 30 incisos a) y b) Ley Reguladora del Mercado de Valores) g. El Puesto de Bolsa es administrado por una Junta Directiva, mínimo 5 miembros, además de un Gerente (Art. 5 Decreto N° 28485-H, Alcance N° 92, Gaceta 245 del 17 de diciembre de 1998) h. La Sociedad Administradora de Fondos de Inversión es administrada por una Junta Directiva mínimo 5 miembros, además de un Gerente (Art. 5 del Decreto N° 28485-H, Alcance N° 92, Gaceta 245 del 17 de diciembre de 1998) i. Las Sociedades Operadoras de Pensiones y de Fondos de Capitalización Laboral son administradas por una Junta Directiva, mínimo 5 miembros, además de un Gerente (Art. 5 del Decreto N° 28485-H, Alcance N° 92, Gaceta 245 del 17 de diciembre de 1998 y circular 007-2000) j. Los Bancos Privados son administrados por una Junta Directiva formada por no menos de 5 miembros propietarios (Arts. 144, 145 y 147 Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional)
  • 27. k. Las Sociedades Anónimas Laborales son administradas por una Junta Directiva mínimo 3 miembros o bien por un solo Administrador (Arts. 21, 22 y 23 Ley de Sociedades 11 Anónimas Laborales y Art. 9 incisos r), s) y t) del Reglamento a la Ley de Sociedades Anónimas Laborales) 6. Vigilancia: a. Sistema vigilancia a aplicar. Únicamente en el caso de sociedades anónimas, tanto comunes como especiales (Arts. 193, 195, 196 y 197 C. Comercio) b. Puesto de Bolsa (Art. 7 Decreto Ejecutivo N° 27503-H, Alcance N° 92, Gaceta 245 del 17 de diciembre de 1998) c. Sociedad Administradora de Fondos de Inversión (Art. 7 Decreto Ejecutivo N° 27503-H, Alcance N° 92, Gaceta 245 del 17 de diciembre de 1998) d. Empresa Financiera de Carácter No Bancario (Art. 152 inciso o) Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica) e. Banco Privado (Art. 152 inciso o) Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica 7. Inventarios y balances: a. Modo de elaborar los balances y distribuir utilidades (Arts. 18 inciso 14) y 27 C. Comercio) 8. Fondo de Reserva legal: a. Establecer la obligación de formar un fondo de Reserva Legal mediante un porcentaje de las utilidades anuales. No aplica para la Sociedad en Nombre Colectivo ni Sociedad en Comandita (Art. 18 inciso 15) C. Comercio), (Circular D.R.P.J. 002-2010) b. Sociedad Anónima (Art. 143 C. Comercio) c. Sociedad de Responsabilidad Limitada (Artículo 99 C. Comercio) d. Bolsa de Valores (Art. 31 Ley Reguladora del Mercado de Valores) e. Empresa Financiera de carácter no Bancario (Arts. 3 y 18 Ley de Empresas Financieras No Bancarias) f. Bancos Privados (Arts. 154 y 156 Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional)
  • 28. 9. Nombramiento de Agente Residente: a. Nombramiento de Agente Residente, en caso de que ninguno de los representantes tengan domicilio en el territorio nacional (Art. 18 inciso 13) C. Comercio) 10. Disolución y Liquidación: a. Casos en que la sociedad haya de disolverse anticipadamente. Modo de proceder a la elección de liquidador y facultades conferidas (Arts. 18 incisos 16), 17) y 18), y 209 C. Comercio) b. Sociedad en Nombre Colectivo (Arts. 56, 201, 209, 210, 211, 213 y 214 C. de Comercio) c. Sociedad en Comandita (Arts. 63, 201, 209, 210, 211, 213 y 214 C. Comercio) d. Sociedad de Responsabilidad Limitada (Arts. 101, 201, 209, 210, 211, 213 y 214 C. Comercio) e. Sociedad Anónima (Arts. 201, 202, 206, 209, 210, 211, 213 y 214 C. Comercio) 11. Nombramientos: a. Nombramiento de los administradores con indicación de las calidades completas (Art. 18 inciso 12) C. Comercio) b. En la Sociedad en Nombre Colectivo el nombramiento puede realizarse en acto posterior a la constitución (Art. 44 C. Comercio) c. En la Sociedad de Responsabilidad Limitada el nombramiento puede realizarse en acto posterior a la constitución (Art. 89 C. Comercio)12 II. SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA A) Requisitos Generales 1. Escritura Pública: a. Comparecencia de al menos dos socios constituyentes (Art. 104 C. Comercio) b. Calidades y domicilio completos de esos socios (Arts. 83, 84 y 85 C. Notarial, Art. 3 Ley 6575 de 20/05/81 y Circular N° 025-98) c. Demás requisitos del Artículo 18 C. Comercio 2. Publicación:
