1. El documento presenta información sobre la Ley Orgánica de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (UNAH), incluyendo sus objetivos, principios, estructura organizativa y algunos de sus artículos más importantes.
2. Se analizan las reformas realizadas a varios artículos de la ley en 2004 y 2013, relativos a la composición y atribuciones del Consejo Universitario y la Junta de Dirección Universitaria.
3. También se describen los requisitos y atribuciones del Rector así como las funciones de los diferentes
1. DOCENTE
ALISON CERRATO
INFORME
TEMA: LEY ORGANICA DE LA UNAH
EQUIPO N.6
INTEGRANTES
Brenda Dinora Raudales Banegas...…………..……………………. 20092000905
Diana Gabriela Caballero Arita………………………………………. 20102005076
Guillermo Enrique Torres Díaz……………………………………….. 20002003785
Rosa Miriam Menjivar…………..…………..…………………….…….20102002004
Wendy Lizeth Erazo……………….…………….…………………….….20101402052
Zoe Danira Romero…………………………………………………….…20102005746
2. Dar a conocer la importancia de la Ley Orgánica de la UNAH.
Analizar los derechos y deberes de la UNAH para con los estudiantes y viceversa.
Analizar los principios y el cumplimiento de los objetivos de la UNAH.
Conocer su estructura organizativa y los agentes que forman parte de esta.
Conocer cómo se estructura la UNAH para cumplir sus funciones.
Conocer sobre los requisitos para formar parte del cuerpo docente, del consejo
universitario y para ejercer cualquier cargo administrativo o de autoridad en la UNAH.
3. Ley Orgánica de
la UNAH
Fue aprobada y
por su personalidad jurídica
Mediante el decreta
#17 el 15 de octubre de
1957, todo esto fue
resultado de un proceso
histórico que se inicio
el 14 de diciembre de
1845, al fundarse la
sociedad del genio
emprendedor y del
buen gusto ¨El
presbítero José
Trinidad Reyes¨
Tiene la exclusividad
de organizar, dirigir y
desarrollar la
educación superior y
profesional.
Los procesos de
transformación por los que ha
pasado la ley orgánica de la
UNAH, se han dado para que.
1. Respondan a la intención y a la voluntad
constitucional.
2. Asegurar la organización y el
funcionamiento de una Universidad Nacional
Autónoma, que realmente contribuya a la
investigación científica, humanista y
tecnológica así como a la difusión de la
cultura y al estudio de los problemas
nacionales, considerando que los desafíos de
los nuevos tiempos y los requerimientos
actuales de todos los sectores de la sociedad
hondureña exigen la inmediata aprobación de
una nueva ley orgánica que establezcan
preceptos legales que propicien la calidad
académica y controlen el uso adecuado
racional y eficaz de la asignación
presupuestaria.
4. Considerando: Que el Congreso Nacional de la República tiene la facultad de crear, decretar, reformar,
interpretar y derogar las leyes, por tanto decreta reformar los artículos 8, 10, 11, 15 16, 17, 19, 26, 27 y 32
mediante decreto n.46-2013. Que antes pertenecían al decreto n. 209-2004 del 17 de Diciembre del 2004.Es
por ello que en la siguiente tabla presentamos una variedad de artículos contenidos en la ley orgánica que a
nuestro criterio consideramos sumamente importante que sean de nuestro conocimiento como estudiantes de la
UNAH .así mismo presentamos de forma comparativa en esta tabla las reformas más actuales a dicha ley.
La Ley presenta reformas en algunos de sus artículos en base a:
Ley orgánica mediante decreto 209-2004
Ley orgánica mediante decreto n. 46-
2013
Los cuales iremos
presentando de forma
comparativa.
5. Artículo.1 la Universidad Nacional Autónoma de
Honduras con personalidad jurídica y patrimonio propio,
es una institución autónoma del estado con exclusividad
de organizar, dirigir y desarrollar la educación superior y
profesional.
Artículo.2 la autonomía de que goza la UNAH conforme
al art. 160 de la constitución de la Republica comprende:
Pluralismo ideológico
La autonomía de la gestión y administración de sus
propios recursos
Facultad y capacidad para elegir sus propias autoridades
Facultad para emitir las normas reglamentarias
La autonomía para manejar sus relaciones laborales .
