Hoy 31 de agosto en la ciudad de Esquel, Chubut, se inició a la Audiencia de Extradición del preso político mapuche Facundo Jones Huala (30), a pedido del Estado chileno. La Justicia del país trasandino solicita la extradición en una causa judicial que las organizaciones mapuche atribuyen a la persecución política a las comunidades que resistieron al proyecto de construcción de una represa hidroeléctrica en el sitio sagrado llamado Nguen Mapu Kintuante.
Carta de Sabrina Shorff enviada al juez Kevin Castel
Puelmapu: Entrevista a Sonia Ivanoff, abogada del dirigente mapuche Facundo Jones Huala
1. Puelmapu: Entrevista a Sonia Ivanoff, abogada del dirigente
mapuche Facundo Jones Huala
“Es la primera vez que los estados tienen que intervenir en la
extradición de un miembro de un pueblo indígena”
(Por Carolina Gómez y Cecilia Rodrigues /revista superficie y Agencia
para la Libertad) enred_sinfronteras@riseup.net
Hoy 31 de agosto en la ciudad de Esquel, Chubut, se inició a la
Audiencia de Extradición del preso político mapuche Facundo Jones
Huala (30), a pedido del Estado chileno. La Justicia del país
trasandino solicita la extradición en una causa judicial que las
organizaciones mapuche atribuyen a la persecución política a las
comunidades que resistieron al proyecto de construcción de una
represa hidroeléctrica en el sitio sagrado llamado Nguen Mapu
Kintuante.
Facundo fue detenido el 27 de mayo pasado en la Comunidad de
Vuelta del Río, Chubut, que desde abril de 2015 sostiene un proceso
de recuperación de tierras frente a la poderosa multinacional
Benetton. Pero en sus intervenciones públicas Facundo se refiere al
conflicto histórico del pueblo mapuche frente a los Estados chileno y
argentino que llevaron adelante procesos de conquista de sus
territorios ancestrales que implicaron el genocidio y el despojo de sus
tierras.
El conflicto político histórico entre el pueblo nación mapuche frente a
los Estados chileno y argentino tiene ribetes peculiares en el caso de
Facundo Jones Huala, el primer preso político de un pueblo originario
solicitado en extradición. En este marco y ante la inminente apertura
de la Audiencia de Extradiciòn dialogamos con Sonia Ivanoff,
defensora de Facundo.
2. ¿Qué Esperan de la audiencia del 31 de Agosto? ¿Qué van a plantear
para impedir la extradición de FJH?
El panorama y el contexto donde se da es bastante difícil,
fundamentalmente la defensa por supuesto va a ir encaminada a la
no extradición y una de las causales para solicitarla es que se trata de
una persecución política y tal como lo viene manifestando Facundo es
un preso político mapuche, y no es ajeno a la historia o a la memoria
colectiva del pueblo de que ambos Estados (tanto Chile como
Argentina) son los Estados que están interviniendo en el marco de
una Ley de Cooperación Internacional en Materia Penal, una ley por
supuesto no consultada ni proclive al reconocimiento de los derechos
humanos de los pueblos indígenas como pueblos preexistentes a los
Estados.
Se convierte en un caso paradigmático, en el sentido de que es la
primera vez que los estados tienen que intervenir en la extradición de
un miembro de un pueblo indígena, y en segundo lugar es en el
marco de un conflicto de un pueblo indígena, que es la defensa de un
territorio ancestral y es la reivindicación de un derecho colectivo
como pueblos preexistentes al Estado. Entonces esto hace que la
persecución sean delitos políticos. Y ese es un poco el diseño de la
defensa, igualmente hay que escuchar las pruebas de la fiscalía y las
pruebas presentadas por nosotros en particular.
El contexto donde se desarrolla es un contexto nacional bastante
complejo también, porque no es un contexto nacional proclive a
escuchar o hacer una lectura de la realidad y las luchas sociales.
Si las luchas sociales de los sujetos con reconocimiento de derechos
van a ser criminalizadas o repelidas por las fuerzas militares o
federales o se está tratando de ver que estas luchas sociales infringen
la ley, fundamentalmente delitos del orden del ámbito federal que
atentan con el orden público, el contexto no es de los mejores. El
panorama nacional es complejo, Esquel es una localidad muy chica, y
es una ciudad que hoy por hoy está bastante militarizada. Han
llegado muchísimas fuerzas militares para el desarrollo de este juicio.
Nosotros lo planteamos como una reivindicación histórica, en realidad
registrar a los pueblos indígenas en las luchas con sus derechos. Pero
bueno, posiblemente las lentes que usamos son diferentes, cada uno
construye su relato histórico como ha querido relatarlo, pero
fundamentalmente el tema de la militarización para los pueblos
indígenas abre heridas muy importantes que no es de hace muchos
años. Y que el pueblo mapuche en el caso de Pampa, Patagonia con
lo que significó esa mal llamada conquista del desierto, desierto de
personas que no eran sujetos. Así que bueno, ese es un poco el
panorama.
3. Es de resaltar que el manejo que el Estado chileno asume frente al
llamado “conflicto mapuche”, es decir, a las reivindicaciones
territoriales legítimas de ese pueblo, se caracteriza por la respuesta
represiva. Esa política se traduce en judicialización del conflicto
histórico político, aplicación específica de la Ley Antiterrorista,
represión directa a las comunidades, hostigamiento policial y
asesinatos selectivos. Además, por lo menos 40 de los presos
políticos que mantiene el Estado chileno en sus cárceles son de origen
mapuche. Un panorama que hace totalmente desaconsejable la
aprobación de la extradición.