  • 29. a. Publicación de un extracto en el diario oficial La Gaceta. Bastará con el pago en las oficinas de la Imprenta Nacional e indicación del número de recibo mediante razón notarial (Art. 19 C. Comercio, Circulares N° 014-98 y N° 021-98) B) Requisitos Específicos 1. Nombre o Denominación Social: a. La Sociedad de Responsabilidad Limitada puede utilizar razón social o denominación social (Art. 76 C. Comercio Directriz DRPJ- 003-2010, sobre la aplicación del artículo 29 de la Ley de Marcas y otros signos distintivos.) b. Sociedad cuya denominación sea el número de Cédula Jurídica como denominación social se puede solicitar el número de cédula jurídica (ver Decreto N° 33171-J de 14/06/06 y Circulares D.R.P.J. 008-2006 de 26/06//06, D.R.P.J.012-2006 de 30/08/06) 2. Domicilio Social: a. Dirección exacta, con indicación de la Provincia y el Cantón, de manera que puedan entregarse válidamente notificaciones administrativas y judiciales (Art. 18 inc. 10) C. Comercio y Circular 005-2001) 3. Objeto a. Indicación expresa del objeto que persigue, sea este amplio o específico. Si se requiere que la sociedad se constituya como fiduciaria deberá indicarse expresamente, así como la posibilidad de que rinda fianzas y otra clase de garantías (Arts. 18 inciso 5) y 637 C. Comercio, Circular D.R.P.J. 004-2010) 4. Plazo social a. Duración y posibles prórrogas, con indicación de años y fecha de inicio. En principio no se permiten los plazos indefinidos. (Art. 18 inciso 7) C. Comercio) 5. Capital social a. Expresión del monto, representación, suscripción, forma de pago y plazo en que debe ser cancelado (Arts. 18 incisos 8) y 9), 29 y 32 C. Comercio) b. En la Sociedad de Responsabilidad Limitada solo en moneda nacional y está
  • 30. representado por cuotas (Arts. 78, 79 y 80 Código de Comercio) 6. Administración a. Forma de administración y facultades de los administradores y plazo de nombramiento (Art. 18 inciso 11) C. Comercio y circular 015-99) b. La Sociedad de Responsabilidad Limitada es administrada por uno o varios gerentes y/o subgerentes (Arts. 89, 91 y 93 C. Comercio) 7. Inventarios y balances a. Modo de elaborar los balances y distribuir utilidades (Arts. 18 inciso 14) y 27 C. Comercio) 8. Fondo de Reserva legal a. Sociedad de Responsabilidad Limitada (Artículo 99 C. Comercio Y Circular DRPJ- 002- 2010) 9. Nombramiento de Agente Residente a. Nombramiento de Agente Residente, en caso de que ninguno de los representantes tengan domicilio en el territorio nacional (Art. 18 inciso 13) C. Comercio)13 10. Disolución y liquidación a. Sociedad de Responsabilidad Limitada (Arts. 101, 201, 209, 210, 211, 213 y 214 C. Comercio) 11. Nombramientos a. En la Sociedad de Responsabilidad Limitada el nombramiento puede realizarse en acto posterior a la constitución (Art. 89 C. Comercio) 12. Cesión de Cuotas a. Podrá pactarse que la cesión de las cuotas sociales, deba contar necesariamente con el consentimiento previo y expreso los socios, mediante acuerdo tomado con una mayoría no menor a las tres cuartas partes del capital social. En caso de que no se indique nada al respecto, en los estatutos sociales, se entenderá que dicha cesión deberá aprobarse por la unanimidad de los socios. Estas mismas disposiciones se observarán para la incorporación
  • 31. de herederos o legatarios del socio fallecido, si expresamente se establece así en la escritura constitutiva. (Arts. 85 y 88 C. de Comercio). b. El traspaso de cuotas sociales podrá inscribirse en el Registro Mercantil, mediante la protocolización del acta en que se tome el acuerdo correspondiente, o bien, mediante el otorgamiento de escritura pública con la comparecencia del cedente y cesionario de los títulos, caso en el cual el Notario autorizante debe dar fe de que el cedente es dueño de las cuotas que cede y de que el traspaso fue debidamente autorizado por los demás dueños del capital social, en el porcentaje establecido estatutariamente (tres cuartas partes de los socios o la unanimidad de ellos). En todo caso, debe indicarse el valor de la transacción de dichos títulos. (Arts. 78 y 235, inciso b) Código de Comercio).14 III. SOCIEDAD ANÓNIMA A) Requisitos Generales 1. Escritura Pública c. Comparecencia de al menos dos socios constituyentes (Art. 104 C. Comercio) a. Calidades y domicilio completos de esos socios (Arts. 83, 84 y 85 C. Notarial, art. 3 Ley 6575 de 20/05/81 y circular N° 025-98) b. Demás requisitos del Artículo 18 C. Comercio 2. Publicación a. Publicación de un extracto en el diario oficial La Gaceta. Bastará con el pago en las oficinas de la Imprenta Nacional e indicación del número de recibo mediante razón notarial (Art. 19 C. Comercio, circulares Nos. 014-98 y 021-98) B) Requisitos Específicos 1. Nombre o Denominación Social a. Deberá ser distinto del de cualquier otra sociedad que se encuentre previamente inscrita, de manera que no se preste a confusión y podrá ser consignado en cualquier idioma, siempre y cuando se exprese su traducción o se indique que no tiene (Art. 103 C. Comercio, Art. 29