Artículo.3 Objetivos de la UNAH:
Fomentar y promover el desarrollo de la educación
superior en beneficio de la sociedad Hondureña
Formar profesionales del más alto nivel académico
Hondureño cívico y ético
Promover, desarrollar, innovar y difundir la investigación
científica
Fomentar y difundir la identidad nacional
Fomentar la vinculación de la UNAH con las fuerzas
productivas laborales y empresariales
Contribuir a la transformación de la sociedad Hondureña.
Artículo.4 Para realizar sus objetivos la UNAH se
fundamentara en los principios de: libertad de catedra,
responsabilidad, equidad, igualdad de oportunidades,
trasparencia, pertinencia. Etc.
CAPITULO II. FUNCIONES Y ATRIBUCIONES
Artículo.5 Para logro de sus objetivos la UNAH deberá
tener las funciones y atribuciones siguientes
Organizar, dirigir, con carácter exclusivo la educación
superior
Integrar el consejo de educación superior
Formar los profesionales que demande el desarrollo
nacional en los campos de la ciencia, la técnica y el arte
Fortalecer e innovar de manera permanente los procesos
de educación
Generar y desarrollar las ciencias, la tecnología y las
humanidades.
Estructura organizativa
Artículo.6: Son órganos de gobierno universitario de la
UNAH.
Consejo universitario ,la junta de dirección universitaria,
La rectoría, las facultades, centros universitarios y centros
regionales los departamentos y carreras, claustro de
profesores, consejo general de la carrera docente ,instituto
INPREUNAH, comisionado universitario dirección de
educación superior .
6. Artículo.7: El consejo universitario es el órgano máximo de dirección superior, responsable de concertar y generar las
políticas y estrategias universitarias, evaluar y orientar el cumplimiento de los objetivo de la UNAH, velar por la
trasparencia y la autonomía de universitaria e intereses del Alma Mater.
-El consejo universitario estará integrado por autoridades universitarias, docentes estudiantes y representantes de la
sociedad.
-las autoridades universitarias son el rector ,los decanos de la facultad, los directores de los centros universitarios y
regionales ,director de educación superior ,un representante por cada facultad ,un representante por cada centro
universitario regionales, como representante de la sociedad el secretario de la (FONAC)
ARTICULO : 8 Ley orgánica mediante decreto 209-
2004
ARTICULO: 8 Ley orgánica mediante decreto n. 46-
2013
Los integrantes del consejo universitario se
desempeñaran ad-honorem y duraran en su mandato
según su categoría
1.los decanos de las facultades ,los directores de centros
universitarios y regionales
2.los docentes y estudiantes duraran dos años y podrán
ser nombrados por una vez más; y,
3. los demás integrantes mientras se desempeñan en sus
respectivos cargos ,
Para ser representante docente se requiere ser profesor
titular, cinco años de ejercicio docente como mínimo.
- Los estudiantes para ser nombrados miembros del
consejo, deberán ser estudiantes de grado con inscripción
y asistencia regular, tener un índice académico no menor
del ochenta por ciento y haber cursado un tercio de las
asignaturas de su carrera.
De no poder obtener la representación estudiantil por vía
de un proceso electoral, los restantes miembros del
consejo universitario quedan facultados para elegir por un
periodo de dos años tal representación de aquellos
estudiantes que reúnan los requisitos de esta ley, sus
reglamentos y su normativa interna estudiantil.
La Vicerrectoría de orientación y asuntos estudiantiles y
el comisionado universitario acompañaran el proceso de
elección estudiantil.
7. Artículo 9: El consejo universitario sesionara una vez al mes y extraordinariamente las veces que sea necesario
a iniciativa del rector o 10 de sus miembros.
ARTICULOS :10 y 11
10. Atribuciones del consejo universitario
• -Elegir a los integrantes de la junta de
dirección
• -fijar para evaluar y acreditar la calidad y
excelencia académica y administrativa de la
institución
• - aprobar el presupuesto anual, los planes
financieros ,los informes financieros ,las
cuentas y memoria anual de la institución
• -regular el ingreso ,permanencia y egreso de
los estudiantes
• -aprobar el calendario académico anual
• -aprobar y reformar las normas académicas y
planes de estudio.
11. La junta directiva universitaria es el órgano
principal responsable de la planificación,
organización, control administrativo. Estará
formado por (9) miembros, electos por un
consejo universitario por periodos escalonados
en la forma que se determina en esta ley; sus
miembros duraran en su cargo (4) años y podrán
ser reelectos por una sola vez.
