Tarea APE Nro. 1 INFORME GRUPAL CONSULTA Y PRESENTACIÓN FINANZAS.docx (1).pdf
ÉTICA DEL ADMINISTRADOR FINANCIERO.
1. TESVG
TECNOLÓGICO DE ESTUDIOS SUPERIORES DE VILLA
GUERRERO
ADMINISTRACIÓN FINANCIERA
ÉTICA DEL ADMINISTRADOR FINANCIERO
L.A. ANA CLAUDIA BALCAZAR GUTIERREZ
DAVID ACACIO VARA
LIC. EN ADMINISTRACIÓN
2. ÉTICA
• En general toda ética pretende
determinar una conducta ideal
del hombre.
ADMINISTRACIÓN
FINANCIERA
• Rama de la economía que se
relaciona con el estudio de
las actividades de inversión
tanto en activos reales como
activos financieros.
5. CAPÍTULO 1: DE LAS
NORMAS GENERALES
Art. 5: utilizar sus conocimientos
profesionales únicamente en
labores que cumplan con la moral
y ética profesional.
Art. 7: ser imparcial, ajustarse a la
realidad y comprobar los hechos
con evidencias.
Art. 9: será el único responsable de
los informes que emita.
Art. 19: se abstendrá de hacer uso
de información de otros colegas.
CAPÍTULO 2: DE LAS
RESPONSABILIDADES
EN EL EJERCICIO
PROFESIONAL
Art. 22: guardará el secreto
profesional de los hechos o datos
de los que tenga conocimientos.
Art. 23: por ningún motivo
proporcionara información
incorrecta en beneficio de la
organización.
Art. 27: por ningún motivo
ostentará el grado académico que
no haya obtenido
6. CAPÍTULO 3: DE
LO SOCIAL
Art. 29: el administrador
antepondrá los intereses de la
sociedad por encima del
interés particular.
Art. 35: vigilará y respetará las
acciones de todo organismo
social.
Art. 36: dará orientación de
servicio profesional
CAPÍTULO 4: DE
LA DOCENCIA
Art. 38: el administrador
deberá inculcar a sus
educandos los valores éticos
de este código.
Art. 41: orientará sobre las
áreas de conocimiento y
campo de trabajo de la
administración.
7. Art. 51 y
52:
Seguir las normas
éticas de este
código.
Estar certificado por
la Federación
Nacional CONLA,
A.C.
CAPÍTULO 5 CAPÍTULO 6: DE LA
INVESTIGACIÓN
Art. 55
Fomentará la importancia
que tiene la investigación
para entender mejor los
problemas actuales y
buscará la solución de los
mismos.
8. CAPÍTULO 7: PERITO PROFESIONAL CAPÍTULO 8: AUDITOR EN
ADMINISTRACIÓN
Art. 56- 58: El administrador que emita un
dictamen deberá conducirse conforme a
las normas y principios éticos.
Conducirse con imparcialidad y
objetividad.
Ejecución de exámenes estructurados de
organizaciones con el propósito de medir
el rendimiento real.
Art. 60: la firma del administrador será
valida profesionalmente al suscribir la
realización de una auditoria.
9. Art. 64: respetar la
normatividad
académica.
Art. 66: se
recomienda que el
encargado de la
licenciatura sea
Licenciado en
Administración.
CAPÍTULO 10: DE LAS
INSTITUCIONES DE
EDUCACIÓN SUPERIOR
Art. 61: el
administrador
deberá certificarse
periódicamente
(cada 2 años) en la
Federación
Nacional CONLA
A.C.
CAPÍTULO 9: DE LA
CERTIFICACIÓN