  • 32. Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, circular D.R.P.J. 005-2008 del 07 de Abril del 2008. y resolución de la Sala Constitucional N° 4764-99, de las 11:45 horas del 18 de junio de 1999, circular D.R.P.J. 027-2008 de 25-08-2008 y Directriz D.R.P.J. 003-2010, sobre la aplicación del artículo 29 de la Ley de Marcas y otros signos distintivos.) b. La Sociedad Anónima puede utilizar razón social o denominación social (Art. 103 C. Comercio y resolución de la Sala de Casación de la Corte Suprema de Justicia N° 41 de las 15:30 horas del 27 de abril de 1965, circular 027-2008 de 25-8-08) c. Sociedad cuya denominación sea el número de Cédula Jurídica como denominación social se puede solicitar el número de cédula jurídica (ver Decreto N° 33171-J de 14-06-06 y Circulares D.R.P.J. 008-2006 de 26-06-06 y D.R.P.J. 012-2006 de 30-08-06) 2. Domicilio social a. Dirección exacta, con indicación de la Provincia y el Cantón, de manera que puedan entregarse válidamente notificaciones administrativas y judiciales (Art. 18 inc. 10) C. Comercio y Circular 005-2001) 3. Objeto a. Indicación expresa del objeto que persigue, sea este amplio o específico. Si se requiere que la sociedad se constituya como fiduciaria deberá indicarse expresamente, así como la posibilidad de que rinda fianzas y otra clase de garantías (Arts. 18 inciso 5) y 637 C. Comercio, Circular D.R.P.J. 004-2010) 4. Plazo Social a. Duración y posibles prórrogas, con indicación de años y fecha de inicio. En principio no se permiten los plazos indefinidos. (Art. 18 inciso 7) C. Comercio) 5. Capital Social a. Expresión del monto, representación, suscripción, forma de pago y plazo en que debe ser cancelado (Arts. 18 incisos 8) y 9), 29 y 32 C. Comercio) b. En la Sociedad Anónima el capital está representado por acciones comunes. Pueden existir acciones preferentes. Moneda nacional o extranjera. Indicación de los personeros
  • 33. autorizados para firmar los títulos (Arts. 102, 104, 107, 120, 121 y 134 inciso f) C. Comercio) c. CAPITAL AUTORIZADO La Asamblea General de socios, podrá autorizar a la Junta Directiva, en el acto de constituirse la sociedad o posteriormente, para que por una o más veces, aumente el capital social, hasta el límite que se establezca, el cual estará representado por acciones del valor y características que se determinen en la autorización. Ésta debe constar en la escritura social, al constituirse la sociedad, o bien, por reforma posterior de la cláusula correspondiente. (Art. 106 Código de Comercio).15 Como Constituir una Sociedad Anónima en Costa Rica Las Sociedades Anónimas o S.A. son el tipo de sociedad más flexible en Costa Rica, son la forma más fácil de tener una representación jurídica independiente de los socios o propietarios. Para las personas "normales" y para los que quieren tener su propio negocio, existen muchas razones por las cuáles tener una sociedad anónima: - Compra de vehículos: Es común constituir una S.A. cuyo único objetivo sea la posesión de un bien mueble (carro, moto, etc.). Hay dos razones principales. La primera es para evitar el impuesto al traspaso a la hora de vender el vehículo. Usted solo paga el impuesto una vez a la hora de inscribir el automotor a nombre de la sociedad. Cuándo lo vende, realmente lo que hace es vender la sociedad completa, es decir, traspasar sus acciones y cambiar la Junta Directiva. Esto es un trámite que se hace por un costo fijo de unos 25.000 colones que típicamente es mucho menor al impuesto al traspaso. La segunda razón es para minimizar su