10. Si por impedimento temporal justificable y
después de haber hecho dos (2) convocatorias
públicas con un intervalo de tres días ,no llegase
el consejo universitario a contar con los dos
tercios de la totalidad de sus miembros ,se
conformara el quórum con los miembros
presentes .en este caso ,las decisiones se
tomaran mediante votación favorable de dos
tercios de los miembros votantes presentes .
11. Junta directiva universitaria es el órgano
principal responsable de la planificación,
organización, control administrativo. Estará
formado por (7) miembros, electos por un
consejo universitario por periodos escalonados
en la forma que se determina en esta ley; sus
miembros duraran en su cargo (4) años y podrán
ser reelectos por una sola vez.
8. Artículo 12: Requisitos para ser
miembro de la junta de dirección
universitaria se requiere
1-ser hondureño o
centroamericano
2-mayor de 35 años
3-título académico universitario
reconocido preferentemente de
posgrado.
4-distincion académica en la
labor docente investigación y
vinculación sociedad.
5- reconocida honorabilidad.
Artículo 13: No podrán ser
miembros de la junta de
dirección universitaria:
1-mienbros del consejo
universitario
2-los que ostenten dirección de
los partidos políticos.
Artículo 14: Los miembros de la
junta universitaria que aspire a
ser Rector, Vicerrector, decano o
director de centro deberá dejar
transcurrir un año después de
concluidas sus funciones.
Artículo 15: La junta de dirección universitaria tiene las
siguientes atribuciones :
1-nombraral Rector, Vicerrector, decano o director de
centros universitarios y regionales ,director de
Educación superior y representantes de la UNA ante el
consejo de educación superior,
2-definir políticas que aseguren la rendición de cuentas
a la comunidad universitaria, al estado y sociedad
Hondureña, a la cooperación internacional
3-aprobar la organización interna ,los lineamientos y
normas académicas de la UNAH y vigilar su aplicación
4-aprobar y reformar los planes y estrategias de
desarrollo universitario.
5-aplicar la estructura de los grados académicos y
títulos académicos a extenderse en la UNAH
6-Supervisar la política la aplicación de las políticas
estrategias ,planes, programas, proyectos y presupuestos
de la UNAH,
7-Regular el uso de los espacios físicos de la UNAH.
Articulo:15 Crear
secretarias Ejecutivas
atendiendo necesidades
de desarrollo
organizacional de la
UNAH, previa
justificación técnico –
financiera.
9. Ley orgánica mediante
decreto 209-2004.
• Artículo 16: La junta de dirección universitaria se
reunirá ordinariamente en forma quincenal y
extraordinariamente por convocatoria de su
presidente o cuando así lo determinen (5) de sus
miembros o bien a solicitud del Consejo
Universitario.
• Artículo 17: La rectoría es la autoridad ejecutiva
y ostenta la representación legal de la UNAH. el
Rector durara en su cargo cuatro años y no podrá
ser reelecto .en caso de ausencia o cualquier otro
impedimento temporal, lo sustituirá el Vice-
Rector académico y a falta de este ,el decano o
director más antiguo; si dos o más de los decanos
o directores ,tuvieren el mismo tiempo de servicio
,entonces lo sustituirá el de mayor edad. Si la
ausencia fuere definitiva, la junta de dirección
universitaria nombrara el rector, conforme lo
establece la ley.
Ley orgánica mediante decreto n.
46-2013
• La junta de dirección universitaria se reunirá
ordinariamente en forma quincenal y
extraordinariamente por convocatoria de su
presidente o cuando así lo determinen (4) de sus
miembros o bien a solicitud del Consejo
Universitario.
• La rectoría es la autoridad ejecutiva y ostenta la
representación legal de la UNAH. El Rector
durara en su cargo cuatro años, pudiendo ser
reelecto por una sola vez. En caso de ausencia o
cualquier otro impedimento temporal, lo sustituirá
el Vice-Rector académico y a falta de este, el
decano o director más antiguo; si dos o más de los
decanos o directores, tuvieren el mismo tiempo de
servicio, entonces lo sustituirá el de mayor edad.
Si la ausencia fuere definitiva, la junta de
dirección universitaria nombrara el rector,
conforme lo establece la ley.
Artículo 18: Requisitos para ser Rector
1-mayor de 35 años ,hondureño o centroamericano
2-título académico posgrado reconocido e incorporado a la UNAH experiencia 5 años en docencia 10 años de
experiencia académica-
3-estar en el ejercicio de sus derechos
4-ser de reconocida solvencia moral.