Apresamiento de activistas y actividad de espías:
En Agosto de 2015 quedó al descubierto que la Fiscalía de la
Circunscripción Esquel del Poder Judicial de Chubut, que venía
investigando a la Comunidad de Vuelta del Río, había recibido
información obtenida mediante espionaje ilegal entregada por un
espía de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) ex SIDE. Las
actividades del espía habían permitido el fichaje de al menos 26
activistas de la Asamblea No a la Mina de Esquel y también acumuló
durante más de un año información acerca de la recuperación de
tierras en Vuelta del Rio y en particular sobre la presencia de Facundo
Jones Huala en el lugar, sobre quien ya pesaba un pedido de captura
por parte del Estado chileno.
Si bien el espía fue procesado por realizar tareas ilegales de
inteligencia, los fiscales que admitieron la información obtenida por
este medio lograron desligarse de la denuncia por espionaje ilegal.
Este es tal vez el antecedente más grave de la acción del Estado en
este caso, pero no el único.
El 26 de agosto pasado dos personas que realizaban pegatinas en
favor de la libertad de Facundo fueron arbitrariamente detenidas por
la policía en Esquel. A estas situaciones se refiere la Dra. Ivanoff
¿Cómo se vive la situación en Esquel por estos momentos?
Es complejo, porque si para pegar pegatinas te ponen preso. El
jueves mismo mujeres de la comunidad y de la Red de Apoyo fueron
apaleadas por la policía en la calle por pegar afiches de la No
extradición al Longko, y son demoradas 8-9 hs en una comisaría sin
formulación de cargos, sin que haya colaboración de la defensa
pública, porque tienen el criterio de que hasta las 7 de la mañana no
abre la oficina, criterio que es utilizado según cómo, en realidad es
miedo. No hace mucho Patagonia se hizo a fuerza de cañonazos, no
se hizo a fuerza de otras cosas, la gente tiene miedo, no habla, no
dice, ¿para qué se va a expresar si te meten en cana? Distribuís un
folleto y te piden documento, Identifíquese, ¿Ud. quién es? Sin orden,
sin nada. No es el mejor de los escenarios. Además el entorno donde
4. está todo esto, en el marco de esta causa y también de la
persecución política de Facundo hubo un espía del servicio de
inteligencia que investigó hasta los luchadores sociales del No A la
mina. Es muy complejo, es una lectura muy compleja.
¿Hay alguna organización a nivel provincial que haya o esté
registrando todos los conflictos territoriales vinculados a población
indígena?
En su momento Amnistía Internacional hizo un mapa, creo que lo
publicó en Diciembre del año pasado. Es bastante ajustado, pero
como en nuestro país las estadísticas siempre han sido mentirosas y
no son confiables… Y por otro lado, si no provienen de la fuente
directa que son los pueblos indígenas… Las construcciones estatales
de los pueblos indígenas, en particular, te digo en 30 años son
totalmente capciosas, descontextualizadas, fuera de la realidad, no
consultadas, sin participación de la población indígena, derechos
fundamentales que el Estado debe garantizar en cualquier diseño de
política pública en su relación con los pueblos indígenas. Entonces
hay una proclama constitucional que se pisotea constantemente.
Prácticamente todo lo que está, para no ser tan exagerada, podría
decir que en el 90 % de las fuentes estatales son totalmente
dibujados los números.
La reivindicación territorial frente a las leyes:
¿Actualmente cómo es la situación que están viviendo las familias en
la zona de Leleque, lugar donde sucedió el allanamiento?
Es una constante la situación de alerta, imaginate que si estas en la
ciudad por portación de cara te preguntan qué estás haciendo,
imaginate en el medio del campo donde no hay señal de celular.
Además (Facundo) fue investigado por los servicios de inteligencia
tanto chilenos como argentinos.
La reivindicación de los territorios ancestrales es un derecho que
tienen los pueblos indígenas y de hecho así lo plantea el Convenio
169 al cual Argentina adhiere, que pueden reivindicar los territorios
que fueron ancestralmente ocupados anterior a la conquista y a la
colonización, es decir que lo que hacen en una recuperación de
territorio ancestral no es más que la reivindicación de ese derecho
reconocido. No es una usurpación de un terreno fiscal o de un
particular, que lo quieran llevar a ese terreno de la ley del ciudadano
común, del concepto de propiedad privada, es a contrapelo del
reconocimiento del derecho indígena. Es la reivindicación de un
derecho, volver al territorio. ¿Pero por qué? Por un lado está el
derecho, no solamente en la memoria colectiva del pueblo que es el
derecho consuetudinario, también reconocido, sino también porque
hay específicamente un artículo que así lo reconoce. Y al haberse
5. reconocido a la propiedad comunitaria indígena como una especie de
propiedad diferente a la propiedad civil del Código Civil. De hecho en
la reforma del Código no entró la propiedad, porque no puede ir en
una norma inferior cuando está reconocida por la propia Constitución.
Enseguida esto es criminalizado, enseguida es “esto es una
usurpación” No, no se recupera un territorio ajeno, para nada.
También lo que se reconoce es la posesión y la ocupación tradicional,
puede ser hasta espiritual. Y no necesariamente como objeto, sujeto
de la cosa, esto tampoco se entiende para la sociedad occidental.
Puedo reivindicar un territorio porque allí yacen los espíritus dentro
de la filosofía del pueblo. Ahora cuando vos hablas de esto, te dicen:
Vos estás re chapa.
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