  • 34. responsabilidad civil en caso de un accidente. Las Sociedades Anónimas son persona jurídicas independientes de sus socios. En el caso de un accidente donde los daños a terceros son muy altos, la sociedad es la que responde y el máximo de la responsabilidad sería equivalente al valor del carro. Los socios no son responsables. - Compra de Propiedades: Por razones muy similares al caso de la compra de bienes muebles, es muy conveniente tener una Sociedad Anónima que sea propietaria de cada uno de sus bienes raices. El impuesto al traspaso en caso de venta no existe y de la misma manera, si la sociedad no tiene actividad comercial, los bienes que adueña no pueden ser embargados. - Tener negocio propio: En Costa Rica la figura más común para constituir un negocio propio es precisamente la Sociedad Anónima. Esta está muy bien regulada en su operación por el código de comercio y permite una administración independiente de los socios y al mismo tiempo la mejor forma de repartir la propiedad entre varias personas. La mayoría de los negocios en Costa Rica son S.A. Una Sociedad Anónima (SA) es una persona jurídica. A nombre de esta persona jurídica usted puede comprar, vender, actuar, tener cuentas de bancos, teléfonos, propiedades, registrarse como importador, exportador, patrono, etc. Muy flexible, muy fácil de comprar, vender, transferir y sobre todo una excelente forma de separar a usted como persona física del ente jurídico mediante el cuál va a hacer negocios. Que información se necesita para constituir una Sociedad Anónima en Costa Rica? Para crear un SA son necesarios varios elementos que se describen a continuación.
  • 35. Nombre de la Sociedad: Toda S.A. necesita un nombre. El nombre debe ser diferente al de otras sociedades en almenos 3 letras. Usted puede revisar en el Registro Nacional de la Propiedad de Costa Rica cuáles nombres ya están inscritos. Junta Directiva: Toda SA tiene una Junta Directiva que es encargada de su administración y responsable legalmente del actuar de la sociedad. La Junta Directiva debe estar compuesta de por lo menos 4 miembros (Presidente, Tesorero, Secretario, Fiscal). Para cada uno de ellos es necesario tener las calidades básicas (nombre, cédula, estado civil, profesión, dirección de residencia). Se pueden incluir puestos adicionales a los cuatro mínimos requeridos dependiendo de sus necesidades de administración. Socios: Para constituir una S.A. son necesario al menos dos socios. Los socios pueden ser a su vez personas físicas o jurídicas. Para cada socio también es necesario proveer las calidades básicas. Los socios tienen una parte del capital social que se divide en acciones. El capital social mínimo en Costa Rica es de 10.000 colones. Una vez constituida la sociedad, el nombre de los socios ya no se reporta al registro (por eso el nombre de anónima) y solamente se registra en los libros de la sociedad. Una vez constituida, todas las acciones pueden quedar a nombre de una sola persona. Acciones / Capital Social: El capital social se divide en acciones. Cuántas acciones necesita? Cuál es el valor de cada acción? Estas son las preguntas que se debe contestar, pero realmente depende de sus necesidades. Para efectos de sociedades cuyo único objetivo es ser dueñas de algún bien, un capital social de 10.000 colones y 100 acciones funciona muy bien. Apoderados/Representantes Legales: Una sociedad necesita representantes legales. Típicamente los representantes son alguno de los miembros de la Junta Directiva, pero esto no es necesario. Para cada representante legal es necesario especificar qué tipo de acciones puede ejecutar a nombre de la compañía. Los dos tipos de poder más
  • 36. normales son: • Apoderado Generalísimo Con/Sin Límite de Suma: Puede hacer cualquier acto a nombre de la empresa hasta el límite especificado • Apoderado General: Hay que especificar qué tipo de poderes se le quieren conferir. También es necesario definir si los apoderados actúan de forma conjunta o individual. Como hago para constituir una sociedad anónima? Lugares como Notario Express son la solución en Costa Rica. Usted puede encontrar toda la información de como constituir una sociedad en la página:http://www.notarioexpress.com/InscripcionSociedadAnonima.as px. El precio es muy razonable (menos de lo que un abogado cobra típicamente) y el servicio es totalmente a domicilio. PUBLICADO POR FEDERICO ZOUFALY EN 18:00