10. Artículo 19: Atribuciones del Rector
1-ejercer las representaciones legales de la UNAH
2-nonbrar al abogado general y a los titulares de las
secretarias enumeradas en el artículo 27 de esta ley.
3-proponer a la junta de dirección universitaria, la terna
de candidatos al cargo de la secretaria general; así como,
su remoción en los casos justificados que contemple la ley
y los reglamentos respectivos.
2-nombrar y remover en los casos justificados que
contemple la ley y los reglamentos respectivos al
abogado general y a los titulares de las secretarias
,enumeradas en el artículo 27 de la ley orgánica de la
universidad nacional autónoma de honduras
3-nombrar titular de la secretaria general; así como
removerlo en los casos justificados que contemplan la
ley y los reglamentos respectivos.
Artículo 26: La UNAH tendrá un secretario general
nombrado por la junta de dirección universitaria de una
terna propuesta por el rector .el secretario general será
responsable de registrar, certificar y notificar los actos
resolutivos y demás diligencias administrativas de la
UNAH. El reglamento respectivo regulara, lo
concerniente al cargo y su desempeño.
La UNAH tendrá un secretario general nombrado por la
Rectoría. El secretario general será responsable de
registrar, certificar y notificar los actos resolutivos y demás
diligencias administrativas de la UNAH. El reglamento
respectivo regulara, lo concerniente al cargo y su
desempeño.
Artículo 27: La rectoría de la UNAH contara con las
secretarias siguientes
1)administración y finanzas 2) desarrollo institucional
3)desarrollo personal
rectoría de la UNAH contara con las secretarias siguientes
1)administración y finanzas 2)desarrollo institucional
3)desarrollo personal 4) Administración de proyectos de
infraestructura.
11. Artículo 29: Estructura orgánica de la facultades ,centros
universitarios y regionales
1.lajunta directiva
2la decanatura o la dirección .en su caso:
3:la secretaria
4: El claustro de profesores
5: Los departamentos académicos
6:Los coordinadores de carrera
7:El comité técnico de la carrera
8: El consejo local de la carrera docente
9 Los institutos.
Artículo 32: Las secretaria
de las facultades centros
universitarios y centros
regionales universitarios son
las instancias dependientes
de las decanaturas o de las
direcciones de centros
universitarios o centros
regionales universitarios que
funcionaran de conformidad
con su reglamento respectivo.
Las secretarias de las facultades
centros universitarios y centros
regionales universitarios son las
instancias dependientes de las
decanaturas o de las direcciones de
centros universitarios o centros
regionales universitarios, su titular
será nombrado por la Rectoría de
una terna a propuesta al Decano o
director y funcionaran de
conformidad con su reglamento
respectivo. (Sosa 2013)
ART. 35 la coordinación de carrera es la instancia
encargada de la administración académica de un
plan curricular. Cada carrear funcionara con:
-Un comité técnico, presidido por el coordinador
de la carrear e integrado por dos representantes
del claustro de profesores.
- Dos representantes de la asociación de
estudiantes de la carrera
- dos representantes del colegio profesional
universitario respectivo
Artículo 40: Las legislaciones laborales entre la
UNAH y sus trabajadores se regularan por la
constitución de la República .los tratados y
convenios internacionales y el código de trabajo
Artículo 43: La UNAH dará protección
a los estudiantes y procurara su
bienestar y mejoramiento, pondrá a su
disposición las facilidades necesarias y
suficientes para que adquieran una
formación integral y desarrollen sus
potencialidades
12. ART. 45 Las Asociaciones Estudiantiles de cada una de las facultades, centros universitarios y
centros regionales y la Federación de Estudiantes Universitarios de Honduras (FEUH) tendrán
capacidad para representar a los estudiantes de acuerdo con sus estatutos y reglamentos.
Artículo 53 :el comisionado universitario será el responsable de garantizar y proteger los derechos
de la comunidad universitaria .denunciando ante la autoridades competentes internas y externas
.violaciones a los derechos fundamentales consignados en la constitución de la República en las
leyes y reglamentos aplicables a la UNAH .en especial el respeto a la dignidad humana ,la libertad
de catedra de investigación y difusión de la cultura ,excelencia académica y otros derechos y
garantías inherentes de la vida universitaria (Sosa 2005)