Nuevas reglas penales sobre tráfico de estupefacientes
Angel landoni medidas necesarias para aproximarnos a la efectividad y eficiencia de la justicia
1. Seminario Internacional
CEJA – IIDP
Quito,
Quito 26 y 27 de noviembre de 2012
MEDIDAS NECESARIAS PARA
APROXIMARNOS A LA EFECTIVIDAD Y
EFICIENCIA DE LA JUSTICIA.
Dr.
Dr Ángel Landoni Sosa
2. 1.- INTRODUCCIÓN
Cappelletti: “L palabras claves d una nueva
C ll tti “Las l b l de
concepción “social” de la justicia y de la ley, han sido la
efectividad del acceso, acceso para todos al sistema legal,
p g
para sus derechos, libertades y beneficios; acceso a los
instrumentos, incluyendo a los tribunales, los que pueden
hacer valer aquellos derechos libertades y beneficios de
derechos,
forma dignificante y efectiva”.
Efectividad institucional y efectividad co c eta
ect dad st tuc o a e ect dad concreta
(Taruffo)
3. 2.
2.- LOS DESAFIOS DE LA JUSTICIA.
•De esencia, que sea independiente e
imparcial.
•Que ampare en su protección a todas las
Q t ió t d l
personas, en especial, a los más
necesitados.
necesitados
* Que sea efectiva, eficiente y de elevada
,
calidad.
4. 3.- LAS BASES FUNDAMENTALES PARA
ENCARAR LOS DESAFÍOS DE LA JUSTICIA.
JUSTICIA
3.1 – Igualdad en el acceso a la jurisdicción y derecho a
una defensa equiparable a la de la otra parte.
Ello resulta de:
* Declaración Universal de los Derechos
Humanos, art. 10.
Humanos art 10
* Pacto de las Naciones Unidas sobre
Derechos Civiles y Políticos, art. 14.
•Convención Americana de Derechos
Humanos, art. 1º.
,
• CGP, art. 11; C. Modelo, art. 11
5. En el Uruguay se ha procurado superar las desigualdades
de las personas, utilizando diversos instrumentos, a
saber:
a) La justicia será gratuita para los declarados pobres
(Co st , a t 5 )
(Const., art. 254).
- Reglas de Brasilia sobre acceso a la justicia de las
personas en condiciones de vulnerabilidad (Acordada
7647, 1/4/2009). Su finalidad es garantizar las
condiciones de acceso efectivo a la justicia sin
discriminación alguna, englobando el conjunto de
políticas, medidas, facilidades y apoyos que permitan
a dichas personas el p
p pleno ggoce de los servicios del
sistema judicial.
6. b) La igualdad en el derecho a tener una defensa
equiparable a la de la otra parte.
- Los defensores de oficio
- L consultorios j ídi
Los l i jurídicos gratuitos
i
- UDELAR
- Universidades privadas
- Sindicatos
7. 3.2 – Buenos jueces como garantía de su independencia,
imparcialidad y de la calidad de la justicia a impartir.
3.2.1 – La selección rigurosa en el ingreso.
g g
- La labor del CEJU.
3.2.2 – El ascenso de los magistrados. Su
regulación objetiva
objetiva.
La Comisión Asesora de la Suprema Corte de
Justicia.
8. 3.2.3 – La garantía de independencia e
imparcialidad.
i i lid d
Un Magistrado seleccionado rigurosamente
al ingresar y cuyos ascensos se hayan
producido mediante la aplicación de criterios
objetivos,
objetivos ofrece a la sociedad una mayor
garantía de independencia e imparcialidad.
9. 3.3 – Suficiente infraestructura
3.4 – Moderna ley procesal que asegure un proceso
rápido, simple, accesible y eficiente para el ejercicio
de los derechos.
3.4.1 – El CGP vigente en Uruguay desde el 20 de
noviembre de 1989.
I) La labor del Instituto Iberoamericano de
Derecho Procesal.
10. II) Los logros alcanzados:
- La inmediación en el proceso
- La aceleración del proceso de conocimiento
conocimiento.
* Inmediación y concentración mediante el
proceso por audiencias
a diencias
* Notificaciones electrónicas
* Mayor efectividad en las decisiones
jurisdiccionales: conminaciones
económicas y personales; ejecución
provisional; utilización del proceso
monitorio, del proceso extraordinario
abreviado; posibilidad de que el tribunal
adopte medidas provisionales y
anticipadas.
11. - El mejoramiento de la justicia sin
desmedro de la calidad de sus decisiones.
- La justicia ha adquirido un rostro
más humano.
12. 3.4.3 – Aspectos que debemos mejorar
a) Las fallas en la gestión.
Se podría mejorar la efectividad del sistema adoptando
alguna de estas medidas:
g
- reducción de los días inhábiles;
- mayor control sobre los “tiempos muertos”:
tiempos muertos :
- estableciendo límite a las dilaciones indebidas y
aplicando las sanciones o conminaciones
previstas legalmente.
13. b) El proceso de ejecución en general.
Tal cual está regulado en el CGP, no ha dado los
resultados esperados, por lo cual se han propuesto
determinadas reformas:
Medidas dirigidas a lograr la tutela jurisdiccional
efectiva:
- El remate de los bienes a ejecutar se realizará
siempre sin base y al mejor postor.
- El estudio de los títulos de los bienes a rematar será
realizado por el profesional del ejecutante.
- Posible intimación al ejecutado para que presente
una declaración de bienes y derechos suficientes
para hacer frente a la ejecución.
ejecución
14. c) Las ejecuciones contra el Estado, Gobiernos
Departamentales, Entes Autónomos y Servicios
Descentralizados.
D t li d
- Se procura volver a la redacción originaria del
CGP.
d) La tutela de los intereses difusos.
-Regulación legal de la legitimación y la cosa juzgada
Regulación juzgada.
15. -Falta de previsión legal de otros aspectos:
Nuestro legislador no ha distinguido, como lo hace
el Código Modelo de Procesos Colectivos, entre
intereses o derechos difusos y los intereses o
derechos individuales homogéneos
homogéneos.
Tampoco ha regulado la compatibilización entre las
acciones o pretensiones colectivas y las
individuales, ni la litispendencia, ni la legitimación
pasiva
16. e) La regulación de las tutelas diferenciadas
) g
El CGP, en su art. 350 (C. Modelo, art. 310) prevé
que determinadas pretensiones deben tener un
tratamiento diferenciado y dentro de ellas contempla las
relativas a la materia de familia, las propias de la
materia laboral agraria y demás de carácter social así
laboral, social,
como las relativas a menores e incapaces.
El legislador uruguayo en la ley 18.572 del 13 de
g g y y
setiembre de 2009 modificó el proceso laboral,
incurriendo en el error – demostrado en múltiples
experiencias legislativas- de pretender que se abrevian
los procesos acortando solamente los plazos.